REGLAMENTO GENERAL FINANCIERO DEL CENTRO DE FORMACION INFANTIL DEL GRUPO ICE

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO GENERAL FINANCIERO DEL CENTRO DE FORMACION INFANTIL DEL GRUPO ICE"

Transcripción

1 REGLAMENTO GENERAL FINANCIERO DEL CENTRO DE FORMACION INFANTIL DEL GRUPO ICE Reglamento Financiero 1

2 REGLAMENTO GENERAL FINANCIERO DEL CENTRO DE FORMACION INFANTIL DEL GRUPO ICE Artículo 1: El presente reglamento define las obligaciones financieras de los usuarios de los servicios de la Cooperativa de Servicios de Guardería de los Empleados del Grupo ICE (COOPESEICE R.L.) y el Centro de Formación Infantil y establece las acciones que se seguirán en caso de incumplimiento. Este Reglamento se emite con base en el 43 inciso k, de la sesión 595 del Consejo de Administración celebrada el día 4 de noviembre de 2011 y deroga toda norma anterior sobre al respecto. Artículo 2: Para los efectos subsiguientes, se establecen las siguientes definiciones: Cuota de socio: Corresponde al Consejo de Administración de COOPESEICE R.L., determinar y establecer los montos por concepto de afiliación que serán cancelados mensualmente por sus asociados. La cuota de socio se compone de un veinte por ciento, correspondiente al capital social cooperativo y un ochenta por ciento que será destinado a gastos de operación. El capital social se regirá por los lineamientos establecidos en la Ley de Cooperativas que se encuentre vigente. Costo de Matrícula: Corresponde al Consejo de Administración de COOPESEICE R.L., determinar y establecer los montos por concepto de matrícula que serán cancelados anualmente por sus asociados Dicho costo se aplicará a los servicios brindados por el Centro de Formación Infantil de COOPESEICE R.L. y será cancelado en un solo tracto al momento de realizarse la matrícula. Se considerara hábil cualquier mes del año para realizar la matrícula y esta será valedera por el periodo correspondiente al año lectivo. La cuota de matrícula anual no será reembolsable y se cancelará completa si se solicita el ingreso durante el primer semestre del año lectivo. Cuando ésta se realice a partir del mes de julio, será en proporción mensual del monto anual del ciclo lectivo correspondiente, de igual manera no será reembolsable. Costo de mensualidad: Corresponde al Consejo de Administración de COOPESEICE R.L., determinar y establecer los montos por concepto de mensualidad que serán cancelados por los asociados para la prestación de servicios del Centro de Formación Infantil, así como por sus servicios complementarios. El costo de mensualidad no será reembolsable, con independencia de eventuales retiros anticipados del estudiante. El reingreso de estudiantes al Centro de Formación Infantil u otros servicios complementarios de la Cooperativa, solo podrá solicitarse cuando haya transcurrido un periodo mínimo de seis meses luego de su retiro. En casos especialmente calificados, el Consejo de Administración podrá aprobar ingresos previos antes del vencimiento del periodo semestral aquí estipulado. El ingreso y reingreso de estudiantes obliga al asociado al pago proporcional del costo de mensualidad correspondiente y la respectiva cuota de matrícula. El pago total de mensualidad correspondiente al mes de diciembre es obligatorio y no se podrán autorizar excepciones, con independencia de eventuales retiros anticipados. Costo de material didáctico. Corresponderá al Consejo de Administración establecer y determinar el monto anual correspondiente a los gastos por concepto del material didáctico que será utilizado por los usuarios que disfruten de los servicios brindados por COOPESEICE R.L. Este monto será cancelado en un solo tracto al momento de realizarse la matrícula y no es reembolsable. Costo de alimentación y cuidados especiales. Corresponderá al Consejo de Administración establecer y determinar el monto anual correspondiente a la cobertura de los servicios de alimentación y cuidados especiales brindados por el Centro de Formación Infantil de COOPESEICE R.L. a sus estudiantes. Este monto podrá ser cancelado en tractos anuales, semestrales o mensuales y no será reembolsable. Costo de transporte: Corresponderá al Consejo de Administración establecer y determinar el monto anual correspondiente a la cobertura de los servicios de transporte brindado por el Centro de Formación Infantil de la Cooperativa. Este monto podrá ser cancelado en tractos anuales, semestrales o mensuales y no será reembolsable. Costo de las Actividades Especiales: Corresponderá al Consejo de Administración determinar y establecer el monto y la forma de pago anual de la suma destinada a cubrir aquellos gastos generados por actividades que se consideraran especiales, dentro de los servicios ofrecidos por el Centro de Formación Infantil de COOPESEICE R.L. Este monto será cancelado en un solo tracto al momento de realizarse la matrícula y no es reembolsable. Cuotas adicionales: Corresponderá al Consejo de Administración determinar el monto y establecer la forma de pago correspondiente a las cuotas adicionales o extraordinarias. Estas cuotas tendrán la finalidad de financiar los gastos varios en que incurre el Centro de Formación Infantil. Estas cuotas serán previamente comunicadas al padre de familia o encargado legal del estudiante al momento de realizar la matrícula, o cuando las mismas sean requeridas. Arreglo de pago: Mecanismo previsto para regularizar la situación de morosidad de los asociados en cualesquiera obligaciones económicas con la Cooperativa. Se autorizará este mecanismo para asociados que sufran una situación especial demostrable, que les impida o haya obstaculizado sufragar las obligaciones adquiridas con COOPESEICE R.L. No se permitirán arreglos de pago relativos a obligaciones relacionadas con el servicio de Curso de Verano del Centro de Formación Infantil de la Cooperativa. De la morosidad de los asociados: Situación que sostienen aquellos asociados que incumplan el pago de sus obligaciones exigibles con la Cooperativa. Pago efectivo: Se considera pago en efectivo el realizado mediante transferencia o depósito bancario. El pago en moneda de circulación común o efectivo en sentido estricto, no se considera admisible, salvo autorización expresa de la Gerencia en casos de excepción Reglamento Financiero 2

