GUÍA DE ESTUDIO PARA ASPIRANTES A CONSEJEROS DISTRITALES Y MUNICIPALES DEL ESTADO DE SONORA.

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1 GUÍA DE ESTUDIO PARA ASPIRANTES A CONSEJEROS DISTRITALES Y MUNICIPALES DEL ESTADO DE SONORA. Octubre 2014.

2 I.- Derechos y obligaciones de los ciudadanos. 1.- Cuándo un mexicano adquiere la calidad de ciudadano? Son ciudadanos de la república los hombres y mujeres que, teniendo la calidad de mexicano reúnan los siguientes requisitos: haber cumplido 18 años y tener un modo honesto de vivir. Art. 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 2.- Cuáles son los derechos y obligaciones político-electorales de los ciudadanos? * Asociarse para tomar parte de manera pacífica en los asuntos políticos del país. * Afiliarse a los partidos políticos. * Votar y ser votado para un puesto de elección popular. * Votar en las elecciones. * Solicitar su registro como candidato independiente. * Integrar organismos electorales. Art. 35,36 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Art.6 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora. 3.- Cómo se expresa la voluntad soberana del pueblo? A través del sufragio de manera libre, secreta y directa, personal e intransferible. Art.7 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora. 4.- Qué deben garantizar los partidos políticos como derecho para los ciudadanos? La igualdad de oportunidades y la paridad entre hombres y mujeres para tener acceso a cargos de elección popular.

3 Art.7 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora. II.- Sistema Político Electoral Mexicano 5.- Qué forma de organización política tiene México? México es una república federal compuesta por 31 estados autónomos en su régimen de gobierno interno y un distrito federal. El poder supremo de la federación se divide en 3 poderes, distribuido en las siguientes personas: Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Art. 49 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 6.- Cuál es la función del Poder Legislativo y quién lo ejerce? Elabora las leyes y lo ejerce el Congreso de la Unión. Art. 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 7.- Cuál es la función del Poder Ejecutivo y quien lo ejerce? Ejecuta las leyes y lo ejerce el Presidente de la República. Art. 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 8.- Cuál es la función del Poder Judicial y quien lo ejerce? Interpreta las leyes e imparte justicia y lo ejerce la Suprema Corte de Justicia, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los Tribunales Colegiados de Circuito y los Juzgados de Circuito. Art. 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 9. Cómo se integra el sistema electoral mexicano a nivel federal y local? Federal:

4 Instituto Nacional Electoral. (INE) Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. (TEPJF) Fiscalía especial para delitos electorales. Art. 41 y 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Local: Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Sonora. Tribual Electoral del Estado de Sonora. Art. 103 y 306 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electoral para el Estado de Sonora Qué es el Instituto Nacional Electoral? Es un organismo público e independiente en sus decisiones y funcionamiento, encargado principalmente de organizar las elecciones federales y locales, estas últimas en coordinación con las autoridades electorales de las entidades federativas. El INE tiene sus oficinas centrales en el Distrito Federal y para cumplir con sus fines en todo el país, cuenta con representaciones en las capitales de las 32 entidades federativas y en los 300 distritos electorales en que se divide el territorio nacional, llamadas juntas locales y distritales ejecutivas, respectivamente. Art. 29 y 33 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales Cuáles son los órganos centrales del Instituto Nacional Electoral? a).- Consejo General b).- Presidencia del Consejo General c).- Junta General Ejecutiva y d).- La Secretaría Ejecutiva Art. 34 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

5 12.- Con que órganos del Instituto Nacional Electoral se cuenta en el Estado de Sonora? a).- Junta Local Ejecutiva y juntas distritales ejecutiva. b).- El Vocal Ejecutivo y c).- El Consejo Local o el Consejo Distrital según corresponda, de forma temporal durante el Proceso Electoral Federal. Art. 61 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales Cuáles son las principales atribuciones del Instituto Nacional Electoral en los procesos electorales locales? a).- La Capacitación Electoral. b).- Geografía Electoral que incluirá la determinación de los distritos electorales y subdivisión en secciones electorales. c).- El padrón y la lista de electores. d).- La ubicación de las casillas y la designación de los funcionarios de las mesas directivas. e).- Las reglas, lineamientos, criterios y formatos en materia de resultados preliminares, encuestas o sondeos de opinión; observación electoral, conteos rápidos; impresión de documentos y producción de materiales electorales. f).- La fiscalización de ingresos y egresos de los partidos políticos y candidatos. g).- La elección y remoción de los consejeros presidentes y de los consejeros electorales de los organismos públicos locales. h).- Delegar las atribuciones al Instituto local, sin perjuicio de asumirlas nuevamente. i).- Atraer cualquier asunto de la competencia del instituto local, cuando su trascendencia así lo amerite. Art. 32 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

