CREDENCIALES PROFESIONALES DE LA FIRMA. Benjamín Valdez y Asociados

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "CREDENCIALES PROFESIONALES DE LA FIRMA. Benjamín Valdez y Asociados"

Transcripción

1 CREDENCIALES PROFESIONALES DE LA FIRMA

2 NUESTRA FIRMA La Firma nace en el año 2010 como la primera Firma boutique en el país, bajo el liderazgo del socio fundador Benjamin Valdez Iraheta. Recientemente, la Firma ha incorporado nuevos socios estratégicos, dando paso hacia un nuevo momento en su historia. Ahora se cuenta con una visión, desarrollando nuevas y vitales áreas de practica como lo son: derecho inmobiliario e impuestos. La Firma esta conformada además por un equipo de profesionales especializados en las diferentes áreas de práctica, comprometidos a actuar con eficiencia, ética y confianza, que es lo que caracteriza a la Firma.

3 AREAS DE PRACTICA

4 RECONOCIMIENTOS

5 ALIANZA ESTRATEGICA

6 MEMBRESIAS

7 AREAS DE EXPERIENCIA

8 AREAS DE EXPERIENCIA Consultoría Fiscal Litigio Fiscal (Sede Administrativa y Judicial) Auditoría Fiscal y Cumplimiento Precios de Transferencia (PT) Finanzas Corporativas

9 AREAS DE EXPERIENCIA

10 Consideraciones y Beneficios de Acogerse a la Ley Transitoria para Facilitar el Cumplimiento Voluntario de Obligaciones Tributarias y Aduaneras 10 de Noviembre 2017

11 Agenda 1. Consideraciones sobre el reciente criterio emitido por la Sala de lo Constitucional, sobre el no cobro de multas e intereses y sus efectos; Mantendrá la Sala su criterio en el tiempo? Beneficios de acogerse al Decreto Transitorio. 2. Implicaciones fiscales respecto a exposiciones abiertas. 3. Análisis de diferentes escenarios: por cumplimiento formal y sustantivo. 4. Plazo para acogerse a la Ley Transitoria.

12 1. Análisis de las diferentes Leyes Transitorias Emitidas para Facilitar el Cumplimiento Voluntario de Obligaciones Tributarias y Aduaneras

13 Ley Transitoria para Facilitar el Cumplimiento Voluntario de Obligaciones Tributarias y Aduaneras Emitida mediante Decreto Legislativo n 793, de fecha 4 de septiembre de 2014, publicado en el Diario Oficial n 166, tomo n 404, del 9 de septiembre de 2014 ( la Ley 1 )

14 Proceso de Inconstitucionalidad Inmediatamente de su publicación se interpone una demanda pidiendo se declare la inconstitucionalidad de la Ley 1 por vicio de contenido del Art. 1 por presunta vulneración al art. 232 de la Constitución de la República (Cn)

15 ART. 232 Cn Ni el Órgano Legislativo ni el Ejecutivo podrán dispensar del pago de las deudas a favor del Fisco o de los Municipios.

16 ART. 1 DE LA LEY 1 Inc. 1 Concédase un plazo de tres meses, contados a partir de la vigencia del presente Decreto, a efecto que los sujetos pasivos de los tributos administrados por la Dirección General de Impuestos Internos y por la Dirección General de Aduanas, efectúen el pago de los tributos originales o complementarios que adeuden al Fisco de la República, o que haya declarado saldos a favor en una cuantía superior a la que legalmente le pertenecen, correspondientes a períodos o ejercicios anteriores, cuya fecha o plazo para liquidar o presentar la declaración haya vencido con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto.

17 ARGUMENTOS DE LOS DEMANDANTES 1 El legislador realiza una errónea utilización del término "eximirá" ya que dicho concepto constituye un "perdón de deuda" -y no una "exención" tributaria- lo cual está expresamente prohibido por el Art. 232 de la Constitución. La exención implica la dispensa legal para que un determinado hecho no sea gravado con un tributo y que el concepto de perdón conlleva la renuncia por parte del Estado a recibir o perseguir el pago de la obligación tributaria, la cual está compuesta por la "deuda impositiva", "intereses" y "la posibilidad de que exista una sanción económica tributaria que se vuelve parte de ella".

18 ARGUMENTOS DE LOS DEMANDANTES 2 Agregan que el factor común entre los conceptos es la intención del Estado -sin importar sus razones- de dejar sin efecto el pago de una obligación tributaria, lo cual favorece al particular. Empero, aclaran que existe una diferencia significativa entre la exención y perdón en atención al momento en que el Estado renuncia al cobro. En el primero, se realiza antes que la obligación tributaria nazca y, en el segundo, se genera después que la obligación se origina.

19 Medida Cautelar Con fecha 28 de noviembre de La Sala admite la demanda y decreta una medida cautelar que suspende la entrada en vigencia de la Ley. Se le asigna al expediente el No

20 Sentencia El 23 de agosto de La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia emite sentencia 1

21 ANALISIS DE LA SALA 1 1. Al analizar el texto del precepto el efecto que se estima inconstitucional se encuentra en el inc. 2 del artículo objetado, específicamente, la parte que dice: "eximirá a quienes lo efectúen del pago de intereses, (y) recargos". 2. En consecuencia la decisión estriba en determinar si el descargo de intereses y recargos es contrario a la prohibición de dispensar las deudas a favor del Fisco.

22 ANALISIS DE LA SALA 2 La idea subyacente implica que ni el Legislativo ni el Ejecutivo se encuentran habilitados para condonar la deuda principal, los intereses y recargos.

23 ANALISIS DE LA SALA 3 1. En sentencias anteriores La Sala caracterizó el ingreso público proveniente de las sanciones pecuniarias (intereses y multas) como una "categoría impropia" de ingreso público ya que "la función de estas instituciones no es precisamente la de obtener ingresos, sino la de corregir conductas, lo que repercute sobre su régimen jurídico" 2. De manera que La multa los intereses y recargos que pudieran generarse aluden a la obligación principal, pero no son parte de ella, son cuestiones accesorias de tal ingreso público impropio, cuya condonación o remisión no se encuentra proscrita por el texto constitucional.

24 ANALISIS DE LA SALA 4 1. Lo que no puede dispensarse Dada la prohibición descrita en el art. 232 Cn., es el no pago de la deuda tributaria. 2. En consecuencia En el presente proceso, deberá emitirse una resolución de sobreseimiento.

25 Ley Transitoria para Regularizar la Situación Tributaria de los Contribuyentes y Facilitar el Pago de Obligaciones Tributarias a favor del Estado Emitida mediante Decreto Legislativo n 688, de fecha 1-VI ( la Ley 2 )

26 Veto Presidencial 1 El Presidente lo veta por considerarlo inconstitucional. 2 Si bien está de acuerdo con aquellas medidas que coadyuven a incrementar la recaudación tributaria, no puede apoyar aquellas que irrespeten las exigencias constitucionales. 3 El proceso iniciado ante la Sala de lo Constitucional implicaría que la Administración Tributaria estaría haciendo lo que le fue prohibido mediante la medida cautelar.

27 Ley Transitoria para Facilitar el Cumplimiento Voluntario de Obligaciones Tributarias y Aduaneras Emitida mediante Decreto Legislativo n 804 De fecha diez de octubre de 2017 Publicado en el Diario Oficial n 196 tomo n 417 Del 20 de octubre de 2017 ( la Ley 3 )

28 ART. 1 DE LA LEY 3 Inc. 1 Concédase un plazo de tres meses, contados a partir de la vigencia del presente decreto, a efecto que los sujetos pasivos de los tributos administrados por la Dirección General de Impuestos Internos y por la Dirección General de Aduanas, efectúen el pago de los tributos originales o complementarios que adeuden al Fisco de la República, o aquellos casos en que se haya declarado saldos a favor en una cuantía superior a la que legalmente le pertenecen, correspondientes a períodos o ejercicios anteriores, cuya fecha o plazo para liquidar o presentar la declaración haya vencido con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto.