3 Artículo 3: Se considerarán obligaciones financieras con la Cooperativa aquellas deudas contraídas por el responsable del estudiante cuya matrícula haya sido autorizada por el Centro de Formación Infantil. Estas obligaciones pueden ser generadas por los servicios brindados a los estudiantes o como consecuencia de sus actuaciones o de sus representantes: a) Matrícula, mensualidad, materiales didácticos, cuotas de alimentación, cuidados especiales, transporte y cualquier otro rubro generado por el alumno en el disfrute de los servicios brindados en el Centro de Formación Infantil. b) Restitución de materiales o equipo por extravío, daño o indemnización por daño de infraestructura de la Cooperativa o su Centro de Formación Infantil. c) Obligaciones contraídas por actividades académicas como excursiones, adquisición de libros académicos, uniformes, actividades especiales y cualquier otro rubro que se genere por concepto de la atención del estudiante en el Centro de Formación Infantil. d) La cancelación de obligaciones derivadas de adecuaciones o arreglos de pago sobre deudas previas contraídas con la Cooperativa o su Centro de Formación Infantil; así como las derivadas de multas establecidas conforme con el Estatuto de la Cooperativa y sus reglamentos. Artículo 4: Los asociados en condición de morosidad con la Cooperativa o el pago de los servicios brindados por el Centro de Formación Infantil, estarán imposibilitados para el ejercicio de las siguientes acciones: a) Matricular estudiantes para los servicios u otros beneficios del Centro de Formación Infantil de la Cooperativa. b) Seguir disfrutando de los servicios u otros beneficios del Centro de Formación Infantil de la Cooperativa. c) Optar por otros beneficios o servicios complementarios otorgados por el Centro de Formación Infantil. d) Tramitar solicitudes de traslado de expediente mediante las oficinas administrativas, excepto en el caso de copias y certificaciones del expediente académico estudiantil. e) Solicitar becas o mantener la ya asignada. f) Realizar nuevos arreglos de pago sobre obligaciones para las cuales ya se concedió dicho beneficio en el mismo ciclo lectivo anual. Artículo 5: Corresponderá al Consejo de Administración y a la Gerencia de la Cooperativa establecer las directrices y procedimientos adecuados para el cumplimiento de las obligaciones financieras de los asociados. En cumplimiento de sus atribuciones se encuentran facultadas para las siguientes acciones: a) Implementar sistemas de pago y control de morosidad. b) Administrar el proceso de actualización de datos. c) Recibir las comunicaciones de todas las entidades del Grupo ICE, encargadas de procesos que permitan el cobro de obligaciones financieras de los socios e incorporarlas en los archivos correspondientes. d) Brindar información oportuna y actualizada a sus asociados sobre la situación financiera de la Cooperativa y su Centro de Formación Infantil, a través de los medios disponibles más eficaces. Artículo 6: Se considera obligación prioritaria y de estricto cumplimiento del asociado, el pago de las cuotas referidas en el artículo 2 del presente reglamento. Artículo 7: Será obligación de los asociados cumplir con los montos, formas, plazos y fechas de pago establecidas para cada uno de los rubros por concepto de los servicios brindados por la Cooperativa o su Centro de Formación Infantil, a saber: a) Matrícula, se cancela por medio de rebajo de planilla laboral en el mes de diciembre del año anterior al ciclo lectivo a matricular o bien pago efectivo antes de formalizar el proceso de matrícula. b) Material Didáctico, se cancela por medio de rebajo de planilla laboral en el mes de enero del ciclo lectivo respectivo a matricular, o bien pago efectivo dentro de los quince días naturales a partir de la formalización de la matrícula. Cuando la matrícula se realice a partir del mes de julio, este costo se reducirá al cincuenta por ciento de su valor ordinario. Reglamento Financiero 3

4 c) Mensualidad, se cancela mediante el rebajo de planilla laboral en el mes correspondiente al cobro, o bien pago efectivo, por adelantado, durante los primeros quince días naturales de cada mes. d) Cuota de socio, se cancela por medio de rebajo de planilla laboral en el mes correspondiente al cobro. e) Alimentación, se cancela por medio de rebajo de planilla laboral en el mes correspondiente al cobro, o bien pago efectivo, por adelantado, durante los primeros cinco días naturales de cada mes. f) Transporte, se cancela por medio de rebajo de planilla laboral en el mes correspondiente al cobro, o bien pago efectivo, por adelantado, durante los primeros cinco días naturales de cada mes. g) Otras cuotas, para cada una de ellas la Gerencia de la Cooperativa o la Dirección del Centro de Formación Infantil, informará a través de una circular, en el momento oportuno, la naturaleza y fecha de pago de las mismas. Se entenderá como pago efectivo aquel que se realiza conforme lo estipulado en el Artículo 2 de este Reglamento. Artículo 8: Los costos de los diferentes montos o cuotas y sus rubros serán periódicamente actualizados conforme a las políticas dictadas por el Consejo de Administración, ajustándose éstas en el momento que las condiciones económicas lo ameriten y en estricto cumplimiento de las normas estatutarias de la Cooperativa. Artículo 9: Será facultativo de los asociados, salvo disposición en contrario del Estatuto u otra normativa de la Cooperativa, la determinación de la modalidad de pago que mejor se ajuste a sus necesidades, ya sea a través del rebajo de planilla autorizada ante el Grupo ICE, o bien pago efectivo; con excepción de la cuota de socio que siempre será deducida de planilla. Artículo 10: Para disfrutar del beneficio del servicio a tiempo parcial, el responsable del estudiante deberá cancelar: a) El monto establecido para cada año por concepto de: matrícula, material didáctico, transporte, actividades especiales, libros y cualquier otro que pueda generarse. En estos casos estas corresponden a cuotas anuales e iguales a las cuotas de un estudiante a tiempo completo. b) El monto establecido por concepto de mensualidad y el monto establecido por concepto de alimentación y cuidados especiales y cualquier otro que pueda generarse, de manera proporcional a la cantidad de días en que el niño asista. Por dos días de asistencia se cancelará el cuarenta por ciento del monto establecido para alumnos regulares y por tres días de asistencia se cancelará el sesenta por ciento del monto establecido para alumnos regulares. Por cuatro días se cancelará el cien por ciento del monto establecido para alumnos regulares. Artículo 11: En caso de no haberse realizado el pago o bien no haber remitido el comprobante correspondiente que lo acredite ante el Centro de Formación Infantil, una vez finalizadas las fechas establecidas para ello, el asociado se considerará moroso y le serán aplicables las multas respectivas. Artículo 12: Cuando no se efectuase el rebajo por planilla correspondiente, por causas no atribuibles a la Cooperativa, el asociado deberá notificarlo en forma inmediata a la Gerencia y procederá de inmediato al pago efectivo y remisión del comprobante respectivo, a más tardar dos días naturales contados a partir de la notificación atrás indicada tomando en cuenta que se le aplicará la multa correspondiente. Artículo 13: Se procederá al cobro de multas por morosidad al asociado que, aún habiendo realizado su pago efectivo, no acredite lo correspondiente ante la Cooperativa, por medio del envío de recibo físico o envío del comprobante por correo electrónico, antes del vencimiento del plazo para la cancelación del monto respectivo. Artículo 14: En caso de morosidad del asociado en cualquiera de sus obligaciones económicas con la Cooperativa, se podrá proceder al cobro mediante el mecanismo de deducción de planilla, siempre que así lo autorice el Consejo de Administración. Para ello, se enviará comunicación previa al asociado cuya recepción pueda ser constatable, en la cual se otorgará el plazo máximo de dos días naturales, posteriores a su recepción, para la cancelación de la deuda correspondiente. Reglamento Financiero 4

