EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MACHALA
|
|
- María Elena Correa Luna
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MACHALA C O N S I D E R A N D O: Que, la Constitución de la República en el Art señala que las ecuatorianas y ecuatorianos gozan entre otros derechos: 1. Elegir y ser elegidos; Que, la Constitución de la República del Ecuador en su Art. 62 establece que las personas en goce de derechos políticos tienen derecho al voto universal, igual, directo, secreto y escrutado públicamente, de conformidad con las siguientes disposiciones: 1. El voto será obligatorio para las personas mayores de dieciocho años; 2. El voto será facultativo para las personas entre dieciséis y dieciocho años de edad, las mayores de sesenta y cinco años; Que, la Constitución de la República del Ecuador en su Art. Art. 355 expresa que el Estado reconocerá a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los objetivos del régimen de desarrollo y los principios establecidos en la Constitución. Se reconoce a las universidades y escuelas politécnicas el derecho a la autonomía, ejercida y comprendida de manera solidaria y responsable. Dicha autonomía garantiza el ejercicio de la libertad académica y el derecho a la búsqueda de la verdad, sin restricciones; el gobierno y gestión de sí mismas, en consonancia con los principios de alternancia, transparencia y los derechos políticos; y la producción de ciencia, tecnología, cultura y arte. Que, la Ley Orgánica de Educación Superior en su Art. 5.- Derechos de las y los estudiantes. señala en su literal e) Elegir y ser elegido para las representaciones estudiantiles e integrar el cogobierno, en el caso de las universidades y escuelas politécnicas; Que, la Ley Orgánica de Educación Superior en su Art Funciones del Sistema de Educación Superior.- Son funciones del Sistema de Educación Superior, expresa en su literal g) Garantizar el cogobierno en las instituciones universitarias y politécnicas; Que, la Ley Orgánica de Educación Superior establace en su Art Reconocimiento de la autonomía responsable.- El Estado reconoce a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los principios establecidos en la Constitución de la República; Que, la Ley Orgánica de Educación Superior señala en su Art Ejercicio de la autonomía responsable.- La autonomía responsable que ejercen las universidades y escuelas politécnicas consiste en: literales b) La libertad de expedir sus estatutos en el marco de las disposiciones de la presente Ley; e) La libertad para gestionar sus procesos internos; Que, la Ley Orgánica de Educación Superior establece en su Art Principio del Cogobierno.- El cogobierno es parte consustancial de la autonomía universitaria responsable. Consiste en la dirección compartida de las universidades y escuelas politécnicas por parte de los diferentes sectores de la comunidad de esas instituciones: profesores, estudiantes, empleados y trabajadores, acorde con los principios de calidad, igualdad de oportunidades, alternabilidad y equidad de género. Las universidades y escuelas politécnicas incluirán este principio en sus respectivos estatutos. Que, la Ley Orgánica de Educación Superior indica en su Art Órgano colegiado académico superior.- Las universidades y escuelas politécnicas públicas y particulares obligatoriamente tendrán como autoridad máxima a un órgano colegiado académico superior que estará integrado por autoridades, representantes de los profesores, estudiantes y graduados. 1
2 Que, el Reglamento de Elecciones para Designar Representantes Estudiantiles y de Empleados ante los organismos de gobierno de la UTMACH, aprobado el 7 de noviembre del 2006, es obsoleto en cuanto las nuevas disposiciones reglamentarias y normativas que rigen la educación superior del país pone cambios sustanciales. RESUELVE: Expedir el REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES ESTUDIANTILES, ANTE LOS ORGANOS DE COGOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MACAHALA. CAPÍTULO I DEL PROCESO ELECTORAL Art. 1.- De los órganos de cogobierno de los estudiantes de la Universidad Técnica de Machala.- Son órganos de cogobierno de los estudiantes de la Universidad Técnica de Machala, el H. Consejo Universitario y el Consejo Directivo. Art. 2.- Ámbito de Aplicación.- El presente reglamento regulará todo el proceso eleccionario para elegir los representantes de los estudiantes, ante los órganos de cogobierno. Art. 3.- De la Convocatoria.- El H. Consejo Universitario de manera periódica, convocara en la primera semana de diciembre de cada año las elecciones de Representantes estudiantiles ante los órganos de cogobierno de la Universidad Técnica de Machala Art. 4.- De la participación de los y las estudiantes.- Los y las estudiantes, participaran en los organismos colegiados de Cogobierno de la Universidad Técnica de Machala, en ejercicio de su autonomía responsable será del 25% del total del personal académico integrantes de los organismos colegiados con derecho a votar, exceptuándose al Rector o Rectora, Vicerrector o Vicerrectora y Vicerrectores o Vicerrectoras de esta contabilización. Art. 5.- De la paridad de género, igualdad de oportunidad y equidad.- Cuando existan varias listas para la elección de los y las estudiantes ante los organismo colegiados de cogobierno de la Universidad, se deberán integrar respetando la alternancia, la paridad de género, igualdad de oportunidades y equidad conforme a la constitución de la República del Ecuador. Art. 6.- De la Votación.- La elección de representantes estudiantiles ante los órganos colegiados se realizará por votación universal, directa y secreta. Art. 7.- De su renovación.