1.- Verificar la correcta administración y aplicación de los recursos asignados.
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- Nicolás Rey Sosa
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1 LINEAMIENTOS PARA EL SEGUIMIENTO, REVISIÓN Y COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS FINANCIEROS OTORGADOS A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL DE LAS ESCUELAS NORMALES PÚBLICAS (PROMIN) El presente documento establece los criterios para el seguimiento, revisión y comprobación de los recursos otorgados a través del Programa de Mejoramiento Institucional de las Escuelas Normales Públicas (PROMIN o Programa). Se elaboró con base en las Reglas de Operación del Programa de Mejoramiento Institucional de las Escuelas Normales Públicas (en lo sucesivo las Reglas de Operación) y las Orientaciones Generales que deben cumplirse en la ministración, ejercicio y comprobación del gasto asignado a la operación del Plan Estatal de Fortalecimiento de la Educación Normal (PEFEN). En términos de las Reglas de Operación, la coordinación de las acciones del Programa estará a cargo de la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación (en lo sucesivo DGESPE) y a esta instancia le corresponde definir las bases para la planeación, operación, supervisión, seguimiento y evaluación del Programa. LINEAMIENTOS Las Autoridades Educativas Locales (Secretarías de Educación Estatal o Institución equivalente), en lo sucesivo las AEL; la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal (AFSEDF) y las Coordinaciones Estatales del PEFEN son las instancias responsables de: 1.- Verificar la correcta administración y aplicación de los recursos asignados. 2.- Administrar y aplicar los recursos que la Secretaría de Educación Pública (SEP) autorice, única y exclusivamente para el desarrollo del PROMIN. 3.- Supervisar que los recursos se destinen para los fines previstos en las Reglas de Operación y que, en el ejercicio de dichos recursos, se atienda lo establecido en dichas Reglas, en los correspondientes Convenios de Coordinación o Lineamientos Internos de Coordinación y en los Convenios o Lineamientos de Desempeño Institucional, y en las demás disposiciones jurídicas aplicables para el ejercicio del gasto de recursos federales. 4.- Reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos del Programa en caso de que se detecten desviaciones en la aplicación de los mismos durante la ejecución de los proyectos, y/o que no se ejerzan de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables. 5.-Además, las AEL, la AFSEDF y las Escuelas Normales Públicas, tienen las siguientes obligaciones: a).- Rendir los informes trimestrales y presentar los avances técnicos de las metas, así como el reporte final del ejercicio de los recursos recibidos. 1
2 b).- Brindar facilidades a la SEP, a través de la DGESPE, a fin de que se verifiquen los avances en la instrumentación del ProGEN, los ProFEN y los proyectos asociados en el marco del PEFEN financiados con recursos del Programa. 6.- En lo que corresponde a la documentación comprobatoria las Escuelas Normales Públicas y las Coordinaciones Estatales conformarán expedientes que deberán cumplir como mínimo con lo siguiente: Se integrará un archivo con la documentación justificativa y comprobatoria de los recursos ejercidos con cargo al PEFEN. Los documentos integrados al expediente deberán ser originales y estarán validados por el coordinador estatal del Programa. La documentación comprobatoria deberá cumplir con los requisitos establecidos en las leyes fiscales en vigor y demás ordenamientos legales aplicables. Los bienes que adquieran deberán ser inventariados; el número de inventario se consignará en el expediente respectivo. La aplicación de los recursos y su comprobación es responsabilidad de las AEL y la AFSEDF. 7.- Los apoyos podrán ser suspendidos o cancelados derivado del seguimiento al desarrollo del Programa y al uso transparente y eficaz de los recursos. La SEP, las AEL y la AFSEDF, en su caso, podrán emitir las recomendaciones procedentes cuando se detecte el incumplimiento de los compromisos mencionados, de igual forma, si ocurren las siguientes situaciones: a) Cuando exista incumplimiento en la entrega oportuna de los informes trimestrales y los avances técnicos de las metas, así como reportes del cierre de ejercicio de recursos, b) Se detecten desviaciones en la ejecución de los proyectos integrales y objetivos particulares autorizados y/o en la aplicación de los recursos correspondientes, c) No se ejerzan los presupuestos de conformidad con las disposiciones aplicables y, d) No se proporcione la información requerida por las diferentes instancias involucradas, en relación con el desarrollo del PEFEN. En este último supuesto, se requerirá a la Escuela Normal Pública, o a la Institución Pública de Educación Superior, para que en un término de 15 días hábiles rinda un informe pormenorizado que justifique las razones de su incumplimiento, anexando la documentación que lo soporte y la DGESPE resolverá al respecto. 8.- Las instancias ejecutoras así como los beneficiarios del Programa, están obligados a reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados, en términos de lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. 2
