Esta documentación será acreditada ante la Empresa de ENDESA, 24 horas antes del inicio de los trabajos contratados.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Esta documentación será acreditada ante la Empresa de ENDESA, 24 horas antes del inicio de los trabajos contratados."

Transcripción

1 1. DISPOSICIONES COMUNES EN MATERIA JURÍDICO LABORAL 1.1. Cumplimiento de la Normativa. El Vendedor cumplirá la normativa laboral, legal o convencional, que le sea de aplicación y las disposiciones en materia de Seguridad Social respecto a los trabajadores a su cargo. A tal efecto se controlará por la Empresa de ENDESA el cumplimiento de las obligaciones jurídico-laborales previstas en la legislación vigente, requiriendo al Vendedor, además de la ya solicitada con la oferta, la acreditación de la documentación que se indica seguidamente: 1.1.a. Antes del comienzo de los trabajos. Libro de Matrícula y Visita. Documento de cobertura de los riesgos profesionales con mutua patronal o con el INSS, según proceda, y datos de autoseguro en su caso. Seguro de Responsabilidad Civil, (de acuerdo con las Condiciones Generales de Contratación). Relación nominal de los trabajadores de la empresa contratista que prestarán servicios en las instalaciones de la Empresa de ENDESA, con especificación individual del nombre, apellidos, categoría profesional, DNI, Nº de afiliación a la Seguridad Social, domicilio y tipo de contrato laboral que le liga a su empresa, así como la duración del mismo. Alta en la Seguridad Social de los referidos trabajadores, en un plazo que no exceda al día siguiente del comienzo de los trabajos. Certificado de residencia, en el caso de servicios prestados por no residentes en el país. Esta documentación será acreditada ante la Empresa de ENDESA, 24 horas antes del inicio de los trabajos contratados. Por parte de la Dirección de las Empresas de ENDESA se le indicará expresamente al Vendedor en qué Unidad deberá presentar la documentación. 1.1.b. Durante la ejecución del contrato. Deberán informar: De las altas y bajas que se produzcan entre el personal que realiza la prestación. Informarán inmediatamente después de producirse o como máximo en el día siguiente hábil. Mensualmente: Boletines de cotización Mod. TC1 y TC2. Copia de los recibos de los salarios de los trabajadores. Libro de Matrícula del personal. Copia de la comunicación de apertura del Centro de Trabajo a la Autoridad Laboral, cuando ésta proceda legalmente (por ser los trabajos de duración superior a un mes). Trimestralmente: Certificación negativa por descubierto relativa al mes anterior emitida por la entidad gestora de la Seguridad Social. Contratos de trabajo, Libros de Matrícula de Personal y Libro de Visita de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Declaración, cuando proceda, del apoderado de la empresa Contratista donde se certifique que sus empresas subcontratistas se encuentran al corriente de sus obligaciones salariales, de Seguridad Social y de Prevención y de Seguridad. Esta documentación será acreditada ante la empresa de ENDESA en cuyo ámbito se desarrollan los trabajos contratados. Por parte de la Dirección de las empresas de ENDESA, se le indicará expresamente al Vendedor, en qué Unidad deberá presentar la documentación. 2. DISPOSICIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL PARA EL SUMINISTRO DE MATERIALES Y EQUIPOS 2.1. Disposiciones Generales. 1agina p

2 2.1.a. Cumplimiento de la normativa. El Vendedor cumplirá la normativa sobre prevención de riesgos laborales constituida por la Ley 31/1995 de 8 de Noviembre, sus disposiciones de desarrollo o complementarias y cuantas otras normas, legales o convencionales, contengan prescripciones relativas a la adopción de medidas preventivas en el ámbito laboral o susceptibles de producirlas en dicho ámbito. 2.1.b. Organización del trabajo. La organización del trabajo y la organización de la seguridad que requiere la obra o servicio es obligación del Vendedor, quién designará un responsable de su organización, de acreditada competencia, a efectos de su dirección, supervisión y coordinación si procede, con responsables de otros Vendedores, personal de ENDESA con responsabilidad en materia de prevención y personal del Servicio de Prevención Mancomunado de ENDESA. Organización preventiva: Se establecerá por el Vendedor la modalidad de organización preventiva, incluidos servicios de prevención y asistencia sanitaria en obra, que exijan las disposiciones legales, se acuerde en el plan de coordinación de actividades o aconseje la prudencia en función de los riesgos derivados del trabajo, a fin de evitar siniestros laborales. 2.1.c. Personal del Vendedor. El Vendedor garantizará la seguridad y protección de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. A tal efecto y en el marco de su exclusiva responsabilidad, adoptará las medidas necesarias en materia de evaluación de riesgos, planificación preventiva, formación e información sobre riesgos, actuación en caso de emergencia o de riesgo grave e inminente y de vigilancia de la salud del personal a su servicio. 2.1.d. Coordinación de actividades. En el supuesto de que el suministro de materiales y equipos conlleve la realización de trabajos de instalación, el Vendedor redactará un Plan de Seguridad relativo a los trabajos de instalación, que someterá a la revisión de ENDESA antes del inicio de los trabajos, salvo que sea dispensado expresamente de ello por ENDESA. Cuando concurran varios Vendedores en la realización de estas actividades, cada Vendedor cooperará en la aplicación de la normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales, asumiendo sus obligaciones y respondiendo de sus incumplimientos. ENDESA establecerá un Plan de Coordinación, en orden a que los Vendedores desarrollen las actividades mencionadas, en su centro de trabajo, reciban la información y las instrucciones adecuadas en relación con los riesgos existentes y con las medidas de protección y prevención correspondientes, así como sobre las medidas de emergencia a aplicar, para su traslado a sus respectivos trabajadores. El Plan de Coordinación contemplará asimismo los supuestos en que los trabajadores del Vendedor, sin prestar servicios en los centros del Grupo ENDESA, operen con maquinaria, equipos, productos, materias primas o útiles, proporcionados por ENDESA. Asimismo cada vendedor informará a ENDESA de los riesgos derivados de la actividad a realizar, que puedan afectar a trabajadores propios o ajenos, así como de las medidas de protección a adoptar. 2.1.e. Actividades de especial peligrosidad. En caso de que la instalación por el Vendedor del material o equipo suministrado a ENDESA, conlleve la realización de actividades de especial peligrosidad, con exposición de los trabajadores a alguno de los riesgos definidos en el Anexo I del R.D. 39/97 del "Reglamento de los Servicios de Prevención", o en su caso Anexo II del R.E. 1627/97 sobre "Seguridad en Obras de Construcción", ENDESA podrá solicitar al Vendedor, cuantos datos sobre vigilancia de la salud de sus 2agina p

3 trabajadores sean legalmente exigibles, para asegurar el cumplimiento de la legislación de Prevención de Riesgos Laborales. En particular y cuando se den las circunstancias anteriores, el Vendedor facilitará a ENDESA, antes del inicio de la obra de instalación, la documentación siguiente: Relación del personal sometido a los riesgos reseñados y fecha de la última revisión médica. Servicio Médico que ha realizado la revisión. La calificación de "apto" para los trabajos de instalación reseñados. 2.1.f. Comunicación de accidentes, incidentes y riesgos. Siempre que se produzca un accidente en sus actividades incluso cuando no se produzcan víctimas, cada Vendedor tiene la obligación ineludible de dar cuenta del mismo al responsable de ENDESA en obra, rellenando los impresos de declaración de accidentes que le facilite ENDESA o los suyos propios, en caso contrario. Además, cuando sea requerido por ENDESA, el Vendedor procederá a realizar una investigación complementaria, en el que se reflejan las causas originarias del accidente y las medidas preventivas adoptadas. Cuando ENDESA abra un expediente para investigar las causas de un accidente, todos los Vendedores estarán obligados a prestar la máxima colaboración, facilitando cuantos datos y gestiones les sean solicitados. Toda observación hecha por el Responsable de ENDESA en obra, deberá ser atendida inmediatamente por el personal a quien vaya dirigida y cuando ésta estuviese motivada por la inobservancia de normas o prescripciones ya establecidas, podrá dar lugar a una sanción que habrá de ser proporcionada a la falta cometida. Con vistas a la mejora permanente de las condiciones de trabajo y seguridad, el personal participante en los trabajos contratados, deberá hacer llegar a sus superiores, las sugerencias que estime convenientes. Dichas sugerencias se harán llegar, por el procedimiento de comunicación que en cada caso se establezca, al responsable de ENDESA para la obra o servicio. Las acciones a tomar a resultas de estas informaciones se decidirán por el responsable del Vendedor y en caso necesario se someterán a la aprobación del responsable de ENDESA para la obra o servicio. 2.1.g. Formación. El Vendedor Garantizará la adecuada formación y adiestramiento de su personal en materia de Prevención y Primeros Auxilios, dando cuenta de las acciones llevadas a cabo en este sentido al responsable de ENDESA para la obra o servicio Disposiciones particulares para materiales y equipos. 2.2.a. Condiciones de Seguridad. El Vendedor está obligado al cumplimiento de lo prescrito en el artículo 41 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales relativo a las condiciones de Seguridad de la maquinaria, equipos, productos y útiles que suministre a ENDESA. El Vendedor asegurará que la maquinaria, equipos y útiles de trabajo suministrados a ENDESA, no constituirán una fuente de peligro para el trabajador, siempre que sean instalados y utilizados en las condiciones, forma y para los fines recomendados. El Vendedor facilitará a ENDESA la información que indique la forma correcta de utilización por los trabajadores, las medidas preventivas adicionales que deben tomarse y los riesgos laborales que conlleven los materiales y equipos suministrados, tanto en su uso normal, como su manipulación o empleo inadecuado. 2.2.b. Suministro de maquinaria. En caso de suministro de maquinaria el Vendedor asegurará a ENDESA el cumplimiento de los requisitos que afecten a la misma, contenidos en el R.D. 1435/92 sobre "Requisitos esenciales de Seguridad y Salud en Máquinas". 3agina p

