INFORMACIÓN REFERIDA A BENEFICIOS, RIESGOS Y CONDICIONES DEL PRODUCTO O SERVICIO FINANCIERO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "INFORMACIÓN REFERIDA A BENEFICIOS, RIESGOS Y CONDICIONES DEL PRODUCTO O SERVICIO FINANCIERO"

Transcripción

1 INFORMACIÓN REFERIDA A BENEFICIOS, RIESGOS Y CONDICIONES DEL PRODUCTO O SERVICIO FINANCIERO PRODUCTOS PASIVOS 1. Cobertura de los depósitos por el Fondo de Seguro de Depósitos. El Fondo de Seguro de Depósitos respalda únicamente las siguientes imposiciones: a) Los depósitos nominativos, bajo cualquier modalidad (Ahorros, CTS, Cuentas Corrientes y Depósitos a Plazo Fijo), de las personas naturales y las personas jurídicas privadas sin fines de lucro; b) Los intereses devengados por los depósitos referidos anteriormente, a partir de la fecha de constitución o de su última renovación; y, c) Los depósitos a la vista de las demás personas jurídicas. En el caso de existir cuentas mancomunadas, su monto se distribuye a prorrata entre los titulares de la cuenta. Estos depósitos están cubiertos por el Fondo de Seguro de Depósitos hasta por un monto de S/. 93, para el período marzo 2015 mayo Este importe se actualiza trimestralmente. 2. Condiciones para el uso y conservación del medio de pago. Condiciones de uso y cuidados de la tarjeta de débito para el cliente: El cliente deberá leer los folletos que vienen con su tarjeta, pues facilitará el mejor uso de la misma. Una vez el cliente reciba su tarjeta, deberá cambiar la clave por un número que sea seguro, fácil de recordar y que nadie más pueda adivinar o conocer. En cajeros automáticos: En caso el cliente tuviese alguna incidencia en los cajeros y agentes BCP, tales como atasco de tarjeta en el cajero o error de pagos, deberá comunicarse a nuestra Banca Telefónica al , opción 1. Se recomienda cambiar de clave cada cierto tiempo en los cajeros automáticos BCP. Tienes hasta 2 intentos para ingresar correctamente tu clave secreta. Si ingresas una clave incorrecta, al 3er intento fallido tu tarjeta será retenida. Talonario de cheques: Para poder realizar el cobro de un cheque, éste no debe estar raspado, adulterado, borrado o falsificado, en cuanto a su numeración, fecha, cantidad, nombre del beneficiario, firma del emitente, líneas de cruzamiento, cláusulas especiales o cualquier otro dato esencial. El beneficiario deberá identificarse con su DOI a fin de realizar el cobro del cheque. 3. Medidas que el usuario deberá adoptar para preservar la seguridad del medio de pago. Generales Versión N 001 / Vigencia

2 Al recibir la tarjeta, el cliente debe firmarla en el espacio ubicado en la parte trasera o marcarla con algún distintivo para su fácil reconocimiento. El cliente debe leer por completo los folletos que vienen con el pack o sobre conteniendo la tarjeta. El cliente no debe anotar, ni escribir la clave secreta en la tarjeta, ni en un lugar cerca de ella, solo memorizarla. El cliente debe conservar la clave secreta en un lugar seguro donde no accedan otras personas. La clave secreta únicamente es de conocimiento del cliente. Por ningún motivo el banco le solicitará su clave secreta. En los establecimientos que tengan terminal inalámbrico (POS inalámbrico), deben exigir queeste sea llevado a la mesa o auto (grifos, restaurantes y delivery). Si extravía o sufre el robo de su tarjeta, comunicarse inmediatamente a nuestra Banca Telefónica al , opción 1, a fin de proceder con el bloqueo de su tarjeta. Si recibe llamadas de terceros, incluso haciéndose pasar por personal de Mibanco, y solicitan datos del cliente o sus familiares, corte la llamada en el momento y comuníquese con nosotros al , opción 4. En cajeros Automáticos El uso de la tarjeta y la clave secreta son de responsabilidad exclusiva del cliente. No aceptar ayuda de terceros cuando se usa el cajero automático. No permitir que nadie se acerque cuando utilice el cajero automático ni tampoco distraerse mientras realice sus operaciones. No permitir que nadie vea la clave secreta al momento de digitarla. Si se obliga al cliente a salir del cajero automático antes de terminar la operación, se debe elegir la opción CANCELAR. Si observa una situación sospechosa, presionar inmediatamente la tecla Cancelar, y retirarse verificando que la tarjeta le pertenezca. Si su tarjeta se queda retenida en el cajero automático, bloquearla llamando a nuestra Banca Telefónica al , opción 1. Nuestra Banca Telefónica funciona las 24 horas del día, todos los días del año. Cuando retire dinero debe fijarse en la ranura de donde sale el efectivo, los cajeros automáticos BCP esperarán 10 segundos antes de retener el dinero. Cuando retires la tarjeta del cajero automático guárdala inmediatamente. 4. Límites de operaciones del medio de pago. En cajeros automáticos BCP: a) Los límites diarios por retiros de efectivo son: De 6:00 a.m. a 8:59 p.m.: hasta S/.1, ó US$ De 9:00 p.m. a 5:59 a.m.: hasta S/.1, ó US$ En ventanilla de las agencias de Mibanco: a) Monto mínimo de S/ para retiros y depósitos. b) Monto máximo: no existen montos máximos para retiros ni depósitos. 5. Procedimiento aplicable en el caso de fallecimiento del titular de la cuenta. Para poder cancelar y/o retirar los fondos de la cuenta ante fallecimiento del titular, los Versión N 001 / Vigencia

3 familiares o herederos deberán presentar en la agencia la siguiente documentación: - Copia del Acta de Sucesión Intestada Notarial o Judicial o Testamento - Copia de la Partida de Defunción - Copia de el/los DOI de el/los solicitantes - Copia Literal del Registro Personal del causante donde conste la inscripción de la Sucesión Intestada o Testamento emitida por Registros Públicos Realizada la verificación de los documentos por parte del banco, el dinero será entregado a los familiares, herederos o representantes de la sucesión, según corresponda. El plazo de atención es de 5 días hábiles. 6. Procedimiento para la presentación y atención de las solicitudes de resolución del contrato. El cliente podrá, en cualquier momento, y a su criterio, disponer el cierre de la cuenta enviando una comunicación por escrito al banco, con una anticipación no menor de 5 días. En el caso que la cuenta tuviese saldo deudor, Mibanco podrá denegar la solicitud, sin responsabilidad alguna. En caso de cierre de cuentas, el cliente deberá devolver de forma inmediata a Mibanco las chequeras y/o tarjetas que tuviera en su poder, las mismas que dejará de utilizar bajo responsabilidad. En el caso de cuentas de ahorro y cuentas corriente: De existir saldo deudor en la cuenta, el cliente se obliga a cancelarlo de inmediato; de existir saldo acreedor en la cuenta, Mibanco lo pondrá a disposición del cliente en una cuenta especial, debitando de la misma los gastos y comisiones establecidos en la cartilla de información, hasta el retiro total del saldo. En el caso de depósitos a plazo para Persona Natural: Si retira su dinero totalmente antes del vencimiento del plazo pactado: Se aplicará la tasa de interés de depósitos a plazo fijo correspondiente al rango anterior al periodo transcurrido desde la apertura del depósito hasta la fecha de cancelación. Dicha tasa será la menor resultante entre la que estuvo vigente cuando se abrió el depósito y la actual. Si la cancelación del depósito se realiza antes de transcurridos los primeros 30 días calendario desde que se abrió, no se pagará intereses. Si retira su dinero parcialmente (decremento): Se generará la emisión de un depósito con el nuevo importe y por el plazo restante del depósito original, aplicándose la tasa de interés establecida en el Tarifario vigente. En el caso de depósitos a plazo para Persona Jurídica: Si retira su dinero totalmente antes del vencimiento del plazo pactado: Se aplicará al depósito, la tasa de interés de la cuenta Miahorro de Mibanco vigente a la fecha, de acuerdo a monto y moneda. Si la cancelación del depósito se realiza antes de transcurridos los primeros 30 días calendario desde que se abrió, no se pagará intereses. Versión N 001 / Vigencia

4 Si retira su dinero parcialmente (decremento): Se generará la emisión de un depósito con el nuevo importe y por el plazo restante del depósito original, aplicándose la tasa de interés establecida en el Tarifario vigente. 7. Procedimiento aplicable para afiliarse al sistema de débito automático, así como el procedimiento para dejar sin efecto una autorización de débito automático. El cliente podrá afiliarse al servicio de débito automático para el pago de las cuotas de sus créditos, con cargo a sus cuentas de ahorro o cuentas corrientes de la misma moneda de su préstamo. a) Para afiliarse, el cliente deberá presentar en cualquier agencia del banco: Un Sírvase Ejecutar de Productos Pasivos firmado solicitando la afiliación al servicio e indicando el número de la operación de crédito; y, Su documento de identidad. b) Para desafiliarse al débito automático, el cliente deberá presentar: Un Sírvase Ejecutar firmado solicitando la desafiliación al servicio; y, Su documento de identidad. c) Para modificación de la cuenta (Ahorros o Corriente) asociada al pago automático, el cliente deberá presentar: Un Sírvase Ejecutar firmado solicitando la el cambio de cuenta e indicando el número de la cuenta de donde desea se realice el débito automático. En caso el cliente no cuente con saldo suficiente para el pago de la cuota, el sistema realizará el cobro parcial y reintentará cada día hasta completar la el pago total de la cuota. 8. Instancias ante las que pueden recurrir los usuarios para presentar reclamos y/o denuncias por las operaciones y servicios que realicen. El cliente podrá presentar sus reclamos o solicitudes por las operaciones y servicios que realice ante el banco, a través de los siguientes canales: En cualquiera de nuestras agencias a nivel nacional, con el personal de atención al cliente (Jefe de Banca de Servicio, Supervisor de Banca de Servicio o Ejecutiva de Ventas y Servicios). Mediante la entrega de una carta simple o notarial en cualquiera de nuestras agencias. A través de nuestra Banca Telefónica al , opción 4. A través de nuestra página web llenando el formulario de reclamos online. El cliente debe tener presente que al presentar un reclamo en agencia se le brindará el código del mismo y le entregarán una Constancia de Reclamo, en caso el reclamo sea ingresado por Banca Telefónica el cliente podrá solicitar que envíen dicha constancia a su correo electrónico o también podrá recogerla en cualquier agencia. En caso el cliente no se encuentre conforme con la respuesta que Mibanco brindó a su reclamo, podrá recurrir a otras instancias como la Superintendensia de Banca, Seguros y AFPs, Indecopi o el Defensor del Cliente Financiero. Versión N 001 / Vigencia

