REGLAMENTO. Revisado por MSc. Liliana Antelo Enc. Planificación y Seguimiento Académico. Rev. Fecha Identificación de las modificaciones al documento
|
|
- Mariano Camacho Herrera
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 Pág. 1 de 11 Elaborado por Lic. Oscar Contreras Ballesteros Coordinador Administrativo y Financiero Revisado por MSc. Liliana Antelo Enc. Planificación y Seguimiento Académico Aprobado por MSc. Teófilo Caballero Viera. Director de la UAGRM Business School Rev. Fecha Identificación de las modificaciones al documento Se modificó los siguientes Art. 2; Art. 6; Art. 7; art. 15; Art. 22 (inc. a y b); Art. 36 (inc. e y f). Se incluyó en el Capítulo V el Art. 27; Art. 28 y Art. 29. En el capítulo VIII se incluyó el Art Se modificó el Art. 8 y se detalló los requisitos de descuento para obtener beneficios. Se incluyó el punto de abandono o retiro definitivo Se modificó el inc. e. g. i., se incluyó el inc. h, se anulo el inc. f del Art. 8; Art. 9. Se identifico en los incisos a y b los requisitos y reglamentación que corresponde. En el Art. 10. Se incluyó el inc. a.; Se incluyó el Art. 23, Art. 24 y Art. 28. Otros aspectos generales Se modificó Art. 6. Inc. b., Art. 7 inc. a., Art. 8 inc. e (v), Art. 10, Art. 30, Art. 39, Art. 40, Art, 50, Art. 56 inc. g. Se incluyó el Art. 63 y Art. 64. Se cambió el código RE-RIP-501 por el código RE-ENA Se modificó el Art. 7. Inc. a, Art. 8; Art. 14; Art. 17; Art. 19; Art. 23; Art. 25. Inc. c; Art. 29; Art. 31; Art. 32; Art. 35; Art. 38; Art. 40; Art. 42; Art. 55; Art. 60 Inc. a; (Se fusionó el Artículo 41 y 42 en uno solo). Se adicionó el Art. 21. Se modificó los Art. 8 inc. b), 26, 40, 43 y 44. El presente reglamento rige para todos los Postgraduantes registrados formalmente en la UAGRM Business School de la Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Financieras. CAPITULO I CONSIDERACIONES GENERALES Art. 1. Para los efectos del presente Reglamento se reconocen las siguientes categorías de postgraduantes: a. Postgraduantes activos. b. Postgraduantes pasivos. Art. 2. Los Postgraduantes activos son aquellos que han cumplido con todos los requisitos de inscripción, con sus obligaciones académicas, económicas u otras que hayan establecido con la UAGRM Business School. Art. 3. Los Postgraduantes pasivos son los que no han completado los requisitos de inscripción o no han cumplido oportunamente con sus obligaciones académicas, económicas, con biblioteca u otras que hayan establecido con la UAGRM Business School. Así como los que suspenden avance o tienen licencia por más de dos (2) módulos. Art. 4. Los Postgraduantes pasivos carecen de los derechos, pero quedan sujetos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en este reglamento. Art. 5. La condición de Postgraduante activo concluye con la defensa y aprobación del respectivo Trabajo Final de Grado.
2 Pág. 2 de 11 CAPITULO II REQUISITOS DE INSCRIPCION Y PERMANENCIA Art. 6. Los requisitos para la inscripción o registro formal a un programa académico en la UAGRM Business School de profesionales con títulos de Universidades nacionales son: a. Formulario de solicitud de inscripción. b. Fotocopia Legalizada del Título académico y/o Fotocopia Legalizada del Título profesional en provisión nacional. Se podrá tener un plazo de hasta tres meses para presentar copia legalizada pero durante ese tiempo no podrá beneficiarse con ningún descuento. c. Fotocopia de la cédula de identidad. d. Cumplimiento de obligaciones económicas. e. Curriculum Vitae. f. Dos fotos tamaño 3x4, con fondo de color rojo. g. Documento original que respalde el beneficio de beca o descuento (si corresponde). h. Otros que la UAGRM Business School considere necesario. Art. 7. Los requisitos para la inscripción o registro formal a un programa académico en la UAGRM Business School de profesionales con títulos de Universidades extranjeras son: a. Presentar fotocopia del Título a nivel de licenciatura o su equivalente, legalizada por el Consulado de su país y la Cancillería Boliviana. Se podrá tener un plazo de hasta tres meses para presentar copia legalizada pero durante ese tiempo no podrá beneficiarse con ningún descuento. b. Para el trámite de su Título de Magister debe presentar fotocopia del Título a nivel de licenciatura revalidado por la U.A.G.R.M. o Universidades del Sistema Público. c. La legalización por la Cancillería y Consulado o la Revalidación, NO cambia su categoría de Titulo de Universidad Extranjera. Art. 8. Para la permanencia en la UAGRM Business School en condición de Postgraduante activo, se deberán cumplir los siguientes requisitos y obligaciones: a. Cumplir con los requisitos académicos exigidos en cada asignatura o módulo. b. No incurrir en faltas disciplinarias graves o gravísimas descritas en los Artículos correspondientes del presente reglamento. c. No estar con licencia por más de dos (2) módulos continuos. El estar con licencia por más de 2 módulos pierde la condición de Postgraduante Activo. d. Cumplir con las normas administrativas y académicas de la UAGRM Business School.
3 Pág. 3 de 11 e. Pagar oportunamente las obligaciones económicas, no debiendo encontrarse en situación de morosidad. i. El incumplimiento del plan de pago dará lugar a la depuración de las listas de asistencia del docente y la pérdida del beneficio o descuento que se tenga. ii. Los pagos NO son por módulo, deben realizarse cumpliendo estrictamente su Plan de Pago incluyendo el mes de Diciembre y Enero de cada año. iii. La depuración de la lista de asistencia del docente se considera falta, aún si estuviera presente en el aula y una acumulación mayor del 25% de faltas significa pérdida del módulo. iv. El beneficio para las cuotas futuras se recupera cuando el Postgraduante cancela la cuota atrasada incluyendo la pérdida de beneficio, exceptuando para los casos de faltas graves o gravísimas. v. El horario de atención de caja es de 8:30 a 12:00 y de 15:00 a 20:00 los días hábiles de lunes a viernes y los sábados de 8:30 a 12:00. Cuando el último día de su plan de pago coincida con un domingo o un feriado, se habilitará el primer día hábil subsiguiente para su cancelación sin pérdida de beneficio. CAPITULO III DERECHOS DE LOS POSTGRADUANTES Los Postgraduantes activos tienen derecho a: Art. 9. Cursar la asignatura que corresponda a su programa de conformidad a la oferta académica de la UAGRM Business School. Art. 10. Ser atendido oportunamente en las sugerencias y/o reclamos que realice formalmente de acuerdo a mecanismos establecidos en el Sistema de Gestión de la Calidad. Art. 11. Contar con aulas, mobiliarios y equipos en condiciones óptimas para pasar las clases. Art. 12. Hacer uso de la biblioteca física y virtual (en cuanto esté en funcionamiento) de la UAGRM Business School, cumpliendo los requisitos exigidos para ello. Art. 13. Ser atendido en forma oportuna y eficaz en aspectos relacionados con el desarrollo académico. Art. 14. Participar de las conferencias y otras actividades académicas y/o sociales organizadas por la UAGRM Business School, previa inscripción respectiva. Art. 15. Solicitar notas y certificaciones de avance de las asignaturas cumpliendo los requisitos exigidos por la UAGRM Business School. Art. 16. Acceder a la información de su nota de módulo cursado, mediante la página web a partir de los 15 días de concluido el módulo.