4 En el Manual de Instrucciones de empleo de la maquinaria o equipos que el Vendedor suministre a ENDESA, figurarán todas las especificaciones que el referido R.D. 1435/92 de "máquinas" establece como necesarias y en particular, las instrucciones para que puedan efectuarse con un nivel de riesgo admisible: la puesta en servicio, la utilización, la manutención, la instalación, el montaje, el desmontaje, el reglaje, el mantenimiento (conservación y reparación), las instrucciones de aprendizaje y las contraindicaciones de empleo del equipo. 2.2.c. Suministro de productos y sustancias químicas. El Vendedor está obligado a suministrar a ENDESA los productos y sustancias químicas correctamente envasados y etiquetados, de forma que se permita su conservación y manipulación en condiciones de seguridad y se identifique claramente el contenido y los riesgos para al seguridad y salud de los trabajadores que su almacenamiento o utilización comporten. Cuando el Vendedor suministre ENDESA productos químicos que puedan presentar, en función de sus características de composición y empleo, riesgos para los trabajadores, y en todo caso, si dichos productos están reglamentariamente clasificados como: tóxicos, nocivos, inflamables, explosivos, corrosivos, cancerígenos, radiactivos, etc., informará a ENDESA de los riesgos que conlleva su uso y aplicación, así como sobre las medidas preventivas para su eliminación o control. El Vendedor está obligado a informar a ENDESA, en caso de suministro de material que contenga polvos metálicos, polvos orgánicos, amianto, sílice u otras sustancias que puedan originar riesgos de especial peligrosidad a los trabajadores o a las instalaciones. El Vendedor asegurará a ENDESA el cumplimiento del R.D. 664/97 sobre la "Protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo", cuando suministre preparados o sustancias que puedan implicar dichos riesgos. El Vendedor asegurará a ENDESA el cumplimiento del R.D. 665/97 sobre la "Protección de los trabajadores sobre los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo", en el caso de que suministre a ENDESA sustancias o preparados clasificados como agentes cancerígenos o que deba aplicar en ENDESA los procesos referidos a dicho R.D., en virtud del suministro a efectuar. 2.2.d. Suministro de instalaciones, aparatos e instrumentos. Cuando el Vendedor suministre a ENDESA instalaciones, aparatos e instrumentos, asegurará que los mismos estén conformes con la Legislación Industrial y de Prevención de Riesgos Laborales e informará a ENDESA de los riesgos que conlleva su uso y aplicación, así como sobre las medidas preventivas para su eliminación o control. En el caso de suministro de Equipos de Protección Individual (EPI's) y colectiva, el Vendedor asegurará a ENDESA la efectividad de los mismos, siempre que sean instalados y usados en las condiciones y en la forma recomendada para ellos. El Vendedor informará a ENDESA el tipo de riesgos a que van dirigidos, el nivel de protección frente a los mismos y la forma correcta de su uso y mantenimiento y en general, de todas las obligaciones específicas en el R.D. 773/97 de "Utilización de EPI's Otras disposiciones particulares. ENDESA podrá exigir al Vendedor, en función de las características del suministro, la organización y los planteamientos preventivos (Planes, Normas, Procedimientos de Seguridad, etc.) y las medidas de coordinación que sean exigibles legalmente o que estime convenientes para garantizar la seguridad en todas las fases del suministro de materiales y equipos a ENDESA. 4agina p

5 Como consecuencia de lo anterior, ENDESA podrá exigir al Vendedor el cumplimiento de otras disposiciones particulares para la Prevención de Riesgos Laborales, que complementen, sustituyan u optimicen los anteriores requisitos. 3. DISPOSICIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL PARA CONTRATACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS 3.1. Disposiciones Generales. 3.1.a. Cumplimiento de la normativa. El Vendedor cumplirá la normativa sobre prevención de riesgos laborales constituida por Ley 31/1995 de 8 de noviembre, sus disposiciones de desarrollo o complementarias y cuantas otras normas legales o convencionales contengan prestaciones relativas a la adopción de medidas preventivas en el ámbito laboral o susceptibles de producirlas en dicho ámbito. 3.1.b. Organización. La organización del trabajo y la organización de la seguridad que requiera la obra o servicio es obligación del Vendedor, quien designará un responsable de su organización, de acreditada competencia a efectos de su dirección, supervisión y coordinación si procede, con responsables de otros Vendedores, personal de ENDESA con responsabilidad en materia de prevención y personal del Servicio de Prevención Mancomunado de ENDESA. Organización Preventiva: Se establecerá por el Vendedor la modalidad de organización preventiva, incluidos servicios de prevención y asistencia sanitaria en obra, que exijan las disposiciones legales, se acuerde en el plan de coordinación de actividades o aconseje la prudencia en función de los riesgos derivados del trabajo, a fin de evitar siniestros laborales. 3.1.c. Personal del Vendedor. El Vendedor garantizará la seguridad y protección de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. A tal efecto y en el marco de su exclusiva responsabilidad, adoptará las medidas necesarias en materia de evaluación de riesgos, planificación preventiva, formación e información sobre riesgos, actuación en caso de emergencia o de riesgo o de riesgo grave e inminente, y de vigilancia de la salud del personal a su servicio. 3.1.d. Coordinación de actividades Cuando concurran varios Vendedores en la realización de una determinada actividad, obra o servicio, cada Vendedor cooperará en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, asumiendo sus obligaciones y respondiendo de sus incumplimientos. ENDESA establecerá un Plan de Coordinación en orden a que los Vendedores y trabajadores autónomos que desarrollen actividades en su centro de trabajo reciban la información y las instrucciones adecuadas en relación con los riesgos existentes y con las medidas de protección y prevención correspondientes, así como sobre las medidas de emergencia a aplicar, para su traslado a sus respectivos trabajadores. El Plan de Coordinación contemplará así mismo los supuestos en que los trabajadores del Vendedor, sin prestar servicios en los centros de ENDESA, operen con maquinaria, equipos, productos, materias primas o útiles proporcionados por ENDESA. 3.1.e. Actividades de especial peligrosidad En caso de que la obra o servicio conlleve la realización de actividades de especial peligrosidad, con exposición de los trabajadores a alguno de los riesgos definidos en el Anexo I del R.D. 39/97 del "Reglamento de los Servicios de Prevención", o Anexo II del R.D. 1627/97 sobre "Seguridad en Obras de Construcción, ENDESA podrá solicitar el Vendedor, cuantos datos sobre la 5agina p

6 vigilancia de la salud de sus trabajadores sean legalmente exigibles, para asegurar el cumplimiento de la legislación de Prevención de Riesgos Laborales. En particular y cuando se den las circunstancias anteriores, el Vendedor facilitará a ENDESA, antes del inicio de la obra o servicio, la documentación siguiente: Relación del personal en obra sometido a los riesgos reseñados y fecha de la última revisión médica. Servicio Médico que ha realizado la revisión. La calificación de "apto" para los trabajos reseñados. 3.1.f. Formación. El Vendedor garantizará y en su caso acreditará la adecuada formación de los riesgos inherentes a la actividad a desarrollar y adiestramiento de su personal en materia de Prevención y Primeros Auxilios, dando cuenta de las acciones llevadas a cabo en este sentido al responsable de ENDESA para la obra o servicio Disposiciones particulares para la ejecución de obras y servicios. 3.2.a. Prescripciones Generales. Salvo que ENDESA le exima de ello, el Vendedor enviará al lugar de la obra con antelación suficiente a un responsable de su organización con atribuciones para organizar y preparar su implantación. En responsable en la obra del Vendedor se relacionará con el responsable de ENDESA para la obra o persona en quien delegue, a efectos de coordinar los trabajos para que se ajusten al régimen, organización y programación global de obra, que tenga dispuesto ENDESA. El responsable de ENDESA en obra, mantendrá contactos permanentes con los Vendedores colaborando para la adecuada aplicación de las medidas de seguridad en todos los trabajos. Por su parte y para contribuir a esa misma misión la organización de Seguridad en obra del Vendedor estará en estrecha relación con el Servicio de Prevención Mancomunado de ENDESA. La Organización de seguridad del Vendedor cuidará especialmente de que su personal y el de los subcontratistas cumplan las normas en materia de Prevención de Riesgos, contenidas en su propio Plan de Seguridad. Salvo que se indique lo contrario, antes de iniciar los trabajos, el Vendedor presentará a ENDESA para su conocimiento un Plan de Seguridad, especialmente estudiado para la obra contratada. Si ENDESA no está conforme con dicho Plan, el Vendedor deberá modificarlo, no surtiendo efectos el contrato hasta que se hayan realizado dichas modificaciones de acuerdo con las indicaciones de ENDESA. A modo de orientación y con carácter general, el Plan de Seguridad específico para las obras o servicios contratados que el Vendedor debe presentar a ENDESA contará al menos con los siguientes apartados: Objeto y ámbito de aplicación. Obras a realizar. Descripción de la obra o servicio. Riesgos Previstos. Identificación y en su caso evaluación. Riesgos de especial peligrosidad. Medidas preventivas y protecciones. Lugar de la realización de la obra o servicio: Descripción de las condiciones del entorno. Riesgos previstos. Identificación y en su caso evaluación. Existencia de Riesgos de especial peligrosidad. 6agina p

