"CONTENIDO DEL PLAN DE INSPECCIONES PERIODICAS DE INSTALACIONES NUCLEARES DE INVESTIGACION" GUIA REGULATORIA GR-G-13
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- María Luisa Benítez Muñoz
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1 COMISION CHILENA DE ENERGIA NUCLEAR "CONTENIDO DEL PLAN DE INSPECCIONES PERIODICAS DE INSTALACIONES NUCLEARES DE INVESTIGACION" GUIA REGULATORIA GR-G-13
2 INTRODUCCION. El presente documento forma parte del programa de Guías Regulatorias que prepara el Departamento de Seguridad Nuclear y Radioprotección, en relación con las instalaciones nucleares de investigación o radiactivas de primera categoría, y cuya aplicación es de carácter obligatorio para todas las unidades de la Comisión Chilena de Energía Nuclear. El programa de Guías Regulatorias se divide en dos niveles: las guías de carácter general, como la presente, y aquellas de carácter específico. La intención de estas guías es de establecer y desarrollar conceptos generales de seguridad nuclear y de protección radiológica. El conjunto de criterios establecidos en las guías representa las herramientas que usara el Departamento de Seguridad Nuclear y Radioprotección en sus evaluaciones de seguridad, y en la consiguiente proposición de licencia. En general, las guías se basan en la normativa internacional disponible para instalaciones nucleares de investigación o instalaciones radiactivas y, complementariamente, en la normativa relacionada con instalaciones nucleares de potencia, considerando las necesarias modificaciones para hacerla aplicable a las instalaciones nucleares de investigación o radiactivas de primera categoría. Los apéndices a las guías deben considerarse como parte integrante de la misma, no así los anexos, que se entregan solo con el propósito de ilustrar la aplicación de los criterios. LISTA DE PARTICIPANTES. COMITE DE TRABAJO. NOMBRE UNIDAD PRESIDENTE Héctor BASAEZ Pizarro Div. Evaluación e Inspección. Ramón GOLDSACK Zambrano Div. Evaluación e Inspección. REVISORES. NOMBRE Jaime RIESLE Wetherby Claudio RUBIO Blest UNIDAD Div. Evaluación e Inspección. Depto. Seg. Nuclear y Radiop. FECHA PRIMERA EDICION : Abril 1989.
3 GUIA REGULATORIA "CONTENIDO DEL PLAN DE INSPECCIONES PERIODICAS DE INSTALACIONES NUCLEARES DE INVESTIGACION". TABLA DE CONTENIDO. 1 OBJETIVO Y ALCANCE. 2 DEFINICIONES. 3 GENERALIDADES. 4 FORMATO Y CONTENIDO. CAPITULO 1 CAPITULO 2 CAPITULO 3 CAPITULO 4 CAPITULO 5 DESCRIPCION DEL PLAN. ORGANIZACION Y GESTION. CRONOGRAMA. PROTOCOLOS. DOCUMENTACION. 5.1 INFORME FINAL. 5.2 INFORME DE EVALUACION DEL PLAN DE INSPECCIONES PERIODICAS. APENDICE A CONTENIDO DE LOS PROTOCOLOS. A.1 IDENTIFICACION. A.2 OBJETIVOS. A.3 CONDICIONES PREVIAS. A.4 RESPONSABILIDADES. A.5 PROCEDIMIENTOS. A.6 REGISTRO DE RESULTADO.
4 GUIA REGULATORIA. "CONTENIDO DEL PLAN DE INSPECCIONES PERIODICAS DE INSTALACIONES NUCLEARES DE INVESTIGACION". 1 OBJETIVO Y ALCANCE. El objeto de la presente guía es establecer las materias que deben ser tratadas en el Plan de Inspecciones Periódicas de las Instalaciones Nucleares de Investigación y definir el formato que deberá observar la presentación de dicho plan al Organismo Regulador. Los planes de inspecciones periódicas de toda Instalación Nuclear de Investigación, para la que solicite una Autorización de Operación, deberán ser confeccionado de acuerdo con las disposiciones de la presente Guía Regulatoria. Aunque este documento no establece específicamente las inspecciones a realizar, ni los sistemas específicos que deben inspeccionarse, señala los criterios principales que utilizara el Organismo Regulador para la evaluación del plan. 2 DEFINICIONES. Las expresiones y términos asociados a la tecnología nuclear que aparecen en el texto del presente documento responden a las definiciones, que para los mismos, se establecen con el documento GR-G-01 "Glosario de Términos Nucleares" de la CCHEN. Con el objeto de limitar el alcance de otros términos aquí empleados, estos se aceptaran como se definen a continuación : a) Inspección Periódica. Todo control que se realice con el fin de verificar la fiabilidad de sistemas y componentes y la idoneidad de procedimientos y manuales aplicables a la explotación de la instalación. En consecuencia, una inspección periódica podrá consistir en una auditoria técnica, una calibración, un ensayo, un examen una inspección o una prueba. b) Protocolo. Es la parte del Plan que indica en detalle como ejecutar una inspección periódica determinada y establece las responsabilidades, los requisitos previos, la respuesta esperada, los criterios de aceptación y el registro de resultados asociados a dicha prueba. 3 GENERALIDADES. Desde el punto de vista de seguridad nuclear, el objetivo principal del Plan de Inspecciones Periódicas es verificar que los sistemas, elementos y procedimientos de la instalación, importantes para la seguridad, mantienen un grado de fiabilidad comparable al nivel inicial. Aún cuando el Plan contemplará principalmente inspecciones para verificar la fiabilidad de sistemas y componentes, también deberá incluir actividades, como complemento a las auditorias de Garantía de Calidad, para verificar la idoneidad de los procedimientos y manuales aplicables a la explotación de la instalación.
