Lineamiento Corporativo: Lineamiento de Gestión de Excedentes de Tesorería

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1 Lineamiento Corporativo: Lineamiento de Gestión de Excedentes Fecha Responsable Visto y Sello Elaborado por: Ejecutivo Corporativo de Finanzas Revisado por: Gerente Corporativo de Servicios Compartidos Homologado por: Ejecutivo Corporativo de Excelencia Operacional Aprobado por: Director Ejecutivo de FONAFE

2 Control de Cambios Versión Sección / Ítem Descripción del cambio: 00 Aprobado el 13 de abril del Modificado el 02 de julio del 2018 Fecha N Resolución de Dirección Ejecutiva 02/07/2018 RDE N /DE-FONAFE Si tiene una impresión de este documento, verifique su vigencia en el Portal Web de FONAFE Página: 2 de 16

3 1. INTRODUCCIÓN El presente lineamiento Corporativo es de aplicación para FONAFE y todas las empresas no financieras bajo el ámbito de FONAFE, tomando en consideración, las disposiciones contenidas en los Lineamientos para la Gestión Global de Activos y Pasivos del Anexo 1 de la Resolución Directoral Nº EF/52.03, del Ministerio de Economía y Finanzas y en el Manual de Políticas de Gestión de Activos y Pasivos de FONAFE. 2. OBJETIVO Establecer disposiciones orientadas a lograr una eficiente Gestión Financiera de los Excedentes de Tesorería de FONAFE y todas las empresas no financieras bajo el ámbito de FONAFE, buscando maximizar la rentabilidad de dichos recursos, sujeta a los límites establecidos en el presente lineamiento, así como la fijación de los límites referidos a las colocaciones de los excedentes de tesorería por emisor y por instrumento, tomando en cuenta su clasificación de riesgo. 3. ALCANCE Los contenidos del presente Lineamiento están dirigidos a la Gestión de Excedentes de Tesorería de FONAFE y todas las empresas no financieras bajo el ámbito de FONAFE. Las disposiciones del presente documento se aplican bajo el marco de los Lineamientos de Gestión Global de Activos y Pasivos vigentes 4. MARCO LEGAL Y/O NORMATIVO Decreto Supremo Nº EF, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Tesorería. Resolución Directoral Nº EF/52.03, que aprueba los Lineamientos para la Gestión Global de Activos y Pasivos y el Reglamento de Depósitos, y sus modificatorias. Resolución de Dirección Ejecutiva N /DE-FONAFE de fecha 02 de febrero del 2018, que aprueba la última versión del Manual de Políticas de Gestión de Activos y Pasivos Financieros de FONAFE. Directiva de Gestión de FONAFE aprobado por Acuerdo de Directorio N /2006 con fecha 26 de junio del TÉRMINOS Y/O DEFINICIONES Para efectos del presente lineamiento, debe considerarse los siguientes términos y definiciones: Si tiene una impresión de este documento, verifique su vigencia en el Portal Web de FONAFE Página: 3 de 16

4 Clasificación de Riesgo: Corresponde a los resultados y ratings establecidos por las empresas clasificadoras de riesgo reconocidas por la SBS, respecto a los emisores e instrumentos de inversión. DGETP: Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público. Empresas: Empresas no Financieras bajo el ámbito de FONAFE. Excedente: Es toda disponibilidad de efectivo, en el año fiscal en curso, que se encuentre por encima de la reserva de liquidez establecida por la empresa. FONAFE: Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado. Instrumento Financiero: Cualquier contrato mediante el cual se crea simultáneamente un activo financiero en una entidad y, por otro lado, un pasivo financiero o un instrumento de capital en otra entidad, pudiéndose tratar de un instrumento financiero primario, o básico, o de un instrumento financiero derivado. Inversión financiera: Representan activos o instrumentos financieros poseídos por la entidad que se adquieren o contratan normalmente en los mercados de dinero, mercados financieros o mercados de capitales. MEF: Ministerio de Economía y Finanzas. Reserva de liquidez: Fondo mantenido por la empresa que le permita atender sus obligaciones de corto plazo. Se orienta a enfrentar la volatilidad del día a día, lidiar con los errores de pronóstico de flujos de caja y aliviar escenarios de estrés financiero o crisis sistémicas. 6. DESCRIPCIÓN/DESARROLLO 6.1. Responsabilidades El Comité de Activos y Pasivos de FONAFE, o las instancias que éste delegue, serán responsables del cumplimiento, verificación y actualización del presente Lineamiento. Los Gerentes Generales o sus equivalentes de las Empresas, son los responsables de implementar y cumplir con lo establecidos en el presente Lineamiento, debiendo, el Comité de Activos y Pasivos de cada una de las empresas, cumplir con las responsabilidades mínimas establecidas en el Anexo 1 del Resolución Directoral Nº EF/52.03 del Ministerio de Economía y Finanzas Principios Las operaciones de Gestión de Excedentes de Tesorería se rigen por los siguientes principios: Si tiene una impresión de este documento, verifique su vigencia en el Portal Web de FONAFE Página: 4 de 16

