REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE LOS SERVIDORES NO DOCENTES

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE LOS SERVIDORES NO DOCENTES"

Transcripción

1 REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE LOS SERVIDORES NO DOCENTES * Desarrollo: Art. 1.- Las elecciones de representantes de los servidores no docentes al Consejo Universitario, Consejos Directivos y Colegios Electorales, se realizarán cada dos años en base a lo dispuesto en la Ley, el Estatuto Orgánico y este Reglamento. >>CAPITULO 1 DE LOS TRIBUNALES ELECTORALES Art. 2.- Para estas elecciones funcionarán los siguientes tribunales: a) El Consejo Universitario, para las elecciones de representantes de servidores no docentes a los Colegios Electorales de la Universidad y al Consejo Universitario; y, además, dictará las normas complementarias del proceso. b) El Consejo Directivo, para representaciones de servidores no docentes ante este mismo Organismo, Consejo de Escuelas y Colegios Electorales de Facultades e Institutos. Art. 3.- Corresponde a los tribunales electorales lo siguiente: a) Organizar y dirigir el acto electoral; de acuerdo con lo resuelto por el Consejo Universitario y la Comisión Electoral; b) Calificar la inscripción de las candidaturas y hacer las observaciones necesarias; c) Establecer la conformidad con los padrones electorales elaborados por el Centro de Cómputo de la Institución; d) Justificar la inasistencia al acto electoral; e) Resolver sobre las apelaciones y recursos de nulidad legalmente interpuestos; y, f) Proclamar y posesionar a los triunfadores. Las atribuciones contenidas en los literales b), c) y d), podrán ser delegadas expresamente por los tribunales al Rector o al Decano de las Facultades, Directores de Institutos y Extensión, en su caso. En el caso del literal b) habrá recurso ente el cuerpo colegiado respectivo, en el supuesto que se haya actuado por delegación. >> CAPITULO II DE LA CONVOCATORIA Art. 4.- La convocatoria la resolverá el Consejo Universitario y se difundirá por publicación con 15 días de anticipación, por lo menos, al cierre de las inscripciones. Art. 5.- La publicación elaborada por la Comisión Electoral deberá contener: a) Fecha y hora del cierre de las inscripciones; b) Fecha y hora y el lugar donde se realizará el proceso electoral, que deberá ser dentro de los predios universitarios; c) El número de representantes que se elegirá en cada caso; y, d) Otras normas que regirán para las elecciones dispuestas por el Consejo Universitario. >>CAPITULO III DE LAS REPRESENTACIONES Art. 6.- Las representaciones de los servidores no docentes, que constituirán el diez por ciento (10%) de los docentes que integran los organismos de cogobierno, se distribuirán así: a) Cinco por ciento (5%) para los servidores no docentes administrativos y técnicos no docentes; y, b) Cinco por ciento (5%) para los servidores no docentes de servicio. Si el número excediera en fracciones de 0.50 o más, se elegirá otro delegado, siempre que esto no signifique excederse del 10% total.

2 La inscripción de candidatos a los Consejos Directivos incluirá a representantes de los dos estamentos de servidores no docentes, esto es, si es administrativo el principal, el de servicio será suplente o viceversa. El principio de la alternabilidad en la representación del principal y suplente se aplicará a partir del próximo proceso electoral. Si el número de los representantes a elegirse para los Colegios Electorales de la Universidad y de las Facultades e Institutos fuere impar, se procederá a sorteo, del cual saldrá el candidato impar que puede ser administrativo o de servicio; por este candidato impar deberán votar todos los servidores no docentes. Si en un período anterior ya se realizó un sorteo, se procederá en forma alternativa para el próximo período. Art. 7.- A los servidores no docentes de la Administración Central les corresponderá designar un número de representantes al Colegio Electoral de la Universidad, equivalente al número de Facultades e Institutos con representación que existan en dicho organismo. Este número será debitado proporcionalmente de las Facultades que tenga mayor número de servidores no docentes representantes al Colegio Electoral. Esto constará en la convocatoria que se expida. Art. 8.- Cualquier representante de los servidores no docentes ante el Colegio Electoral de una unidad académica, también puede serlo ante el Colegio Electoral de la Universidad. Un servidor no docente podrá terciar como candidato en más de una representación, pero sólo podrá ser electo para una representación pluripersonal y una unipersonal. Se aclara que los pluripersonales son las representaciones al Colegio Electoral de la Universidad y el Colegio Electoral de la Unidad Académica. Las unipersonales son la designación ante el Consejo Universitario y ante los Consejos Directivos. Art. 9.- Los delegados de los servidores no docentes a los Colegios Electorales de las Facultades e Institutos, serán elegidos por los servidores no docentes de cada uno de ellos; los delegados de los servidores no docentes al Consejo Universitario serán elegidos por los servidores no docentes de toda la Universidad. Art Los delegados de los servidores no docentes a los Colegios Electorales, Consejo Universitario, Consejos Directivos de Facultades e Institutos y Consejo de Escuela, durarán dos años en el ejercicio de su representación. >> CAPITULO IV DE LAS INSCRIPCIONES Art Las candidaturas (de principal y alterno) se inscribirán: a) Para el Colegio Electoral de la Universidad y el Consejo Universitario, en la Secretaría General de la Universidad; y, b) Para los Colegios Electorales de Facultades e Institutos, Consejo Directivo y Consejo de Instituto y en la Secretaría de cada unidad académica. Art Cada candidato (principal y suplente), además del nombre y apellidos, incluirá lugar de trabajo, cargo que desempeña y su firma de aceptación. Para ser candidato al Consejo Universitario, el servidor no docente debe recibir la adhesión de por lo menos el 3% de los empadronados con derecho a votar. Igual porcentaje para ser candidato al Consejo Directivo de la respectiva unidad académica. Art Con las candidaturas (de principal y suplente) en el momento de la inscripción, se consignarán por escrito los nombres de sus delegados que los representarán ante el Tribunal Electoral respectivo. >> CAPITULO V DE LAS MESAS ELECTORALES Art Para el evento electoral funcionará una mesa electoral por cada Facultad e Instituto, integrada de la siguiente manera:

3 a) El Decano, Director del Instituto o Extensión, quien la presidirá. b) El Subdecano, Subdirector del Instituto o Extensión. c) Un profesor Vocal Principal del Consejo Directivo, designado por este Organismo. d) Un representante de los servidores no docentes de servicio ante el anterior Colegio Electoral de la Facultad o de Instituto, que será el mayor antigüedad, y a falta de éste el subsiguiente, y si hay varios que sea por sorteo. e) Un representante de los servidores no docentes administrativos y técnicos no docentes ante el anterior Colegio Electoral o de Instituto, que será el de mayor antigüedad, y a falta de éste el subsiguiente, y si hay varios por sorteo. De entre estos miembros se elegirá al Secretario. También integrarán las mesas los delegados de los candidatos o listas oportunamente acreditados, con voz pero sin voto. Ningún miembro o delegado de la mesa electoral podrá ser candidato. Art. 15.-Para la recepción de los votos de los servidores no docentes de la Administración Central, funcionarán las siguientes mesas electorales: Una mesa electoral que recibirá los votos de los servidores no docentes administrativos, integrada de la siguiente manera: a) El Vicerrector General, quien la presidirá. b) Dos representantes de los servidores no docentes administrativos y técnicos no docentes, pertenecientes al anterior Colegio Electoral Universitario por la Administración Central, que serán los de mayor antigüedad. Una mesa electoral que recibirá los votos de los servidores no docentes de servicio, integrada de la siguiente manera: a) El Vicerrector Administrativo, quien la presidirá. b) Dos representantes de los servidores no docentes de servicio pertenecientes al anterior Colegio Electoral Universitario por la Administración Central, que serán los de mayor antigüedad. De entre estos miembros se elegirá al Secretario. También integrarán las mesas electorales los delegados de los candidatos o listas oportunamente acreditados, con voz pero sin voto. Ningún miembro o delegado de la mesa electoral podrá ser candidato. Art Al cierre del proceso electoral se iniciarán los escrutinios y se proclamarán resultados. Art Corresponde a los miembros de las mesas electorales velar por el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley, el Estatuto Orgánico y este Reglamento, durante el acto electoral. Art Los miembros de las mesas electorales ordenarán retirar cualquier tipo de propaganda que hubiere sido colocada en los lugares aledaños a la ubicación de las mesas. >> CAPITULO VI DEL VOTO Y DE LOS ESCRUTINIOS Art Para la recepción de los votos de los sufragantes existirán dos urnas en cada mesa electoral: una para representantes a los Colegios Electorales y otra para representantes a Consejo Universitario. Estas se abrirán públicamente para demostrar que están vacías, al momento de iniciar las elecciones. Art Los predios y edificios de la Universidad que fueren recintos electorales estarán cerrados 24 horas antes de las elecciones de cogobierno. Queda prohibido todo tipo de propaganda dentro del recinto electoral el día de las elecciones y de manera especial en el lugar donde se encuentran ubicadas las mesas.

4 Art Las elecciones se realizarán en el día señalado, ininterrumpidamente, desde las 8h00 hasta las 16h00 en punto, terminadas las cuales, se procederá de inmediato a los escrutinios y se proclamarán los resultados. Art Los votantes que a las dieciséis horas en punto, estuvieren en fila para sufragar no podrán votar; pero se dejará constancia de su presencia en el Acta. Art Los votantes para ejercer el sufragio deberán identificarse solamente con el original de la cédula de ciudadanía, pasaporte, licencia de manejo o credencial universitaria, en el que conste su fotografía y firma. Art Para la elección, el votante recibirá una papeleta con los nombres de todos los candidatos. El señalará su preferencia, completando la cruz al lado del o los candidatos que escoja, de una lista o de entre listas pero sólo hasta el número que deberá elegir para la dignidad de que se tratare; si excede de ese número, el voto será nulo. Art Para constancia de haber sufragado, cada votante firmará el Padrón Electoral. Art. 26.-Los servidores no docentes que hubiesen sufragado no podrán permanecer dentro del recinto electoral, exceptuándose al personal que integra las mesas electorales. Art El sufragio es obligatorio para todos los servidores no docentes habilitados para sufragar; igualmente es obligatoria la asistencia de los miembros de las mesas electorales. Quienes no cumplieren esta obligación serán multados con el equivalente de un día de trabajo calculado de acuerdo al sueldo básico que perciban. La multa será descontada en el mes siguiente a las elecciones y servirá para incrementar los fondos de las Asociaciones laborales a las que pertenezcan. Art El Secretario de cada mesa electoral elaborará un listado de los inasistentes que adjuntará al Acta. Art Los inasistentes al evento electoral podrán justificar por escrito su falta ante el Tribunal Electoral respectivo hasta tres días después de realizadas las elecciones, sólo en base a las siguientes causales: a) Enfermedad (Certificado médico del IESS). b) Licencia otorgada por autoridad competente. c) Calamidad doméstica que será detallada en cuanto a circunstancia y gravedad. Sobre este particular informará la Trabajadora Social de la División de Personal. Art Al iniciar los escrutinios se comprobará que el número de votos sea igual al de sufragantes que consten en el padrón. En caso de haber excedente, éste se eliminará al azar. Art Los votos con palabras o signos ajenos al propósito de la elección serán considerados nulos. Los votos blancos no se sumarán a la mayoría. Art Las actas de escrutinios se levantarán por triplicado y deberán estar suscritas por los miembros de la mesa electoral que actuaron en el proceso. Los originales serán enviados al Tribunal Electoral correspondiente para que, una vez aprobadas, los respectivos Tribunales proclamen los resultados. Las copias quedarán en el archivo de las Secretarías: General de la Universidad, de Facultad e Institutos, según el caso. Art. 33.-En las actas deberán constar las observaciones y apelaciones que se presentaren. Art Las apelaciones y recursos de nulidad debidamente fundamentados podrán presentarse sólo al momento de concluir los escrutinios y harán las peticiones los candidatos o los delegados acreditados por las candidaturas, debiendo constar en el Acta respectiva la firma de los peticionarios. >> CAPITULO VII DE LOS PADRONES ELECTORALES Y DE LOS REQUISITOS PARA ELEGIR Y SER ELEGIDOS Art Al Centro de Cómputo de la Universidad de Guayaquil le corresponde formular los padrones electorales.