5 PRODUCTOS ACTIVOS 9. Mecanismos existentes para que el usuario notifique a la empresa cualquier operación de pago no autorizada o ejecutada de forma incorrecta. Si el cliente y/o usuario advierte una operación no autorizada o ejecutada de forma incorrecta, deberá comunicarlo por escrito tan pronto como tome conocimiento siguiendo el procedimiento siguiente: Informar a su Asesor de Negocios, al personal de Atención al Usuario y/o al personal de Operaciones ubicado en nuestras agencias u oficinas, suscribiendo la solicitud de rectificación en el que detallará la ocurrencia. Adjuntar la copia del voucher de abono errado u otro documento relacionado a la operación. Mibanco realizará la verificación del caso y de ser procedente generará las correcciones respectivas dentro del plazo de 30 días calendario, comunicando por escrito al cliente de la respuesta a su solicitud. No obstante, el cliente pueda solicitar en cualquier momento información sobre el estado de su solicitud. 10. Responsabilidad de la entidad en caso de operaciones de pago no autorizadas o ejecutada de forma incorrecta. En caso de verificarse un error de parte del personal de Mibanco respecto a la generación de operaciones no autorizadas o ejecutadas de forma incorrecta, se procederá con el extorno de la operación incorrecta y/o no autorizada, y a la realización de la operación de forma correcta sin desmedro económico para el cliente. En caso dichas operaciones no autorizadas o ejecutadas pudieran afectar operaciones de otro cliente se corregirá el error extornándose la operación incorrecta, informando al cliente sobre los alcances del mismo en un plazo máximo de 5 días útiles, corrigiendo la situación al estado anterior al error, buscando no perjudicar a ambos clientes. 11. Información relacionada a los seguros ofertados Seguros Obligatorios a) Seguro de Desgravamen Este seguro eximirá al cliente y a su familia de pagar la deuda de su crédito en caso se produzca un siniestro y se cumplan las condiciones señaladas en la póliza contratada y siempre que la causa de fallecimiento o invalidez no se encuentre comprendida dentro de las exclusiones de la misma. La compañía de seguros pagará a Mibanco el saldo insoluto adeudado por el cliente al momento de la ocurrencia del siniestro, quedando los familiares y/o garantes libres de esta responsabilidad, de ser el caso. Requisitos: Cualquier persona natural que obtenga un crédito en Mibanco puede adquirir este seguro de desgravamen. Edad máxima: 70 años Permanencia: hasta 75 años Versión N 001 / Vigencia

6 Costos: La prima de seguro se calcula en función al plazo original del préstamo, multiplicando la tasa correspondiente por el monto original del préstamo. Por ejemplo, si un préstamo es de S/. 3, a 12 meses, la prima del Seguro de Desgravamen será de S/ mensual, equivalente a una prima total de S/ anual. Derecho a contratar una póliza de otra compañía de Seguros: Los clientes y/o usuarios no están obligados a contratar el seguro ofrecido por Mibanco siempre que acrediten haber contratado un seguro con cobertura similar o mayor. La póliza externa deberá estar endosada a favor de Mibanco hasta por el monto y plazo del saldo adeudado, debiendo estar totalmente pagada y tener las características mínimas requeridas por Mibanco. Procedimiento de atención de reclamos: Para cualquier reclamo puede comunicarse con el COMERCIALIZADOR de su localidad; a la Central de información y ventas de Pacífico: (01) o acercarse a las oficinas ubicadas en la Av. Juan de Arona N San Isidro, Lima. Los reclamos efectuados por los asegurados por falta de pago de la indemnización se realizarán a través de Mibanco. b) Seguro Negocio Protegido Es un seguro destinado a proteger únicamente los bienes que se encuentran dentro del local o locales y que sean de propiedad del asegurado hasta por el monto de su préstamo (suma asegurada). Cubre las existencias tales como: mercadería, muebles, máquinas, equipos de oficina, de comunicación, mobiliario, útiles, enseres, herramientas, instrumentos y maquinaria en general frente a daños ocasionados por incendio, rayo y/o explosión, lluvias e inundaciones, huelga, conmoción civil, asonada, daño malicioso, vandalismo, sabotaje y terrorismo, daños ocasionados directamente por agua y/o humo, terremoto, robo y/o asalto*. * Sólo para créditos mayores o iguales a S/. 23, Requisitos: Ser cliente de Mibanco. Tener un negocio propio, cuya actividad comercial no se encuentre fuera de los conglomerados comerciales definidos por la compañ. Costos: La prima del seguro se calcula en función al monto del préstamo. Por ejemplo, si un préstamo es de S/. 3, a 12 meses, la prima del Seguro Negocio Protegido será de S/ mensual, equivalente a una prima total de S/ anual. Procedimiento en caso de siniestro: Ante la ocurrencia del siniestro, el asegurado está en la obligación de comunicar el siniestro por escrito de manera inmediata a Mibanco, quien tramitará el pago de la indemnización correspondiente ante la compañía. Este plazo tiene un máximo de tres (3) días de ocurrido el siniestro. Dicha comunicación tendrá el mismo efecto que si hubiera sido presentada ante la compañía. Asimismo, el asegurado podrá presentar la solicitud de reclamo escrita directamente a la compañía. Dicha comunicación escrita podrá ser efectuada mediante el llenado del formulario de Reporte de Siniestro, que deberá solicitarla en cualquier agencia de Mibanco, y podrá ser presentado a éste o a la compañía, debiendo adjuntar, en todos los casos, los siguientes documentos, en original o copia legalizada, según corresponda: Denuncia policial (en caso corresponda). Versión N 001 / Vigencia

7 Declaración detallada de la pérdida. Procedimiento de atención de reclamos: Para cualquier reclamo puede acercarse a cualquier agencia de Mibanco; a la Central de información y ventas de Pacífico: (01) o acercarse a sus oficinas ubicadas en la Av. Juan de Arona N San Isidro, Lima. Los reclamos efectuados por los asegurados por falta de pago de la indemnización se realizarán a través de Mibanco Seguros Optativos c) Microseguro Individual de Accidentes Familia Protegida Este seguro protege al asegurado frente a casos de muerte accidental, invalidez total y permanente por accidente y/o desamparo súbito familiar por una prima mensual equivalente a S/ Es decir, si el asegurado tiene un accidente y fallece, o si él fallece en el mismo accidente con su cónyuge o conviviente declarada en la póliza, el seguro otorgará a sus beneficiarios una suma fija total de S/. 15, En caso quede en situación de invalidez total y permanente debido al accidente, el seguro le otorgará una suma fija total de S/. 5, Requisitos: Ser cliente de Mibanco. Tener entre 18 y 65 años de edad. Limite de permanencia: 70 años (inclusive) Procedimiento de atención de quejas y reclamos: Para cualquier reclamo puede comunicarse con el COMERCIALIZADOR, el cual cuenta con una central de información y consultas; a la Central de información y consultas de Pacífico Seguros al (01) o acercarse a las oficinas ubicadas en la Av. Juan de Arona N San Isidro, Lima. Los reclamos efectuados por los asegurados por falta de pago de la indemnización se realizarán a través del COMERCIALIZADOR, y/o directamente a la COMPAÑÍA. d) Microseguro de Accidentes Familia Protegida Plan Familiar Este seguro protege al titular y al cónyugue o conviviente del titular frente a casos de muerte accidental, invalidez total y permanente por accidente y/o desamparo súbito familiar por una prima mensual equivalente a S/ Es decir, si el asegurado o su cónyugue tienen un accidente y fallecen, el seguro le otorgará S/. 15,000.00, si él fallece en el mismo accidente con su cónyuge o conviviente declarada en la póliza, el seguro otorgará a sus beneficiarios una suma fija total de S/. 45,000.00, tanto el cónyugue como el titular podrán elegir sus beneficiarios hasta un máximo de tres por cada uno. En caso queden en situación de invalidez total y permanente el conyugue y el titular debido al accidente, el seguro le otorgará una suma fija total de S/. 5, a cada uno. Requisitos: Ser cliente de Mibanco. Tener entre 18 y 65 años de edad. Limite de permanencia: 70 años (inclusive) Procedimiento en caso de siniestro: Ante la ocurrencia del siniestro, el asegurado o su beneficiario, está en la obligación de comunicar el siniestro por escrito de manera inmediata a Mibanco, quien tramitará el pago de la indemnización correspondiente ante la compañía. Dicha comunicación tendrá el mismo efecto Versión N 001 / Vigencia

8 que si hubiera sido presentada ante la compañía. Asimismo, el asegurado o su beneficiario podrán presentar la solicitud de reclamo escrita directamente a la compañía. Procedimiento de atención de quejas y reclamos: Para cualquier reclamo puede comunicarse con el COMERCIALIZADOR, el cual cuenta con una central de información y consultas; a la Central de información y consultas de Pacífico Seguros al (01) o acercarse a las oficinas ubicadas en la Av. Juan de Arona N San Isidro, Lima. Los reclamos efectuados por los asegurados por falta de pago de la indemnización se realizarán a través del COMERCIALIZADOR, y/o directamente a la COMPAÑÍA. e) Seguro de Vida Protección Financiera Este seguro protege al titular en caso de fallecimiento o invalidez total y permanente y le otorgará a él o a sus beneficiarios el monto del préstamo desembolsado. Requisitos: Ser cliente de Mibanco. Tener entre 18 y 70 años de edad. Costos: La prima de seguro se calcula en función al plazo original del préstamo, multiplicando la tasa correspondiente por el monto original del préstamo. Por ejemplo, si un préstamo es de S/. 4, a 12 meses, la prima del Seguro de Vida Protección Financiera será de S/ mensual, equivalente a una prima total de S/ anual. Procedimiento de consultas y atención de reclamos: Para realizar consultas o reclamos puede acercarse a las oficinas de "Atención al Cliente" de Pacifico ubicadas en Av. Juan de Arona 830, San Isidro; o llamando a nuestra Central de Atención al Asegurado al Por escrito a través de: un correo electrónico a servicioalcliente@pacificovida.com.pe; una carta enviada a nuestras oficinas dirigida a "Atención al Cliente"; o nuestra página web sección Pacífico Vida. Procedimiento de atención de quejas y reclamos: Para cualquier reclamo puede comunicarse con el COMERCIALIZADOR, el cual cuenta con una central de información y consultas de Mibancio a la Central de información y consultas de Pacífico Seguros al (01) o acercarse a las oficinas ubicadas en la Av. Juan de Arona N San Isidro, Lima. Los reclamos efectuados por los asegurados por falta de pago de la indemnización se realizarán a través del COMERCIALIZADOR, y/o directamente a la compañía. 12. Procedimiento aplicable en el caso de fallecimiento del titular del crédito. a) Seguro de Desgravamen En caso de siniestro, el Asegurado o sus beneficiarios, podrán acercarse a cualquier oficina de Mibanco y presentar la documentación indicada para cada cobertura en original o copia legalizada, dentro del plazo de prescripción legal establecido, que actualmente es de 10 años. En caso de Fallecimiento Natural o Accidental: En caso de Invalidez Total y Permanente por Accidente o por Enfermedad: Versión N 001 / Vigencia

