CAPITULO IV CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
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- Lucía Mora Iglesias
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1 CAPITULO IV CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 128
2 CAPITULO IV 4.0 Conclusiones y Recomendaciones 4.1 Conclusiones de las entrevistas al Consejo Nacional de Publicidad (CNP) El CNP fomenta el desarrollo de la Industria Publicitaria en El Salvador y es el responsable de la creación del Código de Ética Publicitaria, el cual debe ser cumplido por quienes participan en Actividades Publicitarias. Se conoció que existe por parte del CNP un sistema de control sobre el cumplimiento del Código de Ética Publicitaria de El Salvador, el cual es la Comisión Permanente de Ética que se encarga de resolver, estudiar e informar al CNP sobre los casos de presunto incumplimiento del Código, ellos pueden actuar por propia iniciativa o por alguna denuncia hecha en el CNP, también se incluye las quejas presentadas en la Dirección de Protección al Consumidor (DPC) en cuanto a materia publicitaria siempre y cuando esta entidad lo solicite. Las denuncias hechas en el CNP pueden ser presentadas por miembros pertenecientes a las gremiales que conforman el CNP, personas naturales u otras instituciones; estas denuncias pueden hacerse de 2 maneras: 129
3 Las personas naturales u otras instituciones presentan por escrito la denuncia. Las agremiadas deben llenar un formulario, presentando el original y copia acompañado del anuncio pautado, especificando el Medio Publicitario, expresando las supuestas violaciones que se atribuyen, agregando pruebas necesarias que sustenten la denuncia. Estas denuncias son tratadas confidencialmente por la Comisión Permanente de Ética únicamente podrán ser comentados en casos didácticos. Los casos mencionados por los miembros del consejo, entrevistados quienes omitieron marcas específicas fueron: el caso de Condones Vive el cuál fue denunciado y sacado del aire; y el caso de camas Indufoam en donde el CNP resolvió sacarlo del aire y a la ves fue multado económicamente por la DPC. El CNP tiene relación con todas las Agencias, Anunciantes y Medios estén agremiados o no, el Código de Ética Publicitaria es aplicada por todos ya que la autorregulación es un beneficio para todos. 130
4 4.2 Conclusiones de las entrevistas de los Participantes del Quehacer Publicitario de El Salvador (ANAES, AMPS, ASAP). Los diferentes miembros del que hacer publicitario tanto Anunciantes, Agencias, como Medios dicen aplicar la responsabilidad social siendo honestos, éticos, veraces, enfocándose en los valores y velando siempre por la calidad de la información que se le hace llegar a la audiencia. Todos coinciden en que la autorregulación publicitaria se cumple en El Salvador y que se cumplen con la normativa del Código, sin embargo esto no necesariamente quiere decir que la responsabilidad social sea la motivación para cumplir dicho código, la motivación en la mayoría de los casos viene de la necesidad de evitar problemas mayores con la industria, que como efecto perjudican la imagen de la marca, de la Agencia o del Medio según sea el caso. En caso de haber algún hecho de incumplimiento al Código, el CNP es quién se encarga de tratar con cada uno de los implicados, mediar entre ellos y finalmente emitir un fallo en caso de ser necesario. 131
5 4.3 Conclusiones de la entrevista a la Dirección de Protección al Consumidor (DPC) La DPC tiene como principal función velar por los derechos del consumidor, tiene como base legal la Ley de Protección al Consumidor y su reglamento de aplicación. La relación de la DPC y el CNP es de mutuo apoyo, en los temas relacionados con la Publicidad, sin embargo la opinión del CNP no es vinculante a la hora de emitir un fallo. La DPC prohíbe la inclusión de cualquier dato falso en la Publicidad de productos o servicios, que pueda inducir al engaño con relación al origen, calidad, cantidad, contenido, precio y garantía. En caso de que se violen los derechos del consumidor en materia publicitaria, la DPC realiza la investigación necesaria para constatar la denuncia y solicita la opinión del CNP para corroborarla y actúa según la Ley de Protección del Consumidor de El Salvador. 132