5 Para el efecto se tomarán como tales los listados de los roles de pago de noviembre del Los servidores no docentes tienen derecho a votar y ser elegidos en los siguientes casos: Si tienen un año o más con nombramiento. Si tienen contrato por servicios personales ininterrumpidos por tres años o más. Si tienen menos de un año con nombramiento pero mínimo tres años con contrato. Art Los reclamos u observaciones al prepadrón podrán hacerse por parte de las autoridades de las unidades académicas o por los interesados, dentro de las 48 horas siguientes a la entrega del prepadrón y su publicación inmediata en carteleras oficiales. Art Tienen derecho a participar como electores y candidatos todos los servidores no docentes de servicio, servidores no docentes administrativos y técnicos no docentes, que se encuentren en funciones con nombramiento, con más de un año en esta calidad, al momento de la convocatoria, los que tienen contrato por servicios personales ininterrumpidos por tres años o más y los que con menos de un año con nombramiento, tienen mínimo tres años de contrato; excepto los docentes con derecho a votar en los Colegios Electorales de la Universidad y de las Facultades e Institutos, con cargos administrativos, y los que estén sancionados con la suspensión de sus actividades universitarias. Tienen igual derecho a participar como electores y candidatos los servidores no docentes en goce de licencia. >> DISPOSICIONES GENERALES... PRIMERA: Quienes obtuvieren mayoría de sufragios serán declarados ganadores. En caso de empate en cualquier representación, el Consejo Universitario lo decidirá mediante sorteo. SEGUNDA: Los servidores no docentes del Instituto Tecnológico Agropecuario de Vinces, para elegir a sus representantes, votarán en la ciudad de Guayaquil. TERCERA: Quienes incumplan las disposiciones de este Reglamento estarán sujetos a las sanciones correspondientes. CUARTA: Las elecciones de representantes de los servidores no docentes ante el Consejo Universitario, Consejo Directivo y Colegios Electorales, se realizarán el 15 de diciembre del Las Inscripciones se efectuarán a partir de la convocatoria, hasta las 12h00 del 28 de noviembre del QUINTA: Cerrado el período de inscripción, los Secretarios procederán a calificar la legalidad de las candidaturas hasta las 16h00 del martes 2 de diciembre del 2003, y de existir alguna observación, se concederá a los patrocinantes de las listas hasta las 12h00 del jueves 4 de diciembre del 2003, para la correspondiente rectificación o sustitución del nombre del candidato o candidatos, sin que se pierda la identificación de la lista. Universidad de Guayaquil Secretaría General El Secretario General de la Universidad de Guayaquil, CERTIFICA que el presente Instructivo para las elecciones de Representantes de Servidores no docentes, ante el Consejo Universitario, Consejo Directivo de Facultades e Institutos, Consejos de Escuela y Colegios Electorales, fue aprobado por la Comisión Electoral, sesión de 4 de noviembre del Guayaquil, noviembre 4 del AB. ROBERTO IDROVO BAQUERIZO SECRETARIO GENERAL

INSTRUCTIVO DE ELECCIONES PARA RENOVAR EL DIRECTORIO DE LAS ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL 2016

INSTRUCTIVO DE ELECCIONES PARA RENOVAR EL DIRECTORIO DE LAS ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL 2016 INSTRUCTIVO DE ELECCIONES PARA RENOVAR EL DIRECTORIO DE LAS ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL 2016 DE LA CONVOCATORIA Art. 1.- De acuerdo a la Resolución adoptada por el Consejo

Más detalles

UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO

UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO INSTRUCTIVO DE ELECCIONES PARA GOBIERNO ESTUDIANTIL FEUE. LDU-A. AFU. ASOCIACIONES DE ESCUELAS DE LA UTEQ CAPITULO I Art. 1.- Para elegir y ser elegido representante estudiantil a los organismos de gobierno

Más detalles

UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES

UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: DIRECCIÓN DE PROCESOS ACADÉMICOS Y NORMATIVA Santiago Gangotena G. RECTOR CONSEJO UNIVERSITARIO Fecha:

Más detalles

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA CONSIDERANDO

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA CONSIDERANDO PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES DEL COGOBIERNO CONSIDERANDO Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 355, señala que: El Estado

Más detalles

CAPITULO I. DE LA NATURALEZA.

CAPITULO I. DE LA NATURALEZA. 1 REGLAMENTO DE ELECCIONES DE RECTOR, VICERRECTOR ACADÉMICO, VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO, DECANOS, VICEDECANOS Y REPRESENTANTES A LOS ORGANISMOS DE COGOBIERNO DE LA ESPOCH. CAPITULO I. DE

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO Artículo 1: El sufragio es un derecho y un deber, que tienen todos los alumnos

Más detalles

Elecciones a la Comisión Ejecutiva Reglamento General Orgánico: Régimen Electoral

Elecciones a la Comisión Ejecutiva Reglamento General Orgánico: Régimen Electoral Elecciones a la Comisión Ejecutiva Reglamento General Orgánico: Régimen Electoral Reglamento aprobado por la Comisión Ejecutiva el 15 de octubre de 2015 en la ciudad de San Salvador (El Salvador) DISPOSICIONES

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES

REGLAMENTO DE ELECCIONES REGLAMENTO DE ELECCIONES TÍTULO I DEL PROCESO ELECTORAL CAPITULO I DE LAS Y LOS PARTICIPANTES EN LAS ELECCIONES Art. 1.- Para ser candidata o candidato al Directorio y al Tribunal de Honor del Colegio

Más detalles

FEDERACIÓN MÉDICA PERUANA REGLAMENTO DE ELECCIONES GENERALES

FEDERACIÓN MÉDICA PERUANA REGLAMENTO DE ELECCIONES GENERALES FEDERACIÓN MÉDICA PERUANA REGLAMENTO DE ELECCIONES GENERALES 2006-2008 Art. 1º La Junta Directiva Nacional Ampliada, ha convocado a Elecciones para renovar la Junta Directiva Nacional y la Juntas Directivas

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES A LA JUNTA DE DELEGADOS DE LA SOCIEDAD FUNERARIA NACIONAL SFN LA JUNTA DE DELEGADOS DE LA SOCIEDAD FUNERARIA NACIONAL

