AMPPI. Marcas, Nombres Comerciales y Avisos Comerciales 15 de julio de 2014 Lic. Alfredo Rangel Ortiz
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- Julio Henríquez Rivas
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1 AMPPI Marcas, Nombres Comerciales y Avisos Comerciales 15 de julio de 2014 Lic. Alfredo Rangel Ortiz 1
2 Signos Distintivos Marcas Nombres Comerciales Avisos Comerciales Denominaciones de Origen 2
3 Principales ordenamientos aplicables 3
4 Principales Autoridades Encargadas de su Aplicación 4
5 Concepto Legal de Marca Todo signo visible que distinga productos o servicios de otros de su misma especie o clase en el mercado (Art. 88 de la Ley de la Propiedad Industrial [LPI]). 5
6 Función de Distinción La marca sirve ante todo para distinguir un producto o servicio de otro de su mismo género. La función diferenciadora es patente en los Artículos 88 y 89 de la LPI cuando se refiere a todo signo visible que distinga productos o servicios de otros de su misma especie o clase y al señalar que pueden constituir una marca las denominaciones y figuras visibles suficientemente distintivas, susceptibles de identificar los productos o servicios a que se apliquen o traten de aplicarse, frente a los de su misma especie o clase. 6
7 Función de Protección La marca tiene por objeto proteger a su titular de sus competidores. Permite al productor que sus productos sigan en el mercado y que pueda controlar su difusión. También protege al consumidor, ya que gracias a la marca el consumidor tendrá un medio de entrar en relación con el productor. 7
8 Función de Indicación de Procedencia La marca se emplea primordialmente para dar al probable comprador una indicación sobre la procedencia de los productos. 8
9 Función Social o de Garantía de Calidad La marca es una garantía para el consumidor y para el fabricante; para el consumidor porque está asegurado de que se le da el producto que quiere comprar; para el fabricante, que encuentra así un medio de distinguirse de sus competidores y de afirmar el valor de sus productos. 9
10 Función de Propaganda La atracción de la clientela se opera en forma directa por el conocimiento que el público tiene de los artículos, precisamente por medio de la marca que los identifica. 10
11 Caracteres Esenciales de la Marca 11
12 Distintiva Debe distinguir productos de o servicios de otros iguales o similares de distinta procedencia. Debe ser de tal manera distintiva que evite toda confusión con los otros productos similares. 12
13 Especial Su naturaleza ha de ser tal que no se confunda con otra y pueda ser reconocida fácilmente. Solo se aplica a la categoría de productos para los que ha sido creada. La misma marca puede ser registrada por distintas personas para distinguir productos o servicios de otras clases. Excepción: marcas notoriamente conocidas. 13
14 Novedosa Un signo solo puede ser distintivo en tanto que no ha sido empleado o registrado aún, pues de lo contrario, no cumplirá su función esencial y antes bien su uso provocaría confusiones. 14
15 Lícita La ley prohíbe el registro de todo lo que sea contrario a la moral, a las buenas costumbres y a las leyes prohibitivas (Art. 4 LPI). 15
16 Veraz No debe contener indicaciones contrarias a la verdad, que puedan inducir al público en error sobre el origen y calidad de las mercancías o servicios o que de cualquier modo constituyan actos que hagan incurrir en engaño en la selección de los productos o servicios. 16
17 Caracteres Secundarios de la Marca El uso de la marca es potestativo (excepción: marcas obligatorias Art. 129) No es necesario estampar materialmente la marca sobre las mercancías La marca debe ser aparente (en oposición a su aplicación oculta) La marca debe ser individual [Porque está destinada a cubrir los productos de un establecimiento determinado y puede únicamente ser utilizada por el sujeto a quien corresponda, ya sea persona física o jurídica. Si la marca amparara a la vez los productos de diversas personas, fracasaría en su finalidad de determinar la procedencia de los artículos. excepciones: marcas colectivas (Artículos 96, 97 y 98 LPI) y usuarios autorizados Artículos 136 a 142 LPI y 64 y 65 RLPI)]. 17
18 Clasificaciones o Tipos de Marcas NOMINATIVAS INNOMINADAS TRIDIMENSIONALES MIXTAS COLECTIVAS DE CERTIFICACIÓN LIGADAS 18
19 19
20 20
21 21
22 22
23 K y Diseño Q y diseño 23
24 24
25 Uso La generación del derecho: en México Art. 92-I LPI en el Extranjero Fecha de primer uso: Art. 113-III LPI. Trascendencia de este requisito: Art. 151-II Registro Art. 87 LPI Sistema mixto Notoriedad Fama 25
