JORNADA PREVENCIÓN E INVESTIGACIÓN DE LOS ACCIDENTES DE TRÁFICO
|
|
- Pablo Saavedra Moreno
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 JORNADA PREVENCIÓN E INVESTIGACIÓN DE LOS ACCIDENTES DE TRÁFICO Bilbao, 8 de Junio de 2016 José Pérez Tirado Abogado STOP ACCIDENTES
2 BOE Nº 228 del Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. ENTRADA EN VIGOR:
3 NUEVO SISTEMA VALORACIÓN Criterios Generales. Disposiciones Directivas 1- REPARACIÓN ÍNTEGRA, 2- VERTEBRACIÓN 3- OBJETIVACIÓN Culpa Concurrente Víctima Uso de cinturones, casco. Reducción máxima 75% Menores de 14 años y Víctima NO capaz culpa civil NO SE REDUCE Indemnización en lesiones. Deber RECÍPROCO de COLABORACIÓN entre Víctima y Aseguradora. SUJETOS PERJUDICADOS En fallecimiento los mencionados en el Sistema En Lesiones la víctima. Momento determinación circunstancias valoración FECHA DEL ACCIDENTE Momento determinación CUANTÍA Fecha de Pago Judicial o Extrajudicial. CRITERIO VALORISTA RENTA VITALICIA Equivalencia al capital de la indemnización. El Juez puede acordarla (total o parcial) de oficio. Indemnización en caso de fallecimiento del lesionado tras estabilización, antes de fijarse indemnización.
4 Se modifica el artículo 1.2 del Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor: 2. Sin perjuicio de que pueda existir culpa exclusiva de acuerdo con el apartado 1, cuando la VÍCTIMA CAPAZ DE CULPA CIVIL sólo contribuya a la producción del daño se reducirán todas las indemnizaciones, incluidas las relativas a los gastos en que se haya incurrido en los supuestos de muerte, secuelas y lesiones temporales, en atención a la CULPA CONCURRENTE HASTA UN MÁXIMO DEL SETENTA Y CINCO POR CIENTO. Se entiende que existe dicha contribución si la víctima, por falta de uso o por uso inadecuado de cinturones, casco u otros elementos protectores, incumple la normativa de seguridad y provoca la agravación del daño. En los SUPUESTOS DE SECUELAS Y LESIONES TEMPORALES, la culpa exclusiva o concurrente de víctimas no conductoras de vehículos a motor que sean menores de catorce años O que sufran un menoscabo físico, intelectual, sensorial u orgánico QUE LES PRIVE DE CAPACIDAD DE CULPA CIVIL, NO SUPRIME NI REDUCE LA INDEMNIZACIÓN y se excluye la acción de repetición contra los padres, tutores y demás personas físicas que, en su caso, deban responder por ellas legalmente.
5 CAPÍTULO I Criterios generales para la determinación de la indemnización Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 32. Ámbito de aplicación y alcance. Este sistema tiene por objeto valorar TODOS LOS PERJUICIOS causados a las personas como consecuencia del daño corporal ocasionado por HECHOS DE LA CIRCULACIÓN regulados en esta Ley
6 NUEVO SISTEMA NUEVA ESTRUCTURA Muerte Tablas 1 Secuelas Tablas 2 Lesiones Temporales Tablas 3
7 NUEVO SISTEMA NUEVA ESTRUCTURA Perjuicios Personales BÁSICOS A DAÑO MORAL Perjuicios Personales PARTICULARES B Perjuicio PATRIMONIAL C DAÑO PATRIMONIAL
8 PERSONALES FAMILIARES TOTAL INDEMNIDAD CIRCUNSTANCIAS SOCIALES PÉRDIDA INGRESOS NETOS ECONÓMICAS PÉRDIDA ESTIMACIÓN VALOR REPARACIÓN ÍNTEGRA DAÑO EMERGENTE PÉRDIDA CAPACIDAD GANANCIA PATRIMONIALES LUCRO CESANTE CONSECUENCIAS CUANTÍAS SUFICIENTES EXTRAPATRIMONIALES O MORALES CUANTÍAS RAZONABLES CUANTÍAS DIGNAS
9 DAÑO EMERGENTE DAÑOS PATRIMONIALES PRINCIPIO VERTEBRACIÓN EXTRAPATRIMONIALES O MORALES LUCRO CESANTE
10 ARTÍCULO 35. APLICACIÓN DEL SISTEMA DE VALORACIÓN. La correcta aplicación del sistema requiere la justificación de los criterios empleados para cuantificar las indemnizaciones asignadas según sus reglas, con tratamiento separado e individualizado de los distintos conceptos y partidas resarcitorias por los daños tanto extrapatrimoniales como patrimoniales. Correcta aplicación requiere Justificación criterios cuantificación Separar e individualizar Según Reglas Según Límites Distintos conceptos Distintas partidas resarcitorias
11 Inscripción en Registro La víctima lesionada Perjudicados Art. 62 Cónyuge viudo Ascendientes Descendientes Pareja de hecho Documento público Convivencia 1 año anterior Periodo inferior si tiene hijo común Muerte Sujetos Perjudicados Hermanos Allegados Excepción Gastos tratamiento médico y psicológico Máximo 6 meses Perjudicados Art. 62 Familiares grandes lesionados
12 62.2 EXCLUSIÓN PERJUDICADO CIRCUNSTANCIAS SUPONGAN INEXISTENCIA PERJUICIO EXCEPCIÓN ARTÍCULO 62 DE HECHO Y DE FORMA CONTINUADA EJERCE FUNCIONES 62.3 INCLUSIÓN PERJUDICADO POR INCUMPLIMIENTO O POR INEXISTENCIA PERSONA CONCRETA O ASUME SU POSICIÓN
13 ARTÍCULO 37 NECESIDAD DE INFORME MÉDICO Y DEBERES RECÍPROCOS DE COLABORACIÓN. 1. La determinación y medición de las secuelas y de las lesiones temporales ha de realizarse mediante informe médico ajustado a las REGLAS de este sistema. 2. El lesionado debe prestar, desde la producción del daño, la COLABORACIÓN necesaria para que los servicios médicos designados por cuenta del eventual responsable lo reconozcan y sigan el curso evolutivo de sus lesiones. El incumplimiento de este deber constituye causa no imputable a la entidad aseguradora a los efectos de la regla 8.ª del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, relativa al devengo de intereses moratorios. 3. Los servicios médicos proporcionarán tanto a la entidad aseguradora como al lesionado el informe médico DEFINITIVO que permita valorar las secuelas, las lesiones temporales y todas sus consecuencias personales. A los efectos del artículo 7.3.c) de esta Ley, carecerá de validez la oferta motivada que no adjunte dicho informe, salvo que éste se hubiera entregado con anterioridad.