7 Medidas preventivas y protecciones. Métodos de trabajos a utilizar en el desarrollo de la obra o servicio: Riesgos previstos. Identificación y en su caso evaluación. Riesgos de especial peligrosidad. Métodos para trabajos de especial peligrosidad. Medidas preventivas y protecciones. Organización de la seguridad en obra. Normativa de la seguridad aplicada. La supervisión por ENDESA del Plan de Seguridad del Vendedor, no exime a éste de sus obligaciones legales en materia de Prevención de riesgos Laborales. El Vendedor está obligado a informar a su personal, antes del comienzo de los trabajos, sobre el contenido del análisis de riesgos para los distintos trabajos que incluya su Plan de Seguridad. En este sentido, cada trabajador será informado sobre la descripción del trabajo a realizar, las fases del mismo más relevantes descritas en orden secuencial, los riesgos identificados en cada fase y las medidas de prevención y protección individual y colectiva que deben adoptarse, así como sobre las instrucciones de Seguridad complementarias que sean precisas. Esta acción será comunicada por escrito al Representante de ENDESA y en ella se indicarán los temas tratados, el personal técnico docente y la firma del personal asistente. 3.2.b. Actuaciones durante la realización de la obra y servicio. 3.2.b.1. Prescripciones generales. El Vendedor observará en todo momento y cuidará de que su personal observe todas las normas y medidas de prevención de riesgo laboral que exijan las disposiciones legales, ordene ENDESA o aconseje la prudencia, para evitar que se produzcan accidentes, se causen daños y perjuicios a terceros o se incurra en infracciones penales y administrativas, de todo lo cual será único y directamente responsable el Vendedor, aunque ENDESA tenga la intervención y facultades que se le reconocen en este documento. En particular, el Vendedor se compromete a cumplir todas las medidas de prevención de riesgos laborales informadas por ENDESA bien en los pliegos de condiciones técnicas del contrato o en cualquier otro documento previo a la iniciación de la obra y/o durante el transcurso de la misma. El responsable en la obra del Vendedor cumplirá con el mayor celo cuanto afecte a la Seguridad y Salud en trabajo y a la preservación del medio ambiente, siendo el responsable de la disciplina y orden de su personal y en caso del de sus subcontratistas si los hubiere. Además, para cada fase de la obra, analizará y estudiará previamente el trabajo a realizar para detectar sus riesgos y adoptar las medidas adecuadas par eliminarlos o controlarlos y ordenará investigar en los accidentes e incidentes que se produzcan, los hechos y las causas, proponiendo las medidas que las eliminen, reduzcan y controlen. 3.2.b.2. Organización de seguridad en obra. El Vendedor establecerá la organización de Seguridad que requiera la obra, de tal modo que siempre exista en responsable para la Seguridad de la misma al frente de los trabajos y cuyos datos y cualificaciones en Prevención de Riesgos Laborales deben ser dados a conocer ENDESA antes del inicio de los trabajos o previamente a que se establezca la delegación de funciones por ausencias o cambios de personal. 3.2.b.3. Coordinación de actividades. Cuando el Vendedor para la realización de la obra o servicio contratado, deba 7agina p

8 realizar actividades en presencia o junto a otros Vendedores, deberá cumplir, en lo que afecte a la obra o servicio contratado, lo establecido en los artículos 24 y 41 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, para la coordinación de actividades empresariales y la información sobre riesgos a los trabajadores. 3.2.b.4. Aplicación y seguimiento del Plan de Seguridad. Las relaciones entre el Vendedor y ENDESA, con respecto a la aplicación y seguimiento del Plan de Seguridad, se regirán por la legislación de Prevención de riesgos Laborales que en cada momento y circunstancia sea aplicable y a los que aconseje la práctica y experiencia en función de las características de la obra o servicio a prestar. Para ello el Vendedor se compromete a colaborar con ENDESA hasta donde sea razonablemente posible para la protección de la integridad y la Salud de los trabajadores. De este modo: El Vendedor facilitará a ENDESA el nombre de la persona responsable de seguridad para cada trabajo, así como su formación en esta materia. El Vendedor realizará mensualmente una revisión del material y equipamiento de seguridad, incluso plataformas, andamios, protecciones, equipos y accesorios de elevación de material, etc., entregando a ENDESA un informe detallado del mismo. Este informe se entregará a ENDESA al inicio de los trabajos y mensualmente a lo largo de la vida del contrato o pedido. Las herramientas y los equipos de trabajo empleados cumplirán las correspondientes normas de Seguridad, en particular el R.D. 1215/97 sobre "Utilización de Equipos de Trabajo". En caso necesario, el procedimiento de control de las condiciones de trabajo anteriormente señaladas podrá ser revisado por ENDESA. 3.2.b.5. Actividades de especial peligrosidad. Cuando las obras o servicios contratados, conlleven la realización de actividades tales como: Trabajos en altura. Trabajos propios de minería, de excavación, de movimientos de tierras. Trabajos que exijan empleo de explosivos. Actividades donde intervienen productos químicos de alto riesgo. Trabajos con riesgos eléctricos. Y en particular, para las actividades de especial peligrosidad, definidas en el Anexo I del R.D. 39/97 "Reglamento de los Servicios de Prevención" o bien cuando corresponda, en el Anexo II del R.D. 1627/97 de "Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en Obras de Construcción", el Vendedor definirá en el Plan de Seguridad para la obra o servicio antes referido, el tratamiento preventivo que se dará en la obra a tales actividades y riesgos, y, cumplirá en todo caso todas las prescripciones reglamentarias y Reales Decretos que afecten a los riesgos de especial peligrosidad de la actividad contratada. 3.2.b.6. Comunicación de accidentes, incidentes y riesgos. Siempre que se produzca un accidente en sus actividades, incluso cuando no se produzcan víctimas, cada Vendedor tiene la obligación ineludible de dar cuenta del mismo al responsable de ENDESA en obra, rellenando los impresos de declaración de accidentes que le facilite ENDESA o los suyos propios en caso contrario. Además, cuando sea requerido por ENDESA, el Vendedor procederá a realizar un informe complementario, en el que se reflejen las causas originarias del accidente y las medidas preventivas adoptadas. Cuando ENDESA abra un expediente para investigar las causas de un accidente, todos los Vendedores estarán obligados a prestar la máxima colaboración, facilitando cuantos datos y gestiones les sean solicitados. Toda observación hecha por el responsable de ENDESA en obra, deberá ser atendida inmediatamente por el personal a quien vaya dirigida y cuando ésta estuviese motivada por la inobservancia de normas o prescripciones ya establecidas, podrá dar lugar a una sanción que habrá de ser proporcionada a la gravedad de la falta cometida. 8agina p

9 Con vistas a la mejor permanente de las condiciones de trabajo y seguridad, el personal participante en los trabajos contratados, deberá hacer llegar a sus superiores las sugerencias que estime convenientes. Dichas sugerencias se harán llegar por el procedimiento de comunicación que en cada caso se establezca, al responsable de ENDESA para la obra o servicio. Las acciones a tomar a resultas de estas informaciones se decidirán por el responsable del Vendedor y en caso necesario se someterán a la aprobación del responsable de ENDESA para la obra o servicio Otras disposiciones particulares. 3.3.a. Trabajos de revisión y mantenimiento. Cuando se contraten obras o servicios que incluyan actividades de Mantenimiento a realizar habitualmente en Centros de Generación o Distribución (Mantenimiento Mecánico y Eléctrico de instalaciones, limpieza industrial, impieza de edificios, etc.) ENDESA exigirá al Vendedor la presentación, previa al inicio de los trabajos, de un Plan de Seguridad para la realización de los mencionados trabajos. En dicho plan el Vendedor cumplirá en lo que corresponda, los requisitos que figuran en los artículos 24 y 41 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como lo especificado en este documento para trabajos de especial peligrosidad. Cuando el Vendedor vaya a participar en los trabajos de Revisiones y Mantenimiento periódico, en instalaciones de ENDESA, se le exigirá el cumplimiento de un "Plan de Seguridad y Coordinación de actividades" (Plan de Seguridad para Revisiones de Grupo, para el Mantenimiento de Instalaciones, etc.) que afectará a los distintos Vendedores que concurran a dichos trabajos. ENDESA informará a cada Vendedor de las normas y especificaciones de Seguridad que deberá cumplir dentro del mencionado Plan. Todo ello con independencia del cumplimiento de la legislación de Prevención de Riesgos Laborales a la que esté obligado. 3.3.b. Obras de Construcción. Aplicación del R.D. 1627/97. Cuando la obra o servicio esté afectada por el R.D. 1627/97 sobre "Disposiciones mínimas de Seguridad y de Salud un las Obras de Construcción", el Vendedor cumplirá en lo que le afecte, todos los requisitos contenidos en el mismo. ENDESA incluirá en la petición de ofertas el Estudio de Seguridad y Salud preceptivo. El Vendedor, en aplicación del Estudio de Seguridad y Salud elaborará un Plan de Seguridad y Salud que deberá ser dado a conocer a ENDESA antes del inicio de los trabajos. 3.3.c. Empresas de Trabajo Temporal. Cuando ENDESA contrate obras o servicios en los que intervengan trabajadores con relación de trabajo temporal o de duración determinada, así como personal de Empresas de Trabajo Temporal, tales trabajadores deberán disfrutar de los mismos niveles de protección en materia de Seguridad y Salud que el resto de los trabajadores de ENDESA donde se realicen los trabajos. Teniendo en cuenta lo anterior, cuando en la obra o servicio intervengan trabajadores de Empresas de Trabajo Temporal, el Vendedor cumplirá con relación al deber de protección de la Seguridad y Salud de dichos trabajadores, lo establecido en el artículo 28 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. ENDESA informará en particular a la Empresa de Trabajo Temporal, sobre los riesgos a los que vayas a estar expuestos sus trabajadores, la necesidad de cualificaciones o aptitudes profesionales determinadas, la exigencia de controles médicos especiales o la existencia de riesgos específicos en los puestos de trabajo a ocupar. El Vendedor asegurará el que los trabajadores disponen de una formación suficiente y adecuada a la obra o servicio a prestar. 3.3.d. Trabajadores Autónomos, personal de ENDESA cedido bajo contrato de servicios. 9agina p

