AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HIDRICOS PROPUESTA REGLAMENTO DE OPERADORES DE INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HIDRICOS PROPUESTA REGLAMENTO DE OPERADORES DE INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA"

Transcripción

1 AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HIDRICOS PROPUESTA REGLAMENTO DE OPERADORES DE INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA Agosto 2010

2 REGLAMENTO DE OPERADORES DE LA INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto regular la operación de los sistemas de la infraestructura hidráulica mayor y menor, para la prestación del servicio de suministro de agua superficial y subterránea a usuarios, a cargo de operadores de infraestructura hidráulica; así como el establecimiento de sus funciones, atribuciones, su registro, Plan de operación, mantenimiento y desarrollo de infraestructura hidráulica y de la Supervisión de la calidad del servicio. Artículo 2.- Ámbito de aplicación El presente Reglamento es de aplicación a nivel nacional y de cumplimiento por la ANA y sus órganos desconcentrados, y los Operadores y usuarios que operan infraestructura hidráulica. Artículo 3º.- Denominaciones Cuando se haga referencia a la Ley, se entiende que se trata de la Ley de Recursos Hídricos; a Reglamento de la Ley, del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; a Operador, de los operadores de infraestructura hidráulica, a Consejo, del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca y a Junta, de la Junta de Usuarios. TITULO II SISTEMAS DE INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA PARA EL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA Artículo 4º.- Grandes sistemas de infraestructura hidráulica Los grandes sistemas de infraestructura hidráulica es el conjunto articulado de obras de infraestructura hidráulica mayor, menor o ambos, que el operador utiliza para prestar los servicios de suministro de agua hasta su entrega a los usuarios. En estos sistemas se ubican los proyectos especiales hidráulicos e hidroenergéticos. Artículo 5º.- Pequeños sistema de Infraestructura Hidráulica Los pequeños sistemas de infraestructura hidráulica, es el conjunto articulado de obras de infraestructura hidráulica mayor y menor, que el operador utiliza para prestar los servicios de suministro de agua hasta su entrega a los usuarios. Artículo 6º.- Infraestructura Hidráulica mayor Para efectos del presente reglamento, entiéndase por Infraestructura Hidráulica Mayor a aquellas que tienen la mayor magnitud o importancia en el sistema hidráulico común. Están conformadas principalmente por estructuras de trasvase, regulación, derivación y conducción. Artículo 7º.- Infraestructura Hidráulica menor Para efectos del presente reglamento, entiéndase por Infraestructura Hidráulica Menor a aquellas que tienen la menor magnitud en el sistema hidráulico 1

3 común. Están conformadas principalmente por estructuras conducción y distribución y es complementario a la infraestructura hidráulica mayor. Artículo 8º.- Identificación y ámbito de servicio de la infraestructura hidráulica mayor y menor La Administración Local de Agua identificará la infraestructura hidráulica mayor y menor y su ámbito de servicio; y eleva la propuesta a la Autoridad Administrativa del Agua. La Autoridad Administrativa del Agua, por Resolución Directoral, aprueba el ámbito de servicio de la infraestructura hidráulica mayor y menor, previa opinión del Consejo. Artículo 9º.- Operación de la infraestructura hidráulica 9.1 La operación de infraestructura hidráulica mayor se refiere a las actividades que realiza el operador para el suministro de agua a usuarios u otros operadores de infraestructura hidráulica menor, utilizando una o más de una de obras de regulación, derivación y conducción. 9.2 La operación de infraestructura hidráulica menor se refiere a las actividades que realizan el operador para el suministro de agua desde un punto de captación en la infraestructura hidráulica mayor o en la fuente natural de agua hasta la entrega final a usuarios. TITULO III DE LOS OPERADORES DE INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA CAPITULO I DE LOS OPERADORES DE INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA Y SU CLASIFICACIÓN Artículo 10º.- Operadores de la Infraestructura hidráulica Son personas jurídicas públicas o privadas, que operan infraestructura hidráulica mayor, menor o ambas, para brindar el servicio de suministro de agua, superficial o subterránea, a usuarios que comparten fuentes de agua o puntos de captación común. Artículo 11º.- Clases de operadores de infraestructura hidráulica 11.1 Los operadores de infraestructura hidráulica común se clasifican en: a. Operador Proyecto especial b. Operador Junta de usuarios c. Operador Concesionario de infraestructura hidráulica d. Operador de agua subterránea e. Otros operadores 11.2 La Administración Local de Agua determinara la clase a la que pertenece cada operador de infraestructura hidráulica. 2

4 Artículo 12º.- Operador Proyecto Especial Es una entidad pública del gobierno nacional o regional, que opera la infraestructura hidráulica mayor, para brindar el servicio de suministro de agua a otros operadores de infraestructura hidráulica menor o usuarios. Se encarga de operar sistemas regulados y no regulados de régimen permanente. Artículo 13º.- Operador Junta de usuarios Es una organización de usuarios reconocida por la autoridad nacional del agua, que opera la infraestructura hidráulica mayor, menor o ambas, para brindar el servicio de suministro de agua a usuarios que comparten fuentes de agua natural o artificial en puntos de captación común. Se encarga de operar sistemas regulados y no regulados, de régimen permanente y no permanente. Artículo 14º.- Operador Concesionario de infraestructura hidráulica Son personas jurídicas privadas, que mediante nuevas inversiones y a través de un contrato de concesión con el estado, es directamente responsable de la infraestructura hidráulica a su cargo, y brindan el servicio de suministro de agua a usuarios. Se encarga de operar sistemas regulados, y no regulados de régimen permanente. Artículo 15º.- Operador de infraestructura para el aprovechamiento de aguas subterráneas Es una persona jurídica pública o privada, que opera una o más puntos de captación de fuentes de agua subterránea, y brinda el servicio de suministro de agua a usuarios. Artículo 16º.- Otros operadores de infraestructura hidráulica En este tipo de operadores se encuentran comprendidas las comunidades campesinas, las comunidades nativas y organizaciones de usuarios que no formen parte de un sistema hidráulico común. Se encargan de operar sistemas no regulados constituidos por un conjunto de obras de pequeña magnitud, con regímenes de descarga es variable y cuya fuente de agua puede ser quebrada, manantiales, arroyos, u otros CAPITULO II REGISTRO DE OPERADORES DE INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA Artículo 17º.- Registro de Operadores de Infraestructura Hidráulica Todos los operadores de infraestructura hidráulica, para prestar los servicios de suministro de agua deberán inscribirse en el Registro Nacional de Operadores de Infraestructura Hidráulica, a cargo de la Autoridad Nacional del Agua, con el cual obtendrán un certificado que los habilita como operadores y tendrá una vigencia de 5 años. Artículo 18º.- Requisitos para el registro y habilidad de los Operadores Son requisitos para la inscripción en el Registro Nacional de Operadores de Infraestructura Hidráulica: a. Acreditar solvencia económica y financiera, 3

