MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

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1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Dirección General de Despacho y Legislación BOLETIN OFICIAL Nº da. Quincena de mayo de Publicado, el día 27 de junio de 2014.

2 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION BOLETIIN OFIICIIAL Nº AUTORIDADES MUNICIPALES 2da. Quincena de mayo de 2014 INTENDENTE MUNICIPAL: Secretario General de Gobierno y Administración Subsecretario General de Gobierno Secretario de Hacienda Subsecretario General de Inspecciones y Registros Urbanos y Tránsito Secretario a Cargo de la Unidad de Gestión Municipal de Boulogne, Villa Adelina, La Horqueta y Santa Rita Secretario de Niñez, Adolescencia y Familia Secretario de Salud Pública Secretario de Obras Públicas Secretario de Producción, Turismo y Medio Ambiente Secretario Privado Secretario de Integración Comunitaria DR. ANGEL GUSTAVO POSSE Dr. Ricardo J. M. RIVAS Dr. Martín Vazquez POL Cdor. Juan José MILETTA Dr. Walter F. PEREZ Ing. Bernardo LANDIVAR Dr. Gustavo César HIRSCH Dr. Eduardo C. A. PRADO Ing. Federico José GARCIA Dr. Carlos PRASSEL Sr. Juan Carlos CANAL Lic. Arturo Isaac FLIER CONTENIDO DE ESTE NUMERO ORDENANZAS: 8755 y 8757 al 8759 página 4 al 52 DECRETOS: 1305 al 1486 página 53 al 361 RESOLUCIONES SG-S.I.R.U. y T. (Inspección General): 306 al 337 página 362 al 366 RESOLUCIONES SG-S.I.R.U. y T. (Tránsito): 218 al 251 página 367 al 371 RESOLUCIONES G.S.I.R.U. y T. (Obras Particulares): 55 al 59 página 372 RESOLUCIONES S.G.G. y A. (Rentas): 10 al 11 página 373 RESOLUCIONES S.I.C.: RESOLUCIONES DE PERSONAL: 298 al 351 página 374 al 379 RESOLUCIONES DE SALUD PUBLICA: 411 al 491 página 380 al 387

3 DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION INDICE TEMATICO ORDENANZA Nº 8755: CONVALIDACIONES - Jockey Club A.C., Asociación Gremial de Profesionales del Turf y la Sociedad Gremial de Vareadores. ORDENANZA Nº 8757: -PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 830- (del 30 de mayo de 2014) ORDENANZA Nº 8758: -PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 835- ORDENANZA Nº 8759: (del 24 de junio de 2014) CONVALIDACIONES - Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA) DECRETO Nº : -PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 827- (del 22 de mayo de 2014) DECRETO Nº : -PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 829- (del 28 de mayo de 2014) DECRETO Nº : -PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 831- (del 2 de junio de 2014) RESOLUCION Nº 10-14: -PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 828- (del 26 de mayo de 2014) Página 4 a Página 8 a

4 Honorable Concejo Deliberante de San Isidro Ref.: Expte. Nº G SAN ISIDRO, 07 de mayo de PROMULGADA POR DTO Nº 1309 Del 16 de mayo de Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su CUARTA REUNION TER- CERA SESION ORDINARIA de fecha 07 de mayo de 2014, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8755 cuyo texto transcribo a continuación: ORDENANZA Nº 8755 CONVALIDACIONES Jockey Club A.C., Asociación Gremial de Profesionales del Turf y la Sociedad Gremial de Vareadores ARTICULO 1º.- Convalídase la firma del Convenio Marco de Cooperación Institucional celebrado entre la Municipalidad de San Isidro, el Jockey Club A.C., la Asociación Gremial de Profesionales del Turf y la Sociedad Gremial de Vareadores, para fomentar la cooperación y complementación entre las partes en materia de arte y oficios de la industria del turf en el Partido de San Isidro, coordinando e integrando la iniciativa de sus competencias institucionales, contribuyendo al fortalecimiento de la gestión.- ARTICULO 2 º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.- p.b. Sirva la presente de atenta nota de envío.- GABRIEL F. ESTORONI Secretario Honorable Concejo Deliberante San Isidro CARLOS A. CASTELLANO Presidente Honorable Concejo Deliberante San Isidro

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8 Honorable Concejo Deliberante de San Isidro Ref.: Expte. Nº Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D SAN ISIDRO, 21 de mayo de PROMULGADA POR DTO Nº 1409 Del 27 de mayo de Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su QUINTA REUNION CUARTA SESION ORDINARIA de fecha 21 de mayo de 2014, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8759 cuyo texto transcribo a continuación: ORDENANZA Nº 8759 CONVALIDACIONES Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA) ARTICULO 1º.- Convalídase el Convenio Marco celebrado entre la Municipalidad de San Isidro y la empresa Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA), en virtud de llevar adelante todas las acciones necesarias para la ejecución de las obras consistentes en la expansión de redes de agua, en el marco del PLAN AySA AGUA MAS TRABAJO, en las áreas mencionadas en plano adjunto y cuyo texto pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza.- ARTICULO 2 º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.- p.b. Sirva la presente de atenta nota de envío.- GABRIEL F. ESTORONI Secretario Honorable Concejo Deliberante San Isidro CARLOS A. CASTELLANO Presidente Honorable Concejo Deliberante San Isidro