- La renovación de los representantes estudiantiles, se realizará de manera periódica año a año, conforme lo establecido en el presente reglamento, en caso de no hacerlo estos perderán su representación de manera automática. Art. 8.- De la reelección.- Los representantes estudiantiles ante los órganos de cogobierno, podrán ser reelectos, consecutivamente o no por una sola vez. Art. 9.- De los Requisitos.- Para las dignidades de representación estudiantil de cogobierno, los candidatos deberán ser estudiantes regulares de la Institución (Art. 83. LOES); acreditar un promedio de calificación equivalente de muy bueno (8), conforme a la regulación Institucional; haber aprobado al menos el 50% de la malla curricular, y no haber reprobado ninguna materia (Art. 61. LOES). CAPÍTULO II DE LOS ORGANISMOS DEL PROCESO ELECTORAL. Art Del Tribunal Electoral.- El H. Consejo Universitario nombrará un Tribunal Electoral que organizará, dirigirá, supervigilará y proclamará los resultados de los procesos de elección de 2
3 representantes estudiantiles al H. Consejo Universitario y Consejos Directivos. Serán profesores titulares no integrantes del H. Consejo Universitario. Estará conformado por 3 miembros principales y 3 miembros suplentes de entre sus miembros se elegirá al Presidente, al secretario y un vocal, con sus respectivos suplentes. Art Deberes y Atribuciones del Tribunal Electoral.- a) Organizar, dirigir y supervigilar el proceso electoral; b) Realizar la convocatoria para elecciones aprobada por el H, Consejo Universitario; c) Elaborar y publicar los padrones electorales de las diferentes facultades en lo relacionado con los estudiantes, en coordinación con los consejos directivos en cada facultad; d) Calificar e inscribir las listas de candidatos; e) Elaborar las papeletas de votación; f) Elaborar las actas que se deberán usar en la elección; g) Absolver cualquier consulta que se presente durante el proceso electoral; h) Resolver las apelaciones interpuestas; y, i) Realizar los escrutinios correspondientes, proclamar resultados. j) Comunicar al Consejo Universitario para su posesión. k) Depurar el padrón. l) Dictar su propio instructivo para el mejor desarrollo de los eventos electorales. Art De las Juntas Electorales.- El Tribunal Electoral conformará las Juntas Electorales en cada una de las Facultades en coordinación con los Consejos Directivos, estarán integradas por tres miembros principales y tres miembros suplentes, de entre los cuales se elegirá Presidente, Secretario y Vocales. Serán profesores titulares. Cada Junta Electoral tendrá una cobertura de 300 estudiantes según padrones oficiales. Art Son deberes y atribuciones de las Juntas Electorales: a) Organizar la junta electoral con sus miembros; b) Receptar la votación de los estudiantes con derecho a voto: y, c) Escrutar la votación y remitir los resultados al Tribunal Electoral hasta las 17H00. Art De los Consejos Directivos.- Los Consejos Directivos son organismo de apoyo al Tribunal Electoral. Remitirán la nomina de los estudiantes regulares en orden alfabético, al tribunal electoral para la elaboración de los padrones electorales correspondientes. CAPÍTULO III DE LA INSCRIPCIÓN DE LISTAS. Art De las listas.- las listas que participaran en los procesos eleccionarios ante los organismo de cogobierno de la Universidad Técnica de Machala, se conformaran considerando la alternancia y la paridad de género, deberán cumplir con los requisitos determinados en el Art. 9 de este Reglamento. Art De la inscripción de las listas.- El tribunal electoral receptara la inscripción de las listas en un término de hasta 96 horas antes de la fecha de proceso electoral convocado. Las inscripciones deberán contar con los siguientes requisitos: 1.) Solicitud de inscripción dirigida al Tribunal Electoral, acompañada de la carta de aceptación de cada candidato. 2.) Nombres y Apellidos, dirección domiciliaria, correo electrónico, teléfonos celulares y convencionales de los candidatos. 3
4 3.) Certificación de haber cumplido los requisitos establecidos en el Art. 9 del presente reglamento. 4.) Adjuntar el 10% de firmas de respaldo de estudiantes que formen parte del padrón electoral, exceptuándose a los alumnos del Instituto de Idiomas. 5.) Indicar el representante de la lista, así mismo su domicilio, teléfono y correo electrónico para sus notificaciones. 6.) Declaración de la fuente de financiamiento de la campaña. Art De la calificación de las listas.- Una vez receptada la inscripción de las listas en el término de 24 horas, se procederá a calificar las listas. En caso de que faltare o no cumpliere los requisitos establecidos en los artículos 9 y 16, se otorgará una prórroga de 24 horas para su cumplimiento. CAPÍTULO IV DE LOS VOTOS Art Del voto válido.- Se considera voto válido, todo aquella intención que tenga el sufragante de expresar su voluntad por tal o cual candidato. Art Del voto nulo.- se entiende por voto nulo: a) Los enmendados ; b) Los que contengan injurias en contra de autoridades, profesores, estudiantes, empleados, trabajadores de la Universidad Técnica de Machala; c) Los votos firmados por el elector; d) Los que demostraren claramente la voluntad de anular el voto; y, e) Los que contuvieren más votos de las dignidades a elegir. Art Voto en blanco.- Se considera voto en blanco el que no tuviere señal alguna en el mismo. CAPÍTULO V DE LA ELECCIÓN Art Para las elecciones pluripersonales de los Estudiantes se podrá votar en lista, o entre lista, para la adjudicación de escaños se aplicara el método de Hare, que consta en el Código de la Democracia. Art De la designación de escaños, se procederá de la siguiente manera: 1. La suma total de los votos válidos se divide para el número de escaños que corresponda obteniéndose como el resultado el cociente distribuidor; 2. La votación obtenida por cada uno de los candidatos sin diferenciar los votos de listas de los de entre listas se sumarán para establecer la votación alcanzada por cada lista. 3. Se divide el total de los votos válidos de cada lista para el cociente distribuidor; y se adjudicarán un puesto por cada vez que se alcance esa cantidad. 4. Los escaños que falten por asignar, corresponderán a las listas que hayan alcanzado la más altas aproximaciones decimales del cociente obtenido mediante operación del numeral anterior, considerando cuatro cifras; en estas comparación se incluirá a las listas a las que ya haya asignado algún escaño por número entero que tengan valores residuales luego del ejercicio anterior, y, 4
