INFORMACIÓN REFERIDA A BENEFICIOS, RIESGOS Y CONDICIONES DE CREDITOS

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1 INFORMACIÓN REFERIDA A BENEFICIOS, RIESGOS Y CONDICIONES DE CREDITOS 1. Los mecanismos existentes para que el usuario notifique a la empresa cualquier operación de pago no autorizada o ejecutada de forma incorrecta: En caso de presentarse un pago no autorizado o ejecutado de forma incorrecta por parte de COMPARTAMOS FINANCIERA, el cliente deberá presentar un reclamo en la red de Agencias a nivel nacional o visitando nuestra página web 2. La responsabilidad de la entidad en caso de operaciones de pago no autorizadas o ejecutada de forma incorrecta: En caso el cliente pague la cuota de su Crédito y ésta no se registre por una descoordinación operativa, Compartamos Financiera realizará la regularización del pago de la cuota con fecha valor. 3. Información relacionada a los seguros ofertados: EL(LOS) PRESTATARIO(S) tiene derecho a elegir y contratar los seguros que le solicite COMPARTAMOS FINANCIERA, en forma directa o a través de un corredor redor de seguros y con la Compañía de Seguros de su elección, siempre que cumplan con las condiciones previamente informadas por COMPARTAMOS FINANCIERA, quien a su vez, quedará constituida como única beneficiaria. Los seguros deben permanecer vigentes durante todo el plazo del contrato incluido el plazo de sus refinanciaciones; debiendo ser renovados por EL(LOS) PRESTATARIO(S) las veces que sea necesario. COMPARTAMOS FINANCIERA, sin estar obligado a ello, se reserva el derecho de contratar, renovar y/o mantener vigentes los seguros de desgravamen e incendio multiriesgo en respaldo de la cancelación de EL PRÉSTAMO, intereses compensatorios, penalidades por incumplimiento y demás cargos contractuales, lo que acepta EL(LOS) PRESTATARIO(S) e igualmente que las primas que cobre la Compañía de Seguros respectiva, serán de su cargo. EL(LOS) PRESTATARIO(S) declara(n) conocer y aceptar las condiciones de estas pólizas con el detalle de los riesgos excluidos o no cubiertos, constando las mismas en el documento que también reconoce recibir en copia a la suscripción del CONTRATO DE PRÉSTAMO. La falta de contratación o renovación de los seguros por parte de COMPARTAMOS FINANCIERA, no le generará responsabilidad alguna. EL(LOS) PRESTATARIO(S) puede(n) solicitar a COMPARTAMOS OS FINANCIERA realice la gestión para la contratación y/o renovación de los seguros requeridos a su cargo. En dicho caso, COMPARTAMOS FINANCIERA elegirá a la Compañía de Seguros con la cual se mantendrá la cobertura de EL PRÉSTAMO. La falta de gestión de la contratación y/o renovación de los seguros por parte de COMPARTAMOS FINANCIERA no generará responsabilidad alguna a EL(LOS) PRESTATARIO(S). Para créditos de montos mayores o iguales a 150,000 soles o su equivalente en moneda extranjera; se deberá tomar obligatoriamente seguro contra todo riesgo e incendio, sobre la garantía real y endosarse a favor de COMPARTAMOS FINANCIERA. Página 1