5 a. Transparencia: Los recursos son asignados mediante mecanismos en los que la información es clara, concreta, completa y fidedigna, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente. b. Sostenibilidad: Existe consistencia entre las operaciones de gestión de excedentes, los flujos de caja, los niveles de endeudamiento y la capacidad de pago de las obligaciones de la empresa. c. Eficacia y Eficiencia: La gestión de excedentes se realiza en términos de la alternativa más beneficiosa en términos de rentabilidad, liquidez y riesgo, parámetros que se definen en el perfil de inversión de la empresa. d. Competencia: La empresa promueve la mayor competencia posible en igualdad de condiciones, entre todas las alternativas y sustitutos posibles como el mecanismo más eficaz y transparente para obtener las mejores condiciones financieras de las operaciones por ejecutar. Facilita una rendición de cuentas responsable y promueve un entorno más dinámico y competitivo a todo nivel. e. Comparabilidad: Previo a la elección entre dos o más operaciones alternativas, es necesario hacerlas comparables incluyendo todos los efectos económicos relevantes involucrados, incluso los efectos tributarios, regulatorios o normativos. La aplicación de este principio permite asegurar que se corrijan los efectos monetarios aparentes que se pudieran estar generando de tratamientos tributarios o regulatorios diferenciados Riesgos y Límites en la Gestión de Excedentes de Tesorería La empresa deberá realizar la supervisión de los principales riesgos involucrados en el proceso de Gestión de Excedentes de Tesorería y en la selección de los instrumentos financieros elegidos. Se deberá considerar principalmente el seguimiento de los siguientes riesgos y límites: a. Limites por Emisor Este riesgo se gestiona tomando como referencia el rating otorgado por las empresas clasificadoras de riesgo, de acuerdo a los límites de diversificación señalados en la siguiente relación: Indicadores de Alerta y límites de Concentración por Emisor Tipo de entidad Indicador de alerta* Límites Entidad de crédito Hasta 25% 40% Gestor de fondos** Hasta 10% 15% - Fondo mutuo Hasta 7% 10% - Fondo de titulización Hasta 2.5% 5% Otro tipo de entidad financiera Hasta 5% 10% Entidad no financiera Hasta 3% 5% Si tiene una impresión de este documento, verifique su vigencia en el Portal Web de FONAFE Página: 5 de 16

