FOROS LOCALES MODELO PARA ARMAR
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- Rosario Iglesias Revuelta
- hace 6 años
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1 FOROS LOCALES MODELO PARA ARMAR 0
2 1. QUÉ SON LOS FOROS LOCALES? Los Foros Locales son los órganos de información y de participación ciudadana presencial y deliberativa en el ámbito territorial de los Distritos de Madrid. Cada uno de los 21 Distritos contará con un Foro Local. Por primera vez en Madrid la ciudadanía y sus entidades sin ánimo de lucro podrán participar en la gobernanza de cada Distrito. Los Foros Locales permitirán que las políticas municipales se desarrollen con la ciudadanía y sus asociaciones. 1
3 2. QUÉ OBJETIVOS TIENEN LOS FOROS LOCALES? Los Foros Locales tienen tres objetivos fundamentales: - Impulsar la participación ciudadana en los asuntos del Distrito, así como la implicación activa de la ciudadanía y las entidades sin ánimo de lucro en la toma de decisiones municipales y en el proceso de formulación de acuerdos de iniciativas y propuestas. - Constituirse como espacios para la participación ciudadana en el ciclo de las políticas públicas, es decir, en el diseño, desarrollo y evaluación de las políticas municipales desde la perspectiva de los Distritos. - Fomentar el diálogo abierto entre la ciudadanía, las entidades sin ánimo de lucro y las Juntas Municipales de Distrito, siendo un órgano en el que se propicie la permanente rendición de cuentas por parte de la Presidencia del Distrito. 2
4 3. QUÉ ÁMBITO DE ACTUACIÓN TIENEN LOS FOROS LOCALES? El ámbito principal de actuación de los Foros Locales son los distritos y barrios. Los Foros están definidos como espacios con capacidad para la adopción de acuerdos de iniciativas y propuestas, acerca de todos aquellos aspectos inherentes a la acción municipal en los Distritos. En los Foros se podrán debatir y adoptar acuerdos sobre todos los asuntos que afecten al distrito en el que se desarrollan. Pero además, el reglamento que los regula, prevé la creación de una red de Foros Locales, que podrá desarrollar actividades, compartir conocimiento, evaluar la marcha de los Foros y dar lugar a iniciativas comunes tales como jornadas conjuntas, reuniones de Mesas y Grupos de Trabajo interdistritales e iniciativas para la difusión de la participación. 3
5 4. QUÉ IMPORTANCIA TIENEN LOS ACUERDOS DE LOS FOROS LOCALES? Los acuerdos de iniciativas y propuestas tomados en los Foros Locales son muy importantes para los Distritos ya que tienen un carácter referencial para las Presidencias de las Juntas de Distrito acerca de la gestión de los asuntos municipales desde la perspectiva territorial. Además podrán ser sometidos a decisión ciudadana bien a través de la plataforma decide Madrid o ser elevados como Proposición a la Junta Municipal del Distrito. Hasta tres acuerdos por pleno. 4
6 5. CUÁLES SON SUS PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN? Los principios de actuación de los Foros Locales, se pueden invocar y deben estar presentes en el desarrollo de los Foros en cada Distrito. Son cuatro principios fundamentales: Autonomía y capacidad para regular su funcionamiento a partir de lo expresado en el Reglamento que los regula, cuyo contenido se considerará criterio común de actuación. Esto significa que los Foros Locales podrán adaptarse de la mejor manera a las características propias de cada Distrito municipal, con la creación y programación de Mesas y Grupos de Trabajo que se estimen necesarios. Horizontalidad en su funcionamiento, en el que primará la búsqueda del consenso y la máxima participación e implicación ciudadana. Promoción del consenso, mediante la búsqueda de acuerdos unánimes. Inclusión, permitiendo la participación del mayor número de personas posible. 5
7 6. QUIÉN PUEDE PARTICIPAR EN LOS FOROS LOCALES? Podrán acreditarse ante la Secretaría como participantes las personas físicas mayores de 16 años o jurídicas que tengan su domicilio en el distrito, también podrán hacerlo todas aquellas personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades educativas, laborales, culturales, comerciales, recreativas, deportivas o cualesquiera otras que impliquen una vinculación con el distrito. 6