4 Pág. 4 de 11 Art. 17. La revisión de la nota solo será considerada en un plazo máximo de 15 días calendario posterior a la publicación de la nota, pasado este plazo todo reclamo será improcedente. Art. 18. Recibir apoyo metodológico para la elaboración del Trabajo Final de Grado. (De acuerdo a reglamentos específicos) Art. 19. Solicitar el nombramiento de Director de Trabajo Final de Grado, una vez cumplidos los requisitos establecidos. Art. 20. Utilizar la infraestructura de la UAGRM Business School para fines académicos, previa autorización por escrito. Art. 21. Las horas académicas de clases están planificadas en periodos determinados, los postgraduantes, por razones institucionales, deberán dejar el aula pasados 10 (diez) minutos de concluida la clase. Art. 22. Recibir cualquier otro beneficio que a futuro se implemente en la UAGRM Business School, a favor de los Postgraduantes activos. CAPITULO IV BECAS Y OTROS BENEFICIOS OTORGADOS A LOS POSTGRADUANTES Art. 23. El beneficio o descuento se aplica solo para cursar programas completos. Art. 24. Para que los beneficios de becas, matrícula pública, convenios, subvenciones y cualquier otro tratamiento especial se hagan efectivo en la UAGRM Business School, los Postgraduantes deberán cumplir con todos los requisitos exigidos por la UAGRM Business School y presentar los documentos en el momento de la inscripción al programa académico. Art. 25. En caso de que se presenten los documentos mencionados con posterioridad a la fecha de inscripción, el beneficio se aplicará a partir de la cuota del mes siguiente a la fecha de la aprobación de su solicitud por la UAGRM Business School. El Postgraduante no podrá exigir tal beneficio con retroactividad a la aprobación de su solicitud. Art. 26. Los beneficiarios de las becas, matrícula pública, convenios, subvenciones y cualquier otro tratamiento especial se efectivizará en el momento del pago de las mensualidades de las cuotas. Si incumple su plan de pagos, no podrá exigir tal beneficio. Art. 27. Todos los Postgraduantes beneficiados, para seguir gozando de esa condición, deberán cumplir con los requisitos académicos y administrativos siguientes: a. Los postgraduantes que hayan obtenido un beneficio del 15% deberán aprobar cada módulo, al menos, con una nota mínima de 70 sobre 100. Una nota inferior significa perder el beneficio en dicho módulo. (No aplica para pagos al contado). b. Los postgraduantes que hayan obtenido un beneficio del 25% y 30%; deberán aprobar cada módulo, al menos con nota mínima de 75 sobre 100; los que tengan beneficio de 40% y 50% deberán aprobar cada módulo al menos con nota mínima de 80 sobre 100 y los que tengan
5 Pág. 5 de 11 un beneficio de 100% deberán aprobar cada módulo con nota mínima de 85 sobre 100. Una nota inferior significa perder el beneficio en dicho módulo. c. Quienes accedan al beneficio del 40%; 50% y 100% deberán realizar trabajo académico o social que le serán asignado o aprobado por la UAGRM Business School y tendrá una duración de 40; 50 y 100 horas reloj respectivamente. d. En caso de reprobación de una asignatura, perderá el beneficio y podrá cursar la asignatura reprobada pagando el cien por ciento (100%) de su precio. CAPITULO V LICENCIAS Y SUSPENCIONES Art. 28. Se consideran licencias a toda solicitud de ausencia a clases o módulos que sean efectuadas antes del inicio de clases y que sean aprobadas por escrito por la UAGRM Business School. Art. 29. Las licencias de clases no excluyen de ser consideradas inasistencia, y no podrá exceder del 25% de inasistencia a clases. Las licencias sólo serán tomadas en cuenta para reprogramación de exámenes, presentación de trabajos prácticos u otros similares, si hubieren existido en las fechas con licencia. Art. 30. Las solicitudes de licencias del módulo deberán realizarse antes del inicio del módulo, debidamente respaldadas con documentación y ser aprobadas por escrito por la UAGRM Business School. Una vez aprobada, podrán cursar en otra versión o edición sin pago adicional al plan de pago (no aplicable para los beneficiarios del descuento del 100%), cumpliendo los demás requisitos administrativos y académicos. Esta liberación del pago será aplicable hasta un máximo de dos (2) módulos durante el desarrollo de su programa. Art. 31. Se consideran licencias de módulos, cuando el Postgraduante solicita por escrito el ausentarse por todo un módulo y la UAGRM Business School aprueba dicha solicitud por escrito. La licencia por módulo sólo se aceptará hasta dos (2) módulos continuos o tres (3) módulos discontinuos durante el desarrollo de su programa. Art. 32. Las solicitudes de licencias presentadas a destiempo (después de iniciado el módulo) no serán aprobadas y en el informe, de notas del docente, quedará registrada la nota que haya acumulado. Podrá cursar el módulo en otra versión o edición con el pago del 100% del precio del módulo. Art. 33. Se considera suspensión del programa que cursa, cuando el Postgraduante solicita por escrito no cursar tres (3) o más módulos continuos por cualquier motivo. Art. 34. En caso de que las licencias superen los dos (2) módulos, para cursar dichos módulos, deberá cancelar el 50% del valor del módulo sin beneficio, indistintamente del beneficio con que cuente (se exceptúa el descuento de 100% que deberá pagar la totalidad).