9 - Partida o Acta de Defunción legalizada. - Certificado médico de defunción completo legalizado. - Historia Clínica Completa. - Informe médico ampliatorio (Formato de la Compañía). - Copia de DNI o Partida de Nacimiento del Asegurada. - Confirmación formal de los saldos por parte de Mibanco. - Demás documentos que solicite la compañía. Adicionalmente, en caso de Muerte Accidental, deberá presentar: - Protocolo de Necropsia completo. - Atestado o Informe Policial (o Carpeta Fiscal) completo. - Resultado Toxicológico. - Copia legalizada del Informe del médico tratante. - Exámenes clínicos y demás elementos auxiliares que dispongan. - Historia Clínica completa. - Copia de DNI. - Confirmación formal de los saldos por parte de Mibanco. - Demás documentos que solicite la compañía. Adicionalmente, en caso de Invalidez Total y Permanente por Accidente, deberá presentar: - Atestado policial vinculado al accidente, de corresponder. - El Asegurado deberá dar facilidades y someterse a los exámenes y pruebas que la Compañía solicite para efecto de que ésta pueda determinar y verificar el grado de invalidez. Una vez que el contratante o beneficiario(s) haya(n) cumplido con presentar todos los documentos requeridos y de encontrarse conformes estos, la compañía de seguros tendrá un plazo de diez (10) días calendario para proceder al pago de la suma asegurada a el(los) beneficiario(s). b) Microseguro Individual de Accidentes Familia Protegida Ante la ocurrencia del siniestro, el asegurado o su beneficiario, está en la obligación de comunicar el siniestro por escrito de manera inmediata a Mibanco, quien tramitará el pago de la indemnización correspondiente ante la compañía. Dicha comunicación tendrá el mismo efecto que si hubiera sido presentada ante la compañía. Asimismo, el asegurado o su beneficiario podrán presentar la solicitud de reclamo escrita directamente a la compañía. En caso de Muerte Accidental y Desamparo Súbito Familiar: - Copia del DNI del Asegurado y Beneficiario. - Acta o Certificado Médico de Defunción. - Protocolo de Necropsia completo. - Resultado del examen de Dosaje Etílico. - Resultado del análisis Toxicológico. - Parte o Atestado Policial. - Testamento, Resolución Judicial o Acta Notarial de sucesión intestada inscrita en Registros Públicos, en caso que no se haya designado Beneficiario en esta Póliza. - Demás documentos que solicite la cía. Adicionalmente, en caso el Beneficiario fuera menor de edad: - Partida de Nacimiento del menor. - Copia del DNI del representante. En caso Invalidez Total y Permanente por Accidente: - Copia del DNI del Asegurado. - Resultado del examen de Dosaje Etílico emitido por la Policía Nacional del Perú, en caso de accidentes de tránsito, en el que el Asegurado era conductor del vehículo. - Certificado Médico que señale la Invalidez Total y Permanente del Asegurado. Versión N 001 / Vigencia

10 Una vez que el contratante o beneficiario(s) haya(n) cumplido con presentar todos los documentos requeridos y de encontrarse conformes estos, la compañía de seguros tendrá un plazo de diez (10) días calendario para proceder al pago de la suma asegurada a el(los) beneficiario(s). c) Seguro de Vida Protección Financiera En caso de siniestro, el Asegurado o sus beneficiarios, podrán acercarse a cualquier oficina de Mibanco y presentar la documentación indicada para cada cobertura en original o copia legalizada, dentro del plazo de prescripción legal establecido, que actualmente es de 10 años. En caso de Fallecimiento Natural o Accidental: - Estado de cuenta de Crédito. - Original o Copia legalizada de la Partida o Acta de Defunción. - Certificado médico de defunción completo legalizado. - Informe médico ampliatorio (formato de la Compañía). - Copia de Documento Nacional de Identidad o Partida de Nacimiento de Asegurado. - Confirmación formal del monto del crédito inicial desembolsado por parte del Banco Edyficar. - Historia Clínica completa, foliada y fedateada. Adicionalmente, en caso de Muerte Accidental, deberá presentar: - Original o copia legalizada del Atestado policial Completo (o Carpeta Fiscal). - Original o Copia legalizada del Protocolo o Acta de Necropsia Completo. - Resultado del examen de dosaje etílico y toxicológico. - Facilitar cualquier comprobación, incluso de dos (2) exámenes médicos por facultativos designados por la Compañía y con gastos a cargo de esta. En caso Invalidez Total y Permanente por Accidente o por Enfermedad: - Original o Copia legalizada del informe del médico tratante. - Exámenes clínicos y demás elementos auxiliares que dispongan. - Copia del Documento de Identidad. - Confirmación formal de la suma del crédito inicial desembolsado por parte del Banco Edyficar. - Los demás que solicite la Compañía Adicionalmente, en caso de Invalidez Total y Permanente por Accidente, deberá presentar: - Atestado policial vinculado al accidente, de corresponder. A falta del mismo, documentos que demuestren las circunstancias en que se produjo el accidente que ocasiona la invalidez total y permanente del Asegurado. Una vez que el contratante o beneficiario(s) haya(n) cumplido con presentar todos los documentos requeridos y de encontrarse conformes estos, la compañía de seguros tendrá un plazo de diez (10) días calendario para proceder al pago de la suma asegurada a el(los) beneficiario(s). 13. Procedimiento para la presentación y atención de solicitudes de resolución de contrato. Todos los clientes y usuarios de Mibanco tienen derecho a solicitar en cualquier momento la resolución del contrato suscrito con Mibanco, bastando para ello que el cliente cancele todas sus obligaciones derivadas del Contrato que desea resolver conforme a lo siguiente: Versión N 001 / Vigencia

11 Tratándose de Contrato de Préstamo: Si el cliente decide resolver el contrato antes del vencimiento pactado, podrá hacerlo siguiendo el procedimiento de cancelación anticipada de su préstamo acercándose a su Asesor de Negocios o al Personal de Operaciones para solicitar la liquidación total de su deuda y efectuar el pago en ventanilla. Una vez verificado el cumplimiento de las obligaciones derivadas del préstamo, el contrato quedará automáticamente resuelto, pudiendo el cliente solicitar una Constancia de No Adeudo. En caso el cliente decidiera resolver el Contrato por no estar de acuerdo con alguna modificación unilateral comunicada por Mibanco dentro de los plazos previos de Ley (45 días calendario por modificación de la tasa de interés, comisiones, gastos, cronograma de pagos y otros aspectos comprendidos en los contratos), deberá comunicar su decisión por escrito adjuntando copia de su DNI, en cuyo caso tendrá derecho a que se le liquide el total de su deuda para que efectúe el pago en ventanilla. Una vez verificado el cumplimiento de las obligaciones derivadas del préstamo, el contrato quedará automáticamente resuelto, pudiendo el cliente solicitar la expedición de una Constancia de No Adeudo. 14. Procedimiento para el ejercicio de los derechos de los avales o fiadores de los usuarios. Los garantes (avales/fiadores) de operaciones de préstamos o líneas de crédito tienen los siguientes derechos: a) Ser informados antes, durante y después de la firma del Contrato de Préstamo y Hoja de Resumen sobre las condiciones contractuales, las tasas de interés, comisiones y gastos asociados a las operaciones activas del crédito garantizado. b) Solicitar información actualizada con respecto al Estado de Cuenta del préstamo o Línea de crédito aprobada al cliente, en la cual actúa como aval y/o fiador solidario. c) Proponer soluciones y/o alternativas de pago, en caso haya retraso en el pago del préstamo de su garantizado. d) Solicitar que se les otorgue una Constancia de Pago y/o de No Adeudo con respecto a las amortizaciones o cancelación que en su condición de Aval y/o Fiador Solidario realice a favor del crédito de su garantizado. e) Ser parte en el proceso judicial que se haya iniciado contra su garantizado y que se relacione con la obligación garantizada. f) Efectuar las acciones legales que la Ley prevé para efectuar el cobro al deudor garantizado. 15. Consecuencias en caso de incumplimiento en el pago de las obligaciones, así como los efectos del refinanciamiento o reestructuración de la deuda. Mibanco recomienda a sus clientes cuidar su récord crediticio, evitando el sobreendeudamiento por contratar con diferentes entidades financieras, una buena planificación de sus necesidades financieras y de sus obligaciones contando con la orientación de su Asesor de Negocios, puede ayudarlo a evitar las consecuencias que genera el incumplimiento del pago de sus cuotas a sus respectivos vencimientos, como son: a) Ser reportado ante las Centrales de Riesgo del sistema financiero (SBS e INFOCORP) con la calificación que corresponda por los días de atraso, según el Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones vigente. b) Se cobrará la Tasa de Interés Moratoria Efectiva Anual (TEAM) establecida en la Hoja de Versión N 001 / Vigencia

