Registro de lema comercial Carácter descriptivo Falta de distintividad

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Registro de lema comercial Carácter descriptivo Falta de distintividad"

Transcripción

1 SOLICITANTE : ÁLICORP S.A.A. Registro de lema comercial Carácter descriptivo Falta de distintividad Lima, siete de abril de dos mil tres I. ANTECEDENTES Con fecha 13 de enero del 2000, Álicorp S.A. (Perú) solicitó el registro del lema comercial EL RICO SABOR DE CASA, para usarse como complemento de la marca de producto ALACENA, solicitada bajo expediente N , para distinguir productos de la clase 29 de la Nomenclatura Oficial. Con fecha 5 de setiembre del 2000, Álicorp S.A. solicitó se considere que el lema comercial solicitado se usará como complemento del signo solicitado bajo expediente N en lugar del expediente N Mediante proveído de fecha 8 de setiembre del 2000, la Oficina de Signos Distintivos dejó constancia que el lema comercial solicitado se vinculará a la marca de producto tramitada bajo expediente N Mediante Resolución N /OSD-INDECOPI de fecha 16 de abril del 2002, la Oficina de Signos Distintivos suspendió la tramitación del presente procedimiento hasta que se resuelva el expediente N (correspondiente al registro de la marca ALACENA y etiqueta). Con fecha 6 de agosto del 2002, Álicorp S.A. solicitó se tenga en cuenta que la adecuación prescrita en la Ley General de Sociedades ya ha sido efectuada por su empresa (de Álicorp S.A. a Álicorp S.A.A.). Adjuntó copia de la Partida Registral correspondiente. Mediante proveído de fecha 7 de agosto del 2002, la Oficina de Signos Distintivos tuvo presente la adecuación efectuada y dejó constancia que la empresa solicitante es Álicorp S.A.A. Mediante Resolución N /OSD-INDECOPI de fecha 21 de enero del 2003, la Oficina de Signos Distintivos denegó de oficio el registro del lema comercial solicitado. Consideró lo siguiente: (i) Respecto a la suspensión del presente procedimiento: 1-10

2 (ii) Dado que ha desaparecido el motivo de la suspensión ordenada mediante Resolución N /OSD-INDECOPI de fecha 16 de abril del 2002, al existir un pronunciamiento definitivo en el expediente N , corresponde levantar la suspensión referida y emitir un pronunciamiento en el presente expediente. Respecto a la registrabilidad del signo solicitado: Citando la Resolución N TPI-INDECOPI precedente de observancia obligatoria en cuanto a la interpretación del alcance del artículo 118 de la Decisión 344 1, concordado con el artículo 189 del Decreto Legislativo en relación a los requisitos de registrabilidad exigidos al lema comercial determinó que el lema comercial constituido por la denominación EL RICO SABOR DE CASA se encuentra comprendido dentro de las frases que no pueden ser registradas como lemas comerciales al carecer de distintividad. Así, la expresión EL RICO SABOR DE CASA es comúnmente utilizada en medios comerciales por los empresarios de productos alimenticios para atraer hacia sus productos la preferencia del público consumidor, informando que los productos que ofrecen tienen el sabor característico de los elaborados en casa. En tal sentido, la referida frase puede ser utilizada por cualquier empresario para referirse a productos alimenticios, por lo que el consumidor no podrá asociar el lema a un determinado signo y, por tanto, a un origen empresarial determinado. Con fecha 17 de febrero del 2003, Álicorp S.A.A. interpuso recurso de apelación manifestando su disconformidad con la resolución apelada. Señaló que los considerandos en base a los cuales se ha resuelto el presente caso son superficiales, por lo que solicitó se revoque la resolución emitida por la Primera Instancia y se otorgue el registro solicitado. II. CUESTIÓN EN DISCUSIÓN La Sala de Propiedad Intelectual deberá determinar si el lema comercial EL RICO SABOR DE CASA reúne los requisitos de registrabilidad exigidos por ley. III. ANÁLISIS DE LA CUESTIÓN EN DISCUSIÓN 1. Informe de antecedentes 1 Artículo Los Países Miembros podrán registrar como marca los lemas comerciales, de conformidad con sus respectivas legislaciones nacionales. Se entiende por lema comercial la palabra, frase o leyenda utilizada como complemento de una marca. 2 Artículo Se entiende por lema comercial la palabra, frase o leyenda utilizada como complemento de una marca. Los lemas comerciales son protegidos bajo el amparo de la presente Ley. 2-10

3 Se ha verificado que: a) Álicorp S.A. (Perú) es titular de la marca de producto conformada por la etiqueta rectangular constituida por la denominación ALACENA en letras blancas dentro de un rectángulo color rojo seguida de las frases EL RICO SABOR DE CASA, y MAYONESA RECETA CASERA en letras características, en la parte inferior sobresalen las figuras de un limón y un huevo partido, un salero y un pomo de aceite en la combinación de colores verde, crema, azul, amarillo y rojo, conforme al modelo, que distingue carne, pescado, aves y caza, extractos de carne, frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas, gelatinas, compotas y huevos, de la clase 29 de la Nomenclatura Oficial, registrada bajo certificado N 82543, vigente hasta el 24 de julio del año Solicitud de registro presentada con fecha 20 de marzo del 2000, mediante expediente N y registro otorgado con fecha 24 de julio del b) En la clase 29 de la Nomenclatura Oficial existen registrados diversos lemas que contienen en su conformación el término RICO y SABOR, tales como: KRIMPI SABOR QUE SUENA RICO; ROYAL TU RICO ALIMENTO DE TODO MOMENTO; SIEMPRE RICO SIEMPRE FIELD; CHIPY TIENE SABOR A FIESTA; CON TODO EL SABOR QUE LA NATURALEZA PUDO INVENTAR; DE PURO SABOR NACIONAL; DELE VIDA A SUS COMIDAS Y MAS SABOR A SU VIDA; EL MAS OSADO SABOR; EL SABOR DE LA LECHE; EL SABOR SOÑADO; EL VERDADERO SABOR ALEMAN; FRESCO SABOR DE CADA DIA; MAS SABOR, MAS CALIDAD; SABOR A COSA BUENA; SABOR QUE ATRAE; YOGURT YOLEIT, MAS SABOR, MAS YOGURT; SU SABOR PICOSITO TE VA A PRENDER. 3-10

4 2. Norma aplicable Las normas que a la fecha de la solicitud en cuestión (13 de enero del 2000) regulaban el registro de los lemas comerciales en el Perú eran la Decisión 344 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena (en adelante la Decisión 344) y el Decreto Legislativo 823. La Decisión 344 fue derogada por la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina (en adelante Decisión 486), la misma que de acuerdo a lo establecido en su artículo 274 entró en vigencia el 1 de diciembre del Esta variación de las normas que regulan el registro de lemas comerciales, que ha ocurrido entre la fecha de presentación de la solicitud de registro y el momento de resolver, plantea el problema del conflicto de las leyes en el tiempo. La Sala considera necesario esclarecer previamente este punto, porque ello puede ser relevante para determinar los requisitos exigidos para el registro de lemas comerciales. El Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, modificado por el Protocolo de Cochabamba, dispone, como norma general, que las Decisiones obligan a los Países Miembros desde la fecha de su aprobación (artículo 2), y que son directamente aplicables en todos los Países Miembros a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo - instituida en el mismo Tratado - a menos que las mismas señalen una fecha posterior (artículo 3). Se entiende que una Decisión se mantiene vigente hasta que sea modificada o derogada por una Decisión posterior. Por otro lado, el artículo 103 de la Constitución de 1993 establece que:...ninguna ley tiene fuerza ni efecto retroactivo, salvo en materia penal, cuando favorece al reo.... Sin embargo, no fija el límite que existe entre aplicación retroactiva y aplicación inmediata de las normas jurídicas. En propiedad industrial, ese límite lo fija la Primera Disposición Transitoria de la Decisión 486, que establece: Para el caso de procedimientos en trámite, la presente Decisión regirá en las etapas que aún no se hubiesen cumplido a la fecha de su entrada en vigencia. De lo anterior se desprende que la presente solicitud de registro se tramitará de acuerdo a la Decisión 486, concordada en lo pertinente con el Decreto Legislativo 823 y siempre que no la contravenga, aunque la solicitud de registro fue presentada durante la vigencia de la Decisión Carácter y requisitos de registrabilidad del lema comercial 4-10