5 b. Acreditar capacidad técnica y operativa instalada acorde con la magnitud de la infraestructura a su cargo, c. Acreditar estructura logística y administrativa, d. Inventario de la infraestructura hidráulica, a su cargo. Artículo 19º.- Renovación del Certificado de Operadores de Infraestructura Hidráulica El certificado de Operadores de Infraestructura hidráulica es renovado cada 5 años, para el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos y acreditar el cumplimiento de los parámetros de eficiencia correspondientes al periodo del servicio anterior. CAPITULO III FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS OPERADORES Artículo 20º.- Función general Brindar el servicio de suministro de agua a operadores, usuarios o ambos, según corresponda, de acuerdo con el Plan de aprovechamiento de la disponibilidad hídrica y el programa de distribución aprobados por la Autoridad Administrativa del Agua y la Autoridad Local de Agua, respectivamente. Artículo 21º.- Funciones específicas Los operadores realizan las funciones específicas que a continuación se describen: a. Planificar el uso eficiente del agua b. Operar la infraestructura hidráulica mayor y menor según corresponda c. Mantener la infraestructura hidráulica d. Desarrollar la infraestructura hidráulica e. Conservar y proteger el recurso hídrico y prevenir los riesgos por fenómenos naturales extremos. f. Promover el uso eficiente del agua g. Administrar los recursos físicos, financieros y humanos h. Otras que el operador considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones, previa aprobación de la Autoridad Administrativa del Agua. Artículo 22º.- Atribuciones Son atribuciones de los operadores de infraestructura hidráulica: a. Facultad de operar, mantener y desarrollar la infraestructura hidráulica y sus bienes asociados que se le encargue. b. Exigir la entrega oportuna del Plan de Aprovechamiento de la disponibilidad hídrica aprobado. c. Proponer el valor de la tarifa por el uso de la infraestructura hidráulica a su cargo. 4

6 d. Exigir la aprobación oportuna del valor de la tarifa. e. Recaudar de los usuarios la retribución económica por el uso del agua. f. Gestionar financiamiento o cofinanciamiento para la elaboración de estudios, mejoramiento, rehabilitación y construcción de infraestructura y equipamiento técnico y administrativo. g. Suspender el servicio del agua al usuario, en caso de incumplimiento en el pago del recibo único. h. Suspender el servicio del agua al usuario, en los siguientes casos: i. Incumplimiento en el pago del recibo único. ii. iii. Sustracción de agua Daños causados a la infraestructura i. Reponer el servicio de suministro de agua suspendido previo pago de los costos a que se refiere los incisos i y ii del literal h. j. Incluir en el recibo único por el uso del agua del usuario, los gastos que el Operador incurra en la reparación de los daños indicados en los incisos iii del literal h, en el caso que el usuario no cumpla con la disposición del operador en el plazo establecido. k. Otras que le faculte la Autoridad Nacional del Agua CAPITULO IV PLAN DE OPERACIÓN MANTENIMIENTO Y DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA Artículo 23º.- Plan de operación, mantenimiento y desarrollo de la infraestructura hidráulica El Plan de Operación, Mantenimiento y Desarrollo de Infraestructura Hidráulica, contendrá actividades, metas, costos unitarios y presupuestos de las medidas estructurales y no estructurales, con sus respectivos indicadores o medios de verificación. Articulo 24.- Presupuesto del Plan de Operación, Mantenimiento y Desarrollo de Infraestructura Hidráulica El Presupuesto del Plan de Operación, Mantenimiento y Desarrollo de Infraestructura Hidráulica, comprende la previsión de ingresos y gastos que demanda la ejecución de las actividades a que se refiere el artículo siguiente. Artículo 25º.- Actividades del Plan de operación, mantenimiento y desarrollo de la infraestructura hidráulica 25.1 Actividades de operación de la infraestructura hidráulica: a) Consolidar y proponer la demanda de agua de los usuarios u operadores al Consejo. b) Ejecutar el plan de aprovechamiento de la disponibilidad hídrica aprobado en la parte que le corresponda. 5

7 c) Operar la infraestructura hidráulica conforme a sus manuales, reglas de operación, las normas de seguridad y de conservación del ambiente. d) Desarrollar e Implementar acciones para el suministro de agua a los usuarios como: captación, regulación, conducción, distribución y las demás que sean necesarias. e) Establecer la red hidrométrica; realizar el acopio, registro y análisis de la información generada Actividades de mantenimiento de la infraestructura hidráulica: a) Desarrollar e implementar las actividades de mantenimiento de la infraestructura hidráulica, maquinarias y equipos; y las demás que se consideren necesarias Actividades de desarrollo de infraestructura hidráulica: a) Elaborar estudios para el mejoramiento, rehabilitación y construcción de infraestructura hidráulica. b) Desarrollar las obras de mejoramiento, rehabilitación y construcción de infraestructura hidráulica Actividades de Conservación y protección del recurso hídrico y prevención de riesgos: a) Desarrollar actividades para la conservación de los recursos hídricos b) Desarrollar actividades para la protección de la calidad del agua, mediante la investigación y la adaptación de nuevas tecnologías. c) Desarrollar actividades para la prevención de riesgos sobre la infraestructura hidráulica por fenómenos naturales extremos Actividades de Capacitación, sensibilización y difusión: a) Desarrollar actividades de capacitación, sensibilización y difusión, dirigidas a los usuarios con el propósito de promover el uso eficiente de los recursos hídricos Actividades de gestión administrativa: a) Proponer, cobrar y administrar la tarifa por uso de infraestructura hidráulica a su cargo. b) Recaudar la retribución económica por el uso del agua c) Cobrar la recuperación por las inversiones en la infraestructura hidráulica. d) Establecer y mantener un fondo de reserva económica, para resarcir los daños a la infraestructura hidráulica, ocasionados por eventos naturales. e) Generar y entregar la información técnica y económica a quien corresponda, en el plazo establecido. f) Brindar facilidades a las inspecciones que realicen los órganos desconcentrados de la Autoridad Nacional del Agua. g) Cumplir con la protección, control y vigilancia de la infraestructura hidráulica y bienes asociados a su cargo. h) Modernizar los procesos técnicos y administrativos internos para brindar un mejor servicio. i) Atención a los reclamos de los usuarios, respecto al servicio de suministro de agua. 6