6 Pág. 6 de 11 Art. 35. En caso de los Postgraduantes con beneficio o descuento del 100%, toda ausencia a un módulo con licencia o sin licencia, podrán cursar en otra versión o edición cancelando la totalidad del valor del módulo. Art. 36. En caso de cursarlo por Tutoría estará sujeto a precio y reglamento específico (incluyen a quienes realizaron su pago al contado). Art. 37. El Docente no está autorizado ni facultado para otorgar licencias, ni cambiar los horarios de clases ya establecidos. Art. 38. Toda licencia, permiso por clase o tiempo parcial de una clase, solo puede ser autorizada por la UAGRM Business School para lo cual el Postgraduante deberá realizar su solicitud mediante oficio o envío de , dirigido al Señor Director. CAPITULO VI ABANDONO O RETIRO DEFINITIVO Art. 39. Se considera abandono del módulo a toda inasistencia durante el desarrollo del módulo. Art. 40. Se considera abandono del programa cuando el Postgraduante deja de cursar sin aviso alguno, por dos (2) módulos continuos. Art. 41. Cuando el abandono o retiro esté motivado por causa de no inicio del programa, la UAGRM Business School hará la devolución de todo pago que haya realizado el Postgraduante. (Solo válido para el inicio del programa, cuando no se ha pasado ni una sola clase). Art. 42. Cuando el abandono o retiro esté motivado por causas personales del Postgraduante, la matrícula NO estará sujeta a devolución, independientemente si ha comenzado o no el programa. Art. 43. Para casos de solicitud de devolución de los derechos de estudio, la UAGRM Business School cobrará por todos los módulos cursados tomando en cuenta el precio total de cada módulo cursado; ya que, el beneficio o descuento solo aplica para cursar un programa completo. Art. 44. Si el Postgraduante decide cambiarse de programa académico, deberá solicitarlo por escrito y una vez cumplido los requisitos y aprobada su solicitud no requerirá el nuevo pago de matrícula, sólo deberá cancelar los módulos cursados o iniciados, siempre y cuando la solicitud no exceda los seis (6) meses a partir de la fecha del último modulo cursado. CAPITULO VII REINICIO DE UN PROGRAMA ACADEMICO Art. 45. En caso de retorno del Postgraduante a su programa u otro programa, la matrícula le será reconocida si el tiempo transcurrido no excede los seis (6) meses a partir de la fecha del último módulo cursado. En los casos que exceda el tiempo indicado, deberá pagar la matrícula correspondiente.
7 Pág. 7 de 11 Art. 46. Ante una solicitud de reincorporación, se evaluará y se considerará su aprobación conforme a procedimiento establecido. CAPITULO VIII OBLIGACIONES DE LOS POSTGRADUANTES Art. 47. Asistir a clases en el horario establecido por la UAGRM Business School. Art. 48. En caso de docentes internacionales o que provienen del interior del país, asistir a clases en los horarios especiales que establezca la UAGRM Business School. Art. 49. Asistir a, por lo menos 4 conferencias o cursos con valor curricular durante la permanencia en el programa, las mismas que son dictadas por la UAGRM Business School. Art. 50. Cumplir a cabalidad con las exigencias académicas de cada asignatura. Art. 51. Cumplir con las obligaciones económicas de acuerdo al compromiso y plan de pagos firmados. Art. 52. Cumplir con un mínimo de setenta y cinco por ciento (75%) de asistencia en cada asignatura o módulo. Art. 53. Sujetarse en forma estricta a las normas académicas y administrativas establecidas por la UAGRM Business School. Es responsabilidad del Postgraduante conocer las disposiciones académicas y económicas que tienen que ver con el programa que está desarrollando, NO pudiendo aducir su desconocimiento. CAPITULO IX REQUISITOS PARA APROBAR EL MODULO Art. 54. Obtener una nota de aprobación de 64 a 100 (Art. 141 inc. c. del Reglamento General del Sistema de Postgrado). Art. 55. Estar en la lista de habilitados (no estar depurado) y asistir a por lo menos el 75% de las clases programadas. Art. 56. En caso de que un Postgraduante haya estado depurado de la lista del docente, la asistencia se tomará en cuenta a partir de la fecha que cumplió con la obligación económica o académica pendiente. Queda claramente establecido que estar depurado de la lista del docente se considera inasistencia por más que el Postgraduante haya asistido a clases durante el periodo de depuración. Art. 57. Se reprueba una asignatura o módulo por cualquiera de las siguientes causas: a. Nota menor a 64. b. Inasistencia superior al 25%. Art. 58. En el régimen de estudios de postgrado se admite la desaprobación de una asignatura. Excepcionalmente, el Comité Académico Científico de la Unidad de Postgrado, autorizará la
8 Pág. 8 de 11 Art. 59. repetición, por única vez, de dos (2) de las asignaturas que integran la malla curricular del programa respectivo. Si un Postgraduante desaprueba más de dos asignaturas no podrá titularse en el programa, pero podrá cursar las asignaturas que desee, obteniendo la respectiva certificación de participación. CAPITULO X FALTAS DISCIPLINARIAS Y SANCIONES Art. 60. Se consideran faltas disciplinarias leves las siguientes acciones: a. Sobrepasar el veinticinco por ciento (25%) de inasistencia permitida por cada asignatura. b. Incumplimiento de las obligaciones económicas. c. Abandono de una asignatura sin autorización por escrito por parte de la UAGRM Business School. Art. 61. Las sanciones por las faltas disciplinarias leves son: a. Reprobación automática de la asignatura por inasistencia superior a veinticinco por ciento (25%). b. Depuración en la lista de asistencia del docente (significa falta aunque esté presente en el aula). c. Suspensión de beneficios de descuentos por los pagos adeudados. d. Pérdida de derecho a asistir a clases y de rendir examen. e. Suspensión de la emisión de certificaciones de notas, vencimiento de asignaturas y otros, en caso de que no estén al día en sus obligaciones económicas. Art. 62. Se consideran faltas disciplinarias graves las siguientes acciones: a. Incumplimiento de las obligaciones económicas, incluyendo las pérdidas de beneficios. b. Abandono de más de una asignatura sin autorización por escrito por parte de la UAGRM Business School. c. Agresiones verbales y/o físicas a los Postgraduantes, Docentes o al personal administrativo de la UAGRM Business School. d. Conducta inapropiada dentro de la UAGRM Business School. e. Trato irrespetuoso al personal Docente y administrativo de la UAGRM Business School. f. Asistir a clases o a las actividades académicas en estado inconveniente. g. Generar un clima inadecuado para pasar clases o promover el descontento entre los Postgraduantes por cualquier motivo. h. Causar daños materiales a los bienes de la UAGRM Business School.
