Gabinete de Comunicación
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- Esther Poblete Cruz
- hace 6 años
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1 Alejandro Izuzquiza, sobre la actuación de los mediadores de seguros en la comunicación de siniestros al Consorcio La comunicación de daños se debe hacer vía telefónica o vía web, es la forma de ayudar al asegurado Los mediadores de seguros de la comunidad gallega siguen realizando mayoritariamente (61%) las comunicaciones de siniestros al Consorcio en formato papel Izuzquiza considera que el empleo de tecnología es básica para agilizar los procedimientos de gestión de indemnizaciones, y tendrá especial relevancia en la aplicación del futuro Baremo de accidentes de tráfico que puede suponer un incremento del 15,5% en las indemnizaciones de daños personales En el siglo XXI el Consorcio ha ahondado en la ampliación de coberturas progresivamente mejoradas con el menor coste posible, implementando además criterios de indemnización que resulten más favorables para el asegurado o perjudicado Vigo (Pontevedra), 28 de mayo de 2014 El pasado 27 de mayo, Fundación Inade acogió en la tribuna de su Desayuno con Inade una sesión en la que Alejandro Izuzquiza Ibáñez de Aldecoa, Director de Operaciones del Consorcio de Compensación de Seguros, realizó un balance de la gestión de las indemnizaciones realizadas por el Consorcio de Compensación de Seguros desde el año En esta ocasión, el encargado de realizar la presentación del invitado fue Antonio González López, Delegado en Galicia del Consorcio de Compensación de Seguros, que resaltó la labor del señor Izuzquiza como integrante del Comité de Expertos que ha elaborado la propuesta de actualización del Baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico, y en la historia del organismo como artífice del vuelco de la actividad interna del Consorcio y su proyección al exterior. LA POSICIÓN ESTRATÉGICA DEL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS EN EL SECTOR La primera parte de la exposición de Alejandro Izuzquiza se centró en el análisis de la gestión de las indemnizaciones por el Consorcio en el seguro de riesgos extraordinarios y en el seguro obligatorio de automóviles. El Director de Operaciones comenzaba su alocución recordando que el organismo no es competidor de las entidades aseguradoras privadas, sino que complementa al sistema para cubrir riesgos no asumidos por la industria privada en materia de seguro obligatorio de responsabilidad civil de automóviles, de riesgos extraordinarios, coaseguro y reaseguro de seguros agrarios combinados, o por razones de interés público atendiendo a necesidades concretas del mercado asegurador. Página 1 de 5
2 Izuzquiza considera que esta circunstancia se destaca poco por los mediadores en el momento de comercialización de la póliza, debiera destacarse la doble cobertura de la póliza, en cuanto a riesgos extraordinarios y responsabilidad civil del automóvil. LA GESTIÓN DE INDEMNIZACIONES EN EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS El Director de Operaciones del Consorcio resaltaba, respecto a la cobertura de los riesgos extraordinarios, que se ha venido produciendo una evolución muy significativa en los últimos años, gracias al empeño por parte del Consorcio de hacer esta cobertura más amplia, y conseguirlo a través de modificaciones en la normativa vigente. Entre esas mejoras destacan: la ampliación de la cobertura de la limitada a daños materiales directos a la de pérdida de beneficios a consecuencia de los daños directos; la ampliación a los daños personales sufridos fuera del territorio nacional por asegurados con residencia habitual en España; la ampliación progresiva de la cobertura de las Tempestades Ciclónicas Atípicas (TCA s) hasta la actual noción de tornados y viento que presenten rachas superiores a 120 Km/h; la clarificación y ampliación de la cobertura del embate de mar como efectos producidos tanto por el golpe de mar como por la inundación; la cobertura excepcional de determinados fenómenos naturales excluidos (elevación del nivel freático, movimientos de laderas, deslizamientos o asentamientos de terrenos, y desprendimientos de rocas) cuando sean ocasionados en el contexto de inundación extraordinaria; la supresión del período de carencia en caso de daños a las personas y reducción de la carencia de treinta a siete días en el de daños en los bienes; la eliminación de la franquicia en los casos de daños a automóviles, viviendas y comunidades de propietarios de viviendas y reducción de un 10% a un 7% de los daños indemnizables en oficinas, comercios, industrias y obras civiles; o incorporación del seguro de vida (cobertura exclusiva o principalmente de fallecimiento) al sistema de riesgos extraordinarios. Para Alejandro Izuzquiza, uno