6 14.- Qué es el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana? Es un organismo público, autónomo independiente en sus decisiones y profesional en su desempeño que tiene a cargo la función estatal de organizar las elecciones en la entidad. Se encuentra dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio y será integrado por ciudadanos y partidos políticos. Art. 103 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electoral para el Estado de Sonora Cómo se integra el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana? 1 Consejero Presidente. 6 Consejeros electorales con derecho a voz y voto. Representantes de los partidos políticos Secretario Ejecutivo Art. 103 y 115 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electoral para el Estado de Sonora Qué fines persigue el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana? a).- Contribuir al desarrollo de la vida democrática. b).- Preservar el fortalecimiento del régimen de partidos políticos. c).- Asegurar a los ciudadanos, el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones. d).- Garantizar la celebración periódica de las elecciones. e).- Velar por la autenticidad y efectividad del sufragio; y

7 f).- Llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la educación cívica y la cultura democrática. Art. 110 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electoral para el Estado de Sonora Cuáles son los órganos centrales del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana? Consejo General; La Presidencia el Consejo General; La Junta General Ejecutiva; La Secretaría Ejecutiva; y Las Comisiones permanentes y, en su caso, especiales. Art. 113 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Qué es el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana? Es el órgano superior de dirección responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral y de participación ciudadana, así como de velar por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad, guíen todas las actividades del Instituto Estatal. Art. 114 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Quiénes tienen derecho a voz y voto en las sesiones del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana? El consejero presidente y los seis consejeros electorales. Art. 103 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora.

8 20.- Cuáles son las comisiones permanentes que integran el Consejo General del Instituto Nacional Electoral? Comisiones de Administración, Comisión de Educación Cívica y Capacitación, Comisión de Denuncias, Comisión de Organización y Logística Electoral, Comisión de Vinculación con el Instituto Nacional Electoral y Comisión de Participación Ciudadana. Art. 130 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Cuáles son los organismos electorales que tiene a su cargo la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral local? El Instituto Estatal Electoral, los consejos distritales, los consejos municipales y las mesas directivas de casilla. Art. 101 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Cuáles son los principios rectores que rigen el ejercicio de la función estatal de los organismos electorales? La certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad. Art. 101 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Cuáles son las principales funciones del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana? Aplicar las disposiciones generales que en el ejercicio de las facultades que le confiere la Constitución Federal, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, establezca el INE. Garantizar el derecho y el acceso a las prerrogativas de los partidos políticos y candidatos. Garantizar la ministración oportuna del financiamiento público a que tienen derecho los partidos políticos nacionales y estatales y en su caso, los candidatos independientes.

9 Desarrollar y ejecutar los programas de educación cívica en la entidad. Orientar a los ciudadanos en la Entidad para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones político-electorales. Llevar a cabo las actividades necesarias para la preparación de la jornada electoral. Imprimir los documentos y producir los materiales electorales, en términos de los lineamientos que al efecto emita el Instituto Estatal. Efectuar el escrutinio y cómputo total de las elecciones locales. Expedir constancias de mayoría y declarar la validez de la elección a los candidatos por mayoría de votos y de representación proporcional del Congreso del Estado. Garantizar el derecho a los ciudadanos para la observación electoral en Sonora de acuerdo a los lineamientos y criterios que emita el INE. Supervisar las actividades que realicen los consejos distritales y municipales. Informar a la Unidad Técnica de Vinculación con los organismos públicos locales, sobre el ejercicio de las funciones delegadas por el INE. Art. 111 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales Qué órgano electoral designa a los consejeros distritales y municipales? El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Sonora. Art. 132 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Cómo se integran los consejos municipales y distritales? Por un consejero presidente, cuatro consejeros electorales con derecho a voz y voto, tres consejeros suplentes comunes, habrá un secretario técnico que será nombrado por el Consejo General del IEEyPC, a propuesta del presidente del consejo distrital y municipal respectivo. Art. 134 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora.