14 ARTÍCULO 39. CÓMPUTO DE EDADES. El cómputo de edad se realiza de fecha a fecha, por lo que las edades previstas en las disposiciones de esta Ley se alcanzan pasadas las cero horas del día en que se cumplen los años correspondientes. Las horquillas de edades comprenden desde que se alcanza la edad inicial hasta las cero horas del día en que se cumple la edad final. La referencia a que alguien tenga más de un cierto número de años se entiende hecha a que haya alcanzado esa edad. HASTA 14 AÑOS ARTÍCULO 65 DESCENCIENTES DESDE 14 HASTA 20 AÑOS DESDE 20 HASTA 30 AÑOS EJEMPLOS A PARTIR DE 30 AÑOS TABLA 2.A.2 BAREMO ECONÓMICO HASTA 2 AÑOS 2 AÑOS
15 ARTÍCULO 41. INDEMNIZACIÓN MEDIANTE RENTA VITALICIA. 1. En cualquier momento las partes pueden convenir o el juez acordar, a petición de cualquiera de ellas, la sustitución total o parcial de la indemnización fijada de acuerdo con el sistema establecido en esta Ley por la constitución de una renta vitalicia en favor del perjudicado. 2. En todo caso, el juez puede acordar de oficio tal sustitución, al menos parcial, cuando se trate del resarcimiento de los perjuicios padecidos por menores o personas con capacidad modificada judicialmente y la estime necesaria para proteger más eficazmente sus intereses.
16 ARTÍCULO 49. ACTUALIZACIONES. 1. A partir del año siguiente a la entrada en vigor de esta Ley, las CUANTÍAS Y LÍMITES indemnizatorios fijados en ella y en sus tablas quedan automáticamente actualizadas con efecto a 1 de enero de cada año en el porcentaje del índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. 2. No obstante, las tablas de lucro cesante y de ayuda de tercera persona, por su naturaleza, se actualizan conforme a las bases técnicas actuariales. Asimismo la tabla de gasto de asistencia sanitaria futura se actualiza, en su caso, de acuerdo con lo que se establezca en los convenios sanitarios que se suscriban con los servicios públicos de salud según lo establecido en el artículo 114, y teniendo en cuenta la variación de los costes soportados por los servicios sanitarios. 3. La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones hará públicas por resolución las cuantías indemnizatorias actualizadas para facilitar su conocimiento y aplicación.
17 INDEMNIZACIONES POR CAUSA DE MUERTE TABLA 1.A PERJUICIO PERSONAL BÁSICO TIPO 1. EL CÓNYUGE VIUDO Hasta 15 años de convivencia, si la victima fallecida tenía hasta 67 años Hasta 15 años de convivencia, si la victima fallecida tenía desde 67 hasta 80 años Hasta 15 años de convivencia, si la victima fallecida tenía más de 80 años Por cada año adicional de convivencia o fracción con independencia de la edad de la victima TIPO 2. LOS ASCENDIENTES A cada progenitor, si el hijo fallecido tenía hasta 30 años A cada progenitor, si el hijo fallecido tenía más de 30 años A cada abuelo, sólo en caso de premoriencia del progenitor de su rama familiar TIPO 3. LOS DESCENDIENTES A cada hijo que tenga hasta 14 años A cada hijo que tenga desde 14 hasta 20 años A cada hijo que tenga desde 20 hasta 30 años A cada hijo que tenga más de 30 años A cada nieto, sólo en caso de premoriencia del progenitor hijo del abuelo fallecido TIPO 4. LOS HERMANOS A cada hermano que tenga hasta 30 años A cada hermano que tenga más de 30 años TIPO 5. LOS ALLEGADOS A cada allegado
18 INDEMNIZACIONES POR CAUSA DE MUERTE TABLA 1.B PERJUICIO PERSONAL PARTICULAR PERJUICIOS PARTICULARES Incrementos sobre perjuicio básico 1. DISCAPACIDAD FÍSICA O PSÍQUICA DEL PERJUDICADO PREVIA O A RESULTAS DEL ACCIDENTE 2. CONVIVENCIA DEL PERJUDICADO CON LA VÍCTIMA CON LA EXCEPCIÓN: Cónyuge Supuestos en que la víctima o el perjudicado sea menor de 30 años Allegados A cada progenitor, si el hijo fallecido tenía más de 30 años A cada abuelo, en su caso A cada hijo que tenga más de 30 años A cada nieto, en su caso A cada hermano que tenga más de 30 años PERJUDICADO ÚNICO DE SU CATEGORÍA 25% 4. PERJUDICADO ÚNICO FAMILIAR 25% 5. FALLECIMIENTO DEL PROGENITOR ÚNICO A cada hijo que tenga hasta 20 años 50% A cada hijo que tenga más de 20 años 25% 6. FALLECIMIENTO DE AMBOS PROGENITORES EN ACCIDENTE: A cada hijo que tenga hasta 20 años 70% A cada hijo que tenga más de 20 años 35% 7. FALLECIMIENTO DEL ÚNICO HIJO 25% 8. FALLECIMIENTO DE VÍCTIMA EMBARAZADA CON PÉRDIDA DE FETO: Si la pérdida tuvo lugar durante las primeras 12 semanas de gestación Si la pérdida tuvo lugar a partir de las 12 semanas de de gestación Entre 25% y 75% 9.PERJUICIO EXCEPCIONAL Hasta 25%