5 Artículo 15: Cuando por cualquier razón imputable al asociado resulte imposible el cobro mediante el mecanismo de deducción de planilla, se procederá a la suspensión temporal o definitiva de los servicios prestados por la Cooperativa o su Centro de Formación Infantil, según se establece en el artículo 4 del presente reglamento. Artículo 16: Los arreglos de pago serán solicitados por el asociado en memorial fundamentado dirigido a la Gerencia. Para efecto de la resolución correspondiente, la Gerencia de la Cooperativa fundamentará su decisión considerando la información relativa al historial de pago correspondiente. Artículo 17: Los funcionarios del Centro de Formación Infantil que faciliten, consientan, ignoren o colaboren de alguna manera con la evasión de responsabilidades e incumplimiento de las obligaciones financieras de los asociados estipuladas en este reglamento, serán sancionados de acuerdo con lo dispuesto por las normas estatutarias o reglamentarias de la Cooperativa y la legislación vigente para el tipo de falta cometida. Artículo 18: No se autorizarán solicitudes de ninguna índole, relativas a devoluciones de dinero por pago de matrícula, mensualidades, materiales didácticos, alimentación y cuidados especiales, o cualesquiera otros rubros similares. Artículo 19: No serán admitidas solicitudes de arreglo de pago al asociado que haya incumplido, durante el mismo ciclo lectivo, con los términos de arreglo de pago previamente otorgados. El retraso en cualesquiera obligaciones económicas con la Cooperativa generará un recargo por mora del veinte por ciento de intereses sobre saldos. Las obligaciones con la Cooperativa deberán cancelarse de acuerdo con la cronología de su constitución y las sumas recibidas serán aplicadas siempre a las obligaciones más antiguas pendientes de pago. Artículo 20: Corresponderá a la Gerencia de la Cooperativa y al Consejo de Administración, velar por el cumplimiento, acatamiento y estricta ejecución de las disposiciones contenidas en este Reglamento. Artículo 21: El presente Reglamento regirá a partir del ciclo lectivo del dos mil doce y deroga toda norma anterior. Reglamento Financiero 5

Centro de Formación Infantil del Grupo ICE

Centro de Formación Infantil del Grupo ICE Boleta de matrícula (1) 1. Datos de matrícula de ingreso del menor: 04 de enero 2016 Nivel: Tipo de Ingreso ( )Directo ( )Clausula Excep Nombre del asociado de COOPESEICE R.L. Nº identificación del asociado

Más detalles

Cuadro comparativo Resolución Normativa de Directorio No.06/2014

Cuadro comparativo Resolución Normativa de Directorio No.06/2014 Resolución Normativa de Directorio No.04/2009 Cuadro comparativo Resolución Normativa de Directorio No.06/2014 Artículo 2. (Ámbito de Aplicación). La presente Normativa será de aplicación obligatoria para

Más detalles

AseGollo Reglamento de Crédito

AseGollo Reglamento de Crédito AseGollo Reglamento de Crédito Pág. 1 de 9 Contenido Objetivo... 3 Alcance... 3 Documentos relacionados... 3 Reglamento de crédito... 3 Introducción... 3 Capítulo I... 3 Disposiciones Generales... 3 Capítulo

Más detalles

RECTORADO MANUAL DE COBRANZAS Aprobado con Resolución N CU-ULADECH Católica, de fecha 23 de mayo de 2017 CHIMBOTE PERÚ

RECTORADO MANUAL DE COBRANZAS Aprobado con Resolución N CU-ULADECH Católica, de fecha 23 de mayo de 2017 CHIMBOTE PERÚ www.uladech.edu.pe RECTORADO MANUAL DE COBRANZAS Aprobado con Resolución N 0487-2017-CU-ULADECH Católica, de fecha 23 de mayo de 2017 CHIMBOTE PERÚ Versión: 02 Cód. M-MC Fecha de implementación: 23-05-2017

Más detalles

COMUNICADO. Comunicado No. 006 De: Dirección Ejecutiva Para: Comunidad Estudiantil Sedes Nacionales Asunto: Actualización - Políticas de devolución

COMUNICADO. Comunicado No. 006 De: Dirección Ejecutiva Para: Comunidad Estudiantil Sedes Nacionales Asunto: Actualización - Políticas de devolución CÓDIGO: VERSIÓN: COMUNICADO F-C.C-01 2 Página: 1 de 5 Comunicado No. 006 De: Dirección Ejecutiva Para: Comunidad Estudiantil Sedes Nacionales Asunto: Actualización - Políticas de devolución CONDICIONES

Más detalles

ACUERDO No. 019 DE 2018

ACUERDO No. 019 DE 2018 ACUERDO No. 019 DE 2018 Por el cual se actualiza la reglamentación sobre el proceso de cobranzas para los afiliados y ex afiliados del FONDO DE EMPLEADOS DEL HOSPITAL MILITAR CENTRAL Y DEL FONDEHOSMIL

Más detalles

REGLAMENTO PROMOCIÓN ADELANTE SU AGUINALDO CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA

REGLAMENTO PROMOCIÓN ADELANTE SU AGUINALDO CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA REGLAMENTO PROMOCIÓN ADELANTE SU AGUINALDO CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA El presente Reglamento Promoción: ADELANTE SU AGUINALDO CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA es un programa que pertenece en

Más detalles

REFORMA AL REGLAMENTO DEL FONDO ESPECIAL PARA LA ELABORACIÓN DE PROGRAMAS (FEP)

