BASES GENERALES QUE RIGEN EL PROCESO SELECTIVO PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE AGENTES DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL DE ALMENARA.

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1 BASES GENERALES QUE RIGEN EL PROCESO SELECTIVO PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE AGENTES DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL DE ALMENARA. PRIMERO. Objeto de la Convocatoria Es objeto de la presente convocatoria la creación de una bolsa de trabajo para la provisión mediante nombramientos interinos de plazas de Agente de Policía Local, con motivo de bajas de larga duración, cubrir vacaciones de Agentes de plantilla, etc.. encuadradas en la escala de administración especial, subescala servicios especiales, clase policía local y sus auxiliares, pertenecientes a la escala básica, dotada con el sueldo base correspondiente al grupo de clasificación C. Esta bolsa de trabajo para nombramientos interinos de Agentes de la Policía Local sustituirá las bolsas actualmente vigentes, con la excepción de aquellas personas que estando en la bolsa anterior (2016) se encuentren trabajando en el momento de la presente publicación en la Policía Local de Almenara, a los cuales, se les respetará su posición en la misma por delante de la presente bolsa. La convocatoria y las bases se anunciarán en el Tablón Municipal de Anuncios de la Corporación, y en la página web municipal. Los sucesivos anuncios se publicarán también en el Tablón Municipal de Anuncios y en la página web municipal. Para poder tomar parte en la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha en que termine el plazo de la presentación de instancias: SEGUNDO. Condiciones de Admisión de Aspirantes Para formar parte en las pruebas de selección, conforme a lo previsto en el art. 33 bis de la Ley 6/1999, de 19 de abril, de Policías Locales y Coordinación de las Policías Locales de la Comunitat Valenciana, en su redacción por la Ley 3/2016, de 23 de marzo, será necesario reunir los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española. b) Haber cumplido dieciocho años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa. c) Estar en posesión de las titulaciones académicas exigibles correspondientes a los grupos de clasificación de los funcionarios. d) No sufrir enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas que figuran como anexo de las presentes bases. e) No haber sido separado del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, en virtud de expediente disciplinario, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

2 f) No tener antecedentes penales por delitos dolosos o tenerlos cancelados. g) Tener la altura mínima, de acuerdo con lo fijado en el cuadro de exclusiones médicas del anexo III de estas bases. h) Cualesquiera otros requisitos específicos de acceso relacionados con las funciones y las tareas a ejercer, que se hubieran fijado reglamentariamente o en los anexos de las presentes bases. Todos los requisitos anteriores deberán ser reunidos por los aspirantes el día en que finalice el plazo para la presentación de instancias de la convocatoria correspondiente. TERCERO. Forma y Plazo de Presentación de Instancias Las solicitudes, requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de ALMENARA, y se formalizarán en el modelo de instancia que se incluye como Anexo V de estas Bases, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en la forma que determina el art de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo de presentación de instancias es de 10 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y la página web.. En las instancias los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en estas Bases y que se comprometen a prestar el preceptivo juramento o promesa conforme a lo previsto en la legislación vigente y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. El anuncio de la convocatoria, las bases y todos los demás anuncios relativos al desarrollo de estas pruebas se publicarán también en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web. La solicitud deberá ir acompañada por: - Fotocopias debidamente compulsadas del DNI y los permisos de conducción. - Justificante del pago de derecho de examen, que asciende a la cantidad de 50 euros. - El pago de los derechos de examen se hará efectivo mediante la formalización de autoliquidación a través de modelo oficial que facilita el Ayuntamiento de Almenara y que se encuentra en la página del Ayuntamiento ( y su ingreso en cualquiera de las entidades colaboradoras en la recaudación municipal. A la instancia para participar en el proceso selectivo se adjuntará copia del resguardo acreditativo del abono de las tasas. - Deberá tenerse en cuenta que en virtud del artículo 6.4 del Decreto 88/2001, de 24 de abril, del Gobierno Valenciano, previamente al inicio de las pruebas, los aspirantes deberán aportar un certificado médico oficial en el que se haga constar expresamente su capacidad para concurrir a las pruebas físicas exigidas en el anexo I de las presentes así como que conste que el aspirante no se encuentra impedido o incapacitado para el acceso a la función pública. La falta de presentación de dicho certificado, excluirá a los aspirantes a participar en el proceso de selección que se convoca. La presentación del certificado médico será preceptiva y deberá acompañar al 2