5 Mediante Resolución N TPI-INDECOPI de fecha 25 de abril de , se estableció con carácter de observancia obligatoria los requisitos de registrabilidad exigidos a los lemas comerciales. Cabe señalar que si bien la mencionada Resolución fue emitida a la luz de la Decisión 344 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, teniendo en cuenta que la actual Decisión 486 mantiene el mismo tratamiento legal a los lemas comerciales, y dado el carácter general del precedente, este criterio interpretativo puede ser aplicado al presente caso. En dicha Resolución, la Sala estableció lo siguiente: El objeto de toda publicidad en el tráfico económico es la promoción de las ventas propias. La publicidad busca que el potencial consumidor - a través de información o sugestión - concentre su atención en un producto, servicio o en una empresa, para inducirlo a la adquisición del producto, la contratación del servicio o de la empresa. En tal sentido, el lema comercial - conocido también en la doctrina comparada como frase publicitaria - debe tener capacidad publicitaria a fin de que pueda cumplir su función en el mercado. El lema comercial como signo distintivo constituye un elemento de la propiedad industrial, al cual le son aplicables los requisitos y consecuencias jurídicas de todo signo distintivo en especial y de todo elemento de propiedad industrial en general. Así, para que un lema comercial pueda acceder a registro como un signo distintivo y, consecuentemente se confiera a su titular un derecho exclusivo al uso del mismo, es necesario que éste - al igual que la marca que publicita - sea perceptible, suficientemente distintivo y susceptible de representación gráfica. Además, no debe estar incurso en las causales de prohibición al registro contenidas en los artículos 82 y 83 por remisión del artículo 120 de la Decisión 344 (artículos 135 y 136 por remisión del artículo 179 de la Decisión 486). A este respecto, debe tenerse en cuenta que el derecho de exclusiva que otorga a su titular el registro de un lema comercial supone - además de la facultad de utilizarlo en el tráfico económico para publicitar determinados productos o servicios y ofrecerlos al público (dimensión positiva del derecho) - una facultad de exclusión o abstención que el titular del lema puede exigir de los terceros (dimensión negativa del derecho), sustrayendo del tráfico económico el uso de los términos, vocablos, frases o gráficos que constituyen el lema con relación a tales productos o servicios. Esto constituye en última instancia una dificultad para que terceros puedan acceder al mercado, y por esta razón se excluye del registro a los lemas 3 Recaída en el expediente Nº relativo a la solicitud de registro del lema comercial SABOR Y COLOR presentada por Fábrica de Productos Alimenticios Sibarita S.A. Precedente de observancia obligatoria en relación a los requisitos de registrabilidad exigidos al lema comercial, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 19 de junio de 1998 (pp a ). 5-10

6 que no cumplan con los requisitos para constituirse en signos distintivos. Caso contrario, el derecho exclusivo de un lema tendría efectos anticompetitivos: se privaría a los demás empresarios de un medio indispensable para competir en el mercado. Un lema comercial cumplirá con el requisito de distintividad para acceder al registro en la medida que no sea percibido únicamente como un texto puramente promocional, sino cuando goce en sí mismo de la aptitud distintiva necesaria para permitir su diferenciación en relación a la marca que publicita. Por ello no se podrá registrar como lema comercial una frase simple o banal que sin fantasía alguna se limite a alabar los productos o servicios que se desee publicitar. La distintividad del lema no puede basarse sólo en la presencia de una marca registrada al interior del mismo, ya que con ello se llegaría a una situación absurda: bastaría a la competencia sustituir esa marca por la propia para poder usar el lema registrado sin cometer infracción. La vinculación entre el lema comercial y la marca se produce por el hecho que el primero tiene como función primordial publicitar a la segunda. No en vano se le ha asignado al lema comercial la noción de complementariedad respecto de la marca, así como la supeditación de su existencia a la vigencia de la marca que promociona. 4 No puede tampoco permitirse que el concepto o idea que el lema comercial pretenda transmitir a los consumidores a través de la conjunción de las palabras que lo conforman constituya una expresión genérica o descriptiva en relación a los productos o servicios que la marca que publicita distingue, en la medida que tal circunstancia dificultaría que los competidores puedan promocionar en el correspondiente sector del mercado otra marca de producto o servicio utilizando dicha expresión genérica o descriptiva. Por lo anterior, es mejor dejar libres estas expresiones para que puedan ser utilizadas por todos los competidores. En virtud de las consideraciones anteriores, puede suceder que un lema cumpla perfectamente una función publicitaria en el mercado pero: i) carezca de carácter 4 Al respecto, conviene mencionar lo expuesto por Areán Lalín, quien al comentar la relación entre el lema comercial y la marca en el contexto del Régimen Común sobre Propiedad Industrial del Pacto Andino, considera al lema comercial como una figura de muy dudosa autonomía frente a la marca, aunque le reconoce cierta particularidad: En rigor, el lema comercial es un signo seleccionado por un empresario para distinguir sus productos o servicios; y, por tanto, tiene el mismo objeto específico que la marca. De ahí que en Europa se conozca esta modalidad de signo distintivo como marca - slogan; esto es, como una clase o variedad de marcas con una estructura singular (subrayado nuestro). La Protección de los Signos Distintivos en el Comercio, Revista de la Propiedad Industrial, Año 1996, Número 5, Montevideo, Uruguay, p

7 distintivo), ii) designe o describa el producto o servicio al que se refiere o iii) transgreda los derechos de terceros (caso de utilización de un lema que genera un riesgo de confusión con un signo registrado o previamente solicitado) 5. Tales lemas comerciales no pueden acceder al registro. Ahora bien, el hecho que un lema comercial no acceda al registro no significa que dicho lema o frase publicitaria deba ser automáticamente retirado del mercado, ya que si bien no resulta registrable puede ser utilizado sin carácter exclusivo por su titular. La Sala hace notar que existen importantes concordancias entre lo establecido en la resolución antes mencionada y la interpretación prejudicial de los artículos y de la Decisión 344 realizada por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina en el Proceso N 74-IP , en la cual se afirma que El lema comercial es un signo distintivo, y al igual que las marcas, que las denominaciones de origen o que el nombre comercial, buscan la protección general del consumidor para evitar que pueda ser inducido a error o caer en confusión. En dicha interpretación prejudicial, se señala asimismo que: La función de complementariedad encomendada al lema comercial implica que éste debe ser capaz de reforzar la distintividad de la marca que publicita. En razón de lo cual, debe gozar por sí mismo, de la distintividad requerida para cumplir dicha función....con respecto al carácter complementario, implica que su distintividad no puede basarse sólo en la presencia de la marca registrada al interior del mismo; y que tampoco podrán registrarse como lema comercial, las frases simples, comúnmente utilizadas para promocionar productos; las frases sin fantasía alguna que se limiten a alabar los productos o servicios distinguidos con la marca que se publicita; así como las frases genéricas y descriptivas en relación a los productos o servicios que la marca que publicite distinga. La distintividad es la característica esencial y función primigenia que debe reunir todo signo en el mercado para ser susceptible de registro. Asimismo, el lema debe poseer un mínimo de novedad, esto es, no haber sido utilizado en el mercado. 5 El uso de lemas comerciales que transgreden los derechos de terceros es susceptible de generar una acción por infracción de derechos de propiedad industrial (cuando se infringen derechos de exclusiva). 6 Ver nota 1. 7 Artículo Serán aplicables a esta Sección, en lo pertinente, las disposiciones relativas al Capítulo de Marcas de la presente Decisión. 8 Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena N 765 del 27 de febrero del