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53 Ref. Expte. 213-D SAN ISIDRO, 16 de mayo de 2014 DECRETO NUMERO: VISTO el informe que antecede emitido por la Secretaría de Salud Pública, obrante a fojas 1 y 2 y las necesidades emergentes planteadas por el Departamento Ejecutivo, todas modificatorias de la Ordenanza 8744, Presupuesto General de Gastos para el ejercicio 2014; y Considerando: QUE en virtud de ello, se deberá realizar el correspondiente acto administrativo ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante, a fines de modificar los cambios presupuestados, que a continuación se detallan,; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Modificase a partir del 1º de enero de 2014 en el artículo 24º *************** Remuneraciones básicas de la Ordenanza General de Presupuesto 8744, el inciso b), Personal Jornalizado, el cual quedará redactado de la siguiente manera: 1) Guardia Médica (guardia 24 hs - día semana) 1755 módulos 2) Guardia Médica (guardia 24 hs - sábado-domingo) 1926 módulos 3) Guardia Anestesistas - 24 hs, día de semana 5684 módulos - 24 hs, día sábado 6212 módulos - 24 hs. día domingo 6742 módulos 4) Guardia Médica terapista ( guardia 24 hs - día semana) 2062 módulos Guardia Médica terapista (guardia 24 hs fin semana) 2293 módulos 5) Guardia Médica Neonatología ( guardia 24 hs - día semana) 2062 módulos Guardia Médica Neonatología (guardia 24 hs- fin semana) 2293 módulos 6) Guardia Técnica (guardia 24 hs.) 617 módulos

54 Ref. Expte. 213-D // En circunstancias excepcionales, sea por estacionalidad u otros motivos debidamente justificados, el Departamento Ejecutivo podrá otorgar una bonificación de hasta 275 módulos, a los profesionales reemplazantes de Guardia en todos los Centros de Salud Municipales. El otorgamiento de dicha bonificación se concretará previa solicitud de la Secretaría de Salud Pública en la que se fundamenten las circunstancias descriptas precedentemente.- ARTICULO 2º.- Modificase a partir del 1º de enero de 2014 en el artículo 24º *************** Remuneraciones básicas de la Ordenanza General de Presupuesto 8744, el inciso f), Residencias Médicas, el cual quedará redactado de la siguiente manera: RESIDENTE 1º - SOLTERO- RESIDENTE 1º - CASADO RESIDENTE 2º - SOLTERO- RESIDENTE 2º - CASADO- RESIDENTE 3º - SOLTERO- RESIDENTE 3º - CASADO- RESIDENTE 4º - SOLTERO- RESIDENTE 4º - CASADO módulos 6164 módulos 6262 módulos 6405 módulos 6502 módulos 6647 módulos 6647 módulos 6790 módulos JEFE DE RESIDENTES - SOLTERO- JEFE DE RESIDENTES - CASADO módulos 7367 módulos Se incluirá en su retribución el Artículo 22º de la Presente Ordenanza Presupuestaria con un valor de 330 módulos.- ARTICULO 3º.- Modificase a partir del 1º de enero de 2014, el artículo 17º **************** Bonificación Personal Superior y Jerárquico de la Ordenanza General de Presupuesto 8744, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

55 Ref. Expte. 213-D /// Desde el Secretario hasta Director, percibirán el dieciocho por ciento (18%) del sueldo básico, y Subdirector a Jefe de Departamento hasta el cuarenta y seis (46%). Esta Bonificación será percibida en la medida en que el agente cumpla efectivamente función jerárquica; Esta bonificación alcanzará también a los casos incluidos en el artículo 16º inciso d) apartado 1), 2), 3), 4) y 20), 21) de la Ordenanza 8744; El personal que revista en el cargo de Subsecretario y el Contador General Municipal podrá percibir además, a criterio del Departamento Ejecutivo, una bonificación cuyo máximo no podrá ser superior a la diferencia existente entre su sueldo básico y el sueldo básico del cargo de Secretario.- ARTICULO 4º.- Modificase a partir del 1º de enero de 2014, el artículo 18º Otra ************** bonificaciones por Función agregando como último el párrafo siguiente: Establécese una compensación especial en concepto de refrigerio, para el personal que reviste entre las categorías 6 y 12 y que cumplen funciones en la Dirección de Verificación Parque Automotor, de hasta treinta (30) módulos diarios, cuando desarrollen tareas fuera de su horario habitual.- ARTICULO 5º.- Modificase a partir del 1º de enero de 2014, el artículo 24º *************** Remuneraciones Básicas Planta Temporaria apartado a) inciso 4), de la Ordenanza 8744, en lo referente a las cifras de remuneración correspondientes a las categorías equivalentes de los agrupamientos que se detallan a continuación, debiendo figurar las siguientes: Agrupamiento Jerárquico: hs 19102, , , ,64 Agrupamiento Administrativo: Categoría Reg.Horario Clase A Clase B Clase C Clase D hs Agrupamiento Técnico: hs