3 escrito de solicitud de participación en el Proceso Selectivo. El certificado deberá tener vigencia a la fecha de su presentación y será suficiente para acreditar la aptitud física y/o psíquica necesaria para concurrir como aspirante al Proceso Selectivo en toda y cada una de las pruebas físicas. Sólo en el caso de que a lo largo de la celebración en el tiempo de las pruebas físicas, a juicio del Tribunal Calificador, algún aspirante haya podido sufrir algunos cambios ostensibles que en sus condiciones de aptitud que puede incluir a la duda sobre los mismos, el Tribunal Calificador podrá recabar del aspirante previo acuerdo expreso al respecto- la presentación de un nuevo certificado médico. CUARTO. Admisión de Aspirantes Para ser admitidos a las pruebas selectivas, es necesario que los aspirantes manifiesten en la instancia que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en estas Bases, referidas a la fecha de finalización del plazo de presentación, que hayan abonado los derechos de examen, y hayan aportado, en su caso, la documentación exigida. - Serán causas de exclusión: 1.- No reunir alguno de los requisitos exigidos en la Base Segunda. 2.- La omisión de la firma en la solicitud. 3.- La utilización de un modelo de instancia diferente al incluido en estas bases. Sólo se admitirán las solicitudes que, presentadas en modelo distinto al prefijado, contengan la declaración de que el aspirante reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Segunda, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes. 4.- La omisión o falta de acreditación de alguno de los documentos exigidos en la Base tercera. 5.- Falta de abono de derechos de examen. No podrá subsanarse la falta de abono de los derechos de examen, salvo que se acredite que se hicieron efectivos antes de finalizar el plazo señalado en la convocatoria. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución expresa y concediendo, en su caso, un plazo de tres días hábiles de subsanación, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, que se publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Almenara y en la web municipal. En su caso, transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y web municipal. En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse la primera prueba de aptitud física. Los sucesivos llamamientos y cualquier decisión que adopte el tribunal de selección y que deba conocer el personal aspirante hasta la finalización de las pruebas selectivas se publicarán en el Tablón de Edictos y en la web municipal, sirviendo dicha exposición, en la fecha que se inicie, como notificación a todos los efectos. 3

4 QUINTO. Tribunal Calificador Al Tribunal Calificador le corresponde dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del Proceso Selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y aplicar los baremos correspondientes. El Tribunal calificador, cumpliendo lo establecido el artículo 8 del Decreto 33/1999, de 9 de marzo y el artículo 57 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, estará constituido por los siguientes miembros: Presidente/a: El Jefe de la Policía Local de Almenara Secretaria: La de la Corporación o funcionario quien designe Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de Almenara. Vocales: Un miembro del Cuerpo de la Policía Local de Almenara Dos miembros de cualquier Cuerpo de la Policía Local de la Comunidad Valenciana. Podrán nombrarse otros asesores del Tribunal para las pruebas psicotécnicas, médicas y de aptitud física. Su nombramiento deberá hacerse público junto con el del Tribunal. Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos. Además el Tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su especialidad técnica. El personal componente del Tribunal, podrá ser recusado por los/as aspirantes de conformidad con lo previsto en el artículo 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. SEXTO. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos El Proceso Selectivo, contará con las siguientes fases y pruebas: PRIMERA PARTE: PRUEBAS SELECTIVAS (ORDEN DE LA PRUEBAS) Pruebas de aptitud física: Consistirán en superar pruebas de aptitud física que ponga de manifiesto la capacidad para el desempeño del puesto de trabajo y cuyo contenido y marcas mínimas serán los establecidos en el Anexo I que acompaña las presentes bases. Desarrollo del temario y práctica De carácter obligatorio y eliminatorio. Consistente en desarrollar por escrito durante un tiempo máximo de una hora, un tema elegido por sorteo, de los grupos I a IV ambos inclusive, que componen el temario de estas Bases en el anexo II. La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, y para superar el ejercicio se deberá obtener un mínimo de 5 puntos. 4