3 9- La instancia que al cierre del ejercicio fiscal conserve recursos deberá reintegrarlos a la Tesorería de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54, tercer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Asimismo, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación, los recursos de este Programa que no se devengaron en tiempo y forma Deberán reintegrarse en su totalidad a la Tesorería de la Federación los intereses y/o rendimientos generados en cuentas productivas abiertas para el manejo de los recursos autorizados para el PEFEN, 11.- Las AEL y la AFSEDF, a través de sus Órganos Internos de Control (OIC s) verificarán que, para cada una de las obras de infraestructura terminadas con el presupuesto del PROMIN, se elabore un acta de entrega-recepción. El acta de entrega-recepción formará parte del expediente del PROMIN y constituye la prueba documental que certifica su existencia Los recursos transferidos a las Entidades Federativas a través del PROMIN son subsidios y por lo tanto mantienen su naturaleza de recursos públicos federales para efectos de su fiscalización y transparencia; por lo tanto, son objeto de seguimiento, control y auditoría de la Secretaría de la Función Pública (SFP) o la instancia correspondiente que para tal efecto se determine, a través del Órgano Interno de Control (OIC) en la SEP Las AEL, la AFSEDF y las Escuelas Normales Públicas seleccionadas están obligadas a conservar la documentación original comprobatoria de los recursos ejercidos del programa por 5 años en términos de la normatividad fiscal federal y quedará a disposición de los Órganos Estatales o Federales facultados para la fiscalización y/o inspección del ejercicio de los recursos, en las Coordinaciones Estatales del Programa y en las Escuelas Normales Públicas En apego a las Reglas de Operación los recursos autorizados no se podrán destinar para: a) Pago de sueldos, sobresueldos, estímulos o compensaciones al personal académico y administrativo contratado por la Escuela Normal, por la Secretaría de Educación Estatal o su equivalente y, por la SEP, b) Contratación de personal académico, técnico y de apoyo para incorporarse a la Escuela Normal, sin excepción, c) Desarrollo de cursos, talleres y demás actividades de carácter motivacional o cualquier otra ajena a los enfoques, propósitos y contenidos de los planes y programas de estudio de las licenciaturas en educación normal, d) Financiamiento de clubes, festivales, eventos sociales, deportivos, culturales y artísticos, e) Entrega de reconocimientos especiales y cualquier tipo de obsequios a personal interno o externo sin excepción, f) Adquisición de vehículos, 3
4 g) Pagos de inscripciones y colegiaturas para estudios de educación superior de programas que no pertenecen al Padrón Nacional de Posgrado (PNP) y, h) Otros fines distintos a los establecidos en las Reglas de Operación Otros gastos no financiables son: a) Gastos de energía eléctrica y teléfonos, b) Combustibles y lubricantes para la operación regular que ofrecen, c) Viáticos para la operación regular que ofrecen, d) Agua potable, e) Vestuario, blancos, prendas de protección personal y artículos deportivos, f) Fletes y maniobras, g) Seguros de bienes patrimoniales y/o personales, h) Servicios de vigilancia, i) Cualquier tipo de cargo con concepto de impuestos y/o derechos, j) Comisiones y/o gastos por manejo de cuentas bancarias, k) Adquisición de vehículos y equipo de transporte y l) Gastos de representación Los Gobiernos Estatales a través de las AEL y la AFSEDF, deberán proporcionar a la SEP toda la información concerniente a los reportes trimestrales del Programa durante los 10 primeros días hábiles siguientes a la conclusión del trimestre respectivo; en el caso del cierre del ejercicio deberá ser entregado dentro de los tres meses siguientes a la conclusión del ciclo escolar conforme a las Reglas de Operación. COMPROBACIÓN: Se mantendrá una supervisión constante en la entrega de reportes por parte de las AEL y la AFSEDF. Cuando exista retraso en la entrega de la información por un periodo de 5 días hábiles después de la fecha compromiso, la DGESPE requerirá por escrito para que en un plazo de 15 días naturales se rinda un informe pormenorizado que justifique las razones de su incumplimiento, solicitando al mismo tiempo los reportes pendientes. En la revisión del ejercicio y comprobación del gasto, la DGESPE considerará las partidas más importantes o significativas, de tal manera que se pueda validar de forma razonable si los recursos están siendo erogados exclusivamente para los fines previstos dentro de 4