10 Los Trabajadores Autónomos que se encuentren bajo contrato de prestación de servicios, serán considerados como empresarios a efectos de la aplicación de la Reglamentación de Prevención de Riesgos Laborales. ENDESA los exigirá el cumplimiento de los Planes, Normas y Procedimientos de Seguridad adecuados a la actividad que vayan a desarrollar. Al personal de una Empresa de ENDESA que preste servicios para otra, le serán aplicadas las prescripciones que sobre información y formación sobre riesgos, capacitación profesional y preventiva y vigilancia de la salud, están contempladas en la normativa de Prevención de Riesgos Laborales. La Empresa de ENDESA donde se ubique este personal informará al mismo sobre los riesgos y medidas preventivas que ha de aplicar en sus puestos de trabajo. 3.3.e. Disposiciones particulares complementarias. ENDESA podrá exigir al Vendedor, en función de las características de la obra o servicio a prestar, la organización y los planteamientos preventivos (Planes, Normas, Procedimientos de Seguridad, etc.), las medidas de coordinación que sean exigibles legalmente o que estime convenientes para garantizar la seguridad en todas las fases de la obra o servicio. Como consecuencia de lo anterior, ENDESA podrá exigir al Vendedor el cumplimiento de disposiciones particulares para la Prevención de Riesgos Laborales, que complementen, sustituyan u optimicen el cumplimiento de los anteriores requisitos. 4. INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y RESPONSABILIDADES 4.1. Aspectos Generales. Cuando ENDESA observe que el Vendedor no cumple las medidas de Prevención de Riesgos Laborales legalmente establecidas u ordenadas, el responsable de ENDESA que corresponda según los casos, fijará un plazo adecuado para su corrección. Si el Vendedor no realiza las modificaciones necesarias en el plazo establecido, ENDESA podrá suplir este incumplimiento, por cuenta y cargo del Vendedor, sin que de esta actuación se derive ninguna responsabilidad para ENDESA. La corrección de situaciones cuyo nivel de riesgo entrañe un peligro inminente a juicio de ENDESA, habrá de efectuarse inmediatamente. En el caso de que los hechos descritos en el apartado anterior, produzcan retrasos en la ejecución de trabajos, el Vendedor tomará las medidas necesarias para recuperar el retraso producido, sin que tenga derecho a una prórroga en los plazos de ejecución convenidos. ENDESA podrá exigir al Vendedor la sustitución de personas que reincidan en el incumplimiento de las Normas y prescripciones de Seguridad existentes. El Vendedor estará obligado a cumplir estas indicaciones Incumplimiento de Normativa y Planes de Seguridad. 4.2.a Criterio de calificación de faltas. Desde el punto de vista de las faltas de Seguridad, ENDESA tendrá en cuenta en general el incumplimiento por el Vendedor de la Ley de prevención de Riesgos Laborales y demás normativa de aplicación. A tal efecto, tendrá en cuenta la gravedad de los hechos, el número de trabajadores expuestos a riesgos (posibilidad de accidente múltiple) sin adoptar medidas preventivas por parte del Vendedor y el incumplimiento de los Planes de Seguridad o medidas complementarias o sustitutorias exigidas al Vendedor. 4.2.b. Sanciones. En base a los criterios anteriores, el incumplimiento del Vendedor se considerará incumplimiento del Contrato o Pedido y en consecuencia faculta a ENDESA a adoptar alguna de las siguientes medidas: 10agina p

11 Amonestación verbal o por escrito al Vendedor. Paralización parcial o total de trabajos hasta tanto se subsanen las deficiencias. Resolución del Contrato o Pedido en caso de reincidencia o cuando las normas infringidas se consideren fundamentales para ENDESA. Retirada de la calificación del Vendedor. 4.2.c. Responsabilidades. El incumplimiento por parte del Vendedor de las obligaciones contraidas en el presente documento, serán de su exclusiva responsabilidad en los ordenes civil, penal y administrativo. 11agina p

Aprovisionamientos ANEXO A Página 1 de 18. Anexo A: DISPOSICIONES EN MATERIA JURIDÍCO- LABORAL Y DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Aprovisionamientos ANEXO A Página 1 de 18. Anexo A: DISPOSICIONES EN MATERIA JURIDÍCO- LABORAL Y DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Aprovisionamientos ANEXO A Página 1 de 18 Aprovisionamientos Anexo A: DISPOSICIONES EN MATERIA JURIDÍCO- LABORAL Y DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Disposiciones comunes en materia jurídico-laboral Disposiciones

Más detalles

Anexo B: DISPOSICIONES EN MATERIA JURIDÍCO- LABORAL Y DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Anexo B: DISPOSICIONES EN MATERIA JURIDÍCO- LABORAL Y DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Aprovisionamientos Anexo B: DISPOSICIONES EN MATERIA JURIDÍCO- LABORAL Y DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 1. Disposiciones comunes en materia jurídico-laboral 2. Disposiciones generales en materia de

Más detalles

Fichero descargado de la página Infracciones y Sanciones en materia de Prevención de Riesgos Laborales. El incumplimiento en materia de Prevención de Riesgos Laborales puede acarrear sanciones e incluso

Más detalles

Conocer los aspectos más interesantes de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Reglamento de los Servicios de Prevención.

Conocer los aspectos más interesantes de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Reglamento de los Servicios de Prevención. Página 1 de 6 Contenido de la unidad: 1. Introducción 2. Ley de prevención de riesgos laborales 3. Desarrollo reglamentario de la ley 4. Otras Normativas de Prevención 5. Derechos y obligaciones Objetivo

Más detalles

Obligaciones y Derechos del Empresario

Obligaciones y Derechos del Empresario Obligaciones y Derechos del Empresario Oficina Técnica de Prevención de Riesgos Laborales CONFEDERACIÓN CANARIA DE EMPRESARIOS La Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 tiene por objeto promover

Más detalles

Es el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases

Es el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases 1. Qué es la Prevención de Riesgos Laborales (PRL)? Es el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos

Más detalles

ANÁLISIS DEL PLAN DE SEGURIDAD POR LA INSPECCIÓN DE TRABAJO

ANÁLISIS DEL PLAN DE SEGURIDAD POR LA INSPECCIÓN DE TRABAJO ANÁLISIS DEL PLAN DE SEGURIDAD POR LA INSPECCIÓN DE TRABAJO ANALISIS PREVIO DE ALGUNOS DE LOS PROBLEMAS OBSERVADOS EN GESTIÓN PREVENTIVA DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN: DESVINCULACIÓN DE LA PREVENCIÓN A

Más detalles

PPRRLL16 - Coordinación de actividades empresariales en relación con actividades preventivas III Diputación de Cáceres principal de otras empresas

PPRRLL16 - Coordinación de actividades empresariales en relación con actividades preventivas III Diputación de Cáceres principal de otras empresas ÁREA DE ORGANIZACION Servicio de Prevención de Riesgos Laborales c/ Pintores, 10. 10071 Cáceres Tfno 927 255630(ext. 130)- Fax 927 255617 e-mail: prevencion@dip-caceres.es PPRRLL16 - Coordinación de actividades

Más detalles

A efectos de la presente Ley y de las normas que la desarrollen:

A efectos de la presente Ley y de las normas que la desarrollen: CONTENIDOS: PREVENCION DE RIESGOS LABORALES LEY PREVENCION DE RIESGOS LABORALES 31/1995 Artículo 2. Objeto y carácter de la norma. 1. La presente Ley tiene por objeto promover la seguridad y la salud de

Más detalles

PROCEDIMIENTO PREVENCIÓN DE RIESGOS COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES

PROCEDIMIENTO PREVENCIÓN DE RIESGOS COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES Página : 1 DE 20 INDICE DEL CONTENIDO 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. DOCUMENTACIÓN Y NORMATIVA APLICABLE 4. DEFINICIONES 5. RESPONSABILIDADES 5.1. Obligaciones del Contratante (Calvià 2000) 5.2. Obligaciones

Más detalles

P.O.P. 12 PROCEDIMIENTO DE COORDINACION DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES

P.O.P. 12 PROCEDIMIENTO DE COORDINACION DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES P.O.P. 12 PROCEDIMIENTO DE COORDINACION DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES OBJETO DEL PROCEDIMIENTO Es objeto del Procedimiento, cumplir por parte de ADIF con las obligaciones en materia de Coordinación n de

Más detalles

Ley 31/1995 de 8 de noviembre de prevencion de riesgos laborales.