5 Práctica Obligatorio y eliminatorio. Consistente en la realización de un ejercicio escrito, con una duración máxima de 1 hora, que fijará el Tribunal antes de la realización del mismo, que versará sobre el desarrollo de un supuesto policial sobre las actividades, funciones y servicios propios del empleo al que se opta, así como, en su caso, sobre la redacción de documentos policiales. Se valorará la claridad y exposición de cuantas actuaciones y medidas deban adoptarse en relación con el supuesto planteado. Se podrán acompañar o fijar sobre el plano que aporte el Tribunal las actuaciones policiales. La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar el mismo. Prueba Psicotécnica: Consistirá en superar los ejercicios o pruebas psicotécnicas aptitudinales y de personalidad que se determinan en la Orden de 23 de noviembre de 2005, de la Consellería de Justicia, Interior y Administraciones Públicas. La superación de dichas pruebas en los municipios de la Comunidad Valenciana, en el último año tendrá una validez de un año desde su realización, y eximirá al aspirante de volver a realizarlas. La duración máxima de esta prueba será de 30 minutos. La calificación de este ejercicio será de APTO O NO APTO. SÉPTIMO. Relación de Aprobados La relación de aprobados, por orden de puntuación, se publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Almenara. En Almenara, a 19 de abril de La Alcaldesa-Presidenta, Fdo. Estíbaliz Pérez Navarro. 5

6 ANEXO I. Pruebas de Aptitud Física Las pruebas que se señalan a continuación, son obligatorias las dos de resistencia, debiendo superar las dos (3000 mt y 1000 mt). Del resto de pruebas podrá fallarse una. La prueba de aptitud física tendrá la calificación de «apto» o «no apto». Las pruebas se realizarán de forma individual, salvo las de resistencia general que podrá hacerse de forma colectiva si así lo considera el Tribunal. En las pruebas de carrera de resistencia (1000 mt y 3000 mt) se dispone de una sola posibilidad de ejecución; en el resto se permitirá una segunda realización cuando en la primera no se haya obtenido la calificación de «apto». PRUEBAS FÍSICAS ORDEN DE LAS PRUEBAS HOMBRES MUJERES Carrera de resistencia 3000 metros 13 min 30 seg 13 min 45 seg Trepa de cuerda 4 metros 3 metros Salto de altura 1,10 metros 1 metro Carrera de velocidad en 60 metros 9 segundos 11 segundos Carrera de resistencia 1000 metros 3 minutos 45 seg 4 minutos Salto de longitud con carrera 4 metros 3,80 metros ANEXO II. Temario Grupo I. Derecho Constitucional y Administrativo. Tema 1. La Constitución española de Estructura, contenido y principios básicos. Reforma de la Constitución. Bases Generales de Agente de la Policía Local Tema 2. Organización Política del Estado Español. Clase y forma de Estado. Organización Territorial del Estado. La Corona: funciones constitucionales del rey. Sucesión y Regencia. El Refrendo. Tema 3. Las Cortes Generales: las Cámaras. Composición, atribuciones y funcionamiento. La Función Legislativa. El Poder Ejecutivo: El Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial. Estructura, organización y funcionamiento de los Tribunales en el sistema Español. Tema 4. La organización territorial española. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía, Órganos y Competencias. Las Administraciones Públicas: Estatal, Autonómica y Local. Tema 5. Derechos y Deberes fundamentales de la Persona en la Constitución: su defensa y garantía. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. La suspensión de los derechos y libertades. Tema 6. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. La Generalitat Valenciana. Las Cortes. El Gobierno o Consell. Las Competencias. Administración de Justicia. Tema 7. La Administración Pública. La Hacienda Pública y la administración Tributaria. El ciudadano y la administración. Tema 8. El Derecho Administrativo. Fuentes. Normas no parlamentarias con rango de ley. El Reglamento. Tema 9. El procedimiento administrativo. Marco jurídico. Fases del Procedimiento. La audiencia del interesado. Notificaciones. El Procedimiento sancionador administrativo. La revisión administrativa del acto administrativo. Procedimientos y límites de la revisión. Recursos administrativos. El recurso contencioso administrativo. Tema 10. La Unión Europea:Instituciones. El ordenamiento jurídico de la Comunidad Europea. La recepción, aplicación y control del Derecho comunitario en España. Grupo II. Régimen Local y Policía. Tema 11. El Municipio: órganos unipersonales de gobierno. El alcalde. Los tenientes de alcalde. Los Concejales. Tema 12. Órganos colegiados de gobierno. El 6