REFORMA AL REGLAMENTO DEL FONDO ESPECIAL PARA LA ELABORACIÓN DE PROGRAMAS (FEP) REFORMA AL REGLAMENTO DEL FONDO ESPECIAL PARA LA ELABORACIÓN DE PROGRAMAS (FEP) ARTÍCULO 1. La Caja de Ahorro y Previsión del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria -SENIAT-

Más detalles

REPUBLICA DE PANAMA COMISION NACIONAL DE VALORES. ACUERDO No De 20 de junio de 2005

REPUBLICA DE PANAMA COMISION NACIONAL DE VALORES. ACUERDO No De 20 de junio de 2005 REPUBLICA DE PANAMA COMISION NACIONAL DE VALORES ACUERDO No. 8-2005 De 20 de junio de 2005 Por el cual se establecen criterios para la imposición de multas administrativas por mora en la presentación de

Más detalles

COLEGIO DE PROFESIONALES EN NUTRICIÓN DE COSTA RICA POLITICA PARA LA GESTIÓN DE COBRO Y CARTERA DE CUENTAS POR COBRAR

COLEGIO DE PROFESIONALES EN NUTRICIÓN DE COSTA RICA POLITICA PARA LA GESTIÓN DE COBRO Y CARTERA DE CUENTAS POR COBRAR COLEGIO DE PROFESIONALES EN NUTRICIÓN DE COSTA RICA POLITICA PARA LA GESTIÓN DE COBRO Y CARTERA DE CUENTAS POR COBRAR OBJETIVOS: 1) Definir los lineamientos necesarios para que el Colegio de Profesionales

Más detalles

JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL REGLAMENTO DE OPERACION DE CAJA CHICA JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL CAPITULO I

JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL REGLAMENTO DE OPERACION DE CAJA CHICA JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL CAPITULO I JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL REGLAMENTO DE OPERACION DE CAJA CHICA JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL Artículo 1 -Objeto CAPITULO I Disposiciones generales El presente reglamento

Más detalles

POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS APLICABLES A CUENTAS POR COBRAR Y CUENTAS POR PAGAR APROBADA EN EL ACTA 71, ARTÍCULO #05 DEL 23 DE FEBRERO DE 2017

POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS APLICABLES A CUENTAS POR COBRAR Y CUENTAS POR PAGAR APROBADA EN EL ACTA 71, ARTÍCULO #05 DEL 23 DE FEBRERO DE 2017 POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS APLICABLES A CUENTAS POR COBRAR Y CUENTAS POR PAGAR APROBADA EN EL ACTA 71, ARTÍCULO #05 DEL 23 DE FEBRERO DE 2017 DISPOSICIONES GENERALES Las presentes políticas y procedimientos,

Más detalles

CAPITULO I Disposiciones Generales

CAPITULO I Disposiciones Generales REGLAMENTO DE MATRÍCULA DE ESTUDIANTES REGULARES (Aprobado por consejo Universitario acuerdo I de la sesión extraordinaria celebrada el 30 de agosto del 2011, acta No.7-2011) CAPITULO I Disposiciones Generales

Más detalles

COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO

COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO CAPITULO I i. Prórroga de Pago: Extensión del plazo establecido para cancelar el monto Aspectos Generales de la(s) materia(s) pre matriculadas en un cuatrimestre. ARTICULO 1. Objetivo. Las Disposiciones

Más detalles

CONTENIDO. Fecha: 01 de julio del 2012 POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS. Revisión: REGLAMENTO FINANCIERO. 1 de 15

CONTENIDO. Fecha: 01 de julio del 2012 POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS. Revisión: REGLAMENTO FINANCIERO. 1 de 15 1 de 15 CONTENIDO OBJETIVO... 3 CAPITULO I... 4 DE LOS TIPOS DE INGRESOS... 4 ARTÍCULO Nº 1: TIPOS DE INGRESO... 4 CAPITULO II... 5 DE LOS EGRESOS... 5 ARTÍCULO Nº 2: TIPOS DE EGRESOS... 5 ARTÍCULO Nº

Más detalles

CAPÍTULO I Disposiciones Generales

CAPÍTULO I Disposiciones Generales REGLAMENTO DE MATRÍCULA DE ESTUDIANTES REGULARES (Aprobado por consejo Universitario acuerdo I de la sesión extraordinaria celebrada el 30 de agosto del 2011, acta No.7-2011) CAPÍTULO I Disposiciones Generales

Más detalles

REGLAMENTO USO DE RESERVA DE BIENESTAR SOCIAL REGLAMENTO PARA EL USO DE LA RESERVA DE BIENESTAR SOCIAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO USO DE RESERVA DE BIENESTAR SOCIAL REGLAMENTO PARA EL USO DE LA RESERVA DE BIENESTAR SOCIAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES USO DE RESERVA DE BIENESTAR SOCIAL PARA EL USO DE LA RESERVA DE BIENESTAR SOCIAL ARTÍCULO 1 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES De conformidad con lo establecido en el Artículo 83 de la Ley de Asociaciones

Más detalles

REGLAMENTO PROMOCIÓN ADELANTO DE AGUINALDO. Condiciones Generales

REGLAMENTO PROMOCIÓN ADELANTO DE AGUINALDO. Condiciones Generales REGLAMENTO PROMOCIÓN ADELANTO DE AGUINALDO El presente Reglamento Promoción: Adelanto de Aguinaldo es un programa que pertenece en forma exclusiva al BANCO PROMERICA DE COSTA RICA, S.A., en adelante denominado

Más detalles

REGLAMENTO PROMOCIÓN PAGUE EN CUOTAS LAS UNIVERSIDADES Y CENTROS DE ESTUDIOS CON SU TARJETA DE CREDITO PROMERICA. Condiciones Generales

REGLAMENTO PROMOCIÓN PAGUE EN CUOTAS LAS UNIVERSIDADES Y CENTROS DE ESTUDIOS CON SU TARJETA DE CREDITO PROMERICA. Condiciones Generales REGLAMENTO PROMOCIÓN PAGUE EN CUOTAS LAS UNIVERSIDADES Y CENTROS DE ESTUDIOS CON SU TARJETA DE CREDITO PROMERICA El presente Reglamento Promoción: Pague en cuotas las Universidades y Centros de Estudios

Más detalles

SP-A-107. Considerando que,

SP-A-107. Considerando que, Javier Cascante E. Superintendente SP-A-107 Procedimiento que deberán observar las operadoras para la devolución de los incentivos fiscales establecidos en la Ley N 7983, Ley de Protección al Trabajador.