29 ART. 1 DE LA LEY 3 Inc. 2 La realización del pago de las obligaciones tributarias o la presentación de las declaraciones que no determinan pago, según sea el caso, dentro del plazo referido en el inciso anterior, eximirá a quienes lo efectúen del pago de intereses, recargos y no se impondrán nuevas multas sobre los mismos períodos tributarios y ejercicios tributarios, en los términos y bajo los alcances establecidos en los artículos 3 y 4 de esta Ley, según corresponda.

30 Conclusiones 1 Mismo contenido; texto ligeramente diferente. Entró en vigencia el mismo día de su 2 publicación en el Diario Oficial y sus efectos durarán tres meses. 3 Salvo que se intente una nueva inconstitucionalidad por otro motivo, la Ley 3 continuará vigente hasta el 19 de enero de 2018

31 2. Beneficios de Acogerse al Decreto Transitorio

32 Deuda tributaria Deuda Tributaria y su existencia (Art. 264 CT). - Impuesto - a partir del día siguiente al vencimiento del plazo. - Intereses desde el día en que se incurre en mora. - Multas desde que la resolución que las impone quede firme. Exigibilidad (Art. 265 CT). La deuda u obligación tributaria es exigible a partir del día siguiente a aquél en que termine el plazo o término legal para pagar.

33 Deuda tributaria Firmeza de la deuda tributaria (Art. 267 CT) Se entenderá que existe firmeza de la deuda tributaria: a) en las deudas autoliquidadas, cuando hayan transcurrido los plazos y términos establecidos en las leyes respectivas para el pago de los tributos y accesorios correspondientes; y, b) en las deudas liquidadas de oficio, cuando se cumpla lo regulado en el artículo 188 de este Código. (Art. 188 Las resoluciones de la Administración Tributaria que no sean recurridas en los términos señalados en la Ley correspondiente, se tendrán por definitivas ) Criterio a nivel jurisprudencia: Agotados todos los mecanismos de impugnación en sede administrativa y judicial.

34 Diferencia entre Fiscalización y Revisión/control 1. Proceso de Fiscalización De acuerdo al Art. 174 del CT, el proceso de fiscalización es: el conjunto de actuaciones que la administración tributaria realiza con el propósito de establecer la auténtica situación tributaria de los sujetos pasivos, tanto de aquellos que han presentado su correspondiente declaración tributaria como de aquellos que no lo han hecho. Así también, se procede a la imposición de sanciones: multas. 2. Revisión y Control Según el Art. 173del CT, La Administración Tributaria tendrá facultades de fiscalización, inspección, investigación y control, para asegurar el efectivo cumplimiento de las obligaciones tributarias, incluso respecto de los sujetos que gocen de exenciones, franquicias o incentivos tributarios. Resultado: Notas de Exhorto al cumplimiento. Puede dar lugar a una fiscalización. Atenuante: 30% de la sanción Art. 261, numeral 2) CT Atenuante: 75% de la sanción Art. 261, numeral 2) CT

35 Proceso de fiscalización 1. Notificación del auto de designación: Firmado por funcionario competente Identificación del sujeto pasivo Períodos fiscalizar Impuestos a fiscalizar Nombre del auditor o auditores designados 2. Requerimiento de información (Observar el debido proceso y legalidad) 3. Finaliza, con la emisión del correspondiente informe de auditoria por parte del auditor o auditores designados al caso.

36 Proceso de fiscalización Caducidad de Facultad de Fiscalización - DGII 3 años, en caso de presentación de liquidación. 5 años, en caso de no presentación de liquidación. Extensión de 3 años, luego de la notificación del auto de fiscalización: Dentro de los plazos de caducidad, la Administración Tributaria deberá emitir y notificar las resoluciones de mérito que procedan. La caducidad no opera en los siguiente casos: 1. Respecto de los agentes de retención y percepción que no han enterado las cantidades retenidas o percibidas ni para la imposición de sanciones 2. Cuando se invoquen o realicen actos en los que se reclamen beneficios, deducciones, saldos a favor, remanentes de crédito fiscal, etc., respecto de los periodos o ejercicios en los que éstos se originan, ni de aquellos posteriores a los que afecta. 3. En los casos que sean enviados a la fiscalía general de la república para que se investigue la existencia de delitos de defraudación al fisco.

37 Proceso de fiscalización Caducidad de Facultad de Fiscalización DGA 5 años Art. 33 Ley Especial para Sancionar Infracciones Aduaneras: La facultad sancionatoria de la autoridad aduanera prescribirá en un plazo de cinco años contados a partir de la fecha de la comisión de la infracción aduanera tributaria o administrativa o de la fecha en que se descubra la infracción cuando se desconozca la fecha de comisión. Art. 87 del Cauca: Plazo para efectuar la verificación posterior El plazo para efectuar la verificación posterior, será de cuatro años a partir de la fecha de aceptación de la declaración de mercancías. (el repintado es propio). Inc. A TM

38 Sujetos y Beneficios Ley de Amnistía Sujeto beneficiado: Todo sujeto pasivo de los tributos administrados por: Dirección General de Impuestos Internos (DGII); Dirección General de Aduanas (DGA) Art. 1 LTAF Beneficios: Se exime de: Pago de intereses, recargos No se impondrán multas sobre los mismos períodos tributarios y ejercicios tributario. Art. 1 LTAF Objeto del beneficio: Pago de tributos originales o complementarios. Disminución de saldos a favor por declarar cuantías superiores. Presentación de declaraciones que no determinan pago. * Multas estrechamente relacionadas al tributo y sus formas para liquidarlo.

39 Beneficio en multas En cuanto a los tributos administrados por la DGII, Las multas que se estarían dispensando, todas según artículos del Código Tributario serían: 1. Art. 238: Incumplimientos relacionados a la presentación de declaraciones Impuesto dejado de pagar. 2. Art. 246: Incumplimientos a la obligación de retener y percibir. 3. Art. 247: Incumplimiento de la obligación de Pago a Cuenta 4. Art. 252 CT: Defraudación Tributaria. * 5. Art. 253 CT: Evasión no intencional. * 6. Art. 254 CT: Evasión intencional. *

40 Multas no incluidas en beneficios Ley Transitoria No están incluidas en los beneficios, las multas por otros incumplimientos, no contenidas en los artículos 238, 246, 247, 252, 253 y 254 del CT. Ejemplo de incumplimientos que derivan en multas no beneficiadas: Obligación F-930 Informe mensual de retenciones y percepciones de IVA. F-982 Informe de Operaciones con Sujetos Relacionados. Formalidades en documentos para el control del IVA Multa Art. CT 241 letra e) Multa: 0.1% Sobre la Patrimonio. 244 letra l) Multa: 0.5% Sobre el Patrimonio. - Multa del 50% por no emisión del documento; y 30% por cada documento.

41 Beneficio en multas - DGII 1. Art. 238 CT: Incumplimientos relacionados a la presentación de declaraciones tributarias Impuesto dejado de Pagar. a) Omitir la presentación de la declaración. Multa: 40% impuesto determinado. No menor a 1 salario mínimo. b) Presentación fuera del plazo legal. Multa: del 5% al 20% del impuesto a pagar. No menor a 2 salarios mínimos. c) Presentación de declaración incorrecta. (Aplicable al caso de declaraciones donde se determine disminución en el remanente o excedente). Multa: 20% del impuesto no pagado dentro del plazo legal. No menor a 1 salario mínimo. d) Presentación de declaración con error aritmético. Multa: 10% de la diferencia que resulte del valor autoliquidado y el determinado por la Administración Tributaria. No menor a 2 salarios mínimos.