5 5. Una vez determinados y adjudicados los escaños que corresponden a cada lista se asignará estos a los candidatos más votados de dicha listas, es decir quienes tengan la más alta votación uninominal dentro de cada lista. Si una lista hubiera alcanzado varios escaños, estos se asignará a los candidatos que más alta votación hayan alcanzado, en orden descendente. En caso de empate entre dos o más candidatos y quede un solo escaño por adjudicar, se procederá a sorteo entre los candidatos con igual votación. CAPÍTULO VI DE LAS IMPUGNCIONES Art Término de presentar las impugnaciones: a) Para la calificación de las listas en 24 horas; b) Para contestar la impugnación en 24 horas; c) Para reemplazar un candidato impugnado 24 horas d) Para impugnar la elección en 24 horas e) Para resolver las impugnaciones en un término de 48 horas f) Las impugnaciones y las resoluciones, del Tribunal Electoral son de última instancia. CAPÍTULO VII DE LAS SANCIONES Art. 24 De las sanciones y justificaciones.- Se sancionara a los estudiantes que no concurrieren a sufragar: a) Con la suspensión en una materia, la cual será sorteada del pensum que se encontrare cursando. El Tribunal Electoral informará al Consejo Directivo para la aplicación de la sanción correspondiente. b) Las justificaciones debidamente fundamentadas serán presentadas ante el Consejo Directivo de cada Facultad. c) Los docentes que no concurrieren a integrar las Juntas Electorales serán sancionados con un día de sueldo de su remuneración mensual unificada dispuesto por el Rector previo informe del Tribunal Electoral. Disposiciones Generales: Primera.- El desarrollo del proceso electoral será de 08H00 a 14H00, cada Junta Electoral entregará los resultados de los escrutinios al Tribunal Electoral hasta las 17H00. Segunda:- Los Decanos y los Secretarios Abogados, serán los encargados de entregar los kit electorales a las Juntas Electorales, en cada una de las Facultase. Tercera.- Todas las sanciones no previstas en el presente reglamento se las asumirá de conformidad con el Art. 207 de la LOES. Cuarta.- El Tribunal Electoral realizará la convocatoria a elecciones por un medio de comunicación de mayor circulación de la Provincia. Quinta.- Los estudiantes de los Paralelos que funcionan en cantones fuera de la sede de la Institución, sufragarán en cada una de las Facultades a la que correspondan. Sexta.- En caso que un estudiante no constare en el padrón, se le otorgará un certificado de presentación. 5
6 Séptima.- Una vez proclamados los resultados y conocidos por el H. Consejo Universitario, en el término de cinco días deberán posesionarse. Disposición Transitoria: Primera.- Se deroga el Reglamento de Elecciones de Representantes Estudiantiles y de Empleados y Trabajadores, ante los Organismos de Gobierno de la Universidad Técnica de Machala. Segunda.- En esta ocasión el Consejo Universitario fijará la fecha de elecciones de representantes estudiantiles de cogobierno, en el mes de enero del 2012, cuyos representantes así elegidos durarán hasta la segunda semana de diciembre del Dr. José A. Romero Tandazo, MBA Secretario General de la UTMACH Certifica: Que, el presente reglamento de Elecciones de los Representantes Estudiantiles, ante los órganos de cogobierno de la Universidad Técnica de Machala, fue aprobado en primera y en segunda discusión, durante las sesiones realizadas por el H. Consejo Universitario realizadas en diciembre 6, 13 y 20 del 2011, respectivamente. Machala, diciembre 20 del 2011 Dr. José A. Romero Tandazo, MBA Secretario General 6
Instructivo para la elección de Representantes Laborales ante el Honorable Consejo Universitario de la Universidad San Gregorio de Portoviejo
UNIVERSIDAD Resolución USG-H.C.U-No 0105-08- tomada por el Honorable Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria del día 18 del mes de agosto del año, la misma que dice literalmente: "Aprobar el Representantes
Más detallesPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA CONSIDERANDO
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES DEL COGOBIERNO CONSIDERANDO Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 355, señala que: El Estado
Más detallesUNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES
UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: DIRECCIÓN DE PROCESOS ACADÉMICOS Y NORMATIVA Santiago Gangotena G. RECTOR CONSEJO UNIVERSITARIO Fecha:
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES
UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: DIRECCIÓN DE PROCESOS ACADÉMICOS Y NORMATIVA Fecha original: abril 2015 Fecha Reforma: noviembre2015
Más detallesUNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR EL CONSEJO ELECTORAL
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR EL CONSEJO ELECTORAL DE CONFORMIDAD CON LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, EL ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD, EL REGLAMENTO DE ELECCIONES, Y EL INSTRUCTIVO PARA ELECCIONES.