12 Resumen por cada día de atraso en el pago y se devengará de manera adicional a la tasa de interés compensatoria pactada calculándose sobre el saldo capital de la(s) cuota(s) vencida(s) desde el día siguiente a la fecha de vencimiento de la obligación hasta el día de su pago total efectivo. c) Mibanco podrá protestar el Pagaré. d) Se realizan acciones de cobranza conforme a Ley, Mibanco podrá iniciar las acciones extrajudiciales o judiciales, exigiéndose el pago de los gastos incurridos como consecuencia de éstas; así mismo, se exigirán los gastos que se hubieren tenido que realizar en procura de la recuperación de la deuda (gastos notariales, registrales, costas y costos del proceso judicial) conforme al Tarifario vigente y dentro del proceso judicial. 16. Derecho que tiene el cliente de requerir la emisión de cláusula o documento necesario para proceder al levantamiento de garantías, incluyendo aquellas condicionadas al pago de la obligación. En caso el cliente desee el levantamiento de la garantía real que haya constituido a favor de Mibanco, deberá observar lo siguiente: Si la garantía fue constituida para asegurar el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones del cliente, en su calidad de Titular, Aval y/o Fiador; (garantía sábana) y éste mantiene créditos vigentes, no se podrá levantar la garantía hasta que haya cancelado todas sus obligaciones. Si la garantía constituida tiene la condición de específica y el crédito asociado se encuentra cancelado, se procederá a entregar la minuta de levantamiento de garantía sin costo alguno para el cliente. Procedimiento: Una vez recibida la solicitud del cliente, la elaboración y entrega de la minuta de levantamiento de la garantía real estará a cargo de Mibanco, pudiendo el cliente recoger la Minuta en un plazo que no excederá los 30 días útiles. El trámite no tiene costo alguno. Una vez entregada la minuta al cliente, corresponde a éste realizar los trámites notariales y registrales del levantamiento en la Notaría de su elección, coordinando con Mibanco la firma de la escritura correspondiente. El costo de estas gestiones debe ser asumido por el cliente. Para una mayor celeridad del trámite de levantamiento de hipoteca, Mibanco podría informar al cliente la relación de Notarías donde mantienen vigente y registrada la firma de sus apoderados. 17. Procedimiento aplicable para recuperar el monto cancelado por concepto de pagos en exceso. Para el caso de pago en exceso de una cuota: En caso el cliente efectúe un pago en exceso de una cuota de su crédito, deberá escoger la modalidad de pago anticipado parcial que se describe en el punto 10. Para el caso de pago en exceso en una cancelación total de deuda: Si de la cancelación total de la deuda, el cliente advierte que hay un pago en exceso, deberá solicitar la devolución presentando lo siguiente: Carta simple solicitando la devolución. Adjuntar copia del voucher del abono realizado. Versión N 001 / Vigencia

13 Después de presentada la solicitud, Mibanco realizará la verificación, análisis y devolución del pago en exceso, en un plazo de hasta 30 días calendario. El cliente deberá comunicarse con su asesor de negocios y/o personal de operaciones al finalizar dicho plazo. 18. Sobre pagos anticipados, adelanto de cuotas, y cancelación anticipada El cliente, usuario y/o tercero ajeno a la relación de consumo pueden efectuar pagos anticipados parciales del crédito. Para ello, nuestro personal luego de mostrar al cliente una pre liquidación de las modalidades de pago anticipado, solicitará al cliente llenar el formato Constancia de Solicitud de Prepago Parcial de Cuotas / Adelanto de Cuotas, en el que conste la modalidad de pago anticipado elegida por el cliente. Las modalidades de pago anticipado son las siguientes: a) Adelanto de cuotas: Amortización de más de una (01) cuota cancelándose con el monto el mayor número cuotas próximas a vencer, sin modificar el plazo ni las cuotas restantes del cronograma de pagos original. Esta opción no genera descuento de intereses. Es recomendable el uso de esta modalidad en caso de viajes o periodos prolongados de ausencia, a fin de adelantar el pago de las cuotas próximas a vencer de acuerdo al cronograma, evitando con ello incurrir en mora y/o cargos adicionales. b) Ajuste de cuota: A través de esta modalidad el cliente prepaga su préstamo en forma parcial, el monto pagado se aplica al saldo capital del préstamo, reduciéndose los intereses corridos a la fecha del pago y se genera un nuevo Cronograma de Pagos respecto al nuevo saldo capital del préstamo, reduciéndose sólo el monto de las cuotas pendientes de pago. c) Ajuste de Plazo: A través de esta modalidad el cliente prepaga su préstamo en forma parcial, el monto pagado se aplica al saldo capital del préstamo, reduciéndose los intereses corridos a la fecha del pago y se genera un nuevo Cronograma de Pagos respecto al nuevo saldo capital del préstamo, reduciéndose el plazo o número de cuotas del Cronograma original. En este caso el monto de la cuota puede ser mayor a la cuota original. Para las modalidades de ajuste de plazo o ajuste de cuotas, Mibanco realizará la liquidación de los intereses a la fecha de pago, deduciéndose las comisiones y gastos, de haberse pactado, cobro de penalidades y conceptos similares. Además, cuando se modifique el cronograma de pagos, el cliente podrá solicitar la entrega de su nuevo cronograma. En caso el pago parcial sea realizado por un tercero, o a falta de precisión del titular, se aplicarán las presunciones establecidas en el Reglamento de Transparencia. De este modo, si el abono equivale a un monto de hasta dos cuotas, se considerará un adelanto de cuotas, mientras que para montos mayores se aplicará un ajuste de cuota, salvo indicación en contrario del titular o de su representante debidamente acreditado. El cliente directamente o a través de un tercero podrá solicitar y efectuar la cancelación anticipada de su crédito, de acuerdo a lo siguiente: a) En las ventanillas de Mibanco: Versión N 001 / Vigencia

14 Deberá indicar al personal de operaciones (Recibidor/pagador) que desea cancelar la totalidad del crédito, el Representante de Banca y Servicio informará el importe a cancelar, recibirá el efectivo y procederá a realizar la operación en Caja. Una vez cancelado el crédito, el cliente podrá solicitar la Constancia de No Adeudo correspondiente después de dos días hábiles de efectuado el pago. La primera constancia no tiene costo alguno. b) En las oficinas compartidas del Banco de la Nación: El cliente y/o usuario deberá solicitar la atención del Asesor de Negocios de Mibanco, quien le informará el saldo deudor actualizado y las indicaciones para el abono en las ventanillas del Banco de la Nación. Una vez cancelado el crédito, el cliente podrá solicitar la Constancia de No Adeudo correspondiente después de dos días hábiles de efectuado el pago. La primera constancia no tiene costo alguno. Mibanco recomienda a sus clientes informarse previamente al pago de sus obligaciones, verificar el saldo de su préstamo, evitando se registren saldos pendientes de pago que luego pudieran generarles mora. Para mayor información sobre las comisiones, gastos y demás condiciones aplicables a los servicios de Mibanco consultar la página web la red de agencias o la Banca Telefónica de Mibanco , opción 3. SERVICIOS 19. Cheques Las condiciones que se aplicarán para efectos de la emisión de cheques de gerencia y cheques de viajero. a. Los cheques de gerencia, salvo cláusula en contrario, son transferibles y no pueden ser girados en favor del mismo banco, ni al portador. b. Para solicitar la emisión de cheques de gerencia, el usuario deberá presentar en la agencia: Solicitud de cheque de gerencia Documento de identidad. Para mayor información sobre los costos asociados a la emisión de cheques de gerencia consulte el tarifario en cualquier agencia de Mibanco o en Cobro de cheques contra empresas del país. El cheque sólo podrá ser girado en los siguiente casos: En favor de persona determinada, con la cláusula "a la orden" o sin ella; En favor de persona determinada, con la cláusula "no a la orden", "intransferible", "no negociable" u otra equivalente; y Al portador. En los casos a y b, debe consignarse el nombre de la persona o personas determinadas en cuyo favor se emite el cheque; En caso el beneficiario sea una persona jurídica, no es admisible que se señale más de una persona como beneficiario del cheque, salvo que sea para su abono en una cuenta bancaria cuyos titulares sean conjuntamente las mismas personas beneficiarias del cheque o que el co-beneficiario sea un banco. Versión N 001 / Vigencia

15 Si el girador es una persona jurídica, debajo de la firma del representante legal deberá ir su sello o nombre escrito en forma legible. En el caso de giro de cheques en favor de dos o más personas con cláusula "y", su endoso o, en el caso, su pago, debe entenderse con todas ellas; mientras que si se utilizan las cláusulas "y/o" u "o", cualquiera de ellas o todas juntas tienen tales facultades. A falta de estas cláusulas, se requerirá la concurrencia de todos los beneficiarios señalados en el cheque. El cheque puede ser emitido a la orden del propio emitente, señalando su nombre o la cláusula a mí mismo u otra equivalente. Cuando el cheque emitido a la orden de persona determinada, contenga también mención al portador, vale como cheque a la orden de dicha persona. El Cheque es pagadero a la vista el día de su presentación, aunque tuviere fecha postdatada. Cualquier estipulación contraria, con la única excepción del Cheque de Pago Diferido, se considerará inexistente. El Cheque debe ser pagado por su valor facial y en la misma unidad monetaria que expresa su importe. Ni la muerte ni la incapacidad del emitente ocurrida después de la emisión producen efectos con relación al Cheque. En caso de cheques que exista diferencia de unidad monetaria (Moneda incorrecta), prevalecerá lo que está expresado en moneda nacional, si uno de los importes está expresado en dicha moneda, en caso contrario no surtirá efectos cambiarios. En caso de cheques mal girados cuando haya diferencia del importe del cheque en el valor expresado en letras y en números, prevalecerá la suma menor. La conclusión del contrato de cuenta corriente que opera con giro de cheques por quiebra, interdicción o por muerte del emitente, sólo ocurrirá después de transcurrido sesenta (60) días calendario, contados desde la fecha de ocurrencia de tales hechos debidamente comunicados al banco girado. En caso no haya fondos suficientes en la cuenta corriente para el pago del cheque, el banco estará en la obligación de pagar el Cheque hasta donde alcancen los fondos disponibles del remitente (pago parcial). El pago parcial se efectúa a solicitud del tenedor del cheque, o cuando éste solicite que se ponga la constancia del motivo del rechazo (Ver Art 211 de la Ley N de Títulos Valores). El banco no debe pagar los cheques girados a su cargo en los siguientes casos: a. Cuando no existan fondos disponibles; b. Cuando el Cheque esté a simple vista raspado, adulterado, borrado o falsificado, en cuanto a su numeración, fecha, cantidad, nombre del beneficiario, firma del emitente, líneas de cruzamiento, cláusulas especiales o de cualquier otro dato esencial; c. Cuando se presente fuera del plazo de presentación de pago y el emitente hubiere notificado su revocatoria; d. Cuando se presente dentro del plazo de presentación de pago y el emitente o, en su caso, el beneficiario o último tenedor legítimo, bajo su responsabilidad, haya solicitado por escrito al banco girado la suspensión de su pago; e. Cuando el Cheque sea a la orden y el derecho del tenedor no estuviere legitimado con una serie regular de endosos; o cuando, conteniendo la cláusula "intransferible" u otra equivalente, no lo cobrase el beneficiario o el endosatario impedido de endosar, o un banco al que haya sido transferido para su cobro, y; f. Cuando el Cheque sea al portador y quien exige su pago no se identifique y firme en constancia de su cancelación parcial o total. El protesto del Cheque por falta de pago puede sustituirse por la comprobación puesta por el banco. En caso el banco se niegue a pagar un Cheque dentro del plazo de su presentación, a simple Versión N 001 / Vigencia