9 Pág. 9 de 11 i. Acoso psicológico o de cualquier otra índole a docentes, postgraduantes o personal administrativo. Art. 63. Las sanciones por las faltas disciplinarias graves son: a. Suspensión de beneficios otorgados en todos o varios de los módulos restantes, de acuerdo al informe y evaluación del caso. b. Pérdida de derecho de asistir a clases y de rendir examen. c. Suspensión de todos sus derechos de Postgraduantes, durante uno (1) hasta tres (3) módulos, sin incluir el que cursa. Art. 64. Se consideran faltas disciplinarias gravísimas a las siguientes acciones: a. Reincidir o incurrir nuevamente en cualquiera de las acciones consideradas graves. b. Incitar a la inasistencia masiva a clases, suspensión de clases, boicot de las actividades académicas por cualquier motivo. b. Promover el desorden y el caos dentro del aula o en las instalaciones de la UAGRM Business School. c. Atentar contra la seguridad e integridad de las personas e instalaciones de la UAGRM Business School. d. Faltar a la moral y las buenas costumbres dentro del recinto de la UAGRM Business School. e. Apropiarse de los bienes de la UAGRM Business School o de los bienes ajenos, aún sean de objetos olvidados. Art. 65. Las sanciones por las faltas gravísimas son: a. Suspensión de todo beneficio. b. Expulsión del Postgraduante con pérdida de todo pago económico que haya realizado. Esta decisión será tomada a través de una Comisión Sumariante. CAPITULO XI DERECHOS DE AUTOR, PLAGIO Y SANCIONES Art. 66. (Derechos de Autor o Copyright) Derecho de autor es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística o científica, esté publicada o inédita. Art. 67. (Plagio) El plagio consiste en hacer que aparezca como propio lo que pertenece a otros, siendo la mala fe, o sea el dolo inherente al acto realizado y el daño producido, el arrebatar esa propiedad intelectual. "Hay plagio todas las veces que un autor toma algún tipo de información, independientemente si proviene de una obra literaria, artística, musical, científica o de internet, la
10 Pág. 10 de 11 cual sea propiamente la invención de otro y procura hacerla pasar por suya. Puede ser un elemento de fondo, de forma, o una simple frase.(incluye Trabajos de Investigación, Tesis u otros). Art. 68. (Sanciones) De acuerdo al Código Penal de Bolivia en el Art correspondiente a Delitos contra la Propiedad Intelectual y el Art correspondiente a la Alteración, Acceso y Uso Indebido de Datos Informáticos, constituye una falta gravísima las cuales serán sancionadas según el grado de plagio existente en el documento, mediante la siguiente escala: a. En caso de que el plagio fuese detectado en la fase inicial del desarrollo del documento por el Director de Trabajo Final de Grado, la sanción corresponderá a una amonestación escrita, cuando el DTFG hace conocer a la Coordinación de Investigación sobre el plagio detectado. b. Si en el proceso de evaluación del documento desarrollado por el postgraduante por parte del Tribunal Evaluador ha sido detectado algún indicio parcial o total de plagio en uno o más capítulos del documento, la sanción corresponderá a la suspensión de todos los derechos del postgraduante hasta 180 días, el cual será readmitido en la UAGRM Business School de la Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Financieras una vez cumplido el tiempo de la suspensión; además de desarrollar un nuevo documento como trabajo final de grado. c. Si en el desarrollo de un nuevo documento el postgraduante vuelve a cometer algún indicio de plagio ya sea parcial o total del documento, la sanción corresponderá a la pérdida total y definitiva de derechos académicos y económicos quedando consolidado todo pago que haya realizado a favor de la UAGRM Business School y no podrá ser admitido posteriormente en ninguno de los programas ofrecidos por la UAGRM Business School y, de acuerdo a evaluación podrá seguirse las acciones judiciales que correspondan. d. En caso de plagio al presentar un trabajo de investigación requerido en algún módulo, el Postgraduante perderá el módulo. e. Toda aplicación de sanción será establecida por una comisión específica que será nominada por el Comité Académico Científico de la UAGRM Business School, la cual en un periodo de 5 días hábiles deberá emitir una Resolución. f. La Resolución de la Comisión entrará en vigencia y aplicación a partir de la comunicación por escrito al Postgraduante. Art. 69. Es atribución del Comité Académico Científico de la UAGRM Business School la interpretación de artículos y la definición de aspectos no contemplados en el presente reglamento para resolver las situaciones que se presenten.
11 Pág. 11 de 11 Art. 70. El presente Reglamento y el Reglamento de Becas forman parte del Compromiso de Pago y Reconocimiento de Obligaciones. Art. 71. Ningún beneficio podrá aplicarse si el postulante no ha cumplido con todos los requisitos de inscripción y los establecidos para obtener el beneficio. /////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////
REGLAMENTO. Art. 1 Para los efectos del presente reglamento se reconoce las siguientes categorías de beneficios:
Página 1 de 9 El presente reglamento rige para toda postulación al Beneficio de la Beca o Descuento para cursar un programa académico en la Unidad de Postgrado de la Facultad de Ingeniería en Ciencias
Más detallesCAPÍTULO VIII DE LAS OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y EXCEPCIONES DE LOS PARTICIPANTES
CAPÍTULO VIII DE LAS OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y EXCEPCIONES DE LOS PARTICIPANTES Artículo 61. (Obligaciones de los Participantes) Inscripciones 1. Los postulantes deben inscribirse al PTAANG
Más detallesREGLAMENTO ACADÉMICO VERSIÓN 5
Artículo 1: El presente Reglamento establece el conjunto de normas generales que regulan las actividades académicas, los deberes y derechos de los alumnos, y el cumplimiento de la función docente del Instituto
Más detallesDocumentación de Títulos y Grados
Documentación de Títulos y Grados Técnico de Nivel Superior en Prevención de Riesgos Carrera de Técnico de Nivel Superior en Prevención de Riesgos Facultad de Ingeniería y Negocios Universidad de Las Américas
Más detallesREGLAMENTO, DEBERES Y DERECHOS ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN (DIPLOMA, CURSOS Y OTROS RELACIONADOS)
REGLAMENTO, DEBERES Y DERECHOS ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN (DIPLOMA, CURSOS Y OTROS RELACIONADOS) El presente Reglamento se aplicará a todos los participantes del Diploma, Cursos y otras actividades de
Más detallesREGLAMENTO BENEFICIOS DE BECAS O DESCUENTOS
Pág. 1 de 9 Elaborado por Lic. Oscar Contreras Ballesteros Coordinador Adm. y Financiero Revisado por M.Sc. Liliana Antelo Enc. Planificación y Seguimiento Académico Aprobado por M.Sc. Teófilo Caballero
Más detallesUNIVERSIDAD SALVADOREÑA ALBERTO MASFERRER. U.S.A.M. REGLAMENTO GENERAL PARA EL ESTUDIO DE ESPECIALIDADES EN MEDICINA Y ODONTOLOGÍA
UNIVERSIDAD SALVADOREÑA ALBERTO MASFERRER. U.S.A.M. REGLAMENTO GENERAL PARA EL ESTUDIO DE ESPECIALIDADES EN MEDICINA Y ODONTOLOGÍA CONSIDERANDO Que los Estatutos de la Universidad Salvadoreña Alberto Masferrer
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARQUITECTURA SUSTENTABLE Y ENERGIA TITULO III. De las Normas Generales
REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARQUITECTURA SUSTENTABLE Y ENERGIA TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración
Más detallesAutor Fecha Creación Actualización Vicerrectoría Académica Diciembre 2000 Diciembre 2012 TÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Reglamento General de Becas Autor Fecha Creación Actualización Vicerrectoría Académica Diciembre 2000 Diciembre 2012 TÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES SU RÉGIMEN, COMPROMISO Y DEFINICIÓN Artículo
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA
REGLAMENTO DEL PROGRAMA MAGISTER EN PROCESAMIENTO Y GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN (MPGI) Reglamento del programa de Magíster en Procesamiento y Gestión de la Información: TÍTULO I: DEFINICIÓN Artículo Nº 1:
Más detallesMANPOWER CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA REGLAMENTO ACADÉMICO
MANPOWER CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA REGLAMENTO ACADÉMICO 2016 REGLAMENTO ACADÉMICO TÍTULO I NORMAS GENERALES Art. 1º El presente reglamento norma aquellos aspectos que dicen relación con las actividades
Más detallesREGLAMENTO DE PENSIONES
REGLAMENTO DE PENSIONES Título I Disposiciones Generales Artículo 1 : Objeto del Reglamento El presente reglamento, establece las condiciones generales, los términos y disposiciones que regulan el Sistema
Más detallesNormativa de Titulación del Departamento de Ingeniería Mecánica para las Carreras Ing. Civil Mecánica e Ing. Mecánica Industrial
Normativa de Titulación del Departamento de Ingeniería Mecánica para las Carreras Ing. Civil Mecánica e Ing. Mecánica Industrial Estas normas están referidas al Reglamento de Titulación, aprobado por el
Más detallesCIRCULAR EN MATERIA DE NORMAS ACADÉMICAS Y FINANCIERAS POSGRADOS FACULTAD DE ECONOMÍA PRIMER SEMESTRE DE 2019
CIRCULAR EN MATERIA DE NORMAS ACADÉMICAS Y FINANCIERAS POSGRADOS FACULTAD DE ECONOMÍA PRIMER SEMESTRE DE 2019 Se les solicita a todos los estudiantes leer cuidadosamente la totalidad de este documento.