8 j) Otras Artículo 26º.- Otras consideraciones del Plan de operación, mantenimiento y desarrollo de la infraestructura hidráulica 26.1 Forman parte del Plan de operación, mantenimiento y desarrollo de la infraestructura hidráulica, las actividades anuales del plan de adecuación El operador puede realizar modificación del Plan de operación, mantenimiento y desarrollo de la infraestructura hidráulica durante su desarrollo, previa autorización de la Administración Local de Agua El procedimiento para la elaboración, presentación y aprobación del Plan de operación, mantenimiento y desarrollo de la infraestructura hidráulica se realiza según los lineamientos que emita la Autoridad Nacional del Agua La Administración Local del Agua, determinara el nivel exigencias del Plan de Operación, Mantenimiento y Desarrollo de Infraestructura Hidráulica, de acuerdo a la clase de operador y a la magnitud del servicio que presta. Articulo 27.- Financiamiento del Plan de operación, mantenimiento y desarrollo de la infraestructura hidráulica El Plan de operación, mantenimiento y desarrollo de la infraestructura hidráulica es financiado por la Tarifa por utilización de la infraestructura hidráulica mayor y menor según corresponda. Artículo 28º.- Presentación y aprobación del Plan de Operación, Mantenimiento y Desarrollo de Infraestructura Hidráulica Los operadores de infraestructura hidráulica al 30 de octubre de cada año, presentaran ante la Administración Local de Agua su Plan de operación, mantenimiento y desarrollo de la infraestructura hidráulica, presupuesto y la propuesta de Tarifa por la utilización de la infraestructura hidráulica, según los lineamientos que establezca la Autoridad Nacional del Agua La Administración Local del Agua, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, de recibido el Plan de Operación, Mantenimiento y Desarrollo de Infraestructura Hidráulica, expide la Resolución Administrativa aprobando dicho plan. TITULO IV SUPERVISIÓN DE LA CALIDAD DEL SERVICIO Y APLICACIÓN DEL REGIMEN TARIFARIO Artículo 29º.- Supervisión de la calidad de servicio y la aplicación del régimen tarifario 29.1 La Administración Local de Agua supervisa el cumplimiento de las metas del Plan de Operación, Mantenimiento y Desarrollo de Infraestructura Hidráulica aprobado y la aplicación del régimen tarifario. En caso de incumplimiento sancionará al operador de infraestructura hidráulica por contravenir lo dispuesto en el numeral 35.8 del artículo 35º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, sin perjuicio de las demás acciones que se pudieran ejercer contra los representantes de dichos operadores. 7

9 29.2 La Autoridad Nacional del Agua, mediante Resolución Jefatural, establecerá las normas específicas para la supervisión a los operadores. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PRIMERA.- Usuarios que operan infraestructura hidráulica privada Los usuarios que captan agua directamente de la fuente natural y operan infraestructura hidráulica privada para su propio beneficio, deberán presentar a la Autoridad Local de Agua: a. El Inventario de infraestructura hidráulica a su cargo b. Registro mensual de los volúmenes de agua captados de la fuente y entregados. c. En el caso que la infraestructura hidráulica incluyan presas de almacenamiento el usuario presentara el Registro de volúmenes almacenados y el Plan de descargas. SEGUNDA.- Registro de los otros operadores de infraestructura hidráulica Las comunidades campesinas andinas, las comunidades nativas y comités de usuarios ubicados en zonas alto andinas que operan infraestructura hidráulica menor; para efecto de inscripción en el Registro Nacional de Operadores Infraestructura Hidráulica, presentan a la Administración Local de Agua la siguiente documentación: a. Para los comités de usuarios presentaran copia del Acta de conformación. b. Para las Comunidades Campesinas y Comunidades Nativas deberán presentar el tipo de organización que tienen para gestionar el agua, número usuarios, tipos de uso y copia del acta de constitución. c. Esquema simple de la infraestructura hidráulica que utilizan. TERCERA.- De la tercerización de la prestación de los servicios de suministro de agua Las Juntas de Usuarios podrán constituir empresas prestadoras de servicios de suministro de agua o contratar a terceros para la prestación del mencionado servicio en su ámbito; sin perjuicio de eximirse de sus responsabilidades establecidas en la Ley y el Reglamento de la Ley. DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- Plazo para la adecuación al nuevo reglamento A la entrada en vigencia del presente reglamento, las Juntas de Usuarios tienen un plazo máximo de 12 meses para adecuar la organización de la administración técnica y administrativa a lo establecido en este Reglamento. SEGUNDA.- Plazo para la inscripción en el Registro Nacional de Operadores de Infraestructura Hidráulica A la entrada en vigencia del presente reglamento, Operadores de Infraestructura Hidráulica tienen un plazo de doce (12) meses para solicitar su inscripción en el Registro Nacional de Operadores de Infraestructura Hidráulica. 8

REGIMEN ECONÓMICO POR EL USO DEL AGUA

REGIMEN ECONÓMICO POR EL USO DEL AGUA REGIMEN ECONÓMICO POR EL USO DEL AGUA ABRIL - 2010 Preparado por: Ing. Rolando Lecca H. LEY GENERAL DEL AGUA LEY N 17752 D.S. N 03-90-AG Tarifa Componente Ingreso Junta de Usuarios Canon de Agua Amortización

Más detalles

Operadores de Infraestructura Hidráulica. Ing. Jorge Ganoza Ing. Jaime Aritomi Ing. Jorge Campos

Operadores de Infraestructura Hidráulica. Ing. Jorge Ganoza Ing. Jaime Aritomi Ing. Jorge Campos Operadores de Infraestructura Hidráulica Ing. Jorge Ganoza Ing. Jaime Aritomi Ing. Jorge Campos Primera parte: Caracterización de los Sistemas Hidráulicos (avance del ROIH) Segunda parte: Los Operadores

Más detalles

MARCO LEGAL EN RELACIÓN A LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS

MARCO LEGAL EN RELACIÓN A LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS PERÚ Ministerio de Agricultura Autoridad Nacional del Agua MARCO LEGAL EN RELACIÓN A LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS Según la Ley y Reglamento 1. Principios 2. Rol de las organizaciones de usuarios de agua

Más detalles

LEY y su REGLAMENTO REGIMEN ECONOMICO TITULO VI

LEY y su REGLAMENTO REGIMEN ECONOMICO TITULO VI AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA LEY 29338 y su REGLAMENTO REGIMEN ECONOMICO TITULO VI Enrique Moncada Mau 1 El Recurso Hídrico - El agua es un recurso natural regido por el ciclo hidrològico - En general las

Más detalles

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA LOS SERVICIOS PUBLICOS AGRARIOS BRINDADOS POR LA ANA

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA LOS SERVICIOS PUBLICOS AGRARIOS BRINDADOS POR LA ANA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA LOS SERVICIOS PUBLICOS AGRARIOS BRINDADOS POR LA ANA Organización de la ANA Ente Rector del SNGRH Consejo Directivo OCI TNRCH Jefatura Secretaria General ALTA DIRECCIÓN OA OSNIRH

Más detalles

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN N Y FUNCIONES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA. Abg. YURY PINTO ORTIZ Director (e)

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN N Y FUNCIONES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA. Abg. YURY PINTO ORTIZ Director (e) PERÚ Ministerio de Agricultura Autoridad Nacional del Agua Oficina de Asesoría a Jurídica REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN N Y FUNCIONES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Abg. YURY PINTO ORTIZ Director (e) ESTRUCTURA

Más detalles

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HIDRICOS

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HIDRICOS AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HIDRICOS ING. MANUEL WALTER DIAZ VALDIVIA Director mdiazvaldivia@ana.gob.pe 1. Objetivo general Realizar una gestión n institucional

Más detalles

REGLAMENTO DE DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN

REGLAMENTO DE DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN REGLAMENTO DE DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN TÍTULO II: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS, LOS CLIENTES FINALES Y LOS USUARIOS DE LA RED DE DISTRIBUCIÓN Aprobado mediante Resolución AN No.1231-elec