10 26.- Cada cuánto tiempo deben sesionar los consejos distritales y municipales? A partir de la fecha de instalación de los consejos distritales y municipales y hasta la culminación del proceso electoral respectivo, sesionarán de manera ordinaria dentro de los primeros diez días de cada mes y, de manera extraordinaria, cuando así se requiera. Art. 136 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Cuáles son las características de las sesiones ordinarias y extraordinarias de los consejos distritales y municipales? Las ordinarias son aquellas que deben de celebrarse una vez instalado el consejo municipal o distrital dentro de los primeros diez días de cada mes, debiéndose citar a las mismas por lo menos con 48 horas de anticipación. Las extraordinarias son aquellas convocadas por el presidente del consejo municipal o distrital cuando lo estime necesario o a petición que le formule la mayoría de los consejos municipales, distritales o de los representantes, ya sea de forma conjunta o indistintamente, debiéndose citar a la misma por lo menos con 24 horas de anticipación Qué facultades tiene el presidente de los consejos distritales y municipales para garantizar el orden durante el desarrollo de las sesiones públicas? a).- Exhortar a guardar el orden b).- Invitar a abandonar el lugar c).- Solicitar el auxilio de la fuerza pública y expulsar a quienes lo hayan alterado. Art. 136 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora.

11 29.- Cuál es el plazo que tienen los secretarios técnicos de los consejos distritales y municipales electorales, para remitir copia del acta de la sesión realizada, al secretario ejecutivo del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana? Dentro de las 48 horas siguientes a la realización de la respectiva sesión. Art. 140 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Qué condiciones se deben cumplir para que los consejos distritales y municipales puedan sesionar? a).- Que esté presente la mayoría de los consejeros propietarios. b).- Que sean convocados por escrito. c).- Que esté presente el presidente. Art. 142 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Si a la sesión convocada no asiste el presidente del consejo. Se puede realizar la sesión? Sí, se podrá sesionar con la presencia de cuatro consejeros de los cuales deberá asumir el cargo de presidente el consejero de mayor edad. Art. 142 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora En qué casos los consejos distritales y municipales, deberán llamar al consejero suplente común para tomarle protesta como consejero propietario. En caso de falta absoluta por fallecimiento, inhabilitación, incapacidad, renuncia o falta injustificada a dos sesiones consecutivas, de algún consejero electoral. Art. 143 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Qué son los consejos distritales electorales?

12 Son organismos electorales encargados de la preparación, organización, desarrollo, vigilancia y calificación de la elección de diputados por el principio de mayoría relativa, dentro de sus respectivos distritos. Art. 148 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora En cuántos distritos electorales locales se divide el Estado de Sonora? 21 con residencia en la cabecera distrital correspondiente Qué son los consejos municipales? Son organismos electorales encargados de la preparación, organización, desarrollo, vigilancia y calificación de la elección de ayuntamiento por el principio de mayoría relativa, dentro de su respectivo municipio. Art. 152 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Cuántos consejos municipales se integran en el Estado de Sonora? 72 con residencia en cada cabecera municipal Qué órganos electorales ejercen las siguientes funciones: Resolver sobre peticiones y consultas de los ciudadanos. Registrar nombramientos de los representantes de los partidos políticos, coaliciones o candidatos independientes. Recibir los paquetes electorales y la documentación relativa a la elección, Remitir la documentación al tribunal estatal, cuando se hubiere interpuesto el recurso de queja. Los consejos distritales y municipales. Art. 149 y 153 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora.