Más detallesEL CONSEJO POLITÉCNICO DE LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DEL LITORAL CONSIDERANDO
EL CONSEJO POLITÉCNICO DE LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DEL LITORAL CONSIDERANDO Que el Art 46 de la Ley Orgánica de Educación Superior establece que para el ejercicio del cogobierno las universidades
Más detallesINSTRUCTIVO DE ELECCIONES PARA RENOVAR EL DIRECTORIO DE LAS ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL 2016
INSTRUCTIVO DE ELECCIONES PARA RENOVAR EL DIRECTORIO DE LAS ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL 2016 DE LA CONVOCATORIA Art. 1.- De acuerdo a la Resolución adoptada por el Consejo
Más detallesNOTIFICACIÓN No
NOTIFICACIÓN No. 000298 PARA: PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, CONSEJERAS Y CONSEJERO DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL COORDINADORA TÉCNICA INSTITUCIONAL DIRECTOR GENERAL DE PROCESOS ELECTORALES SECRETARIO TÉCNICO
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DE CHIMBORAZO 2013.
REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DE CHIMBORAZO 2013. RESOLUCIÓN 393.CP.2013 El Consejo Politécnico en sesión ordinaria realizada el martes 24 de Septiembre de 2013, CONSIDERANDO:
Más detallesUNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO
INSTRUCTIVO DE ELECCIONES PARA GOBIERNO ESTUDIANTIL FEUE. LDU-A. AFU. ASOCIACIONES DE ESCUELAS DE LA UTEQ CAPITULO I Art. 1.- Para elegir y ser elegido representante estudiantil a los organismos de gobierno
Más detallesUNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO Campus Manuel Haz Álvarez SECRETARIA GENERAL
NORMATIVA DE LA UNIDAD DE ADMISION Y REGISTRO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO Aprobado mediante resolución Octava de sesión de Consejo Universitario de fecha 19 de Diciembre del 2012; y en
Más detallesINSTRUCTIVO AL REGLAMENTO NACIONAL DE PARTICIPACIÓN Y REPRESENTACIÓN ELECTORAL (RNPRE) Octubre 2014
1 COLEGIO NACIONAL DE ARQUITECTOS DEL ECUADOR TRIBUNAL NACIONAL ELECTORAL DEL CAE INSTRUCTIVO AL REGLAMENTO NACIONAL DE PARTICIPACIÓN Y REPRESENTACIÓN ELECTORAL (RNPRE) Octubre 2014 CONSIDERACIONES INICIALES.
Más detallesLa Junta Plenaria de la Casa de la Cultura Ecuatoriana 'Benjamín Carrión' Considerando:
1 Reglamento de elecciones de la Casa de la Cultura Ecuatoriana 'Benjamín Carrión' para elegir presidente y vicepresidente nacional, y presidente y directorio de los Núcleos Provinciales La Junta Plenaria
Más detallesFEPOCH Reglamento de Elecciones
El Comité Ejecutivo de la Federación de Estudiantes Politécnicos de Chimborazo, CONSIDERANDO: Que, el artículo 68 de la Ley Orgánica de Educación Superior dispone que las instituciones de Educación superior
Más detallesCAPITULO I. DE LA NATURALEZA.
1 REGLAMENTO DE ELECCIONES DE RECTOR, VICERRECTOR ACADÉMICO, VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO, DECANOS, VICEDECANOS Y REPRESENTANTES A LOS ORGANISMOS DE COGOBIERNO DE LA ESPOCH. CAPITULO I. DE
Más detallesEn uso de las facultades de que se halla investido, emite el siguiente:
El Consejo Académico de FLACSO Sede Ecuador Considerando Que la Asamblea General de Estudiantes de FLACSO Sede Ecuador ha propuesto la expedición de una reglamentación para regular la elección, funciones
Más detallesCONSIDERANDO ACUERDA CAPITULO I DE LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES.
REGLAMENTO DE ELECCIÓN DE VOCALES REPRESENTANTES DE LA CIUDADANÍA ANTE EL DIRECTORIO DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE GUARANDA. CONSIDERANDO 1. Que el Art. 225 de la Constitución
Más detallesCONVOCATORIA A ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LOS GRADUADOS PARA INTEGRAR EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY
CONVOCATORIA A ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LOS GRADUADOS PARA INTEGRAR EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY El Consejo Universitario en sesión del 16 de mayo de 2017, resolvió convocar
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES DE PRESIDENTE Y VOCALES DEL DIRECTORIO DE LA CASA DE LA CULTURA ECUATORIANA "BENJAMÍN CARRIÓN" NÚCLEO DEL CHIMBORAZO
REGLAMENTO DE ELECCIONES DE PRESIDENTE Y VOCALES DEL DIRECTORIO DE LA CASA DE LA CULTURA ECUATORIANA "BENJAMÍN CARRIÓN" NÚCLEO DEL CHIMBORAZO El Directorio de la Casa de la Cultura Ecuatoriana "Benjamín
Más detallesRESOLUCIÓN No. PLE-CNE T
Administración del Señor Lcdo. Lenin Moreno Garcés Presidente Constitucional de la República del Ecuador Viernes, 05 de octubre de 2018 (R. O.342, 05 -octubre -2018) Suplemento CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
Más detallesCONSIDERANDO: REGLAMENTO REFORMADO PARA LAS ELECCIONES DE RECTOR O RECTORA Y VICERRECTOR O VICERRECTORA DE LA UNIVERSIDAD AGRARIA DEL ECUADOR
O El Consejo Universitario de la CONSIDERANDO: Que la Ley de Educación Superior publicada en el Registro Oficial No. 298 del día martes 12 de octubre de 2010 establece los requisitos para el desempeño
Más detallesESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES
ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES MARZO - 2007 REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL CAPÍTULO 1 DE LA NATURALEZA Art. 1.- La elección de autoridades
Más detallesANEXO I RESOLUCION Nº 2426
ANEXO I RESOLUCION Nº 2426 REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS INTEGRANTES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LOS INSTITUTOS DE FORMACIÓN DOCENTE CONTINUA DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO Capítulo I-Equipo Directivo
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO
REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL Disposiciones Generales Artículo 1.- El Comité Electoral de la Universidad ESAN es la máxima autoridad electoral, es autónomo
Más detallesREGLAMENTO DESIGNACION A REPRESENTANTES JUNTAS PARROQUIALES RURALES
REGLAMENTO DESIGNACION A REPRESENTANTES JUNTAS PARROQUIALES RURALES Resolución del Consejo Nacional Electoral 4 Registro Oficial Suplemento 599 de 19-dic.-2011 Ultima modificación: 24-nov.-2016 Estado:
Más detallesCOOPERATIVA DE VIVIENDA ARMADA NACIONAL ASESORIA JURIDICA
REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES A LA ASAMBLEA, Y VOCALES DE LOS CONSEJOS DE LA COOPERATIVA DE VIVIENDA ARMADA NACIONAL El Consejo de Administración, de la Cooperativa de Vivienda Armada Nacional,
Más detallesUNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
'La Universidad de las alturas'' AMBATO-ECUADOR EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador en su Artículo 355 inciso
Más detallesArtículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral.