19 INDEMNIZACIONES POR CAUSA DE MUERTE TABLA 1.C PERJUICIO PATRIMONIAL DAÑO EMERGENTE 1. Perjuicio patrimonial básico Sin necesidad de justificación (cantidad por cada perjudicado) 400 Gastos con necesidad de justificación que excedan del importe anterior Su importe 2. Gastos Específicos Gastos de traslado del fallecido, entierro, funeral y repatriación Su importe DEL CÓNYUGE DEL CÓNYUGE CON DISCAPACIDAD DEL HIJO DEL HIJO CON DISCAPACIDAD DEL PROGENITOR DEL HERMANO DEL HERMANO CON DISCAPACIDAD DEL ABUELO DEL NIETO DEL NIETO CON DISCAPACIDAD DEL ALLEGADO DEL ALLEGADO CON DISCAPACIDAD TABLAS DE LUCRO CESANTE Tabla 1.C.1 Tabla 1.C.1.d Tabla 1.C.2 Tabla 1.C.2.d Tabla 1.C.3 Tabla 1.C.4 Tabla 1.C.4.d Tabla 1.C.5 Tabla 1.C.6 Tabla 1.C.6.d Tabla 1.C.7 Tabla 1.C.7.d
20 PERJUICIO PERSONAL BÁSICO POR SECUELAS Artículo 96 EL BAREMO MÉDICO = TABLA 2.A.1 Artículo 97 REGLAS DE APLICACIÓN DEL PERJUICIO PSICOFÍSICO Artículo 98 SECUELAS CONCURRENTES = Fórmula de Balthazar Artículo 99 SECUELAS INTERAGRAVATORIAS = Incremento 10% Balthazar Artículo 100 SECUELAS AGRAVATORIAS DE ESTADO PREVIO Artículo 101 PERJUICIO ESTÉTICO DE LAS SECUELAS Artículo 102 GRADOS DE PERJUICIO ESTÉTICO Artículo 103 REGLAS DE APLICACIÓN DEL PERJUICIO ESTÉTICO Artículo 104 BAREMO ECONÓMICO DE LAS SECUELAS = TABLA 2.A.2
21 BAREMO ECONÓMICO SECUELAS TABLA 2.A.2 Edad de la víctima PUNTOS Hasta ,00 897,22 894,44 891,67 888,89 886,11 883,33 880,56 877,78 875, , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,18
22 INDEMNIZACIONES POR SECUELAS TABLA 2.B PERJUICIO PERSONAL PARTICULAR PERJUICIOS PARTICULARES 1. DAÑOS MORALES COMPLEMENTARIOS POR PERJUICIO PSICOFÍSICO Cuando una sola secuela alcanza al menos 60 puntos o el resultado de las concurrentes alcanza al menos 80 puntos. De hasta DAÑOS MORALES COMPLEMENTARIOS POR PERJUICIO ESTÉTICO Cuando alcanza al menos 36 puntos. De hasta PERJUICIO MORAL POR PÉRDIDA DE CALIDAD DE VIDA OCASIONADA POR LAS SECUELAS Muy Grave De hasta Grave De hasta Moderado De hasta Leve De hasta PERJUICIO MORAL PÉRDIDA CALIDAD VIDA FAMILIARES GRANDES LESIONADOS De hasta PÉRDIDA DE FETO A CONSECUENCIA DEL ACCIDENTE Si la pérdida tuvo lugar durante las primeras 12 semanas de gestación Si la pérdida tuvo lugar a partir de las 12 semanas de gestación PERJUICIO EXCEPCIONAL Hasta 25%
23 INDEMNIZACIONES POR SECUELAS - TABLA 2.C - PERJUICIO PATRIMONIAL DAÑO EMERGENTE GASTOS ASISTENCIA SANITARIA FUTURA, PRÓTESIS Y ORTESIS, REHABILITACIÓN DOMICILIARIA Y AMBULATORIA 1. GASTOS PREVISIBLES DE ASISTENCIA SANITARIA FUTURA SEGÚN SECUELA Tabla 2.C.1 2. PRÓTESIS Y ORTESIS Hasta por recambio 3. REHABILITACIÓN DOMICILIARIA Y AMBULATORIA Estados vegetativos crónicos y tetraplejias igual o por encima de C-4 Hasta anuales Tetraplejias, Tetraparesias graves, secuelas graves del lenguaje y trastornos graves neuropsicológicos Hasta anuales Resto de supuestos del artículo 113 Hasta anuales GASTOS POR PÉRDIDA DE AUTONOMÍA PERSONAL 4. AYUDAS TÉCNICAS Hasta ADECUACIÓN DE VIVIENDA Hasta INCREMENTO DE LOS COSTES DE MOVILIDAD Hasta AYUDA DE TERCERA PERSONA Tabla de horas de ayuda a domicilio según secuela Tabla de indemnizaciones de ayuda de tercera persona TABLAS DE LUCRO CESANTE POR INCAPACIDAD PARA REALIZAR CUALQUIER TRABAJO O ACTIVIDAD PROFESIONAL del art. 129.a) (ABSOLUTA) POR INCAPACIDAD PARA REALIZAR SU TRABAJO O ACTIVIDAD PROFESIONAL del art. 129.b) (TOTAL) POR INCAPACIDAD QUE DE ORIGEN A UNA DISMINUCIÓN PARCIAL DE INGRESOS EN EL EJERCICIO DE SU TRABAJO O ACTIVIDAD HABITUAL del art. 129.c) (PARCIAL) POR INCAPACIDAD ABSOLUTA DE LESIONADO PENDIENTE DE ACCEDER AL MERCADO LABORAL del art. 130.c) POR INCAPACIDAD TOTAL DE LESIONADO PENDIENTE DE ACCEDER AL MERCADO LABORAL del art. 130.d) Tabla 2.C.2 Tabla 2.C.3 Tabla 2.C.4 Tabla 2.C.5 Tabla 2.C.6 Tabla 2.C.7 Tabla 2.C.8
24 INDEMNIZACIONES POR LESIONES TEMPORALES Tabla 3 TABLA 3.A PERJUICIO PERSONAL BÁSICO Indemnización por día 30 TABLA 3.B PERJUICIO PERSONAL PARTICULAR Por pérdida temporal de calidad de vida Indemnización por día (*) Muy Grave 100 Grave 75 Moderado 52 (*) Incluye la indemnización por perjuicio básico Por cada intervención quirúrgica De 400 hasta TABLA 3.C PERJUICIO PATRIMONIAL Gastos de asistencia sanitaria Gastos diversos resarcibles Lucro cesante su importe su importe su importe
25 DISPOSICIÓN TRANSITORIA. APLICACIÓN TEMPORAL DEL SISTEMA. 1. El sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación que establece esta Ley se aplicará ÚNICAMENTE a los accidentes de circulación que se produzcan tras su entrada en vigor. 2. Para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación ocurridos con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley subsistirá y será de aplicación el sistema recogido en el Anexo y en el Anejo del Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre. Disposición derogatoria. DEROGACIÓN DEL SISTEMA DE VALORACIÓN DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 8/2004, DE 29 DE OCTUBRE. Queda derogado el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación contenido en el Anexo del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, su Anejo, y cuantas disposiciones se opongan a la presente Ley.