8 7. CÓMO Y CUANDO PUEDO INSCRIBIRME EN EL FORO DE MI DISTRITO? Inscribirte es muy fácil, pues basta con expresar la voluntad de participar en el Foro Local correspondiente, mediante la firma de un documento de aceptación que será facilitado por la Secretaría del Distrito, en el que se incluirá el compromiso de respeto a nuestro actual marco de convivencia. En el caso de las personas participantes en representación de una entidad sin ánimo de lucro, inscrita en el registro municipal, además del documento de aceptación, deberán aportar un certificado expedido por la entidad ciudadana a la que representen, en el que se haga constar que ha sido autorizado en el Foro como su representante. Las entidades no inscritas en el Registro municipal también pueden participar mediante su representante pero en este caso no se beneficiarán del voto colectivo. La inscripción se puede realizar durante el primer trimestre de cada año o durante los primeros quince días de junio de cada año, ante la Secretaría del Distrito. Mientras tanto podrás asistir a las sesiones del foro con voz pero sin voto. Los menores de 16 años pueden participar en los Foros a través de las COPIAS (Comisiones de Participación de la Infancia y Adolescencia) tal y como se explica a continuación 7
9 8. PUEDO INSCRIBIRME A TRAVÉS DE INTERNET? El Reglamento está abierto a esta posibilidad pero deberá desarrollarse. Por ahora y para la constitución de los Foros Locales la inscripción será presencial. 9. QUÉ PASA SI TENGO MENOS DE 16 AÑOS? Las Comisiones de participación de la Infancia y Adolescencia (COPIA) de la Ciudad de Madrid quedaran integradas en los Foros Locales de los Distritos, como órganos de participación exclusivos de los menores de 16 años, para tratar los temas relacionados con la defensa de sus derechos e intereses, determinados por la Comisión Permanente. 8
10 10. QUÉ PASA SI REPRESENTO A UNA ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO INSCRITA EN EL REGISTRO MUNICIPAL? En el caso de las personas participantes en representación de una entidad sin ánimo de lucro, inscrita en el registro municipal, además del documento de aceptación, deberán aportar un certificado expedido por la entidad ciudadana a la que representen, en el que se haga constar que ha sido autorizado en el Foro como su representante. En la sesión constitutiva bastará con la declaración responsable Cada entidad tendrá derecho acreditar un representante en los Foros en los que participe (dos como máximo), sin perjuicio de que todos y parte de los miembros de la entidad podrán participar a título individual. 9
11 11. Y SI SOY REPRESENTANTE POLÍTICO DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID? Los Foros Locales entran en el ámbito de la Democracia Participativa, que complementa la representativa. Ambas son necesarias y complementarias. Ambas redundan en la mejora de la calidad democrática. Los Vocales Vecinos y los Concejales y las Concejalas del Ayuntamiento de Madrid desempeñan un papel muy importante para la representación ciudadana en los Plenos Municipales pero, en este caso, dado que se trata de desarrollar el ámbito de la democracia participativa, no podrán desempeñar el cargo de Vicepresidencia del Foro. Sí podrán participar con voz, pero sin voto, en las sesiones del Foro Local. Se trata de que puedan escuchar las opiniones, deliberaciones y demandas de la ciudadanía y sus entidades, de manera que su función representativa sea lo más cercana posible. Además, cada Grupo Político con representación municipal tendrá derecho a un representante (vocal vecino o concejal), con voz pero sin voto en la Comisión Permanente del Foro Local. 10
12 12. CUÁLES SON LOS ÓRGANOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FORO? En cada Distrito se constituirá un Foro Local que estará integrado por una Presidencia, una Vicepresidencia, una Comisión Permanente, una Secretaría y las personas participantes. - La Presidencia de los Foros Locales estará desempeñada por la Concejalía Presidencia de la Junta Municipal de Distrito. - La Vicepresidencia, que desempeñará preferentemente un miembro de una entidad sin ánimo de lucro, tendrá la función de exponer y defender ante la Junta Municipal del Distrito y los órganos que correspondan, los acuerdos de todo tipo que se adopten válidamente en el Foro Local. La vicepresidencia será elegida entre todos los participantes en el Foro. Es la primera vez que en un Distrito cabe la posibilidad de elección directa por parte de la ciudadanía. 11