26 Marcas Registrables Según el Artículo 89 LPI, pueden constituir una marca: Las denominaciones y figuras visibles Suficientemente distintivas Susceptibles de Identificar Los productos o servicios A que se apliquen O traten de aplicarse Frente a los de su misma especie o clase 26
27 Marcas Registrables Las formas tridimensionales (quedan incluidos como formas tridimensionales los envoltorios, envases, la forma o presentación de los productos Art. 53 Reglamento LPI) 27
28 Marcas Registrables Los nombres comerciales Las denominaciones o razones sociales Siempre que no queden comprendidos en las prohibiciones contenidas en el Art. 90 LPI 28
29 Marcas Registrables El nombre propio de una persona física Siempre que no se confunda con una marca registrada o un nombre comercial publicado Ni esté comprendido en las prohibiciones del Art. 90 LPI 29
30 Marcas No Registrables Art. 4 LPI Art. 90 LPI 30
31 Procedimiento para registrar marcas 31
32 Anexos de la Solicitud 32
33 Derechos del Titular del Registro Marcario Al uso exclusivo de la Marca (Art. 87 LPI) De persecución de infractores (Art. 213 IV, V, VIII, XVIII, XIX, XX, XXI y XXVI y 223 II y III LPI) Exigir la reparación del daño y pago de daños y perjuicios (Arts. 221 y 221 bis LPI) 33
34 Derechos Obtener la expedición del dictamen técnico para el ejercicio de la acción penal en caso de delito (Art. 225 LPI) Solicitar la práctica de medidas precautorias en caso de violación de derechos (Arts. 199 Bis y 211 LPI) Solicitar la nulidad de registros posteriores (Art. 151 I, II y IV LPI) 34
35 Derechos Transmisión (cesión) total o parcial (Art. 143 LPI) Otorgar licencias (franquicias) (Arts. 136 Y 142 LPI) Renovar el registro (Art. 133 LPI) Renunciar al registro mediante su cancelación (Art. 154 LPI) 35
36 Derechos Ostentar la leyenda Marca Registrada, su abreviatura o el símbolo (Art. 131 LPI) Limitar los productos o servicios amparados, en forma voluntaria (Art. 94 LPI) 36
37 Obligaciones del Titular del Registro Usar la marca dentro de los tres años siguientes a la fecha de concesión del registro (Arts. 130 LPI y 62 RLPI) Usar la marca en territorio nacional, tal como fue registrada o con modificaciones que no alteren su carácter distintivo (Art. 128 LPI) 37
38 Obligaciones Usar la marca precisamente como marca y no tolerar que se use y transforme en denominación genérica (Art. 153 LPI) Efectuar la renovación cada 10 años (Art. 133 LPI) Registrar contratos de licencia de uso de marca (Arts. 136 a 141 LPI) 38
39 Obligaciones Proporcionar al prospecto de franquiciatario la información de la empresa y del contrato y registrar el contrato (Arts. 136 a 142 Bis 3 LPI) Registrar contratos de cesión (el nuevo titular) (Art. 143 LPI) 39
40 Obligaciones Usar la leyenda Marca Registrada, su abreviatura o el símbolo para el ejercicio de acciones civiles y penales y para la práctica de medidas precautorias (Art. 229 LPI) (?) vs Art. 5 D Convenio de París 40
41 Modos de Concluir la Exclusividad Caducidad por falta de renovación (Arts. 133, 134 y 152 LPI) Caducidad por falta de uso durante los tres años consecutivos inmediatos anteriores a la solicitud de declaración administrativa de caducidad (Arts. 130 y 152 III LPI) 41
42 Modos de Concluir la Exclusividad Caducidad por uso distinto (con modificaciones que si alteren su carácter distintivo) (Arts. 128 y 130 LPI) Cancelación voluntaria (Art. 154 LPI) Cancelación por convertirse en término genérico (Art. 153 LPI) Nulidad (Art. 151 LPI) 42
43 Excepciones a los efectos del registro Importaciones paralelas (Art. 92-II LPI) Uso previo (Art. 92-I LPI) Prohibición de Uso (Art. 129 LPI) Uso como nombre, denominación o razón social (Arts. 91 uso previo y 92-III uso acostumbrado y distintivo LPI) 43
44 Nombre Comercial Corresponde al signo distintivo que se utiliza para identificar la empresa de una persona física o jurídica, de las demás que tienen la misma o similar actividad industrial o mercantil. También se le conoce como rótulo o muestra del establecimiento 44
45 Nombre Comercial Si la marca tiene por objeto distinguir productos y servicios, el nombre comercial tiene como finalidad diferenciar establecimientos, negociaciones, empresas. En términos generales, la protección que la ley brinda a la marca presupone su registro. El nombre comercial se protege sin que sea preciso su registro, bastando para que goce de la protección legal el hecho de su uso. 45