2 El usuario debe de contratar por su cuenta un seguro que cumpla con los requisitos establecidos por la empresa. Compartamos Financiera debe de formular un acuerdo con el cliente para que realice un endoso de transferencia de derechos a Compartamos Financiera por el tiempo que dure el crédito, a fin de permitir que se cobre el importe de la indemnización y lo aplique al pago o amortización de sus deudas y obligaciones garantizadas. La aseguradora deberá estar debidamente autorizada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. La Financiera queda autorizada para dirigirse directamente a la compañía de Seguros a fin de que le pague la indemnización debida en caso de siniestro. Si el cliente no cumpliera con contratar las referidas pólizas y/o sus respectivas renovaciones a su vencimiento y/o reajustar la suma asegurada cuando la Financiera se los requiera, y efectuar el endoso correspondiente a favor de la Financiera, éste queda autorizado para hacerlo por cuenta y costo del cliente e incluir las primas del seguro en las cuotas del Crédito. 4. El procedimiento aplicable en el caso de fallecimiento del titular del crédito: CONDONACION CION EN CASO DE FALLECIMIENTO Los deudos deben presentar los siguientes documentos: Una carta solicitando el pago del capital por parte de la aseguradora en la agencia a la cual pertenece el crédito. Muerte Natural - Copia del documento de identidad del ASEGURADO - Acta o Partida de Defunción, en original o copia certificada. - Certificado de Defunción, en original o copia certificada. - La Historia Clínica foliada y fedateada del Asegurado solo se requerirá para aquellos casos que amerite y cuyo monto sea superior a US$ 20,000 o S/. 52,000. Muerte Accidental - Copia del documento de identidad del ASEGURADO - Certificado de Defunción, en original o copia certificada. - Acta o Partida de Defunción, en original o copia certificada. Llenar y firmar el anexo N 2 Condonaciones en caso de fallecimiento, proporcionado por COMPARTAMOS FINANCIERA COMPARTAMOS FINANCIERA revisará los documentos presentados y si todo es conforme procederá a enviar dichos documentos a la compañía aseguradora. Página 2

3 En cuanto la compañía aseguradora de la conformidad de la documentación presentada, se procederá a informar al cliente mediante una carta notarial o vía mail, indicando que el trámite ha sido aprobado. En caso la aseguradora no responda en un plazo mayor a 30 días, COMPARTAMOS FINANCIERA enviará la comunicación al cliente a través de una carta notarial o vía mail, indicando que la solicitud permanece en trámite. En caso la aseguradora rechace u observe la documentación, COMPARTAMOS FINANCIERA enviará la comunicación al cliente a través de una carta notarial o vía mail, indicando que la solicitud fue rechazada o que requiere de mayor información. 5. El procedimiento para la presentación y atención de las solicitudes de resolución del contrato, indicándole todos los canales puestos a su disposición para tal fin: EL (LOS) PRESTATARIOS, tiene(n) derecho a efectuar pagos anticipados de las cuotas o de los saldos en forma total, con la consiguiente liquidación de intereses El cliente, puede solicitar la cancelación de su crédito en cualquier agencia de Compartamos Financiera y en el momento que lo vea por conveniente. 6. Derechos de los avales o fiadores de los usuarios: La fianza que se otorga es solidaria con el titular del crédito, con renuncia expresa al beneficio de excusión, con obligación de atender los pagos exigidos por COMPARTAMOS FINANCIERA en forma inmediata, a su simple requerimiento y en forma incondicionada, sin que COMPARTAMOS FINANCIERA tenga que observar formalidad alguna, haciendo renuncia expresa a todo derecho de oposición. COMPARTAMOS FINANCIERA podrá requerir los pagos al/los Fiador/es, mediante carta notarial, judicial o carta simple dirigida a su domicilio señalado en el contrato de préstamo. Las obligación garantizada, incluye sus intereses, gastos y demás conceptos accesorios, y se mantendrá vigente aun cuando se hubieren novado o cedido a terceros; y hasta que sea totalmente pagada. SI el/los Fiador/es asumiera(n) la obligación en lugar del titular del crédito, tendrá derecho a requerir a COMPARTAMOS FINANCIERA la respectiva constancia de pago, señalando su importe y conceptos, para los fines de dejar constancia de la subrogación en la acreencia a la que el/los Fiador/es tiene/n derecho. El/los Fiador/es, tienen derecho a solicitar información sobre el estado de cuenta del crédito. 7. El detalle de las consecuencias en caso de incumplimiento en el pago de las obligaciones, así como los efectos del refinanciamiento o reestructuración de la deuda: Página 3