5 A fin de contar con datos de referencia para comparar los resultados de los exámenes y ensayos contemplados en el Plan de Inspecciones Periódicas, deberá disponerse de información de exámenes, ensayos y evaluaciones realizadas antes de comenzar la explotación. Es altamente recomendable, cuando sea posible, que esta información sea obtenida empleando los mismos métodos y técnicas, equipos y personal que se proyecta utilizar durante la aplicación del plan. 4 FORMATO Y CONTENIDO. El Plan de Inspecciones Periódicas deberá ser un documento escrito, basado GR-G-13 en las disposiciones contenidas en la presente guía regulatoria. Deberá estar dividido en capítulos, cuyos contenidos se detallan a continuación.
6 CAPITULO 1 DESCRIPCION DEL PLAN. En este capítulo se deberá describir los criterios para la formulación del Plan de Inspecciones Periódicas. Se deberá establecer criterios para : a) Seleccionar las áreas y elementos a controlar. b) Determinar el tipo de control (auditoria, calibración, ensayo, examen inspección o prueba) y su profundidad. c) Establecer la frecuencia de control. d) Seleccionar las técnicas y métodos a utilizar en cada actividad. e) Evaluar las tasas de exposición, si corresponde, que recibirá el personal durante las actividades del plan. f) Adelantar o atrasar actividades del plan. g) Aceptar los resultados de las actividades. h) Reparar o sustituir elementos. Se deberá describir los procedimientos para : a) Revisar y evaluar el Plan de Inspecciones. b) Proceder en caso que se detecte que algún elemento ha alcanzado los límites de aceptabilidad especificados. En la definición de los criterios y procedimientos se deberá considerar lo Siguiente : a) justificación de la selección de las técnicas de control para cada tipo de elemento, como también establecimiento de las restricciones provenientes del diseño de la instalación y la forma en que se han subsanado las deficiencias que impidan aplicar las técnicas de control adecuada. b) Será aceptable la aplicación de programas de muestreo para reducir la frecuencia de algunas actividades. La amplitud del muestreo deberá considerar la velocidad de degradación del elemento. Se deberá establecer criterios para proceder en caso que los exámenes a este tipo de elementos indiquen la existencia de defectos que han alcanzado los límites de aceptabilidad. c) Las actividades de reparación o sustitución de elementos, se deberán ajustar, en la medida que sea posible, a los códigos y normas aplicadas al construir dichos elementos, así como al programa de garantía de calidad vigente. d) Se considerará que los elementos sustituidos o reparados, debido a la detección de defectos que han alcanzado su limite de aceptabilidad, deberán ser examinados aplicando el mismo método que permitió detectar el fallo.
7 e) Si es necesario cambiar algún elemento por otro no exactamente igual al existente se deberá evaluar que el cambio no implique una disminución del nivel de seguridad logrado inicialmente y que no existan incompatibilidades que puedan afectar el funcionamiento y la vida útil del sistema o elemento. Entre estos aspecto se debe considerar ajustes y tolerancias mecánicas, materiales, lubricantes, etc.