de los objetivos del Consorcio es que este complemento del sistema público al privado sea lo menos costoso posible para el asegurado, por lo que se pretende trabajar en la reducción de recargos. En cuanto a los criterios que sigue el Consorcio en la gestión de indemnizaciones, destacó el de la reposición de daños estéticos, la compensación de capitales, la asunción de gastos complementarios, y la laxitud en la consideración de infraseguro. A continuación, repasó los procedimientos en la tramitación de los riesgos extraordinarios, incidiendo en que el organismo gestiona telemáticamente todos los siniestros, sin traslado de documentos en soporte papel. Utilizando ejemplos sobre la forma de presentación de comunicaciones en los últimos episodios de siniestros extraordinarios gestionados por el Consorcio, indicaba respecto a Galicia, que en ninguna otra zona de España se realizan tantas comunicaciones de siniestros utilizando soporte de papel como en esta comunidad (el 61% de las recibidas). Además, y ya que en su mayoría (57%), son los mediadores de seguros los encargados de realizar la comunicación, advirtió a los asistentes que sería recomendable que intentasen hacerlo a través del Página 2 de 5
3 Centro de Atención Telefónica, ya que el formato papel ralentiza la tramitación electrónica de los expedientes: realizando la comunicación por teléfono o vía web se obtiene en el momento un número de registro que asegura que el siniestro ha comenzado su tramitación, no como en papel. Izuzquiza hacía un llamamiento a los mediadores de seguros la comunicación de daños se debe hacer por vía telefónica o vía web, ya que es la forma de ayudar al asegurado. La segunda recomendación que el Director de Operaciones del Consorcio hizo a los mediadores fue se debe ayudar al asegurado a que recopile la información básica que debe aportar en las comunicaciones, en especial copia de la póliza y de los recibos de pago lo que agilizará la tramitación del expediente, favoreciendo además el seguimiento de los ritmos de peritación y el pago al perjudicado. En cuanto al procedimiento específico para la gestión de las TCA (en donde es necesario contar con los registros oficiales de la AEMET (Agencia Estatal de Meteorología) para la delimitación de zonas afectadas, recordaba a los mediadores de seguros presentes en la sala que ya no es necesario que haya comunicación de zona catastrófica para realizar la comunicación de siniestros, ya que ante la necesidad de atender desde el primer momento este tipo de siniestros, se ha permitido que la comunicación se realice directamente a la entidad aseguradora, que será la encargada de aportar la información al Consorcio. En cuanto a las siniestralidades recientes más relevantes indicaba que siendo una institución para la cobertura de inundaciones, en el siglo XXI están teniendo especial protagonismo las TCA y los daños por terremoto. En lo que respecta al aseguramiento de vehículos automóviles, la cobertura que ofrece el Consorcio es una extensión de la cobertura al seguro voluntario de Responsabilidad Civil y como fondo de garantía (vehículos no asegurados, vehículos robados o vehículos asegurados en entidades insolventes o en liquidación). Los citerios de gestión de indemnizaciones atienden a la aplicación generalizada y con criterios no restrictivos del sistema para la valoración de daños a las personas en accidentes de circulación (Baremo), ya que se considera que fomenta la rapidez y la equidad en beneficio del perjudicado. Izuzquiza considera que la aplicación de esta orientación es especialmente difícil en los siniestros en los que el Consorcio ha actuado como fondo de garantía (seguro obligatorio de automóviles para entidades en liquidación, siniestros de vehículos sin seguro o de vehículos desconocidos), debido al retraso en la comunicación del accidente y las dificultades para obtener toda la documentación y los elementos de juicio sobre el accidente, lo que lleva al Consorcio a realizar ofertas motivadas de indemnización para favorecer a las víctimas. Así, en 1999 el número de casos en que se llegaba a acuerdo amistoso por este procedimiento era del 51,8%, frente a los casos registrados en 2013, porcentaje que ascendió al 93,15%. Página 3 de 5