46 Nombre Comercial El nombre comercial de una empresa o establecimiento industrial, comercial o de servicios y el derecho a su uso exclusivo estarán protegidos, sin necesidad de registro. La protección abarcará la zona geográfica de la clientela efectiva de la empresa o establecimiento al que se aplique el nombre comercial y se extenderá a toda la República si existe difusión masiva y constante a nivel nacional del mismo. (Art. 105 LPI) 46
47 Nombre Comercial Puede solicitarse la publicación del nombre comercial en la Gaceta de la Propiedad Industrial para producir el efecto de establecer la presunción de la buena fe en la adopción y uso del mismo (Art. 106 LPI) La solicitud que se presente ante el IMPI debe acompañarse de los documentos que acrediten el uso efectivo del nombre comercial aplicado a un giro determinado (Art. 107 LPI) 47
48 Nombre Comercial No se publicarán los nombres comerciales que carezcan de elementos que distinguir a la empresa o establecimiento de que se trate de otros de su género, ni aquéllos que contravengan en lo aplicable, las disposiciones contenidas en el Artículo 90 de la ley. (Art. 109) Sin embargo, ver ejemplos 48
49 Nombre Comercial Los efectos de la publicación de un nombre comercial durarán diez años, a partir de la fecha de presentación de la solicitud y podrá renovarse por períodos de la misma duración. De no renovarse, cesarán sus efectos. (Art. 110 LPI) 49
50 Nombre Comercial En la transmisión de una empresa o establecimiento se comprenderá el derecho de uso exclusivo del nombre comercial, salvo estipulación en contrario. (Art. 111 LPI) El nombre comercial se regirá en lo que sea aplicable y no haya disposición especial, por lo establecido en la ley y el reglamento para las marcas (Arts. 112 LPI y 67 RLPI) 50
51 Nombre Comercial MUEBLERÍA ANCORA, S.A. No de agosto de 1951; giro: compraventa de muebles en general ACME-LITO OFFSET No de agosto de 1951; giro: venta y fabricación de papelería LERDO CHIQUITO No de 9 de febrero de 1988; giro: fabricación y compra-venta de toda clase de muebles de madera 51
52 Nombre Comercial CAPILLAS DEL DIVINO REDENTOR FUNERAL HOME No de 30 de septiembre de 1998; giro: servicios funerarios a previsión, servicios funerarios consistentes en embalsamamiento de personas fallecidas, traslado de personas fallecidas a la funeraria y a cementerios, venta y renta de ataúdes, capillas de velorio o equipo de velación a domicilio, carrozas para traslado de cadáveres, trámites para la velación e inhumación de personas fallecidas 52
53 Aviso Comercial Es el texto de anuncio publicitario, del slogan comercial con el que se dan a conocer al público para efectos de su propaganda, los tres signos identificadores de mercaderías, servicios y establecimientos comerciales. 53
54 Aviso Comercial Se considera aviso comercial a las frases u oraciones que tengan por objeto anunciar al público, establecimientos o negociaciones comerciales, industriales o de servicios, productos o servicios para distinguirlos de los de su especie (Art. 100 LPI) El derecho exclusivo para usar un aviso comercial se obtiene mediante su registro ante el Instituto (Art. 99 LPI) 54
55 Aviso Comercial Si el aviso comercial tiene por objeto anunciar algún establecimiento o negociación, sean estos de la naturaleza que fueren, se considerará comprendido en una clase especial, complementaria de la clasificación que establezca el reglamento de esta Ley. El registro no amparará en estos casos productos o servicios, aún cuando estén relacionados con el establecimiento o negociación. (Art. 102 LPI) 55
56 Aviso Comercial Para los efectos del Artículo 102 de la Ley, se aplicará la clasificación prevista en el Artículo 59 de este Reglamento, en lo conducente. (Art. 66 RLPI) 56
57 Aviso Comercial El registro tiene una vigencia de 10 años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud y podrá renovarse por períodos de la misma duración (Art. 103 LPI) Los avisos comerciales se regirán, en lo que no haya disposición especial, por lo establecido en la Ley y el reglamento para las marcas (Arts. 104 LPI y 67 RLPI) 57
58 Aviso Comercial CONSEJOS DEL ABUELO No de agosto de 1951; para anunciar: fabricación y comercio de productos químicos, medicinales, etc. LOS ENVASES TETRA BRIK MANTIENEN BUENO LO BUENO No de 2 de febrero de 1988; para anunciar: receptáculos 58
59 Aviso Comercial PARA PERROS CON MUCHO COLMILLO No de 3 de febrero de 1988; para anunciar: animales vivos y sus alimentos BACARDI NO COMBINA CON EL VOLANTE No de 19 de febrero de 1988; para anunciar: licores alcohólicos 59
60 Alfredo Rangel Ortiz NORIEGA Y ESCOBEDO, A.C. Sierra Mojada 626 Lomas Barrilaco México, D.F. Tel. (5255) Fax (5255) arangel@nye.com.mx 60
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