8 CAPITULO 2 ORGANIZACION Y GESTION. En este capitulo, se deberá describir la organización que establecerá el explotador para ejecutar el Plan de Inspecciones Periódicas, incluyendo funciones y responsabilidades de las distintas unidades que intervendrán, como también las calificaciones del personal involucrado. La organización que se establezca para llevar a cabo el Plan de Inspecciones Periódicas deberá cumplir, a lo menos, con las siguientes tareas : a) Revisar el diseño de la instalación y la disposición de los elementos de los sistemas, para tener la certeza de que se pueden efectuar satisfactoriamente todas las actividades contempladas en el plan, y de que la exposición en las radiaciones del personal participante se mantenga lo mas bajo que sea razonablemente posible. b) Definir la interacción entre las distintas unidades involucradas y los controles administrativos necesarios. c) Elaborar el programa y el calendario de actividades para cada aplicación del plan. d) Establecer los objetivos de las actividades y los criterios de aceptabilidad de los resultados. e) Preparar, revisar y aprobar las instrucciones y procedimientos relacionados con las actividades del plan (exámenes, inspecciones, auditorias, etc). f) Efectuar las actividades establecidas en el Plan de Inspecciones Periódicas, de acuerdo a las instrucciones y procedimientos escritos. g) Preparar informes de las actividades realizadas, incluyendo registros de los resultados. h) Analizar, evaluar y aprobar los resultados indicados en los informes. i) Garantizar que las actividades serán efectuadas por personas competentes. j) Administrar el archivo de documentos generados por las actividades establecidas en el Plan, tales como informes de las inspecciones, auditorias, ensayos, análisis y evaluaciones efectuadas; radiografías, planos, informes, datos y calificaciones del personal. k) Elaborar programas detallados de reparación, cambio o modificación. l) Evaluar y revisar el plan si es necesario, a la luz de la experiencia adquirida y las variaciones de las condiciones de la instalación. El personal encargado de ejecutar las actividades deberá poseer un nivel de calificación y entrenamiento apropiados para ejercer sus funciones. En el caso que alguno de los aspectos que se deba describir en este capítulo estén ya definidos en documentos vigentes y debidamente aprobados por el explotador, será suficiente hacer referencia en el manual a las partes aplicables de dichos documentos, los cuales deberán estar disponibles para la evaluación de las partes pertinentes.
9 CAPITULO 3 CRONOGRAMA. En este Capítulo se deberá presentar un listado, por cada sistema o área de operación, de las actividades (auditoria, prueba inspección, etc.), que se realizaran, indicando sus requisitos y la secuencia de ejecución de cada una de las actividades contempladas en el Plan. El explotador deberá incluir las actividades que exija el organismo regulador en las condiciones de autorización o sus inspecciones y que no hayan sido consideradas en el Plan. Se deberá establecer los criterios para definir la duración y el período de repetición del plan. A este respecto, deberá considerarse que el conjunto de inspecciones debe ejecutarse completamente en lapsos relativamente cortos y a su vez, repetirse periódicamente durante la vida útil de la instalación. Se puede considerar periodos de inspección fijos o variables, mas cortos durante los primeros anos y luego más largos según aconseje la experiencia adquirida, con el fin de considerar la evolución de las probabilidades y características de fallos de elementos. Sin embargo, cualquiera sea el programa que se adopte, se deberá considerar una disminución del período hacia el fin de la vida útil de la instalación. Asimismo, se podrán adelantar inspecciones a algunos elementos si los resultados de inspección de elementos análogos lo hace recomendable. El Organismo Regulador podrá exigir que se considere la presencia de sus inspectores durante el desarrollo de aquellas pruebas que considere importantes, lo que deberá considerar la organización explotadora al programar dichas pruebas.
10 CAPITULO 4 PROTOCOLOS. En este capitulo se deberá describir los procedimientos para la generación de los protocolos para la realización de las actividades incluidas en el plan. Se deberá incluir un listado con todos los protocolos que se utilizaran durante la aplicación del plan. Los protocolos detallados deberán incluirse como apéndices del plan. La preparación de protocolos para actividades exigidas por el organismo regulador será responsabilidad del Explotador. En el Apéndice A se entrega indicaciones sobre su contenido y formato para la preparación de los protocolos.