13 38.- Qué atribuciones tienen los consejeros municipales y distritales? a).-concurrir, participar en las deliberaciones y votar los acuerdos que se sometan en sesión pública. b).- Integrar el pleno del consejo para resolver colegiadamente los asuntos de su competencia. c).- Solicitar al secretario técnico la inclusión de algún asunto en el orden del día. d).- Por mayoría solicitar se convoque a sesión extraordinaria. Art. 6 del Reglamento de sesiones de los consejos municipales y distritales electorales del Instituto Estatal Electoral Cuáles son las atribuciones de los representantes de los partidos políticos, ante los consejos electorales? a).- Concurrir, participar en las deliberaciones del consejo distrital o municipal, con derecho a voz mas no de voto. b).- Integrar el pleno del Consejo c).- Solicitar al secretario, la inclusión de asuntos en el orden del día. d).- Por mayoría, solicitar se convoque a sesión extraordinaria. Art. 7 Reglamento de sesiones de los consejos municipales y distritales electorales del Instituto Estatal Electoral Qué funcionario electoral de los consejos distritales y municipales tiene las siguientes atribuciones: Prepara el orden del día de la sesiones de los consejos, dar fe pública para actos de naturaleza electoral, certificar documentos que obren en poder de los consejos, declarar el quórum legal, elaborar el acta de las sesiones y someterla a aprobación, firmar junto con el presidente los acuerdos y actas aprobadas por el consejo. Los secretarios técnicos. Art. 151 y 155 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora.

14 41.- Qué son las mesas directivas de casilla? Las mesas directivas de casilla son los órganos electorales formados por ciudadanos, facultados para recibir la votación y realizar el escrutinio y cómputo en cada una de las secciones electorales que para tal efecto se dividan los municipios del estado. Art. 156 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora. III.- Proceso Electoral 42.- Qué es el Proceso Electoral? Es el conjunto de actos ordenados por la Constitución Federal, la Constitución Local, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, La Ley General de Partidos Político y la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora, realizados por las autoridades electorales, los partidos políticos estatales y nacionales y los ciudadanos, que tiene por objeto la renovación periódica de los integrantes de los poderes ejecutivo y legislativo y los ayuntamientos en la entidad. Art. 158 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Cuáles son las etapas en las que se divide el Proceso Electoral Local? 1.- Preparación de la Elección. 2.- Jornada Electoral. 3.- Resultados y declaración de validez de las elecciones. Art. 159 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Cuál es el período de la etapa preparatoria de la elección? Inicia con la primera sesión que el Consejo General del IEEyPC celebre en el mes de octubre del año previo a la elección ordinaria y concluye al iniciarse la Jornada Electoral.

15 Art. 159 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora. Artículo Séptimo Transitorio: Por única ocasión, el proceso electoral correspondiente a la elección que tendrá lugar el 01 domingo de junio del año 2015 iniciará en la primera semana del mes de octubre del año Para tal efecto el Consejo general del Instituto Estatal Electoral y de participación ciudadana aprobará los ajustes necesarios a los plazos establecidos en la presente Ley Cuándo inicia y cuándo concluye la etapa de la Jornada Electoral? Inicia a las 8:00 horas del primer domingo de junio y concluye con la clausura de la casilla. Art. 159 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Qué período comprende la etapa de resultados y declaración de validez de la elección? Inicia con la remisión de la documentación y expedientes electorales a los organismos electorales y concluye con los cómputos y declaraciones que realizan éstos o las resoluciones que en su caso, emitan en última instancia, las autoridades jurisdiccionales correspondientes. Art. 159 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Cómo se consideran los plazos y términos legales durante el Proceso Electoral? Todos los días y horas son hábiles. Art. 160 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Cada cuanto tiempo se celebran las elecciones ordinarias, para renovar los cargos de gobernador, diputados locales, presidente municipal, síndico y regidores? Gobernador cada 6 años. Diputado Local cada 3 años y