REGIMEN Y PROCEDIMIENTO ELECTORAL Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral. La Junta Directiva acordará la promoción del proceso electoral en los siguientes supuestos:
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE LOS SERVIDORES NO DOCENTES
REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE LOS SERVIDORES NO DOCENTES * Desarrollo: Art. 1.- Las elecciones de representantes de los servidores no docentes al Consejo Universitario, Consejos Directivos
Más detallesCONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE DECANO FACULTAD DE INGENIERÍA
CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE DECANO FACULTAD DE INGENIERÍA En Santiago, a 27 de Octubre de 2015.- LA H. JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL HA ACORDADO LO SIGUIENTE EN SU SESIÓN N 538 DE FECHA 27
Más detallesUNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO Campus Manuel Haz Álvarez SECRETARIA GENERAL
REGLAMENTO De la Unidad de Admisión y Registro de la Universidad Técnica Estatal de Quevedo Aprobado en Primera instancia en Sesión Ordinaria Continuada del Consejo Universitario, de fecha nueve, doce
Más detallesREGLAMENTO DE GRADUADOS Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITE DE GRADUADOS
REGLAMENTO DE GRADUADOS Y FUNCIONAMIENTO, DEL COMITE DE GRADUADOS EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR CONSIDERANDO: en el Art. 142 de la Ley Orgánica de Educación Superior señala que: "Todas las instituciones
Más detallesCEPIA REGLAMENTO ELECTORAL CAPITULO I: DE LAS ELECCIONES DEL DIRECTORIO
1 CEPIA REGLAMENTO ELECTORAL CAPITULO I: DE LAS ELECCIONES DEL DIRECTORIO Artículo 1.- FECHA DE LAS ELECCIONES: La elección de los vocales principales y suplentes del directorio se realizará la tercera
Más detallesREGLAMENTOS EXPEDIDOS POR EL CPCCS QUE INCLUYEN LA PARIDAD DE GÉNERO Anexo 15 I ANTECEDENTES
I ANTECEDENTES La Ley Orgánica de Participación Ciudadana 1, en su artículo 4, reconoce entre los principios que rigen la participación ciudadana en el Ecuador los siguientes: Paridad de género.- Es la
Más detallesEL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO CONSIDERANDO:
REGLAMENTO DE ELECCIONES DE AUTORIDADES UNIVERSITARIAS Y DE REPRESENTANTES ANTE LOS ORGANISMOS COLEGIADOS DE GOBIERNO EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO CONSIDERANDO:
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL
REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO 1 2 3 4 Disposiciones Generales CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL Artículo 1.- El Comité Electoral de la Universidad ESAN es la máxima autoridad electoral, es
Más detallesEn uso de las facultades de que se halla investido, emite el siguiente:
El Consejo Académico de FLACSO Sede Ecuador Considerando Que la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, FLACSO fue creada mediante Acuerdo Internacional, la misma que goza de autonomía académica,
Más detallesASOCIACIÓN DE DOCENTES E INVESTIGADORES DE LA UNIVERSIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS ESPE ADUFA ESPE
ASOCIACIÓN DE DOCENTES E INVESTIGADORES DE LA UNIVERSIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS ESPE ADUFA ESPE REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DEL DIRECTORIO, DE LA ASOCIACIÓN DE DOCENTES E INVESTIGADORES DE LA UNIVERSIDAD
Más detallesREGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN DE ESTUDIANTES EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL
REGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN DE ESTUDIANTES EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL CONSIDERANDO: Que, el literal f) del Art. 5 de la Ley Orgánica de Educación Superior
Más detallesAño de la Consolidación Económica y Social del Perú
REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS LOCALES ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN INTERGUBERNAMENTAL I. OBJETIVO Establecer las disposiciones adicionales necesarias para la realización
Más detallesUNIDAD DE SEGUIMIENTO A GRADUADOS DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLÍVAR
UNIDAD DE SEGUIMIENTO A GRADUADOS DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLÍVAR 1.- ANTECEDENTES: En cumplimiento a la norma establecida por la Ley Orgánica de Educación Superior, reglamentos y más disposiciones,
Más detallesRESOLUCIÓN CEC CONSEJO ELECTORAL CENTRAL MOVIMIENTO CREO, CREANDO OPORTUNIDADES CONSIDERANDO
RESOLUCIÓN 002-2016 - CEC CONSEJO ELECTORAL CENTRAL MOVIMIENTO CREO, CREANDO OPORTUNIDADES EL CONSEJO ELECTORAL CENTRAL DEL MOVIMIENTO CREO, CREANDO OPORTUNIDADES CONSIDERANDO Que, de conformidad con lo
Más detallesFONDO DE EMPLEADOS DE BBVA COLOMBIA FOE ACUERDO No. 001 de 2013 (Enero 17) REGLAMENTO DE ELECCIONES
FONDO DE EMPLEADOS DE BBVA COLOMBIA FOE ACUERDO No. 001 de 2013 (Enero 17) REGLAMENTO DE ELECCIONES Por medio del cual se reglamenta la elección de Delegados a Asamblea General y miembros de Órganos de
Más detalles19 de octubre LUNES 20 de octubre MARTES 22 de octubre MIÉRCOLES