REGLAMENTO DE ELECCIONES A LA JUNTA DE DELEGADOS DE LA SOCIEDAD FUNERARIA NACIONAL SFN LA JUNTA DE DELEGADOS DE LA SOCIEDAD FUNERARIA NACIONAL REGLAMENTO DE ELECCIONES A LA JUNTA DE DELEGADOS DE LA SOCIEDAD FUNERARIA NACIONAL SFN LA JUNTA DE DELEGADOS DE LA SOCIEDAD FUNERARIA NACIONAL CONSIDERANDO: Que en el capítulo II del Estatuto vigente en

Más detalles

NOTIFICACIÓN No

NOTIFICACIÓN No NOTIFICACIÓN No. 000298 PARA: PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, CONSEJERAS Y CONSEJERO DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL COORDINADORA TÉCNICA INSTITUCIONAL DIRECTOR GENERAL DE PROCESOS ELECTORALES SECRETARIO TÉCNICO

Más detalles

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO ELECTORAL

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO ELECTORAL CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO ELECTORAL CALI, ABRIL 27 DE 1994 CONSEJO SUPERIOR RESOLUCION Nº 024 Abril 27 de 1994 "Por la cual se reglamentan los procedimientos para elegir los decanos y las representaciones

Más detalles

RESOLUCION No. 232 (Marzo 7 de 2006)

RESOLUCION No. 232 (Marzo 7 de 2006) RESOLUCION No. 232 (Marzo 7 de 2006) Por la cual se reglamentan los procesos para la elección de los Representantes Docentes y Estudiantiles ante el Consejo Directivo, el Consejo Académico y los Consejos

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL INDICE Artículo 1. Articulo 2. Articulo 3. Articulo 4. Artículo 5. Artículo 6. Artículo 7. Artículo 8. Artículo 9. Artículo 10. Artículo 11. Artículo

Más detalles

CONSIDERANDO: REGLAMENTO REFORMADO PARA LAS ELECCIONES DE RECTOR O RECTORA Y VICERRECTOR O VICERRECTORA DE LA UNIVERSIDAD AGRARIA DEL ECUADOR

CONSIDERANDO: REGLAMENTO REFORMADO PARA LAS ELECCIONES DE RECTOR O RECTORA Y VICERRECTOR O VICERRECTORA DE LA UNIVERSIDAD AGRARIA DEL ECUADOR O El Consejo Universitario de la CONSIDERANDO: Que la Ley de Educación Superior publicada en el Registro Oficial No. 298 del día martes 12 de octubre de 2010 establece los requisitos para el desempeño

Más detalles

Instructivo para la elección de Representantes Laborales ante el Honorable Consejo Universitario de la Universidad San Gregorio de Portoviejo

Instructivo para la elección de Representantes Laborales ante el Honorable Consejo Universitario de la Universidad San Gregorio de Portoviejo UNIVERSIDAD Resolución USG-H.C.U-No 0105-08- tomada por el Honorable Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria del día 18 del mes de agosto del año, la misma que dice literalmente: "Aprobar el Representantes

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES

REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES Fue aprobado en dos instancias por el H. Consejo Universitario, en primera el 23 de noviembre de 2004; y en segunda y definitiva el 30 de noviembre del 2004. Reformado

Más detalles

REGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN DE ESTUDIANTES EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL

REGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN DE ESTUDIANTES EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL REGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN DE ESTUDIANTES EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL CONSIDERANDO: Que, el literal f) del Art. 5 de la Ley Orgánica de Educación Superior

Más detalles

La Junta Plenaria de la Casa de la Cultura Ecuatoriana 'Benjamín Carrión' Considerando:

La Junta Plenaria de la Casa de la Cultura Ecuatoriana 'Benjamín Carrión' Considerando: 1 Reglamento de elecciones de la Casa de la Cultura Ecuatoriana 'Benjamín Carrión' para elegir presidente y vicepresidente nacional, y presidente y directorio de los Núcleos Provinciales La Junta Plenaria

Más detalles

CONSIDERANDO ACUERDA CAPITULO I DE LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES.

CONSIDERANDO ACUERDA CAPITULO I DE LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES. REGLAMENTO DE ELECCIÓN DE VOCALES REPRESENTANTES DE LA CIUDADANÍA ANTE EL DIRECTORIO DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE GUARANDA. CONSIDERANDO 1. Que el Art. 225 de la Constitución

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES

REGLAMENTO DE ELECCIONES UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: DIRECCIÓN DE PROCESOS ACADÉMICOS Y NORMATIVA Fecha original: abril 2015 Fecha Reforma: noviembre2015

Más detalles

CEPIA REGLAMENTO ELECTORAL CAPITULO I: DE LAS ELECCIONES DEL DIRECTORIO

CEPIA REGLAMENTO ELECTORAL CAPITULO I: DE LAS ELECCIONES DEL DIRECTORIO 1 CEPIA REGLAMENTO ELECTORAL CAPITULO I: DE LAS ELECCIONES DEL DIRECTORIO Artículo 1.- FECHA DE LAS ELECCIONES: La elección de los vocales principales y suplentes del directorio se realizará la tercera

Más detalles

CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE DECANO FACULTAD DE INGENIERÍA

CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE DECANO FACULTAD DE INGENIERÍA CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE DECANO FACULTAD DE INGENIERÍA En Santiago, a 27 de Octubre de 2015.- LA H. JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL HA ACORDADO LO SIGUIENTE EN SU SESIÓN N 538 DE FECHA 27

Más detalles

EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MACHALA

EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MACHALA EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MACHALA C O N S I D E R A N D O: Que, la Constitución de la República en el Art. 61.- señala que las ecuatorianas y ecuatorianos gozan entre otros

Más detalles

Universidad de Nariño

Universidad de Nariño Modificada por Resolución No. 222 del 2013. (Artículo 9º) Universidad de Nariño RESOLUCION NUMERO-2095- DEL 2013 ( Julio 23 ) Por la cual se convoca a la elección del representante de los egresados ante

Más detalles

CAPITULO I GENERALIDADES

CAPITULO I GENERALIDADES REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL SUB-COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTÍMULO DEL HOSPITAL NACIONAL DOCENTE MADRE NIÑO SAN BARTOLOMÉ CAPITULO

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO GENERAL UNIVERSITARIO

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO GENERAL UNIVERSITARIO CGU-REGL.-10 UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO GENERAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LOS EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS ANTE LOS ORGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA ASOCIACION SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE PANDUIT DE COSTA RICA LTDA Y AFINES. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA ASOCIACION SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE PANDUIT DE COSTA RICA LTDA Y AFINES. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA ASOCIACION SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE PANDUIT DE COSTA RICA LTDA Y AFINES. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento de Elecciones se dicta de

Más detalles

CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO

CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO SANTIAGO DE CHILE, DICIEMBRE DE 2012 CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO

Más detalles

"Por la cual se reglamenta el procedimiento para elegir al representante de los estudiantes ante el Comité de Regionalización de la Universidad".