26 DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. REFERENCIAS NORMATIVAS. Las referencias normativas referidas al sistema de valoración incluido en el Anexo del Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, que se deroga, deben entenderse realizadas al sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación incluido en esta Ley. Disposición adicional tercera. BAREMO INDEMNIZATORIO DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS SOBREVENIDOS CON OCASIÓN DE LA ACTIVIDAD SANITARIA. El sistema de valoración regulado en esta Ley servirá como referencia para una futura regulación del baremo indemnizatorio de los daños y perjuicios sobrevenidos con ocasión de la actividad sanitaria
27 DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DEL SISTEMA DE VALORACIÓN. 1. Por orden de los Ministros de Justicia y Economía y Competitividad, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, se creará una Comisión de Seguimiento del Sistema de Valoración en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación de esta Ley, con el objeto de analizar su puesta en marcha, sus repercusiones jurídicas y económicas y el sistema de actualización del apartado 1 del artículo 49 contenido en su artículo único. En la composición de la Comisión participarán las asociaciones de víctimas y las entidades aseguradoras, con igual número de miembros entre ellas. 2. Además de las consultas y sugerencias que evacue desde su creación, dicha Comisión deberá emitir en el plazo máximo de tres años, contados a partir de la entrada en vigor de esta Ley, un informe razonado que incluya el análisis mencionado en el apartado anterior y sugerencias para la mejora del sistema. 3. A la luz de dicho informe la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones promoverá, en su caso, las modificaciones que considere convenientes así como la actualización de las bases técnicas actuariales que contienen las hipótesis económico-financieras y biométricas del cálculo de los coeficientes actuariales correspondientes.
28 DIFERENCIAS A PARTIR Hasta Concepto LEY 35/2015 NO EXISTE Gastos previsibles asistencia sanitaria futura NUEVO CONCEPTO NO EXISTE Gastos hospital y ambulatorio futuro para Sanidad Pública NUEVO CONCEPTO NO EXISTE Prótesis y ortesis futuras para víctima NUEVO CONCEPTO NO EXISTE Rehabilitación futura para víctima NUEVO CONCEPTO NO EXISTE Ayudas técnicas futuras para víctima NUEVO CONCEPTO HASTA Adecuación de vivienda HASTA HASTA Adecuación de vehículo costes movilidad HASTA HASTA Necesidad de ayuda de tercera persona HASTA NO EXISTE Indemnización por intervenciones quirúrgicas NUEVO CONCEPTO 31,43 /día Día no impeditivo Perjuicio personal básico 30 /día 58,41 /día Día impeditivo Perjuicio personal moderado 52 /día % según renta Perjuicio económico incapacidad temporal LO ACREDITADO 71,84 / día Día hospitalario Perjuicio personal grave 75 /día NO EXISTE Perjuicio personal temporal muy grave 100 /día
29 DIFERENCIAS A PARTIR Hasta Concepto LEY 35/2015 NO EXISTE Gastos diversos resarcibles NUEVO CONCEPTO DESDE 76 puntos NO EXISTE NO EXISTE De a De a HASTA HASTA Daño moral complementario por perjuicio psicofísico Daño moral complementario por perjuicio estético Perjuicio moral pérdida de calidad de vida por secuelas MUY GRAVE Perjuicio moral pérdida de calidad de vida por secuelas GRAVE Permanente Absoluta Perjuicio moral pérdida de calidad de vida por secuelas MODERADA Permanente Total Perjuicio moral pérdida de calidad de vida por secuelas LEVE Permanente Parcial Perjuicio moral pérdida de calidad de vida de los familiares de grandes lesionados DESDE 60 puntos NUEVO CONCEPTO De a De a De a De a De a HASTA Pérdida de feto hasta 3º mes 12 semanas HASTA HASTA Pérdida de feto a partir 3º mes 12 semanas HASTA NO EXISTE NO EXISTE Lucro cesante invalidez dedicación exclusiva hogar Lucro cesante personas pendientes de acceder al mercado laboral NUEVO CONCEPTO NUEVO CONCEPTO
30 MUCHAS GRACIAS
NUEVO SISTEMA DE INDEMNIZACIONES A LAS VÍCTIMAS DE LOS ACCIDENTES DE TRÁFICO
JORNADA STOP ACCIDENTES NUEVO SISTEMA DE INDEMNIZACIONES A LAS VÍCTIMAS DE LOS ACCIDENTES DE TRÁFICO Madrid, 21 de Septiembre de 2015 José Pérez Tirado Abogado NUEVO SISTEMA Criterios Generales. Disposiciones
Más detallesTaller Práctico: El antes y el después de la reforma del baremo.
Taller Práctico: El antes y el después de la reforma del baremo. Mónica Martorell Poncet, Manager Asesoría Jurídica y Servicios del Grupo Liberty Seguros U.B. 16/07/2015 1 1 Que pretendo? Cuantificar distintos
Más detallesINDEMNIZACIONES POR CAUSA DE MUERTE TABLA 1.A PERJUICIO PERSONAL BÁSICO
INDEMNIZACIONES POR CAUSA DE MUERTE TABLA 1.A PERJUICIO PERSONAL BÁSICO Categoría 1. El Cónyuge viudo Hasta 15 años de convivencia, si la victima tenía hasta 67 años 90.000 Hasta 15 años de convivencia,
Más detallesINDEMNIZACIONES POR CAUSA DE MUERTE TABLA 1.A PERJUICIO PERSONAL BÁSICO
ANEXO Tablas 48 INDEMNIZACIONES POR CAUSA DE MUERTE TABLA 1.A PERJUICIO PERSONAL BÁSICO Categoría 1. El Cónyuge viudo Hasta 15 años de convivencia, si la victima tenía hasta 67 años 90.000 Hasta 15 años
Más detallesTráfico: Reglas para el cálculo de la indemnización por lesiones temporales
Tráfico: Reglas para el cálculo de la indemnización por lesiones temporales Planteamiento Cuáles son las reglas generales para el cálculo de las indemnizaciones por lesiones temporales derivadas de hechos
Más detallesSISTEMA PARA LA VALORACION DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE CIRCULACION
SISTEMA PARA LA VALORACION DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE CIRCULACION Primer borrador parcial de la Comisión de expertos para la reforma del sistema de valoración TÍTULO
Más detallesLA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS CORPORALES (ICACOR - A Coruña, 25 de noviembre de 2016)
LA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS CORPORALES (ICACOR - A Coruña, 25 de noviembre de 2016) José Manuel Busto Lago Catedrático de Derecho Civil UDC Consejero Académico de Vales y Asociados EL SISTEMA DE VALORACIÓN
Más detallesNuevo sistema de valoración de daños a las personas en accidentes de circulación
Nuevo sistema de valoración de daños a las personas en accidentes de circulación 1. Objetivo del nuevo Baremo. 2. Modificación de la estructura del Baremo. 3. Aspectos importantes de la reforma 4. Artículos
Más detallesREGISTRO BOMEH: 5/2013 PUBLICADO EN: BOE n.º 26 de 30 de enero de A los 20 días de su publicación
TÍTULO: Resolución de 21 de enero de 2013, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad
Más detallesINFORMACIO N COLECTIVO DE PREJUBILADOS
BOLETI N INFORMATIVO Nº 96 INFORMACIO N COLECTIVO DE PREJUBILADOS NUEVAS INDEMNIZACIONES A LAS VI CTIMAS DE ACCIDENTES. Con la reforma de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, las Aseguradoras pagarán más
Más detallesJoseba Iñiguez Viguri QUÉ INCLUYE UNA INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN?