16 Presidente Municipal, Síndico y Regidores cada 3 años. Art. 162 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Ante que órgano electoral se pueden registrar los candidatos para ocupar los diferentes puestos de elección popular? Para Gobernador y Diputados de Representación Proporcional ante el IEEyPC. Para Diputados por el principio de mayoría relativa, indistintamente ante el consejo distrital correspondiente o ante el IEEyPC. Y las planillas de ayuntamiento ante el Consejo Municipal o ante el IEEyPC. Art. 194 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora En qué tiempo los consejos distritales y municipales deberán comunicar al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, los registros de candidatos que hubieren recibido? Dentro de las 24 horas siguientes a la fecha en que se llevó a cabo el registro. Art. 201 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora En qué actos pueden participar los ciudadanos mexicanos, como observadores electorales debidamente acreditados? En los actos de preparación y desarrollo del proceso, así como de los que se lleven a cabo el día de la jornada electoral, conforme a las reglas, lineamientos, criterios y formatos que para tal efecto emita el Instituto Nacional Electoral. Art. 65 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Qué deben hacer los consejos distritales y municipales en materia de propaganda electoral, cuando los partidos políticos la coloquen en un radio de 100 metros alrededor de los centros de votación o de las sedes de los organismos electorales?

17 Ordenará su retiro con cargo al infractor a que se refiera la misma, mediante acuerdo debidamente fundado y motivado. Art. 220 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Qué atribuciones tienen los consejos distritales y municipales sobre las denuncias motivadas por la propaganda impresa y electrónica de los partidos políticos, coaliciones o candidatos que les sean presentadas? Ordenará la verificación de los hechos, integrará el expediente y lo remitirá al IEEyPC, para efecto de que el Consejo General resuelva lo conducente. Art. 223 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Están facultados los consejos distritales y municipales para celebrar debates entre candidatos a diputados locales y presidentes municipales? No, únicamente tendrá funciones de promover la celebración de los mismos. Art. 228 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Cómo se debe realizar el registro de representantes de los partidos políticos para los consejos municipales y distritales? Los representantes de los partidos políticos del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, registrarán a los representantes de sus partidos para los consejos municipales y distritales, dentro de los 30 días siguientes a la instalación de los consejos electorales. Art. 83 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora En qué tiempo el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, hará entrega de las boletas y material a los consejos municipales electorales? 15 días antes de la elección. Art. 230 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora.

18 57.- Qué medidas de control deberán tomar los consejos municipales, para la recepción de las boletas y material electoral? El presidente deberá estar acompañado de los demás integrantes del propio consejo. El Secretario del Consejo levantará acta pormenorizada de la entrega y recepción de las boletas, asentando el número de boletas, característica del empaque que las contiene y los nombres y cargos de los funcionarios presentes. Los miembros presentes, acompañarán al presidente para depositar la documentación recibida, en el lugar previamente asignado para ello, debiendo asegurar su integridad mediante fajillas selladas y firmadas por los concurrentes. El mismo día o a más tardar el siguiente, el consejo municipal procederá a contar las boletas, determinar el número de folios recibidos, sellarlas al dorso y agruparla en razón del número de electores que corresponda a cada una de las casillas a instalar. El secretario registrará los datos de dicha distribución, estas operaciones deberán realizarse con la presencia de los representantes de los partidos políticos que decidan asistir. La entrega y el depósito documentación recibida deberá realizarse en sesión pública. Art. 230 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Con cuánto tiempo de anticipación los presidentes de los consejos municipales entregarán a los presidentes de las mesas directivas de casilla, el material a utilizarse el día de la Jornada Electoral? Dentro de los 5 días previos al anterior de la elección. Art. 231 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora.

19 59.- Qué comprende el material electoral entregado a cada presidente de las mesas directivas de casilla? La lista nominal que le corresponda a esa mesa directiva de casilla La relación de los representantes de casilla y representantes generales que puedan actuar ante esa mesa directiva. Las boletas con sus respectivos talonarios foliados para cada elección, en número igual al de los electores que puedan votar ante esa mesa directiva. La urna para recibir la votación. El líquido indeleble. Las mamparas que garanticen el secreto del voto. La documentación, formas aprobadas, material de escritorio y demás elementos necesarios y, Los instructivos que indiquen las atribuciones y responsabilidades de los funcionarios de casilla. Art. 231 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Los consejos distritales y municipales sesionan el día de la Jornada Electoral? Sí, se lleva a cabo una sesión de carácter permanente para dar seguimiento al desarrollo de los comicios, y en su caso podrán declararse en sesión permanente. Art.9 del Reglamento de sesiones de los consejos distritales y municipales. Orden y plazo para la recepción de paquetes electorales por parte de los organismos electorales. Organismo electoral origen Organismo electoral destino Paquetes electorales Plazo de entrega Mesa Directiva de Consejo Municipal Gobernador Inmediatamente