Más detalles

REGLAMENTO DE MATRÍCULA DE ESTUDIANTES REGULARES

REGLAMENTO DE MATRÍCULA DE ESTUDIANTES REGULARES REGLAMENTO DE MATRÍCULA DE ESTUDIANTES REGULARES (Aprobado por el Consejo Universitario mediante acuerdo I-07-2011, de la Sesión Extraordinaria, Acta No 7-2011 realizado el 30 de agosto del 2011. Publicado

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE COBRO ADMINISTRATIVO Y SUSPENSIÓN POR CONCEPTO DE MOROSIDAD

PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE COBRO ADMINISTRATIVO Y SUSPENSIÓN POR CONCEPTO DE MOROSIDAD PROCEDIMIENTO DE SUSPENSIÓN POR CONCEPTO DE MOROSIDAD 1 PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE COBRO ADMINISTRATIVO Y SUSPENSIÓN POR CONCEPTO DE MOROSIDAD Fecha de elaboración: 07 de Marzo 2016 Versión: 2.0 Nombre

Más detalles

REGLAMENTO PROMOCIÓN: RETIRO DE EFECTIVO Y PAGO EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA. Condiciones Generales

REGLAMENTO PROMOCIÓN: RETIRO DE EFECTIVO Y PAGO EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA. Condiciones Generales REGLAMENTO PROMOCIÓN: RETIRO DE EFECTIVO Y PAGO EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA El presente Reglamento Promoción Retiro de efectivo y pago en cuotas con su Tarjeta de Crédito Promerica es

Más detalles

REGLAMENTO FINANCIERO PARA PAGO DE MATRICULAS

REGLAMENTO FINANCIERO PARA PAGO DE MATRICULAS Artículo 1. Inscripción Todo aspirante a ser estudiante de pregrado o posgrado de la institución, deberá cancelar el valor de la inscripción establecido por el Consejo Directivo cada año, salvo que venga

Más detalles

PLATAFORMA SERVICIOS. Contenido

PLATAFORMA SERVICIOS. Contenido PAGINA 1 de 17 VIGENCIA DESDE: 17 DE DICIEMBRE DE 2014 Contenido 1. OBJETIVO... 2 2. ALCANCE... 2 3. DEFINICIONES... 2 4. SUJETOS PARA LA APERTURA DE AHORROS... 3 5. TIPOS DE AHORRO... 3 6. PENALIZACIONES

Más detalles

REGLAMENTO DE CRÉDITO

REGLAMENTO DE CRÉDITO ASOCIACION SOLIDARISTA EMPLEADOS SUCURSAL Y DIRECCIÓN REGIONAL SEGURO SOCIAL Versión Octubre 2014 REGLAMENTO DE CRÉDITO ASOCIACIÓN SOLIDARISTA EMPLEADOS SUCURSAL Y DIRECCIÓN REGIONAL SEGURO SOCIAL ASESUDISS

Más detalles

REGLAMENTO PROMOCIÓN: VACACIONES DE MEDIO AÑO Y PAGO EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA

REGLAMENTO PROMOCIÓN: VACACIONES DE MEDIO AÑO Y PAGO EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA REGLAMENTO PROMOCIÓN: VACACIONES DE MEDIO AÑO Y PAGO EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA El presente Reglamento Promoción Vacaciones de medio año y pago en cuotas con su Tarjeta de Crédito Promerica

Más detalles

ACUERDO No. 004 / 2015 (Bogotá, D.C. Julio 15 de 2015)

ACUERDO No. 004 / 2015 (Bogotá, D.C. Julio 15 de 2015) ACUERDO No. 004 / 2015 (Bogotá, D.C. Julio 15 de 2015) La Junta Directiva del Fondo de Empleados de la Fundación Santa Fe de Bogotá FONDOFE, en uso de sus atribuciones legales, estatutarias y considerando:

Más detalles

CIRCULAR 23/2009. México, D.F., a 18 de septiembre de A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO:

CIRCULAR 23/2009. México, D.F., a 18 de septiembre de A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO: TEXTO COMPILADO de la Circular 23/2009 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de septiembre de 2009, incluyendo sus modificaciones dadas a conocer mediante la Circular 2/2010 publicada en

Más detalles

GESTIÓN DE CARTERA REGLAMENTO DE COBRANZA COOLAC COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO REGLAMENTO DE COBRANZA

GESTIÓN DE CARTERA REGLAMENTO DE COBRANZA COOLAC COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO REGLAMENTO DE COBRANZA Página: 1 de 1 COOLAC COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO (Por medio del cual se actualiza y se dictan nuevas disposiciones del Reglamento de Cobranza, aprobado en Reunión Ordinaria del Consejo de Administración,

Más detalles

REGLAMENTO PROMOCIÓN SEMANA SANTA EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CREDITO PROMERICA. Condiciones Generales

REGLAMENTO PROMOCIÓN SEMANA SANTA EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CREDITO PROMERICA. Condiciones Generales REGLAMENTO PROMOCIÓN SEMANA SANTA EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CREDITO PROMERICA El presente Reglamento Promoción Semana Santa en Cuotas con su Tarjeta de Crédito Promerica es un programa que pertenece

Más detalles

RESOLUCIÓN RECTORAL N.O (Octubre 20 de 2017)

RESOLUCIÓN RECTORAL N.O (Octubre 20 de 2017) RESOLUCIÓN RECTORAL N.O 232-2017 (Octubre 20 de 2017) "Por la cual se modifica y actualiza el procedimiento de devoluciones y abonos de valores sobre matrículas... EL RECTOR DE la, en ejercicio de sus

Más detalles

REGLAMENTO PROMOCIÓN: RETIRO DE EFECTIVO Y PAGO EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA. Condiciones Generales

REGLAMENTO PROMOCIÓN: RETIRO DE EFECTIVO Y PAGO EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA. Condiciones Generales REGLAMENTO PROMOCIÓN: RETIRO DE EFECTIVO Y PAGO EN CUOTAS CON SU TARJETA DE CRÉDITO PROMERICA El presente Reglamento Promoción Retiro de efectivo y pago en cuotas con su Tarjeta de Crédito Promerica es

Más detalles

08-ADM 2017 FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA MINISTERIO PUBLICO DE COSTA RICA PODER JUDICIAL CIRCULAR ADMINISTRATIVA

08-ADM 2017 FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA MINISTERIO PUBLICO DE COSTA RICA PODER JUDICIAL CIRCULAR ADMINISTRATIVA FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA MINISTERIO PUBLICO DE COSTA RICA PODER JUDICIAL 08-ADM 2017 CIRCULAR ADMINISTRATIVA DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 1, 13, 14 Y 25 DE LA LEY ORGANICA DEL MINISTERIO PUBLICO,