4 Compartamos Financiera le recuerda su obligación de pagar puntual las cuotas de su crédito a fin de evitar: 1. El incremento de su deuda por la generación de penalidades según el monto y días de atraso según lo indicado en nuestro (el cual se encuentra en Pioner de Transparencia de nuestra red de agencias, así como en la página web ). 2. El Protesto del Pagaré. 3. La pérdida de beneficios especiales, dependiendo del tipo de producto. 4. Que su calificación crediticia publicada en las diversas Centrales de Riesgo, le limite y/o impida el acceso al financiamiento de otras entidades financieras o casas comerciales. 5. La ejecución judicial de garantías otorgadas. 6. En caso lo solicite el cliente, y previa evaluación se podrá realizar un refinanciamiento y/o reestructuración de su crédito, la misma que se reflejará en la calificación crediticia publicada en las Centrales de Riesgo. 8. El derecho que tiene el cliente de requerir la emisión de la cláusula o documento necesario para proceder al levantamiento de garantías, incluyendo aquellas condicionadas al pago de la obligación: Si el cliente tiene constituida una garantía con COMPARTAMOS MOS FINANCIERA, esta podrá ser levantada una vez que la totalidad de las obligaciones contraídas directa o indirectamente sean canceladas, previa presentación de una solicitud escrita del titular del crédito cancelado y aprobación del Administrador de la Agencia y el Jefe de Operaciones. Una vez cancelado su Crédito el cliente deberá solicitar a Compartamos Financiera el levantamiento de la garantía. Al momento de solicitar el levantamiento de una garantía, ya sea garantía hipotecaria o mobiliaria, el solicitante debe acompañar copia simple del asiento donde consta o se inscribió la hipoteca o garantía mobiliaria, y de existir modificaciones a dichas garantías, también deberá acompañar los asientos donde se encuentren inscritas dichas modificaciones. En ningún caso se solicita al cliente certificado de gravamen. Según listado publicado en la red de Agencias de Compartamos Financiera, no cobramos comisión por Levantamiento de Garantía. 9. El procedimiento aplicable para recuperar el monto cancelado por concepto de pagos en exceso: a. Los requisitos a presentar son los siguientes: DNI original del titular Voucher de la Operación Sustentos para devolución de dinero Otros que la Agencia vea por conveniente. Página 4

5 b. Detalle del proceso: Cliente: Firma Formato Múltiple proporcionado por la Agencia en donde se solicita la devolución del dinero, adjuntando los requisitos mencionados en el punto a. Asesor De Servicios: Indicará al cliente la fecha en la que tiene que retornar para la respuesta a su solicitud. Jefe De Operaciones: Elabora y envía el informe correspondiente respecto a la solicitud del cliente al Departamento de Operaciones Jefe Del Departamento De Operaciones: Evalúa informe, si el trámite procede comunica al Departamento de Contabilidad, Impuestos y Presupuesto para proceder con la devolución de dinero; si el trámite no procede se informa al cliente que su solicitud a sido rechazada. Jefe Del Departamento De Contabilidad, Impuestos Y Presupuesto: Verifica la solicitud del Jefe del Departamento de Operaciones y da su VºBº y coordinar con el Área de Finanzas y Tesorería para efectuar la devolución de dinero. Cajero General: Instruye la modalidad de devolución de dinero al Jefe de Operaciones. Jefe De Operaciones: Proceder con la devolución de dinero al cliente. 10. Instancias a las que puede recurrir el usuario para presentar un reclamo y/o denuncia: Compartamos Financiera ha implementado un Libro de Reclamaciones virtual que está a su disposición en nuestra red de Agencias a nivel nacional o visitando nuestra página web También tiene la opción de dirigirse a la plataforma de Atención al Usuario de la SBS o al Indecopi ( / Página 5

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