56 Ref. Expte. 213-D //// ARTICULO 5º.- Modifícase el artículo 24º inciso h) Personal Destajista apartado *************** Personal de paseo de bicicletas Acassuso 200 módulos (por jornada trabajada).- ARTICULO 6º.- El presente decreto se dicta Ad-Referendum del Honorable *************** Concejo Deliberante, teniendo vigencia a partir del 1º de enero del corriente año- ARTICULO 7º.- Regístrese. Comuníquese, y publicase.- DESPACHO Y LEGISLACION EC Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas

57 Ref. Expte Nº213-D SAN ISIDRO, 16 de mayo de 2014 DECRETO NUMERO: VISTO los informes que anteceden emitidos por la Secretaría de Salud Pública y las necesidades emergentes planteadas por el Departamento Ejecutivo, todas modificatorias de la Ordenanza General Presupuesto para el corriente año número 8744; y Considerando: QUE en virtud de ello, se deberá realizar el correspondiente acto administrativo ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante, a fines de modificar los cambios presupuestados, que a continuación se detallan; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Modificase a partir del 1º de enero de 2014 la Ordenanza 8744, *************** incorporando en su el artículo 16º Inciso c) Bonificación por función Salud Pública - agregando los apartados 3) bis y 7 bis: 3 bis) - Personal de Enfermería Turno Noche: 55% del sueldo básico.- 7 bis) - Supervisor/a Licenciado/a en Enfermería: 20% del sueldo básico.- ARTICULO 2º.- Incorpórase al artículo 27º - Otras Bonificaciones Capítulo III *************** Profesionales de la Salud a partir del 1º de abril de 2014, el inciso d): Inciso d - Presentismo de guardia 24 hs: Todos los médicos comprendidos en el régimen de la Carrera Médica Hospitalaria, que cumplan efectivamente 4 y/o 5 guardias mensuales de 24 horas, percibirán una bonificación equivalente a 1200 (mil doscientos) módulos.-

58 Ref. Expte Nº213-D // y el inciso e) que quedará redactado de la siguiente manera: - Compensación 5º guardia: todo el personal comprendido en la Carrera Médica Hospitalaria, que realice la 5º guardia del mes, percibirá un adicional de 800 (ochocientos) módulos en concepto de compensación por 5º guardia. - Dicho personal será informado mensualmente en listado emitido por la Secretaría de Salud Pública.- ARTICULO 3º.- Modifícase a partir del 1º de mayo de 2014, el artículo 10º el cual quedará ************** redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO 10º.- Gastos de representación. Establécese la compensación por Gastos de Representación, sin cargo de rendición de cuentas, del Sr. Intendente Municipal, cuya medida mensual será equivalente al 50% del sueldo básico. ARTICULO 4º.- Modifícase a partir del 1º de mayo de 2014, el artículo 16º inciso e) el cual ************** quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 16º.- Bonificación por función. e) Cajeros o Recaudadores 1. El Personal de la Tesorería General podrá percibir entre 350 y 1600 módulos de acuerdo a la reglamentación que al efecto dicte el Departamento Ejecutivo.- 2. El resto del personal afectados a funciones de cajero o recaudador podrá percibir entre 200 y 620 módulos de acuerdo al criterio del Departamento Ejecutivo. ARTICULO 5º.- El presente decreto se dicta ad-referendum del Honorable Concejo ************** Deliberante, teniendo vigencia a partir del 1º de enero del corriente año-

59 Ref. Expte Nº213-D // ARTICULO 6º.-Regístrese. Comuníquese, y publicase.- DESPACHO Y LEGISLACION EC Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas

60 Ref. Expte Nº213-D SAN ISIDRO, 16 de mayo de 2014 DECRETO NUMERO: VISTO la evolución del costo de la canasta básica familiar; y Considerando: QUE, el Departamento Ejecutivo ha procurado siempre, mantener actualizado el poder adquisitivo de los salarios de los Agentes de la Comuna; QUE, la evolución observada en los precios de los bienes de primera necesidad surge que se han producido importantes incrementos en la mayoría de los rubros y que dichos aumentos resultan ser de público y notorio conocimiento; QUE, todo ello ha hecho necesario procurar establecer una recomposición salarial, a efectos de mitigar el impacto que la inflación produce en las economías de las familias del personal Municipal; QUE, para lograr una equiparación adecuada y progresiva, las modificaciones salariales se realizan en dos etapas, incremento salarial, a partir del mes de abril y luego a partir del mes de agosto del corriente año; QUE, en la primera etapa, se otorga un incremento sobre los sueldos básicos y sobre la Bonificación Especial Remunerativa no Bonificable, equivalente al 16% sobre ambos rubros, a partir del mes de abril de 2014; QUE, en una segunda etapa, se otorga un incremento salarial sobre los sueldos básicos y sobre la Bonificación Especial Remunerativa no Bonificable, (cálculo que se efectúa sobre los haberes del mes de marzo de 2014) equivalente al 16% sobre ambos rubros, a partir del mes de agosto de 2014; QUE, en concordancia con las medidas indicadas para el personal de la planta estable, se deberá aplicar similar criterio de incremento salarial, en cuanto a pautas y fechas mencionadas, al personal comprendido en el artículo 24º inciso a) apartado 4)-, como así también en forma proporcional a los que fueron designados oportunamente conforme el inciso a) apartados 2 y 3) del mismo artículo, todos en carácter de Planta temporaria- Personal mensualizado de la Ordenanza 8744; Presupuesto General de Gastos;