QUÉ INCLUYE UNA INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN? Las indemnizaciones por accidente de tráfico se regulan en el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Más detallesCONSEJO DE MINISTROS
Viernes, 10 de abril de 2015 JUSTICIA MODIFICADO EL BAREMO DE DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS EN ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN El objetivo es adecuar las normas a la realidad social actual y fomentar la resolución
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMÍA
3400 Sábado 26 enero 2002 BOE núm. 23 dad suprimida, continuarán subsistentes hasta que se apruebe o modifique la correspondiente relación de puestos de trabajo. Disposición derogatoria única. Derogación
Más detalles9.586, ,26 - Por cada hijo menor más (4) , , ,33 A cada hijo mayor que concurra , ,54 7.
EDL 2014/25155 Mº de Economía y Competitividad Resolución de 5 de marzo de 2014, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones por
Más detallesFICHAS DE LEGISLACIÓN
FICHAS DE LEGISLACIÓN OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL CIVIL LEY 35/2015, DE 22 DE SEPTIEMBRE, DE REFORMA DEL SISTEMA PARA LA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28 Lunes 2 de febrero de 2009 Sec. I. Pág. 10831 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA 1669 Resolución de 20 de enero de 2009, de la Dirección General de Seguros y Fondos de
Más detallesRCL 2003\216 Resolución de 20 enero 2003
RCL 2003\216 Resolución de 20 enero 2003 DIRECCIÓN GENERAL SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES BOE 24 enero 2003, núm. 21, [pág. 3165 ]; SEGURO DE VEHICULOS DE MOTOR. Da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303 Sábado 19 de diciembre de 2015 Sec. I. Pág. 119710 ANEXO I SOLICITUD INFORME FORENSE Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de: Solicitud De común acuerdo entre la entidad aseguradora
Más detallesNuevo baremo. Principales novedades:
El equipo de Foro accidentes quiere transmitir a todos los interesados los cambios significativos que el nuevo baremo a través de la ley Ley 35/2015, de 22 de septiembre, ha introducido para la regulación
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
12388 Viernes 24 marzo 2000 BOE núm. 72 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA 5734 RESOLUCIÓN de 2 de marzo de 2000, de la Dirección General de Seguros, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones
Más detallesImporte de las indemnizaciones por daños personales exentos de IRPF
Importe de las indemnizaciones por daños personales exentos de IRPF 1. Indemnizaciones básicas por muerte (incluidos los daños morales) 2. Factores de corrección para las indemnizaciones básicas por muerte
Más detallesSISTEMA PARA LA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN
SISTEMA PARA LA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN Artículo 11-1 TÍTULO I Criterios generales para la determinación de la responsabilidad y la indemnización
Más detallesJORNADA SOBRE LA LEY 35/2015 USO Y APLICACIÓN DEL NUEVO BAREMO PARA ACCIDENTES DE TRÁFICO
JORNADA SOBRE LA LEY 35/2015 USO Y APLICACIÓN DEL NUEVO BAREMO PARA ACCIDENTES DE TRÁFICO José Pérez Tirado Abogado - Málaga, 9 de Junio de 2017 INDEMNIZACIONES POR SECUELAS CASOS PRÁCTICOS ESTRUCTURA
Más detallestín Oficial del Estado. Texto del Documento Página 1 de 6
tín Oficial del Estado. Texto del Documento Página 1 de 6 La Imprenta VOLVER Base de datos Búsquedas I Directorio I Mapa web iberlex Ministerio de Economía y Hacienda (BOE n. 21 de 24/1/2008) RESOLUCIÓN
Más detallesRedacción Wolters Kluwer. Diario La Ley, Nº 8612, Sección Documento on-line, 24 de Septiembre de 2015, Editorial LA LEY
Novedad legislativa: Aspectos básicos de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación (BOE
Más detallesINDEMNIZACIONES POR SECUELAS - PERJUICIO PATRIMONIAL (TABLA 2C). DAÑO EMERGENTE. 1 Dr. Victor M. Zurriaga
JORNADAS MEDICO-LEGALES DE FORMACION EN EL NUEVO SISTEMA DE VALORACION DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE CIRCULACION, LEY 35/2015 INDEMNIZACIONES POR SECUELAS - PERJUICIO
Más detallesEl nuevo Sistema de valoración de los daños y perjuicios causados en accidente de circulación aprobado por la Ley 35/2015.
El nuevo Sistema de valoración de los daños y perjuicios causados en accidente de circulación aprobado por la Ley 35/2015. Javier López y García de la Serrana Abogado. Doctor en Derecho Secretario General
Más detallesFICHAS DE LEGISLACIÓN
FICHAS DE LEGISLACIÓN OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA NORMATIVA PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL SISTEMA PARA LA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS ÍNDICE I. FICHA NORMATIVA...3
Más detallesNuevo sistema de valoración de daños personales por accidentes de tráfico Tramitadores. Barcelona, Septiembre - Octubre 2015
Nuevo sistema de valoración de daños personales por accidentes de tráfico Tramitadores Barcelona, Septiembre - Octubre 2015 Ficha del curso Programa Nuevo sistema de valoración de daños personales por
Más detallesJORNADAS MEDICO LEGALES DE FORMACION EN EL BAREMO DEL NUEVO SISTEMA DE VALORACION LEY 35/2015
JORNADAS MEDICO LEGALES DE FORMACION EN EL BAREMO DEL NUEVO SISTEMA DE VALORACION LEY 35/2015 15:30 16:00 : Acreditación. JUEVES 21 DE ENERO 2016 16.00 a 16.15 h. : INAUGURACIÓN DE LAS JORNADAS. Dr. Victor
Más detallesBASES TÉCNICAS ACTUARIALES DEL SISTEMA DE VALORACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN
BASES TÉCNICAS ACTUARIALES DEL SISTEMA DE VALORACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN Belén Soriano Clavero Actuario de Seguros Subdirectora Técnica y de Reaseguro
Más detallesEL BAREMO PRESENTE Y FUTURO
Seguro de Automóviles EL BAREMO PRESENTE Y FUTURO 1 Situación del Sector. España RAMOS O MODALIDADES 2008 2009 ^ 08/07 % CUOTA (%) Automóviles 12.138 11.451-5.66 35.97 Multirriesgos 6.131 6.437 4.99 20.22
Más detallesEl nuevo Sistema para la Valoración de los Daños y Perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación
El nuevo Sistema para la Valoración de los Daños y Perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación Vigo, 14 de julio de 2015 - - A Coruña, 15 de julio de 2015 Taller práctico con miembros
Más detallesLEY SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL Y SEGURO EN LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR
INSTITUTO PARA EL FOMENTO Y EL DESARROLLO DEL SEGURO LEY SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL Y SEGURO EN LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29
Más detallesCASO PRÁCTICO FALLECIMIENTO CON CÓNYUGE E HIJO. Perjudicados: Calculo de la indemnización
CASO PRÁCTICO FALLECIMIENTO CON CÓNYUGE E HIJO Accidente de tráfico que ha causado el fallecimiento de un hombre de 49 años, casado, con cónyuge de 47 años, y un hijo de 15, que trabaja como ingeniero
Más detallesEl nuevo procedimiento de la gestión del siniestro del automóvil
El nuevo procedimiento de la gestión del siniestro del automóvil Dr. Carlos Represas Vázquez Doctor en Medicina y Cirugía Especialista (MIR) en Medicina Legal y Forense Profesor de Medicina Legal y Forense
Más detallesEl régimen aplicable está regulado en el artículo 1 de la Ley, redactado tras la reforma de la siguiente manera:
Las indemnizaciones de las víctimas de accidentes de tráfico. El nuevo sistema de valoración de los daños y perjuicios personales. La responsabilidad por riesgo: cuando responde el seguro de automóvil.