6 Tipo de entidad Indicador de alerta* Límites Estado Peruano Hasta 100% 100% * Respecto del saldo total de activos financieros de la entidad pública involucrada (incluyendo depósitos, inversiones y cuentas por cobrar). ** Se refiere a la posición total en más de un fondo de cualquier tipo gestionado por un mismo administrador. Los indicadores de alerta se encuentran señalados en el numeral 7, del anexo 1 de los lineamientos para la gestión global de activos y pasivos del Resolución Directoral Nº EF/52.03, en el que se detalla el marco general de alertas para medir el riesgo de concentración en activos financieros, en aras de garantizar un adecuado nivel de diversificación de las operaciones financieras. Las Empresas deberán tomar en cuenta lo establecido en el numeral 12 del lineamiento para la gestión global de activos y pasivos, Elegibilidad y límites por contraparte, donde se establece que, al cierre de cada trimestre, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público comunicará a cada entidad involucrada el límite o cupo máximo disponible que pueda utilizar con cada entidad financiera como contraparte de sus operaciones financieras. No se considerará en el cómputo de alertas a los instrumentos en los que se participe por mandato de ley. b. Limites por Instrumentos Asimismo, se establecen los siguientes límites de inversión de acuerdo a los siguientes tipos de instrumentos: Tipo de Instrumento Límite Depósito a plazo fijo / Cuentas corrientes Hasta 100% Letras del Tesoro Hasta 100% Estructurados / Sintéticos Hasta 70% Fondo Mutuos / Fondos de Titulización Hasta 15% Operaciones de Reporte Hasta 10% Papeles comerciales / Bonos Corporativos Hasta 15% Bonos del Estado Hasta 100% c. Límite de Riesgo de acuerdo al Emisor e Instrumento La inversión en Instrumentos de deuda de corto plazo, tales como depósitos a plazo, papeles comerciales, certificados bancarios y pagarés bancarios, emitidos por empresas pertenecientes al Sistema Financiero con clasificación de riesgo mínima de A-; y con fechas originales de vencimiento Si tiene una impresión de este documento, verifique su vigencia en el Portal Web de FONAFE Página: 6 de 16

7 de acuerdo al cuadro adjunto, podrán efectuarse con instrumentos que hayan sido clasificados por riesgo en una categoría no menor a las abajo indicadas, según los límites aprobados para cada una de estas instituciones y para cada uno de los instrumentos. Tipo Vencimiento Original Periodo de Tenencia Clasificación por Riesgo Mínima Obligaciones de Corto Plazo Obligaciones de Mediano y Largo Plazo Menor a 1 año Hasta 1 año CP-2* Mayor a 1 año Hasta 2 años A-* *O su equivalencia por clasificadora de Riesgo mostrada en la tabla de equivalencia adjunta al final del presente lineamiento como Anexo 2 d. Riesgo de liquidez Surge de la posibilidad de que los recursos corrientes disponibles en la empresa, resulten insuficientes para atender sus obligaciones de corto plazo; en ese sentido, la administración prudente de este riesgo implica mantener suficientes recursos disponibles, así como contar con la facilidad e inmediatez para el uso de fuentes contingentes de financiamiento 1 de corto plazo. Los lineamientos para la gestión global de activos y pasivos, en el numeral 9, contemplan los indicadores de liquidez a ser observados por las empresas con la finalidad hacer un adecuado seguimiento de dicho riesgo. Asimismo, el establecimiento de la reserva de liquidez permitirá contar con los fondos adecuados que permitan gestionar adecuadamente este riesgo. e. Riesgo de mercado Corresponde a las pérdidas económicas potenciales derivadas de la fluctuación de determinadas variables financieras, tales como las tasas de interés y el tipo de cambio. El perfil de inversión a la empresa, que será aprobado por el Directorio, definirá los niveles que permitan acotar la exposición a este tipo de riesgo. Asimismo, el Comité de Activos y Pasivos deberá hacer seguimiento continuo de la exposición al riesgo de mercado de las inversiones financieras realizadas. f. Riesgo Cambiario Las empresas deberán mantener un adecuado calce de monedas en sus operaciones financieras, que permita mitigar o evitar el riesgo de devaluación y pérdida potencial por el tipo de cambio. De esta manera los activos y pasivos deberán buscar un equilibrio en su estructura de monedas. 1 Líneas de crédito bancarias Si tiene una impresión de este documento, verifique su vigencia en el Portal Web de FONAFE Página: 7 de 16