Por la cual se reglamenta el procedimiento para elegir al representante de los estudiantes ante el Comité de Regionalización de la Universidad. Universidad del Valle UNIVERSIDAD DEL VALLE R E C T O R I A RESOLUCION Nº 926 Abril 4 de 2003 "Por la cual se reglamenta el procedimiento para elegir al representante de los estudiantes ante el Comité

Más detalles

NORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ. (Octubre de Enero de 2018)

NORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ. (Octubre de Enero de 2018) NORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (Octubre de 2017- Enero de 2018) De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.3 de los Estatutos de la Universidad de Alcalá

Más detalles

RESOLUCIÓN No. PLE-CNE T

RESOLUCIÓN No. PLE-CNE T Administración del Señor Lcdo. Lenin Moreno Garcés Presidente Constitucional de la República del Ecuador Viernes, 05 de octubre de 2018 (R. O.342, 05 -octubre -2018) Suplemento CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

Más detalles

UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR

UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR 1. Para la elección de rector de la Sede Central y de las Sedes nacionales, el presidente del

Más detalles

tro o i rti ip i o tro Social

tro o i rti ip i o tro Social oto o e i r p re te oto r p re te oto r p re te oto i ti o oto i ti o oto i ti o I ter t r i I ter t r i I ter t tro o i rti ip i o tro Social MI primer voto MI primer voto #Miprimervoto Queremos promover

Más detalles

PANDO ENTIDAD FINANCIERA DE VIVIENDA REGLAMENTO ELECTORAL

PANDO ENTIDAD FINANCIERA DE VIVIENDA REGLAMENTO ELECTORAL PANDO ENTIDAD FINANCIERA DE VIVIENDA REGLAMENTO ELECTORAL Aprobado por Asamblea Ordinaria de Socios en fecha 02 de abril de 2016 Art 1.- El presente Reglamento Electoral norma los procedimientos para la

Más detalles

ASOCIACIÓN DE DOCENTES E INVESTIGADORES DE LA UNIVERSIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS ESPE ADUFA ESPE

ASOCIACIÓN DE DOCENTES E INVESTIGADORES DE LA UNIVERSIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS ESPE ADUFA ESPE ASOCIACIÓN DE DOCENTES E INVESTIGADORES DE LA UNIVERSIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS ESPE ADUFA ESPE REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DEL DIRECTORIO, DE LA ASOCIACIÓN DE DOCENTES E INVESTIGADORES DE LA UNIVERSIDAD

Más detalles

FEPOCH Reglamento de Elecciones

FEPOCH Reglamento de Elecciones El Comité Ejecutivo de la Federación de Estudiantes Politécnicos de Chimborazo, CONSIDERANDO: Que, el artículo 68 de la Ley Orgánica de Educación Superior dispone que las instituciones de Educación superior

Más detalles

CONSEJO UNIVERSITARIO CUO PROVIDENCIA CUO IV-2015

CONSEJO UNIVERSITARIO CUO PROVIDENCIA CUO IV-2015 CONSEJO UNIVERSITARIO CUO-008-2015 PROVIDENCIA CUO-008-103-IV-2015 El Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental Marítima del Caribe, actuando en Sesión Ordinaria Nº CUO-008-2015, de

Más detalles

ASAMBLEA GENERAL VITORIA GASTEIZ, 22 de enero de 2013 Orden del Día

ASAMBLEA GENERAL VITORIA GASTEIZ, 22 de enero de 2013 Orden del Día ASAMBLEA GENERAL VITORIA GASTEIZ, 22 de enero de 2013 Orden del Día PUNTO UNICO - Elección de Presidente y Junta Directiva de la Federación Vasca de Futbol DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LA EFF-FVF

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE LA UNCP

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE LA UNCP UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE LA UNCP Huancayo - Perú 2018 REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES

Más detalles

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DEL CUSCO

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DEL CUSCO COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DEL CUSCO REGLAMENTO DE ELECCIONES 2012 CAPÍTULO PRELIMINAR DEL ÁMBITO Y DE LAS DEFINICIONES Artículo Único. Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá por: Estatuto

Más detalles

19 de octubre LUNES 20 de octubre MARTES 22 de octubre MIÉRCOLES

19 de octubre LUNES 20 de octubre MARTES 22 de octubre MIÉRCOLES 19 de octubre 20 de octubre MARTES 22 de octubre 27 de octubre MARTES 28 de octubre 11 de noviembre 12 de noviembre JUEVES 16 de noviembre 26 de noviembre JUEVES 27 de noviembre VIERNES 30 de noviembre

Más detalles

ARTICULO 2º.- La designación como miembro del Comité Electoral es irrenunciable y su asistencia es obligatoria durante el proceso eleccionario.