Ley 31/1995 de 8 de noviembre de prevencion de riesgos laborales. Ley 31/1995 de 8 de noviembre de prevencion de riesgos laborales. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales se publicó en el B.O.E. núm. 269, de 10 de noviembre de 1995. Tiene

Más detalles

Comunidad de Madrid ARTÍCULO 1º. PRESCRIPCIONES GENERALES.

Comunidad de Madrid ARTÍCULO 1º. PRESCRIPCIONES GENERALES. Ref: 06/122521.9/15 Dirección General de Carreteras PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS TRABAJOS DE ACONDICIONAMIENTO

Más detalles

servicios de Prevención Ajenos (SPA)

servicios de Prevención Ajenos (SPA) conciertos con servicios de Prevención Ajenos (SPA) www.madrid.org conciertos con servicios de prevención ajenos (spa) 1 SERVICIOS DE PREVENCIÓN AJENOS (SPA). CUÁNDO RECURRIR A ELLOS? La necesidad de

Más detalles

8. Coordinación de actividades empresariales. 8.1 Medios de coordinación establecidos. 8.2 Procedimientos de coordinación.

8. Coordinación de actividades empresariales. 8.1 Medios de coordinación establecidos. 8.2 Procedimientos de coordinación. 1. Introducción. 2. Objeto. 2.1 Ámbito de aplicación y variaciones respecto del documento anterior. 3. Datos generales de la actividad extractiva. 3.1 Identificación de la empresa. 3.2 Identificación del

Más detalles

4.1 Concepto y caracteres

4.1 Concepto y caracteres 4.1 Concepto y caracteres En un itinerario lógico, el empresario que no ha asumido las funciones de prevención debe nombrar uno o más trabajadores para desarrollarlas y, si esto no fuera suficiente, constituir

Más detalles

Apuntes técnicos del Invassat. 16/4. Obligaciones de las empresas de trabajo temporal y las empresas usuarias en materia preventiva.

Apuntes técnicos del Invassat. 16/4. Obligaciones de las empresas de trabajo temporal y las empresas usuarias en materia preventiva. Apuntes técnicos del Invassat 16/4. Obligaciones de las empresas de trabajo temporal y las empresas usuarias en materia preventiva. Eliseo Ferrer Muñoz Julio 2016 APUNTES TÉCNICOS DEL INVASSAT 16/4 OBLIGACIONES

Más detalles

ASUNCIÓN DE LA PREVENCIÓN POR PARTE DEL PROPIO EMPRESARIO O DESIGNANDO A UNO O VARIOS DE SUS TRABAJADORES

ASUNCIÓN DE LA PREVENCIÓN POR PARTE DEL PROPIO EMPRESARIO O DESIGNANDO A UNO O VARIOS DE SUS TRABAJADORES C/ Ferrocarril, 31 09200 Miranda de Ebro (Burgos) Teléfono: 947335200 formacion@camaramiranda.com www.camaramiranda.com C/ Santa Lucía, 4 - Bajo 09200 Miranda de Ebro (Burgos) Teléfono: 947066466-605834301

Más detalles

Aspectos jurídicos de la coordinación de actividades. Íñigo Esquíroz Marquina

Aspectos jurídicos de la coordinación de actividades. Íñigo Esquíroz Marquina Aspectos jurídicos de la coordinación de actividades Íñigo Esquíroz Marquina NORMATIVA BÁSICA: Artículo 24 LPRL Real Decreto 171/2004 OTRAS NORMAS: Sectoriales: Construcción SUPUESTOS PREVISTOS (ART. 24

Más detalles

ANOTACIONES EN EL LIBRO DE INCIDENCIAS VISIÓN DE UNA INSPECTORA DE TRABAJO

ANOTACIONES EN EL LIBRO DE INCIDENCIAS VISIÓN DE UNA INSPECTORA DE TRABAJO ANOTACIONES EN EL LIBRO DE INCIDENCIAS VISIÓN DE UNA INSPECTORA DE TRABAJO Mª ENCINA SANTAMARINA DURAN JEFA DE LA UNIDAD DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DE A CORUÑA MAYO 2017 CONTENIDO EXPOSICIÓN REFERENCIA

Más detalles

Control Documental en materia de Coordinación de Actividades Empresariales

Control Documental en materia de Coordinación de Actividades Empresariales Control Documental en materia de Coordinación de Actividades Empresariales Índice CONTROL DOCUMENTAL EN MATERIA DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES... 3 OBJETO... 3 ÁMBITO DE APLICACIÓN... 3 NORMATIVA

Más detalles

PROCEDIMIENTO OPERATIVO APROVISIONAMIENTO DE EQUIPOS DE TRABAJO DPMPO11

PROCEDIMIENTO OPERATIVO APROVISIONAMIENTO DE EQUIPOS DE TRABAJO DPMPO11 Página: 1 PROCEDIMIENTO OPERATIVO Página: 2 Edición Motivo cambio Firma Fecha 0 Edición Inicial 6.05.2002 1 Concreción responsabilidades 1.09.2004 Página: 3 I N D I C E 1. OBJETO 4 2. AMBITO DE APLICACIÓN

Más detalles

PLAN DE FORMACIÓN MÍNIMA NECESARIA

PLAN DE FORMACIÓN MÍNIMA NECESARIA PLAN DE FORMACIÓN MÍNIMA NECESARIA 1 Objetivos del módulo Al finalizar el presente módulo, debemos ser capaces de: - Conocer el concepto de coordinación de actividades empresariales. - Reconocer las diferencias

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA COORDINACION DE PREVENCION DE RIESGO LABORAL EN OBRAS CON PROYECTO

PROCEDIMIENTO PARA LA COORDINACION DE PREVENCION DE RIESGO LABORAL EN OBRAS CON PROYECTO PROCEDIMIENTO PARA LA COORDINACION DE PREVENCION DE RIESGO LABORAL EN OBRAS CON PROYECTO INDICE: 1. OBJETIVO 2. ÁMBITO DE APLICACION 3. REFERENCIAS LEGALES 4. DEFINCIONES. 5. OBLIGACIONES. 6. EJECUCION.

Más detalles

SISTEMA DE GESTION PREVENCION DE RIESGOS LABORALES

SISTEMA DE GESTION PREVENCION DE RIESGOS LABORALES Página 1 de 6 MARCO OBJETO ÁMBITO DE APLICACIÓN DEFINICIONES AGENTES IMPLICADOS Establecer las actuaciones necesarias que garanticen que los servicios de obras de construcción se ejecutan bajo las medidas

Más detalles

1. Quién encomienda a los poderes Públicos, velar por la seguridad e higiene en el trabajo?

1. Quién encomienda a los poderes Públicos, velar por la seguridad e higiene en el trabajo? Tema 1 (medidas generales) Las respuestas correctas se encuentran marcadas al final 1. Quién encomienda a los poderes Públicos, velar por la seguridad e higiene en el trabajo? a) La Constitución Española

Más detalles

F.A.Q. 1. Qué obligaciones tiene el empresario con respecto a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales?

F.A.Q. 1. Qué obligaciones tiene el empresario con respecto a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales? Con la financiación de la fundación para la Prevención de Riesgos laborales F.A.Q. 1. Qué obligaciones tiene el empresario con respecto a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales?

Más detalles

Anexo 6.7.1: Procedimiento de Coordinación de Actividades Empresariales

Anexo 6.7.1: Procedimiento de Coordinación de Actividades Empresariales Anexo 6.7.1: Procedimiento de Coordinación de Actividades Empresariales Coordinación de Actividades Preventivas Capítulo 6.7. Página 11 de 43 Procedimiento de Coordinación de Actividades Empresariales

Más detalles

TÉCNICOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES FUNCIONES Y SUPUESTOS DE RESPONSABILIDAD EN EL ÁMBITO PENAL.

TÉCNICOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES FUNCIONES Y SUPUESTOS DE RESPONSABILIDAD EN EL ÁMBITO PENAL. TÉCNICOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES FUNCIONES Y SUPUESTOS DE RESPONSABILIDAD EN EL ÁMBITO PENAL. Artículo 316. Los que con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando

Más detalles

1 Introducción a la Integración de la PRL en la Empresa

1 Introducción a la Integración de la PRL en la Empresa 1 Introducción a la Integración de la PRL en la Empresa Tanto en la Constitución Española como en el Estatuto de los Trabajadores se reconoce el derecho de los trabajadores a la protección de su seguridad

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Edición: 03 Fecha: 13/06/13 Página 1 de 9 PROCEDIMIENTO C10 ACTUACIÓN ANTE REQUERIMIENTOS DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Edición: 03 Fecha: 13/06/13 Página 2 de 9 1.- Objeto 2.- Alcance 3.- Documentación

Más detalles

Dirección General de Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Dirección General de Inspección de Trabajo y Seguridad Social Dirección General de Inspección de Trabajo y Seguridad Social Dirección General de Inspección de Trabajo y Seguridad Social HACIA UN NUEVO MODELO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE

Más detalles

4.4.6 Compra de equipos y productos.

4.4.6 Compra de equipos y productos. 1 Existen criterios de seguridad y salud para la compra de equipos y productos Si No Np Observaciones Artículo 41 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Obligaciones de los fabricantes, importadores

Más detalles

Anexo 9. EMPRESAS EXTRANJERAS

Anexo 9. EMPRESAS EXTRANJERAS A.- Antes de la firma del contrato 1 Seguro de responsabilidad civil y daños a terceros; y recibo acreditativo del pago de la correspondiente prima S/V Sonválidoslapólizayelrecibobancarioenelqueseestableceelpagorealizadoyelperiododevigencia.Enelrecibodebeaparecerelmismonúmerodelapóliza.Tambiénseadmiteun