7 Ayuntamiento pleno. La Comisión de Gobierno. Órganos consultivos y participativos: Las Comisiones Informativas. Las Juntas de Distrito. Tema 13. La Función Pública en general y los funcionarios de las entidades locales. Organización de la función pública local. El personal al servicio de las Administraciones Locales: concepto y clases. Derechos y deberes de las Policías Locales. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Tema 14. Responsabilidad de los Funcionarios públicos. Reglamento de Régimen Disciplinario. Incoación y tramitación de expedientes. Bases Generales de Agente de la Policía Local Página 15 Tema 15. Obligaciones y competencias de los Ayuntamientos. Las Ordenanzas Municipales: concepto y clases. Infracciones. Potestad sancionadora. Los Bandos de Alcaldía. Tema 16. La seguridad ciudadana. Autoridades competentes. Funciones de la Policía Local según la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Actuaciones de la Policía Local en colaboración con el resto de las Fuerzas y Cuerpos. Policía Gubernativa y Judicial. Tema 17. La Policía Local. Ordenamiento legislativo de la Policía Local. Misiones y objetivos. Disposiciones estatutarias comunes. Estructura orgánica y funcional. Tema 18. El binomio policía local ciudadano. Principios básicos y normas de actuación. Soportes éticos. Régimen disciplinario de los funcionarios de Policía Local. Tema 19. La legislación sobre Policías Locales y de Coordinación de Policía Local de la Comunidad Valenciana. La coordinación de las Policías Locales. Estructura y organización de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana. Régimen estatutario. Tema 20. El Instituto Valenciano de Seguridad Pública. Regulación Legal. Fines y funciones. La formación de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana. El Registro de Policías Locales. Sistema retributivo de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana. Premios y distinciones. Grupo III. Derecho Penal, Policía Administrativa y Sociología Tema 21. El Código Penal. Concepto de infracción penal: delito y falta. Las personas responsables criminalmente de los delitos y las faltas. Tema 22. El homicidio y sus formas. Aborto. Lesiones. Lesiones al feto. Delitos contra la libertad: detenciones ilegales y secuestros; amenazas; coacciones. Las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Tema 23. Delitos contra la libertad sexual: agresiones y abusos sexuales; el acoso sexual; exhibicionismo y provocación sexual; delitos relativos a la prostitución. Infracciones a las disposiciones de tráfico y seguridad constitutivas de delito Tema 24. Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico: hurtos, robos, extorsión, robo y hurto de vehículos. Tema 25. Delitos contra la administración pública: prevaricación y otros comportamientos injustos; abandono de destino y la omisión del deber de perseguir delitos; desobediencia y denegación de auxilio; infidelidad en la custodia de documentos y de la violación de secretos. Cohecho, tráfico de influencias, malversación, fraudes y exacciones ilegales, negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos. Tema 26. Ley Orgánica Reguladora del Procedimiento de Habeas Corpus. De la denuncia y la querella. Del ejercicio del derecho de defensa. La asistencia Bases Generales de Agente de la Policía Local Página 16 de abogado. El tratamiento de presos y detenidos. La entrada y registro en lugar cerrado. Tema 27. La Policía Judicial. De la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial. El atestado policial. Tema 28. Policía Administrativa. Protección Civil. Medio ambiente. Urbanismo. Patrimonio histórico artístico. Ocupación de las vías públicas. Escolarización. Espectáculos y establecimientos públicos. Venta ambulante. Tema 29. Los grupos sociales. Formación de los grupos sociales. Las masas y su tipología. El proceso de socialización. Tema 30. La delincuencia. Modelos explicativos y factores. Los comportamientos colectivos. Comportamiento en desastres, Efectos y consecuencias de los desastres. Reacción ante situación de desastres. Grupo IV. Policía de tráfico y circulación. Tema 31. El Tráfico y la Seguridad Vial: Concepto y objetivos. El hombre como elemento de seguridad vial. Los conductores. Los peatones. El vehículo. Las vías. Tema 32. La normativa sobre tráfico circulación de vehículos a motor y 7