61 Ref. Expte Nº213-D QUE, asimismo y con el propósito de estimular la permanencia en el servicio del personal, se hace necesario incrementar el valor módulo de la Bonificación por presentismo, a 600 módulos; QUE, las citadas medidas ameritan la modificación de determinados artículos del Presupuesto General de Gastos vigente para el presente ejercicio, Ordenanza 8744; QUE, asimismo en virtud de la nota presentada por el Honorable Concejo Deliberante, obrante a fojas 17, donde se expresa la necesidad de este órgano deliberativo de incluir en la presente recomposición salarial al personal mensualizado de dicho Cuerpo, se deberá proceder a la modificación del artículo 34º y 35º de la Ordenanza 8744,según lo detallado; Que deberá realizarse el respectivo acto administrativo ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante; POR ello en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a ARTICULO 1º.- Modifícase a partir del 1º de abril de 2014 el artículo 6º de la Ordenanza ***************8744, quedando establecido los sueldos básicos en la cantidad de módulos que a continuación se detallan: N I V E L E S A G R U P A M I E N T O S C L A S E S CAT. C/REG. HORARIO HS 40 hs 48 HS JERARQUICO PROF TECNICO ADMINISTRATIVO OBRERO SERVICIOS II - DIRECTOR III - SUBDIRECTOR IV - JEFE DE DEPTO I I II I II III II III IV III X IV I I VI V IV XI V II II VII VI V XII VI III III VIII VII VI XIII VII IV IV IX VII XIV VIII V V X ARTICULO 2º.- Modifícase a partir del 1º de abril de 2014 el artículo 20º -Bonificación *************** Especial Remunerativa no Bonificable - de la citada Ordenanza, quedando establecido la misma de acuerdo al siguiente detalle:

62 Ref. Expte Nº213-D /// CATEGORIA MODULOS PARA 35 MODULOS PARA 40 MODULOS PARA 48 6 HORAS HORAS ARTICULO 3º.- Modifícase a partir del 1º de abril de 2014, el artículo 22º **************** Bonificación por presentismo de la Ordenanza 8744, en lo referente a los módulos quedando establecido los mismos en 600 mensuales y manteniéndose en vigencia el resto de los términos del citado artículo.- ARTICULO 4º.- Modifícase a partir del 1º de agosto de 2014 el artículo 6º de la citada ***************Ordenanza, quedando establecido los sueldos básicos en la cantidad de módulos que a continuación se detallan: N I V E L E S A G R U P A M I E N T O S C L A S E S CAT. C/REG. HORARIO HS 40 hs 48 HS JERARQUICO PROF TECNICO ADMINISTRATIVO OBRERO SERVICIOS II - DIRECTOR III - SUBDIRECTOR IV - JEFE DE DEPTO I I II I II III II III IV III X IV I I VI V IV XI V II II VII VI V XII VI III III VIII VII VI XIII VII IV IV IX VII XIV VIII V V X ARTICULO 5º.- Modifícase a partir del 1º de agosto de 2014 el artículo 20º - *************** Bonificación Especial Remunerativa no Bonificable - de la citada Ordenanza, quedando establecido la misma de acuerdo al siguiente detalle:

63 Ref. Expte Nº213-D CATEGORIA MODULOS PARA 35 MODULOS PARA 40 MODULOS PARA 48 6 HORAS 1686 HORAS ARTICULO 6º.- Modifícase el artículo 24º inciso a) Personal mensualizado- apartado 4),en ************** lo referente a la tabla de retribuciones, la cual queda fijada de la siguiente manera: A PARTIR DEL 1º DE ABRIL DE Categoría Agrupamiento Superior Clase A Clase B Clase C Clase D hs 28944, , , ,48 Agrupamiento Jerárquico Regimen horario Categoría horario Reg. Clase A Clase B Clase C Clase D hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs

64 Ref. Expte Nº213-D Agrupamiento administrativo Categoría Reg. horario Clase A Clase B Clase C Clase D hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs Agrupamiento Técnico Reg. Categoría Clase A Clase B Clase C Clase D horario hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs

65 Ref. Expte Nº213-D Agrupamiento obrero Reg. Categoría Clase A Clase B Clase C Clase D horario hs hs hs hs hs hs hs hs Agrupamiento servicio Reg. Categoría Clase A Clase B Clase C Clase D horario hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs A PARTIR DEL 1º DE AGOSTO DE Categoría Agrupamiento Superior Régimen horario Clase A Clase B Clase C Clase D hs

66 Ref. Expte Nº213-D Agrupamiento Jerárquico Categoría Reg. horario Clase A Clase B Clase C Clase D hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs Agrupamiento administrativo Categoria Reg. horario Clase A Clase B Clase C Clase D hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs

67 Agrupamiento Técnico Categoría Reg. horario Clase A Clase B Clase C Clase D hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs Agrupamiento obrero Categoria Reg. horario Clase A Clase B Clase C Clase D hs hs hs hs hs hs hs hs Agrupamiento servicio Categoria Reg. horario Clase A Clase B Clase C Clase D hs hs hs hs hs hs hs hs

68 Ref. Expte Nº213-D hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs hs ARTICULO 7º.- Modifíquese a partir del 1º de abril y luego a partir del 1º de agosto del *************** corriente año, el artículo 34º (Régimen de Remuneraciones) del Capítulo II (Planta Temporaria) del Título III (Honorable Concejo Deliberante), Presupuesto General de Gastos Ejercicio 2014, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 34º.- Régimen de Remuneraciones: Establécese para la determinación de las remuneraciones del personal mensualizado, la cantidad de módulos que a continuación se detalla: a) Personal Político (Articulo 2º, Ley Nº 11757) CATEGORÍA Abril Agosto Categoría 65 - Secretario de Bloque Categoría 66Secretario Privado Categoría 72 Auxiliar de Bloque Categoría 64 Auxiliar de Bloque) Categoría 70 Asesor Legislativo Categoría 78 Asesor Legislativo Categoría 80 Asesor Legislativo Categoría 71 Asesor Legislativo Categoría. 67 Asesor Legislativo Categoría 68 Asesor Legislativo b) Resto del Personal

69 Ref. Expte Nº213-D CATEGORÍA Abril Agosto Categoría. 77 Recepcionista Categoría. 62 Auxiliar de Administración Categoría 63 Auxiliar de Administración Categoría 73 Auxiliar de Administración Categoría. 75 Auxiliar de Administración Categoría 76 Auxiliar de Servicio Establécese para el personal mensualizado cuyo haber básico no supere los 4450 módulos en el mes de abril una Bonificación Extraordinaria No Bonificable de 945 módulos y a partir de agosto a los que no supere los 5100 módulos, un bonificación de 1075 módulos.- ARTICULO 8º.- Incorpórese en los alcances del artículo 35º de la Ordenanza General de *************Presupuesto el artículo 24º inciso a) apartado 2) e inciso j) del Honorable Concejo Deliberante.- ARTICULO 9º Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos ************* anteriores se atenderán con los fondos de la partida correspondiente del presupuesto de gastos vigentes para el Ejercicio 2014 de la Ordenanza ARTICULO 10º.- El presente decreto se dicta Ad Referendum del Honorable Concejo ************** Deliberante.- ARTICULO 11º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION EC Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas

70 Ref.: Expte. Nro E SAN ISIDRO, 16 de Mayo de DECRETO NUMERO: Considerando: VISTO las presentes actuaciones; y QUE, la empresa EDENOR S.A., presentó la documentación correspondiente a la obra: TENDIDO DE CABLES CASBT, INSTALA- CION DE MT2 Y CAMBIO DE FUSIBLES en las calles ALSINA 132 entre Moreno y Garibaldi, GARIBALDI entre Alsina y Diego Palma, Partido de San Isidro; QUE, dado el programa de modernización y ampliación del radio de servicios de EDENOR S.A. en distintos sectores del Partido, se hace necesario la renovación y extensión de redes subterráneas y aéreas; QUE, a fojas 50 se presta conformidad al Proyecto Nro de fs. 6, según lo informado por la Dirección de Ingeniería - Sector Redes y Memoria Descriptiva de fs. 2 y 3; QUE, se encuentra debidamente notificado, respecto de los requisitos establecidos en los Decretos Nro. 1455/1985 y 874/2001 (Anexos I y II) y la Ordenanza 7132; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1.- Autorízase a la empresa EDENOR S.A., a realizar la obra TENDIDO DE ************* CABLES CASBT, INSTALACION DE MT2 Y CAMBIO DE FUSI- BLES en las calles ALSINA 132 entre Moreno y Garibaldi, GARIBALDI entre Alsina y Diego Palma, Partido de San Isidro, según se especifica en el informe técnico que forma parte del presente Decreto y luce a fs. 50 y conforme al proyecto Nro de fs. 6 y Memoria

71 Ref.: Expte. Nro E Descriptiva de fs. 2 y 3, por un monto de obra de PESOS TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($ ,82).- ARTICULO 2º- Los trabajos deberán ser ejecutados en el término de cien (100) días ************** corridos. En caso de necesitarse interrupciones parciales y/o totales del tránsito vehicular el autorizado deberá acudir a la Subsecretaría Administrativa de Tránsito para su implementación. Como asimismo de ser necesario el corte, poda o raleo de árboles, la empresa deberá solicitar dicha autorización a la Dirección de Arbolado Urbano.- ARTICULO 3.- Características de la obra: Tendido de 200 m de cable CASBT, ************** instalación de MT y cambio de fusibles, según Memoria Descriptiva de fs. 2 y 3 y plano de folios 6. Se ejecutará bajo las normas de trabajo en la Vía Pública Decreto 1455/85 y 874/01 y sus Anexos I y II y la Ordenanza ARTICULO 4.- La inspección de obra estará a cargo de la Secretaría de Obras Públicas ************* Dirección de Ingeniería Sector Redes, quien previa iniciación de los trabajos, labrará un Acta de Replaneo de Obra conjuntamente con la empresa EDENOR S.A.- ARTICULO 5.- Finalizados los trabajos, se firmará el Acta de Recepción Provisoria, ************* comenzando a correr el plazo de conservación de obra, que ha sido fijado en seis (6) meses en el caso de veredas y en un año (1) para pavimentos. Vencido el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.- ARTICULO 6.- Regístrese. Comuníquese y publíquese. DESPACHO Y LEGISLACION A.P Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario Interino de Obras Públicas Ing. Federico J. Garcia