Más detalles

EL AUTÓNOMO 15 SOMBRAS DE PRL

EL AUTÓNOMO 15 SOMBRAS DE PRL EL AUTÓNOMO 15 SOMBRAS DE PRL XI CONGRESO ACTUALIDAD LABORAL EXCMO. COLEGIO OFICIAL DE GRADUADOS SOCIALES DE MADRID 13 Diciembre 2017 Ley Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo a Debate 1. CUAL ES EL PERFIL

Más detalles

PROCEDIMIENTO OPERATIVO APROVISIONAMIENTOS Y UTILIZACIÓN DE SUSTANCIAS Y PREPARADOS PELIGROSOS DPMPO12

PROCEDIMIENTO OPERATIVO APROVISIONAMIENTOS Y UTILIZACIÓN DE SUSTANCIAS Y PREPARADOS PELIGROSOS DPMPO12 Página: 1 PROCEDIMIENTO OPERATIVO UTILIZACIÓN DE SUSTANCIAS Y Página: 2 Edición Motivo cambio Firma Fecha 0 Edición Inicial 6.05.2002 Página: 3 I N D I C E 1. OBJETO 4 2. AMBITO DE APLICACION 4 3. NORMATIVA

Más detalles

Ponente Felipe Aparicio Jabalquinto Arquitecto Técnico

Ponente Felipe Aparicio Jabalquinto Arquitecto Técnico Ponente Felipe Aparicio Jabalquinto Arquitecto Técnico Funciones y obligaciones de los distintos agentes intervinientes en el Proceso Constructivo. En el ámbito del sector de la construcción, las funciones

Más detalles

MANUAL PARA EL CONTROL DE CONTRATISTAS Y PROVEEDORES

MANUAL PARA EL CONTROL DE CONTRATISTAS Y PROVEEDORES HISTORIAL DE CAMBIOS VERSIÓN FECHA DESCRIPCIÓN 01 23/01/2017 Emisión inicial ELABORÓ REVISÓ APROBÓ Gestor HSEQ Coordinador HSEQ Gerente Administrativa 1. OBJETIVO Establecer los lineamientos en materia

Más detalles

Empresas de Trabajo Temporal y Empresas Usuarias: mecanismos de coordinación

Empresas de Trabajo Temporal y Empresas Usuarias: mecanismos de coordinación Empresas de Trabajo Temporal y Empresas Usuarias: mecanismos de coordinación Francisco Javier Blasco de Luna Director Jurídico y PRL Grupo Adecco Página 1 Sumario : Relación triangular Normativa de referencia

Más detalles

UNIDADES QUE CONSTAN EN EL CONTRATO

UNIDADES QUE CONSTAN EN EL CONTRATO 1 MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPOS DE ADQUISICIÓN Y PROCESADO DE IMÁGENES RADIOGRAFICAS POR SISTEMA CR. UBICADOS EN EL HOSPITAL CLÍNICO DE ZARAGOZA. El objeto del Contrato derivado del presente Concurso

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL PARA LA CERTIFICACIÓN DE CENTROS DE MEDICINA VETERINARIA

REGLAMENTO GENERAL PARA LA CERTIFICACIÓN DE CENTROS DE MEDICINA VETERINARIA REGLAMENTO GENERAL PARA LA CERTIFICACIÓN DE CENTROS DE MEDICINA VETERINARIA Rev. Elaborado Fecha Aprobado Fecha 0 Dirección Aid- Improve 22/03/2010 Presidente COVM 29/03/2010 Dirección Aid-Improve Página

Más detalles

La TPC/TPM la puede solicitar cualquier trabajador del sector de la construcción que cumpla los siguientes requisitos mínimos:

La TPC/TPM la puede solicitar cualquier trabajador del sector de la construcción que cumpla los siguientes requisitos mínimos: Recordatorio REQUISITOS A CUMPLIR POR LOS ALUMNOS La TPC/TPM la puede solicitar cualquier trabajador del sector de la construcción que cumpla los siguientes requisitos mínimos: o o Estar en alta, o en

Más detalles

2.1.- NOMBRE DEL TRABAJADOR DE MECANOR RESPONSABLE DE LA CONTRATA:

2.1.- NOMBRE DEL TRABAJADOR DE MECANOR RESPONSABLE DE LA CONTRATA: 1.- INTRODUCCIÓN: Este cuestionario se ha desarrollado como una primera herramienta de contacto y de coordinación inicial entre MECANIZADOS RTE BRAVO, S.L. y las contratas que realizan trabajos en sus

Más detalles

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES para empresas hasta 25 trabajadores y trabajadoras Colaboran: ÍNDICE CÓMO ORGANIZAR LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA LA EVALUACIÓN DE RIESGOS EL PLAN DE PREVENCIÓN VIGILANCIA

Más detalles

LA LEY DE SUBCONTRATACIÓN Y SU DESARROLLO REGLAMENTARIO. Gabinete de Salud Laboral y Medio Ambiente

LA LEY DE SUBCONTRATACIÓN Y SU DESARROLLO REGLAMENTARIO. Gabinete de Salud Laboral y Medio Ambiente LA LEY DE SUBCONTRATACIÓN Y SU DESARROLLO REGLAMENTARIO OBJETIVOS FUNDAMENTALES LIMITAR LA CADENA DE SUBCONTRATACIÓN 4 ELEMENTOS FUNDAMENTALES ACREDITACIÓN N DE ESTRUCTURA PROPIA E INSCRIPCIÓN N EN UN

Más detalles

El servicio se prestará siempre entre las y 18 horas de lunes a viernes.

El servicio se prestará siempre entre las y 18 horas de lunes a viernes. P. Abierto 2/12 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICO DE LIMPIEZA EN EL EDIFICIO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL EN GIPUZKOA. 1.- OBJETO DEL

Más detalles

EMPRESAS EXTRANJERAS. Debemos conocer, como mínimo, Nombre, Apellidos, DNI, teléfono y dirección de correo electrónico.

EMPRESAS EXTRANJERAS. Debemos conocer, como mínimo, Nombre, Apellidos, DNI, teléfono y dirección de correo electrónico. EMPRESAS EXTRANJERAS.. En el caso de que todos los trabajadores adscritos al contrato sean extranjeros. A.- Antes de la firma del contrato Seguro de responsabilidad civil y daños a terceros; y recibo 1

Más detalles

COMPETENCIAS Y FACULTADES DE LOS COMITES DE SEGURIDAD Y SALUD UGT EN V-2

COMPETENCIAS Y FACULTADES DE LOS COMITES DE SEGURIDAD Y SALUD UGT EN V-2 COMPETENCIAS Y FACULTADES DE LOS COMITES DE SEGURIDAD Y SALUD UGT EN V-2 Participar En la elaboración, puesta en práctica y evolución de los planes y programas de prevención de riesgo en la empresa. A

Más detalles

La Empresa. PSST Control Operacional de la SST Norma OHSAS 18001:2007

La Empresa. PSST Control Operacional de la SST Norma OHSAS 18001:2007 5.3.7 PSST 4.4.6 01 Control Operacional de la SST La Empresa PSST 4.4.6 01 Control Operacional de la SST Norma OHSAS 18001:2007 REGISTRO DE REVISIONES DE ESTE PROCEDIMIENTO Fecha Revisión Descripción de

Más detalles

(Publicada en el Boletín Oficial de Navarra de 22 de marzo de 2004)

(Publicada en el Boletín Oficial de Navarra de 22 de marzo de 2004) ORDEN FORAL 153/2004, DE 18 DE FEBRERO, DEL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA, POR LA QUE SE REGULAN LAS ACTUACIONES DE CONTROL REGLAMENTARIO EN EL CAMPO DE LA CALIDAD AMBIENTAL

Más detalles

PREGUNTAS CORRESPONDIENTES AL SEGUNDO EJERCICIO.

PREGUNTAS CORRESPONDIENTES AL SEGUNDO EJERCICIO. SUBSECRETARÍA MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL TRIBUNAL DE OPOSICIONES AL CUERPO DE SUBINSPECTORES LABORALES ESCALA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL TRIBUNAL DE OPOSICIONES AL CUERPO DE SUBINSPECTORES

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE RELACIÓN CON PROVEEDORES Y CONTRATISTAS

PROCEDIMIENTO DE RELACIÓN CON PROVEEDORES Y CONTRATISTAS ÓRGANO GESTOR: HOSPITAL VIRGEN DE LA VICTORIA CONSEJERÍA DE SALUD SISTEMA SANITARIO PÚBLICO DE ANDALUCÍA 01/09/2017 PROCEDIMIENTO DE RELACIÓN CON PROVEEDORES Y CONTRATISTAS Adaptado por: Revisado por:

Más detalles

SUBCONTRATACIÓN sector CONSTRUCCIÓN a partir 19-04-2007 APLICACIÓN de la LEY 32/2006 de BOE 19-10-2006

SUBCONTRATACIÓN sector CONSTRUCCIÓN a partir 19-04-2007 APLICACIÓN de la LEY 32/2006 de BOE 19-10-2006 SUBCONTRATACIÓN sector CONSTRUCCIÓN a partir 19-04-2007 APLICACIÓN de la LEY 32/2006 de BOE 19-10-2006 ÁMBITO DE APLICACIÓN: la ley 32/2006 se aplicará a los siguientes trabajos subcontratados en obras

Más detalles

EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS Y PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA

EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS Y PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA capítulo II EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS Y PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA SECCIÓN 1.ª EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS artículo3 DEFINICIÓN 1. La evaluación de los riesgos laborales es el proceso dirigido

Más detalles

OPOSICIONES MEDICO SACYL OPE 2015 CUESTIONARIO LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

OPOSICIONES MEDICO SACYL OPE 2015 CUESTIONARIO LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES CUESTIONARIO LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 1.- Quién encomienda a los poderes Públicos, velar por la seguridad e higiene en el trabajo? a) La Constitución Española. b) Seguridad e Higiene en el

Más detalles

SERVICIOS DE SALUD EN EL TRABAJO

SERVICIOS DE SALUD EN EL TRABAJO CONVENIO Nº 161 DE LA OIT SERVICIOS DE SALUD EN EL TRABAJO A los efectos del presente Convenio: Parte I. Principios de Una Política Nacional Artículo 1 a) la expresión servicios de salud en el trabajo

Más detalles

Autónomos, pequeños empresarios y prevención de riesgos laborales en construcción (III).