8 seguridad vial: La Ley de Bases y su Texto articulado. Tipificación de las principales infracciones. Infracciones de tráfico que constituyen delito. El Código de circulación y sus preceptos aún vigentes. Tema 33. El Reglamento General de Circulación. Estructura. Principales normas de circulación. Tema 34. El Reglamento General de Conductores. Normas generales Clases de los permisos de conducir y sus requisitos. Validez. Equivalencias. Tema 35. Reglamento General de Vehículos. Normas Generales. Categorías. Sus condiciones técnicas. La inspección técnica de Vehículos. Seguro Obligatorio de responsabilidad civil. Infracciones y diligencias policiales. Tema 36. Reglamento del procedimiento Sancionador en materia de tráfico. Fases del procedimiento y contenido. Medidas cautelares: inmovilización de vehículos. Retirada de vehículos de la vía. Tema 37. El Transporte. Clases de Transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o Mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de Mercancías peligrosas. Tema 38. Alcoholemia. Legislación aplicable. Tasas de alcoholemia. Normas de aplicación para las pruebas reglamentarais. Infracciones y diligencias policiales. Tema 39. Los Accidentes de tráfico: Concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la Policía Local en accidentes de tráfico: de urgencia y técnico administrativas. Bases Generales de Agente de la Policía Local Página 17 Tema 40. Órganos competentes en materia de tráfico y seguridad vial. El Consejo Superior de Tráfico. Especial consideración de las competencias municipales. ANEXO III. Cuadro de Exclusiones Médicas Todas estas exclusiones se garantizarán con las pruebas complementarias necesarias para el diagnóstico. 1. Talla. Estatura mínima: 1 65 metros los hombres y 1 60 metros las mujeres. 2. Obesidad - Delgadez. Obesidad o delgadez superior al 25% del peso ideal, calculado según la fórmula PI=0,75 (talla en cm 150)+50; en aquellos aspirantes con complexión atlética se aceptará un 40% de exceso de la solución resultante de aplicar la fórmula anterior. 3. Ojo y visión. 3.1 Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en ambos ojos. 3.2 Desprendimiento de retina. 3.3 Estrabismo. 3.4 Hemianopsias 3.5 Discromatopsias Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los Asesores médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual. 4. Oído y audición. 4.1 Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1000 y 3000 Hertzios a 35 decibelios o de 4000 Hertzios a 45 decibelios. 5. Aparato digestivo. Cualquier proceso digestivo que, a juicio de los Asesores médicos, dificulte el desempeño del puesto de trabajo. 6. Aparato cardio-vascular. 8

9 Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 150 mm/hg en presión sistólica y los 85 mm/hg en presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como, cualquier otra patología o lesión vascular que, al juicio de los Asesores médicos, pueda limitar el desempeño del puesto de trabajo. A juicio de los Asesores médicos se podrá repetir la prueba cuando concurran circunstancias que así lo aconsejen. 7. Aparato respiratorio. El asma bronquial, la broncopatía obstructiva, el neumotorax espontáneo (en más de una ocasión) 8. Sistema nervioso: Epilepsia, depresión, psicosis, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de su función. 9. Piel y faneras: Cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos que dificulten o limiten el desarrollo de su función. 10. Otros procesos patológicos: Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves y cualquier otro proceso que, a juicio de los Asesores médicos, limite o incapacite para el desarrollo de su trabajo. ANEXO IV. Modelo de instancia 9

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