13 - La Comisión Permanente es el órgano de coordinación del Foro y la máxima instancia entre sesiones plenarias. - Es un órgano integrado por la Vicepresidencia del Foro Local, la Secretaría del Distrito, las personas elegidas para coordinar las Mesas y Grupos de Trabajo y un representante (voves o concejales), con voz pero sin voto, de cada uno de los Grupos Municipales. - Entre sus funciones están: proponer el orden del día de los plenarios del Foro Local y sobre todo actuar como Grupo Motor del Foro Local para lo que: ordenará las deliberaciones, aprobará la creación de Mesas y Grupos de Trabajo y elegirá las iniciativas que se elevarán mensualmente a la Junta Municipal de Distrito. 12
14 13. CÓMO SE DESARROLLAN LOS FOROS? Los Foros se desarrollan mediante sesiones plenarias y Mesas y Grupos de Trabajo. Las sesiones plenarias serán los momentos más importantes en la vida de los Foros pues todo el mundo podrá verse y las deliberaciones serán muy compartidas. Entre plenario y plenario, la vida del Foro Local de Distrito transcurrirá en las Mesas y Grupos de Trabajo, donde se trabajarán en equipo los acuerdos de iniciativas y propuestas. La Comisión Permanente garantizará la continuidad entre los plenarios y las Mesas y Grupos de Trabajo, actuando en todo momento como garante del Foro Local. 13
15 14. CUÁNTAS SESIONES PLENARIAS DEBERÁ CELEBRAR CADA FORO? Habrá, al menos, tres sesiones plenarias ordinarias al año, que serán las siguientes: - La sesión constitutiva y de planificación, en la que se plantearán los objetivos y la organización del Foro Local para el año siguiente así como las Mesas y Grupos de Trabajo a poner en marcha. A tal efecto las Áreas de Gobierno, a través de sus titulares, presentarán sus propuestas de Mesas y Grupos de Trabajo vinculadas al ámbito territorial del Foro Local y a las características del Distrito y de sus barrios. - La sesión de seguimiento y actualización de Mesas y grupos, en la que se dará cuenta de los trabajos realizados, propuestas elevadas, así como de las nuevas Mesas y grupos constituidos o disueltos. - La sesión dedicada a los Presupuestos municipales, cuyos resultados se elevarán a la Junta Municipal del Distrito que trate los Presupuestos del Distrito. 14
16 15. CÓMO FUNCIONAN LAS MESAS Y GRUPOS DE TRABAJO? Los Foros Locales podrán crear Mesas de trabajo de ámbito generalista y con voluntad de permanencia y Grupos de Trabajo como espacios especializados que servirán para el desarrollo de tareas concretas y/o especializadas del Foro Local. Dichas mesas podrán tener carácter sectorial o territorial. Hay dos formas de creación de Mesas o Grupos de Trabajo: - A propuesta de cualquiera de los integrantes del foro. En este caso para su aprobación y puesta en marcha, se procederá a una votación en la que habrán de contar con la mayoría simple del foro. - A propuesta de los titulares de las Áreas de Gobierno municipales, así como los titulares de los órganos de gobierno de otras instituciones públicas, asociaciones y grupos municipales. En este caso con una propuesta a la Comisión Permanente del Foro Local, que podrá constituirlos si cuentan con el interés de, al menos, cinco personas participantes. 15
17 16. CUÁNDO SE REÚNEN LAS MESAS Y GRUPOS DE TRABAJO? Las Mesas y Grupos de Trabajos pueden establecer su propio calendario de reuniones siempre y cuando no se solapen con el plenario. 17 CUÁNTAS PERSONAS DEBEN REUNIRSE COMO MÍNIMO PARA QUE LA SESIÓN PLENARIA SEA VÁLIDA EN UN DISTRITO? El quórum para la válida celebración de las sesiones requerirá la presencia al comienzo de la reunión de, al menos, veinticinco participantes con derecho a voto y de la Presidencia y de la Secretaría o de las personas que las sustituyan. 16
18 18. CÓMO SE CONVOCA EL FORO LOCAL? Las sesiones plenarias del Foro Local serán públicas, se anunciarán oportunamente por los medios convencionales y electrónicos disponibles y se celebrarán en la sede que la Junta Municipal del Distrito determine en la sesión constitutiva. Las Mesas y Grupos de Trabajo se celebrarán preferentemente por las tardes con un máximo de cinco convocatorias mensuales, que de forma extraordinaria y justificada, podrán ampliar su número, con el acuerdo de la Comisión Permanente. 17
19 19. QUÉ ACTIVIDADES REALIZAN LOS FOROS LOCALES? Los Foros Locales en cada Distrito municipal tendrán capacidad para aprobar los siguientes tipos de acuerdos: - Proposiciones: que pueden ser sometidos a decisión ciudadana bien a través de Decide Madrid o ser elevadas como Proposición a la Junta Municipal del Distrito. - Diagnósticos: para definir prioridades y participar en el Proceso de Planificación Municipal a través de Planes Participativos de Actuación Territorial. - Conclusiones: serán aquellos acuerdos que tengan por objeto manifestar la opinión del Foro Local y que tendrán un carácter referencial para el Concejal-Presidente. 18