16 petición del tenedor, queda obligado a dejar constancia de ello en el mismo título, con expresa mención del motivo de su negativa, de la fecha de su presentación y con la firma de funcionario autorizado del banco. En caso que sin causa justificada el banco se niegue a pagar un Cheque, deberá responder por los daños y perjuicios que su negativa originado al emitente. Versión N 001 / Vigencia

TARJETA CAPITAL DE TRABAJO

TARJETA CAPITAL DE TRABAJO TARJETA CAPITAL DE TRABAJO 1. PRINCIPALES CARACTERISTICAS Permite elegir cada retiro o consumo que efectúes entre 1 y 12 cuotas mensuales. Aceptada a nivel mundial bajo la marca VISA. Permite retiro de

Más detalles

TARJETA CAPITAL DE TRABAJO

TARJETA CAPITAL DE TRABAJO TARJETA CAPITAL DE TRABAJO 1. PRINCIPALES CARACTERISTICAS Permite elegir cada retiro o consumo que efectúes entre 1 y 12 cuotas mensuales. Aceptada a nivel mundial bajo la marca VISA. Permite retiro de

Más detalles

PRINCIPALES DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CLIENTES

PRINCIPALES DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CLIENTES de ahorros UOB corrientes UOB - Proveedores del Estado 1. DNI del titular de la cuenta El trámite se realiza en cualquier oficina. 2. Carta simple solicitando cierre de la cuenta Ventanilla de atención

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA EJERCER SU DERECHO A EFECTUAR PAGOS ANTICIPADOS EN FORMA TOTAL O PARCIAL Qué es un pago anticipado? El pago anticipado total o

PROCEDIMIENTO PARA EJERCER SU DERECHO A EFECTUAR PAGOS ANTICIPADOS EN FORMA TOTAL O PARCIAL Qué es un pago anticipado? El pago anticipado total o PROCEDIMIENTO PARA EJERCER SU DERECHO A EFECTUAR PAGOS ANTICIPADOS EN FORMA TOTAL O PARCIAL Qué es un pago anticipado? El pago anticipado total o parcial. Es todo pago que se realiza sobre un crédito sin

Más detalles

MANTENGASE SIEMPRE INFORMADO. 1. Cómo tramitar el cierre de una cuenta de ahorros, la cancelación de una tarjeta de crédito?

MANTENGASE SIEMPRE INFORMADO. 1. Cómo tramitar el cierre de una cuenta de ahorros, la cancelación de una tarjeta de crédito? MANTENGASE SIEMPRE INFORMADO 1. Cómo tramitar el cierre de una cuenta de ahorros, la cancelación de una tarjeta de crédito? Acercándose a la Plataforma de Atención al cliente de cualquier Centro Financiero

Más detalles

Procedimientos de OAU para difusión de información adicional

Procedimientos de OAU para difusión de información adicional ARTº 19 A DE LA RESOLUCIÓN Nº 905-2010. Procedimientos de créditos: a). Procedimientos para el ejercicio de los derechos de los avales o fiadores de los usuarios Antes del Desembolso Créditos / Aval o

Más detalles

INFORMACIÓN REFERIDA A BENEFICIOS, RIESGOS Y CONDICIONES DE CREDITOS

INFORMACIÓN REFERIDA A BENEFICIOS, RIESGOS Y CONDICIONES DE CREDITOS INFORMACIÓN REFERIDA A BENEFICIOS, RIESGOS Y CONDICIONES DE CREDITOS 1. Los mecanismos existentes para que el usuario notifique a la empresa cualquier operación de pago no autorizada o ejecutada de forma

Más detalles

Periodo de gracia: días Periodicidad de Pago: Solicito la entrega del cronograma final a la dirección que mantiene el Banco en sus sistemas.

Periodo de gracia: días Periodicidad de Pago: Solicito la entrega del cronograma final a la dirección que mantiene el Banco en sus sistemas. ANEXO DEL CONTRATO DE CRÉDITO Y/O LÍNEA DE CRÉDITO PEQUEÑA EMPRESA B Y MICROEMPRESA (PYME) HOJA RESUMEN Información de los Costos y Condiciones Crediticias. Ley 27768 / Resolución S.B.S. N 1765 2005 y

Más detalles

INFORMACIÓN ADICIONAL DE LOS BENEFICIOS, DERECHOS, Y CONDICIONES DEL SERVICIO FINANCIERO DIRIGIDO A LOS CLIENTES Y USUARIOS DE FINANCIERA EDYFICAR

INFORMACIÓN ADICIONAL DE LOS BENEFICIOS, DERECHOS, Y CONDICIONES DEL SERVICIO FINANCIERO DIRIGIDO A LOS CLIENTES Y USUARIOS DE FINANCIERA EDYFICAR INFORMACIÓN ADICIONAL DE LOS BENEFICIOS, DERECHOS, Y CONDICIONES DEL SERVICIO FINANCIERO DIRIGIDO A LOS CLIENTES Y USUARIOS DE FINANCIERA EDYFICAR (Información referida a beneficios, riesgos y condiciones

Más detalles

HOJA RESUMEN INFORMATIVA SE ANEXARA AL CONTRATO N

HOJA RESUMEN INFORMATIVA SE ANEXARA AL CONTRATO N 1 HOJA RESUMEN INFORMATIVA SE ANEXARA AL CONTRATO N PRESTAMO COMERCIAL PLAN A MEDIDA PNN / MICROEMPRESA FOGEM PRODUCTO PRINCIPAL SOLICITADO : TASA DE INTERES COMPENSATORIO (TEA) : DURACIÓN TOTAL : TASA

Más detalles

Fecha: T.C. Referencial 6 : Solicito la entrega del cronograma final personalmente.

Fecha: T.C. Referencial 6 : Solicito la entrega del cronograma final personalmente. T.C. Referencial 6 : Solicito la entrega del cronograma final personalmente. ANEXO AL CONTRATO DE PRÉSTAMOS PERSONALES Y ESTABLECIMIENTOS Hoja Resumen de los costos y condiciones crediticias (Ley 28587

Más detalles

Tarjeta de Credito. campaña de la cultura financiera. www.sbs.gob.pe

Tarjeta de Credito. campaña de la cultura financiera. www.sbs.gob.pe www.sbs.gob.pe campaña de la cultura financiera Tarjeta de Credito Información para que tomes buenas decisiones con tu dinero INFORMATE SOBRE TUS DERECHOS CONSULTAS Y ORIENTACIÓN Plataforma de Atención

Más detalles

Anexo N 1 HOJA RESUMEN INFORMATIVA 1 SE ANEXARA AL CONTRATO N

Anexo N 1 HOJA RESUMEN INFORMATIVA 1 SE ANEXARA AL CONTRATO N Anexo N 1 HOJA RESUMEN INFORMATIVA 1 SE ANEXARA AL CONTRATO N LINEA PARA PRESTAMO COMERCIAL PNN / MICROEMPRESA PRODUCTO MONEDA LIMITE APROBADO : COMISIÓN POR ENVIO DE INFORMACIÓN : PERIÓDICA (2) TASA DE

Más detalles

EL SEGURO DE DESGRAVAMEN. Qué es el seguro de desgravamen?

EL SEGURO DE DESGRAVAMEN. Qué es el seguro de desgravamen? EL SEGURO DE DESGRAVAMEN Qué es el seguro de desgravamen? Es un seguro cuya finalidad es pagar, ante la circunstancia del fallecimiento del asegurado-, la deuda que mantenga frente a una entidad del sistema

Más detalles

DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN ADICIONAL REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA MATERIAL INFORMATIVO

DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN ADICIONAL REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA MATERIAL INFORMATIVO 1. PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN Y ATENCIÓN DE LAS SOLICITUDES DE CIERRE DE CUENTAS Ó CANCELACIÓN DE CRÉDITOS O TARJETA DE CREDITO: Canales de Atención CIERRE DE CUENTA - DEPÓSITOS A PLAZO En cualquiera

Más detalles

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS RESOLUCION SBS Nº 905-2010 y RESOLUCION Nº 7897-2011

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS RESOLUCION SBS Nº 905-2010 y RESOLUCION Nº 7897-2011 PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS RESOLUCION SBS Nº 905-2010 y RESOLUCION Nº 7897-2011 PROCEDIMIENTO Cancelación de cuentas de Ahorro Persona Natural Cancelación de cuentas de Ahorro Persona Jurídica CANALES

Más detalles

Certificado de Seguro de Protección de Tarjetas y Compras Certificado N Póliza de Seguro N 1105-500000 (S/. 65) (S/. 80)

Certificado de Seguro de Protección de Tarjetas y Compras Certificado N Póliza de Seguro N 1105-500000 (S/. 65) (S/. 80) Certificado N Póliza de Seguro N 1105-500000 (S/. 65) (S/. 80) Ocurrido el siniestro debe denunciar en forma inmediata el mismo, al teléfono 0151-34493. Igualmente será atendido en caso de consultas y

Más detalles

SOLICITUD/ CONTRATO DE TARJETA PREPAGO NORMAS Y CONDICIONES DE USO DE LA TARJETA PREPAGO

SOLICITUD/ CONTRATO DE TARJETA PREPAGO NORMAS Y CONDICIONES DE USO DE LA TARJETA PREPAGO FECHA DE AFILIACION SOLICITUD/ CONTRATO DE TARJETA PREPAGO APELLIDOSYNOMBRESDELSOLICITANTE DNI/CE/DPI/CIM NUMERO DE TARJETA PREPAGO NORMAS Y CONDICIONES DE USO DE LA TARJETA PREPAGO En este documento están

Más detalles

SEGURO DE DESGRAVAMEN

SEGURO DE DESGRAVAMEN SEGURO DE DESGRAVAMEN CREDINKA estableció que todos los productos activos otorgados a personas naturales requieren como condición para la contratación del respaldo de un seguro de desgravamen. Qué es el

Más detalles

ANEXO II HOJA RESUMEN DE CREDITO MIVIVIENDA

ANEXO II HOJA RESUMEN DE CREDITO MIVIVIENDA ANEXO II HOJA RESUMEN DE CREDITO MIVIVIENDA Conste por el presente documento la Hoja Resumen que, como Anexo II, forma parte integrante del Contrato de Crédito y Garantía Hipotecaria, la cual contiene

Más detalles

RIESGOS Y CONDICIONES DE PRÉSTAMOS DE LIBRE DISPONIBILIDAD

RIESGOS Y CONDICIONES DE PRÉSTAMOS DE LIBRE DISPONIBILIDAD RIESGOS Y CONDICIONES DE PRÉSTAMOS DE LIBRE DISPONIBILIDAD 1. INFORMACIÓN RELACIONADA A LOS SEGUROS OFERTADOS (BANCA- SEGUROS). Políticas para la contratación de Pólizas de Seguros: El Banco contratará

Más detalles

ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026

ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026 ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026 METLIFE COLOMBIA SEGUROS DE VIDA S.A., QUE PARA EFECTOS DE ESTA PÓLIZA SE DENOMINA LA COMPAÑÍA, CON

Más detalles

CRÉDITO PEQUEÑA EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS

CRÉDITO PEQUEÑA EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS CRÉDITO PEQUEÑA EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley N 29888 y el Reglamento de Transparencia de Información y Contratación con Usuarios

Más detalles

RIESGOS Y CONDICIONES DE PRODUCTOS HIPOTECARIOS

RIESGOS Y CONDICIONES DE PRODUCTOS HIPOTECARIOS RIESGOS Y CONDICIONES DE PRODUCTOS HIPOTECARIOS 1. Levantamiento de Garantía Usted puede solicitar al Banco la emisión de la minuta de levantamiento de la garantía, la misma que no tiene costo de acuerdo

Más detalles

Qué es el Fondo de Seguro de Depósito?