8 Finalmente, la Decisión 344 consagra la protección comunitaria andina de otros signos distintivos como el nombre, la enseña y el lema comercial a los que les es aplicable el requisito de distintividad para efectos de proteger al público consumidor de la posibilidad de confusión en la identificación y elección de productos y servicios. De lo anterior, se desprende que el Tribunal Andino ha determinado que no pueden ser objeto de registro aquellos lemas comerciales que no gocen en sí mismos de un mínimo grado de distintividad, ello a fin de evitar que los consumidores puedan ser inducidos a confusión. 4. Carácter del lema comercial solicitado. Aplicación al caso concreto Previamente, cabe precisar que la marca de producto ALACENA y etiqueta ha sido registrada para distinguir carne, pescado, aves y caza, extractos de carne, frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas, gelatinas, compotas y huevos, de la clase 29 de la Nomenclatura Oficial. Así, en el presente caso, el lema comercial solicitado EL RICO SABOR DE CASA pretende difundir la idea que los productos que distingue dicha marca tienen buen sabor y que son agradables para el sentido del gusto, haciendo recordar los alimentos preparados en el hogar, al poseer una determinada receta o determinados ingredientes que aseguran a quienes consuman dichos productos que quedarán satisfechos con su sabor. Por lo tanto, el lema comercial solicitado alude a una cualidad esperada de algunos de los productos de la clase 29 de la Nomenclatura Oficial, en los que se busca el sabor natural y especial que se consigue en la preparación de la comida familiar y con ingredientes seleccionados por quien va a consumir el producto final 9. En ese orden de ideas, de concederse un derecho de exclusiva sobre una expresión de esa naturaleza se impediría su utilización por parte de los demás competidores que actúan en el mercado, y que también se encuentren en condiciones de ofrecer productos de una naturaleza similar. 9 Adicionalmente, cabe indicar que el término RICO - tal como lo estableció la Sala en las resoluciones N /TPI-INDECOPI (recaída en el expediente N sobre registro del lema comercial SIEMPRE RICO, SIEMPRE FRESCO solicitado por Central Impulsora S.A. de C.V.), y N /TPI-INDECOPI (recaída en el expediente N sobre registro de lema comercial EL PAN RICO, EL PAN FRESCO solicitado por Central Impulsora S.A. de C.V.), - alude directamente a una de las características esperadas de los productos en cuestión, como es el que los alimentos sean sabrosos (deliciosos o gustosos) o exquisitos (agradables o gratos al paladar). 8-10

9 Además, conforme se advierte en el Informe de antecedentes, es usual que en el mercado se utilicen expresiones similares para la promoción de productos de la misma naturaleza, por lo que no es razonable suponer que la expresión EL RICO SABOR DE CASA pueda ser asociada en la mente del consumidor con una marca determinada. Por lo anterior, el lema comercial solicitado no cumple con el requisito de distintividad previsto en la ley, al constituir una frase simple, utilizada comúnmente en la promoción y publicidad de los productos alimenticios de la clase 29 de la Nomenclatura Oficial 10. En consecuencia, el lema comercial solicitado se encuentra incurso en la prohibición establecida en el artículo 135 inciso e) de la Decisión 486, careciendo asimismo del requisito de distintividad establecido en el artículo 135 inciso b) de la Decisión 486 aplicable por remisión del artículo 179 de la referida Decisión, razón por la cual no procede acceder a registro. Finalmente, cabe señalar que la denegatoria del registro del lema comercial EL RICO SABOR DE CASA no es impedimento para que Álicorp S.A.A. pueda utilizarlo en la publicidad y promoción de sus productos, ya que si bien no resulta registrable, al no cumplir los requisitos de ley, puede ser utilizado pero sin el carácter de exclusiva que otorga el registro de un signo distintivo 11. IV. RESOLUCIÓN DE LA SALA CONFIRMAR la Resolución N /OSD-INDECOPI de fecha 21 de enero del 2003 y, en consecuencia, DENEGAR el registro del lema comercial EL RICO SABOR DE CASA, solicitado por Álicorp S.A.A. (Perú). Con la intervención de los vocales: Luis Alonso García Muñoz-Nájar, Begoña Venero Aguirre, Dante Mendoza Antonioli y Tomás Unger Golsztyn. 10 Al respecto, cabe precisar que la Sala ha tenido el mismo criterio en las Resoluciones N /TPI- INDECOPI de fecha 7 de agosto del 2000 (recaída en el expediente N , sobre el registro del lema comercial EL RICO SABOR DE CASA, para usarse como complemento de la marca de producto BEZZA, registrada bajo certificado N en la clase 29 de la Nomenclatura Oficial, solicitado por Álicorp S.A.), y /TPI-INDECOPI de fecha 7 de agosto del 2000 (recaída en el expediente N , sobre el registro del lema comercial EL RICO SABOR DE CASA, para usarse como complemento de la marca de producto BEZZA, registrada bajo certificado N en la clase 30 de la Nomenclatura Oficial, solicitado por Álicorp S.A.). 11 El registro de un signo otorga a su titular un derecho de exclusiva, el cual supone, además de la facultad de utilizarlo en el tráfico económico para designar o publicitar determinados productos o servicios y ofrecerlos al público (dimensión positiva del derecho), una facultad exclusión o abstención que el titular del signo puede exigir de los terceros (dimensión negativa del derecho), sustrayendo del tráfico económico el uso de los términos, vocablos, frases o gráficos que constituyen el signo en relación a tales productos o servicios. 9-10

10 /lt LUIS ALONSO GARCÍA MUÑOZ-NÁJAR Presidente de la Sala de Propiedad Intelectual 10-10

SOLICITANTE : UNIVERSIDAD PERUANA CAYETANO HEREDIA

SOLICITANTE : UNIVERSIDAD PERUANA CAYETANO HEREDIA SOLICITANTE : UNIVERSIDAD PERUANA CAYETANO HEREDIA Registro de lema comercial Frase Laudatoria Lima, diez de abril de dos mil tres I. ANTECEDENTES Con fecha 14 de octubre del 2002, Universidad Peruana

Más detalles

SOLICITANTE : PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ. Registro de lema comercial Carácter descriptivo Falta de distintividad.