Más detalles

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Y GESTION INTEGRADA DE LOS RECURSOS HIDRICOS

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Y GESTION INTEGRADA DE LOS RECURSOS HIDRICOS PERÚ Cajamarca, 10 de septiembre de 2010 AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Y GESTION INTEGRADA DE LOS RECURSOS HIDRICOS PERÚ TEMAS 1. Gestión de la oferta y demanda de agua 2. Clases y tipos de Usos de agua

Más detalles

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Y GESTION INTEGRADA DE LOS RECURSOS HIDRICOS

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Y GESTION INTEGRADA DE LOS RECURSOS HIDRICOS PERÚ Iquitos, 11 de Noviembre 2010 AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Y GESTION INTEGRADA DE LOS RECURSOS HIDRICOS PERÚ TEMAS 1. Gestión de la oferta y demanda de agua 2. Clases y tipos de Usos de agua 3. Clases

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT CREACION DE LA UNIDAD EJECUTORA MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE INFORMACION DE LA SUNAT - MSI

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT CREACION DE LA UNIDAD EJECUTORA MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE INFORMACION DE LA SUNAT - MSI RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 061-2017/SUNAT CREACION DE LA UNIDAD EJECUTORA MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE INFORMACION DE LA SUNAT - MSI Lima, 07 de marzo de 2017 VISTO: El Informe N 005-2017-SUNAT/1K2000

Más detalles

RÉGIMEN ECONÓMICO DEL AGUA RETRIBUCIÓN ECONÓMICA Y TARIFA. Ing. Lucy Mesones García Especialista REA Dirección de Administración de Recursos Hídricos

RÉGIMEN ECONÓMICO DEL AGUA RETRIBUCIÓN ECONÓMICA Y TARIFA. Ing. Lucy Mesones García Especialista REA Dirección de Administración de Recursos Hídricos RÉGIMEN ECONÓMICO DEL AGUA RETRIBUCIÓN ECONÓMICA Y TARIFA Ing. Lucy Mesones García Especialista REA Dirección de Administración de Recursos Hídricos I. ANTECEDENTES LEY GENERAL DE AGUAS Decreto Ley Nº

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº MTC

DECRETO SUPREMO Nº MTC Aprueban norma que regula la provisión de capacidad satélital a través de satélites geoestacionarios a titulares de concesiones y autorizaciones de servicios de telecomunicaciones que operan en el Perú

Más detalles

MINISTERIO DE AGRICULTURA Instituto Nacional de Recursos Naturales Intendencia de Recursos Hídricos

MINISTERIO DE AGRICULTURA Instituto Nacional de Recursos Naturales Intendencia de Recursos Hídricos MINISTERIO DE AGRICULTURA Instituto Nacional de Recursos Naturales Intendencia de Recursos Hídricos FORMULACIÓN DEL REGLAMENTO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE RIEGO Y DRENAJE DE LOS DISTRITOS

Más detalles

Entidad: Comisión Estatal de Agua de Tlaxcala - Centro de Servicios Integrales para el Tratamiento de Aguas Residuales del Estado de Tlaxcala.

Entidad: Comisión Estatal de Agua de Tlaxcala - Centro de Servicios Integrales para el Tratamiento de Aguas Residuales del Estado de Tlaxcala. Comisión Estatal de Agua de Tlaxcala: NOMBRE DEL PROYECTO: Programa de Mejora Continua de los Sistema de Agua del EJE RECTOR: I Desarrollo Económico Regional Sustentable. PROGRAMA: 4 Protección Integral

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE. DECRETO No. ( )

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE. DECRETO No. ( ) REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DECRETO No. ( ). EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las

Más detalles

DECRETO SUPREMO N MINCETUR

DECRETO SUPREMO N MINCETUR Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de los servicios turísticos que prestan los centros de turismo termal y/o similares DECRETO SUPREMO N 021-2011-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:

Más detalles

Comisión Estatal de Agua de Tlaxcala - Centro de Servicios Integrales para el Tratamiento de Aguas Residuales del Estado de Tlaxcala.

Comisión Estatal de Agua de Tlaxcala - Centro de Servicios Integrales para el Tratamiento de Aguas Residuales del Estado de Tlaxcala. Comisión Estatal de Agua de Tlaxcala: NOMBRE DEL PROYECTO: Programa de Mejora Continua de los Sistemas de Agua del Estado de EJE RECTOR: IDesarrollo Económico Regional Sustentable. PROGRAMA: 4 Protección

Más detalles

MODIFICAN EL REGLAMENTO DE LA LEY N 29783, LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, APROBADO POR DECRETO SUPREMO N TR DECRETO SUPREMO

MODIFICAN EL REGLAMENTO DE LA LEY N 29783, LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, APROBADO POR DECRETO SUPREMO N TR DECRETO SUPREMO MODIFICAN EL REGLAMENTO DE LA LEY N 29783, LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, APROBADO POR DECRETO SUPREMO N 005-2012-TR DECRETO SUPREMO Nº 006-2014-TR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:

Más detalles

MODELO DE ORGANIZACIÓN DEL SECTOR SALUD EN SITUACIONES DE DESASTRE

MODELO DE ORGANIZACIÓN DEL SECTOR SALUD EN SITUACIONES DE DESASTRE I MODELO DE ORGANIZACIÓN DEL SECTOR SALUD EN SITUACIONES DE DESASTRE A. Estructura del sector salud B. El rol del sector salud en emergencias y desastres 1. Responsabilidades y acciones en la fase de preparativos

Más detalles

LEY DE RECURSOS HÍDRICOS LEY Nº Abril 2009

LEY DE RECURSOS HÍDRICOS LEY Nº Abril 2009 LEY DE RECURSOS HÍDRICOS LEY Nº 29338 Abril 2009 Comparación n entre la Ley General de Aguas y la Ley de Recursos HídricosH CUADRO COMPARATIVO ENTRE LA LEY GENERAL DE AGUAS (LGA) Y LA LEY DE RECURSOS HIDRICOS

Más detalles

COMISIÓN ESTATAL DE AGUA Y SANEAMIENTO MARCO JURÍDICO. NATURALEZA JURÍDICA

COMISIÓN ESTATAL DE AGUA Y SANEAMIENTO MARCO JURÍDICO. NATURALEZA JURÍDICA COMISIÓN ESTATAL DE AGUA Y SANEAMIENTO MARCO JURÍDICO. NATURALEZA JURÍDICA Se crea la comisión estatal de agua y saneamiento como un organismo público descentralizado del poder ejecutivo, con personalidad

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O ARTURO MONTIEL ROJAS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE ME CONFIERE EL ARTICULO 77 FRACCIONES III Y IV DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL

Más detalles

Decreto XXX/2018 por el que se regula la Academia de Formación Policial del Estado de Yucatán

Decreto XXX/2018 por el que se regula la Academia de Formación Policial del Estado de Yucatán Decreto XXX/2018 por el que se regula la Academia de Formación Policial del Estado de Yucatán Rolando Rodrigo Zapata Bello, gobernador del estado de Yucatán, con fundamento en los artículos 55, fracción