8 g. Riesgo operacional La exposición al riesgo operacional se genera por el error o la infracción en el desarrollo de las actividades del personal o por un diseño inadecuado de los procesos involucrados. Este riesgo se afronta a través del diseño de políticas y procedimientos que definan el accionar del personal y atenúen la discrecionalidad en su proceder, así como por la instauración de mecanismos que verifiquen su cumplimiento. Asimismo, un factor clave es la separación de funciones entre áreas y actores intervinientes que garanticen la autonomía en el control. En concordancia con los riesgos definidos, la empresa deberá tener en cuenta la clasificación de riesgos que otorgan las empresas clasificadoras de riesgos a los diversos instrumentos financieros disponibles en el mercado, de tal forma de considerar dentro de sus políticas de inversión prioritariamente aquellos que se encuentren dentro del grado de inversión y de los riesgos definidos en este lineamiento Proceso de gestión de excedentes Definición del perfil de inversión A propuesta del Comité de Activos y Pasivos de la Empresa, el Directorio deberá establecer, dentro de los límites del presente lineamiento su perfil de inversiones. El Directorio de la Empresa deberá contar con información relacionada a la gestión de excedentes de tesorería mensualmente Determinación de la reserva mínima de liquidez La empresa constituirá una reserva mínima de liquidez que permita atender las obligaciones de pago de corto plazo, cuya magnitud dependerá de la naturaleza del ciclo de negocios de cada entidad. Dicha reserva deberá ser rentabilizada en todo momento a través de instrumentos que prioricen la liquidez, instrumentos que deberán guardar consistencia con los contemplados en los Lineamientos para la Gestión Global de Activos y Pasivos. Las cuentas corrientes remuneradas constituyen un referente inicial de las alternativas disponibles en el mercado. La determinación de la cuantía de la reserva mínima de liquidez deberá responder a criterios específicos del ciclo de operaciones de cada empresa, y tener en consideración aspectos clave como la volatilidad de los flujos de caja, la capacidad de pronosticar dichos flujos de caja, el margen para acceder rápidamente a líneas de crédito, entre otros. Si tiene una impresión de este documento, verifique su vigencia en el Portal Web de FONAFE Página: 8 de 16

9 Información y documentación relevante para la gestión de excedentes Definidos los excedentes como toda aquella disponibilidad de efectivo en el año fiscal en curso que se encuentre por encima de la reserva mínima de liquidez establecida por la empresa, y dado que estos recursos no se destinan primariamente a la atención de obligaciones, se prioriza la obtención de rentabilidad de los mismos. Sin perjuicio de ello, se debe salvaguardar la consistencia y el calce entre el vencimiento de las inversiones financieras realizadas y las necesidades de recursos considerando la estructura de pagos a atender en el tiempo. Sobre esta base, la empresa elabora y adecúa la documentación interna como las políticas y manuales de gestión de activos y pasivos que permitan institucionalizar y detallar aspectos clave en el desarrollo de estas operaciones, tales como una definición unívoca de responsables, procesos y procedimientos. Dentro de la empresa, el responsable de tesorería elabora mensualmente un plan de gestión de liquidez, el cual es presentado al Comité de Activos y Pasivos. Dicho documento resume los ingresos y egresos proyectados para los próximos doce meses y tiene por objetivo identificar la generación de excedentes y las necesidades de financiamiento previsibles en el corto plazo, información que servirá como base para la toma de decisiones sobre las inversiones financieras a realizar Alternativas para la inversión de excedentes En la gestión de operaciones de la Gestión de Excedentes de Tesorería, la empresa debe tener en consideración las siguientes alternativas: Títulos del Tesoro Público Los títulos del tesoro público constituyen el activo libre de riesgo por excelencia a través de los cuales las empresas pueden gestionar su liquidez y son especialmente útiles en escenarios de incertidumbre y volatilidad de mercados financieros o eventos de riesgo sistémico. Dentro de esta categoría destaca preferentemente el uso de las letras del Tesoro que tienen plazos de vencimiento referenciales de 3, 6, 9 y 12 meses y baja exposición al riesgo de mercado. Los bonos soberanos son también instrumentos elegibles, con el adecuado seguimiento de los riesgos de mercado asociados y un plazo máximo de 2 años. Asimismo, está permitido realizar operaciones de reporte con títulos del Tesoro, preferentemente con bonos soberanos de corto plazo, en las Si tiene una impresión de este documento, verifique su vigencia en el Portal Web de FONAFE Página: 9 de 16