4 PROCESO DE REVISIÓN DEL BAREMO DE ACCIDENTES DE TRÁFICO La segunda parte de la sesión estuvo centrada en el acercamiento al informe de revisión del Baremo de accidentes de circulación, cuyo texto se presentó el pasado 22 de mayo ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones por un Comité de Expertos en el que han participado representantes de Unespa (Asociación Empresarial del Seguro), de los Ministerios de Economía y Justicia, juristas y representantes de las víctimas de accidentes de circulación. En base a la aplicación flexible del Baremo de accidentes de circulación, Izuzquiza considera que el Consorcio de Compensación de Seguros ha dado un vuelco: de ser una entidad judicializadora a una entidad transaccional. Bajo su criterio, la revisión del Baremo debe atender a los principios de integridad en la reparación del daño (revisando la inclusión de nuevas coberturas), la separación de los daños morales y los patrimoniales (valoración del daño patrimonial teniendo en cuenta ingresos, edad de la víctima y lesiones sufridas), y la cuantificación rápida de la indemnización. En cuanto a la estructura del Baremo propuesto, resaltaba que aunque se mantiene la distinción entre indemnización por muerte, por secuelas (lesiones permanentes) y por lesiones temporales, se distinguirá entre indemnizaciones debidas al perjuicio personal básico (daño moral), perjuicio personal particular (daño moral), perjuicio patrimonial por daños emergentes y perjuicio patrimonial por lucro cesante. Además, en caso de muerte, el texto sustituye el actual sistema basado en indemnizaciones distintas en función del entorno familiar de la víctima por la individualización de la indemnización en cinco categorías autónomas de perjudicados: el cónyuge viudo, los ascendientes, los descendientes, los hermanos y los allegados (aquellas personas que hubieran convivido familiarmente con la víctima durante un mínimo de cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento y fueran especialmente cercanas a ella en parentesco o afectividad). Entre los cambios que se proponen, figura la necesaria exhaustividad en la aplicación del Baremo, ya que no podrán fijarse indemnizaciones por conceptos o importes distintos a los previstos. Los perjuicios relevantes y singulares que no hubieran sido contemplados se incorporarán también a éste en concepto de perjuicios excepcionales (valoración de hasta un máximo del 25% del perjuicio personal básico). Izuzquiza concluía esta parte afirmando que la negociación se ha extendido en el tiempo por la necesidad de mantener equilibrios entre la elevación de cuantías y la sostenibilidad del sistema (no se puede elevar las cuantías de forma ilimitada). El futuro Baremo es más complejo que el actual y se deberá ahondar en el desarrollo de aplicaciones informáticas que faciliten, en la práctica diaria, el cálculo de la reparación íntegra. Página 4 de 5
5 COLOQUIO Finalizada su exposición, Alejandro Izuzquiza se prestó a la habitual rueda de preguntas sobre diferentes asuntos relacionados con la cobertura de los riesgos extraordinarios, los plazos de carencia, los siniestros y la tarificación. También se ahondó en otros detalles económicos de la revisión del Baremo de accidentes, con el nuevo Baremo, los actuarios tendrán más trabajo, por las bases técnicas que se deben desarrollar. Pese a que recordó que entre la vía administrativa y la vía parlamentaria puede haber muchos cambios en el texto, prevé en un 15,5% el incremento de las indemnizaciones, a través de estimaciones realizadas sobre la información vertida por entidades aseguradoras que representan el 61% de la cuota de mercado sobre análisis de siniestros ocurridos entre 2000 y Izuzquiza manifestó además la creciente preocupación del Consorcio por el incremento de siniestros leves (que pueden esconder un intento de fraude): las indemnizaciones deben ir a fallecidos y lesionados incuestionables frente a lesiones difíciles de probar: se aplicará un factor de corrección para lesionados con más de cinco puntos de secuela. Al término del acto, los miembros del Patronato de Fundación Inade, José Antonio Pérez Crujeiras y Consuelo Cameselle González hicieron entrega a Alejandro Izuzquiza de una serigrafía de la obra del pintor José María Barreiro O Gaiteiro obsequio con el que Fundación Inade agradece su asistencia a los invitados que ocupan su tribuna. La sesión de trabajo fue clausurada por José Enrique Santamaría Varela, Director de Negocio de Fidelidade, y contó con más de cien asistentes. La programación de Desayuna con Inade cuenta para este ejercicio con el apoyo de las entidades colaboradoras de la Fundación: AIG, ALLIANZ, ASEFA SEGUROS, ASEGRUP, AXA, CASER, DAS, DKV SEGUROS, FIATC, FIDELIDADE, INADE, LA FE SEGUROS, LA PREVISIÓN MALLORQUINA, MM GLOBALIS (Grupo Mutua Madrileña), NORBROK 21, PLUS ULTRA, TIREA y VITHAS, HOSPITAL NUESTRA SEÑORA DE FÁTIMA. Fundación Inade Fundación Inade, Instituto Atlántico del Seguro es una organización sin ánimo de lucro clasificada de interés para el fomento de la economía de Galicia, inscrita en el Registro Único de Fundaciones de Interés Gallego con el número 2009/9 (25 de septiembre de 2009). Ejerce las funciones de Protectorado la Consellería de Facenda de la Xunta de Galicia. Entidades Colaboradoras Página 5 de 5
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