Más detallesAnálisis actuarial de la indemnización por necesidad de ayuda de tercera persona prevista en la Ley 35/2015
La parte de imagen con el identificador de relación rid1 no se encontró en el archivo. Análisis actuarial de la indemnización por necesidad de ayuda de tercera persona prevista en la Ley 35/2015 Gómez
Más detallesFORO STOP ACCIDENTES OCTUBRE 2011
FORO STOP ACCIDENTES OCTUBRE 2011 1. Los niños NO pueden tener el mismo tratamiento que las personas adultas 2. Las victimas españolas NO pueden ser de peor condición que las víctimas europeas 3. La victima
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112 Miércoles 11 de mayo de 2011 Sec. I. Pág. 47936 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE SANIDAD, POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD 8230 Real Decreto 570/2011, de 20 de abril, por el que se modifica
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 4 de agosto de 2010
Orden TAS/4054/2005, de 27 de diciembre, por la que se desarrollan los criterios técnicos para la liquidación de capitales coste de pensiones y otras prestaciones periódicas de la Seguridad Social. Ministerio
Más detallesFICHAS DE LEGISLACIÓN. Revalorización de pensiones y otras prestaciones sociales públicas para 2016
OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA NORMATIVA Revalorización de pensiones y otras prestaciones sociales públicas para 2016 Real Decreto 1170/2015, de 29 de diciembre, sobre revalorización
Más detalles16 April 2015 Madrid Legal Briefings
EL CONSEJO DE MINISTROS ENVIA AL CONGRESO LA REFORMA DEL SISTEMA PARA LA VALORACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN 16 April 2015 Madrid Legal Briefings El pasado
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31 Viernes 5 de febrero de 2010 Sec. I. Pág. 10491 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA 1819 Resolución de 31 de enero de 2010, de la Dirección General de Seguros y Fondos
Más detalles(BOE núm. 310, de 28 de diciembre de 2005)
Orden TAS/4054/2005, de 27 de diciembre, por la que se desarrollan los criterios técnicos para la liquidación de capitales coste de pensiones y otras prestaciones periódicas de la Seguridad Social. (BOE
Más detallesDeterminación y revalorización de pensiones y otras prestaciones públicas para el 2015
LS-08-15 Determinación y revalorización de pensiones y otras prestaciones públicas para el 2015 El pasado 31 de diciembre se publicó en el BOE, el Real Decreto 1107/2014, de 31 de diciembre, sobre revalorización
Más detallesLA REGULACIÓN DEL DAÑO EMERGENTE EN LA LEY 30/2015. Juan José Pereña Muñoz Fiscal delegado de seguridad vial de Salamanca
LA REGULACIÓN DEL DAÑO EMERGENTE EN LA LEY 30/2015 Juan José Pereña Muñoz Fiscal delegado de seguridad vial de Salamanca 1 RESUMEN El presente trabajo trata de explicar de una manera sencilla la regulación
Más detallesNota de prensa. Luz verde al nuevo baremo de daños y perjuicios causados en accidentes de circulación. Finalizado el trámite parlamentario
MINISTERIO DE JUSTICIA GABINETE DE COMUNICACIÓN Finalizado el trámite parlamentario Nota de prensa Luz verde al nuevo baremo de daños y perjuicios causados en accidentes de circulación El objetivo es adecuar
Más detallesReserva YA tu plaza MATRICÚLATE
Reserva YA tu plaza MATRICÚLATE Curso e-learning Especialista en Valoración de los Daños y Perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación (adaptado a la Ley 35/2015 de 22 de septiembre
Más detallesNUEVO BAREMO DE DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS EN ACCIDENTES DE
NUEVO BAREMO DE DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS EN ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN DESDE ENERO DE 2016 El pasado 1 de enero de 2016 ha entrado en vigor la Ley 35/2015 de reforma del sistema para la valoración de
Más detallesCálculo de la indemnización por accidente de trabajo según el nuevo baremo
EDC 2016/1009653 Cálculo de la indemnización por accidente de trabajo según el nuevo baremo Emilio Palomo Balda Editorial Francis Lefebvre. Claves Prácticas, Madrid, 2016, pp. 216. Laurentino J. Dueñas
Más detallesPRESTACIONES SOCIALES
PRESTACIONES SOCIALES Otras prestaciones sociales PS08 31/01/2018 PS08 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Base de Datos Documental de Ordenación Normativa Subdirección General de Ordenación Normativa y Recursos
Más detallesCampoamor 9 2º 33001 OVIEDO 984 186 927 984 081 875f www.alfredogarcialopez.es/com
La Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. (Entrada en vigor el 1/1/2016), en términos
Más detallesÍNDICE GENERAL. Página INTRODUCCIÓN I. PREÁMBULO II. ANTECEDENTES EN EL DERECHO COMPARADO... 24
ÍNDICE GENERAL SIGLAS Y ABREVIATURAS....................................... 15 INTRODUCCIÓN I. PREÁMBULO............................................... 19 II. ANTECEDENTES EN EL DERECHO COMPARADO..............