72 Ref.: Expte. N G SAN ISIDRO, 16 de Mayo de 2014 DECRETO NUMERO: 1309 VISTO lo actuado en el presente expediente N G-2013 y la comunicación efectuada por el Honorable Concejo Deliberante, respecto de la sanción de la Ordenanza N 8755, con fecha 7 de Mayo del corriente año, mediante la cual se convalidó la firma del Convenio Marco de Cooperación Institucional celebrado entre la Municipalidad de San Isidro, el Jockey Club A.C., la Asociación Gremial de Profesionales del Turf y la Sociedad Gremial de Vareadores, mediante el cual se fomenta la cooperación y complementación entre las partes en materia de arte y oficios de la industria del turf en el Partido de San Isidro, coordinando e integrando la iniciativa de sus competencias institucionales, contribuyendo al fortalecimiento de la gestión; y Considerando: QUE de conformidad con lo establecido por el Artículo 108º, inciso 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Promúlgase y cúmplase la Ordenanza Municipal número ************** 8755 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, con fecha 7 de Mayo del corriente.- ARTICULO 2.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas

73 Ref. Expte Nro. 6212/2014 SAN ISIDRO, 19 de Mayo de 2014 DECRETO NUMERO: VISTO lo actuado en el presente expediente, y; Considerando: QUE con fecha 16 de Mayo ppdo. se celebró el Convenio Marco de Cooperación y Colaboración con la Municipalidad de Rojas, Provincia de Buenos Aires; QUE dicho acuerdo establece una serie de acciones recíprocas, por parte de ambas administraciones municipales, las cuales redundarán en beneficio de sus respectivas comunidades, lo que constituye uno de los valores siempre tenidos en cuenta por este Departamento Ejecutivo; QUE a ese valor, se une el espíritu de colaboración entre las distintas Administraciones del Estado, como un modo de favorecer el objetivo mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, sin importar el lugar en que se encuentren; QUE es así que, luego de negociaciones con un alto contenido solidario y siempre teniendo presente el ideal de la cooperación, es que se llegó a formalizar el acuerdo en cuestión, el cual resulta ampliamente satisfactorio para las partes signatarias del mismo; QUE, atento el estado de la cuestión, resulta obligatoria la convalidación del contrato en tratamiento. Dicho acto es de competencia exclusiva del Honorable Concejo Deliberante, pero dada la necesidad de iniciar las acciones comprometidas, es que se justifica que el acto convalidatorio se dicte "ad referéndum" de ese Alto Cuerpo Legislativo, lo que así se dispone; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO, d e c r e t a : ARTICULO 1 o : Convalídase el Convenio Marco de Cooperación y Colaboración, ************** celebrado con la Municipalidad de Rojas, con fecha 16 de Mayo de 2014, el cual obra a fs. 1/2 y forma parte del presente Decreto. /////

74 Ref. Expte Nro. 6212/2014 /////////// ARTICULO 2 o : El presente Decreto se dicta "ad referéndum" del Honorable Concejo ************** Deliberante. ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas

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78 Ref.: Expte. Nº C Cuerpo 2.- SAN ISIDRO, 19 de mayo de DECRETO NUMERO: VISTO los presentes actuados; y Considerando: QUE a fojas 448 obra el informe emanado por la Comisión Asesora para la Adjudicación de Licitaciones Públicas por la cual recomienda, se adjudique el Servicio de recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos patogénicos y residuos especiales a la firma SOMA S.A., por ser ésta la oferta más conve niente para nuestra comuna; QUE se establece como fecha de inicio de la pres tación desde la emisión de la orden de compra y hasta el 31 de diciembre de 2014, con op ción a favor de la Municipalidad de San Isidro de prorrogarlo hasta doce (12) meses más, por los períodos que ésta considere convenientes; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º- Adjudícase el SERVICIO DE RECOLECCION, TRANSPORTE, TRATA **************MIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS PATOGENICOS Y RESIDUOS ESPECIALES, a partir del 1º de mayo y hasta el 31 de diciembre de 2014, con opción a favor de la Municipalidad de San Isidro de prorrogarlo hasta doce (12) meses más, por los períodos que ésta considere convenientes, por un importe mensual de PESOS DOS CIENTOS DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS ($ ), a la firma SOMA S.A., con domicilio en la calle Austria Nº 1137, de la localidad de Tigre.- ARTICULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, **************se atenderá con fondos de la jurisdicción , categoría pro gramática 29, Objeto del Gasto $ ; jurisdicción , categoría programática 23, Objeto del Gasto $ ; jurisdicción , categoría ///