Más detalles

MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL DE LA GESTIÓN DEL RECURSO HÍDRICO EN MÉXICO

MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL DE LA GESTIÓN DEL RECURSO HÍDRICO EN MÉXICO MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL DE LA GESTIÓN DEL RECURSO HÍDRICO EN MÉXICO Judith Domínguez Gerencia de Políticas Públicas y Marco Legal Subdirección General de Planeación Art. 4 Art. 27 Art. 115 MARCO CONSTITUCIONAL

Más detalles

PROGRAMA DE ASISTENCIA TÉCNICA (PAT)

PROGRAMA DE ASISTENCIA TÉCNICA (PAT) BANCO DE DESARROLLO DE AMÉRICA DEL NORTE PROGRAMA DE ASISTENCIA TÉCNICA (PAT) LINEAMIENTOS OPERATIVOS CAPITULO I. ANTECEDENTES El Banco de Desarrollo de América del Norte (BDAN) puede utilizar una porción

Más detalles

CREA PROCESO CONTROL TECNICO DE MARCACION Y PERDIDAS DE COMBUSTIBLE

CREA PROCESO CONTROL TECNICO DE MARCACION Y PERDIDAS DE COMBUSTIBLE CREA PROCESO CONTROL TECNICO DE MARCACION Y PERDIDAS DE COMBUSTIBLE Resolución de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero 50 Registro Oficial 765 de 13-ago.-2012 Estado: Vigente EL DIRECTOR

Más detalles

2º Fines Promover políticas públicas-privadas y lineamientos para la restauración, prevención ambiental y descontaminación del Lago Titicaca.

2º Fines Promover políticas públicas-privadas y lineamientos para la restauración, prevención ambiental y descontaminación del Lago Titicaca. 1º Objeto El objeto del presente ante proyecto de Ley, es declarar de prioridad y necesidad departamental, la restauración del Lago Titicaca, las cuencas y ríos que allí desembocan, denominada zona de

Más detalles

FUNCIONES ESPECÍFICAS (RESPONSABILIDAD)

FUNCIONES ESPECÍFICAS (RESPONSABILIDAD) IDENTIFICACIÓN Nombre del cargo Técnico Operativo Nivel: Técnico Código y Grado 314-02 Naturaleza del Cargo: Carrera Administrativa Clase: Tiempo Completo MISIÓN O PROPÓSITO DEL CARGO Realizar labores

Más detalles

Gestión Estratégica en el Sector Salud

Gestión Estratégica en el Sector Salud Electivo mención Gestión Pública Gestión Estratégica en el Sector Salud Profesor AP. Claudio Castillo C. Electivo mención Gestión Pública Gestión Estratégica en el Sector Salud Clase N 3 Salud Pública

Más detalles

FORMULAR PROPONER Y EJECUTAR LOS PROGRAMAS DE OBRA, QUE PARTICIPAR EN LA ELABORACIÓN DE LOS PROYECTOS DE PLANES DE

FORMULAR PROPONER Y EJECUTAR LOS PROGRAMAS DE OBRA, QUE PARTICIPAR EN LA ELABORACIÓN DE LOS PROYECTOS DE PLANES DE ATRIBUCIONES FORMULAR PROPONER Y EJECUTAR LOS PROGRAMAS DE OBRA, QUE CORRESPONDAN AL MUNICIPIO. PARTICIPAR EN LA ELABORACIÓN DE LOS PROYECTOS DE PLANES DE DESARROLLO URBANO QUE AFECTEN AL MUNICIPIO. REVISAR

Más detalles

Guatemala, 5 de junio de 2015 EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE REGULACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE LA SALUD Y AMBIENTE

Guatemala, 5 de junio de 2015 EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE REGULACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE LA SALUD Y AMBIENTE MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL DIRECCIÓN GENERAL DE REGULACIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DE LA SALUD DEPARTAMENTO DE REGULACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE LA SALUD Y AMBIENTE Guatemala, 5 de junio

Más detalles

LISTA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS RATIFICADOS POR DECRETO SUPREMO Nº PCM 1

LISTA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS RATIFICADOS POR DECRETO SUPREMO Nº PCM 1 LISTA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS RATIFICADOS POR DECRETO SUPREMO Nº 110-2018-PCM 1 Entidad: Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS Sector: Presidencia del Consejo de Ministros

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTO PROTECCION CIVIL PROTECCIÓN CIVIL MUNICIPIO DE MINERAL DEL CHICO, HGO. ADMINISTRACIÓN

MANUAL DE PROCEDIMIENTO PROTECCION CIVIL PROTECCIÓN CIVIL MUNICIPIO DE MINERAL DEL CHICO, HGO. ADMINISTRACIÓN PROTECCIÓN CIVIL MUNICIPIO DE MINERAL DEL CHICO, HGO. ADMINISTRACIÓN 2016-2020 1 INTRODUCCIÓN ESTE MANUAL TIENE COMO FINALIDAD SER UN INSTRUMENTO PARA DAR A CONOCER LOS PROCEDIMIENTOS, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES

Más detalles

LEY ASEA Seguridad y Verificaciones

LEY ASEA Seguridad y Verificaciones Índice Cambio de facultades en materia de seguridad y verificación para los Permisionarios de Distribución de GLP Reglas para la transición Institucional hacia la ASEA Mecanismos de control para el manejo

Más detalles

ACTIVIDAD 5 FORMALIZACIÓN DE ORGANIZACIONES COMUNALES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO EN EL ÁMBITO RURAL

ACTIVIDAD 5 FORMALIZACIÓN DE ORGANIZACIONES COMUNALES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO EN EL ÁMBITO RURAL ACTIVIDAD 5 FORMALIZACIÓN DE ORGANIZACIONES COMUNALES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO EN EL ÁMBITO RURAL Fecha de cumplimiento de la actividad: 30 de octubre del 2017 1 La municipalidad deberá

Más detalles

DECRETO 2141 DE (diciembre 23) Diario Oficial No de 23 de diciembre de Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

DECRETO 2141 DE (diciembre 23) Diario Oficial No de 23 de diciembre de Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible DECRETO 2141 DE 2016 (diciembre 23) Diario Oficial No. 50.096 de 23 de diciembre de 2016 Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Por medio del cual se adiciona una sección al Decreto 1076 de 2015,

Más detalles

COMISIÓN MULTISECTORIAL PARA LA PACIFICACIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO SOCIAL EN LA ZONA DEL HUALLAGA (D.S. N PCM) REGLAMENTO INTERNO

COMISIÓN MULTISECTORIAL PARA LA PACIFICACIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO SOCIAL EN LA ZONA DEL HUALLAGA (D.S. N PCM) REGLAMENTO INTERNO Presidencia del Consejo de Ministros COMISIÓN MULTISECTORIAL PARA LA PACIFICACIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO SOCIAL EN LA ZONA DEL HUALLAGA (D.S. N 030-2013-PCM) REGLAMENTO INTERNO Lima, Julio 2014 COMISIÓN

Más detalles

CONTENIDO PRESENTACIÓN GENERALIDADES NATURALEZA, MISIÓN, OBJETIVOS, COMPETENCIAS Y FUNCIONES GENERALES CAPITULO I : NATURALEZA CAPITULO II: MISIÓN