SOLICITANTE : PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ. Registro de lema comercial Carácter descriptivo Falta de distintividad. SOLICITANTE : PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ Registro de lema comercial Carácter descriptivo Falta de distintividad. Lima, treinta de noviembre del dos mil cinco I. ANTECEDENTES Con fecha 5 de

Más detalles

: PRODUCTORA DE ALIMENTOS LIDO DEL PERÚ E.I.R.L. : CANCELACIÓN DE REGISTRO DE MARCA POR FALTA DE USO LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN

: PRODUCTORA DE ALIMENTOS LIDO DEL PERÚ E.I.R.L. : CANCELACIÓN DE REGISTRO DE MARCA POR FALTA DE USO LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN DIRECCIÓN DE SIGNOS DISTINTIVOS COMISIÓN DE SIGNOS DISTINTIVOS RESOLUCIÓN Nº 002-2015/CSD-INDECOPI EXPEDIENTE : 444625-2011 ACCIONANTE EMPLAZADA MATERIA : CARRASCO ROJAS, FELIX WALTER : PRODUCTORA DE ALIMENTOS

Más detalles

Efectos de la declaratoria de notoriedad de una marca en un proceso judicial

Efectos de la declaratoria de notoriedad de una marca en un proceso judicial Efectos de la declaratoria de notoriedad de una marca en un proceso judicial Luis José Diez Canseco Núñez Presidente Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina ORDENAMIENTO JURÍDICO DE LA COMUNIDAD ANDINA

Más detalles

III. Indice. Casos : Oficina de Signos Distintivos. Juntos fortaleciendo con información tu capacidad de decisión! I. Introducción

III. Indice. Casos : Oficina de Signos Distintivos. Juntos fortaleciendo con información tu capacidad de decisión! I. Introducción Indice I. Introducción II. III. IV. Casos : Oficina de Signos Distintivos a. Area de Marcas b. Area de Infracciones c. Area de Registro y Archivo Casos Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías a. Resoluciones

Más detalles

REGLAMENTO CRT: 1997 REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DE PROTOTIPO O LOTE DE PRODUCTOS

REGLAMENTO CRT: 1997 REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DE PROTOTIPO O LOTE DE PRODUCTOS REGLAMENTO CRT: 1997 Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales - INDECOPI Calle la Prosa 138, San Borja (Lima 41) Apartado 145 Lima, Perú REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DE PROTOTIPO O LOTE DE PRODUCTOS

Más detalles

PROCESO CAS N ANA COMISION PERMANENTE

PROCESO CAS N ANA COMISION PERMANENTE PROCESO CAS N 048--ANA COMISION PERMANENTE CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN PROFESIONAL ESPECIALISTA EN LA DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LOS RECURSOS HÍDRICOS SEDE

Más detalles

LEY QUE PRECISA LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE AJUSTE POR INFLACIÓN DEL BALANCE GENERAL CON INCIDENCIA TRIBUTARIA EN PERIODOS DEFLACIONARIOS

LEY QUE PRECISA LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE AJUSTE POR INFLACIÓN DEL BALANCE GENERAL CON INCIDENCIA TRIBUTARIA EN PERIODOS DEFLACIONARIOS Carlos Torres y Torres Lara 1942-2000 Alonso Morales Acosta Carlos Torres Morales Rafael Torres Morales Juan Carlos Benavente Teixeira Miguel Angel Torres Morales Britta Olsen de Torres Sylvia Torres de

Más detalles

Norma de calidad para determinados tipos de leche conservada parcial o totalmente deshidratada destinados a la alimentación humana.

Norma de calidad para determinados tipos de leche conservada parcial o totalmente deshidratada destinados a la alimentación humana. Real Decreto 1054/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Norma de calidad para determinados tipos de leche conservada parcial o totalmente deshidratada Sumario: Artículo único. Aprobación de la

Más detalles

MANUAL SOBRE USO DEL NOMBRE Y LOGOTIPO DE LA FEDERACION NACIONAL DE COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO DEL PERU

MANUAL SOBRE USO DEL NOMBRE Y LOGOTIPO DE LA FEDERACION NACIONAL DE COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO DEL PERU MANUAL SOBRE USO DEL NOMBRE Y LOGOTIPO DE LA FEDERACION NACIONAL DE COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO DEL PERU GENERALIDADES Al crear una marca se define una plataforma, base de la identidad de largo plazo

Más detalles

P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores

P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades

Más detalles

Qué es una marca? Una marca es un signo distintivo, cuya función principal es identificar y distinguir productos y/o servicios en el mercado.

Qué es una marca? Una marca es un signo distintivo, cuya función principal es identificar y distinguir productos y/o servicios en el mercado. MARCA Y BRANDING Docente: Lina Bernal Contexto de marcas Qué es una marca? Una marca es un signo distintivo, cuya función principal es identificar y distinguir productos y/o servicios en el mercado. Qué

Más detalles

Que con posterioridad a la publicación de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, se aprobaron nuevos formularios;

Que con posterioridad a la publicación de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, se aprobaron nuevos formularios; Modifican la Resolución de Superintendencia N 132-2004/SUNAT que establece el procedimiento para la modificación y/o inclusión de datos consignados en los formularios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 015-2008/SUNAT

Más detalles

VISTO el expediente del Registro de este MINISTERIO DE JUSTICIA Y. REPÚBLICA ARGENTINA se consulta a esta OFICINA ANTICORRUPCIÓN

VISTO el expediente del Registro de este MINISTERIO DE JUSTICIA Y. REPÚBLICA ARGENTINA se consulta a esta OFICINA ANTICORRUPCIÓN RESOLUCIÓN OA/DPPT Nº 57 BUENOS AIRES, 18 de diciembre de 2000. VISTO el expediente del Registro de este MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Nº 128.352/00, y CONSIDERANDO: Que por Nota 382c/1148

Más detalles

Estrategias de Marca Colectiva para el Café Peruano

Estrategias de Marca Colectiva para el Café Peruano Estrategias de Marca Colectiva para el Café Peruano Ing. Claudia Solano Oré Octubre 2012 Contenido Las exportaciones Los signos distintivos Marca colectiva Casos internacionales Marca colectiva para el

Más detalles

RESOLUCIÓN DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

RESOLUCIÓN DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES RESOLUCIÓN 000052 DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES por la cual se regula el trámite de inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) y su actualización de oficio a

Más detalles

ES Diario Oficial de la Unión Europea L 157/ 33. DIRECTIVA 2004/41/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 21 de abril de 2004

ES Diario Oficial de la Unión Europea L 157/ 33. DIRECTIVA 2004/41/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 21 de abril de 2004 30.4.2004 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 57/ 33 DIRECTIVA 2004/4/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 2 de abril de 2004 por la que se derogan determinadas directivas que establecen las

Más detalles

REGLAMENTO DE LA LEY Nº QUE REGULA EL ENVÍO DE CORREO ELECTRÓNICO COMERCIAL NO SOLICITADO (SPAM)

REGLAMENTO DE LA LEY Nº QUE REGULA EL ENVÍO DE CORREO ELECTRÓNICO COMERCIAL NO SOLICITADO (SPAM) REGLAMENTO DE LA LEY Nº 28493 QUE REGULA EL ENVÍO DE CORREO ELECTRÓNICO COMERCIAL NO SOLICITADO (SPAM) TÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto

Más detalles

PROCESO CAS N ANA COMISION ESPECIAL

PROCESO CAS N ANA COMISION ESPECIAL PROCESO CAS N 424--ANA COMISION ESPECIAL CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE TRES (03) ESPECIALISTAS DE ASESORIA JURIDICA I. GENERALIDADES. 1. Objeto de la convocatoria Contratar

Más detalles

III. Indice. Casos : Oficina de Signos Distintivos. Agosto del 2001. Juntos fortaleciendo con información tu capacidad de decisión! I.