ARTICULO 2º.- La designación como miembro del Comité Electoral es irrenunciable y su asistencia es obligatoria durante el proceso eleccionario. REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE ADMINISTRACION DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTIMULO DE LA DIRECCION REGIONAL DE SALUD TACNA (CAFAE) PERIODO 2009 2011

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LOS EGRESADOS AL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE PAMPLONA CAPITULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LOS EGRESADOS AL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE PAMPLONA CAPITULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LOS EGRESADOS AL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE PAMPLONA CAPITULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN ARTICULO 1. El presente Reglamento Electoral se aplicará

Más detalles

REGLAMENTACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL PARA ELECCION DE DELEGADOS A LA ASAMBLEA

REGLAMENTACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL PARA ELECCION DE DELEGADOS A LA ASAMBLEA REGLAMENTACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL PARA ELECCION DE DELEGADOS A LA ASAMBLEA Inscripción de Delegados: Cada Seccional es una zona electoral que podrá inscribir un número de candidatos a delegados

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA PUCP

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA PUCP REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA PUCP Artículo 1..- El presente Reglamento regula las siguientes elecciones: a) Representantes estudiantiles ante

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO GENERAL UNIVERSITARIO

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO GENERAL UNIVERSITARIO CGU-REGL.-08 UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO GENERAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO PARA LA PRIMERA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES ESTUDIANTILES EN LOS ORGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA

Más detalles

ASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I. De la convocatoria

ASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I. De la convocatoria Página1 INSTRUCCIONES ELECTORALES ASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I De la convocatoria Artículo 1. Las Asambleas Locales y de Distrito podrán ser ordinarias o extraordinarias. La Asamblea

Más detalles

ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES

ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES MARZO - 2007 REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL CAPÍTULO 1 DE LA NATURALEZA Art. 1.- La elección de autoridades

Más detalles

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE LAMBAYEQUE COMITÉ ELECTORAL

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE LAMBAYEQUE COMITÉ ELECTORAL 1 COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE LAMBAYEQUE COMITÉ ELECTORAL REGLAMENTO INTERNO DE ELECCIONES PARA ELEGIR EL CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE LAMBAYEQUE PERIODO 2019-2020 CAPITULO

Más detalles

NOTIFICACIÓN No

NOTIFICACIÓN No NOTIFICACIÓN No. 000299 PARA: PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, CONSEJERAS Y CONSEJERO DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL COORDINADORA TÉCNICA INSTITUCIONAL DIRECTOR GENERAL DE PROCESOS ELECTORALES SECRETARIO TÉCNICO

Más detalles

EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LOS CENTROS PÚBLICOS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL. (CORREGIDO) ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL

EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LOS CENTROS PÚBLICOS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL. (CORREGIDO) ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DECRETO 328/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LAS ESCUELAS INFANTILES DE SEGUNDO CICLO, DE LOS COLEGIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA, DE

Más detalles

Desarrollo del artículo 36 de los Estatutos del Colegio (RD 377/2015) Aprobado en la Asamblea Ordinaria del Colegio de Geógrafos de 6 de mayo de 2017

Desarrollo del artículo 36 de los Estatutos del Colegio (RD 377/2015) Aprobado en la Asamblea Ordinaria del Colegio de Geógrafos de 6 de mayo de 2017 REGLAMENTO DE RÉGIMEN ELECTORAL (Adaptación a los Estatutos del Colegio de Geógrafos) Desarrollo del artículo 36 de los Estatutos del Colegio (RD 377/2015) Aprobado en la Asamblea Ordinaria del Colegio

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE PRESIDENTE Y VOCALES DEL DIRECTORIO DE LA CASA DE LA CULTURA ECUATORIANA "BENJAMÍN CARRIÓN" NÚCLEO DEL CHIMBORAZO

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE PRESIDENTE Y VOCALES DEL DIRECTORIO DE LA CASA DE LA CULTURA ECUATORIANA BENJAMÍN CARRIÓN NÚCLEO DEL CHIMBORAZO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE PRESIDENTE Y VOCALES DEL DIRECTORIO DE LA CASA DE LA CULTURA ECUATORIANA "BENJAMÍN CARRIÓN" NÚCLEO DEL CHIMBORAZO El Directorio de la Casa de la Cultura Ecuatoriana "Benjamín

Más detalles

Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral.

Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral. REGIMEN Y PROCEDIMIENTO ELECTORAL Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral. La Junta Directiva acordará la promoción del proceso electoral en los siguientes supuestos:

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA FEDERACION NACIONAL DE PERIODISTAS DEL ECUADOR (versión codificada)

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA FEDERACION NACIONAL DE PERIODISTAS DEL ECUADOR (versión codificada) REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA FEDERACION NACIONAL DE PERIODISTAS DEL ECUADOR (versión codificada) DE LOS ORGANOS DE LA FEDERACION Artículo 1. - Son organismos de la Federación: la Asamblea Nacional, el

Más detalles

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PROFESORES DE LA (FACULTAD O ESCUELA) ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PROFESORES DE LA (FACULTAD O ESCUELA) ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PROFESORES DE LA (FACULTAD O ESCUELA) ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO PARA EL PERIODO 20-20 El Director de la (Facultad o Escuela) conforme a

Más detalles

CLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL

CLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL El Presidente del Club de Atletismo Ría Ferrol se elegirá en Asamblea General Extraordinaria mediante sufragio libre, igual, directo y secreto de los socios de número con derecho a voto. El Presidente

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA SOCIEDAD DE INGENIEROS DE BOLIVIA CAPITULO I DEFINICIONES

REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA SOCIEDAD DE INGENIEROS DE BOLIVIA CAPITULO I DEFINICIONES REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA CAPITULO I DEFINICIONES ARTICULO 1º El Presente Reglamento tiene por finalidad regular y establecer el procedimiento de elecciones del Directorio

Más detalles

UNIVERSIDAD DE QUINTANA ROO

UNIVERSIDAD DE QUINTANA ROO UNIVERSIDAD DE QUINTANA ROO División de Ciencias Sociales y Económico Administrativas Chetumal, Q. Roo, a 22 de enero de 2018 Por acuerdo de la Comisión Electoral se establece la Convocatoria para la elección

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República en el Art. 355, reconoce a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica, administrativa, financiera

Más detalles

COLEGIO DE CIRUJANO DENTISTAS DE CHILE A.G. Área Legal

COLEGIO DE CIRUJANO DENTISTAS DE CHILE A.G. Área Legal INSTRUCTIVO PROCESO DE ELECCIONES CONSEJEROS NACIONALES Y REGIONALES El presente instructivo tiene por función informar a los colegiados y posibles candidatos a Consejeros Nacionales y Regionales, sobre

Más detalles

Y C O N S I D E R A N D O: 1. Que es función de la Junta Directiva aprobar su propio reglamento y los demás que crea necesarios y convenientes.