CONTENIDO PRESENTACIÓN GENERALIDADES NATURALEZA, MISIÓN, OBJETIVOS, COMPETENCIAS Y FUNCIONES GENERALES CAPITULO I : NATURALEZA CAPITULO II: MISIÓN CONTENIDO PRESENTACIÓN GENERALIDADES TITULO I: NATURALEZA, MISIÓN, OBJETIVOS, COMPETENCIAS Y FUNCIONES GENERALES CAPITULO I : NATURALEZA CAPITULO II: MISIÓN CAPITULO III : OBJETIVOS CAPITULO IV : COMPETENCIAS

Más detalles

Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos MRSE Marco Normativo

Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos MRSE Marco Normativo Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos MRSE Marco Normativo 1 MRSE Población de Cuencas EPS Ciudad Línea del tiempo normativa D.S. 015-2013-Vivienda Reglamento LMSS (derogado) 29/11/13 Ley

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES OFICINA DE LOGISTICA

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES OFICINA DE LOGISTICA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES OFICINA DE LOGISTICA 110 ESTRUCTURA DE CARGOS I. DENOMINACION DEL ORGANO: OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACION I.1 DENOMINACION DE LA : OFICINA DE LOGISTICA Nº ORDEN CARGO

Más detalles

Lineamientos para la Autorización y el Ejercicio de Terceros Especialistas Fitosanitarios (TEF)

Lineamientos para la Autorización y el Ejercicio de Terceros Especialistas Fitosanitarios (TEF) Lineamientos para la Autorización y el Ejercicio de Terceros Especialistas Fitosanitarios (TEF) Artículo 74 (LFMN) Las dependencias o las personas acreditadas y aprobadas podrán evaluar la conformidad

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE CONSULTA EXTERNA APROBADO POR: R.D.Nº SA-HCH/DG

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE CONSULTA EXTERNA APROBADO POR: R.D.Nº SA-HCH/DG MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL CAYETANO HEREDIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE CONSULTA EXTERNA APROBADO POR: R.D.Nº 277-2008-SA-HCH/DG FECHA DE APROBACIÓN: 30-07-2008 1 INDICE CAPITULO

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N OS/CD

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N OS/CD RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO OSINERGMIN N 058-2017-OS/CD Lima, 11 de abril de 2017 CONSIDERANDO: Que, la función reguladora de Osinergmin se encuentra reconocida en el Artículo 3 de la Ley N 27332,

Más detalles

EXTRACTO DEL REGLAMENTO DE SERVICIO DE LA OBRA (RSO) revisión N 2, a partir de diciembre de 2016.

EXTRACTO DEL REGLAMENTO DE SERVICIO DE LA OBRA (RSO) revisión N 2, a partir de diciembre de 2016. EXTRACTO DEL REGLAMENTO DE SERVICIO DE LA OBRA (RSO) revisión N 2, a partir de diciembre de 2016. CONCESIÓN: CONCESIONARIO: OBRA PUBLICA FISCAL DENOMINADA "AEROPUERTO ARTURO MERINO BENÍTEZ DE SANTIAGO"

Más detalles

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL CAYETANO HEREDIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL CAYETANO HEREDIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL CAYETANO HEREDIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD APROBADO POR: R.D. Nº 469-2008-SA-HNCH/DG FECHA DE APROBACIÓN: 27-10-2008 1 INDICE

Más detalles

Marco regulatorio de uso agropecuario de agua en Uruguay

Marco regulatorio de uso agropecuario de agua en Uruguay Marco regulatorio de uso agropecuario de agua en Uruguay Seminario Marco jurídico vinculado a la administración de recursos hídricos. Asunción, Paraguay Ec. Juan Francisco Rosas, PhD Oficina de Programación

Más detalles

REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE FINANZAS Unidad Administradora de Proyectos

REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE FINANZAS Unidad Administradora de Proyectos TÉRMINOS DE REFERENCIA CONTRATACION DE UN CONSULTOR PARA LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA Y PUERTO CORTES EN EL MARCO DEL PROYECTO DE MODERNIZACIÓN DEL SECTOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (PROMOSAS) 1. ANTECEDENTES

Más detalles

ACUERDO MINISTERIAL No Guatemala, 18 de marzo de EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:

ACUERDO MINISTERIAL No Guatemala, 18 de marzo de EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: ACUERDO MINISTERIAL No. 595-2010 Guatemala, 18 de marzo de 2010. EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Código de Salud, el Estado a través del Ministerio

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ COORDINADOR DEL PROGRAMA AGUA, CLIMA Y DESARROLLO

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ COORDINADOR DEL PROGRAMA AGUA, CLIMA Y DESARROLLO REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ COORDINADOR DEL PROGRAMA AGUA, CLIMA Y DESARROLLO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El Programa Agua, Clima y Desarrollo y el Comité Coordinador 1.1 El Programa

Más detalles

Decreto 1.403/96: Apruébase la estructura organizativa del Instituto Nacional del Agua y del Ambiente. Fecha: 3/12/96.

Decreto 1.403/96: Apruébase la estructura organizativa del Instituto Nacional del Agua y del Ambiente. Fecha: 3/12/96. Decreto 1.403/96: Apruébase la estructura organizativa del Instituto Nacional del Agua y del Ambiente. Fecha: 3/12/96. Artículo 1 - El actual INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNICA HIDRICAS pasaría a

Más detalles

PROYECTOS DE LEY 217/2011-CR, 942/2011-CR, 1293/2011-PE y 1362/2011-CR LEY DE MODERNIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO

PROYECTOS DE LEY 217/2011-CR, 942/2011-CR, 1293/2011-PE y 1362/2011-CR LEY DE MODERNIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO PROYECTOS DE LEY 217/2011-CR, 942/2011-CR, 1293/2011-PE y 1362/2011-CR LEY DE MODERNIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO PAGO POR SERVICIOS AMBIENTALES O RETRIBUCIÓN POR SERVICIOS ECOSISTÉMICOS La Constitución

Más detalles

República de Panamá Superintendencia de Bancos

República de Panamá Superintendencia de Bancos República de Panamá Superintendencia de Bancos ACUERDO No. 003-2012 (de 22 de mayo de 2012) Por el cual se establecen lineamientos para la gestión del riesgo de la tecnología de la información LA JUNTA

Más detalles

RENDICIÓN DE CUENTAS Marzo 2015

RENDICIÓN DE CUENTAS Marzo 2015 RENDICIÓN DE CUENTAS 2014 Marzo 2015 AGENDA 1. ANTECEDENTES 2. GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RECURSOS HÍDRICOS 3. RESULTADOS 2014 4. EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA 2014 5. PERSPECTIVAS 2015 1. ANTECEDENTES EL GOBIERNO

Más detalles

SISTEMA OPERADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE CHIGNAHUAPAN, PUE.

SISTEMA OPERADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE CHIGNAHUAPAN, PUE. Puesto: Director General FACULTADES Y FUNCIONES Objetivo: Representar de manera responsable, digna y decorosa al Organismo Operador ante los gobiernos federal, estatal y municipal así como ante el público

Más detalles

Artículo 1.- Los servicios portadores constituyen el principal medio de interconexión entre los servicios y redes de telecomunicaciones.