III. Indice. Casos : Oficina de Signos Distintivos. Agosto del 2001. Juntos fortaleciendo con información tu capacidad de decisión! I. Indice I. Introducción II. III. IV. Casos : Oficina de Signos Distintivos a. Area de Marcas b. Area de Infracciones c. Area de Registro y Archivo Novedades de la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías

Más detalles

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Consolidación del Mar de Grau" JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la Consolidación del Mar de Grau JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo A De ~ ' " ~ ' ~ '" - ' Rresidencia,, _ Clel fónsejo de Ministros "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" INFORME TÉCNICO N :A_b:', 2016-SERVIR/GPGSC JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente

Más detalles

/CAM-INDECOPI. 17 de marzo de 2005

/CAM-INDECOPI. 17 de marzo de 2005 0042-2005/CAM-INDECOPI 17 de marzo de 2005 EXPEDIENTE Nº 000073-2004/CAM DENUNCIADO : INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL- INDECI DENUNCIANTE : ASOCIACIÓN DE HOTELES, RESTAURANTES Y AFINES DE AREQUIPA

Más detalles

BOICAC Nº 20 BOE

BOICAC Nº 20 BOE ORDEN de 28 de diciembre de 1994, por la que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las empresas inmobiliarias.("ver orden de 11 de Mayo de 2001") BOICAC Nº 20 BOE 04.01.95

Más detalles

Ley Nacional Nº Ley de Inversiones Extranjeras. Texto Ordenado por Ley y modificatorias

Ley Nacional Nº Ley de Inversiones Extranjeras. Texto Ordenado por Ley y modificatorias Ley Nacional Nº 21382 Ley de Inversiones Extranjeras Texto Ordenado por Ley 21382 y modificatorias Decreto Reglamentario 1853/93 del 02 de septiembre de 1993 Artículo 1. Los inversores extranjeros que

Más detalles

PROCESO CAS N ANA COMISION Nº 10 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) CHOFER PARA LA DIRECCION

PROCESO CAS N ANA COMISION Nº 10 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) CHOFER PARA LA DIRECCION PROCESO CAS N 004--ANA COMISION Nº 10 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) CHOFER PARA LA DIRECCION 1. Objeto de la convocatoria Contratar los servicios de UN (01) CHOFER

Más detalles

SERVICIOS ESPECIALES PRESTADOS POR CONTADORES PUBLICOS SECP-5 NORMA SOBRE REVISION DE INGRESOS DE PERSONAS NATURALES

SERVICIOS ESPECIALES PRESTADOS POR CONTADORES PUBLICOS SECP-5 NORMA SOBRE REVISION DE INGRESOS DE PERSONAS NATURALES SERVICIOS ESPECIALES PRESTADOS POR CONTADORES PUBLICOS SECP-5 NORMA SOBRE REVISION DE INGRESOS DE PERSONAS NATURALES 1 NORMA SOBRE REVISIÓN DE INGRESOS DE PERSONAS NATURALES Introducción 1. La multiplicidad

Más detalles

Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica PRODUCTOS COSMETICOS Disposición 3473/2005 Apruébase el "Reglamento Técnico Mercosur sobre Rotulado Obligatorio General para Productos

Más detalles

ACCIONANTE : CERVECERÍA Y MALTERÍA QUILMES S.A.I.C.A.G. EMPLAZADA : COMPAÑÍA NACIONAL DE CERVEZA S.A.

ACCIONANTE : CERVECERÍA Y MALTERÍA QUILMES S.A.I.C.A.G. EMPLAZADA : COMPAÑÍA NACIONAL DE CERVEZA S.A. ACCIONANTE : CERVECERÍA Y MALTERÍA QUILMES S.A.I.C.A.G. EMPLAZADA : COMPAÑÍA NACIONAL DE CERVEZA S.A. Lima, veintiséis de mayo de mil novecientos noventa y siete I. ANTECEDENTES Con fecha 5 de abril de

Más detalles

1. La renta generada por la enajenación posterior de los mencionados inmuebles se encuentra gravada con el Impuesto a la Renta?

1. La renta generada por la enajenación posterior de los mencionados inmuebles se encuentra gravada con el Impuesto a la Renta? INFORME N. 104-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se plantea el supuesto de personas naturales no generadoras de rentas de tercera categoría, que, desde antes del 1.1.2004, han poseído de manera continua, pacífica

Más detalles

1. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE IPREDA. a. Qué entidades se inscriben en el registro de IPREDA?

1. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE IPREDA. a. Qué entidades se inscriben en el registro de IPREDA? REGISTRO, RENOVACIÓN Y BAJA DE INSTITUCIONES PRIVADAS RECEPTORAS DE DONACIONES DE CARÁCTER ASISTENCIAL O EDUCACIONAL PROVENIENTES DEL EXTERIOR (IPREDA) 1. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE IPREDA a. Qué entidades

Más detalles

E ér e U N A P U B L I C A C I Ó N D E E ér e U N A P U B L I C A C I Ó N D E

E ér e U N A P U B L I C A C I Ó N D E E ér e U N A P U B L I C A C I Ó N D E E ér e UNA PUBLICACIÓN DE E ér e UNA PUBLICACIÓN DE María de los Ángeles Marín Rodrigo Ibarra Rodney Responsable del departamento de Abogado asociado senior de la firma Arias & Muñoz propiedad intelectual

Más detalles

En función del tipo de producto elaborado pueden ser aplicables, de forma adicional, otras normas.

En función del tipo de producto elaborado pueden ser aplicables, de forma adicional, otras normas. 1/5 Y MEDIO AMBIENTE DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIONES Y MERCADOS AGRARIOS COMISION NACIONAL DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE ALIMENTACIÓN ANIMAL ACUERDO DE LA COMISIÓN NACIONAL EN MATERIA DE ALIMENTACIÓN

Más detalles

REF: Expte. MTEySS N /2013 DICTAMEN DNPDP Nº 17/13 BUENOS AIRES, 16 de julio de

REF: Expte. MTEySS N /2013 DICTAMEN DNPDP Nº 17/13 BUENOS AIRES, 16 de julio de REF: Expte. MTEySS N 1-2015-------/2013 DICTAMEN DNPDP Nº 17/13 BUENOS AIRES, 16 de julio de 2013.- SEÑOR DIRECTOR: Tengo el agrado de dirigirme a Ud. con en las actuaciones de la referencia por las que

Más detalles

CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN. Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados

CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN. Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados 1.3.FUNCIONES Reconocer a los efectos de antigüedad a los empleados

Más detalles

Resolución Nº CONSUCODE/PRE

Resolución Nº CONSUCODE/PRE Resolución Nº 114-2007-CONSUCODE/PRE Jesús María, 06 de marzo de 2007 VISTO: El Memorando Nº 196-2007-GRNP, de fecha 05 de marzo de 2007, emitido por la Gerencia del Registro Nacional de Proveedores; y

Más detalles

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia.

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia. Vista Núm. 727 12 de octubre de 2006 Proceso ejecutivo por cobro coactivo Concepto de la Procuraduría de la Administración Recurso de Apelación, interpuesto por la licenciada Alma Cortés, en representación

Más detalles

(Tesis aprobada en sesión de 14 de abril de 2010) R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 30. Junio p. 78

(Tesis aprobada en sesión de 14 de abril de 2010) R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 30. Junio p. 78 No. Registro: 53.483 Jurisprudencia Tesis: VI-J-SS-77 Página: 60 MARCAS INDICATIVAS O DESCRIPTIVAS.- NO SE DA ESE SUPUESTO CUANDO SUS ELEMENTOS NO SON CARACTERÍSTICOS DE LOS PRODUCTOS O SERVICIOS QUE PRETENDEN

Más detalles

RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN

RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN DE INSTALACIONES DE RÉGIMEN ESPECIAL 7 de julio de 2011

Más detalles

PROCESO CAS N ANA COMISION Nº 8 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (1) ESPECIALISTA EN ASESORIA LEGAL

PROCESO CAS N ANA COMISION Nº 8 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (1) ESPECIALISTA EN ASESORIA LEGAL PROCESO CAS N 567 --ANA COMISION Nº 8 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (1) ESPECIALISTA EN ASESORIA LEGAL I. GENERALIDADES 1. Objeto de la convocatoria Contratar los

Más detalles

DECIDE: CAPITULO I PROGRAMA DE DIFUSION ESTADISTICA DE LA COMUNIDAD ANDINA

DECIDE: CAPITULO I PROGRAMA DE DIFUSION ESTADISTICA DE LA COMUNIDAD ANDINA Decisión 690 Programa de Difusión Estadística de la Comunidad Andina LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El Artículo 54 del Acuerdo de Cartagena, los artículos 36 y 37 de la Decisión 471, la Decisión