Y C O N S I D E R A N D O: 1. Que es función de la Junta Directiva aprobar su propio reglamento y los demás que crea necesarios y convenientes. REGLAMENTACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN Y ELECCIÓN DE DELEGADOS PARA LAS ASAMBLEAS DE FONDO DE EMPLEADOS DE GASES INDUSTRIALES DE COLOMBIA FONCRYOGAS La Junta Directiva del Fondo De Empleados De Gases Industriales

Más detalles

Universidad de Nariño

Universidad de Nariño Universidad de Nariño RESOLUCION RECTORAL No. 3659 (24 de octubre de 2014) Por la cual se convoca y reglamenta la elección de Representante Profesoral ante el Consejo Académico Universitario. EL RECTOR

Más detalles

Normativa para la elección de delegados de titulación (Aprobada en Comisión Gestora de 20/12/96)

Normativa para la elección de delegados de titulación (Aprobada en Comisión Gestora de 20/12/96) Normativa para la elección de delegados de titulación (Aprobada en Comisión Gestora de 20/12/96) Título I: De la Elección de Delegados/as de Titulación en la Universidad de huelva. Capítulo I: Normas Generales.

Más detalles

REGLAMENTO PARA ELECCIONES

REGLAMENTO PARA ELECCIONES REGLAMENTO PARA ELECCIONES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. OBJETO. El presente Reglamento tiene por objeto normar los procesos eleccionarios de todos los cargos de elección estipulados en

Más detalles

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR. RESOLUCION No. 061 Noviembre 14 de 2014

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR. RESOLUCION No. 061 Noviembre 14 de 2014 Universidad del Valle UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR RESOLUCION No. 061 Noviembre 14 de 2014 Por la cual se reglamentan los procedimientos para elegir a los Decanos, Directores de Institutos Académicos,

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO 1 2 3 4 Disposiciones Generales CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL Artículo 1.- El Comité Electoral de la Universidad ESAN es la máxima autoridad electoral, es

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL Disposiciones Generales Artículo 1.- El Comité Electoral de la Universidad ESAN es la máxima autoridad electoral, es autónomo

Más detalles

No tendrán la condición de elegibles: a) Los que no reúnan los requisitos establecidos en el artículo anterior.

No tendrán la condición de elegibles: a) Los que no reúnan los requisitos establecidos en el artículo anterior. REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO PROFESIONAL DE PERIODISTAS DE ANDALUCÍA Artículo 1. Objeto El objeto del presente Reglamento Electoral es la regulación del procedimiento de elección de la junta de gobierno

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN VASCA DE DEPORTES AEREOS

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN VASCA DE DEPORTES AEREOS REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN VASCA DE DEPORTES AEREOS Disposiciones generales Artículo 1. El presente Reglamento regula el régimen de conformación de la Asamblea General y la elección del Presidente

Más detalles

REGULAMENTO ELECTORAL GENERAL PARA LA ELECCIÓN DE COMISIONES EN LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE ENXEÑEIROS DE CAMIÑOS, CANAIS E PORTOS DA UNIVERSIDADE

REGULAMENTO ELECTORAL GENERAL PARA LA ELECCIÓN DE COMISIONES EN LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE ENXEÑEIROS DE CAMIÑOS, CANAIS E PORTOS DA UNIVERSIDADE REGULAMENTO ELECTORAL GENERAL PARA LA ELECCIÓN DE COMISIONES EN LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE ENXEÑEIROS DE CAMIÑOS, CANAIS E PORTOS DA UNIVERSIDADE DA CORUÑA Aprobado en Xunta de Escola o día 2 de marzo

Más detalles

CAPÍTULO I (De los electores, la forma de las elecciones y la convocatoria)

CAPÍTULO I (De los electores, la forma de las elecciones y la convocatoria) REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES PROFESORALES Y ESTUDIANTILES A LOS CUERPOS COLEGIADOS DE LA UNIVERSIDAD EAFIT CAPÍTULO I (De los electores, la forma de las elecciones y la convocatoria) Artículo

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO PARTIDO EVOLUCIÓN POLÍTICA

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO PARTIDO EVOLUCIÓN POLÍTICA REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO PARTIDO EVOLUCIÓN POLÍTICA Título I: Normas generales Artículo Primero: Las normas siguientes se aplicará a todos los órganos señalados en este Reglamento, sin prejuicio

Más detalles

Reglamento de Elecciones del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala TITULO I DISPOSICIONES GENERALES TITULO II

Reglamento de Elecciones del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala TITULO I DISPOSICIONES GENERALES TITULO II REGLAMENTO DE ELECCIONES La Asamblea General del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala, CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria se debe emitir el Reglamento

Más detalles

PRIODO CAPITULO I GENERALIDADES

PRIODO CAPITULO I GENERALIDADES REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES PARA EL SUB COMITÉ DE ADMINISTRACION DE FONDOS DE ASISTENCIA Y ESTIMULO (SUBCAFAE) DEL HOSPITAL MARIA AUXILIADORA PRIODO 2016-2017 CAPITULO

Más detalles

ELECCIÓN DE ALCALDESA O ALCALDE EN EL MUNICIPIO DE CHUQUIHUTA

ELECCIÓN DE ALCALDESA O ALCALDE EN EL MUNICIPIO DE CHUQUIHUTA ELECCIÓN DE ALCALDESA O ALCALDE CALENDARIO ELECTORAL ELECCIÓN DE ALCALDESA O ALCALDE N ACTIVIDAD 1 Convocatoria al proceso electoral de elección de Alcaldesa o Alcalde. 151 Miércoles, 14 de marzo de Art.

Más detalles

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR EL CONSEJO ELECTORAL

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR EL CONSEJO ELECTORAL UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR EL CONSEJO ELECTORAL DE CONFORMIDAD CON LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, EL ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD, EL REGLAMENTO DE ELECCIONES, Y EL INSTRUCTIVO PARA ELECCIONES.