Más detalles6 a 8. Abril CURSO DE VALORACIÓN DEL DAÑO CORPORAL SEGÚN EL NUEVO BAREMO DE ACCIDENTES
www.promede.com CURSO DE VALORACIÓN DEL DAÑO CORPORAL SEGÚN EL NUEVO BAREMO DE ACCIDENTES Acreditado por la Comunidad de Madrid, nº de expediente 07-AFOC-00016.4/2016, con 3,3 ECTS 6 a 8 DE Abril DE 2016
Más detallesLEY 15/2015 DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL CIVIL LEY 15/2015 DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA AUTORIZACIÓN O APROBACIÓN JUDICIAL DEL RECONOCIMIENTO DE LA FILIACIÓN NO MATRIMONIAL ÍNDICE I.
Más detallesINMINENTE Y ESPERADA MODIFICACIÓN DEL SISTEMA PARA LA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN
Nº 13/2015 http://www.revista.uclm.es/index.php/cesco I. Estudios y Consultas INMINENTE Y ESPERADA MODIFICACIÓN DEL SISTEMA PARA LA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES
Más detallesRESUMEN DE APLICACIÓN DE LAS PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL: AÑO 2016
RESUMEN DE APLICACIÓN DE LAS PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL: AÑO 2016 PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS Invalidez REQUISITOS: A) Ser mayor de 18 años y menor de 65 años en la fecha de la solicitud
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA
Ley 21/2010, de 7 de julio, de acceso a la asistencia sanitaria de cobertura pública a cargo del Servicio Catalán de la Salud. Comunidad Autónoma de Cataluña «DOGC» núm. 5672, de 16 de julio de 2010 «BOE»
Más detallesLA RESPONSABILIDAD CIVIL DERIVADA DEL DELITO IMPRUDENTE. (III)
LA RESPONSABILIDAD CIVIL DERIVADA DEL DELITO IMPRUDENTE. (III). ANÁLISIS DEL NUEVO BAREMO APROBADO POR LA LEY 35/2015: INDEMNIZACIONES POR SECUELAS PERMANENTES Y LESIONES TEMPORALES Juan José Pereña Muñoz
Más detallesLEY Nº (Publicada: )
Ley de creación del registro nacional de información de contratos de seguros de vida y de accidentes personales con cobertura de fallecimiento o de muerte accidental LEY Nº 29355 (Publicada: 09.05.2009)
Más detallesSISTEMA PARA LA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN
SISTEMA PARA LA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN Artículo 11-1. TÍTULO I Criterios generales para la determinación de la responsabilidad y la indemnización
Más detallesEl Baremo: Presente y Futuro
El Baremo: Presente y Futuro Jornada INADE 23-2-2011 José A. Badillo Arias Jefe del Dpto. Siniestros Índice: 1.- La visión del CCS sobre la reforma del baremo 2.- Principales ventajas del sistema 3.- Críticas
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
DECRETO FORAL /2016,, por el que se modifica el Decreto Foral la jornada del personal funcionario de las Administraciones Públicas EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El artículo 59.3 del Texto Refundido del Estatuto
Más detallesCARRERA PROFESIONAL DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONSELL
CARRERA PROFESIONAL DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONSELL 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN Se reconoce el derecho a la carrera profesional al personal al servicio de la Administración del Consell
Más detallesINFORME Nº 52/2009 Final : 24 de diciembre- 31 de diciembre D.O.E. 1. D.O.E. jueves, 24 de diciembre de D.O.E. lunes, 28 de diciembre de 2009
INFORME SEMANAL Nº 52 Final 2 0 0 9 2 AÑO 2009 CONSEJO DE RELACIONES LABORALES DE EXTREMADURA INFORME Nº 52/2009 Final : D.O.E. 1. D.O.E. jueves, 24 de diciembre de 2009 2. D.O.E. lunes, 28 de diciembre
Más detallesBoletín Oficial de Canarias núm. 123, viernes 26 de junio de Consejería de Sanidad
Boletín Oficial de Canarias núm. 123, viernes 26 de junio de 2009 13761 Consejería de Sanidad 979 DECRETO 81/2009, de 16 de junio, por el que se establecen los precios públicos de los servicios sanitarios
Más detallesACTUALIZACIÓN DE CUANTÍAS PRESTACIONES ECONÓMICAS Año 2008
ACTUALIZACIÓN DE PRESTACIONES ECONÓMICAS Año 2008 SECCIÓN PROGRAMAS GENERALES U.T. Información Documentación Enero 2008 SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL (S.M.I.) DÍA MES AÑO (x14) 20 600 8.400 Para las/los
Más detallesReal Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia
Real Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia Texto consolidado (B.O.E. de 12 de mayo de 2007) Última actualización:
Más detallesCÁLCULO DEL PERJUICIO PATRIMONIAL EN LA INDEMNIZACIÓN POR FALLECIMIENTO EN EL NUEVO BAREMO
CÁLCULO DEL PERJUICIO PATRIMONIAL EN LA INDEMNIZACIÓN POR FALLECIMIENTO EN EL NUEVO BAREMO (Ley 35/2015, de 22 de septiembre): DAÑO EMERGENTE Y LUCRO CESANTE. Pablo Lanzarote Martínez Fiscal delegado de
Más detallesRecursos Formales de apoyo. Departamento de Trabajo Social
II JORNADAS FORMATIVAS PARA FAMILIARES Y CUIDADORES/AS DE PERSONAS CON DEMENCIA Recursos Formales de apoyo. Departamento de Trabajo Social Beatriz Onecha Celestino Carolina Carbonero Martín Trabajadoras
Más detallesPREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA LEY DE DEPENDENCIA
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA LEY DE DEPENDENCIA 1. La Ley de Promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia (LAAD): objeto y principios fundamentales. 2. El Sistema
Más detallesNOVEDADES INTRODUCIDAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL POR EL REAL DECRETO LEY 29/2012 Y EL REAL DECRETO 1716/2012
1-2013 Enero, 2013 NOVEDADES INTRODUCIDAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL POR EL REAL DECRETO LEY 29/2012 Y EL REAL DECRETO 1716/2012 El pasado día 31 de diciembre de 2012, se publicaron en el BOE, dos
Más detallesPRESTACIONES FAMILIARES
PRESTACIONES FAMILIARES LEGISLACIÓN: La Ley 26/90: o Modifica las prestaciones familiares que existían hasta entonces. o Derecho para los trabajadores de todos los Regímenes de la Seguridad Social. o Establece
Más detallesFases: Cálculo Base de Retención Cálculo Cuota de Retención Cálculo Tipo de Retención
I.- Normativa Ley 40/1998 de 9 diciembre Ley 46/2002 de 18 diciembre Ley 35/2006 de 28 noviembre Ley 35/2007 de 15 noviembre Ley 2/2008 de 23 diciembre Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo Real
Más detallesGuía de Prestaciones de Asistencia. Social COMISIÓN DE PRESTACIONES ESPECIALES D 32.06/04
Guía de Prestaciones de Asistencia Social COMISIÓN DE PRESTACIONES ESPECIALES D 32.06/04 Qué son las Prestaciones de Asistencia Social? Son ayudas, beneficios, servicios y auxilios económicos para atender
Más detallesPROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL SISTEMA PARA LA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN.