Más detalles

Asociación Solidarista de Empleados del Ministerio de Gobernación, Policía y Seguridad Pública REGLAMENTO DE ASOCIADOS

Asociación Solidarista de Empleados del Ministerio de Gobernación, Policía y Seguridad Pública REGLAMENTO DE ASOCIADOS Asociación Solidarista de Empleados del Ministerio de Gobernación, Policía y Seguridad Pública REGLAMENTO DE ASOCIADOS De conformidad con el artículo 49 de la Ley de Asociaciones Solidaristas #6970 y su

Más detalles

REGLAMENTO PROMOCIÓN PAGUE EN CUOTAS SUS COMPRAS DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE CON SU TARJETA DE CREDITO PROMERICA. Condiciones Generales

REGLAMENTO PROMOCIÓN PAGUE EN CUOTAS SUS COMPRAS DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE CON SU TARJETA DE CREDITO PROMERICA. Condiciones Generales REGLAMENTO PROMOCIÓN PAGUE EN CUOTAS SUS COMPRAS DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE CON SU TARJETA DE CREDITO PROMERICA El presente Reglamento Promoción: Pague en cuotas sus compras de noviembre y diciembre con

Más detalles

DECRETO EJECUTIVO No MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DECRETO EJECUTIVO No MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Ref. No. 019-2014-MTSS DECRETO EJECUTIVO No. 38803-MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Con fundamento en las atribuciones y facultades conferidas en los incisos

Más detalles

NORMATIVA DE MATRICULACIÓN CAPÍTULO 5

NORMATIVA DE MATRICULACIÓN CAPÍTULO 5 NORMATIVA DE MATRICULACIÓN CAPÍTULO 5 ANULACIÓN, MODIFICACIÓN DE MATRÍCULA Y CANCELACIÓN DE ASIGNATURAS SUELTAS CURSO 2018-2019 (Aprobada por el Consejo de Gobierno de 24 de abril de 2018) 1 Capítulo 5

Más detalles

REGLAMENTO Y PROCEDIMIENTOS DE POSTULACIÓN Y PAGOS EN EL COLEGIO DEL VERBO DIVINO AÑO 2017

REGLAMENTO Y PROCEDIMIENTOS DE POSTULACIÓN Y PAGOS EN EL COLEGIO DEL VERBO DIVINO AÑO 2017 REGLAMENTO Y PROCEDIMIENTOS DE POSTULACIÓN Y PAGOS EN EL COLEGIO DEL VERBO DIVINO AÑO 2017 I. DE LOS EXÁMENES DE ADMISIÓN. Todo Apoderado, previamente individualizado, con interés en que su/s hijo/s o

Más detalles

El Expediente Nº , caratulado: Ordenanza Tributaria Anual para el año 2017; y

El Expediente Nº , caratulado: Ordenanza Tributaria Anual para el año 2017; y VISTO: El Expediente Nº 1240-28-2016, caratulado: Ordenanza Tributaria Anual para el año 2017; y CONSIDERANDO: Que, la misma ha sido confeccionada siguiendo el ordenamiento de las contribuciones establecido

Más detalles

MINISTERIO DE HACIENDA TESORERÍA NACIONAL. Fecha: 02 de FEBRERO 2017 CONVENIO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE DEDUCCIONES DE PLANILLA

MINISTERIO DE HACIENDA TESORERÍA NACIONAL. Fecha: 02 de FEBRERO 2017 CONVENIO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE DEDUCCIONES DE PLANILLA Entre nosotros, la TESORERIA NACIONAL DE COSTA RICA, representado en este acto por la señora MARTHA CUBILLO JIMÉNEZ, mayor, casada una vez, MAG. Administración de Tecnología de la Información, vecina de

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES VIGENCIA DEL PRESENTE INSTRUCTIVO: Este instructivo se refiere a las condiciones vigentes

Más detalles

ACUERDO No. 009 de (27 de Octubre de 2010) POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL PROCESO DE COBRANZA DE LA CARTERA DE CRÉDITOS Y APORTES SOCIALES

ACUERDO No. 009 de (27 de Octubre de 2010) POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL PROCESO DE COBRANZA DE LA CARTERA DE CRÉDITOS Y APORTES SOCIALES ACUERDO No. 009 de 2010 (27 de Octubre de 2010) POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL PROCESO DE COBRANZA DE LA CARTERA DE CRÉDITOS Y APORTES SOCIALES El Consejo de Administración de la Cooperativa Multiactiva

Más detalles

RESOLUCIÓN C.S.N. Nº CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN C.S.N. Nº CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN C.S.N. Nº 017-15 POR LA CUAL SE ESTABLECE Y REGLAMENTA EL REGISTRO E INSCRIPCION NACIONAL DE MIEMBROS PARA EL AÑO SCOUT 2016 El Consejo Scout Nacional, en uso de las atribuciones que le confieren

Más detalles

Lineamientos para la obtención y liquidación de viáticos de la Universidad Tecnológica Regional del Sur

Lineamientos para la obtención y liquidación de viáticos de la Universidad Tecnológica Regional del Sur Lineamientos para la obtención y liquidación de viáticos de la Universidad Tecnológica Regional del Sur El consejo directivo de la Universidad Tecnológica Regional del Sur, con fundamento en lo dispuesto

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE ARANCELES

REGLAMENTO INTERNO DE ARANCELES REGLAMENTO INTERNO DE 1. Aranceles 1.1. Los aranceles están conformados por la matrícula, las cuotas, el derecho a evaluaciones, las convalidaciones, los diferentes certificados solicitados y otros gastos

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN DGT-R Resolución DGT-R San José, a las quince horas del veintitrés de febrero de dos mil once.