Más detallesVISTO: La Resolución del Rectorado N 150/08 y sus modificatorias, por las cuales se aprueba el Régimen Académico de la Universidad FASTA y;
Mar del Plata, 15 de diciembre de 2017.- RESOLUCIÓN DEL RECTORADO Nº 433/17 VISTO: La Resolución del Rectorado N 150/08 y sus modificatorias, por las cuales se aprueba el Régimen Académico de la Universidad
Más detallesCentro de Investigación y Docencia Económicas, A. C.
Sección I: Generales 1. Los Ex alumnos que hubieran sido beneficiados con un crédito educativo del CIDE, tendrán la obligación de devolverlo en los términos establecidos en la Sección II del presente manual:
Más detallesDIRECCIÓN ACADÉMICA DE POSTGRADO / INSTITUTO DE ESTÉTICA REGLAMENTO PROGRAMA DE POSTGRADO MAGISTER EN ESTUDIOS DE CINE
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE DIRECCIÓN ACADÉMICA DE POSTGRADO / INSTITUTO DE ESTÉTICA REGLAMENTO PROGRAMA DE POSTGRADO MAGISTER EN ESTUDIOS DE CINE REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ESTUDIOS
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE BECAS
REGLAMENTO GENERAL DE BECAS Universidad Abierta Por un ser incompleto, consciente de su incompletitud REGLAMENTO GENERAL DE BECAS TÍTULO PRIMERO CAPÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.-El intercambio estudiantil es una actividad académica extracurricular que tiene por objeto potenciar el desarrollo
Más detallesREGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN
REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN 2016. OPUESTA 2015 Página 1 TÍTULO I NORMAS GENERALES DE LA CONVALIDACIÓN Artículo 1 Se entenderá por convalidación de asignaturas el reconocimiento de la equivalencia existente
Más detallesREGLAMENTO DEL ALUMNO DE EDUCACIÓN CONTINUA Y EXTENSIÓN PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE Decreto de Rectoría nº 70/2009
REGLAMENTO DEL ALUMNO DE EDUCACIÓN CONTINUA Y EXTENSIÓN PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE Decreto de Rectoría nº 70/2009 TITULO I DEFINICION Art. 1 : El presente Reglamento del Alumno de Educación
Más detallesArtículo 2. Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por:
REGLAMENTO DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE LA REGIÓN RIBEREÑA Título Primero De los derechos, obligaciones y, en su caso, sanciones Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1. El objeto
Más detallesc) Producir conocimiento útil para la formulación y análisis crítico de políticas públicas en propiedad intelectual.
REGLAMENTO MAESTRIA EN PROPIEDAD INTELECTUAL MODALIDAD VIRTUAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Del Reglamento Este Reglamento establece las normas relativas a la organización académica de
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN EDUCACIÓN MÉDICA. TITULO I De las Normas Generales
REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN EDUCACIÓN MÉDICA TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica del
Más detallesPOLÍTICAS DE PAGO 2016
POLÍTICAS DE PAGO POLÍTICAS DE PAGO 2016 MEJORAR EL PRESENTE PENSANDO EN EL FUTURO 1.- OBJETIVO GENERAL Estandarizar criterios y procedimientos en las políticas de pago de los estudiantes de la Universidad
Más detallesREGLAMENTO DE EVALUACIONES
REGLAMENTO DE EVALUACIONES 2015 Título I Disposiciones Generales Artículo 1 : Objeto del reglamento El presente reglamento regula los aspectos referidos a las evaluaciones de los estudiantes durante sus
Más detallesCRITERIOS ACADÉMICOS. I. Inscripción de estudiantes de nuevo ingreso. II. Permanencia.
CRITERIOS ACADÉMICOS I. Inscripción de estudiantes de nuevo ingreso. Haber aprobado en su totalidad el plan de estudios del nivel medio superior. Haber sido aceptado por la Comisión de Ingreso. Realizar
Más detallesINFORMACIÓN FINANCIERA - PREGRADO SEGUNDO SEMESTRE DE 2015
Apreciado(a) estudiante: En este documento encontrará información que lo orientará, si lo requiere, sobre los procesos para financiar su matrícula. Las solicitudes de financiación con las diferentes entidades
Más detallesTÉRMINOS Y CONDICIONES PROCESO DE ADMISIÓN PREGRADO
TÉRMINOS Y CONDICIONES PROCESO DE ADMISIÓN PREGRADO Hace referencia a las condiciones que deben tener en cuenta los aspirantes antes realizar el pago de inscripción a un programa de pregrado de la Universidad.
Más detallesINSTRUCTIVO DE POSTGRADOS
INSTRUCTIVO DE POSTGRADOS Universidad Centroamericana José Simeón Cañas Ciclo - 01 2009 Facultad de Postgrados 2009 INSTRUCTIVO DE POSTGRADOS Ciclo - 01 Facultad de Postgrados Universidad Centroamericana
Más detallesREGLAMENTO ESPECIAL DE ESTUDIOS REGIMEN SEMESTRAL DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO
REGLAMENTO ESPECIAL DE ESTUDIOS RÉGIMEN SEMESTRAL DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO Página 1 de 9 REGLAMENTO ESPECIAL DE ESTUDIOS REGIMEN SEMESTRAL DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO TÍTULO I EN GENERAL ARTÍCULO 1 : El
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONÍA PERUANA VICERRECTORADO ACADÉMICO DIRECTIVA N VRAC-UNAP
UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONÍA PERUANA VICERRECTORADO ACADÉMICO DIRECTIVA N 004-2015-VRAC-UNAP PROGRAMACIÓN Y DESARROLLO DE EXAMEN DE APLAZADO Y EXAMEN DE APLAZADO EXCEPCIONAL EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE ARANCELES
REGLAMENTO INTERNO DE 1. Aranceles 1.1. Los aranceles están conformados por la matrícula, las cuotas, el derecho a evaluaciones, las convalidaciones, los diferentes certificados solicitados y otros gastos
Más detallesREGLAMENTO DE LA RESIDENCIA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO CAPÍTULO I GENERALIDADES
REGLAMENTO DE LA RESIDENCIA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1 El presente Reglamento norma la admisión y permanencia de los estudiantes de la Universidad
Más detallesREGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN, HOMOLOGACIÓN, EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA, EXAMEN DE CONOCIMIENTOS RELEVANTES Y RECONOCIMIENTO DE APRENDIZAJES PREVIOS.
REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN, HOMOLOGACIÓN, EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA, EXAMEN DE CONOCIMIENTOS RELEVANTES Y RECONOCIMIENTO DE APRENDIZAJES PREVIOS. DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º: DEL ÁMBITO DE LA APLICACIÓN
Más detallesMANUAL PARA EL ESTUDIANTE
MANUAL PARA EL ESTUDIANTE Reglamento y procedimientos 2016 DIRECCIÓN DE GESTIÓN CURRICULAR VICERRECTORÍA ACADÉMICA DIRECCIÓN GENERAL DE PREGRADO Manual para el estudiante I 1 QUÉ ES EL CALENDARIO DE ACTIVIDADES
Más detallesREGLAMENTO DE EVALUACIONES
REGLAMENTO DE EVALUACIONES 2018 Título I Disposiciones Generales Artículo 1 : Objeto del reglamento El presente reglamento regula los aspectos referidos a las evaluaciones de los estudiantes durante sus
Más detallesDIRECTIVA N OSCE/CD
DIRECTIVA N 003-2017-OSCE/CD PROCEDIMIENTO PARA LA CERTIFICACIÓN DE PROFESIONALES Y TÉCNICOS QUE LABOREN EN LOS ÓRGANOS ENCARGADOS DE LAS CONTRATACIONES DE LAS ENTIDADES I. FINALIDAD Contar con profesionales
Más detallesREGLAMENTO ACADÉMICO DE PREGRADO FACULTAD DE MEDICINA Clínica Alemana - Universidad del Desarrollo
REGLAMENTO ACADÉMICO DE PREGRADO FACULTAD DE MEDICINA Clínica Alemana - Universidad del Desarrollo ARTÍCULO ÚNICO. Reemplázase, a contar del 1 de enero del año 2008, el Reglamento de Pregrado Facultad
Más detallesEXP-RECT-UER: 1261/11 TÍTULO DE LOS ESTUDIANTES. ARTÍCULO 1._ La inscripción a las carreras se realiza en cada facultad, en el período
ANEXO ÚNICO TÍTULO I DE LOS ESTUDIANTES De la inscripción a las carreras de la Universidad: ARTÍCULO 1._ La inscripción a las carreras se realiza en cada facultad, en el período que fije cada Consejo Directivo
Más detallesREGLAMENTO DE EVALUACIONES
REGLAMENTO DE EVALUACIONES 2016 Título I Disposiciones Generales Artículo 1 : Objeto del reglamento El presente reglamento regula los aspectos referidos a las evaluaciones de los estudiantes durante sus
Más detallesMANUAL DEL ALUMNO LIBRE EN LA ESCUELA DE ESTUDIOS ESPECIALES
MANUAL DEL ALUMNO LIBRE EN LA ESCUELA DE ESTUDIOS ESPECIALES 2014-2 OFICINA CENTRAL DE REGISTRO CONTENIDO DESCRIPCIÓN... 2 PROCESO DE ADMISIÓN... 2 REQUISITOS... 2 INSCRIPCIÓN... 2 PUBLICACIÓN DE RESULTADOS...
Más detallesPOLÍTICAS Y TIPOS DE BECAS
POLÍTICAS Y TIPOS DE BECAS Beca Académica: Está a disposición de los estudiantes que por su aprovechamiento escolar sean elegibles para solicitarla. El porcentaje a aplicar es del 100%, si el promedio
Más detallesRECTORADO MANUAL DE COBRANZAS Aprobado con Resolución N CU-ULADECH Católica, de fecha 23 de mayo de 2017 CHIMBOTE PERÚ
www.uladech.edu.pe RECTORADO MANUAL DE COBRANZAS Aprobado con Resolución N 0487-2017-CU-ULADECH Católica, de fecha 23 de mayo de 2017 CHIMBOTE PERÚ Versión: 02 Cód. M-MC Fecha de implementación: 23-05-2017
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS DE GÉNERO
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS DE GÉNERO REGLAMENTO PARA EL PAGO DE LAS CUOTAS POR CONCEPTO DE INSCRIPCIÓN Y PAGOS DE LOS DIPLOMADOS RELACIONES DE GÉNERO Y
Más detallesREGLAMENTO DIPLOMADO EN SEGURIDAD PRIVADA INTEGRAL
REGLAMENTO DIPLOMADO EN SEGURIDAD PRIVADA INTEGRAL I. ANTECEDENTES GENERALES 1. Objetivo del reglamento; Entregar a los alumnos participantes, una herramienta eficaz, para que puedan conocer adecuadamente
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE TLAXCALA FACULTAD DE DERECHO,CIENCIAS POLÍTICAS Y CRIMINOLOGÍA LICENCIATURA EN DERECHO. Reglamento de. Alumnos.
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE TLAXCALA FACULTAD DE DERECHO,CIENCIAS POLÍTICAS Y CRIMINOLOGÍA LICENCIATURA EN DERECHO Reglamento de Alumnos. Septiembre 2010. Preámbulo. La Licenciatura en Derecho, de la Universidad
Más detallesTÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
PROGRAMA DE MAGISTER EN MATEMATICA DEPARTAMENTO DE MATEMATICAS FACULTAD DE CIENCIAS REGLAMENTO DE ESTUDIOS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1. El Magíster en Matemática es un programa, de carácter
Más detallesTECNICATURA UNIVERSITARIA EN GESTION CULTURAL
Dossier de Proyectos Ejecutados en el marco de Contratos de Asistencia Técnica y Servicios. TECNICATURA UNIVERSITARIA EN GESTION CULTURAL REGLAMENTO de la CONDICIÓN de ESTUDIANTE OCS 743/01 UNIVERSIDAD
Más detallesSISTEMA INACAP REGLAMENTO PRÁCTICAS Y TITULACIÓN
SISTEMA INACAP REGLAMENTO PRÁCTICAS Y TITULACIÓN TÍTULO 1: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 El presente reglamento establece un conjunto de normas especiales que regulan las prácticas y la titulación
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS. Julio, 2017
REGLAMENTO DE BECAS Julio, 2017 REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS PARA ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DEFINICIONES GENERALES Apoyo educativo. Es el porcentaje total de exención del pago
Más detallesESCUELA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
ESCUELA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO Normativo para la Elaboración de Tesis y Requisitos de Graduación de Maestría en Ciencias y Doctorado 1 Artículo Primero. Tesis de Grado de Doctorado: La tesis para el
Más detallesREGLAMENTO DE EGRESO Y TITULACION
REGLAMENTO DE EGRESO Y TITULACION Secretaria General Departamento de Títulos y Grados 2008 1 TITULO I : Disposiciones Generales. TITULO II : Del Egreso. TITULO III : Titulación. TITULO IV : De la Ceremonia
Más detallesSOBRE TITULACIÓN. Qué puede hacer un estudiante que no aprueba la opción de titulación escogida?