79 Ref.: Expte. Nº C Cuerpo 2.- /// programática 32, Objeto del Gasto $ ; jurisdicción , categoría programática 32, Objeto del Gasto $ ; jurisdicción , categoría programática 01.01, Objeto del Gasto $ ; jurisdicción , catego ría programática 01.01, Objeto del Gasto $ ; jurisdicción , categoría programática 01.01, Objeto del Gasto $ ; jurisdicción , categoría programática 01.01, Objeto del Gasto $ ; jurisdicción , categoría programática 27, Objeto del Gasto $ y jurisdicción , categoría programática 28, Objeto del Gasto $ del Presupuesto Gene ral de Gastos vigente.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION Mtb Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas

80 Ref.: Expte.Nro D SAN ISIDRO, 19 de Mayo de DECRETO NÚMERO: /2014; y Considerando: VISTO el pedido de suministro Nro. 190/534 pertinente llamado a Licitación Privada Nro. 183/2014; QUE como consecuencia de aquél se efectuó el QUE de la comparación y estudio de las ofertas presentadas, surge como más conveniente la correspondiente a LINOTOL ARGENTINA S.A.C.C.I.F.; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Adjudícase a LINOTOL ARGENTINA S.A.C.C.I.F., con domicilio en ************** Los Ceibos Nro de la localidad de Villa Adelina, para PINTURA TERMOPLASTICA, por un monto total de PESOS TRESCIENTOS DOS MIL CUA- TROCIENTOS ($ ).- ARTICULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se atenderá con fondos provenientes de la Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción , Categoría Programática 37.01, Objeto del Gasto 2.5.5, del Presupuesto General de Gastos vigente.-

81 Ref.: Expte. Nro D ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas

82 Ref.: Expte. N 5984-D SAN ISIDRO, 19 de mayo de 2014 DECRETO NUMERO: 1313 VISTO el pedido de suministro N /2014; y Considerando: QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ ,00, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Llámase a Licitación Privada N 185/14, para la PROVISION DE ************** RACIONES DE ALMUERZOS PARA LOS ALUMNOS DE ERIPLA.- ARTICULO 2.- El acto de apertura tendrá lugar el día 23 de mayo de 2014, a las 10:00 ************* horas, en la Dirección General de Compras, sita en Av. Centenario N 77, 1er. Piso, San Isidro.- ARTICULO 3.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la Jurisdicción , Categoría Programática 21, Objeto del gasto del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas

83 Ref.: Expte. N 4935-D DECRETO NUMERO: 1314 SAN ISIDRO, 19 de mayo de 2014 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: QUE a fojas 1 obra pedido de suministro N /2014; QUE como consecuencia de aquél la Dirección General de Compras efectuó el llamado a Licitación Privada N 156/2014; QUE de la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas empresas, a fojas 75, se aconseja la adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Adjudícase a la firma Total Señalamiento S.A, con domicilio en la calle ************** 29 n 3580 de Mercedes, la Contratación de una Cargadora Frontal para Trabajos de Higiene Urbana, por un importe de PESOS QUINIENTOS SESENTA MIL ($ ,00.-).- ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la Jurisdicción , Categoría Programática 01.01, Objeto del gasto del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas

84 Ref.: Expte. N 4931-D DECRETO NUMERO: 1315 SAN ISIDRO, 19 de mayo de 2014 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: QUE a fojas 1 obra pedido de suministro N /2014; QUE como consecuencia de aquél la Dirección General de Compras efectuó el llamado a Licitación Privada N 155/2014; QUE de la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas empresas, a fojas 97, se aconseja la adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Adjudícase a la firma Sistemas Urbanos S.A, con domicilio en la calle ************** Ferré n 2123 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Provisión de Contendores y Cestos Papeleros, por un importe de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO ($ ,00.-).- ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la Jurisdicción , Categoría Programática 01.01, Objeto del gasto del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas

85 Ref. Expte. N C DECRETO NUMERO: 1316 SAN ISIDRO, 19 de mayo de 2014 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: QUE mediante Decreto n 55/2014 se dispuso la afectación de diversos rodados propiedad de funcionarios municipales al uso oficial de las Dependencias en las cuales prestan servicios los mismos; QUE teniendo en cuenta que varias dependencias y funcionarios solicitaran más cantidad de vales de nafta debido al aumento en el valor del combustible, el cual es de público conocimiento; QUE, en tal sentido se establece la asignación de vales de nafta a los funcionarios aludidos, además de los correspondientes a distintas dependencias municipales; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Aféctase al uso oficial de las Dependencias Municipales que a *************** continuación se mencionan, los vehículos que en cada caso se indica: Dependencias varias VEHICULO CANTIDAD MARCA DOMINIO EN PESOS Intendente Municipal VW.Passat JGF Asesor de Gobierno VW. Golf HBT Secretario Privado VW. Vento LVG Suzuki Grand Vitara IFT Sec. de Gobierno y Admin. Ases. De Relac. Instit. Y 3º Edad VW. Gol LHR Unidad de Gestión Municipal Audi HGC Sub Sec. De Espacios Públicos VW. Golf MXE Sec. Prod. Turismo y Medio Ambiente Dodge Journey JBL Sec. De Obras Publicas Ford Ecosport KDW Dir. Gral. De Compras VW Tiguan JFK Sub Sec. Gral. de Insp.y Registros Urbanos Toyota Corolla LPF Ases. De la Sub Sec. De Espacio Público VW. Polo FFQ Ases. De la Sec. De Producción VW. Polo GVT Sec. De la Niñez Adolec. y Flia. VW. Polo FUV Direc. De Contaduría Gral. Peugeot 206 GFI Sec. Salud Pública VW Gol LHR Sec. De Hacienda Honda Civic JRB Sub. Sec. Acción Social Ford Fiesta KYV Dir. de Ordenamiento Vial Peugeot 308 LRN