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN DGT-R Resolución DGT-R San José, a las quince horas del veintitrés de febrero de dos mil once. DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN DGT-R-006-2011 Resolución DGT-R-006-2011. San José, a las quince horas del veintitrés de febrero de dos mil once. Considerando: I. Que el artículo 99 del Código de Normas

Más detalles

Pague sus Compras en Despegar.com, a seis (6) meses cero por ciento (0%) interés con su Tarjeta de Crédito Promerica

Pague sus Compras en Despegar.com, a seis (6) meses cero por ciento (0%) interés con su Tarjeta de Crédito Promerica Pague sus Compras en Despegar.com, a seis (6) meses cero por ciento (0%) interés con su Tarjeta de Crédito Promerica El presente Reglamento Programa Especial Pague sus Compras en Despegar.com a seis (6)

Más detalles

REGLAMENTO DE PAGO DE DERECHOS ACADÉMICOS ORDINARIOS

REGLAMENTO DE PAGO DE DERECHOS ACADÉMICOS ORDINARIOS REGLAMENTO DE PAGO DE DERECHOS ACADÉMICOS ORDINARIOS I. NORMAS GENERALES Art. 1º.- El pago de derechos académicos ordinarios en la Pontificia Universidad Católica del Perú se efectúa mediante boletas de

Más detalles

REGLAMENTO DEL FONDO DE GARANTÍA DE LA BOLSA NACIONAL DE VALORES S.A. (FOGABONA) 1

REGLAMENTO DEL FONDO DE GARANTÍA DE LA BOLSA NACIONAL DE VALORES S.A. (FOGABONA) 1 REGLAMENTO DEL FONDO DE GARANTÍA DE LA BOLSA NACIONAL DE VALORES S.A. (FOGABONA) 1 Artículo 1: Alcance del Reglamento El Fondo de Garantía de la Bolsa Nacional de Valores (FOGABONA), será administrado

Más detalles

I.- Exposición de Motivos

I.- Exposición de Motivos El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2020, Ordinaria, celebrada el día doce de mayo del dos mil diez, en uso de las atribuciones legales

Más detalles

LATINCOOP COOPERATIVA MULTIACTIVA LATINOAMERICANA LATINCOOP REGLAMENTO DE COBRANZA DE CARTERA DE CREDITO

LATINCOOP COOPERATIVA MULTIACTIVA LATINOAMERICANA LATINCOOP REGLAMENTO DE COBRANZA DE CARTERA DE CREDITO LATINCOOP COOPERATIVA MULTIACTIVA LATINOAMERICANA LATINCOOP REGLAMENTO DE COBRANZA DE CARTERA DE CREDITO INTRODUCCIÓN El Presente Reglamento de cobranza de cartera de crédito contiene las normas complementarias

Más detalles

FEMPHA FONDO DE EMPLEADOS A C U E R DO No (Septiembre 19 de 2006) Por medio del cual se actualiza el Reglamento de Ahorros de FEMPHA

FEMPHA FONDO DE EMPLEADOS A C U E R DO No (Septiembre 19 de 2006) Por medio del cual se actualiza el Reglamento de Ahorros de FEMPHA FEMPHA FONDO DE EMPLEADOS A C U E R DO No. 005-06 (Septiembre 19 de 2006) Por medio del cual se actualiza el Reglamento de Ahorros de FEMPHA LA JUNTA DIRECTIVA DE FEMPHA EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES

Más detalles

REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES PARA INSTITUCIONES EDUCATIVAS PARTICULARES DECRETO SUPREMO Nº ED

REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES PARA INSTITUCIONES EDUCATIVAS PARTICULARES DECRETO SUPREMO Nº ED REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES PARA INSTITUCIONES EDUCATIVAS PARTICULARES DECRETO SUPREMO Nº 004-98-ED Artículo 1.- El presente Reglamento establece las normas y los procedimientos para la aplicación

Más detalles

Objeto de la Beca: La obtención del grado de los estudios técnicos para cuyo propósito se otorgó la beca.

Objeto de la Beca: La obtención del grado de los estudios técnicos para cuyo propósito se otorgó la beca. Becas DISPOSICIONES GENERALES DE LAS BECAS Beca: El financiamiento otorgado por La Fundación Río IBP del Estado de Puebla será a la persona que satisfaga los requisitos y procedimientos establecidos en

Más detalles

CAPÍTULO I OBJETO Y ALCANCE CAPÍTULO II CLASES DE APORTACIONES CAPÍTULO III APORTACIONES AL CAPITAL SOCIAL

CAPÍTULO I OBJETO Y ALCANCE CAPÍTULO II CLASES DE APORTACIONES CAPÍTULO III APORTACIONES AL CAPITAL SOCIAL CONSIDERACIONES REGLAMENTO DE APORTACIONES La Ley General de Sociedades Cooperativas y el D.S. 25703 del 14 de marzo del año 2000, establecen que las Cooperativas de Ahorro y Crédito Cerradas, pueden captar

Más detalles

Guía del Estudiante Carreras para Gente que Trabaja Arequipa

Guía del Estudiante Carreras para Gente que Trabaja Arequipa Guía del Estudiante Carreras para Gente que Trabaja Arequipa A. PASOS PARA TU MATRÍCULA AGOSTO 2018 1. Visita la Guía de Matrícula en Línea, ubicada en el Portal del Estudiante > Información Institucional

Más detalles

ALCANCE N 179 PODER EJECUTIVO DOCUMENTOS VARIOS REGLAMENTOS DECRETOS ACUERDOS N MGP

ALCANCE N 179 PODER EJECUTIVO DOCUMENTOS VARIOS REGLAMENTOS DECRETOS ACUERDOS N MGP Año CXXXIX San José, Costa Rica, viernes 21 de julio del 2017 60 páginas ALCANCE N 179 PODER EJECUTIVO DECRETOS N 40517-MGP ACUERDOS DOCUMENTOS VARIOS REGLAMENTOS Imprenta Nacional La Uruca, San José,

Más detalles

Guía del Estudiante Carreras para Gente que Trabaja Lima Centro

Guía del Estudiante Carreras para Gente que Trabaja Lima Centro Guía del Estudiante Carreras para Gente que Trabaja Lima Centro A. PASOS PARA TU MATRÍCULA MARZO 2018-2 1. Visita la Guía de Matrícula en Línea, ubicada en el Portal del Estudiante > Información Institucional.