11 CAPITULO 5 DOCUMENTACION. En este capitulo se deberán describir los documentos que se generaran con motivo de la ejecución del plan. Independiente de la documentación que prepare el explotador sobre las actividades del plan, el Organismo Regulador requerirá, para la evaluación de la ejecución del plan de Inspecciones, los documentos que se define a continuación. Los registros generados deberán estar disponibles para el organismo regulador y su conservación deberá estar de acuerdo a lo indicado en el Manual de Garantía de Calidad. En especial se deberá considerar métodos para la conservación de registros tales como, gráficos, fotografías, radiografías, etc. 5.1 INFORME FINAL. Se deberá preparar un informe final para cada actividad importante para la seguridad. Las actividades que deberán ser informadas al organismo regulador se establecerán de común acuerdo con el explotador. Estos informes deberán contener, al menos, la siguiente información : a) Identificación de la actividad, fecha de realización y protocolo aplicable. b) Desviaciones del protocolo, si las hubiere, y motivos de tales desviaciones. c) Limitaciones presentadas durante la ejecución de la actividad y soluciones adoptadas. d) Evaluación de los resultados. Deberá incluirse un análisis sobre la idoneidad del protocolo o de los elementos, sistemas o procedimientos involucrados. e) Conclusiones finales. Se establecerá la conclusión sobre a aceptabilidad de los elementos involucrados en la actividad y proposiciones para considerar en las futuras aplicaciones de cada actividad especifica. 5.2 INFORME DE EVALUACION DEL PLAN DE INSPECCIONES PERIODICAS. Una vez que se hayan realizado todas las inspecciones, de acuerdo al cronograma establecido, se deberá preparar un informe global de evaluación del plan y deberá contener, a lo menos, la siguiente información : a) Deficiencias encontradas, tanto en la instalación como en los protocolos utilizados. b) Acciones correctivas, modificaciones o limitaciones de funcionamiento propuestas. c) Evaluación del Plan. d) Identificación de aspectos que deban considerarse al programar el siguiente plan de inspecciones. e) Conclusiones referentes al desarrollo del Plan.
12 APENDICE A CONTENIDO DE LOS PROTOCOLOS. Se deberá considerar que los protocolos del Plan de Inspecciones Periódicas deberán estar redactados en forma clara y precisa y aprobados por personas debidamente calificadas. En lo posible, se recomienda justificar brevemente las acciones a realizar, con el objeto de aumentar la comprensión del mismo. Los protocolos deberán estructurarse, en la medida de lo posible, de acuerdo al siguiente esquema : A.1 IDENTIFICACION. En esta sección debe especificarse claramente : a) Título. b) Identificación de la actividad y su código. c) Identificación de la versión. d) Responsables de la revisión y aprobación del protocolo. e) Fecha de aprobación. f) Tipo de actividad (inspección, auditoria, ensayo, etc.) y objeto de la misma ( sistema, elemento, área, etc). A.2 OBJETIVOS. En esta sección se deben incluir al menos lo siguiente : a) Objetivos y alcance de la actividad. b) Un listado de los documentos relacionados con la actividad, incluyendo las normas y códigos aplicables. c) Resultados esperados. A.3 CONDICIONES PREVIAS. En esta sección se deberá establecer lo siguiente : a) Las condiciones requeridas para realizar la actividad adecuadamente, en el caso de sistemas, se deberá establecer el estado en que deberá encontrarse para iniciar la actividad. b) Instrumentos y equipos necesarios para llevar a cabo la actividad. Solo se deberá usar equipos debidamente calibrados. c) Precauciones que han de tomarse de modo de evitar riesgos para el personal que ejecutara la inspección. A.4 RESPONSABILIDADES.
13 En esta sección se deberá identificar el personal responsable de la ejecución de la actividad y su calificación. Debe incluirse al menos lo siguiente : a) Responsabilidades asignadas. b) Calificación profesional. c) Funciones asignadas. A.5 PROCEDIMIENTOS. En esta sección debe incluirse el procedimiento detallado para la ejecución de la actividad. Este se entregara en forma de instrucciones paso a paso, listados de comprobación y observaciones que pudieran ser importantes para la interpretación adecuada de la evolución de la actividad. Se deberá indicar claramente los datos que deberán registrarse. En el caso de sistemas, se deberá establecer las acciones necesarias para poner el elemento o sistema en el estado que se le requiere para ejecutar la actividad y las medidas que garanticen que al finalizar la actividad será dejado en la condición requerida. Si es necesario, se deberá incluir instrucciones para ejecutar acciones para hacer frente, a situaciones inesperadas o comportamientos anormales de los elementos o sistemas. Se deberá anexar el material gráfico de apoyo para la ejecución de la actividad, incluyendo planos, diagramas o croquis para mostrar la ubicación y la disposición de los elementos. A.6 REGISTRO DE RESULTADO. En esta sección se deben incluir todos los formularios necesarios para el registro de los resultados de la actividad. Cada formato de registro deberá incluir, a lo menos, lo siguiente : a) Código del protocolo relacionado, incluyendo su versión. b) Fecha de realización de las anotaciones. c) Nombre del responsable de la actividad. d) Nombre de la persona que registro los datos. Se deberá procurar que la forma de registro de los resultados obtenidos sea de forma tal que permita apreciar si la actividad se ha ejecutado correctamente.
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