86 Ref. Expte. N C Sub. Sec. General de Gobierno Ford Focus NXK Sub. Sec. de Transito Peugeot 307 KNO Sec. De Integración Comunitaria VW. Gol NCT Sub Sec. De Planeamiento Urbano Ford Fiesta LAU Defensoría Munic. del Consum. Renault Sandero IKG Ceremonial VW Polo DWP Dir. Gral. Cuidado Comunitario Suzuki Fun HCC Asesoría General Ecosport EPC Dir. De Relac. Vecinales y ONG Fiat Siena CMF Dir. De Gestión Amb., Segur. y Hab. Ind. Peugeot 207 KHU Dir. De Bromatología Honda CRV DSX Dir. De Inspecciones Peugeot Partner LDC Sub. Sec. de Gestión Municipal Ford Focus JCP Sub. Sec. Gral. de Gestión Municipal VW Polo HFX Sub. Sec. de Espacio Público Chevrolet Celta KNN Direc. Mesa de Integración Social Peugeot 207 LNE ARTICULO 2º.- Aféctase al uso oficial de las Dependencias Municipales que a *************** continuación se mencionan, los vehículos que en cada caso se indica: Dependencias VEHICULO CANTIDAD MARCA DOMINIO EN PESOS Dirección de Tesorería General VW Gol JFO 075 $600 Dirección Cuidado Comunitario Ford Escort RTM 652 $ Sec. Servicios Públicos Móviles $ Dirección de la Ribera Maquinarias $700 Dirección de Cementerios Maquinarias $750 Cementerio San Isidro Maquinarias $300 Dirección de Deportes Lanchas $900 Secretaria Obras Publicas Maquinarias $ Sub. Sec. Acción Social Micro Mercedes Benz SUK 239 $900 Hospital Materno Infantil Ambulancia AFQ 577 $1.200 Verif. Tec. Vehicular VW. Polo FSR 675 $800 Centro Periférico La Cava Peugeot Partner KIR 317 $350 Sec. Privada VW. Golf GZF 795 $350 Sub. Dirección de Zoonosis Maquinarias $1.200 Sub. Dirección de Zoonosis Kia Pregio DFQ 256 $300 Hospital de Boulogne M. Benz Sprinter HMK 652 $250 Central de Monitoreo Ford F-100 ISX 422 $1.500 Secretaría de Producción VW Gol EOQ 191 $250 Depto. Patrimonio VW Gol FDJ 810 $550 Unidad Gestión Municipal Maquinarias $600 Dir. de Cultura Grupo Electrogeno $850 Delegación la Horqueta Ford Fiesta GJJ 011 $300 Dirección de Defensa Civil Ford Ranger HBT 067 $900 Mesa de Integración VW Gol LHR 142 $300 Dirección de Ecología VW Gol MIQ 907 $300 Secretaría de Inspecciones VW Suran GVK 173 $350 Central de Monitoreo VW Gol EOQ 195 $600

87 Ref. Expte. N C ARTICULO 3º.- Establécese que ante la existencia de actividades extraordinarias o *************** requerimientos eventuales de naturaleza municipal podrá otorgarse una cantidad razonable de vales de combustible, acorde con las necesidades del evento. Tales circunstancias deberán justificarse debidamente, en cuyo caso el área respectiva deberá presentar formalmente el pedido por medio de una nota autorizada por el funcionario a cargo explicando los antecedentes del caso. Deberá asimismo efectuarse la rendición correspondiente en la Contaduría General, aportando el comprobante de pago o ticket del establecimiento que expendió el combustible, el que deberá respetar las normas legales vigentes de la AFIP respecto de la emisión.- ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente ************* decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General en vigencia.- ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas

88 Ref.: Expte. N 4607-D DECRETO NUMERO: 1317 SAN ISIDRO, 19 de mayo de 2014 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: QUE a fojas 1 obra pedido de suministro N /2014; QUE como consecuencia de aquél la Dirección General de Compras efectuó el llamado a Licitación Privada N 148/2014; QUE de la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas empresas, a fojas 121, se aconseja la adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Adjudícase a la firma Latín Play SRL, con domicilio en la calle ************** Emilio Lamarca n 1754 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Provisión de Juegos para Plaza, por un importe de PESOS QUINIENTOS SESENTA MIL ($ ,00.-).- ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la Jurisdicción , Categoría Programática 50.01, Objeto del gasto 2.4.3, 2.9.6, 4.3.5, del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas

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