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL NACIONAL COLEGIO DE ENFERMERAS(OS) DEL PERU CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL NACIONAL COLEGIO DE ENFERMERAS(OS) DEL PERU CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL NACIONAL COLEGIO DE ENFERMERAS(OS) DEL PERU CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente reglamento se pone a disposición de los miembros de la orden y contiene

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA DE DISEÑO Y COMUNICACIÓN VISUAL

REGLAMENTO GENERAL DE FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA DE DISEÑO Y COMUNICACIÓN VISUAL Reglamento General de Funcionamiento de la Escuela de Diseño y Comunicación Visual 1220 REGLAMENTO GENERAL DE FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA DE DISEÑO Y COMUNICACIÓN VISUAL La Escuela de Diseño y Comunicación

Más detalles

ReglamentodeElecciones

ReglamentodeElecciones ReglamentodeElecciones Foja N 1 de 4 Artículo 1º: El presente Reglamento ha de regir la convocatoria y realización de las elecciones de autoridades del Colegio de Técnicos de la provincia del Neuquén.

Más detalles

ELECCIONES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2015 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL

ELECCIONES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2015 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL ELECCIONES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2015 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL Por Resolución del Rector de 24 de septiembre de 2015 se convocan elecciones

Más detalles

DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA.

DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA. MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA. (Corregido) REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS

Más detalles

PROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA "Institución Educativa " CAPITULO I GENERALIDAD

PROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA Institución Educativa  CAPITULO I GENERALIDAD PROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA 2015-2016. "Institución Educativa " CAPITULO I GENERALIDAD Artículo 1 o.- El presente Reglamento de elecciones tiene por finalidad

Más detalles

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES AL CLAUSTRO

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES AL CLAUSTRO NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES AL CLAUSTRO I) Constitución de la Mesa electoral. 1. Todos los miembros titulares y suplentes de la

Más detalles

COOPERATIVA DE VIVIENDA ARMADA NACIONAL ASESORIA JURIDICA

COOPERATIVA DE VIVIENDA ARMADA NACIONAL ASESORIA JURIDICA REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES A LA ASAMBLEA, Y VOCALES DE LOS CONSEJOS DE LA COOPERATIVA DE VIVIENDA ARMADA NACIONAL El Consejo de Administración, de la Cooperativa de Vivienda Armada Nacional,

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DEL SERVICIO DE GESTIÓN

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DEL SERVICIO DE GESTIÓN REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DEL SERVICIO DE GESTIÓN AMBIENTAL DE TRUJILLO 2015 ÍNDICE TÍTULO I GENERALIDADES I.

Más detalles

CAPÍTULO PRIMERO DE LAS JUNTAS ELECTORALES DISTRITALES

CAPÍTULO PRIMERO DE LAS JUNTAS ELECTORALES DISTRITALES CAPÍTULO PRIMERO DE LAS JUNTAS ELECTORALES DISTRITALES Artículo 116.- Las Juntas Electorales Distritales, son órganos operativos temporales que se integrarán para cada proceso electoral con un Vocal Ejecutivo

Más detalles

REGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL PARA ELECCION DE DELEGADOS A LA ASAMBLEA

REGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL PARA ELECCION DE DELEGADOS A LA ASAMBLEA REGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL PARA ELECCION DE DELEGADOS A LA ASAMBLEA Inscripción de Candidatos a Delegados y Suplentes: Cada seccional es una zona electoral que podrá inscribir un número

Más detalles

Existe alguna diferencia entre el pre conteo y el escrutinio? Cómo están conformadas las Comisiones Escrutadoras?

Existe alguna diferencia entre el pre conteo y el escrutinio? Cómo están conformadas las Comisiones Escrutadoras? Con el apoyo de: 78 Elecciones 2018 Qué es el escrutinio? Es la verificación y consolidación de los resultados electorales. Durante los escrutinios se realiza el conteo de los votos que fueron depositados

Más detalles

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA La Junta Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica en cumplimiento con lo acordado por la Asamblea General Extraordinaria Nº 202, mediante

Más detalles

ANEXO I NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN DEPARTAMENTAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES

ANEXO I NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN DEPARTAMENTAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES Ref. Expte.: Nº 438.242 Vinc 18 ANEXO I NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN DEPARTAMENTAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES Capítulo I: De Ia elección de los representantes

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS DE BBVA COLOMBIA FOE ACUERDO No. 001 de 2013 (Enero 17) REGLAMENTO DE ELECCIONES

FONDO DE EMPLEADOS DE BBVA COLOMBIA FOE ACUERDO No. 001 de 2013 (Enero 17) REGLAMENTO DE ELECCIONES FONDO DE EMPLEADOS DE BBVA COLOMBIA FOE ACUERDO No. 001 de 2013 (Enero 17) REGLAMENTO DE ELECCIONES Por medio del cual se reglamenta la elección de Delegados a Asamblea General y miembros de Órganos de

Más detalles

ASOCIACION DE MEDICOS DEL MINISTERIO DE SALUD REGLAMENTO DE ELECCIONES GENERALES

ASOCIACION DE MEDICOS DEL MINISTERIO DE SALUD REGLAMENTO DE ELECCIONES GENERALES ASOCIACION DE MEDICOS DEL MINISTERIO DE SALUD REGLAMENTO DE ELECCIONES GENERALES 2006-2008 Art.1 El Comité Electoral Nacional de la Asociación Nacional de Médicos del Ministerio de Salud (ANMMS) se constituye

Más detalles

VOTACIONES ABRIL 29 DEL

VOTACIONES ABRIL 29 DEL CARTILLA ILUSTRATIVA PROCESO DE ELECCIÓN DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE EL CONSEJO SUPERIOR, CONSEJO ACADÉMICO. COMITÉ CENTRAL DE ADMISIONES, COMITÉ DE BIENESTAR universitario CONSEJOS DE FACULTADES,

Más detalles

EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE CONSIDERANDO

EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE CONSIDERANDO EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE CONSIDERANDO Que, el art. 350 de la Constitución de la República dispone que el Sistema de Educación Superior tiene como finalidad

Más detalles

DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC.

DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC. DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC. El Consejo de Gobierno de la Universidad Rey Juan Carlos, en cumplimiento del artículo

Más detalles

ANEXO I RESOLUCION Nº 2426

ANEXO I RESOLUCION Nº 2426 ANEXO I RESOLUCION Nº 2426 REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS INTEGRANTES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LOS INSTITUTOS DE FORMACIÓN DOCENTE CONTINUA DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO Capítulo I-Equipo Directivo

Más detalles