Qué es el Fondo de Seguro de Depósito? Qué es el Fondo de Seguro de Depósito? El FSD es una institución cuyo objetivo es proteger a los depositantes en caso la institución financiera miembro de FSD donde mantiene su depósitos quiebre. El Fondo

Más detalles

Información Adicional de Tarjetas de crédito de Banco Ripley

Información Adicional de Tarjetas de crédito de Banco Ripley Información Adicional de Tarjetas de crédito de Banco Ripley De conformidad con lo señalado por el artículo 14 del Reglamento de transparencia, cumplimos con agregar al Contrato los siguientes aspectos

Más detalles

Cómo abrir Mi Cuenta Corriente?

Cómo abrir Mi Cuenta Corriente? Cómo abrir Mi Qué es una cuenta corriente bancaria? Es un contrato entre un banco y una persona, en el que el cliente se compromete a depositar dinero en la cuenta y el banco a cumplir sus órdenes de pago

Más detalles

Ley N 30308, Ley que modifica diversas normas para promover el financiamiento a través del Factoring y el descuento

Ley N 30308, Ley que modifica diversas normas para promover el financiamiento a través del Factoring y el descuento Ley N 30308, Ley que modifica diversas normas para promover el financiamiento a través del Factoring y el descuento La Ley busca dar celeridad y seguridad jurídica a las operaciones crediticias para impulsar

Más detalles

Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente

Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente Informativo cuenta corriente bancaria (persona natural) Cómo abrir Mi Cuenta Corriente? 1 2 3 Qué es una cuenta corriente bancaria? Es un contrato entre un

Más detalles

Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente

Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente Informativo cuenta corriente bancaria (persona natural) Cómo abrir Mi Qué es una cuenta corriente bancaria? Es un contrato entre un banco y una persona, en

Más detalles

Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente

Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente Informativo cuenta corriente bancaria (persona natural) Cómo abrir Mi Cuenta Corriente? 1 Qué es una cuenta corriente bancaria? Es un contrato entre un banco

Más detalles

INFORMACIÓN RELACIONADA A LOS SEGUROS OFERTADOS (BANCA- SEGUROS).

INFORMACIÓN RELACIONADA A LOS SEGUROS OFERTADOS (BANCA- SEGUROS). LEVANTAMIENTO DE GARANTÍA Usted puede solicitar al Banco la emisión de la minuta de levantamiento de la garantía, la misma que no tiene costo de acuerdo al numeral 12 del anexo 3 del Reglamento de Transparencia

Más detalles

BANCO INFORMACIÓN ADICIONAL ADJUNTA A LA CARTILLA DE INFORMACIÓN PRODUCTOS PASIVOS

BANCO INFORMACIÓN ADICIONAL ADJUNTA A LA CARTILLA DE INFORMACIÓN PRODUCTOS PASIVOS BANCO INFORMACIÓN ADICIONAL ADJUNTA A LA CARTILLA DE INFORMACIÓN PRODUCTOS PASIVOS LA INFORMACIÓN SE PROPORCIONA CON ARREGLO A LA LEY 28587 Y AL REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA DE INFORMACIÓN Y CONTRATACIÓN

Más detalles

MATERIAL INFORMATIVO (Art. 19 A del Reglamento de Transparencia) Fecha de actualización: Febrero 2011

MATERIAL INFORMATIVO (Art. 19 A del Reglamento de Transparencia) Fecha de actualización: Febrero 2011 MATERIAL INFORMATIVO (Art. 19 A del Reglamento de Transparencia) Fecha de actualización: Febrero 2011 Objetivo: Dar a conocer a los clientes del Banco Financiero del Perú sus derechos y obligaciones, en

Más detalles

DIFUSION DE INFORMACION GENERAL DE PRODUCTOS PASIVOS

DIFUSION DE INFORMACION GENERAL DE PRODUCTOS PASIVOS DIFUSION DE INFORMACION GENERAL DE PRODUCTOS PASIVOS FONDO DE SEGURO DE DEPOSITO (FSD) El Fondo respalda únicamente los depósitos nominativos, bajo cualquier modalidad (vista, ahorro y plazo), de las personas

Más detalles

SISTEMAS DE CONSULTAS Y MONTOS DE OFERTAS DE PENSIÓN

SISTEMAS DE CONSULTAS Y MONTOS DE OFERTAS DE PENSIÓN SISTEMAS DE CONSULTAS Y MONTOS DE OFERTAS DE PENSIÓN La Ley Nº 19.934, vigente a partir del 19 de agosto de 2004, creó un sistema de Consultas y Ofertas de Monto de Pensión, con el propósito que los afiliados

Más detalles

PREGUNTAS Y RESPUESTAS FRECUENTES

PREGUNTAS Y RESPUESTAS FRECUENTES REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA DE INFORMACIÓN Y CONTRATACIÓN CON USUARIOS DEL SISTEMA FINANCIERO CAPITULO IV INFORMACION QUE DEBE SER OTORGADA AL USUARIO PARA EFECTOS DE LA CONTRATACION Y PRESTACION DE OPERACIONES

Más detalles

CRÉDITO HIPOTECARIO FÓRMULAS Y EJEMPLOS

CRÉDITO HIPOTECARIO FÓRMULAS Y EJEMPLOS CRÉDITO HIPOTECARIO FÓRMULAS Y EJEMPLOS La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley N 29888 y el Reglamento de Transparencia de Información y Contratación con Usuarios

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA COBRO DE CHEQUES MEDIANTE REPRESENTANTES DE PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS. a) CHEQUES GIRADOS A FAVOR DE PERSONAS NATURALES

PROCEDIMIENTO PARA COBRO DE CHEQUES MEDIANTE REPRESENTANTES DE PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS. a) CHEQUES GIRADOS A FAVOR DE PERSONAS NATURALES PROCEDIMIENTO PARA COBRO DE CHEQUES MEDIANTE REPRESENTANTES DE PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS a) CHEQUES GIRADOS A FAVOR DE PERSONAS NATURALES REQUISITOS PARA LOS REPRESENTANTES DE PERSONAS NATURALES:

Más detalles

MATERIAL INFORMATIVO (Art. 19 A del Reglamento de Transparencia) Fecha de actualización: Setiembre 2011

MATERIAL INFORMATIVO (Art. 19 A del Reglamento de Transparencia) Fecha de actualización: Setiembre 2011 MATERIAL INFORMATIVO (Art. 19 A del Reglamento de Transparencia) Fecha de actualización: Setiembre 2011 Objetivo: Dar a conocer a los clientes del Banco Financiero del Perú sus derechos y obligaciones,

Más detalles

SEGURO DE DESGRAVAMEN.

SEGURO DE DESGRAVAMEN. SEGURO DE DESGRAVAMEN. CREDINKA estableció que todos los productos activos otorgados a personas naturales requieren como condición para la contratación del respaldo de un seguro de desgravamen. 1 Para

Más detalles

CRÉDITO MICRO EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS

CRÉDITO MICRO EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS CRÉDITO MICRO EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley 29888 y el Reglamento de Transparencia de Información y Contratación con Usuarios

Más detalles

CRÉDITO CONSUMO NO REVOLVENTE FÓRMULAS Y EJEMPLOS

CRÉDITO CONSUMO NO REVOLVENTE FÓRMULAS Y EJEMPLOS CRÉDITO CONSUMO NO REVOLVENTE FÓRMULAS Y EJEMPLOS La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley N 29888 y el Reglamento de Transparencia de Información y Contratación

Más detalles

Crecemos juntos porque nos conocemos!

Crecemos juntos porque nos conocemos! Crecemos juntos porque nos conocemos! CRÉDITO FÓRMULAS Y EJEMPLOS La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley N 29888 y el Reglamento de Transparencia de Información

Más detalles

Tarifario Diners-Hiraoka

Tarifario Diners-Hiraoka Tarifario Diners-Hiraoka Concepto Cargo Tarifario vigente desde el 1 de julio de 2015 Membresía Anual de Tarjeta Titular Membresía Anual de Tarjeta Adicional Envío de Estado de Cuenta Seguro de Desgravamen

Más detalles

Fórmulas y Ejemplos Créditos a Medianas, Pequeñas, Micro empresas y Consumo

Fórmulas y Ejemplos Créditos a Medianas, Pequeñas, Micro empresas y Consumo La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley N 28587 y el Reglamento de Transparencia de Información y Disposiciones Aplicables a la contratación con Usuarios del Sistema

Más detalles

CAPITULO X TITULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE

CAPITULO X TITULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE CAPITULO X TITULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE Una de las novedades que nos trae la nueva Ley General del Sistema Financiero son precisamente los Títulos de Crédito Hipotecario Negociable, al que

Más detalles

No se podrán constituir cuentas conjuntas o colectivas entre personas naturales y jurídicas.

No se podrán constituir cuentas conjuntas o colectivas entre personas naturales y jurídicas. 1. DEPOSITOS A LA VISTA Características Dependiendo del número de titulares y de las firmas requeridas para la constitución y entrega de los fondos, las cuentas se pueden clasificar en individuales, conjuntas

Más detalles

8.- Tabla de desarrollo de los mutuos.