42 Beneficio en multas - DGII 2. Art. 246 CT: Incumplimientos relacionados a la obligación de retener y percibir. a) Retener o percibir y no enterar el impuesto correspondiente. Multa: 100% de lo dejado de pagar. b) No retener o no percibir el impuesto respectivo existiendo obligación legal de ello. Multa: del 75% sobre la suma dejada de retener. c) Retener o percibir y enterar extemporáneamente. Multa: 50% de las sumas enteradas extemporáneamente. d) Retener o percibir y enterar una suma inferior en el plazo legal. Multa: 30% de la suma no enterada en el plazo legal. En ningún caso, las multas pueden ser inferiores a US$112.00

43 Beneficio en multas - DGII 3. Art. 247 CT: Incumplimiento de la obligación de Pago a Cuenta a) No enterar el Anticipo a Cuenta. Multa: 75% de la suma dejada de enterar. b) Enterar el Anticipo a Cuenta fuera del plazo legal. Multa: del 50% sobre la suma enterada extemporáneamente. c) No enterar en el término establecido lo que corresponde a Pago a Cuenta. Multa: 30% del monto no enterado en el término prescrito. d) Omitir presentar la declaración de pago o anticipo a cuenta. Multa: 50% de la suma dejada de enterar. En ningún caso, las multas pueden ser inferiores a US$112.00, aún cuando no exista entero a efectuar.

44 Beneficio en multas - DGII 4. Art. 252 CT: Defraudación Tributaria. Multa del 100% del impuesto defraudado, sin perjuicio de las sanciones penales que correspondan. 5. Art. 253 CT: Evasión no intencional. Multa del 25% del tributo a pagar. No menor a US$ cuando la administración tributaria proceda a determinar la base imponible del tributo del contribuyente, de conformidad a las disposiciones de este código, será sancionada con una multa del veinticinco por ciento del tributo a pagar, toda vez que la evasión no deba atribuirse a error excusable en la aplicación al caso de las disposiciones legales 6. Art. 254 CT: Evasión intencional. Multa del 50% del tributo a pagar. No menor a 9 salarios mínimos.

45 Beneficios en multas, intereses y recargos DGA Art. 2, Romano II. a) Que hayan presentado DM con omisiones o inexactitudes en su información y no hayan pagado o liquidado los DAI u otros impuestos, o hayan pagado o liquidado una suma inferior a la que correspondía legalmente. b) Que hayan presentado DM y no hayan pagado o liquidado DAI u otros impuestos, bajo beneficios o exenciones inexistentes, indebidos o improcedentes, según las leyes aduaneras. c) Que hayan presentado DM con liquidación incorrecta de DAI u otros impuestos y hayan pagado o liquidado un suma inferior a la que correspondía legalmente.

46 Beneficios en multas, intereses y recargos DGA Art. 2, Romano II. d) Que se encuentren en proceso de fiscalización, iniciado antes o durante la vigencia del presente decreto o en el procedimiento administrativo establecido en el Art. 17 de la Ley de Simplificación Aduanera, previo a la notificación de la resolución respectiva. e) Casos en apertura a pruebas, a nivel del TAIIA o la Corte. f) Que las deudas se encuentren firmas líquidas, ya sea que la deuda sea exigible o no.

47 Casos especiales para acogerse a los beneficios Art. 2, Romano I. Que se encuentre en proceso de fiscalización, iniciado antes o durante la vigencia del decreto de Amnistía - letra g). Que se encuentre en proceso de Audiencia y Apertura a Pruebas ante la Administración Tributaria letra h). Cuando los plazos legales referentes a la audiencia y apertura a pruebas, venzan con posterioridad a la vigencia de este decreto, el plazo para efectuar el pago, gozando de los beneficios que estable el mismo, se extenderá hasta la finalización del plazo de la apertura a pruebas. Que habiendo finalizado el proceso de audiencia y apertura a pruebas se encuentre en proceso de tasación, sin notificarse la resolución letra i)

48 Casos especiales para acogerse a los beneficios Art. 2, Romano I. Que se encuentren dentro del plazo para impugnar las resoluciones de tasación de tributos y/o multas y no hayan interpuesto el recurso respectivo letra j) Que hayan interpuesto recursos, acción Contencioso Administrativa o Proceso de Amparo y éstos se encuentren en trámite. Para ese efecto, deberán desistir ante el Tribunal o Instancia que está conociendo el caso y presentar la prueba de dicha petición al momento de realizar el pago o cuando solicite el pago a plazos a la Administración Tributaria letra k)

49 Casos y oportunidades para acogerse a la Ley de Amnistía a) Subsanación en cualquier momento, antes de la Firmeza de la Deuda. b) Deudas Líquidas y Firmes. c) Resolución de Pago a Plazo. No cálculo de multas. No cálculo de intereses. Incluso para caso de retenciones/percepciones de ISR e IVA. Se mantienen las condiciones en el caso se solicite pago a plazos; hasta 6 meses. Art. 3, letra a), Ley Amnistía. Dispensa de Pago de Intereses. Art. 3, numeral b) Ley de Amnistía. Dispensa de Pago de Intereses, respecto de las cuotas pendientes de pago. Art. 3, numeral b) Ley de Amnistía.

50 Individualidad de las declaraciones Art. 6 Ley de Amnistía Las declaraciones tributarias presentadas se considerarán de manera individual e independiente, para cada clase de impuesto, anticipo, retenciones o percepciones, ejercicio o período declarado, aun cuando éstas sean presentadas en un mismo formulario. Las DM, se considerarán de manera individual e independiente. La sola presentación de las declaraciones liquidadas, sin efectuar el pago correspondiente no da lugar al goce de los beneficios de la Ley de Amnistía Fiscal. Habilita la subsanación individual de declaraciones, subsanación parcial.

51 Aspectos Generales 1. Transcurrido el plazo de vigencia de la Ley, caducarán los beneficios Art. 8, letra d) 2. El Ministerio de Hacienda, está facultado para establecer las normas administrativas, por medio de la DGA, DGII y Dirección General de Tesorería, para un mejor control de las declaraciones que se presenten y pagos que se efectúen Art. 8, letra e) 3. Los contribuyentes podrán gozar de todos los beneficios del decreto de Ley de Amnistía, sin perjuicio del derecho de fiscalización que tienen la DGII y DGA. Art. 8, letra f).

52 Aspectos Generales 4. Las declaraciones que incluyan pago junto con sus mandamientos, deberán presentarse y pagarse ante la Dirección General de Tesorería y demás instituciones que fueren autorizadas por la DGII Art Las declaraciones que no contengan valor a pagar, deberán ser presentadas en la DGII Art Si se desea solicitar pago a plazo, primeramente, se debe presentar la declaración ante la DGII: a) La Dirección General de Tesorería otorgará hasta un máximo de 6 meses. b) Primera cuota a pagar, 10% de la deuda, el día que se emita la resolución de pago a plazos. c) El incumplimiento de las cuotas, dará lugar a la pérdida de los beneficios. d) Los pagos programados después de la vigencia de la Ley de Amnistía Fiscal, gozarán de los beneficios hasta su finalización.

53 Casos en los cuales los beneficios no son aplicables Caso Contribuyente contra quienes la Fiscalía General de la República haya iniciado el respectivo proceso penal por delitos contra la Hacienda Pública. Casos de contribuyentes contra quienes la Fiscalía General de la República haya iniciado el respectivo proceso penal en casos constitutivos de infracción penal aduanera. Cuando la deuda líquida de oficio, provenga exclusivamente de multas que no sean las citadas en el Art. 8 de la presente ley. (Caso artículo del CT: 238, 246, 247, 252, 253 y 254) Art. Ley Amnistía Art. 2 inciso final del Romano I. Art. 2 inciso final del Romano II. Art. 3, inciso final.