Artículo 1.- Los servicios portadores constituyen el principal medio de interconexión entre los servicios y redes de telecomunicaciones. NORMAS COMPLEMENTARIAS EN MATERIA DE INTERCONEXION Artículo 1.- Los servicios portadores constituyen el principal medio de interconexión entre los servicios y redes de telecomunicaciones. También constituye

Más detalles

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO PARA ORDENAR, CONTROLAR Y ORGANIZAR EL ABASTO, CONSUMO Y SUMINISTRO DE AGUA, EN LAS COMUNIDADES DEL MUNICIPIO DE TONALÁ, JALISCO, QUE CARECEN DEL SERVICIO REGULADO POR EL SIAPA. CAPITULO I DISPOSICIONES

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS FINALES DE TELECOMUNICACIONES POR SATÉLITE (Resolución CONATEL-2008)

REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS FINALES DE TELECOMUNICACIONES POR SATÉLITE (Resolución CONATEL-2008) REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS FINALES DE TELECOMUNICACIONES POR SATÉLITE (Resolución 328-12-CONATEL-2008) CONSEJO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES - CONATEL Considerando: Que mediante Ley 94

Más detalles

REGLAMENTO POR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES POR SATELITE

REGLAMENTO POR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES POR SATELITE REGLAMENTO POR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES POR SATELITE Resolución del CONATEL 328 Registro Oficial 398 de 07-ago-2008 Estado: Vigente CONSEJO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES - CONATEL Considerando:

Más detalles

ACTIVIDAD 2 REGISTRO DE ORGANIZACIONES COMUNALES (OC) PRESTADORAS DE SERVICIOS DE AGUA Y SANEAMIENTO DE CENTROS POBLADOS RURALES

ACTIVIDAD 2 REGISTRO DE ORGANIZACIONES COMUNALES (OC) PRESTADORAS DE SERVICIOS DE AGUA Y SANEAMIENTO DE CENTROS POBLADOS RURALES ACTIVIDAD 2 REGISTRO DE ORGANIZACIONES COMUNALES (OC) PRESTADORAS DE SERVICIOS DE AGUA Y SANEAMIENTO DE CENTROS POBLADOS RURALES ESPECIFICACIONES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA ACTIVIDAD Fecha de cumplimiento

Más detalles

TRANSPORTE GOC O16 RESOLUCIÓN No. 89/2017 POR CUANTO: El Decreto Ley No. 230 De Puertos, de 28 de agosto de 2002, regula la organización

TRANSPORTE GOC O16 RESOLUCIÓN No. 89/2017 POR CUANTO: El Decreto Ley No. 230 De Puertos, de 28 de agosto de 2002, regula la organización 401 TRANSPORTE GOC-2017-374-O16 RESOLUCIÓN No. 89/2017 POR CUANTO: El Decreto Ley No. 230 De Puertos, de 28 de agosto de 2002, regula la organización portuaria nacional y el desarrollo sostenible de los

Más detalles

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA 2001-03-28.- D.S. Nº 032-2001-PCM.- Precisa alcances de diversas disposiciones de la Ley Nº 27332 :Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos. (2001-03-29)

Más detalles

AUTORIDAD DE FISCALIZACION Y CONTROL SOCIAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO

AUTORIDAD DE FISCALIZACION Y CONTROL SOCIAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL SOCIAL BÁSICO DE FISCALIZACION Y CONTROL SOCIAL BASICO VISTOS: Que, el Decreto Supremo Nº 0071 de 9 de abril de 2009 (D.S. Nº 0071) crea la Autoridad de Fiscalización y Control

Más detalles

GOBIERNO REGIONAL PIURA

GOBIERNO REGIONAL PIURA GOBIERNO REGIONAL PIURA REGLAMENTO DE LA ORDENANZA Nº 119-2007-GRP/CR QUE DISPONE LA PROMOCION Y UTILIZACION DE RIEGO TECNIFICADO EN EL AMBITO JURISDICCIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE PIURA TITULO I DISPOSICIONES

Más detalles

REGULACIÓN Y AUTORREGULACIÓN DEL MERCADO DE VALORES

REGULACIÓN Y AUTORREGULACIÓN DEL MERCADO DE VALORES REGULACIÓN Y AUTORREGULACIÓN DEL MERCADO DE VALORES La actividad bursátil como actividad de interés público Modelo de intervención Regulación Autorregulación Javier Arias Toro. Los contenidos constitucionales

Más detalles

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Decreto Supremo que aprueba el nuevo Reglamento de la Ley N 28029, Ley que regula el uso del agua en los Proyectos Especiales entregados en concesión DECRETO SUPREMO N 006-2013-AG

Más detalles

PROGRAMA DE LA REFORMA EDUCATIVA (PRE). CICLO ESCOLAR

PROGRAMA DE LA REFORMA EDUCATIVA (PRE). CICLO ESCOLAR RESPONSABILIDADES. De la SEP, a través de la DGDGIE. a) Dar a conocer el Programa a las AEL y al CONAFE, a fin de que generen la Propuesta Local para la Implementación y Desarrollo del Programa, así como

Más detalles

NORMATIVA TÉCNICA PARA EL REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DE OPERADORES DE RESIDUOS

NORMATIVA TÉCNICA PARA EL REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DE OPERADORES DE RESIDUOS NORMATIVA TÉCNICA PARA EL REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DE OPERADORES DE RESIDUOS Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico Dirección General de Gestión Integral de Residuos Sólidos La Paz, 16 de marzo

Más detalles

El Sistema Nacional de Recursos Hídricos. Lima, mayo de 2017

El Sistema Nacional de Recursos Hídricos. Lima, mayo de 2017 El Sistema Nacional de Recursos Hídricos Lima, mayo de 2017 MINAM Sistema Nacional de Gestión Ambiental MINAM Autoridades que conducen el proceso de evaluación del impacto ambiental Opinantes Técnicos

Más detalles

PROYECTO DE REGLAMENTO DEL SISTEMA DE LLAMADA POR LLAMADA DEL CONCESIONARIO DEL SERVICIO PORTADOR DE LARGA DISTANCIA TITULO I DEFINICIONES

PROYECTO DE REGLAMENTO DEL SISTEMA DE LLAMADA POR LLAMADA DEL CONCESIONARIO DEL SERVICIO PORTADOR DE LARGA DISTANCIA TITULO I DEFINICIONES PROYECTO DE REGLAMENTO DEL SISTEMA DE LLAMADA POR LLAMADA DEL CONCESIONARIO DEL SERVICIO PORTADOR DE LARGA DISTANCIA TITULO I DEFINICIONES Artículo 1.- Para efectos del presente Reglamento, entiéndase

Más detalles

CONSEJERÍA JURÍDICA DEL EJECUTIVO FEDERAL DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y DE FINANZAS. ,, e. CJEF REVISIÓN: o FECHA: 20 DE NOVIEMBRE DE 2009