8.- Tabla de desarrollo de los mutuos. Capítulo 8-4 Pág. 4 8.- Tabla de desarrollo de los mutuos. Las instituciones acreedoras deberán protocolizar en una Notaría las tablas de desarrollo de los mutuos hipotecarios de que se trata y dejar constancia,

Más detalles

Cambiamos para ofrecerte lo mejor

Cambiamos para ofrecerte lo mejor Cambiamos para ofrecerte lo mejor PROCEDIMIENTO PARA APLICAR LA COBERTURA DEL SEGURO DE DESGRAVAMEN ANTE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS Estimado cliente, gustosamente nuestros Ejecutivos de Negocios de nuestra

Más detalles

Texto actualizado: Circular N 3.511 Bancos Hoja 1 TEXTO ACTUALIZADO. Disposición: CIRCULAR N 3.511 (de 04.11.2010) BANCOS. Para:

Texto actualizado: Circular N 3.511 Bancos Hoja 1 TEXTO ACTUALIZADO. Disposición: CIRCULAR N 3.511 (de 04.11.2010) BANCOS. Para: Hoja 1 TEXTO ACTUALIZADO Disposición: CIRCULAR N 3.511 (de 04.11.2010) Para: Materia: BANCOS Instrucciones relativas a las políticas y procedimientos para el pago anticipado de créditos o su refinanciamiento.

Más detalles

HOJA RESUMEN DE CRÉDITO HIPOTECARIO

HOJA RESUMEN DE CRÉDITO HIPOTECARIO HOJA RESUMEN DE CRÉDITO HIPOTECARIO Ley Nº 29571 - Ley Nº 28587 - Resolución SBS Nº 8181-2012 EL CLIENTE declara haber sido informado y haber recibido explicación detallada sobre las tasas de interés,

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES: CREDITOS.

PREGUNTAS FRECUENTES: CREDITOS. PREGUNTAS FRECUENTES: CREDITOS. 1. Qué requisitos necesito para acceder a un préstamo? Los requisitos varían de acuerdo al tipo de producto que tenga CREDINKA, los cuales se encuentran a su disposición

Más detalles

REGLAMENTO ADMINISTRATIVO ACADÉMICO

REGLAMENTO ADMINISTRATIVO ACADÉMICO REGLAMENTO ADMINISTRATIVO ACADÉMICO 2013 1.- Introducción El presente Reglamento Administrativo Académico ha sido aprobado mediante Resolución de la Vicepresidencia de Finanzas y Administración, el cual

Más detalles

Hoja Resumen Tarjeta oh!

Hoja Resumen Tarjeta oh! Hoja Resumen Tarjeta oh! 1. Monto de la línea de crédito (1) 2. Moneda de la línea de crédito 3. Año base para efectos del cálculo de la tasa de interés efectiva anual (TEA) A partir de S/. 500 TEA fija

Más detalles

CONTRATO DE PRÉSTAMO

CONTRATO DE PRÉSTAMO CONTRATO DE PRÉSTAMO Conste por el presente documento el CONTRATO DE PRÉSTAMO, que suscriben de una parte, LA ENTIDAD DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MICROEMPRESA SOLIDARIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL S.A.C.

Más detalles

REGLAMENTO DE CERTIFICADOS A PLAZO DE BANCO FICOHSA GUATEMALA, S.A.

REGLAMENTO DE CERTIFICADOS A PLAZO DE BANCO FICOHSA GUATEMALA, S.A. REGLAMENTO DE DEPÓSITOS A PLAZO FIJO INDICE ARTICULO 2: DEPOSITANTES... 2 ARTICULO 3: CLASES DE CUENTAS... 2 ARTICULO 4: EMISION... 3 ARTICULO 8: DENEGATORIA DE APERTURA Y CANCELACION DE CUENTAS... 5 ARTICULO

Más detalles

INFORMACIÓN ADICIONAL DIRIGIDA A CLIENTES Y USUARIOS

INFORMACIÓN ADICIONAL DIRIGIDA A CLIENTES Y USUARIOS INFORMACIÓN ADICIONAL DIRIGIDA A CLIENTES Y USUARIOS PROCEDIMIENTO PARA LA CANCELACIÓN ANTICIPADA DE CUENTAS DE CRÉDITOS (PRE PAGO TOTAL) 1. Comunica su deseo de cancelar anticipadamente su crédito. Personal

Más detalles

Póliza de Seguro Protección Móvil de Equipos de Comunicaciones Inalámbricas

Póliza de Seguro Protección Móvil de Equipos de Comunicaciones Inalámbricas Póliza de Seguro Protección Móvil de Equipos de Comunicaciones Inalámbricas La presente guía es indicativa y busca que el cliente tenga en cuenta los aspectos más importantes de la Póliza de Seguro Protección

Más detalles

CRÉDITO HIPOTECARIO FÓRMULAS Y EJEMPLOS

CRÉDITO HIPOTECARIO FÓRMULAS Y EJEMPLOS CRÉDITO HIPOTECARIO FÓRMULAS Y EJEMPLOS La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley N 29888 y el Reglamento de Transparencia de Información y Contratación con Usuarios

Más detalles

Informativo Legal. Pensión de Sobrevivencia. Quiénes tienen derecho a percibirla?

Informativo Legal. Pensión de Sobrevivencia. Quiénes tienen derecho a percibirla? 3 Pensión de Sobrevivencia La Pensión de Sobrevivencia es un beneficio previsional establecido en el Decreto Ley N 3.500 de 1980, a la cual tienen derecho los componentes del grupo familiar del afiliado

Más detalles

REGLAMENTO DE AHORRO

REGLAMENTO DE AHORRO REGLAMENTO DE AHORRO CAPÍTULO I 1. Todos los socios de la Cooperativa CACEC LTDA., podrán abrir una o varias Cuentas de Ahorro en la Institución: Las modalidades para su funcionamiento se regirán de acuerdo

Más detalles

Preguntas y Respuestas

Preguntas y Respuestas Preguntas y Respuestas 1. Si realizo un pago a mi tarjeta de crédito; En qué tiempo se libera la línea de crédito disponible? El disponible para realizar compras se libera en el instante (Pagos on line).

Más detalles

Cheque "al portador" Información útil sobre Cheques

Cheque al portador Información útil sobre Cheques Información útil sobre cheques Cómo se gira un cheque? Todos los cheques que se extienden deben contener lo siguiente: a. Lugar y fecha de emisión b. Cantidad girada en letras y en números c. firma Ciudad

Más detalles

CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR:

CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR: CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR: CLÁUSULA PRIMERA: EL PRESTATARIO que suscribe declara que ha recibido en este acto de MERCANTIL FINANCIADORA DE PRIMAS, C. A., en lo sucesivo

Más detalles

Reglamento Cuenta BAC Objetivos

Reglamento Cuenta BAC Objetivos Reglamento Cuenta BAC Objetivos Reglamento, Requisitos Y Condiciones De La Cuenta De Ahorro Bac Objetivos Del Bac San José Primero: Objeto. El presente reglamento contiene las regulaciones del servicio

Más detalles

INFORMACION ADICIONAL PRODUCTOS ACTIVOS.

INFORMACION ADICIONAL PRODUCTOS ACTIVOS. INFORMACION ADICIONAL PRODUCTOS ACTIVOS. 1. Procedimiento para la cancelación total de créditos. CREDINKA comunica a sus clientes, que están facultados a realizar, en cualquier momento, las cancelaciones

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES CUENTA DE AHORROS

PREGUNTAS FRECUENTES CUENTA DE AHORROS PREGUNTAS FRECUENTES CUENTA DE AHORROS QUE SON LOS DEPOSITOS DE AHORROS? Los depósitos de ahorros son imposiciones de dinero que realizan las personas naturales o jurídicas y se acreditan en cuentas nominativas

Más detalles

Fórmulas y Ejemplos Créditos a Medianas, Pequeñas, Micro empresas y Consumo

Fórmulas y Ejemplos Créditos a Medianas, Pequeñas, Micro empresas y Consumo La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley N 28587 y el Reglamento de Transparencia de Información y Disposiciones Aplicables a la contratación con Usuarios del Sistema

Más detalles

Bien futuro Bien terminado

Bien futuro Bien terminado Fecha de vigencia: 01 de Febrero del 2014 HOJA RESUMEN DE NUEVO CRÉDITO MIVIVIENDA Ley Nº 29571 - Ley Nº 28587 - Resolución SBS Nº 8181-2012 EL CLIENTE declara haber sido informado y haber recibido explicación

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES: TRANSPARENCIA DE INFORMACION.

PREGUNTAS FRECUENTES: TRANSPARENCIA DE INFORMACION. PREGUNTAS FRECUENTES: TRANSPARENCIA DE INFORMACION. 1. Qué es la transparencia en la información? La transparencia de la información, es un sistema que permite mejorar el acceso a la información de los

Más detalles

CRÉDITO MICRO EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS

CRÉDITO MICRO EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS CRÉDITO MICRO EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley 29888 y el Reglamento de Transparencia de Información y Contratación con Usuarios

Más detalles

CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT EPÍGRAFE 14º - Página 1 En vigor desde el 14-08-2013

CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT EPÍGRAFE 14º - Página 1 En vigor desde el 14-08-2013 CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT EPÍGRAFE 14º - Página 1 EPÍGRAFE 14º CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS (Créditos, Préstamos, Efectos Financieros, Descubiertos en Cuenta Corriente, Libretas de Ahorro, Excedidos

Más detalles

CONTRATO DE OPERACIONES Y SERVICIOS BANCARIOS CUENTA CORRIENTE PERSONA JURÍDICA

CONTRATO DE OPERACIONES Y SERVICIOS BANCARIOS CUENTA CORRIENTE PERSONA JURÍDICA Fecha de Afiliación NOMBRES/RAZÓN SOCIAL Número Cuenta Corriente Banco Oficina Cuenta D.C. DOC. IDENTIDAD/RUC: DOMICILIO: PERSONA: MONEDA: MODALIDAD DE FIRMAS: CONTRATO DE OPERACIONES Y SERVICIOS BANCARIOS

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN Y ATENCIÓN DE SOLICITUDES DE CANCELACIÓN DE CUENTA DE AHORROS

PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN Y ATENCIÓN DE SOLICITUDES DE CANCELACIÓN DE CUENTA DE AHORROS PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN Y ATENCIÓN DE SOLICITUDES DE CANCELACIÓN DE CUENTA DE AHORROS CUENTAS DE AHORRO Y PLAZO FIJO El cliente tiene derecho a cancelar el monto total de sus cuentas de ahorro

Más detalles

BENEFICIOS, RIESGOS Y CONDICIONES DE LAS TARJETAS DE CREDITO

BENEFICIOS, RIESGOS Y CONDICIONES DE LAS TARJETAS DE CREDITO BENEFICIOS, RIESGOS Y CONDICIONES DE LAS TARJETAS DE CREDITO 1. Límites para las operaciones realizadas con las Tarjetas de Crédito. Operaciones en POS (Punto de Ventas): usted podrá hacer uso de su Tarjeta

Más detalles

CONTRATO DE CRÉDITO TAXI PLAN:

CONTRATO DE CRÉDITO TAXI PLAN: CONTRATO DE CRÉDITO TAXI PLAN: PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO Por el presente documento LA CAJA otorga un crédito al CLIENTE, operación de crédito para la adquisición de un vehículo a Gas Natural Vehicular.