54 Casos en los cuales los beneficios no son aplicables Caso Declaraciones modificatorias en las cuales aumente el remanente o excedente declarado. Art. Ley Amnistía Nota Aclaratoria DGII, publicada en periódicos de mayor circulación el 30 de octubre 2017.

Nombre: LEY TRANSITORIA PARA FACILITAR EL CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y ADUANERAS.

Nombre: LEY TRANSITORIA PARA FACILITAR EL CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y ADUANERAS. Nombre: LEY TRANSITORIA PARA FACILITAR EL CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y ADUANERAS. DECRETO No. 793 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICADE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: 1. Que mediante

Más detalles

1 ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

1 ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 1 DECRETO N 804 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I.- Que mediante Decreto Legislativo N 652, de fecha 12 de junio de 2008, publicado en el Diario Oficial N 130, Tomo

Más detalles

Contenido; DECRETO No. 652

Contenido; DECRETO No. 652 Nombre: LEY TRANSITORIA PARA EL CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y ADUANERAS Materia: Derecho Tributario Categoría: Derecho Tributario Origen: ORGANO LEGISLATIVO Estado: VIGENTE Naturaleza

Más detalles

1 ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

1 ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 1 _ DECRETO N 804 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I.- Que mediante Decreto Legislativo N 652, de fecha 12 de junio de 2008, publicado en el Diario Oficial N 130, Tomo

Más detalles

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, , DECRETONo 793 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: 1 Que mediante Decreto Legislativo No 498, de fecha 28 de octubre de 2004, publicado en el Diario Oficial No 217, Tomo

Más detalles

TOMO Nº 404 SAN SALVADOR, MARTES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2014 NUMERO 166 DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA

TOMO Nº 404 SAN SALVADOR, MARTES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2014 NUMERO 166 DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA DIARIO REPUBLICA OFICIAL.- DE San EL SALVADOR Salvador, EN 9 de LA Septiembre AMERICA CENTRAL de 2014. 11 DIARIO OFI CIAL DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro TOMO Nº 404 SAN SALVADOR, MARTES 9 DE SEPTIEMBRE

Más detalles

LEY TRANSITORIA PARA EL CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y ADUANERAS

LEY TRANSITORIA PARA EL CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y ADUANERAS DECRETO No. 528 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que la crisis económica mundial de la cual nuestro país no escapa, ha impactado en todas las familias y empresas

Más detalles

Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos

Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos Retención en el Régimen Opcional Simplificado Sobre Ingresos de Actividades Lucrativas

Más detalles

Ley de Regularización Tributaria y normativa de exoneración

Ley de Regularización Tributaria y normativa de exoneración Ley de Regularización Tributaria y normativa de exoneración Decreto No. 1-2013 Publicado el 24 de junio de 2013 Vigencia para 25 de junio de 2013 Acuerdo Gubernativo No. 257-2013 Publicado el 28 de junio

Más detalles

LOGO. 5. INFRACCIONES ADUANERAS PROCEDIMIENTO RECURSOS Abril 2010

LOGO. 5. INFRACCIONES ADUANERAS PROCEDIMIENTO RECURSOS Abril 2010 LOGO 5. INFRACCIONES ADUANERAS PROCEDIMIENTO RECURSOS Abril 2010 Contenido 5.1 Las Infracciones Aduaneras. 5.2. El Procedimiento Administrativo Sancionador. 5.3. Recursos Administrativos. 5.1. LAS INFRACCIONES

Más detalles

Ingresos brutos. Sellos. Deudas que se encuentren en proceso de fiscalización, de determinación o en discusión en sede administrativa

Ingresos brutos. Sellos. Deudas que se encuentren en proceso de fiscalización, de determinación o en discusión en sede administrativa RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 12/2014 Ingresos brutos. Sellos. Deudas que se encuentren en proceso de fiscalización, de determinación o en discusión en sede administrativa La Agencia de Recaudación

Más detalles

Los Municipios y el ISSEMyM Abril 2016

Los Municipios y el ISSEMyM Abril 2016 Los Municipios y el ISSEMyM Abril 2016 Contribuciones de Seguridad Social Marco Jurídico Definición Sujetos Carácter Fiscal Créditos Fiscales Nacimiento Determinación Fecha de Pago Forma de Pago Aplicación

Más detalles

LOGO UNA COLABORACIÓN DEL MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS

LOGO UNA COLABORACIÓN DEL MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS UNA COLABORACIÓN DEL MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS LOGO www.themegallery.com FACILITADORES: LICDO. MANUEL RIGOBERTO HENRÍQUEZ SÁNCHEZ LICDO. TITO RAMÍREZ ESCOBAR DETERMINACIÓN

Más detalles

g) Multas provenientes de infracciones al régimen de agentes de información.

g) Multas provenientes de infracciones al régimen de agentes de información. Art. 1 - Los contribuyentes y/o responsables del pago de tributos, sus actualizaciones, recargos, intereses, multas y/u otros recursos adeudados, vencidos al día 31 de octubre de 2014, podrán acceder a

Más detalles

MECANISMO PREVIO PARA SOLUCIONAR EL CONFLICTO TRIBUTARIO

MECANISMO PREVIO PARA SOLUCIONAR EL CONFLICTO TRIBUTARIO MECANISMO PREVIO PARA SOLUCIONAR EL CONFLICTO TRIBUTARIO La Tributaria, a través de la Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente de la Intendencia de Asuntos Jurídicos, brinda a través del

Más detalles

EL MINISTERIO DE HACIENDA

EL MINISTERIO DE HACIENDA EL MINISTERIO DE HACIENDA A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII) EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE OTORGAN LOS ARTÍCULOS 277 Y 277-A DEL CÓDIGO TRIBUTARIO, HACE PÚBLICA LA INFORMACIÓN

Más detalles

INTRODUCCIÓN Declaraciones tributarias que se deben presentar Declaración del impuesto a la renta... 17

INTRODUCCIÓN Declaraciones tributarias que se deben presentar Declaración del impuesto a la renta... 17 2 Contenido INTRODUCCIÓN... 13 Declaraciones tributarias que se deben presentar.... 16 Declaración del impuesto a la renta.... 17 Personas jurídicas obligadas a declarar renta... 17 Personas naturales

Más detalles

Ley de Regularización Tributaria

Ley de Regularización Tributaria Ley de Regularización Tributaria DECRETO NÚMERO 1-2013 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Que la Constitución Política de la República de Guatemala dispone que el régimen económico y social de Guatemala

Más detalles

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766; PROVINCIA DE BUENOS AIRES AGENCIA DE RECAUDACION Resolución Normativa Nº 043/10 LA PLATA, 31 de Mayo de 2010 VISTO: Que por expediente Nº 2360-254868/10, se propicia implementar un régimen para la regularización

Más detalles

Aprueban Reglamento de la Ley Nº que crea el Fondo y la Contribución Solidaria para la Asistencia Previsional DECRETO SUPREMO Nº EF

Aprueban Reglamento de la Ley Nº que crea el Fondo y la Contribución Solidaria para la Asistencia Previsional DECRETO SUPREMO Nº EF Aprueban Reglamento de la Ley Nº 28046 que crea el Fondo y la Contribución Solidaria para la Asistencia Previsional EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO Nº 053-2004-EF Que, mediante

Más detalles

Catamarca. Ley Regularización Tributaria.Régimen excepcional y transitorio.