6 4.4 Conclusiones de la encuesta al Público General En general el público salvadoreño no cree en el contenido de los mensajes publicitarios trasmitidos en los diferentes medios y tampoco conoce si la Publicidad en El Salvador es regulada o como se regula, la Publicidad. El Público opina que en el campo publicitario salvadoreño, no se existe la CONCIENCIA SOCIAL debido a que la mayoría de anuncios son engañosos, irresponsables y solo buscan vender. A pesar de esto la mayoría del público no considera que un Anuncio Publicitario los haya ofendido directamente. La mayoría de las denuncias que recibe el CNP son aquellos relacionado con la competencia de marcas, las denuncias relacionados a otros temas son muy pocas, probablemente debido a que el público no conoce como se regula la Publicidad en El Salvador, por lo tanto no sabe que puede presentar una denunciar, donde puede hacerlo, en que casos puede hacerlo, ni como debe hacerlo. 133
7 4.5 Conclusiones Generales En El Salvador el Consejo Nacional de la Publicidad, es el encargado de fomentar el desarrollo y bienestar de la Industria Publicitaria a través de un Código de Ética Publicitaria.El Comité Permanente de Ética es el encargado de controlar el cumplimiento del Código de Ética. El Consejo Nacional de la Publicidad esta conformando por miembros de ASAP, ANAES, AMPS quienes aseguran estar concientes de la importancia de aplicar el CODIGO con conciencia social asegurando así el bienestar de la población. El público general considera que prevalece el interés económico ante la responsabilidad social y cualquier otro tipo de interés. El público opina que los Anuncios Publicitarios en El Salvador carecen de credibilidad, sin embargo también dijo dejarse influenciar por estos mismos, lo que resulta realmente curioso y contradictorio. La DPC es la entidad gubernamental responsable de velar por la protección de los derechos del consumidor, tiene como base legal la Ley de Protección al Consumidor y su reglamento de aplicación, en los temas relacionados con la Publicidad la DPC y el CNP se relacionan apoyándose mutuamente el la investigación de los casos. 134
8 En el ámbito publicitario supuestamente todo funciona de maravilla, ahora, llama la atención el hecho que durante el proceso de investigación se pudo observar cierto hermetismo en el manejo de la información por parte de los participantes del quehacer publicitario y principalmente de los miembros del CNP, quienes enviaron una circular a los miembros de ANAES sugiriendo como contestar la guía de entrevista que se presento (ver anexo no.14), además del temor que se observó en algunos entrevistados a hablar de mas o comprometerse con sus respuestas. En conclusión en El Salvador la Industria Publicitaria funciona bien según los diferentes integrantes de la misma; el público acepta mensajes a que es expuesto, no quiere decir esto que esté de acuerdo o conforme con ellos. Que se cumpla la autorregulación publicitaria en El Salvador no quiere decir que las empresas estén concientes de la responsabilidad social que recae en ellas a la hora de anunciar, crear un anuncio o publicarlo en los medios masivos. 135
9 4.6 Recomendaciones Como resultado de esta investigación se le recomienda al CNP: Actualizar el Código de Ética Publicitaria. Definir que tipo de relación habrá con la Dirección de Protección al Consumidor en cuanto a regulación de Publicidad Engañosa. Dar a conocer al CNP como ente regulador de la Publicidad en El Salvador, sus funciones y sobre todo el Código de Ética Publicitaria y su Aplicación tanto a los mismos participantes de la Industria Publicitaria, como al publico general, periódicamente. Promover el compromiso de responsabilidad social y la importancia de esta en cada una de las entidades ya mencionadas y en cada uno de sus miembros. Dar a conocer al público como se regula la publicidad. Crear mecanismos de denuncia para incentivar este hábito en el público y así contribuir a la publicidad responsable. 136
10 Proponer al Ministerio de Educación incluir dentro del programa educativo de las universidades el tema de responsabilidad social en la publicidad. 137
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