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 25 Sábado 29 de enero de 2011 Sec. I. Pág. 9569 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA 1644 Real Decreto 101/2011, de 28 de enero, por el que se establecen las normas básicas que

Más detalles

Sistema Peruano de Información Jurídica

Sistema Peruano de Información Jurídica Martes, 01 de mayo de 2007 CONGRESO DE LA REPUBLICA Resolución Legislativa que aprueba el Convenio Nº 176 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Seguridad y Salud en las Minas EL CONGRESO DE

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº182-2008-SUNAT Y MODIFICATORIAS QUE IMPLEMENTÓ LA EMISIÓN ELECTRÓNICA DEL RECIBO POR HONORARIOS Y EL LLEVADO DEL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS DE MANERA ELECTRÓNICA,

Más detalles

PROCESO CAS N ANA COMISION PERMANENTE

PROCESO CAS N ANA COMISION PERMANENTE PROCESO CAS N 519--ANA COMISION PERMANENTE CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) PROFESIONAL MEDICO EN SALUD OCUPACIONAL I. GENERALIDADES 1. Objeto de la convocatoria

Más detalles

PERFIL DE INGRESO / REQUISITOS DE ACCESO Y CRITERIOS DE ADMISIÓN Grado en Ingeniería Informática Escuela Técnica Superior de Ingeniería

PERFIL DE INGRESO / REQUISITOS DE ACCESO Y CRITERIOS DE ADMISIÓN Grado en Ingeniería Informática Escuela Técnica Superior de Ingeniería Preuniversitaria, Perfil de y de PERFIL DE INGRESO / REQUISITOS DE ACCESO Y CRITERIOS DE ADMISIÓN Grado en Ingeniería Informática Escuela Técnica Superior de Ingeniería Perfil de Ingreso Recomendado Aun

Más detalles

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(Texto pertinente a efectos del EEE) 31.7.2014 L 228/5 REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 828/2014 DE LA COMISIÓN de 30 de julio de 2014 relativo a los requisitos para la transmisión de información a los consumidores sobre la ausencia o la

Más detalles

Reforma legislativa de la marca comunitaria

Reforma legislativa de la marca comunitaria El próximo 23 de marzo de 2016 entrará en vigor el Reglamento (UE) nº 2015/2424 del Parlamento Europeo y del Consejo del 16 de diciembre de 2015, que modifica el Reglamento actual y que junto con la nueva

Más detalles

RESOLUCION 270 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

RESOLUCION 270 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, RESOLUCION 270 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, Dictamen 29-99 de Incumplimiento por parte del Gobierno de Venezuela por la adopción de restricciones, exclusiones o trato discriminatorio en

Más detalles

Comisión de Represión de la Competencia Desleal Octubre 2005 / Año 2, Nº 6

Comisión de Represión de la Competencia Desleal Octubre 2005 / Año 2, Nº 6 Comisión de Represión de la Competencia Desleal Octubre 2005 / Año 2, Nº 6 INDICE I. Introducción. II. Precedente de observancia obligatoria sobre los límites del derecho a la libre imitación de iniciativas

Más detalles

1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. Real Decreto X/X de DD de MM, por el que se establecen las normas básicas que han de regir los sistemas de acreditación y verificación de las emisiones de gases de efecto invernadero y los datos toneladas-kilómetro

Más detalles

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO CONCEPTO IMPOSITIVO Impuesto General Indirecto Canario Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias CUESTIÓN PLANTEADA NORMATIVA APLICABLE

Más detalles

Expte. DI-115/ EXCMO. SR. CONSEJERO DE PRESIDENCIA Pº María Agustín 36. Edificio Pignatelli Zaragoza Zaragoza SUGERENCIA

Expte. DI-115/ EXCMO. SR. CONSEJERO DE PRESIDENCIA Pº María Agustín 36. Edificio Pignatelli Zaragoza Zaragoza SUGERENCIA Expte. DI-115/2016-6 EXCMO. SR. CONSEJERO DE PRESIDENCIA Pº María Agustín 36. Edificio Pignatelli 50004 Zaragoza Zaragoza SUGERENCIA Primero.- En el marco del interés del Justicia por los colectivos más

Más detalles

Memorias seminario: Cómo Proteger y Registrar la Marca de su Empresa?

Memorias seminario: Cómo Proteger y Registrar la Marca de su Empresa? Memorias seminario: Cómo Proteger y Registrar la Marca de su Empresa? CÓMO PROTEGER Y REGISTRAR LA MARCA DE SU EMPRESA? Objetivo General: ofrecer a los empresarios vinculados toda la información actualizada

Más detalles

VI REUNIÓN PARA LA AMPLIACIÓN Y PROFUNDIZACIÓN DEL ACE No. 8 ENTRE PERÚ- MÉXICO RECONOCIMIENTO MUTUO DE DENOMINACIONES DE ORIGEN

VI REUNIÓN PARA LA AMPLIACIÓN Y PROFUNDIZACIÓN DEL ACE No. 8 ENTRE PERÚ- MÉXICO RECONOCIMIENTO MUTUO DE DENOMINACIONES DE ORIGEN VI REUNIÓN PARA LA AMPLIACIÓN Y PROFUNDIZACIÓN DEL ACE No. 8 ENTRE PERÚ- MÉXICO RECONOCIMIENTO MUTUO DE DENOMINACIONES DE ORIGEN 1. Descripción de la Reunión Se discutió sobre: 1. Información sobre el

Más detalles

OPOSITORA : SEQUOITA CAPITAL MANAGEMENT, LTD. Denominaciones descriptivas- Falta de distintividad del signo solicitado

OPOSITORA : SEQUOITA CAPITAL MANAGEMENT, LTD. Denominaciones descriptivas- Falta de distintividad del signo solicitado SOLICITANTE : PAOLA ROSANA YÁÑEZ VALDIVIA OPOSITORA : SEQUOITA CAPITAL MANAGEMENT, LTD. Denominaciones descriptivas- Falta de distintividad del signo solicitado Lima, quince de noviembre del dos mil siete.

Más detalles

Las Denominaciones de Origen Procedimiento de registro en Nicaragua

Las Denominaciones de Origen Procedimiento de registro en Nicaragua Las Denominaciones de Origen Procedimiento de registro en Nicaragua Registro de la Propiedad Intelectual Ministerio de Fomento, Industria y Comercio Licda. Adriana Díaz Registradora Suplente. PROPIEDAD

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE ECONOMIA E DE Y HACIENDA Recurso nº 245/2011 Resolución nº 278/2011 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 16 de noviembre de 2011. VISTA la cuestión de nulidad interpuesta por Don L.M.V.G., en representación

Más detalles

Encuentro de Abogados CUBA-USA

Encuentro de Abogados CUBA-USA Encuentro de Abogados CUBA-USA PROPIEDAD INTELECTUAL PROPIEDAD INDUSTRIAL DERECHO DE AUTOR ANTECEDENTES Real Célula del 30 de julio de 1833 (Primer instrumento jurídico que normó la actividad de la Propiedad

Más detalles

NÚMERO 244 Martes, 22 de diciembre de 2015 CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

NÚMERO 244 Martes, 22 de diciembre de 2015 CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 39110 III OTRAS RESOLUCIONES CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2015, de la Consejera, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno

Más detalles

Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones de( Estado

Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones de( Estado Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones de( Estado XesoCución W CONSUCODE/PRE Jesús María, 28 DIC 2096 VISTO: El Memorando N 975-2006-GRNP, de fecha 30 de noviembre de 2006, emitido. por la

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 208-2016/SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES Lima, 17 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que el artículo 6 del Decreto

Más detalles

SOL N : EXP N : Santiago, veinte de agosto de dos mil diez VISTOS:

SOL N : EXP N : Santiago, veinte de agosto de dos mil diez VISTOS: PUBLICA DE CHILE tituto Nacional de Propiedad Industrial PI SOL N : 853609 EXP N : 3126-09 Santiago, veinte de agosto de dos mil diez VISTOS: Para distinguir carne, pescado, aves, mariscos y aves de caza;

Más detalles

Modifican el Reglamento Nacional de Tránsito Decreto Supremo N MTC

Modifican el Reglamento Nacional de Tránsito Decreto Supremo N MTC Calle Las Garzas 250, San Isidro Telefax (511) 222-3815 93501119 93501120 central@galvezconsultores.com www.galvezconsultores.com RESUMEN: Uso de cinturón de seguridad en asientos posteriores del vehículo

Más detalles

Dirección de Franquicias del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto

Dirección de Franquicias del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto Dirección de Franquicias del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto FRANQUICIAS DIPLOMATICAS PARA LA IMPORTACION DE AUTOMOTORES Disposición 41/2008 Requisitos mínimos a suministrar

Más detalles

SUBPROCESO GESTIÓN DE LA PROTECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Anexo 8.4 Subproceso gestión de la protección de propiedad intelectual

SUBPROCESO GESTIÓN DE LA PROTECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Anexo 8.4 Subproceso gestión de la protección de propiedad intelectual Anexo 8.4 Subproceso gestión de la protección de propiedad intelectual 1. OBJETIVO Gestionar y facilitar la obtención de protección de la propiedad intelectual de los resultados de investigación o invenciones

Más detalles

: FÁBRICA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS SIBARITA S.A. Lima, veinticinco de abril de mil novecientos noventa y ocho

: FÁBRICA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS SIBARITA S.A. Lima, veinticinco de abril de mil novecientos noventa y ocho SOLICITANTE : FÁBRICA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS SIBARITA S.A. OBSERVANTE : AJINOMOTO DEL PERÚ S.A. Lima, veinticinco de abril de mil novecientos noventa y ocho I. ANTECEDENTES Con fecha 27 de setiembre

Más detalles

FORMATO N 1 FORMATO DE SOLICITUD DE APOYO A TERCEROS POR ACCIONES PROMOCIONALES DE TURISMO Y DIFUSIÓN DE LA IMAGEN DEL PAÍS

FORMATO N 1 FORMATO DE SOLICITUD DE APOYO A TERCEROS POR ACCIONES PROMOCIONALES DE TURISMO Y DIFUSIÓN DE LA IMAGEN DEL PAÍS N de Solicitud: Fecha de presentación de FORMATO N 1 FORMATO DE SOLICITUD DE APOYO A TERCEROS POR ACCIONES PROMOCIONALES DE TURISMO Y DIFUSIÓN DE LA IMAGEN DEL PAÍS I. CONTENIDO DE LA SOLICITUD 1 Actividad

Más detalles

GUÍA PARA LA SOLICITUD DE AUTORIZACIONES TEMPORALES

GUÍA PARA LA SOLICITUD DE AUTORIZACIONES TEMPORALES LA SOLICITUD DE GUÍA PARA AUTORIZACIONES TEMPORALES Autorizaciones temporales La Autoridad minera podrá otorgar a solicitud de los interesados autorización temporal e intransferible, a las entidades territoriales

Más detalles

REGLAMENTO PROMOCIÓN Promerica te Premia Mas en Belleza, Simply Beauty. Para los efectos de este Reglamento se establecen las siguientes definiciones:

REGLAMENTO PROMOCIÓN Promerica te Premia Mas en Belleza, Simply Beauty. Para los efectos de este Reglamento se establecen las siguientes definiciones: 1 REGLAMENTO PROMOCIÓN Promerica te Premia Mas en Belleza, Simply Beauty 1. DEFINICIONES Para los efectos de este Reglamento se establecen las siguientes definiciones: a) Tarjeta de Débito : Tarjetas emitidas

Más detalles

INTRODUCCIÓN A ASPECTOS BÁSICOS DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. Derecho de la Publicidad

INTRODUCCIÓN A ASPECTOS BÁSICOS DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. Derecho de la Publicidad INTRODUCCIÓN A ASPECTOS BÁSICOS DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Derecho de la Publicidad Mayo, 2016 ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN II. EL REGISTRO DE MARCAS III. EL NOMBRE COMERCIAL IV. LA MARCA Derecho de la Publicidad:

Más detalles

PROCESO CAS N ANA COMISION Nº 8

PROCESO CAS N ANA COMISION Nº 8 PROCESO CAS N 563 --ANA COMISION Nº 8 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (1) ESPECIALISTA DE LA SUB DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HIDRICOS I. GENERALIDADES 1.

Más detalles

PARTE C OPOSICIÓN SECCIÓN 0 INTRODUCCIÓN. Introducción al procedimiento de oposición

PARTE C OPOSICIÓN SECCIÓN 0 INTRODUCCIÓN. Introducción al procedimiento de oposición DIRECTRICES RELATIVAS AL EXAMEN QUE LA OFICINA DE ARMONIZACIÓN DEL MERCADO INTERIOR (MARCAS, DIBUJOS Y MODELOS) HABRÁ DE LLEVAR A CABO SOBRE LAS MARCAS COMUNITARIAS PARTE C OPOSICIÓN SECCIÓN 0 INTRODUCCIÓN

Más detalles

ESTATUTO DE LAS COOPERATIVAS DEL MERCOSUR (Anteproyecto )

ESTATUTO DE LAS COOPERATIVAS DEL MERCOSUR (Anteproyecto ) ESTATUTO DE LAS COOPERATIVAS DEL (Anteproyecto 23.3.07) La resolución del Grupo Mercado Común por la cual se crea la Reunión Especializada de Cooperativas del (RECM) le asigna a ésta la finalidad de desarrollar

Más detalles

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( )

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( ) MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( ) Por el cual se reglamenta el artículo 25 de la Ley 1581 de 2012, por la cual se dictan disposiciones generales para la protección

Más detalles

M Producto Certificado

M Producto Certificado M Producto Certificado Qué es M Producto Certificado? M Producto Certificado es una marca de garantía creada por la Comunidad de Madrid para certificar y distinguir en el mercado a los Alimentos de Madrid,

Más detalles

Ley N , Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, publicada el , y normas modificatorias (en adelante, la Ley de Amazonía).

Ley N , Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, publicada el , y normas modificatorias (en adelante, la Ley de Amazonía). INFORME N. 010-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se consulta si los productores de café y cacao( 1 ) de la provincia de Oxapampa del departamento de Pasco y las provincias de Chanchamayo y Satipo del departamento

Más detalles

PROCEDIMIENTO Y SERVICIOS EN EL RNP VII PLAZOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LOS PROVEEDORES DE BIENES Y/O DE. Capítulo

PROCEDIMIENTO Y SERVICIOS EN EL RNP VII PLAZOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LOS PROVEEDORES DE BIENES Y/O DE. Capítulo Capítulo PROCEDIMIENTO Y PLAZOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LOS PROVEEDORES DE BIENES Y/O DE SERVICIOS EN EL RNP MANUAL DE LA NUEVA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Manual de la Nueva Ley de Contrataciones

Más detalles

SANTIAGO, 22 FE8 2011

SANTIAGO, 22 FE8 2011 REF: REGULA PROCEDIMIENTO DE RENUNCIA DE ASESOR ECONÓMICO DE INSOLVENCIA. RESOLUCIÓN EXENTA N SANTIAGO, 22 FE8 2011 VISTOS: Lo dispuesto en la Ley N 18.175 Orgánica de la Superintendencia de Quiebras;