Catamarca. Ley Regularización Tributaria.Régimen excepcional y transitorio. Catamarca. Ley 5377. Regularización Tributaria.Régimen excepcional y transitorio. Se establece un régimen excepcional y transitorio de regularización tributaria al cual podrán acceder los contribuyentes

Más detalles

REPUBLICA BILIOVARAIAN DE VENEZUELA ESTADO ZULIA CONCEJO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS

REPUBLICA BILIOVARAIAN DE VENEZUELA ESTADO ZULIA CONCEJO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS REPUBLICA BILIOVARAIAN DE VENEZUELA ESTADO ZULIA CONCEJO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS EL CONCEJO MUN ICPAL DE LAGUNILLAS DEL ESTADO ZULIA, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES SANCIONA LA SIGUIENTE: ORDENANZA

Más detalles

BASE LEGAL Y CASOS PRÁCTICOS

BASE LEGAL Y CASOS PRÁCTICOS BASE LEGAL Y CASOS PRÁCTICOS Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N 133-2013-EF Artículo 27.- EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA La obligación tributaria se extingue

Más detalles

BuscaLegis.ccj.ufsc.br

BuscaLegis.ccj.ufsc.br BuscaLegis.ccj.ufsc.br Infracciones y sanciones tributarias: capítulo 6 L.G.T Talia Besga INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS ARTÍCULOS 77 Y SS DE LGT. CONCEPTO DE INFRACCIÓN TRIBUTARIA. Art.77 LGT: 1.

Más detalles

ARTÍCULO 641: EXTEMPORANEIDAD EN LA PRESENTACIÓN

ARTÍCULO 641: EXTEMPORANEIDAD EN LA PRESENTACIÓN ARTÍCULO 641: EXTEMPORANEIDAD EN LA PRESENTACIÓN Las personas o entidades obligadas a declarar, que presenten las declaraciones tributarias en forma extemporánea, deberán liquidar y pagar una sanción por

Más detalles

Aspectos a tener en cuenta en las Rentas de Cuarta Categoría

Aspectos a tener en cuenta en las Rentas de Cuarta Categoría Aspectos a tener en cuenta en las Rentas de Cuarta Categoría 1.- Qué tipos de Rentas califican como Rentas de Cuarta Categoría? De lo normado por el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta

Más detalles

INFORME N SUNAT/4B0000 MATERIA:

INFORME N SUNAT/4B0000 MATERIA: INFORME N. 039-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con el Régimen de Gradualidad aplicable a la sanción de multa por las infracciones tipificadas en los numerales 1, 4 y 5 del artículo 178 del Código

Más detalles

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 14 (2014) REFORMA DEL CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 14 (2014) REFORMA DEL CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 14 (2014) REFORMA DEL CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO En Gaceta Oficial Extraordinaria N 6.152 de fecha 18 de noviembre de 2014, fue publicado el Decreto N 1.434 Con Rango Valor y Fuerza

Más detalles

REGIMEN DE SINCERAMIENTO FISCAL REGULARIZACIÓN EXCEPCIONAL DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y ADUANERAS

REGIMEN DE SINCERAMIENTO FISCAL REGULARIZACIÓN EXCEPCIONAL DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y ADUANERAS REGIMEN DE SINCERAMIENTO FISCAL REGULARIZACIÓN EXCEPCIONAL DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y ADUANERAS Buenos Aires, 05 de julio de 2016 La reciente ley sancionada por el Congreso de

Más detalles

PROCESO DE INSCRIPCIÓN: INVERSIÓN: CUENTA CORRIENTE : CUENTA CLIENTE:

PROCESO DE INSCRIPCIÓN: INVERSIÓN: CUENTA CORRIENTE : CUENTA CLIENTE: IMPUESTOS (Especialización) Días: Martes y jueves Fechas: Inicio: 05 de Junio Finaliza: 26 de julio 2018 Horario: 6:00 p.m. a 9:00 p.m. Duración: 48 horas Beneficios El desarrollo de esta especialización

Más detalles

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JOSÉ GUAYABAL, DEPARTAMENTO DE CUSCATLÁN,

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JOSÉ GUAYABAL, DEPARTAMENTO DE CUSCATLÁN, DECRETO No. 7 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JOSÉ GUAYABAL, DEPARTAMENTO DE CUSCATLÁN, CONSIDERANDO: I- Que el Municipio de San José Guayabal, Departamento de Cuscatlán no obstante que ha realizado acciones

Más detalles

DICTA NORMAS SOBRE CONDONACION DE DEUDAS PARA CONTRIBUYENTES

DICTA NORMAS SOBRE CONDONACION DE DEUDAS PARA CONTRIBUYENTES 1 DICTA NORMAS SOBRE CONDONACION DE DEUDAS PARA CONTRIBUYENTES (Fuente Legal: Resolución Exenta Nº 698, del Ministerio de Hacienda, publicada en el Diario Oficial del 28.07.2006) (RIGE A CONTAR DEL 28

Más detalles

REFORMAS AL CÓDIGO TRIBUTARIO (VIGENTE 9 DE AGOSTO DE 2014)

REFORMAS AL CÓDIGO TRIBUTARIO (VIGENTE 9 DE AGOSTO DE 2014) REFORMAS AL CÓDIGO TRIBUTARIO (VIGENTE 9 DE AGOSTO DE 2014) 4 de octubre de 2014. 1 www.elias.com.sv DECRETO 763 REFORMAS AL CÓDIGO TRIBUTARIO CAPÍTULO I CÓDIGO TRIBUTARIO A. PRECIOS DE TRANSFERENCIA B.

Más detalles

AMNISTÍA FISCAL 2012 Ley No del 21 de noviembre de 2012

AMNISTÍA FISCAL 2012 Ley No del 21 de noviembre de 2012 AMNISTÍA FISCAL 2012 Ley No. 309-12 del 21 de noviembre de 2012 ASPECTOS RELEVANTES AMNISTÍA FISCAL PROMULGADA Alcance: Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados

Más detalles

IMPUESTOS (ESPECIALIZACIÓN)

IMPUESTOS (ESPECIALIZACIÓN) Información del curso: IMPUESTOS (ESPECIALIZACIÓN) DÍAS: Inicia: 24 de noviembre 2018 Finaliza: 26 de enero 2019 DURACIÓN: 48 horas HORARIO: Sábados de 8:30 a.m. a 3:30 p.m. INVERSIÓN: Colegiado: 197 000,00

Más detalles

Procedimiento. Tributario

Procedimiento. Tributario Procedimiento Administrativo Tributario Procedimiento Administrativo Tributario Es una manifestación externa de la función administrativa, configurado por una serie de formalidades y trámites de orden

Más detalles

LEY TRANSITORIA PARA FACILITAR EL CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y ADUANERAS.

LEY TRANSITORIA PARA FACILITAR EL CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y ADUANERAS. DECRETO No. 804 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que mediante Decreto Legislativo No. 652, de fecha 12 de junio de 2008, publicado en el Diario Oficial No. 130,

Más detalles

Beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas en el Estado de Guerrero por afectaciones en su actividad económica

Beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas en el Estado de Guerrero por afectaciones en su actividad económica Consultoría Fiscal 2014-21 Beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas en el Estado de Guerrero por afectaciones en su actividad económica El 5 de diciembre de 2014 se publicó en el

Más detalles

Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Ley Número 4755.

Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Ley Número 4755. Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Ley Número 4755. SECCIÓN II INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS Artículo 78.- Omisión de la declaración de inscripción, modificación o desinscripción Los contribuyentes,

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº EF

DECRETO SUPREMO Nº EF Normas que regulan la calificación dentro del Régimen de Buenos Contribuyentes de los beneficiarios de los Regímenes de Importación Temporal y/o Admisión Temporal DECRETO SUPREMO Nº 191-2005-EF EL PRESIDENTE

Más detalles

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS INFORMATIVO

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS INFORMATIVO Correo legal / Miércoles 15 de junio del 2016 1 SERVICIO DE RENTAS INTERNAS INFORMATIVO 2016-00 0050 Quito, 15 de junio del 2016 OBRA: RESOLUCIONES DEL SRI; RÉGIMEN DE PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO TEMA AFECTADO:

Más detalles

B O L E T Í N F i s c a l

B O L E T Í N F i s c a l B O L E T Í N F i s c a l 01 www.zesati.com.mx Enero 2013 zesati@zesati.com.mx ASUNTO: LEY DE INGRESOS 2013 1. Estimación de ingresos 2013 Art. 1o. La Federación estima obtener para 2013 $ 3,956,361.6

Más detalles

Régimen de Regularización de la Ley N Marina C. Lamagrande

Régimen de Regularización de la Ley N Marina C. Lamagrande Régimen de Regularización de la Ley N 27.260 Marina C. Lamagrande Introducción Ley N 27.260: Libro II Título I: Régimen de Sinceramiento Fiscal (arts. 36 a 51) Título II: Régimen de Regularización (Arts.

Más detalles

Honorable Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto

Honorable Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto Ministerio de Hacienda Secretaría de Estado Presentación del Ministro de Hacienda a la Honorable Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto 1- Iniciativa de Reforma al Código Tributario 2- Iniciativa

Más detalles

XLVI SEMINARIO DE DERECHO ADUANERO

XLVI SEMINARIO DE DERECHO ADUANERO XLVI SEMINARIO DE DERECHO ADUANERO RÉGIMEN DE GRADUALIDAD Y DE INCENTIVOS EN MATERIA ADUANERA 15/07/2015 Richard Chumbiauca Tasayco TEMARIO REGIMEN DE GRADUALIDAD 1.Criterios de Gradualidad 2.Porcentajes

Más detalles

INDICE. Agradecimientos 5 Proemio 7 Parte teórica Titulo primero Capitulo I

INDICE. Agradecimientos 5 Proemio 7 Parte teórica Titulo primero Capitulo I INDICE Agradecimientos 5 Proemio 7 Parte teórica Titulo primero Capitulo I 9 Sobre la ilicitud tributaria 1.- Hacia un derecho penal tributario autónomo 2.- Supremacía constitucional 11 3.- Noción de ilícito

Más detalles

CONSULTA TRIBUTARIA: REMISIÓN DE INTERESES, MULTAS Y RECARGOS SRI

CONSULTA TRIBUTARIA: REMISIÓN DE INTERESES, MULTAS Y RECARGOS SRI CONSULTA TRIBUTARIA: REMISIÓN DE INTERESES, MULTAS Y RECARGOS SRI La Ley Orgánica para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo, y Estabilidad y Equilibrio Fiscal, estableció

Más detalles

INFRACCIONES TRIBUTARIAS

INFRACCIONES TRIBUTARIAS INFRACCIONES TRIBUTARIAS Legislación Texto Único Ordenado del Código Tributario y modificatorias Decreto Supremo 135-99-EF Reglamento del Régimen de Gradualidad y modificatorias Resolución de Superintendencia

Más detalles

SOFIA FIGUEROA SUAREZ

SOFIA FIGUEROA SUAREZ SOFIA FIGUEROA SUAREZ 3 Ilícitos Tributarios Infracciones Tributarias Delitos Tributarios Código Tributario (Libro IV CT) Ley Penal Tributaria (Decreto Legislativo Nº 813) Objetivo Dolo 4 Infracción Tributaria

Más detalles

CHARLA TÉCNICA 15 DE NOVIEMBRE DE 2012 NORMAS DE RETENCIÓN, LEY INSTITUTO CHILENO DE DERECHO TRIBUTARIO Rodrigo Benitez, Socio/Director.

CHARLA TÉCNICA 15 DE NOVIEMBRE DE 2012 NORMAS DE RETENCIÓN, LEY INSTITUTO CHILENO DE DERECHO TRIBUTARIO Rodrigo Benitez, Socio/Director. CHARLA TÉCNICA 15 DE NOVIEMBRE DE 2012 NORMAS DE RETENCIÓN, LEY 20.630 INSTITUTO CHILENO DE DERECHO TRIBUTARIO Rodrigo Benitez, Socio/Director. 2 AMBITO DE APLICACIÓN Ley 20.630, publicada el 27 de Septiembre

Más detalles

SISTEMA TRIBUTARIO EN EL PERÚ Principios y cuestiones Generales

SISTEMA TRIBUTARIO EN EL PERÚ Principios y cuestiones Generales CICLO DE CAPACITACIÓN INTERNA SAT-ICA OCT 2011 SISTEMA TRIBUTARIO EN EL PERÚ Principios y cuestiones Generales Abog. Edgar Villar Bustamante La Tributación en el Perú Internos Nacional SUNAT Administración

Más detalles

Sistema especial de actualización y pago de deudas tributarias exigibles al

Sistema especial de actualización y pago de deudas tributarias exigibles al DECRETO LEGISLATIVO Sistema especial de actualización y pago de deudas tributarias exigibles al 30.08.2000 DECRETO LEGISLATIVO Nº 914 CONCORDANCIAS: D.S. Nº 101-2001-EF (REGLAMENTO) R. Nº 064-2001-SUNAT

Más detalles

MEMORANDUM 20/05. Ref.: FACILIDADES DE PAGO. Buenos Aires, 4 de Abril de 2005

MEMORANDUM 20/05. Ref.: FACILIDADES DE PAGO. Buenos Aires, 4 de Abril de 2005 Bernardo de Irigoyen 972 Piso 7 C1072AAT Buenos Aires, Argentina Tel: (54-11) 4300-1026 Fax: (54-11) 4362-4406 E-mail: info@sms.com.ar http://www.sms.com.ar Ref.: FACILIDADES DE PAGO MEMORANDUM 20/05 Buenos

Más detalles

Propuesta de Ley de Cobro Administrativo

Propuesta de Ley de Cobro Administrativo Propuesta de Ley de Cobro Administrativo Presentación a la Honorable Comisión de Hacienda de la Asamblea Legislativa San Salvador 6 de Junio de 2016 Proceso actual de Cobranzas En la Administración Tributaria

Más detalles

4. Modos de extinción de la obligación tributaria. La obligación tributaria puede extinguirse por:

4. Modos de extinción de la obligación tributaria. La obligación tributaria puede extinguirse por: Gestión Tributaria Grandes Contribuyentes Recaudación 1. Definición de impuesto. De acuerdo con la definición realizada por el artículo 11 del Código Tributario, impuesto es el tributo cuyo presupuesto

Más detalles

BOLETÍN TRIBUTARIO 205/17 NORMATIVA DIAN - JURISPRUDENCIA CONSEJO DE ESTADO CORTE CONSTITUCIONAL I. DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

BOLETÍN TRIBUTARIO 205/17 NORMATIVA DIAN - JURISPRUDENCIA CONSEJO DE ESTADO CORTE CONSTITUCIONAL I. DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES BOLETÍN TRIBUTARIO 205/17 NORMATIVA DIAN - JURISPRUDENCIA CONSEJO DE ESTADO CORTE CONSTITUCIONAL I. DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES PLAZOS PARA DECLARAR IMPUESTOS NACIONALES EN 2018 Dando alcance

Más detalles

ALERTA TRIBUTARIA! DECRETO SUPREMO QUE REGLAMENTA EL FRACCIONAMIENTO ESPECIAL DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y OTROS INGRESOS ADMINISTRADOS POR LA SUNAT

