FONDO DE EMPLEADOS DE HARINERA DEL VALLE REGLAMENTO DEL PROCESO DE ELECCIÓN DE DELEGADOS PERIODO INSTITUCIONAL
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- María Pilar Soriano Figueroa
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1 FONDO DE EMPLEADOS DE HARINERA DEL VALLE REGLAMENTO DEL PROCESO DE ELECCIÓN DE DELEGADOS PERIODO INSTITUCIONAL La Junta Directiva del Fondo de Empleados de Harinera del Valle, en uso de sus facultades legales, establece el siguiente Reglamento para la Elección de los Delegados a la Asamblea General Ordinaria. CONSIDERANDO: 1. Que conforme al artículo 29 de la Ley 79 de 1988 y los artículo 23 y 27 de los Estatutos, la Asamblea General de Asociados puede ser sustituida por una Asamblea General de Delegados. 2. Que le corresponde a la Junta Directiva reglamentar el proceso de elección de los Delegados, de tal manera que el número de Delegados elegidos no sea inferior a 20 principales, pudiendo contemplar la misma cantidad de suplentes, y tendrán un período de hasta 2 años. 3. Que es necesario fijar normas que permitan que el proceso de elección de Delegados, se lleve a cabo con claridad e imparcialidad, dando amplia participación a los asociados. 4. Que se deben determinar las zonas electorales, sus lugares de reunión y el número de Delegados a elegir en cada zona. 5. Que para los efectos del proceso, se hace necesaria la conformación de la Comisión de Elecciones y Escrutinios, la cual será la encargada de dirigir y supervisar el cumplimiento del presente reglamento y del proceso de elección de Delegados. RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- CONVOCATORIA: La Junta Directiva del Fondo de Empleados de Harinera del Valle convoca a todos los Asociados hábiles, para eligir a los Delegados que conformarán la Asamblea General de Delegados para el período institucional (2 años). Los Delegados elegidos para este período, actuarán como tales en las asambleas generales ordinarias y extraordinarias que se celebren durante el período de su elección. 1
2 El proceso de elección de los Delegados se llevará a cabo en las fechas, horas y lugares siguientes: INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS PARA DELEGADOS. Los asociados que deseen postularse como candidatos a Delegados lo podrán hacer a partir de las 8:00 a.m. del 11 de diciembre hasta las 6:00 pm del 22 de diciembre de 2017, al correo electrónico gerencia@fondohv.com La Comisión de Elecciones y Escrutinios en la sede principal, realizará la verificación de la inscripción, asegurándose de que cumpla con todos los requisitos establecidos. La postulación deberá contener la siguiente información: 1. Nombre completo del aspirante. 2. Número de identificación. 3. Ciudad. 4. Dirección. 5. Teléfono. El día 26 de diciembre de 2017, el Fondo publicará en su página web, en su cartelera o en los demás medios que considere convenientes, el listado de candidatos inscritos por zonas electorales, para el conocimiento de los asociados. VOTACIONES Los asociados podrán votar por los candidatos habilitados Comisión de Elecciones y Escrutinios, del 9 al 19 de enero de 2018, en el horario de 8:00 a..m. a 12:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m., en los siguientes lugares: SEDE PLANTA, DISTRITO O SOCIEDAD DIRECCION UBICACIÓN PLANTA BOGOTA INDUSTRIA SANTA CLARA CRA. 43 No COMEDOR 2DO PISO CALI HV CALI CRA. 1 A No RAPITIENDA CALI FLORIDA INGENIO MARIA LUISA CARRETERA FLORIDA CORREGIMIENTO SAN ANTONIO DE LOS CABALLEROS RAPITIENDA FONDO BOGOTA HV BOGOTA CRA. 34 No OFICINA COMERCIAL FONDO PALMIRA HV PALMIRA CRA. 33 A No OFICINA - RECEPCION BOGOTA MAMA-IA CRA. 65 No COMEDOR DAGUA HV DAGUA KM 46 VIA AL MAR - DAGUA OFICINA - RECEPCION BARRANQUILLA HV BARRANQUILLA VIA 40 No OFICINA - RECEPCION VILLA RICA HV VILLA RICA CONDOMINIO INDUSTRIAL PARQUE SUR OFICINA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO MEDELLIN HV MEDELLIN CRA. 48 B No. 99 SUR - 59 BODEGA 38 OFICINA LIDER ADMINISTRATIVO 2