10 condiciones que establezca la DGETP en la normativa y reglamentación respectiva Instrumentos elegibles Los excedentes de la empresa podrán ser colocados en instrumentos financieros que cuenten con el nivel mínimo de clasificación de riesgo establecido en el presente lineamiento en función a las evaluaciones que periódicamente realizan las Empresas Clasificadoras de Riesgo. Los instrumentos financieros autorizados y elegibles para la gestión de excedentes en el marco de los Lineamientos de Gestión Global de Activos y Pasivos son: a. Cuentas corrientes b. Cuentas de ahorro c. Cuentas a plazo d. Certificados de depósitos e. Certificados bancarios f. Papeles comerciales g. Bonos h. Letras i. Notas j. Pagarés k. Contratos de préstamos l. Participaciones en fondos mutuos de renta fija m. Participaciones en titulizaciones Específicamente, para los depósitos en entidades financieras, se reconoce la facultad de subastar excedentes de tesorería bajo esta modalidad a través de la DGETP del MEF, siguiendo el procedimiento establecido en el Reglamento de Depósitos aprobado por la Resolución Directoral Nº EF/52.03 y sus modificatorias. Cualquiera de los instrumentos anteriormente mencionados, de modo estructurado, es elegible sólo si aseguran como mínimo el 100% del principal de la inversión. Otro tipo de instrumentos, incluidos los subordinados, los convertibles y los híbridos, al igual que las acciones y los instrumentos de renta variable en general, sólo serán elegibles bajo autorización expresa de la DGETP Operaciones del mercado de valores Los valores elegibles y autorizados sólo podrán ser adquiridos en el mercado primario, a través de ofertas públicas, o, en el mercado secundario a través de mecanismos centralizados de negociación, sean o Si tiene una impresión de este documento, verifique su vigencia en el Portal Web de FONAFE Página: 10 de 16

11 no conducidos por una bolsa, y que sean regulados por la Superintendencia de Mercado de Valores. Excepcionalmente, sólo con autorización expresa de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, las entidades públicas involucradas podrán adquirir valores en mercados que no operen bajo mecanismos centralizados de negociación Criterios de Elegibilidad de activos financieros a. Operaciones de reporte: La inversión de los recursos en operaciones de reporte, incluyendo transacciones y ofrecimiento de garantías, podrá realizarse exclusivamente en operaciones con instrumentos de corto plazo que hayan sido clasificados por riesgo en la categoría CP-2; o instrumentos de largo plazo que hayan sido clasificados por riesgo en una categoría no menor a la A- (o su equivalente por clasificadora de riesgo mostrada en la tabla de equivalencia adjunta al final del presente Manual). b. Inversión en cuotas de Participación en Fondos Mutuos: La inversión en cuotas de participación de fondos mutuos y fondos de inversión podrá efectuarse con cuotas con una clasificación de riesgo no inferior a A-, cuando se trate de instrumentos de largo plazo y CP-2 (o su equivalente por clasificadora de riesgo mostrada en la tabla de equivalencia adjunta al final del presente Manual), cuando se trate de instrumentos de corto plazo. Para el caso de cuotas no clasificadas o con una clasificación menor a la antes mencionada, se requerirá la aprobación del Comité de Activos y Pasivos. Sólo se podrá invertir en los siguientes tipos de Fondo sea en nuevos soles o dólares americanos: Instrumentos de Deuda Muy Corto Plazo, Instrumentos de Deuda Corto Plazo. c. Inversión en Instrumentos de deuda de Mediano y Largo Plazo, tales como bonos corporativos, bonos corporativos estructurados, bonos de arrendamiento financiero, bonos de titulización, pagarés, letras, entre otros, con fechas originales de vencimiento mayores a un año, por periodos de tenencia mayores a 12 meses, requerirán de la aprobación del Comité de Activos y Pasivos. d. Inversiones en productos estructurados, productos sintéticos y otros productos financieros, ofrecidos por Entidades Bancarias que cuenten con categoría de riesgo mínima de A-; y ofrezcan tasas de rendimientos fijas, o rendimientos mínimo asegurados, o por lo menos aseguren el 100% del monto invertido, puesto que algunos productos estructurados tienen un activo subyacente asociado que de acurdo a la evolución de sus cotizaciones fluctúen los rendimientos de los mismos. Si tiene una impresión de este documento, verifique su vigencia en el Portal Web de FONAFE Página: 11 de 16