ALERTA TRIBUTARIA! DECRETO SUPREMO QUE REGLAMENTA EL FRACCIONAMIENTO ESPECIAL DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y OTROS INGRESOS ADMINISTRADOS POR LA SUNAT ALERTA TRIBUTARIA! DECRETO SUPREMO QUE REGLAMENTA EL FRACCIONAMIENTO ESPECIAL DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y OTROS INGRESOS ADMINISTRADOS POR LA SUNAT Decreto Supremo N 049-2017-EF Con fecha 10 de marzo de 2017,

Más detalles

ANEXO I CRITERIOS Y REQUISITOS PARA APLICAR LA FACULTAD DISCRECIONAL - SANCIONES TRIBUTARIAS

ANEXO I CRITERIOS Y REQUISITOS PARA APLICAR LA FACULTAD DISCRECIONAL - SANCIONES TRIBUTARIAS ANEXO I CRITERIOS Y REQUISITOS PARA APLICAR LA FACULTAD - SANCIONES TRIBUTARIAS ITEM CONCEPTO DE 1 Para todas las infracciones contenidas en cualquier norma tributaria. 2 175 1 Omitir llevar los libros

Más detalles

Régimen de rebajas aplicable a las infracciones del artículo 178 del Código Tributario Lorena Barrenechea S.

Régimen de rebajas aplicable a las infracciones del artículo 178 del Código Tributario Lorena Barrenechea S. 1 Lima, 07 de noviembre de 2012 Régimen de rebajas aplicable a las infracciones del artículo 178 del Código Tributario Lorena Barrenechea S. Régimen antiguo 2 Rebajas: Subsanación voluntaria: 90%. Luego

Más detalles

Declaración y Pago del Impuesto al Valor Agregado. Declaración y Pago del Impuesto al Valor Agregado 1 1

Declaración y Pago del Impuesto al Valor Agregado. Declaración y Pago del Impuesto al Valor Agregado 1 1 Declaración y Pago del Impuesto al Valor Agregado Declaración y Pago del Impuesto al Valor Agregado Ley de Régimen Tributario Interno. Art. 67.- Declaración del impuesto.- Los sujetos pasivos del IVA declararán

Más detalles

Nuevo Panorama de Infracciones. D. Leg. N 1110, 1113 y 1117 RS N /SUNAT y /SUNAT

Nuevo Panorama de Infracciones. D. Leg. N 1110, 1113 y 1117 RS N /SUNAT y /SUNAT Nuevo Panorama de Infracciones D. Leg. N 1110, 1113 y 1117 RS N 180-2012/SUNAT y 195-2012/SUNAT Vigentes desde el 06.08.2012 Régimen de Gradualidad (artículo 166 ) La gradualidad de las sanciones sólo

Más detalles

Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos

Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos Derechos de los Contribuyentes y Otros Obligados Tributarios en el Proceso Administrativo

Más detalles

4. Modos de extinción de la obligación tributaria. La obligación tributaria puede extinguirse por:

4. Modos de extinción de la obligación tributaria. La obligación tributaria puede extinguirse por: Gestión Tributaria División Recaudación y Controles Extensivos Convenios 1. Definición de impuesto. De acuerdo con la definición realizada por el artículo 11 del Código Tributario, impuesto es el tributo

Más detalles

PRESCRIPCIÓN. Dra: Tany Marisela Gallardo Quiroz

PRESCRIPCIÓN. Dra: Tany Marisela Gallardo Quiroz PRESCRIPCIÓN Dra: Tany Marisela Gallardo Quiroz Base Legal Código Tributario - Título Segundo del Capítulo IV del T.U.O. del Código Tributario D.S. 133-2013 OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Es de derecho público,

Más detalles

Informes de la Administración Tributaria. Informe No SUNAT/5D0000 Comprobante de información registrada.

Informes de la Administración Tributaria. Informe No SUNAT/5D0000 Comprobante de información registrada. Informes de la Administración Tributaria Informe No. 084-2017-SUNAT/5D0000 Comprobante de información registrada. La información consignada en el Comprobante de Información Registrada no solo comprende

Más detalles

Enero/Febrero Novedades impositivas del al 01-02

Enero/Febrero Novedades impositivas del al 01-02 Enero/Febrero 2017 - Novedades impositivas del 26-01 al 01-02 Novedades Nacionales REGÍMENES ESPECIALES. LETRA DEL TESORO EN PESOS. EMISIÓN RESOLUCIÓN (MIN. FINANZAS) 10-E/2017 La Letra del Tesoro en pesos

Más detalles

BOLETÍN TRIBUTARIO 049/18 ACTUALIDAD NORMATIVA - DOCTRINARIA - JURISPRUDENCIAL I. DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

BOLETÍN TRIBUTARIO 049/18 ACTUALIDAD NORMATIVA - DOCTRINARIA - JURISPRUDENCIAL I. DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES BOLETÍN TRIBUTARIO 049/18 ACTUALIDAD NORMATIVA - DOCTRINARIA - JURISPRUDENCIAL I. DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES 1.1 NORMATIVA PRESCRIBE EL FORMULARIO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN

Más detalles

CONTENIDO EL ÚLTIMO AÑO DEL IMPUESTO COMPLEMENTARIO DE NORMALIZACIÓN TRIBUTARIA AL IMPUESTO A LA RIQUEZA.

CONTENIDO EL ÚLTIMO AÑO DEL IMPUESTO COMPLEMENTARIO DE NORMALIZACIÓN TRIBUTARIA AL IMPUESTO A LA RIQUEZA. CONTENIDO Pág. EL ÚLTIMO AÑO DEL IMPUESTO COMPLEMENTARIO DE NORMALIZACIÓN TRIBUTARIA AL IMPUESTO A LA RIQUEZA. 2 TARIFA ESPECIAL DE DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES PARA ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE SOCIEDADES

Más detalles

Alerta Fiscal. Regularizacion Tributaria

Alerta Fiscal. Regularizacion Tributaria Alerta Fiscal Regularizacion Tributaria REGULARIZACION TRIBUTARIA Código Tributario( Decreto 170 2016) Publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 34,224 de fecha 28 de diciembre de 2016 2 Regularización

Más detalles

Cartilla de orientación con relación al Aporte por Regulación al Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones OSIPTEL

Cartilla de orientación con relación al Aporte por Regulación al Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones OSIPTEL Cartilla de orientación con relación al Aporte por Regulación al Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones OSIPTEL Mayo, 2018 1 I. APORTE POR REGULACIÓN AL OSIPTEL 1.1 Concepto

Más detalles

Conversatorio y análisis de reformas fiscales 2014:

Conversatorio y análisis de reformas fiscales 2014: Conversatorio y análisis de reformas fiscales 2014: 1.- Impuesto a las Operaciones Financieras y Control de Liquidez. 2.- Reformas a Ley de Impuesto sobre la Renta, pago mínimo, ley de imprenta. 3.- Reformas

Más detalles

CABA. LEY Sinceramiento Fiscal. Adhesión

CABA. LEY Sinceramiento Fiscal. Adhesión CABA. LEY 5616. Sinceramiento Fiscal. Adhesión Se adhiere al Sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior, previsto

Más detalles

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO NUMERO 412 DE 2004 ( 12 FEB )

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO NUMERO 412 DE 2004 ( 12 FEB ) MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO NUMERO 412 DE 2004 ( 12 FEB. 2004 ) Por el cual se reglamentan los artículos 38 y 39 de la Ley 863 de 2003 EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA DELEGATARIO

Más detalles

BOLETÍN TRIBUTARIO 014/13 JURISPRUDENCIA CONSEJO DE ESTADO (II)