3 SEDE PLANTA, DISTRITO O SOCIEDAD DIRECCION UBICACIÓN PLANTA BOGOTA INDUSTRIA SANTA CLARA CRA. 43 No COMEDOR 2DO PISO CALI HV CALI CRA. 1 A No RAPITIENDA CALI FLORIDA INGENIO MARIA LUISA CARRETERA FLORIDA CORREGIMIENTO SAN ANTONIO DE LOS CABALLEROS RAPITIENDA FONDO BOGOTA HV BOGOTA CRA. 34 No OFICINA COMERCIAL FONDO PALMIRA HV PALMIRA CRA. 33 A No OFICINA - RECEPCION BOGOTA MAMA-IA CRA. 65 No COMEDOR DAGUA HV DAGUA KM 46 VIA AL MAR - DAGUA OFICINA - RECEPCION BARRANQUILLA HV BARRANQUILLA VIA 40 No OFICINA - RECEPCION VILLA RICA HV VILLA RICA CONDOMINIO INDUSTRIAL PARQUE SUR OFICINA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO MEDELLIN HV MEDELLIN CRA. 48 B No. 99 SUR - 59 BODEGA 38 OFICINA LIDER ADMINISTRATIVO ARTÍCULO 2º. DEFINICIONES: ELECCIÓN DE DELEGADOS: Se entiende por elección de Delegados el proceso de convocatoria, postulación, elección y escrutinios que se efectuará en las distintas zonas electorales con participación de los asociados hábiles, de acuerdo con la lista verificada por el comité de Control Social. DELEGADO: Se entiende por Delegado, al asociado hábil que ha sido elegido por otros asociados, para que los represente en la Asamblea General de Delegados. ASOCIADOS HÁBILES: Son asociados hábiles, como indica el artículo 21 del de los Estatutos, los inscritos en el registro social, que no tengan suspendidos sus derechos y que en la fecha de la convocatoria se encuentren al día en el cumplimiento de sus obligaciones con el Fondo de Empleados de Harinera del Valle. El Comité de Control Social, será el encargado de verificar la lista de asociados hábiles e inhábiles y de certificar y publicar la lista de los Asociados inhábiles. ARTÍCULO 3º. CALIDAD DE LOS DELEGADOS: Los Asociados que elijan a sus representantes deberán tener en cuenta que sus Delegados deben salvaguardar el principio de equidad, tener vocación de servicio, liderazgo, competencias básicas que apoyen los proyectos que velen por el bienestar del Fondo y de sus Asociados. ARTÍCULO 4º. PERÍODO Y CALIDAD DE LOS DELEGADOS. El período del carácter de Delegado será de dos (2) años, contados desde la elección respectiva hasta la elección de los nuevos Delegados. Por lo tanto, comprenderá la participación en las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Asambleas General de Delegados por los años 2018 y
4 Parágrafo: El período de elección de los Delegados es institucional y no personal. Las vacancias absolutas se suplirán por lo que reste del período para el cual fue elegido, por el suplente númerico de la zona correspondiente. ARTÍCULO 5º. FUNCIONES DEL DELEGADO. Serán funciones del Delegado: 1. Asistir a las reuniones ordinarias o extraordinarias de la Asamblea General de Delegados con el fin de examinar, modificar, aprobar o improbar la decisiones y/o deliberaciones que se presente a su consideración. 2. Trasmitir a los asociados de su zona información sobre los servicios del Fondo. 3. Representar ante al Fondo al grupo que lo eligió e informarlo de los asuntos relacionados con la administración de la misma. 4. Actuar como nexo entre el Fondo y los asociados. 5. Asistir a las reuniones informativas a las que se le cite durante su período como Delegado. 6. Motivar a los potenciales asociados del Fondo, para que se vinculen, dando a conocer los beneficios ofrecidos. 7. Las demás funciones de la Asamblea General consignadas en los Estatutos del Fondo. Parágrafo. En las reuniones de la Asamblea General de Delegados, quien ejerza la calidad de Delegado tendrá derecho solamente a un voto y no podrá delegar su representación en ningún caso ni para ningún efecto. ARTÍCULO 6. NÚMERO DE DELEGADOS A ELEGIR: Se elegirán un total de veintiséis (26) Delegados, en proporción de un Delegado por cada por cada setenta (70) asociados hábiles, conforme al número total de asociados al corte del mes noviembre de 2017 ARTÍCULO 7º. ZONAS ELECTORALES Y SU CONFORMACIÓN: Para efectos de determinar el número de Delegados a elegir en cada zona electoral, se seguirá el siguiente procedimiento: 1. Se partirá de las plantas de producción, distritos o sociedades a las cuales se encuentren vinculados los asociados del Fondo. 2. Las plantas de producción, distritos o sociedades que tengan un número de asociados inferior a esta cifra se agruparán con otras para completar la zona. 3. El número de Delegados de cada zona deberá guardar relación proporcional con el número de asociados. Conforme a lo anterior, se establecieron las siguientes zonas electorales. 4