Más detalles

REGLAMENTO ADMINISTRATIVO ACADÉMICO División de Estudios Profesionales para Ejecutivos, EPE

REGLAMENTO ADMINISTRATIVO ACADÉMICO División de Estudios Profesionales para Ejecutivos, EPE REGLAMENTO ADMINISTRATIVO ACADÉMICO División de Estudios Profesionales para Ejecutivos, EPE 2012-1 1 1. INTRODUCCIÓN El presente Reglamento Administrativo Académico ha sido aprobado mediante Resolución

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD ARREGLO DE PAGO TABLA DE CONTENIDO

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD ARREGLO DE PAGO TABLA DE CONTENIDO PROCESO DE SOLICITUD ARREGLO DE PAGO 1 PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD ARREGLO DE PAGO Fecha de elaboración: 22 de agosto, 2014 Fecha de la última actualización: 02 de mayo, 2016 Versión: 02 Nombre del Documento:

Más detalles

CONDICIONES DE CRÉDITO

CONDICIONES DE CRÉDITO CONDICIONES DE CRÉDITO El Crédito es una operación financiera mediante la cual ACRESA presta dinero a un usuario financiero, quien deberá devolverlo más los intereses en el plazo y forma de pago establecido

Más detalles

REGLAMENTO DE LA RESERVA BIENESTA SOCIAL. Fecha Última Revisión sin modificaciones 09 de agosto de Revisado por: Comité Educación

REGLAMENTO DE LA RESERVA BIENESTA SOCIAL. Fecha Última Revisión sin modificaciones 09 de agosto de Revisado por: Comité Educación TABLA DE CONTENIDO GENERALIDADES 2 FUNDAMENTO LEGAL 2 ÁMBITO DE APLICACIÓN 2 OBJETIVO 2 DEFINICIONES 3 ARTÍCULO 1: PRESUPUESTO 3 ARTICULO 2: DISTRIBUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE LA RESERVA DE BIENESTAR SOCIAL

Más detalles

REGLAMENTO DE PENSIONES Y DE CREDITO EDUCATIVO

REGLAMENTO DE PENSIONES Y DE CREDITO EDUCATIVO REGLAMENTO DE PENSIONES Y DE CREDITO EDUCATIVO 1 PROGRAMA DE FORMACION REGULAR CAPITULO I: DEL CONTENIDO Y ALCANCES Art. 1: El presente reglamento, establece las condiciones generales, los términos y disposiciones

Más detalles

2.1. El desembolso se realiza según las condiciones pactadas con el CLIENTE y podrá efectuarse a través de alguno de los siguientes medios:

2.1. El desembolso se realiza según las condiciones pactadas con el CLIENTE y podrá efectuarse a través de alguno de los siguientes medios: El presente Reglamento tiene como finalidad dar a conocer las condiciones bajo las cuales opera el Crédito de Libranza, establecidas por el Banco GNB Sudameris S.A. en su calidad de ENTIDAD OPERADORA (en

Más detalles

Reglamento Programa de Beneficio Económico Educativo

Reglamento Programa de Beneficio Económico Educativo Reglamento Programa de Beneficio Económico Educativo Artículo 1: Objetivo del Programa El objetivo del programa es brindar apoyo económico para los hijos de los asociados, a fin de incentivarlos a mantener

Más detalles

Aprobado Mediante Acuerdo COMERI/1ª SO/03/2011, por el H. Comité de Mejora Regulatoria Interna en su 1ª Sesión Ordinaria Celebrada el 19 de abril del

Aprobado Mediante Acuerdo COMERI/1ª SO/03/2011, por el H. Comité de Mejora Regulatoria Interna en su 1ª Sesión Ordinaria Celebrada el 19 de abril del Aprobado Mediante Acuerdo COMERI/1ª SO/03/2011, por el H. Comité de Mejora Regulatoria Interna en su 1ª Sesión 1ª Versión Aprobada Mediante Acuerdo COMERI/2ªSE/03/2010, por el H. Comité de Mejora Regulatoria

Más detalles

REGLAMENTO DE AHORROS

REGLAMENTO DE AHORROS ASOCIACION SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE LA IMPORTADORA MONGE S.A. Y AFINES REGLAMENTO DE AHORROS CAPITULO I PRINCIPIOS GENERALES Y DEFINICIONES TERMINOLOGICAS Articulo 1, Finalidad del Reglamento La finalidad

Más detalles

CAPÍTULO I Disposición general

CAPÍTULO I Disposición general CONSEJO UNI VERSI TARI O REGLAMENTO DE LAS CAUCIONES QUE DEBEN RENDIR LOS FUNCIONARIOS DE LA UNIVERSIDAD ENCARGADOS DE RECAUDAR, CUSTODIAR O ADMINISTRAR FONDOS PÚBLICOS DE EFECTIVO, VALORES O SUS EQUIVALENTES.

Más detalles

Guía del Estudiante Pregrado Lima Norte

Guía del Estudiante Pregrado Lima Norte Guía del Estudiante Pregrado Lima Norte A. PASOS PARA TU MATRÍCULA 2018 CICLO 2 - AGOSTO 1. Visita la Guía de Matrícula en Línea, ubicada en el Portal del Estudiante > Información Institucional. 2. Realiza

Más detalles

POSIBLE CONFLICTO DE INTERÉS SI NO OBSERVACIONES

POSIBLE CONFLICTO DE INTERÉS SI NO OBSERVACIONES Página 1 de 6 SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN EN EL SISTEMA DE NORMALIZACIÓN PARA LA CERTIFICACIÓN COMPECER No Solicitud: de (1) Fecha: (2) dd/mm/aaaa Tipo de servicio solicitado: Certificación Inicial Renovación

Más detalles

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL REGLAMENTO PARA LAS INVERSIONES TRANSITORIAS REALIZADAS POR EL INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL CAPÍTULO I De las disposiciones generales CAPÍTULO II De los responsables

Más detalles

c. Gerencia: Gerencia General de la Bolsa Nacional Valores, S. A.

c. Gerencia: Gerencia General de la Bolsa Nacional Valores, S. A. REGLAMENTO SOBRE CREADORES DE MERCADO 1 Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1. Objeto: Las disposiciones de este reglamento tienen por objeto regular el proceso de inscripción de los Creadores

Más detalles

República de Panamá Superintendencia de Bancos

República de Panamá Superintendencia de Bancos República de Panamá Superintendencia de Bancos ACUERDO No. 004-2014 1 (de 8 de julio de 2014) Por el cual se actualizan los criterios aplicables para la imposición de sanciones por mora en la presentación

Más detalles

Pague sus Compras en Despegar.com, hasta diez (10) meses cero por ciento (0%) de interés con su Tarjeta de Crédito Promerica

Pague sus Compras en Despegar.com, hasta diez (10) meses cero por ciento (0%) de interés con su Tarjeta de Crédito Promerica Pague sus Compras en Despegar.com, hasta diez (10) meses cero por ciento (0%) de interés con su Tarjeta de Crédito Promerica El presente reglamento Pague sus Compras en Despegar.com, hasta diez (10) meses

Más detalles