BOLETÍN TRIBUTARIO 014/13 JURISPRUDENCIA CONSEJO DE ESTADO (II) BOLETÍN TRIBUTARIO 014/13 JURISPRUDENCIA CONSEJO DE ESTADO (II) 1. LEGALIDAD DE LOS ACUERDOS 046 DE 2000, 012 DE 2005 Y 041 DE 2005, PROFERIDOS POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE AGUAZUL (CASANARÉ), Y DEL DECRETO

Más detalles

4. Modos de extinción de la obligación tributaria. La obligación tributaria puede extinguirse por:

4. Modos de extinción de la obligación tributaria. La obligación tributaria puede extinguirse por: Gestión Tributaria División Atención y Asistencia. Certificados 1. Definición de impuesto. De acuerdo con la definición realizada por el artículo 11 del Código Tributario, impuesto es el tributo cuyo presupuesto

Más detalles

RESUMEN EJECUTIVO PROYECTO DE LEY PARA EL COBRO DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS Y MULTAS A FAVOR DEL ESTADO

RESUMEN EJECUTIVO PROYECTO DE LEY PARA EL COBRO DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS Y MULTAS A FAVOR DEL ESTADO RESUMEN EJECUTIVO PROYECTO DE LEY PARA EL COBRO DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS Y MULTAS A FAVOR DEL ESTADO JUSTIFICACIÓN El artículo 1 de la Constitución obliga al Estado de El Salvador, a asegurar a sus habitantes

Más detalles

Responsabilidad por infracciones tributarias

Responsabilidad por infracciones tributarias Tipo de responsabilidad asumida Contribuyentes: Responsabilidad por infracciones tributarias Responsables: Inscriptos No inscriptos Herederos Legatarios Solidarios Subsidiarios Agentes de retención y percepción

Más detalles

2.-ÁMBITO DE APLICACIÓN.-

2.-ÁMBITO DE APLICACIÓN.- ORDENANZA PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE REMISIÓN DE INTERESES, MULTAS Y RECARGOS EL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN NOBOL CONSIDERANDO: Que, el Art.

Más detalles

PROVINCIA DE SALTA - IMPUESTO DE SELLOS - NUEVO RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO CON CONDONACIÓN TOTAL O PARCIAL DE SANCIONES

PROVINCIA DE SALTA - IMPUESTO DE SELLOS - NUEVO RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO CON CONDONACIÓN TOTAL O PARCIAL DE SANCIONES PROVINCIA DE SALTA - IMPUESTO DE SELLOS - NUEVO RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO CON CONDONACIÓN TOTAL O PARCIAL DE SANCIONES R.G. 23/11 - Dirección General de Rentas de Salta Por Ley Nro.7689, el gobierno

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº EF

DECRETO SUPREMO Nº EF DECRETO SUPREMO Nº 039-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria

Más detalles

c) Qué infracción se configuraría con la presentación de la declaración jurada rectificatoria?

c) Qué infracción se configuraría con la presentación de la declaración jurada rectificatoria? INFORME N. 056-2017-SUNAT/5D0000 MATERIA: Con relación al cambio de régimen previsto en el primer párrafo del numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Legislativo N. 1269, que crea el Régimen MYPE Tributario

Más detalles

Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos

Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos EMISIÓN DE FACTURA ESPECIAL POR EXPORTADORES DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS, ARTESANALES

Más detalles

LEY (CABA) 5616 Adhesión al blanqueo. Régimen de regularización excepcional de obligaciones tributarias. Establecimiento

LEY (CABA) 5616 Adhesión al blanqueo. Régimen de regularización excepcional de obligaciones tributarias. Establecimiento LEY (CABA) 5616 Adhesión al blanqueo. Régimen de regularización excepcional de obligaciones tributarias. Establecimiento La Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere al régimen voluntario y excepcional de

Más detalles

Nombre: REFORMAS A LA LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

Nombre: REFORMAS A LA LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, Nombre: REFORMAS A LA LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA DECRETO No. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que por Decreto Legislativo No. 134, de fecha 18 de diciembre de

Más detalles

RESOLUCIÓN No. NAC-DGERCGC (EXPÍDENSE LAS NORMAS PARA LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES SUSTITUTIVAS)

RESOLUCIÓN No. NAC-DGERCGC (EXPÍDENSE LAS NORMAS PARA LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES SUSTITUTIVAS) RESOLUCIÓN No. NAC-DGERCGC16-00000448 (EXPÍDENSE LAS NORMAS PARA LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES SUSTITUTIVAS) EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS Considerando: Que el artículo 83 de la

Más detalles

CAMBIO DE SUJETO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL IVA

CAMBIO DE SUJETO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL IVA CAMBIO DE SUJETO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL IVA AGOSTO 2018 Resolución Ex. SII N 42 del 30 de abril 2018 Establecer una nueva regulación referida al cambio de sujeto y redefinir los requisitos para obtener

Más detalles

Fiscalización Electrónica

Fiscalización Electrónica Fiscalización Electrónica Septiembre, 2016 Fiscalización Electrónica Definición Son auditorías que consisten en revisar renglones específicos a través de medios electrónicos a partir de antecedentes concretos

Más detalles

Refórmese el Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno

Refórmese el Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno FUNCIÓN EJECUTIVA DECRETO 866 Refórmese el Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno No. 866 Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Considerando: Que

Más detalles

ÍNDICE TEMÁTICO DE JURISPRUDENCIA DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA (ENERO OCTUBRE 2011)

ÍNDICE TEMÁTICO DE JURISPRUDENCIA DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA (ENERO OCTUBRE 2011) ÍNDICE TEMÁTICO DE JURISPRUDENCIA DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA (ENERO 2 0 1 0 -OCTUBRE 2011) P u b lic a c ió n Código Tributario Naturaleza Tributaria 16876-9-2011 11.10.11 La contraprestación que recibe

Más detalles

Boletín Informativo No. 16 Junio 2017

Boletín Informativo No. 16 Junio 2017 No. NAC-DGERCGC17-00000295 Resuelve: Establecer regulaciones para el cumplimiento de los deberes formales de los contribuyentes que ejerzan la actividad de transporte terrestre Capítulo I Disposiciones

Más detalles

LEY DE INGRESOS. La Federación obtendrá las siguientes cantidades de acuerdo a los conceptos que se señalan: LI 2011* LI 2012* LI 2013*

LEY DE INGRESOS. La Federación obtendrá las siguientes cantidades de acuerdo a los conceptos que se señalan: LI 2011* LI 2012* LI 2013* LEY DE INGRESOS El pasado 17 de diciembre de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio 2013, de la cual se destaca lo siguiente: La Federación

Más detalles

Interés Penal. Multa No 50% % 40% %

Interés Penal. Multa No 50% % 40% % CIRCULAR Nº15 SANTIAGO, 09 de Mayo de 2007 1.- MATERIA CONDONACION PERMANENTE Y TRANSITORIA DE INTERESES Y MULTAS A GIROS DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS. ================================= La condonación

Más detalles

IMPUESTOS VERIFICACIÓN DE DEBERES FORMALES POR PARTE DEL SENIAT

IMPUESTOS VERIFICACIÓN DE DEBERES FORMALES POR PARTE DEL SENIAT VERIFICACIÓN DE DEBERES FORMALES POR PARTE DEL SENIAT 1 Procedimiento de verificación. Cómo se inicia el procedimiento de verificación. Qué hacer en caso de una verificación en sede del contribuyente?.

Más detalles

Tax Alert. Ecuador. Junio Resumen ejecutivo. Fuente legal. A. Generalidades. B. Plazo

Tax Alert. Ecuador. Junio Resumen ejecutivo. Fuente legal. A. Generalidades. B. Plazo Junio 2018 Tax Alert Ecuador Fuente legal Proyecto de Ley Orgánica para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo, y Estabilidad y Equilibrio Fiscal. Resumen ejecutivo Aplicación,

Más detalles