Autónomos, pequeños empresarios y prevención de riesgos laborales en construcción (III). Autónomos, pequeños empresarios y prevención de riesgos laborales en construcción (III). ORDEN DE 22 DE ABRIL DE 1997 POR LA QUE SE REGULA EL REGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DE LAS MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS DE PREVENCIÓN P.O.P./12 PLAN BÁSICO DE PREVENCIÓN PARA EMPRESAS CONTRATISTAS

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS DE PREVENCIÓN P.O.P./12 PLAN BÁSICO DE PREVENCIÓN PARA EMPRESAS CONTRATISTAS MANUAL DE PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS DE PREVENCIÓN P.O.P./12 PLAN BÁSICO DE PREVENCIÓN PARA EMPRESAS CONTRATISTAS Empresas Contratistas Hoja: 1 de 13 INDICE 1.- OBJETO DEL PLAN 2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN

Más detalles

PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 12.- CONTROL DE LAS OPERACIONES En este apartado se recogen las diferentes disposiciones establecidas por la organización donde quiera que sean requeridas, para controlar los riesgos de la operación, el

Más detalles

Contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores instalados en la sucursal del Banco de España en Valladolid.

Contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores instalados en la sucursal del Banco de España en Valladolid. Sucursal de Valladolid Junio de 2017 Contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores instalados en la sucursal del Banco de España en Valladolid. Pliego de Prescripciones

Más detalles

Infracciones en Seguridad y Salud en el Trabajo Multas SUNAFIL. Abog. Claudia Márquez Rivera

Infracciones en Seguridad y Salud en el Trabajo Multas SUNAFIL. Abog. Claudia Márquez Rivera Infracciones en Seguridad y Salud en el Trabajo Multas SUNAFIL Abog. Claudia Márquez Rivera claudiamarquezrivera@yahoo.es Base Legal Responsabilidad legal administrativa Ley N 28806 Ley General de Inspección

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Edición: 01 Fecha: 06/08/12 Página 1 de 7 PROCEDIMIENTO C00 DESIGNACIÓN DEL RESPONSABLE EN MATERIA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DESIGNACIÓN DEL RESPONSABLE EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD Edición: 01 Fecha:

Más detalles

COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES EN EL SECTOR DEL MONTAJE Y MANTENIMIENTO INDUSTRIAL. Madrid, 29 de Noviembre de 2.006

COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES EN EL SECTOR DEL MONTAJE Y MANTENIMIENTO INDUSTRIAL. Madrid, 29 de Noviembre de 2.006 COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES EN EL SECTOR DEL MONTAJE Y MANTENIMIENTO INDUSTRIAL Madrid, 29 de Noviembre de 2.006 CONCURRENCIA DE TRABAJADORES DE VARIAS EMPRESAS EN UN MISMO CENTRO DE TRABAJO

Más detalles

MCA-01-D-10 GESTION ESTRATEGICA FECHA VERSIÓN MATRIZ DE AUTORIDADES Y RESPONSABILIDADES 12/10/ MANUAL DE GESTION

MCA-01-D-10 GESTION ESTRATEGICA FECHA VERSIÓN MATRIZ DE AUTORIDADES Y RESPONSABILIDADES 12/10/ MANUAL DE GESTION MATRIZ DE ES Y 12/10/2012 3 DIRECTOR GENERAL Definir y actualizar cuando sea necesario la política de gestión integral HSEQ Garantizar el cumplimiento Aprobar el manual de Gestión de requisitos legales

Más detalles

IT-14. INSTRUCCION PARA LA COORDINACIÓN DE RIESGOS LABORALES DE TRABAJADORES DESPLAZADOS.

IT-14. INSTRUCCION PARA LA COORDINACIÓN DE RIESGOS LABORALES DE TRABAJADORES DESPLAZADOS. IT-14. INSTRUCCION PARA LA COORDINACIÓN DE RIESGOS LABORALES DE TRABAJADORES DESPLAZADOS. INDICE. 1.- OBJETO. 2.- REFERENCIAS LEGALES. 3.- DEFINICIONES. 4.- AMBITO DE APLICACIÓN. 5.- ACTUACIONES PREVIAS

Más detalles

Mandos Intermedios: Figura clave en una empresa constructora Cartagena 12 diciembre 2005

Mandos Intermedios: Figura clave en una empresa constructora Cartagena 12 diciembre 2005 Mandos Intermedios: Figura clave en una empresa constructora Cartagena 12 diciembre 2005 Ramón Pérez Merlos 1 Mando intermedio Esta figura no está definida por la legislación actual. La OGSHT de 1971 sí

Más detalles

BLOQUE I. LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESPAÑOLA. Administración General del Estado. Administración de la Comunidad Autónoma. Administración Local.

BLOQUE I. LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESPAÑOLA. Administración General del Estado. Administración de la Comunidad Autónoma. Administración Local. BLOQUE I LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978. Antecedentes. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESPAÑOLA. Administración

Más detalles

LEY NÚM. 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES *

LEY NÚM. 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES * LEY NÚM. 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES * EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Consecuencia de todo ello ha sido la creación de un acervo jurídico europeo sobre protección de la salud

Más detalles

NOTAS. Para más información, consulte Guía de actuación de Inspección de trabajo sobre Evaluación de equipos de trabajo

NOTAS. Para más información, consulte Guía de actuación de Inspección de trabajo sobre Evaluación de equipos de trabajo NOTAS 1 Artículo 41 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores 1.Los fabricantes, importadores y suministradores de maquinaria, equipos,

Más detalles

ANEXO: PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

ANEXO: PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN Página Nº: 1 de 8 ANEXO: DE RIESGOS LABORALES 1 MEDIDAS DE Y PROTECCIÓN La empresa adjudicataria aplicará las medidas que integran el deber de prevención

Más detalles

Subcontratación y coordinación

Subcontratación y coordinación A Subcontratación y coordinación La SUBCONTRATACIÓN es una herramienta organizativa que permite delegar la gestión de ciertas actividades. - Marketing - Comercial - Logística - PRL -Mantenimiento -Producción

Más detalles

1. OBJETO DEL CONTRATO Y EMPLAZAMIENTO DE LA OBRA.

1. OBJETO DEL CONTRATO Y EMPLAZAMIENTO DE LA OBRA. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO POR LOTES DE DIVERSOS MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE AEPSA 2016. 1. OBJETO DEL

Más detalles

COMPARECENCIA. En la ciudad de Marbella y en la Delegación de.. de este Ayuntamiento, siendo las horas del día de. de 20.

COMPARECENCIA. En la ciudad de Marbella y en la Delegación de.. de este Ayuntamiento, siendo las horas del día de. de 20. COMPARECENCIA En la ciudad de Marbella y en la Delegación de.. de este Ayuntamiento, siendo las horas del día de. de 20., comparece D/Dª...., con DNI., actuando en representación de la sociedad denominada..

Más detalles

DECRETO 306/005. VISTO: El Convenio No. 155 Internacional del Trabajo ratificado por la Ley No del 28/6/1988.

DECRETO 306/005. VISTO: El Convenio No. 155 Internacional del Trabajo ratificado por la Ley No del 28/6/1988. VISTO: El Convenio No. 155 Internacional del Trabajo ratificado por la Ley No. 15.965 del 28/6/1988. RESULTANDO: Que dicho Convenio obliga a que los países que lo ratifiquen deberán, en consulta con las

Más detalles

GUÍA: GESTIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA PYMES

GUÍA: GESTIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA PYMES GUÍA: GESTIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA PYMES GUÍA: GESTIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA PYMES Con la financiación de: EXP: AT-0087/2015

Más detalles

TRATADOS Y CONVENCIONES INTERNACIONALES APLICABLES AL Y POR EL INSTITUTO DE PENSIONES DEL ESTADO DE JALISCO

TRATADOS Y CONVENCIONES INTERNACIONALES APLICABLES AL Y POR EL INSTITUTO DE PENSIONES DEL ESTADO DE JALISCO Nota: el presente convenio aplica al IPEJAL desde una perspectiva erga omnes; pues el mismo es únicamente de observancia, más no de ejecución, por la naturaleza de este Organismo Público Descentralizado.

Más detalles

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS SERVICIO DE REPARTOS INTERNOS Y EXTERNOS DE PAQUETERÍA, MUDANZAS CONTINUAS Y DISCONTINUAS EN EL ÁMBITO DE LA ACTIVIDAD DEL INSTITUTO DE SALUD CARLOS III PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS 1. OBJETO Prestación

Más detalles

Extracto de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.