SOBRE TITULACIÓN Cuál es el plazo en el que un estudiante puede titularse? De no aprobar o concluir la opción de titulación escogida en el período académico de culminación de estudios, lo podrá desarrollará
Más detallesUniversidad del Bio-Bio Facultad Ciencias Empresariales
Universidad del Bio-Bio Facultad Ciencias Empresariales Reglamento General de Programas Especiales de Continuación de Estudios Aprobado en Consejo FACE, Septiembre 2007 Última Modificación: Noviembre de
Más detallesREGLAMENTO ACADÉMICO 2016
REGLAMENTO ACADÉMICO 2016 Título I Disposiciones Generales Artículo 1 : Objeto del reglamento El presente reglamento regula los aspectos académicos generales de las actividades que desarrollan la Universidad
Más detallesREGISTRO Y CONTROL ACADEMICO
Hoja de Control de Actualizaciones del Documento VERSION FECHA DESCRIPCION DE LA MODIFICACION 01 05/05/2011 Se modifica el procedimiento con adición en numeral 4.1 e inclusión del numeral 4.3 y 4.4 02
Más detallesBases Becas de Magíster. Fundación COSMOS Magíster Interdisciplinario en Intervención Social. Año Académico 2018
Bases Becas de Magíster Fundación COSMOS Magíster Interdisciplinario en Intervención Social Año Académico 2018 La Fundación Cosmos y el Magíster Interdisciplinario en Intervención Social (en adelante,
Más detallesINSTITUTO TECNOLÓGICO DE LAS AMÉRICAS (ITLA) Reglamento de Beca de Excelencia
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LAS AMÉRICAS (ITLA) Reglamento de Beca de Excelencia La Caleta, Boca Chica República Dominicana Agosto 2015 2 Contenido CAPÍTULO I... 3 Generalidades... 3 CAPÍTULO II... 4 Fines
Más detallesASOBURSATIL REGLAMENTO DE ESTUDIOS (Versión 2013)
ASOBURSATIL REGLAMENTO DE ESTUDIOS (Versión 2013) CAPITULO 1 INSCRIPCIONES Artículo 1. Para inscribirse en los cursos ofrecidos por la Asociación, el aspirante deberá acreditar estudios completos a nivel
Más detallesAPROBADO POR ACUERDO DE DIRECTORIO CON RESOLUCIÓN N /PD-USS
www.uss.edu.pe VERSIÓN 03 APROBADO POR ACUERDO DE DIRECTORIO CON RESOLUCIÓN N 008-2016/PD-USS Página 1 de 8 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ART. 1º: ART. 2º: ART. 3º: Constituye la base legal del presente
Más detallesPROGRAMA DE APOYO UNIVERSITARIO REGLAMENTO BECAS. Capítulo I Misión, Visión y Objetivos del Reglamento 2. Capítulo II Beneficiarios 2
PROGRAMA DE APOYO UNIVERSITARIO REGLAMENTO BECAS Contenido Página Capítulo I Misión, Visión y Objetivos del Reglamento 2 Capítulo II Beneficiarios 2 Capítulo III Inscripción 3 Capítulo IV Admisión 3 Capítulo
Más detallesESCUELA DE POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ESPAE ESPOL REGLAMENTO DE ESTUDIOS MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS MODALIDAD PRESENCIAL
1254 ESCUELA DE POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ESPAE ESPOL REGLAMENTO DE ESTUDIOS MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS MODALIDAD PRESENCIAL La ESPAE mediante resolución No. 82-11-369 creó el
Más detallesReglamento de Prácticas Profesionales. Aprobado el 14 de agosto de 2014
Reglamento de Prácticas Profesionales Aprobado el 14 de agosto de 2014 Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León Reglamento de Prácticas Profesionales -1 Reglamento de Prácticas Profesionales
Más detallesREGLAMENTO OPERATIVO DEL CAMPUS GUADALAJARA PARA LOS ALUMNOS DE PREPARATORIA
REGLAMENTO OPERATIVO DEL CAMPUS GUADALAJARA PARA LOS ALUMNOS DE PREPARATORIA CAPÍTULO I Admisión y readmisión de alumnos Artículo 1.8 Aquellas personas que deseen ser admitidas como alumnos visitantes,
Más detallesREGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO U HOMOLOGACIÓN DE ESTUDIOS EN LAS CARRERAS DE GRADO Y PROGRAMAS DE POSGRADO
REGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO U HOMOLOGACIÓN DE ESTUDIOS EN LAS CARRERAS DE GRADO Y PROGRAMAS DE POSGRADO CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1.- Objeto: El presente reglamento tiene por objeto establecer
Más detallesaprobado mediante Resolución C.D. N 968/07, y
CONCEPCIÓN DEL URUGUAY; 20 DE MAYO 2010. VISTO, el Reglamento Académico de la Licenciatura en Obstetricia, aprobado mediante Resolución C.D. N 968/07, y CONSIDERANDO: Que el señor Secretario Académico
Más detallesUNIVERSIDAD VERACRUZANA FACULTAD DE CIENCIAS QUÍMICAS ORIZABA, VERACRUZ MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE CONTROL ESCOLAR
UNIVERSIDAD VERACRUZANA FACULTAD DE CIENCIAS QUÍMICAS ORIZABA, VERACRUZ MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE CONTROL ESCOLAR 2017 Contenido... 1 Baja temporal por periodo escolar... 3 Baja temporal por experiencia
Más detallesCUOTA UNICA. Introducción. Definiciones
Página 1 de 7 Introducción La finalidad del presente reglamento es fijar las normas y el procedimiento, así como las responsabilidades por parte del estudiante y Universidad para el financiamiento mediante
Más detallesReglamento Administrativo
Reglamento Administrativo 1 Reglamento General Administrativo (U.A.P) 1- De las Matrículas 1.1. Para matricularse el ALUMNO deberá abonar una suma de dinero que será fijada anualmente a propuesta del Departamento
Más detallesCONVOCATORIA. Máster en Gobierno y Educación Universidad de Alcalá de Henares (UAH) OBJETIVO
CONVOCATORIA El Senado de la República, a través del Centro de Capacitación y Formación Permanente, y la Universidad de Alcalá, tienen el honor de convocar a las y los servidores públicos de este H. Órgano
Más detallesPolíticas generales de administración para el personal académico
Miguel Eduardo Equihua Zamora, Director General del Instituto de Ecología A.C., con fundamento en el artículo cuarto transitorio del Estatuto del Personal Académico y los criterios para prestaciones autorizadas
Más detallesREGLAMENTO MAESTRIA EN PROPIEDAD INTELECTUAL
REGLAMENTO MAESTRIA EN PROPIEDAD INTELECTUAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Del Reglamento Este Reglamento establece las normas relativas a la organización académica de la Maestría en Propiedad
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PAMPA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y JURIDICAS CONSEJO DIRECTIVO
SANTA ROSA, 10 de abril de 2012 VISTO: La Resolución Nº 147/2002 del Consejo Superior, por la que se aprueba el Reglamento de Equivalencias y Acreditaciones de la Universidad Nacional de La Pampa; y, CONSIDERANDO:
Más detallesUNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA
UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA FACULTAD DE ADMINISTRACION DE EMPRESAS REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE POSGRADO TITULO I CONSIDERACIONES GENERALES ARTICULO 1. Los programas de posgrado son aquellos que tienen
Más detallesRESOLUCION EXENTA VRA.Nº 024 DE 12 DE ENERO DE 2006 PROCEDIMIENTO DE ADMISION Y MATRICULA PARA PROGRAMAS DE POSTGRADO.