19 de octubre 20 de octubre MARTES 22 de octubre 27 de octubre MARTES 28 de octubre 11 de noviembre 12 de noviembre JUEVES 16 de noviembre 26 de noviembre JUEVES 27 de noviembre VIERNES 30 de noviembre
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA SOCIEDAD PERUANA DE HEMOTERAPIA Y BANCO DE SANGRE
REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA SOCIEDAD PERUANA DE HEMOTERAPIA Y BANCO DE SANGRE TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1º.- El presente Reglamento establece
Más detallesc) Transparencia d) Publicidad REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY TÍTULO I NORMAS GENERALES
1 REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY TÍTULO I NORMAS GENERALES Artículo 1.- Objeto: El presente Reglamento tiene por objeto regular los procesos eleccionarios para la designación de primeras
Más detallesCOOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LOS EMPLEADOS DE LA CORPORACION FINANCIERA NACIONAL CORFINAL
COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LOS EMPLEADOS DE LA CORPORACION FINANCIERA NACIONAL CORFINAL La Asamblea General de Socios de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Empleados de la Corporación Financiera
Más detallesREGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS PROFESIONALES EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR CEMLAD CONSIDERANDO:
REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS PROFESIONALES EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR CEMLAD CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador y la Ley Orgánica de Educación
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR R~públ i(.a del Ecuador RPC-SO-21-No.239-2015 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 61 de la Constitución de la República del Ecuador,
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA DE DISEÑO Y COMUNICACIÓN VISUAL
Reglamento General de Funcionamiento de la Escuela de Diseño y Comunicación Visual 1220 REGLAMENTO GENERAL DE FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA DE DISEÑO Y COMUNICACIÓN VISUAL La Escuela de Diseño y Comunicación
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES
REGLAMENTO DE ELECCIONES TÍTULO I DEL PROCESO ELECTORAL CAPITULO I DE LAS Y LOS PARTICIPANTES EN LAS ELECCIONES Art. 1.- Para ser candidata o candidato al Directorio y al Tribunal de Honor del Colegio
Más detallesPARTIDO POLÍTICO TODOS POR EL PERÚ
REGLAMENTO ELECTORAL PARA ELECCIÓN DE DELEGADOS REGIONALES Y DELEGADOS DE LIMA METROPOLITANA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto El presente reglamento establece las normas y procedimientos
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA SOCIEDAD DE INGENIEROS DE BOLIVIA CAPITULO I DEFINICIONES
REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA CAPITULO I DEFINICIONES ARTICULO 1º El Presente Reglamento tiene por finalidad regular y establecer el procedimiento de elecciones del Directorio
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES DE LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DEL LITORAL
4331 REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES DE LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DEL LITORAL TÍTULO I DISPOSICIONES PRELIMINARES CAPÍTULO I OBJETO Y ÁMBITO Art. 1.- Objeto.- Las disposiciones del presente Reglamento
Más detallesFONDO DE EMPLEADOS BBVA - FOE ACUERDO No. 002 de 2013 (Julio 18) REGLAMENTO DE ELECCIONES
FONDO DE EMPLEADOS BBVA - FOE ACUERDO No. 002 de 2013 (Julio 18) REGLAMENTO DE ELECCIONES Por medio del cual se reglamenta la elección de Delegados a Asamblea General y miembros de La Junta Directiva del
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
República del Ecuador RPC-SO-34-No.447-2015 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 61 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: "Las ecuatorianas y ecuatorianos gozan
Más detallesRÉGIMEN ELECTORAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES
RÉGIMEN ELECTORAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES Principios Generales Artículo 1. Por el presente se reglamenta el régimen de elecciones de los representantes de los claustros en los órganos colegiados
Más detallesDECANATURA FACULTAD DE ENFERMERÍA R E S O L U C I Ó N D E ( 1 7 d e O c t u b r e )
DECANATURA FACULTAD DE ENFERMERÍA R E S O L U C I Ó N 5 3 6 D E 2 0 1 7 ( 1 7 d e O c t u b r e ) Por la cual se convoca y se determina el calendario para el Proceso de Elección de Representantes Estudiantiles
Más detallesNOTIFICACIÓN No
NOTIFICACIÓN No. 000299 PARA: PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, CONSEJERAS Y CONSEJERO DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL COORDINADORA TÉCNICA INSTITUCIONAL DIRECTOR GENERAL DE PROCESOS ELECTORALES SECRETARIO TÉCNICO
Más detallesARTICULO 2º.- La designación como miembro del Comité Electoral es irrenunciable y su asistencia es obligatoria durante el proceso eleccionario.
REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE ADMINISTRACION DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTIMULO DE LA DIRECCION REGIONAL DE SALUD TACNA (CAFAE) PERIODO 2009 2011
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES
REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES Fue aprobado en dos instancias por el H. Consejo Universitario, en primera el 23 de noviembre de 2004; y en segunda y definitiva el 30 de noviembre del 2004. Reformado
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
Republlca d~ 1 Ecuador RPC-SO-21-No.239-2015 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 61 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: "Las ecuatorianas y ecuatorianos gozan
Más detallesCAPITULO I GENERALIDADES
REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL SUB-COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTÍMULO DEL HOSPITAL NACIONAL DOCENTE MADRE NIÑO SAN BARTOLOMÉ CAPITULO
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES A LA JUNTA DE DELEGADOS DE LA SOCIEDAD FUNERARIA NACIONAL SFN LA JUNTA DE DELEGADOS DE LA SOCIEDAD FUNERARIA NACIONAL
REGLAMENTO DE ELECCIONES A LA JUNTA DE DELEGADOS DE LA SOCIEDAD FUNERARIA NACIONAL SFN LA JUNTA DE DELEGADOS DE LA SOCIEDAD FUNERARIA NACIONAL CONSIDERANDO: Que en el capítulo II del Estatuto vigente en
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES FEUCE-I 2010
REGLAMENTO DE ELECCIONES FEUCE-I 2010 Art. 1.- La FEUCE-I es el máximo organismo de representación estudiantil, reconocido por las autoridades de la PUCE SEDE IBARRA, el mismo que está integrado por un
Más detallesRESOLUCIÓN PLE-CNE
CONSEJO NAOOHAleIÉOOWL RESOLUCIÓN PLE-CNE-4-23-6-2016 El Pleno del Organismo, con los votos a favor del doctor Juan Pablo Pozo Bahamonde, Presidente; ingeniero Paúl Salazar Vargas, Consejero; licenciada
Más detallesPRIODO CAPITULO I GENERALIDADES
REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES PARA EL SUB COMITÉ DE ADMINISTRACION DE FONDOS DE ASISTENCIA Y ESTIMULO (SUBCAFAE) DEL HOSPITAL MARIA AUXILIADORA PRIODO 2016-2017 CAPITULO
Más detallesNormativa para las elecciones a Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia 1 TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
Normativa para las elecciones a Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia 1 TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º Esta Normativa tiene por objeto determinar la composición del próximo Consejo
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA PUCP
REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA PUCP Artículo 1..- El presente Reglamento regula las siguientes elecciones: a) Representantes estudiantiles ante
Más detallesACUERDO 31 DE 2010 (5 de octubre)
ACUERDO 31 DE 2010 (5 de octubre) Por el cual se expide el reglamento que determina el proceso de integración, designación y elección de los representantes ante el Consejo Superior Universitario y demás
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE LA UNCP
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE LA UNCP Huancayo - Perú 2018 REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES
Más detallesUNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO ELECTORAL
CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO ELECTORAL CALI, ABRIL 27 DE 1994 CONSEJO SUPERIOR RESOLUCION Nº 024 Abril 27 de 1994 "Por la cual se reglamentan los procedimientos para elegir los decanos y las representaciones
Más detallesREGLAMENTO DE JUSTIFICACION DE INASISTENCIA PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA UEA
REGLAMENTO DE JUSTIFICACION DE INASISTENCIA PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA UEA LA JUNTA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA UEA CONSIDERANDO Que, la Ley Orgánica
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO
REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO Artículo 1: El sufragio es un derecho y un deber, que tienen todos los alumnos
Más detallesDECRETO EJECUTIVO 148 RAFAEL CORREA DELGADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO
DECRETO EJECUTIVO 148 RAFAEL CORREA DELGADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO Que mediante Decreto Ejecutivo No.2, publicado en el suplemento del Registro Oficial No. 8 de 25 de enero
Más detallesSAN MIGUEL DE TUCUMAN, 11 MARZO EXPEDIENTE nº /98.-
SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 11 MARZO 2014 EXPEDIENTE nº 65.493/98.- V I S T O : La resolución nº 545/98 por la cual se aprueba y pone en vigencia el Reglamento para la Organización y Funcionamiento de los Departamentos
Más detallesEL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE CONSIDERANDO
EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE CONSIDERANDO Que, el art. 350 de la Constitución de la República dispone que el Sistema de Educación Superior tiene como finalidad
Más detallesNORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ. (Octubre de Enero de 2018)
NORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (Octubre de 2017- Enero de 2018) De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.3 de los Estatutos de la Universidad de Alcalá
Más detallesANEXO A INFORME DE ENCUENTRO A GRADUADOS DE LA CARRERA INGENIERÍA EN FINANZAS Y AUDITORÍA 2014
ANEXO A INFORME DE ENCUENTRO A GRADUADOS DE LA CARRERA INGENIERÍA EN FINANZAS Y AUDITORÍA 2014 ANTECEDENTES.- La Universidad de las Fuerzas Armadas-Extensión Latacunga, en cumplimiento con lo que dispone
Más detallesResolución de Presidencia del Consejo Directivo NO OEFAIPCD
Resolución de Presidencia del Consejo Directivo NO039-2014-OEFAIPCD Lima, 0 7 ABR. 2016, CONSIDERANDO: Que, la Ley N" 27815 - Ley del Código de Ética de la Función Pública establece los Principios, Deberes
Más detallesPLE-CNE EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL.