12 Finalmente, para establecer las equivalencias de riesgo de los instrumentos de corto plazo y largo plazo; así como las equivalencias por clasificadora de riesgo, se está adjuntando como Anexo 2 a este lineamiento las tablas de equivalencias correspondientes Definición de actividades y responsables dentro de las Empresas Las principales actividades a ser desarrolladas por cada uno de los actores estratégicos en materia de gestión de excedentes de tesorería se detallan según: El Directorio: Aprobar el perfil de inversión de la empresa, dentro de los límites establecidos en el presente lineamiento. Aprobar la reserva mínima de liquidez propuesta por el Comité de Activos y Pasivos. Aprobar la documentación interna complementaria 2 que oriente la gestión de excedentes. Supervisar trimestralmente la consistencia entre la implementación de la gestión de excedentes con lo establecido en el presente lineamiento Gerencia General / Comité de Activos y Pasivos: Proponer al Directorio el perfil de inversión de la empresa dentro del marco propuesto en el presente lineamiento. Definir la estructura de autonomías para la ejecución de las operaciones de gestión de excedentes de tesorería. Establecer, en coordinación con la Gerencia de Finanzas o quién haga de sus veces, la reserva mínima de liquidez. Aprobar el plan de colocaciones de los excedentes de tesorería, el cual debe estar alineado al presente lineamiento. Proponer al Directorio la documentación complementaria interna que sustente la gestión de excedentes de tesorería. Supervisar mensualmente las operaciones de colocación de excedentes. Realizar el seguimiento periódico de los riesgos y límites establecidos en el acápite 6.3. Gerencia de Administración y Finanzas Proponer la metodología para el cálculo de la reserva mínima de liquidez y estimar su magnitud en términos absolutos o relativos. Realizar el análisis económico financiero de cada operación de colocación de excedentes incluyendo todos los efectos tributarios, regulatorios y económicos relevantes involucrados (escudo tributario, crédito fiscal, impuesto a las transacciones financieras u otros) Si tiene una impresión de este documento, verifique su vigencia en el Portal Web de FONAFE Página: 12 de 16

13 Proponer modificaciones al perfil de inversión. Responsable de Tesorería Presentar mensualmente al Comité de Activos y Pasivos un planeamiento de gestión de liquidez (flujos de caja) que aborde los próximos doce meses. Evaluar constantemente las condiciones económicas y financieras de mercado a fin de definir adecuadamente el momento de llevar a cabo las operaciones. Solicitar las cotizaciones de tal forma que se promueva la competencia y se garantice la transparencia. Analizar las alternativas disponibles para cada operación y proponer a la Gerencia de FinanzasComité de Activos y Pasivos las opciones más convenientes. Responsable de Riesgos Realizar el análisis de riesgo y emitir opinión sobre las propuestas de las operaciones de gestión de excedentes, teniendo como base las disposiciones del presente Lineamiento y las contempladas en los Lineamientos de Gestión Global de Activos y Pasivos. El ejercicio de esta función deberá recaer en un responsable distinto a quien formula la operación y guardar consistencia con la implementación del Sistema Efectivo de Administración de Riesgos dentro de cada entidad. Los conocimientos mínimos que deberá considerar la Gerencia General para el personal asignado a dicha función serán aquellos asociados a los riesgos definidos en la sección 6.2, pudiendo para tal efecto tomarse en cuenta la formación académica del responsable, su experiencia en la materia, o sus capacitaciones dentro de la empresa, entre otras. Mientras las empresas implementen estas funciones y las delegue al responsable que debe realizar el análisis y seguimiento de los riesgos de las entidades emisoras y los instrumentos elegibles; el comité de activos y pasivos (CAP) deberá realizar dicho análisis y seguimiento de los riesgos que deberán asumir, dentro del marco del CAP. En el caso de operaciones que requieran una mayor complejidad de análisis, el responsable de riesgos deberá poner a consideración de la Gerencia General o del Comité de Activos y Pasivos, según corresponda, que el análisis y opinión pueda ser encargado a un tercero especializado o remitido en consulta a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público en su calidad rectora en materia de gestión de activos financieros. Gerencia Legal Realizar el análisis legal del marco general de aplicación del lineamiento y de la documentación complementaria. Revisar los contratos asociados a la utilización de nuevos instrumentos y alternativas financieras disponibles que ponga a su consideración la Gerencia de Finanzas o el Comité de Activos y Pasivos. Si tiene una impresión de este documento, verifique su vigencia en el Portal Web de FONAFE Página: 13 de 16