Extracto de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales. Extracto de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales. CAPITULO III Derechos y obligaciones Artículo 14. Derecho a la protección frente a los riesgos laborales. 1. Los trabajadores

Más detalles

Artículo 1. Organización general del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales

Artículo 1. Organización general del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales DECRETO 71/2005, DE 30 DE JUNIO, DE ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL INSTITUTO ASTURIANO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS DE 19 DE JULIO DE 2005) La Ley del Principado

Más detalles

ANEXO: PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

ANEXO: PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Página Nº: 1 de 8 ANEXO: DE RIESGOS LABORALES 1 MEDIDAS DE Y PROTECCIÓN La empresa adjudicataria aplicará las medidas que integran el deber de prevención previsto en el artículo 14 de la Ley de Prevención

Más detalles

PLANIFICACIÓN, PROCEDIMIENTOS Y DOCUMENTACIÓN

PLANIFICACIÓN, PROCEDIMIENTOS Y DOCUMENTACIÓN Contenido de la unidad: Càtedra Fundación MAPFRE - docència 1. Introducción 2. Planificación de la actividad preventiva 3. Procedimientos de prevención 4. Documentación 5. Ejercicios Objetivo de la unidad:

Más detalles

requisitos en materia de prevención en relación con la compra de productos y equipos

requisitos en materia de prevención en relación con la compra de productos y equipos 10 requisitos en materia de prevención en relación con la compra de productos y equipos GUÍA INFORMATIVA Servicio de Prevención Salud Laboral DEFINICIONES Esta guía está dirigida a aquellas personas que

Más detalles

El ámbito geográfico del contrato corresponde a todo el término municipal de Madrid.

El ámbito geográfico del contrato corresponde a todo el término municipal de Madrid. Página: 1 de 5 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS NECESARIOS DE APLICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS CONTRATOS QUE PROMUEVE LA SUBDIRECCIÓN

Más detalles

CENTRO DE ASISTENCIA TÉCNICA Y APOYO A EMPRESAS EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. La formación preventiva en el sector de la construcción

CENTRO DE ASISTENCIA TÉCNICA Y APOYO A EMPRESAS EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. La formación preventiva en el sector de la construcción El contenido de esta publicación es responsabilidad exclusiva de la entidad ejecutante y no refleja necesariamente la opinión de la FUNDACIÓN para la Prevención de Riesgos Laborales. CENTRO DE ASISTENCIA

Más detalles

PROCEDIMIENTO OPERATIVO ELABORACION DE LAS FICHAS DE SEGURIDAD DE LOS PUESTOS DE TRABAJO DPMPO06

PROCEDIMIENTO OPERATIVO ELABORACION DE LAS FICHAS DE SEGURIDAD DE LOS PUESTOS DE TRABAJO DPMPO06 Página: 1 PROCEDIMIENTO OPERATIVO SEGURIDAD DE LOS PUESTOS DE TRABAJO Página: 2 Edición Motivo cambio Firma Fecha 0 Edición Inicial 6.05.2002 Página: 3 I N D I C E 1. OBJETO 4 2. AMBITO DE APLICACION 4

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 286 Viernes 24 de noviembre de 2017 Sec. I. Pág. 113808 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMPETITIVIDAD 13543 Resolución de 2 de noviembre de 2017, de la Secretaría General

Más detalles

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS OFICINAS DE IMBISA, S.A. EN LA CALLE JUAN ESPLANDIÚ 13, 9º PLANTA

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS OFICINAS DE IMBISA, S.A. EN LA CALLE JUAN ESPLANDIÚ 13, 9º PLANTA Abril de 2017 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS OFICINAS DE IMBISA, S.A. EN LA CALLE JUAN ESPLANDIÚ 13, 9º PLANTA Expediente: SOLPED 2373 1. OBJETO El

Más detalles

RCL 2002\1929 Legislación (Norma Vigente) Real Decreto 707/2002, de 19 julio

RCL 2002\1929 Legislación (Norma Vigente) Real Decreto 707/2002, de 19 julio RCL 2002\1929 Legislación (Norma Vigente) Real Decreto 707/2002, de 19 julio MINISTERIO TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES. BOE 31 julio 2002, núm. 182/2002 [pág. 28246] SALUD LABORAL. Aprueba el Reglamento sobre

Más detalles

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD Artículo 1. - Denominación Se constituye el Comité de Seguridad y Salud (CSS) de la Universidad Rey Juan

Más detalles

PROCEDIMIENTO C11 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

PROCEDIMIENTO C11 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Edición: 01 Fecha: 27/07/12 Página 1 de 6 PROCEDIMIENTO C11 PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS QUE NECESITEN DE LA PRESENCIA DE RECURSO RECURSO Edición: 01 Fecha: 27/07/12 Página 2 de 6 1. Objeto. 2. Alcance.

Más detalles

I ÍNDICE I A B B C D E E INTRODUCCIÓN UTILIZAR ESTA GUÍA? 7 ITINERARIO PREVENTIVO: CONOZCA QUÉ SUPUESTO LE AFECTA 7

I ÍNDICE I A B B C D E E INTRODUCCIÓN UTILIZAR ESTA GUÍA? 7 ITINERARIO PREVENTIVO: CONOZCA QUÉ SUPUESTO LE AFECTA 7 Edición: CAEB - Gabinete Técnico de Prevención de Riesgos Laborales Coordinación: Departamento de Comunicación de la CAEB Diseño y Maquetación: redoble disseny i publicitat www.redoble.net Fotografías:

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES P-FR 01

PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES P-FR 01 Edición: 1 Fecha: 13.11.2012 Página 1 de 8 Elaborado por: Dirección General de Seguridad y Salud Laboral Revisado por: Aprobado por: Fecha: 13 de noviembre de 2012 Fecha: Fecha: Firma: Firma: Firma: Procedimiento

Más detalles

Derivados de la subcontratación y el mantenimiento

Derivados de la subcontratación y el mantenimiento A Derivados de la subcontratación y el mantenimiento La SUBCONTRATACIÓN es una herramienta organizativa que permite delegar la gestión de ciertas actividades. - Marketing - Comercial - Logística - PRL

Más detalles

6.2 Principales características ticas de los recursos preventivos en la empresa.

6.2 Principales características ticas de los recursos preventivos en la empresa. 6.2 Principales características ticas de los recursos preventivos en la empresa. Finalidad del recurso preventivo La figura del Recurso Preventivo es una medida preventiva complementaria a las medidas

Más detalles

TÍTULO: INSTRUCCIÓN OPERATIVA PRESENCIA DE RECURSO PREVENTIVOS

TÍTULO: INSTRUCCIÓN OPERATIVA PRESENCIA DE RECURSO PREVENTIVOS Edición: Primera Fecha: 15/10/2012 Página 1 de 8 INSTRUCCIÓN OPERATIVA PRESENCIA DE RECURSOS PREVENTIVOS Edición: Primera Fecha: 15/10/2012 Página 2 de 8 ÍNDICE 1.- Objeto 2.- Alcance 3.- Documentación

Más detalles

[ ] VIOLENCIA EN EL TRABAJO NORMATIVA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. w w w. m t i n. e s / i t s s / i n d e x.h t m l

[ ] VIOLENCIA EN EL TRABAJO NORMATIVA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. w w w. m t i n. e s / i t s s / i n d e x.h t m l [ ] VIOLENCIA EN EL TRABAJO NORMATIVA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES JOSÉ LUQUE MORALES INSPECTOR DE TRABAJO Y S. SOCIAL VIOLENCIA LABORAL. CONCEPTO: Incidentes en los que se abusa, amenaza o ataca

Más detalles

RESUMEN LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES AUTOESCUELAS. Con la financiación de:

RESUMEN LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES AUTOESCUELAS. Con la financiación de: RESUMEN LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES AUTOESCUELAS Con la financiación de: AE-0067/2015 Resumen LPRL (Autoescuelas) 3 ÍNDICE Ley de Prevención de Riesgos Laborales... 4 Derecho a la protección

Más detalles

MECANISMOS DE CONTROL A LA SEGURIDAD EN CONDICIONES DE TRABAJO. QUE ENTENDEMOS POR MECANISMOS DE CONTROL?

MECANISMOS DE CONTROL A LA SEGURIDAD EN CONDICIONES DE TRABAJO. QUE ENTENDEMOS POR MECANISMOS DE CONTROL? MECANISMOS DE CONTROL A LA SEGURIDAD EN CONDICIONES DE TRABAJO. QUE ENTENDEMOS POR MECANISMOS DE CONTROL? EL CONJUNTO DE TÉCNICAS Y PROCEDIMIENTOS QUE TIENEN POR OBJETO ELIMINAR O DISMINUIR EL RIESGO DE

Más detalles

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS AUXILIARES EN LA OFICINA SITA EN LA CALLE URBANO ARREGUI Nº 8 DE TORREVIEJA (ALICANTE). EXPTE. 17000069 Pliego Técnicas 17000069... AUXILIARES

Más detalles

BORRADOR DEL NUEVO RIPCI. DIFERENCIAS CON EL ACTUAL. PONENTE: D. Antonio Tortosa Martínez

BORRADOR DEL NUEVO RIPCI. DIFERENCIAS CON EL ACTUAL. PONENTE: D. Antonio Tortosa Martínez DEL NUEVO RIPCI. DIFERENCIAS CON EL ACTUAL PONENTE: D. Antonio Tortosa Martínez ARTICULO 1. OBJETO ACTUAL RD 1942/1993 Es objeto del presente Reglamento establecer y definir las condiciones que deben cumplir

Más detalles