20 Casilla Electoral Diputado Local Ayuntamientos Consejo Municipal Electoral Consejo Distrital Electoral Gobernador Diputado Local Consejo Distrital Electoral Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana. Gobernador A más tardar a las 12 horas del día siguiente de la Jornada Electoral. A más tardar dentro de las 48 horas siguientes al día de la Jornada Electoral. Art. 241 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Cuáles son las reglas para recepción de los paquetes electorales que deberán seguir los consejos electorales? a).-deberán tener en sus instalaciones un depósito para el resguardo de los paquetes con las más altas condiciones de seguridad. b).- El depósito tendrá un solo acceso y deberá ser custodiado las 24 horas. c).- Se recibirán en el orden en que sean entregados a las personas facultados para ellos. d).- Los paquetes electorales serán colocados por elección y en orden numérico de las casillas. e).- El Consejo Electoral extenderá el recibo correspondiente señalando la hora y fecha en que fueron entregados. Art. 242 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora En qué consiste el cómputo distrital? Es el procedimiento por el cual el consejo distrital correspondiente determina, mediante la suma de los resultados, anotados en las actas de escrutinio y cómputo de las casillas, la votación obtenida en ese distrito para la elección de diputados por el principio de mayoría.

21 Art. 249 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora En qué plazo debe realizarse la sesión para el cómputo distrital? Dentro de los 5 días siguientes al de la elección Art. 250 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Cuál es el procedimiento para llevar a cabo el cómputo distrital de la elección de diputados por el principio de mayoría relativa? 1.- Se abrirán los paquetes que no tengan muestras de alteración, si los resultados de ambas actas coinciden, se asentará en las formas establecidas para ello. 2.- Si los resultados de las actas no coinciden, presentan alteraciones evidentes, no exista el acta de escrutinio y cómputo o bien no se encuentra en poder del presidente se deberá realizar nuevamente el escrutinio y cómputo de la casilla, levantándose el acta correspondiente. Art. 245 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Qué reglas se deben seguir para determina la validez o nulidad de los votos? a).- Se contará un voto válido por la marca que haga el elector en un solo cuadro en que se contenga el emblema de un partido político, tratándose de partidos coaligados si apareciera cruzado más de uno de sus respectivos emblemas, deberá consignarse en el apartado respectivo del acta de escrutinio y cómputo. b).-se contará como nulo, cualquier voto emitido en forma distinta a la señalada. c).- Los votos emitidos a favor de candidatos no registrados se asentarán en el acta por separado. Art. 291 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales Qué pasos debe seguir el consejo distrital para llevar a cabo el cómputo distrital?

22 1.- El secretario abrirá los paquete que no tengan muestras de alteración y contabilizará en voz alta las boletas no utilizadas, los votos nulos y los votos válidos asentando la cantidad que resulte en el espacio del acta correspondiente. 2.- Cuando se contabilicen los votos válidos y los votos nulos los representantes de partido políticos que así lo deseen, y un consejero verificarán que se haya determinado correctamente la validez o nulidad del voto emitido, en base a las reglas establecidas para ello. 3.- Se deberán anotar los resultados en las formas establecidas para ello y se dejará constancia en el acta circunstanciada de las objeciones presentadas por los representantes de los partidos políticos, quedando a salvo sus derechos para impugnar ante el Tribunal Electoral. 4.- Se continuará abriendo los paquetes que tengan muestras de alteración y se seguirá el mismo procedimiento señalado en los puntos 1, 2 y 3 señalado anteriormente. 5.- Para finalizar se deberá continuar con la apertura del paquete de la casilla especial y se aplicará el mismo procedimiento que con el resto de los paquetes electorales del distrito. 6.- El cómputo de la elección distrital, será el resultado de sumar las cifras obtenidas de cada una de las casillas en lo relativo a la elección distrital, debiendo asentarse el resultado en el acta correspondiente. Art. 245,246 y 251 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Qué condiciones se tienen que cumplir, para que el consejo distrital pueda realizar nuevamente el escrutinio y cómputo? a).- Que existan errores o inconsistencias evidentes en los distintos elementos de las actas, salvo que puedan corregirse o aclararse con otros elementos de satisfacción plena de quien lo haya solicitado. b).- El número de votos nulos sea mayor a la diferencia entre los candidatos ubicados en el primero y segundo lugares en votación.