RESOLUCION EXENTA VRA.Nº 024 DE 12 DE ENERO DE 2006 PROCEDIMIENTO DE ADMISION Y MATRICULA PARA PROGRAMAS DE POSTGRADO. 1.De la admisión.- Artículo 1º La presente normativa regula los procesos de admisión,
Más detallesRESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0002/14 ARANCEL DE DERECHOS DE TRÁMITE UNIVERSITARIO
RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0002/14 ARANCEL DE DERECHOS DE TRÁMITE UNIVERSITARIO 1 2 RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0002/14 a, 2 de enero de 2014 CONSIDERANDO Que, el Departamento de Desarrollo Organizacional y la
Más detallesRESOLUCIÓN CPyGE N 039/14.
Viedma, 07 de agosto de 2014. VISTO, la Resolución UNRN N 19/08, la Resolución UNRN N 560/09, la Resolución UNRN N 525111, la Resolución Rectoral N 994/13 Y el Expediente 936/2014 del registro de la Universidad
Más detallesCircular N Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica
Circular N Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica 1 SO-31-015 813-015 3/11/015 de 9 TABLA DE CONTENIDO Página N CAPITULO I: Del Registro e Inscripción a los Cursos de Del artículo 1 al 9 4 CAPITULO
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS CICLO ESCOLAR INSTITUTO COLINAS EDUCACIÓN BILINÜE
REGLAMENTO DE BECAS CICLO ESCOLAR 2018-2019 INSTITUTO COLINAS EDUCACIÓN BILINÜE ÍNDICE Introducción... 1 TÍTUTLO I. De las disposiciones Generales Capítulo I. Su régimen, compromiso y disposición... 2
Más detallesPROCEDIMIENTO DE REINGRESO, TRASLADO Y TRANSFERENCIA EXTERNA CONTROL DE CAMBIOS
Página 1 de 6 CONTROL DE CAMBIOS FECHA VERSIÓN DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO 28-OCT-2015 01 Versión Inicial Se modifica el termino Reintegro por Reingreso de acuerdo con el Reglamento estudiantil, Acuerdo 012
Más detallesCOMUNICADO. Comunicado No. 006 De: Dirección Ejecutiva Para: Comunidad Estudiantil Sedes Nacionales Asunto: Actualización - Políticas de devolución
CÓDIGO: VERSIÓN: COMUNICADO F-C.C-01 2 Página: 1 de 5 Comunicado No. 006 De: Dirección Ejecutiva Para: Comunidad Estudiantil Sedes Nacionales Asunto: Actualización - Políticas de devolución CONDICIONES
Más detallesACUERDO NÚMERO 015 DE 2013 Por el cual se expide un nuevo reglamento de Deporte Universitario de la I.U.CESMAG
ACUERDO NÚMERO 015 DE 2013 Por el cual se expide un nuevo reglamento de Deporte Universitario de la I.U. www.iucesmag.edu.co 1 ACUERDO NÚMERO 015 DE 2013 ( JUNIO 19 ) Por el cual se expide un nuevo reglamento
Más detallesREGLAMENTO ACADÉMICO DE POSTÍTULO. Universidad Tecnológica de Chile INACAP. Título I Normas Generales
REGLAMENTO ACADÉMICO DE POSTÍTULO Universidad Tecnológica de Chile INACAP Título I Normas Generales Artículo 1 El presente reglamento establece el conjunto de normas generales que regulan y rigen el funcionamiento
Más detallesREGLAMENTO PLAN DE ESTUDIO ESCUELA DE OBSTETRICIA Y PUERICULTURA UNIVERSIDAD DE VALPARAÍSO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO PLAN DE ESTUDIO ESCUELA DE OBSTETRICIA Y PUERICULTURA UNIVERSIDAD DE VALPARAÍSO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º El presente reglamento fija las normas generales y básicas por las
Más detallesTÍTULO: REGLAMENTO ADMINISTRATIVO ACADÉMICO División de Estudios Profesionales para Ejecutivos, EPE CÓDIGO: SICA-REG-17 VERSIÓN 2.
1 de 5 1. INTRODUCCIÓN El presente Reglamento Administrativo Académico ha sido aprobado mediante Resolución de la Vicepresidencia de Finanzas y Administración, el cual se encuentra a disposición de los
Más detallesREGLAMENTO FINANCIERO PARA PAGO DE MATRICULAS
Artículo 1. Inscripción Todo aspirante a ser estudiante de pregrado o posgrado de la institución, deberá cancelar el valor de la inscripción establecido por el Consejo Directivo cada año, salvo que venga
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARTES Y MENCIONES
REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARTES Y MENCIONES TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica
Más detallesPREGUNTAS FRECUENTES - PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES
PREGUNTAS FRECUENTES - PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES 1. Quiénes deben realizar las prácticas pre profesionales? Las prácticas pre profesionales regentadas por el Consejo de la Judicatura, a través de la
Más detallesUniversidad Nacional de Lanús
Lanús, 13 de marzo de 2008 VISTO, el expediente Nº 534/08 correspondiente a la 1ª Reunión del Consejo Superior 2008 y la necesidad de dictar una normativa general para la reválida de títulos de nivel superior
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DESARROLLO URBANO - MDU. TITULO I De las Normas Generales
REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DESARROLLO URBANO - MDU TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica
Más detallesREGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS DEL IUNIR RECONOCIMIENTO DE ASIGNATURAS CURSADAS EN OTRAS UNIVERSIDADES
1 REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS DEL IUNIR RECONOCIMIENTO DE ASIGNATURAS CURSADAS EN OTRAS UNIVERSIDADES Aprobado por Resolución Rectoral Nº 37/09 de fecha 21 de Diciembre de 2009 Anexo aprobado por Resolución
Más detalles