MINISTERIO DE JUSTICIA MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL SISTEMA PARA LA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN.
Más detallesCuáles son los principios fundamentales que inspiran la Ley? Detallados en el artículo 3 de la LAAD, como más significativos los siguientes:
OBJETO Y PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA LEY DEPENDENCIA Cuál es el objeto de la Ley de Dependencia? Reconocer un nuevo derecho de ciudadanía en España, universal, subjetivo y perfecto: el derecho a la
Más detallesDICTAMEN Nº. 125/2003, de 9 de octubre. *
DICTAMEN Nº. 125/2003, de 9 de octubre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública iniciado a instancia de Dª. X, en nombre y representación de su hija,
Más detallesCLAUSULADO. - Protección respecto de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA LICITACIÓN DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN DE LAS CONTINGENCIAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DEL PERSONAL DEL PARLAMENTO DE LA
Más detallesEl nuevo baremo de daños
El nuevo baremo de daños La Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación Consejo de Redacción
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO. Disposiciones Generales
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Disposiciones Generales ARTICULO 1º.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 en relación con el Art. 41 a) de la Ley del
Más detallesVALORACIÓN MÉDICO LEGAL DE LOS DAÑOS PERSONALES EN LA RESPONSABILIDAD SANITARIA: ESPECIAL REFERENCIA AL NUEVO BAREMO DE LA LEY 35/2.
VALORACIÓN MÉDICO LEGAL DE LOS DAÑOS PERSONALES EN LA RESPONSABILIDAD SANITARIA: ESPECIAL REFERENCIA AL NUEVO BAREMO DE LA LEY 35/2.015 Mª Teresa Criado del Rio Profesora Titular de Medicina Legal y Forense
Más detallesFernando Pérez y Daniel Viñez 1ºC
Fernando Pérez y Daniel Viñez 1ºC En que consiste la asistencia sanitaria? La asistencia sanitaria de la Seguridad Social tiene por objeto la prestación de los servicios médicos y farmacéuticos necesarios
Más detallesTITULO X De la responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio
TITULO X De la responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio CAPITULO I Responsabilidad patrimonial de la Administración Pública Artículo 139. Principios
Más detallesSU APLICACIÓN SERÁ PARA TODO EL PERSONAL DE TODAS LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
MODIFICACIONES DE LA LEY SOBRE PERMISOS PERSONAL FUNCIONARIO ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO LA LEY ORGÁNICA 3/2007, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES, INTRODUCE UNA MODIFICACIÓN EN LA LEY
Más detallesAyuntamiento de Valladolid
El Excmo. Sr. Alcalde, con fecha 28 de junio de 2013, dictó Decreto nº 8114, para la aprobación de la norma de desarrollo del Reglamento regulador de las prestaciones de apoyo a familias del Ayuntamiento
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA
Real Decreto 615 /2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales «BOE» núm. 114, de
Más detallesSe propone al Consejo de Ministros la aprobación del siguiente proyecto de disposición:
MINISTERIO DE DEFENSA REF.: REF.C.M.: Se propone al Consejo de Ministros la aprobación del siguiente proyecto de disposición: Real Decreto por el que se regulan las pensiones e indemnizaciones del régimen
Más detallesREGLAMENTO POR EL QUE SE DESARROLLA EN MATERIA DE INCAPACIDADES LABORALES DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LA LEY 42/1994, DE 30 DE DICIEMBRE
REGLAMENTO POR EL QUE SE DESARROLLA EN MATERIA DE INCAPACIDADES LABORALES DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LA LEY 42/1994, DE 30 DE DICIEMBRE Aprobado por el Real Decreto 1300/1995, de 21 julio (BOE
Más detallesPresupuestos Generales del Estado para 2016: Novedades en materia de Seguridad Social que gestionan las mutuas
Presupuestos Generales del Estado para 2016: Pensiones públicas Art. 36.- Índice de revalorización de pensiones. Las pensiones del sistema de la Seguridad Social experimentarán durante el año 2016 un incremento,
Más detallesTL 04. IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS
TL 04. IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS (7.ª edición, actualizada a diciembre de 2012) SUMARIO 1. REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/1993, DE 24 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE
Más detallesGestión de siniestro nacional
Gestión de siniestro nacional Segurauto 2007. Mondariz. guillermo diaz Declaración amistosa de accidente Art. 8 texto refundido agilizar las indemnizaciones en el ámbito de los daños materiales. declaración
Más detalles(BOE núm. 311, de 26 de diciembre de 2009)
Real Decreto 1856/2009, de 4 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, y por el que se modifica el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.
Más detallesNORMATIVA DE PERMANENCIA Y PROGRESO EN LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO, MÁSTER Y DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA.
NORMATIVA DE PERMANENCIA Y PROGRESO EN LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO, MÁSTER Y DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA. (Aprobada en Consejo Social el 26 de marzo de 2015) EXPOSICIÓN DE
Más detallesReglamento de las Ayudas Sociales a empleados Grupo Norte
Reglamento de las Ayudas Sociales a empleados Grupo Norte Índice CAPITULO I: AYUDAS SOCIALES A EMPLEADOS GRUPO NORTE ARTÍCULO 1 - Constitución. ARTÍCULO 2 - Fines. ARTÍCULO 3 - Vigencia ARTÍCULO 4 - Titularidad.
Más detallesCONGRESO DE LOS DIPUTADOS
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES X LEGISLATURA Serie A: PROYECTOS DE LEY 17 de abril de 2015 Núm. 143-1 Pág. 1 PROYECTO DE LEY 121/000143 Proyecto de Ley de reforma del Sistema para la valoración
Más detallesTributación «IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS 2008 (CASO PRÁCTICO)» A. García-Vaquero Martínez
Tributación «IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS 2008 (CASO PRÁCTICO)» A. García-Vaquero Martínez Abogado y Asesor Fiscal Tratándose la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Más detalles