23 c).- Todos los votos hayan sido depositados a favor de un mismo partido o candidato. Art. 245 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Qué documentos debe extraer el presidente o el secretario del consejo distrital, de cada uno de los paquetes electorales, durante el desarrollo del cómputo distrital? Escritos de protesta, si los hubiere Relación de ciudadanos que votaron y no aparecen en la lista nominal Hojas de incidentes y demás documentación que se determine mediante acuerdo, previo a la jornada electoral. Art. 245 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Por qué motivo y bajo qué condiciones puede solicitarse el recuento total de votos de la elección de diputados? Cuando exista indicio de que el candidato presunto ganador de la elección y el que haya obtenido el segundo lugar en la votación es igual o menor a un punto porcentual y al inicio de la sesión exista petición expresa del representante del candidato del segundo lugar, el consejo distrital deberá realizar el recuento de votos en la totalidad de las casillas. Para este efecto, se considerará prueba suficiente, la sumatoria de resultados por partido político, coalición o candidato independiente asentados en las copias de escrutinio y cómputo de cada una de las casillas correspondientes al distrito. Art. 246 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora. Art. 251 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora En qué consiste el cómputo municipal? Es el procedimiento por el cual, el consejo municipal correspondiente determina, mediante la suma de los resultados, anotados en las actas de escrutinio y

24 cómputo de las casillas, la votación obtenida en el municipio para la elección de ayuntamiento. Art. 255 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora En qué plazo debe realizarse la sesión para el cómputo municipal? Dentro de los 3 días siguientes al de la elección Art. 256 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Qué reglas se deben seguir para determina la validez o nulidad de los votos? a).- Se contará un voto válido por la marca que haga el elector en un solo cuadro en que se contenga el emblema de un partido político, tratándose de partidos coaligados si apareciera cruzado más de uno de sus respectivos emblemas, deberá consignarse en el apartado respectivo del acta de escrutinio y cómputo. b).-se contará como nulo, cualquier voto emitido en forma distinta a la señalada. c).- Los votos emitidos a favor de candidatos no registrados se asentarán en el acta por separado. Art. 291 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales Qué pasos debe seguir el consejo municipal para llevar a cabo el cómputo municipal? 1.- El secretario abrirá los paquete que no tengan muestras de alteración y contabilizará en voz alta las boletas no utilizadas, los votos nulos y los votos válidos asentando la cantidad que resulte en el espacio del acta correspondiente. 2.- Cuando se contabilicen los votos válidos y los votos nulos los representantes de partido políticos que así lo deseen, y un consejero verificarán que se haya determinado correctamente la validez o nulidad del voto emitido, en base a las reglas establecidas para ello.

25 3.- Se deberán anotar los resultados en las formas establecidas para ello y se dejará constancia en el acta circunstanciada de las objeciones presentadas por los representantes de los partidos políticos, quedando a salvo sus derechos para impugnar ante el Tribunal Electoral. 4.- Se continuará abriendo los paquetes que tengan muestras de alteración y se seguirá el mismo procedimiento señalado en los puntos 1, 2 y 3 señalado anteriormente. 5.- Para finalizar se deberá continuar con la apertura del paquete de la casilla especial y se aplicará el mismo procedimiento que con el resto de los paquetes electorales de la elección de ayuntamiento. 6.- El cómputo municipal de la elección de ayuntamiento, será el resultado de sumar las cifras obtenidas de cada una de las casillas en lo relativo a la elección de ayuntamiento, debiendo asentarse el resultado en el acta correspondiente. Art. 245,246 y 257 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Qué condiciones se tienen que cumplir, para que el consejo municipal pueda realizar nuevamente el escrutinio y cómputo? a).- Que existan errores o inconsistencias evidentes en los distintos elementos de las actas, salvo que puedan corregirse o aclararse con otros elementos de satisfacción plena de quien lo haya solicitado. b).- El número de votos nulos sea mayor a la diferencia entre los candidatos ubicados en el primero y segundo lugares en votación. c).- Todos los votos hayan sido depositados a favor de un mismo partido o candidato. Art. 245 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora. Art. 257 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Qué documentos debe extraer el presidente o el secretario del consejo municipal, de cada uno de los paquetes electorales, durante el desarrollo del cómputo municipal de la elección de ayuntamiento?