Más detalles

CONTRATO MARCO PARA EL OTORGAMIENTO DE CARTAS FIANZAS

CONTRATO MARCO PARA EL OTORGAMIENTO DE CARTAS FIANZAS CONTRATO MARCO PARA EL OTORGAMIENTO DE CARTAS FIANZAS Conste que el presente documento privado denominado Contrato Marco para el Otorgamiento de Cartas Fianzas (EL CONTRATO) que celebran, de una parte

Más detalles

RECOMENDACIONES ANTE UN ACCIDENTE DE TRÀNSITO

RECOMENDACIONES ANTE UN ACCIDENTE DE TRÀNSITO RECOMENDACIONES ANTE UN ACCIDENTE DE TRÀNSITO Si uno ha sufrido un accidente de tránsito o es testigo de uno podrá seguir las siguientes recomendaciones: Prestar auxilio inmediato a los heridos y conseguir

Más detalles

REGLAMENTO DEL PLAN DE PROTECCION CONTRA ROBO Y FRAUDE DE LAS TARJETAS DE DEBITO DE BANCO LAFISE BANCENTRO

REGLAMENTO DEL PLAN DE PROTECCION CONTRA ROBO Y FRAUDE DE LAS TARJETAS DE DEBITO DE BANCO LAFISE BANCENTRO REGLAMENTO DEL PLAN DE PROTECCION CONTRA ROBO Y FRAUDE DE LAS TARJETAS DE DEBITO DE BANCO LAFISE BANCENTRO El presente Reglamento contiene las regulaciones del Servicio de Plan de Protección contra Robo

Más detalles

ANEXO 4 INFORMACIÓN REFERIDA A BENEFICIOS, RIESGOS Y CONDICIONES DEL PRODUCTO O SERVICIO FINANCIERO

ANEXO 4 INFORMACIÓN REFERIDA A BENEFICIOS, RIESGOS Y CONDICIONES DEL PRODUCTO O SERVICIO FINANCIERO ANEXO 4 INFORMACIÓN REFERIDA A BENEFICIOS, RIESGOS Y CONDICIONES DEL PRODUCTO O SERVICIO FINANCIERO Créditos PYME 1. Información relacionada a los seguros ofertados. Seguro de desgravamen Cuenta con el

Más detalles

Es el contrato de seguro mediante el cual se establecen los derechos y obligaciones de la compañía de seguros y del asegurado.

Es el contrato de seguro mediante el cual se establecen los derechos y obligaciones de la compañía de seguros y del asegurado. Qué es el Seguro? Es un procedimiento mediante el cual se busca minimizar la pérdida económica que pueda surgir ante posibles situaciones adversas que podrían suceder en forma súbita e imprevista a personas

Más detalles

Fecha de Afiliación. Número Cuenta Corriente NOMBRES/RAZÓN SOCIAL DOC. IDENTIDAD/RUC: DOMICILIO: PERSONA: MONEDA: MODALIDAD DE FIRMAS: M0201

Fecha de Afiliación. Número Cuenta Corriente NOMBRES/RAZÓN SOCIAL DOC. IDENTIDAD/RUC: DOMICILIO: PERSONA: MONEDA: MODALIDAD DE FIRMAS: M0201 Fecha de Afiliación NOMBRES/RAZÓN SOCIAL Número Cuenta Corriente BancoOficina Cuenta D.C. DOC. IDENTIDAD/RUC: DOMICILIO: PERSONA: MONEDA: MODALIDAD DE FIRMAS: CONTRATO DE OPERACIONES Y SERVICIOS BANCARIOS

Más detalles

ANEXO TÉCNICO # 1 - LIBRANZA CONSUMO BANCOLOMBIA 1. DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL PRODUCTO 2. CARACTERÍSTICAS

ANEXO TÉCNICO # 1 - LIBRANZA CONSUMO BANCOLOMBIA 1. DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL PRODUCTO 2. CARACTERÍSTICAS ANEXO TÉCNICO # 1 - LIBRANZA CONSUMO BANCOLOMBIA 1. DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL PRODUCTO La Libranza Consumo Bancolombia es un crédito que se otorga a los empleados y/o jubilados de una determinada

Más detalles

Informativo Legal. Pensión de Invalidez. Qué es la Pensión de Invalidez? INVALIDEZ TRANSITORIA PARCIAL

Informativo Legal. Pensión de Invalidez. Qué es la Pensión de Invalidez? INVALIDEZ TRANSITORIA PARCIAL Informativo Legal 2 Pensión de Invalidez Qué es la Pensión de Invalidez? Es el beneficio al que tienen derecho los afiliados declarados inválidos mediante dictamen de alguna de las comisiones médicas dependientes

Más detalles

FAMILIA DE ACTIVOS Préstamos Personales

FAMILIA DE ACTIVOS Préstamos Personales Préstamos Personales Productos Divisa Soles Dólares Euros Condiciones Préstamo de Consumo (Libre Disponibilidad, Estudios, Auto Segunda) X Préstamo Vehicular (Contiauto) X Préstamo Hipotecario (Flexible,

Más detalles

Cambiamos para ofrecerte lo mejor

Cambiamos para ofrecerte lo mejor Cambiamos para ofrecerte lo mejor PROCEDIMIENTO PARA EJERCER EL DERECHO DE REALIZAR PAGOS ANTICIPADOS (PREPAGOS) EN FORMA PARCIAL O TOTAL DE LOS CREDITOS Y PAGO ADELANTADO DE CUOTAS Estimado cliente, gustosamente

Más detalles

1 1 I. Generalidades Concepto. 2 Monto Asegurado y valor de la prima. El monto asegurado corresponde al saldo insoluto de la deuda mantenida por el deudor ante el acreedor, calculado al último día del

Más detalles

FAMILIA DE ACTIVOS Préstamos Personales

FAMILIA DE ACTIVOS Préstamos Personales Préstamos Personales Productos Divisa Soles Dólares Euros Condiciones Préstamo de Consumo (Libre Disponibilidad, Estudios, Auto Segunda) X Préstamo Vehicular (Contiauto) X Préstamo Hipotecario (Flexible,

Más detalles

TARIFAS DE CONDICIONES

TARIFAS DE CONDICIONES En vigor desde el 09.02.12 Epígrafe 15 Página: 1 Epígrafe 15 CRÉDITOS Y PRESTAMOS, EFECTOS FINANCIEROS, DESCUBIERTOS EN CUENTA CORRIENTE, EXCEDIDOS EN CUENTAS DE CRÉDITO, Y ANTICIPOS SOBRE EFECTOS. ESPECIFICACIÓN

Más detalles

Apéndice P. Seguros y Riesgo por Pérdida

Apéndice P. Seguros y Riesgo por Pérdida Apéndice P Seguros y Riesgo por Pérdida El Gestor, bajo su exclusivo costo y de conformidad con los términos, condiciones, coberturas, sumas y/o deducibles definidos por el CETAC, deberá suscribir, contratar

Más detalles

FINANCIERA CARRION S.A. E.F.C.

FINANCIERA CARRION S.A. E.F.C. I N D I C E CONDICIONES GENERALES 1) AMBITO DE APLICACIÓN 2 2) CONDICIONES GENERALES 2 3) NORMAS DE VALORACION 2 4) GASTOS DE CORREO, TELEX TELEFONO 2 5) OTROS GASTOS 2 6) MODIFICACION Y ACTUALIZACION

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO INTEGRAL PARA CLIENTES DE INSTITUCIONES BANCARIAS. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 1 00 014.

PÓLIZA DE SEGURO INTEGRAL PARA CLIENTES DE INSTITUCIONES BANCARIAS. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 1 00 014. PÓLIZA DE SEGURO INTEGRAL PARA CLIENTES DE INSTITUCIONES BANCARIAS Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 1 00 014. I. DEFINICIONES Para los efectos de la presente póliza de seguros, las

Más detalles

CONTRATO DE OPERACIONES Y SERVICIOS BANCARIOS CUENTA CORRIENTE PERSONA NATURAL

CONTRATO DE OPERACIONES Y SERVICIOS BANCARIOS CUENTA CORRIENTE PERSONA NATURAL Fecha de Afiliación NOMBRES/RAZÓN SOCIAL Número Cuenta Corriente Banco Oficina Cuenta D.C. DOC. IDENTIDAD/RUC: DOMICILIO: PERSONA: MONEDA: MODALIDAD DE FIRMAS: CONTRATO DE OPERACIONES Y SERVICIOS BANCARIOS

Más detalles

CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE CREDITO FORMATO C0003-2007

CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE CREDITO FORMATO C0003-2007 CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE CREDITO FORMATO C0003-2007 Conste por el presente documento, la condiciones generales del contrato de crédito que celebran de una parte la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Definiciones... 2. OBJETO Y GARANTÍAS DEL SEGURO Artículo 2 - Objeto del seguro... 3

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Definiciones... 2. OBJETO Y GARANTÍAS DEL SEGURO Artículo 2 - Objeto del seguro... 3 ÍNDICE Página DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Definiciones......................................... 2 OBJETO Y GARANTÍAS DEL SEGURO Artículo 2 - Objeto del seguro.....................................

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO DE HURTO CALIFICADO CONDICIONES GENERALES GIRAMOS S.A.

PÓLIZA DE SEGURO DE HURTO CALIFICADO CONDICIONES GENERALES GIRAMOS S.A. PÓLIZA DE SEGURO DE HURTO CALIFICADO CONDICIONES GENERALES GIRAMOS S.A. MAPFRE SEGUROS GENERALES DE COLOMBIA S.A. quien en adelante se denominará La Compañía, se obliga a indemnizar las pérdidas que sufra

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA, SECCIONAL DE MEDELLÍN FEDUSAB REGLAMENTO DE AHORROS. ACUERDO No.047

FONDO DE EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA, SECCIONAL DE MEDELLÍN FEDUSAB REGLAMENTO DE AHORROS. ACUERDO No.047 FONDO DE EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA, SECCIONAL DE MEDELLÍN FEDUSAB REGLAMENTO DE AHORROS ACUERDO No.047 Por medio del cual se adopta el Reglamento de Ahorros del Fondo de Empleados

Más detalles