20 20. CÓMO SE RELACIONA EL FORO LOCAL CON EL PLENO DE LA JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO? A cada sesión, ordinaria o extraordinaria, del Pleno de la Junta Municipal de Distrito, los Foros Locales podrán elevar un máximo de tres iniciativas y podrán informar a aquellos sobre la actividad desarrollada en el seno del Foro Local. 21. CÓMO SE ADOPTAN LOS ACUERDOS EN EL FORO LOCAL? Los acuerdos del Foro Local serán adoptados preferentemente por consenso, con el siguiente itinerario en tres pasos: - Una vez presentada una propuesta se consultará en primer lugar si existe consenso sobre la propuesta. - En segundo lugar, si no se ha logrado la unanimidad, la propuesta será aprobada o rechazada por mayoría absoluta de las personas participantes presentes en la sesión. - Finalmente y de no lograrse la mayoría absoluta, se abrirá un periodo para la deliberación y búsqueda de apoyos, por el tiempo que determine la Presidencia, tras el que se someterá de nuevo a votación el punto pendiente. En este caso, la decisión se adoptará ya sólo por mayoría simple. 19
21 22. CÓMO SE VOTA EN LOS FOROS LOCALES? Cada participante dispondrá de un solo voto, a excepción de las personas participantes en representación de una entidad inscrita en el Registro municipal previsto en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana de 31 de mayo de 2004, cuyo voto computará con arreglo al siguiente baremo: - Hasta 100 personas asociadas, 2 votos. - De 101 a 500 personas asociadas, 5 votos. - De 501 en adelante, 6 votos. 20
22 23. Y SI NO ESTOY DE ACUERDO CON LO QUE SE HA DECIDIDO? En los Foros ser respeta a las minorías y las personas discrepantes de la decisión mayoritaria podrán explicar su voto, por un tiempo máximo de tres minutos, lo que deberá unirse al acuerdo adoptado. 24. CÓMO SE TRAMITAN LOS ACUERDOS DEL FORO LOCAL? Las Mesas y Grupos de Trabajo podrán adoptar acuerdos para proponer la adopción de determinadas actuaciones por los órganos competentes. Dichos acuerdos serán trasladados para su consideración a la Comisión Permanente del Foro Local, que mediante asentimiento unánime o en su defecto, mayoría de sus personas integrantes con derecho a voto, podrá aprobar, previa valoración de su prioridad, la elevación a la Junta Municipal del Distrito. 21
23 25. CON QUÉ MEDIOS CUENTA EL FORO LOCAL PARA SU FUNCIONAMIENTO? La Junta Municipal de Distrito facilitará los espacios, medios adecuados y personal, para el correcto funcionamiento del Foro Local. Además tratará de impulsar medidas que promuevan la conciliación de la participación en el Foro Local con la vida laboral y personal de las personas participantes, incluyendo medidas que garanticen la participación de personas con discapacidad. Los Foros Locales podrán utilizar mecanismos electrónicos para ampliar y mejorar su funcionamiento, así como para ampliar sus capacidades y mejorar su impacto en el territorio. 22
24 10 RAZONES POR LAS QUE LOS FOROS LOCALES ABREN LA PARTICIPACIÓN A LA CIUDADANÍA 1. Son accesibles para todas las personas que habitan la ciudad 2. Facilitan la complementariedad entre la participación individual y la colectiva 3. Cabe la participación en sentido amplio: información, diálogo, deliberación, propuestas, evaluación 4. Los acuerdos de los FL contarán en la política municipal: tendrán carácter referencial para las concejalías 5. Reglamento innovador: los Foros tendrán autonomía y capacidad para su autoconstrucción y desarrollo 6. Ordenan la participación en el territorio: por 1ª vez en España, la capacidad para integrar propuestas participativas de otras instituciones se integra en un reglamento de carácter local 7. Vínculo con Decide Madrid: participación presencial y electrónica se dan la mano 8. La labor y representación de las asociaciones tendrá su reflejo en las votaciones 9. Acreditación facilitadora de la participación: solo hace falta vínculo con distrito. Periodo amplio para inscripción 10. Horizontalidad y trabajo en red: en los FL primará la búsqueda de consenso y la máxima participación 23
25 FOROS LOCALES CÓMO LO ARMAMOS 24
26 CALENDARIO LANZAMIENTO FOROS LOCALES 25
27 26
28 0. Acreditación 1. Intervención del Concejal Presidente 2. Propuestas sobre constitución de Mesas y/o Grupos de Trabajo 3. Elección de la Vicepresidencia (titular y suplente) 4. Constitución de la Comisión Permanente del Foro 5. Acuerdo sobre el lugar de celebración del Foro 6. Turno abierto de participación 27
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