Más detalles

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización-COOTAD RESUELVE:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización-COOTAD RESUELVE: La Institución La Municipalidad del Cantón Bolívar inició su vida Institucional el 8 de octubre de 1913, tal como consta en el Registro Oficial, y de acuerdo a la vigencia de la nueva Constitución de la

Más detalles

Ministerio Público/Procuraduría de la Administración

Ministerio Público/Procuraduría de la Administración C-No.186 Panamá, 18 de junio de 2002. Licenciada Oris Soto Núñez Directora General de Asesoría Legal del Órgano Judicial de la Corte Suprema de Justicia. E. S. D. Señora Directora: Cumpliendo con nuestras

Más detalles

Aprueban Directiva Procedimiento y Plazos para la Inscripción de los proveedores de bienes y servicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)

Aprueban Directiva Procedimiento y Plazos para la Inscripción de los proveedores de bienes y servicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) Aprueban Directiva Procedimiento y Plazos para la Inscripción de los proveedores de bienes y servicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) Jesús María, 26 de mayo de 2005 VISTO: CONSEJO SUPERIOR

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN RESOLUCIÓN SOBRE LA APLICACIÓN DEL INCISO H) ARTÍCULO 59 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN RESOLUCIÓN SOBRE LA APLICACIÓN DEL INCISO H) ARTÍCULO 59 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN RESOLUCIÓN SOBRE LA APLICACIÓN DEL INCISO H) ARTÍCULO 59 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA N DGT-R-025-2015. Dirección General de Tributación. San José, a

Más detalles

EXPEDIENTE Nº /CEB PROCEDIMIENTO DE OFICIO CONTRA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL RESOLUCIÓN FINAL

EXPEDIENTE Nº /CEB PROCEDIMIENTO DE OFICIO CONTRA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL RESOLUCIÓN FINAL 0014-2009/CEB-INDECOPI 19 de enero de 2009 EXPEDIENTE Nº 000110-2008/CEB PROCEDIMIENTO DE OFICIO CONTRA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL RESOLUCIÓN FINAL SUMILLA: Se declara que el incumplimiento

Más detalles

INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ANTE EL OSIPTEL

INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ANTE EL OSIPTEL INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ANTE EL OSIPTEL Concepto Abandono y desistimiento Definición Formas de conclusión anticipada del procedimiento, que podrán ser declaradas

Más detalles

CONSULTA PÚBLICA NUEVOS TIPOS DE MARCAS

CONSULTA PÚBLICA NUEVOS TIPOS DE MARCAS CONSULTA PÚBLICA NUEVOS TIPOS DE MARCAS El Instituto Nacional de Propiedad Industrial del Ministerio de Economía Fomento y Turismo convoca a todos los interesados, a participar de la consulta pública Nuevos

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN NO. 026-05 QUE OTORGA UNA CONCESIÓN A LA SOCIEDAD TECNOLOGIA DIGITAL, S.A., A LOS FINES DE OFRECER SERVICIOS DE TELEFONIA FIJA LOCAL,

Más detalles

Lima, ocho de enero. del dos mil nueve.

Lima, ocho de enero. del dos mil nueve. Lima, ocho de enero del dos mil nueve. VISTOS; y CONSIDERANDO además: Primero. Que, viene en grado de apelación la sentencia de primera instancia, obrante a fojas doscientos veintinueve, su fecha siete

Más detalles

DIRECTIVA Nº /CN

DIRECTIVA Nº /CN DIRECTIVA Nº 011-06-2015/CN PARA: DE: ASUNTO: Gerencia General Gerencia de Riesgos y Finanzas Gerencia de TI y Administración Jefatura de Créditos y Recuperaciones Jefatura de Contabilidad Unidad de Auditoría

Más detalles

JUNTA DE EXTREMADURA

JUNTA DE EXTREMADURA JUNTA DE EXTREMADURA PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DE SUBVENCIÓN PARA EL PLAN 2016 LÍNEAS CON FECHA DE INICIO DE SUSCRIPCIÓN A PARTIR DEL 01-09-2016 PÓLIZAS CON ENTRADA EN VIGOR ENTRE EL 01-09-2016 Y 31-12-2016

Más detalles

Marcas comerciales. Propiedad Industrial: Tipos de marca Página 3. Trámite de inscripción Página 6

Marcas comerciales. Propiedad Industrial: Tipos de marca Página 3. Trámite de inscripción Página 6 Registro Nacional / República de Costa Rica 4 1 Fascículo Propiedad Industrial: Marcas comerciales Tipos de marca Página 3 Trámite de inscripción Página 6 28 - octubre - 2013 Suplemento Publicitario Comercial

Más detalles

Circular SSN 167 RESOLUCION Nº A las Entidades y Personas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Circular SSN 167 RESOLUCION Nº A las Entidades y Personas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación. COMUNICACIÓN SSN 2714 11/02/2011 Circular SSN 167 RESOLUCION Nº 35614 SINTESIS: Modifica Resolución 35401 A las Entidades y Personas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Más detalles

VISTO el Expediente N S01: /2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

VISTO el Expediente N S01: /2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y COMERCIO EXTERIOR Resolución 142/2012 Modifícase la Resolución N 269/01, en la cual se establecieron los plazos para el ingreso de divisas al sistema financiero provenientes de operaciones de exportación.

Más detalles

Nº / Honorable Cámara de Diputados: I. FUNDAMENTO

Nº / Honorable Cámara de Diputados: I. FUNDAMENTO REPÚBLICA DE CHILE MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIA PROYECTO DE LEY QUE EXCEPTÚA POR UNA ÚNICA VEZ LA APLICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES QUE SE INDICAN DE LAS LEYES N os 18.556

Más detalles

RESOLUCION MINISTERIAL Nº TR

RESOLUCION MINISTERIAL Nº TR Formularios para la presentación por los empleadores de información necesaria para valorizar las peticiones de los trabajadores y examinar la situación económica financiera de las empresas Lima, 31 de

Más detalles

LEY DE TIERRAS URBANAS

LEY DE TIERRAS URBANAS BENSON, PEREZ MATOS, ANTAKLY & WATTS FUNDADO EN 1953 ABOGADOS - CONSULTORES 23 de octubre de 2009 INFORME PROPIEDAD INMOBILIARIA LEY DE TIERRAS URBANAS Instrumento Legal La Ley de Tierras Urbanas fue sancionada

Más detalles

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores NORMAS SOBRE LA PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS POR PARTE DE SOCIEDADES O ENTIDADES A LAS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 5 DE LA LEY N 29720 CAPITULO I Disposición General Artículo 1.- Entidades

Más detalles

almacenamiento de residuos, estableciendo los requisitos que deben cumplir este tipo de instalaciones.

almacenamiento de residuos, estableciendo los requisitos que deben cumplir este tipo de instalaciones. Decreto 174/2005, de 9 de junio, por el que se regula el régimen jurídico de la producción y gestión de residuos y el Registro General e Productores y Gestores de Residuos de Galicia 1. Introducción El

Más detalles

COMISION DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES

COMISION DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES D. LUIS BERMÚDEZ ODRIOZOLA, Secretario del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, en uso de las competencias que le otorga el artículo 40 del Reglamento de la Comisión del Mercado

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0660/2008

Gabinete Jurídico. Informe 0660/2008 Informe 0660/2008 La consulta plantea diversas dudas relativas a la adecuación a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, de la publicación en la página

Más detalles

Número: Informe: Aplicación del Real Decreto 126/2015 Reglamento 1169/2011 sobre información alimentaria facilitada consumidor sector

Número: Informe: Aplicación del Real Decreto 126/2015 Reglamento 1169/2011 sobre información alimentaria facilitada consumidor sector Informe: Número: Inf16035 Aplicación del Real Decreto 126/2015 y Reglamento 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor en el sector del comercio minorista y restauración 30/03/16

Más detalles