5 ZONA PLANTA, DISTRITO O SOCIEDAD ASOCIADOS NÚMERO DE DELEGADOS 1 INDUSTRIA SANTA CLARA HV CALI INGENIO MARIA LUISA HV BOGOTÁ HV PALMIRA MAMA-ÍA HV DAGUA HV BARRANQUILLA 52 HV VILLA RICA 48 HV MEDELLIN 46 HV BUCARAMANGA 26 JUBILADOS 25 HV PEREIRA 25 HV IBAGUÉ 15 HV DUITAMA HV NEIVA 13 HV PASTO 12 CONSULTORÍAS DE INVERSIONES 9 FONDO DE EMPLEADOS 6 PORTAGRANELES 3 TOTAL ARTÍCULO 8º. DELEGADOS SUPLENTES. Los suplentes serán numéricos, reemplazarán a los principales de su misma zona en sus faltas temporales o absolutas, en el caso de estas últimas por lo que reste del período. Se considerarán suplentes numéricos todos aquellos candidatos que hayan obtenido algún voto en orden descendente. En caso de empate decidirá la suerte. ARTÍCULO 9º. DEL PROCESO ELECTORAL: Para el proceso de elección de Delegados, se tendrá en cuenta el siguiente procedimiento: 2 La Administración publicará la lista de los Asociados inhábiles, en lugar visible en cada distrito y/o planta con una antelación no inferior a un (1) día habíl, de la fecha de iniciación del proceso electoral. La lista de los candidatos inscritos para cada zona electoral se colocará en la zona a la cual corresponda y se colocará en lugar visible del sitio donde se lleva a cabo la elección. 5
6 Cada persona votará únicamente por un Asociado de su zona electoral que esté inscrito como candidato a Delegado. La elección de Delegados se hará por votación uninominal, esto significa que cada Asociado podrá votar por uno sólo de los candidatos inscritos en su respectiva zona. De acuerdo con la votación en cada zona se escogerán por mayoría de votos los Delegados principales hasta completar el número requerido y los siguientes serán considerados delegados suplentes. El Fondo de Empleados contará también como válidos los votos que se reciban a través de los correos personales o corporativos de los Asociados que se encuentren en una zona diferente a la que estén inscritos. En ningún caso y por ningún motivo el número de votos emitido en una zona electoral será superior al número de Asociados hábiles de esta zona. Ningún Asociado podrá ser elegido en representación de una zona diferente a la cual está inscrito. Los empates que se presenten serán definidos por el sistema de sorteo, establecido por la Comisión de Elecciones y Escrutinios. ARTÍCULO 10. COMISIÓN DE ELECCIONES Y ESCRUTINIOS. Tienen a su cargo la dirección del Proceso de Elección de Delegados Período Institucional , velando porque se lleve a cabo dentro de un marco legal y democrático y de resolver las situaciones o problemas que puedan presentarse dentro del desarrollo del mismo. La Junta Directiva nombrará la Comisión de Elecciones y Escrutinios, la cual compuesta por tres (3) personas de la siguiente manera: El Gerente del Fondo. El Presidente de la Junta Directiva. Un integrante del Comité de Control Social. ARTÍCULO 11. DE LOS RESULTADOS DE LAS ELECCIONES. Una vez cerrada la votación, la Comisión de Elecciones y Escrutinios, diligenciará el formato de acta respectiva, en la cual se dejará constancia de los Delegados electos y de los demás hechos sucedidos durante el proceso, con anotaciones claras y precisas y con la indicación de motivos correspondientes cuando sea el caso. El acta levantada estará suscrita por los integrantes de la Comisión de Elecciones y Escrutinios y deberá contener como mínimo la fecha, lugar, hora de la reunión, número de asociados de cada zona que votaron por la lista o listas 6
7 inscritas, nombre y número de votos obtenido por cada candidato, el nombre completo y apellidos de los Asociados elegidos como Delegados y la zona a la cual corresponden. El Acta de la Comisión de Elecciones y Escrutinios, se entregará a la Junta Directiva en original, con copia al Comité de Control Social y al Gerente del Fondo, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al cierre de las votaciones. Una vez el Gerente del Fondo reciba el Acta, notificará por escrito la elección a cada uno de los Delegados. ARTÍCULO 12. APOYO LOGÍSTICO Y ORGANIZATIVO. La Administración del Fondo de Empleados de Harinera del Valle dará a la Comisión de Elecciones y Escrutinios a los Asociados hábiles y a los Delegados electos, el apoyo logístico y organizativo que se requiera durante todo el proceso electoral, a fin de garantizar en todas las zonas el éxito del mismo y el cabal desarrollo de la Asamblea. ARTÍCULO 13. INTERPRETACIÓN. En caso de existir vacíos en el presente reglamento, se suplirán con la legislación electoral vigente. No obstante lo anterior, cuando se presente alguna duda en la aplicación del presente reglamento, será facultad exclusiva de la Jutna Directiva del Fondo, absolver la misma. ARTÍCULO 14. APROBACIÓN Y VIGENCIA. El presente Reglamento fue aprobado por la Junta Directiva, mediante acta No.204 del 24 de noviembre de 2017, estando vigente desde su aprobación. 7
La Junta Directiva del Fondo de Empleados Fondexo, en uso de sus atribuciones legales y las conferidas en los Estatutos y, CONSIDERANDO
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