PLE-CNE-2-6-1-2011 EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL. REGLAMENTO PARA EL EJERCICIO DE LA DEMOCRACIA DIRECTA A TRAVÉS DE LA INICIATIVA POPULAR NORMATIVA, CONSULTAS POPULARES, REFERÉNDUM Y REVOCATORIA DEL MANDATO.
Más detallesRESOLUCIÓN Nº 272 -CSUP-2012 EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO POLITÉCNICO DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA ESTATAL DEL CARCHI.
RESOLUCIÓN Nº 272 -CSUP-2012 EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO POLITÉCNICO DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA ESTATAL DEL CARCHI Considerando Que el Art. 355 de la Constitución de la República del Ecuador establece
Más detallesCONSIDERANDO: RESUELVE:
universidad Laica '''Eloy Alfaro de Manabí C\ EL ÓRGANO COLEGI DO ACADEMICO SUPERIOR CONSIDERANDO: Que, el Art. 355 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que: "El Estado reconocerá
Más detallesCAPITULO I GENERALIDADES
REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE LA COMISIÓN PERMANENTE DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS DE LA SEDE DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA CAPITULO I GENERALIDADES
Más detallesUNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR
UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR 1. Para la elección de rector de la Sede Central y de las Sedes nacionales, el presidente del
Más detallesESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DE CHIMBORAZO SECRETARIA GENERAL Panamericana Sur Km. 1 1/2 (03) Ext. 108
EL CONSEJO POLITÉCNICO DE LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DE CHIMBORAZO CONSIDERANDO: Que, el artículo 277 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que la Administración Pública constituye
Más detallesREGLAMENTO PARA ELECCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE FACULTADES, PROGRAMAS Y DEPARTAMENTOS DE ECONOMÍA AFADECO ACUERDO Nº 1
REGLAMENTO PARA ELECCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE FACULTADES, PROGRAMAS Y DEPARTAMENTOS DE ECONOMÍA AFADECO ACUERDO Nº 1 Por medio de la cual se adopta el Reglamento para la Elección
Más detallesPLE-TSE EL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL
El Tribunal Supremo Electoral, de conformidad con el mandato constitucional y legal, es responsable de organizar, dirigir, vigilar y garantizar la Consulta Popular Nacional del 15 de abril de 2007, convocada
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
Relmbli (d del EcuadOf RPC-SO-24-No.299-2015 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 76, numeral 7, literal m) de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "En todo proceso
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS ESTUDIANTILES Y DE LOS GRADUADOS
REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS ESTUDIANTILES Y DE LOS GRADUADOS REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS ESTUDIANTILES Y DE LOS GRADUADOS CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 : Artículo 2 : Artículo
Más detallesELECCIÓN DE VOCALES PARA EL COMITÉ DE ÉTICA. A todos los servidores públicos de la Contraloría General de la República.
Versión:1; Vigencia:10/2003 Código: P/AR-170 1. OBJETIVO ELECCIÓN DE VOCALES PARA EL COMITÉ DE ÉTICA Establecer las condiciones y mecanismos necesarios para la elección de los vocales del Comité de Ética,
Más detallesACUERDO 036 DE 2015 EL CONSEJO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS
ACUERDO 036 DE 2015 "Por el cual se convoca y se determina el calendario para el Proceso de Elección de Representantes Estudiantiles ante los Comités Asesores de los Programas Curriculares de Pregrado
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES PARA LOS COMITÉS FUNCIONALES
REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES PARA LOS COMITÉS FUNCIONALES ÍNDICE CAPÍTULO I DE LAS ELECCIONES...3 Modificaciones al Reglamento General de los Comités Funcionales del Colegio de Contadores Públicos
Más detallesRESOLUCIÓN CEC CONSEJO ELECTORAL CENTRAL MOVIMIENTO CREO, CREANDO OPORTUNIDADES
RESOLUCIÓN 001-2017 - CEC CONSEJO ELECTORAL CENTRAL MOVIMIENTO CREO, CREANDO OPORTUNIDADES EL CONSEJO ELECTORAL CENTRAL DEL MOVIMIENTO CREO, CREANDO OPORTUNIDADES CONSIDERANDO Que, de conformidad con lo
Más detallesREGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS PROFESIONALES EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL
REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS PROFESIONALES EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador y la Ley Orgánica
Más detallesA N E X O PARA LA ELECCIÓN DE RECTOR, VICERRECTORES Y DECANOS
A N E X O PARA LA ELECCIÓN DE RECTOR, VICERRECTORES Y DECANOS DE LA CONVOCATORIA: ARTICULO 1.- La convocatoria la efectúa el Rector, con sujeción a la fecha fijada por la Asamblea Universitaria para la
Más detallesElecciones a la Comisión Ejecutiva Reglamento General Orgánico: Régimen Electoral
Elecciones a la Comisión Ejecutiva Reglamento General Orgánico: Régimen Electoral Reglamento aprobado por la Comisión Ejecutiva el 15 de octubre de 2015 en la ciudad de San Salvador (El Salvador) DISPOSICIONES
Más detallesTRIBUNAL DE ELECCIONES DEL COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO ELECCIONES CAPÍTULO I Del Tribunal Electoral (Versión NO VIGENTE)
Reglamento de Elecciones Internas representantes sector Docente, Docente Administrativo y Administrativo del Colegio Universitario de Cartago COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO (CUC) Advertencia: El uso
Más detalles