5 los rubros establecidos en los convenios, en estricto cumplimiento a las reglas de operación y a la demás normatividad aplicable. Documentos base para la revisión del ejercicio y comprobación: 1. Convenio de Coordinación con cada Entidad Federativa, incluyendo el Anexo A de dicho Convenio. 2. Anexo de ejecución. 3. Reporte de los montos transferidos a las Entidades Federativas, a través de las cuentas por liquidar certificadas (CLC). PROCEDIMIENTOS: La comprobación se realizará a través del formato Relación de Comprobantes del Presupuesto Ejercido PROGEN y/o PROFEN que son entregados a la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación de la SEP, Al formato se anexará copia de la documentación comprobatoria de los gastos. Con base en el formato y la documentación comprobatoria, la DGESPE realizará las siguientes actividades: a) Verificará las partidas más importantes o significativas de la comprobación del gasto reportado, b) Comprobará los importes por concepto de gasto, c) Revisará aleatoriamente que la documentación seleccionada cumpla con los requisitos normativos, d) Integrará la información en el cuadro resumen Distribución de Recursos Asignados al PEFEN, e) Cuando de la revisión se detecten gastos no autorizados o no financiables, se solicitará por escrito a la Coordinación Estatal y a las Escuelas Normales, las aclaraciones correspondientes y/o en su caso, el reintegro de los recursos, f) Realizará selectivamente la inspección física del mobiliario y equipo, g) Realizará selectivamente la inspección física de los acervos y material didáctico, h) Realizará selectivamente inspección física de obra pública, i) Requerirá los oficios de liberación que emiten las AEL a las Escuelas Normales, j) Obtendrá las actas de entrega-recepción de las obras de infraestructura realizadas y, 5
6 k) Emitirá el oficio de liberación a cada Entidad Federativa cuando se acredite la conclusión del 100% de las obras públicas y acciones comprometidas en los convenios y se demuestre la aplicación correcta de los recursos. Será responsabilidad de las AEL y la AFSEDF, la revisión de la documentación comprobatoria, asegurando que cumpla como mínimo con los siguientes aspectos: a) Nombre, denominación o razón social y domicilio fiscal del proveedor, b) Lugar y fecha de expedición, la fecha de los comprobantes necesariamente deberá corresponder al periodo reportado, c) A favor de quien se expide: nombre y R.F.C. de la escuela normal y/o beneficiario, d) Descripción del servicio y/o mercancía (s) adquirida (s), e) Subtotal, IVA desglosado (de acuerdo a la zona que pertenezca) y total, f) Cédula fiscal del proveedor (impresa), g) Que sea una factura vigente, h) Verificar que se realicen las retenciones de I.S.R o I.V.A., en caso de que les aplique, i) Las facturas por la compra de mobiliario y equipo deberán tener sello de entrada al almacén y número de inventario, j) Las facturas por la compra de libros y material didáctico deberán tener sello de entrada y registro del acervo bibliográfico. La responsabilidad del ejercicio y comprobación del gasto es exclusiva de las AEL, la AFSEDF y la Coordinación Estatal del PEFEN. La supervisión que corresponde a la DGESPE será selectiva y con base en los rubros más representativos o importantes, para validar de manera razonable si los recursos están siendo erogados para los fines previstos dentro de los rubros establecidos en los convenios. La copia de la documentación que se entreguen a la DGESPE deberá: 1.- Ser legible, en caso contrario, no se aceptará dentro de la comprobación, 2.- Estar validada mediante rúbrica y sello por: a) El responsable del proyecto y, b) La Coordinadora Estatal. 3.- Que se tenga acta de entrega-recepción en el caso de obra. 6
7 Al Formato Relación de Comprobantes del Presupuesto Ejercido PROGEN y/o PROFEN que son entregados a la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación de la SEP, se agregará la siguiente leyenda: Se hace constar que los gastos reportados en la presente relación corresponden a los efectivamente erogados y se realizaron conforme a las Reglas de Operación, el Convenio de Coordinación celebrado, las Orientaciones Generales y demás disposiciones legales aplicables. Asimismo, la Coordinación Estatal verificó y validó que los mismos se efectuaran de conformidad con los proyectos, objetivos y montos autorizados. Deberá entregarse firmado y sellado por los responsables del programa. 7
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