26 Escritos de protesta, si los hubiere Relación de ciudadanos que votaron y no aparecen en la lista nominal Hojas de incidentes y demás documentación que se determine mediante acuerdo, previo a la jornada electoral. Art. 245 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora. Art. 257 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Por qué motivo y bajo qué condiciones puede solicitarse el recuento total de votos de la elección de ayuntamientos? Cuando exista indicio de que el candidato presunto ganador de la elección y el que haya obtenido el segundo lugar en la votación es igual o menos a un punto porcentual y al inicio de la sesión exista petición expresa del representante del candidato del segundo lugar, el consejo distrital deberá realizar el recuento de votos en la totalidad de las casillas. Para este efecto, se considerará prueba suficiente, la sumatoria de resultados por partido político, coalición o candidato independiente asentados en las copias de escrutinio y cómputo de cada una de las casillas correspondientes al distrito. Art. 246 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora. Art. 257 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora A qué están obligados los consejos distritales y municipales durante el cómputo? Llevar a cabo dentro del plazo señalado la sesión de cómputo. Realizar ininterrumpidamente cada uno de los cómputos hasta su conclusión. En ningún caso, la sesión podrá entrar en receso sin haber concluido el cómputo correspondiente. Expedir a los representantes o a los candidatos las copias certificadas que soliciten. Rendir al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, un informe detallado sobre el desarrollo de la sesión.

27 El Consejo Distrital deberá enviar la documentación de la elección al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, para los efectos de la asignación de los diputados por el principio de representación proporcional y en el caso del consejo municipal, éste deberá llevar a cabo la asignación de las regidurías por el principio de representación proporcional. El Consejo Distrital deberá remitir al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, copia del acta de cómputo y un informe sobre el desarrollo y los incidentes de la sesión. En el caso del Consejo Municipal, deberá enviar al tribunal electoral, los recursos de queja que se hubieren interpuesto y la documentación respectiva. Art. 253 y 259 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora A qué están obligados los presidentes de los consejos distritales y municipales al término de los cómputos respectivos? A dar a conocer los resultados del cómputo, declararán la validez de la elección cuando proceda y otorgarán las constancias de mayoría relativa a los candidatos que hubieren resultado electos. En el caso del consejo municipal deberá llevar a cabo la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional. Art. 254 y 260 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Son sujetos de responsabilidad por infracciones cometidas a las disposiciones electorales los consejos distritales y municipales? Sí, y serán sancionados en término del reglamento que para tal efecto expida el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, por la inobservancia de las disposiciones legales. Art. 268 y 282 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora.

28 79.- Qué acciones deberán realizar los organismos electorales cuando tengan conocimiento de que extranjeros y ministros de culto pretendan interferir o interfieran en asuntos políticos? Deberán tomar las medidas conducentes e informar de inmediato a la Secretaria de Gobernación. En el caso de los extranjeros si el infractor se encuentra fuera del territorio nacional deberán informar a la secretaria de relaciones exteriores. Art. 283 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora Qué deberán hacer los consejos distritales y municipales que reciban una denuncia sobre cualquier materia electoral? Deberán enviarla al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana dentro del término de 3 días, contados a partir de la fecha en que se recibió, agregando medios probatorios adicionales que pudieran aportar a la investigación. Art. 293 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora.

29 FUENTES DE CONSULTA: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución Política del Estado de Sonora. Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora. Reglamento Interior del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana. Reglamento de sesiones de los consejos municipales y distritales electorales del Instituto Estatal Electoral. Modelo de casilla única del Instituto Nacional Electoral para las elecciones concurrentes 2015.

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