14 7. DISPOSICIONES FINALES 7.1 En el marco de rectoría de FONAFE para el cumplimiento del presente lineamiento, es necesario que la información remitida conforme al numeral de la Directiva de Gestión donde se detalla la evaluación mensual y los Formatos, Saldo de Caja, Depósitos, Colocaciones e Inversiones-Formato 9E, registre indispensablemente los siguientes campos requeridos: tipo de instrumento, moneda, tasa de interés, tipo de cambio, capital, plazo, vencimiento, a fin de poder realizar un seguimiento integral y óptimo del portafolio. 7.2 Las modificaciones, precisiones e interpretación del presente Lineamiento quedan bajo el ámbito de FONAFE en función a la evaluación y aplicación de mejores prácticas y estándares en materia de gestión de activos financieros. 7.3 Las empresas no financieras deberán ajustar la estructura de su portafolio de inversiones a los lineamientos señalados en el presente documento. 8. ANEXOS Anexo 1: Modelo referencial del Perfil de Inversión de la Empresa Anexo 2: Clasificación de Instrumentos de Inversión de Corto Plazo Si tiene una impresión de este documento, verifique su vigencia en el Portal Web de FONAFE Página: 14 de 16

15 ANEXO 1 Modelo referencial del Perfil de Inversión de la Empresa 1. Filosofía de inversión Resumen ejecutivo Objetivos de rentabilidad (definidos en términos anuales, netos de la inflación) Objetivos de liquidez (definidos en términos de la facilidad con la cual un activo puede ser convertido en efectivo) Tolerancia al riesgo (perfil de inversión: conservador, moderado, agresivo) dentro del marco de lo establecido en el presente lineamiento. Diversificación (establecer límites por tipo de instrumento y emisor (contraparte) para evitar la concentración en base al Lineamiento). Otras consideraciones (e.g. restricciones legales o tributarias) 2. Definición de recursos disponibles para invertir (e.g. fondos que superan la reserva mínima de liquidez de la empresa) 3. Tolerancia a las pérdidas (desvalorización máxima a tolerar en distintos plazos antes de que se disponga la liquidación de un activo) 4. Criterios de selección (parámetros que permitan encausar la selección de determinados instrumentos en los cuales destinar los excedentes) 5. Monitoreo y supervisión (frecuencia de revisión de la evolución del portafolio de inversiones, análisis de las inversiones como conjunto o de manera individual, en el marco de lo dispuesto en el presente lineamiento) Si tiene una impresión de este documento, verifique su vigencia en el Portal Web de FONAFE Página: 15 de 16

16 ANEXO 2 Clasificación de Instrumentos de Inversión de Corto Plazo otorgadas por las empresas clasificadoras de riesgo, tal como se muestra a continuación: Fuente: Categorías de riesgo equivalente y equivalencias aplicables a los instrumentos de inversión en los cuales se invierten los recursos de las Carteras Administradas (SBS). Artículo 9 de la Resolución SBS Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Crédito Fuente: Superintendencia de Banca y Seguros Si tiene una impresión de este documento, verifique su vigencia en el Portal Web de FONAFE Página: 16 de 16

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