CONSEJERÍA JURÍDICA DEL EJECUTIVO FEDERAL DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y DE FINANZAS. ,, e. CJEF REVISIÓN: o FECHA: 20 DE NOVIEMBRE DE 2009 ,, e REVISIÓN: o FECHA: 20 DE NOVIEMBRE DE 2009 INDICE Introducción 3 Objetivo 3 Fundamento Legal 3 Definiciones 4 Ámbito de Aplicación 5 Disposiciones Generales 5 ( 1 ) CONSEJERIA JURIDICA DEL EJECUTIVO

Más detalles

CODIGO VERIFICACION: A D DE ABRIL DE 2018 HORA 15:36:09. AA PAGINA: 1 de 3 * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * *

CODIGO VERIFICACION: A D DE ABRIL DE 2018 HORA 15:36:09. AA PAGINA: 1 de 3 * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * AA18447240 PAGINA: 1 de 3 ESTE CERTIFICADO FUE GENERADO ELECTRÓNICAMENTE Y CUENTA CON UN CÓDIGO DE VERIFICACIÓN QUE LE PERMITE SER VALIDADO SOLO UNA VEZ, INGRESANDO A WWW.CCB.ORG.CO RECUERDE QUE ESTE CERTIFICADO

Más detalles

Universidad Nacional del Litoral

Universidad Nacional del Litoral Universidad Nacional del Litoral Documento de Proyecto y Acción. Código y título del proyecto Código Título Programa integral de Higiene y Seguridad de la FCE. 2. Propósitos Incorporar un programa integral

Más detalles

DECRETO LEGISLATIVO Nº 1284

DECRETO LEGISLATIVO Nº 1284 DECRETO LEGISLATIVO QUE CREA EL FONDO DE INVERSIÓN AGUA SEGURA (Publicado en el Diario Oficial El Peruano el 29 de diciembre de 2016, y rectificado por Fe de Erratas publicada el 30 de diciembre de 2016)

Más detalles

PROGRAMA DE ASISTENCIA TÉCNICA (PAT)

PROGRAMA DE ASISTENCIA TÉCNICA (PAT) PROGRAMA DE ASISTENCIA TÉCNICA (PAT) LINEAMIENTOS OPERATIVOS CAPITULO I. ANTECEDENTES El Banco de Desarrollo de América del Norte (BDAN) puede utilizar una porción de sus utilidades retenidas para brindar

Más detalles

Fondos concursables Fondo de Agua / Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fondos concursables Fondo de Agua / Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales Fondos concursables 2018 Fondo de Agua / Introducción Tomando en cuenta la receptividad de la sociedad civil ante el lanzamiento de la campaña de ejecución de proyectos denominada fondos concursables,

Más detalles

MÓDULO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO INDICADORES AMBIENTALES

MÓDULO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO INDICADORES AMBIENTALES MÓDULO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO INDICADORES AMBIENTALES Ciudad Universitaria, 24 de agosto de 2011 1 MÓDULO 5 AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO 2 Contenido Problemática de los Servicios de Agua y Saneamiento

Más detalles

VI CONGRESO INTERNACIONAL DE LEGISLACIÓN DE MINERÍA, HIDROCARBUROS Y ELECTRICIDAD Lima 28 y 29 de noviembre de 2011

VI CONGRESO INTERNACIONAL DE LEGISLACIÓN DE MINERÍA, HIDROCARBUROS Y ELECTRICIDAD Lima 28 y 29 de noviembre de 2011 VI CONGRESO INTERNACIONAL DE LEGISLACIÓN DE MINERÍA, HIDROCARBUROS Y ELECTRICIDAD Lima 28 y 29 de noviembre de 2011 SESIÓN: HACIA LA EXCELENCIA AMBIENTAL TEMA: RÉGIMEN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS EN EL PARAGUAY

Más detalles

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE ASISTENCIA TÉCNICA, JURÍDICA Y LOGÍSTICA A LAS COMUNIDADES QUE REALIZAN ELECCIONES DE PRESIDENTES DE COMUNIDAD POR EL SISTEMA DE USOS Y COSTUMBRES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo

Más detalles

Las tarifas de agua de Perú: financiamiento para la conservación de la cuenca FERNANDO MOMIY HADA

Las tarifas de agua de Perú: financiamiento para la conservación de la cuenca FERNANDO MOMIY HADA Las tarifas de agua de Perú: financiamiento para la conservación de la cuenca FERNANDO MOMIY HADA Lima, 11 de octubre del 2016 1. En un contexto de crecimiento explosivo y desordenado de las ciudades Servicio

Más detalles

Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente.

Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente. Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente. Visión, Misión, Estructura Organizativa y Reglamento Interno Visión La sociedad se rige por los principios del desarrollo sostenible promoviendo la protección

Más detalles

Norma de Contribuciones Reembolsables ANEXO - RESOLUCION MINISTERIAL Nº MEM-DM

Norma de Contribuciones Reembolsables ANEXO - RESOLUCION MINISTERIAL Nº MEM-DM Norma de Contribuciones Reembolsables ANEXO - RESOLUCION MINISTERIAL Nº 231-2012-MEM-DM (La resolución en referencia fue publicada el día martes 22 de mayo de 2012) NORMA DE CONTRIBUCIONES REEMBOLSABLES

Más detalles

AUDIENCIA INICIAL DE RENDICIÓN PÚBLICA DE CUENTAS. Gestión 2016

AUDIENCIA INICIAL DE RENDICIÓN PÚBLICA DE CUENTAS. Gestión 2016 AUDIENCIA INICIAL DE RENDICIÓN PÚBLICA DE CUENTAS Gestión 2016 Misión: Autoridad que busca la mejora continua de la calidad de los servicios, tarifas justas y protección de los derechos de las usuarias

Más detalles

REGLAMENTO DE AUTOCONTROL COOPERATIVO DECRETO SUPREMO N TR

REGLAMENTO DE AUTOCONTROL COOPERATIVO DECRETO SUPREMO N TR REGLAMENTO DE AUTOCONTROL COOPERATIVO DECRETO SUPREMO N 004-91-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO Que, el Artículo 116 de la Constitución Política del Perú prescribe que el Estado promueve y

Más detalles

1 Reglamento del Sistema de Archivos de la Universidad de Costa Rica Consejo Universitario Unidad de Información

1 Reglamento del Sistema de Archivos de la Universidad de Costa Rica Consejo Universitario Unidad de Información REGLAMENTO DEL SISTEMA DE ARCHIVOS DE LA UNIVERSIDAD DE COSTA RICA (Aprobado en sesión 5282-05, 02/09/2008, publicado en La Gaceta Universitaria 32-2008 del 03/10/2008) Artículo 1. Objetivo del Reglamento

Más detalles

MANUAL AUXILIAR DE CARGOS VITALES

MANUAL AUXILIAR DE CARGOS VITALES Página: 1 de 4 JEFE NATURALEZA Coordinar, supervisar y ejecutar actividades técnicas especializadas en el mantenimiento del Acueducto. FUNCIONES PRINCIPALES 1. Participar en la implementación de políticas,

Más detalles

EXPERIENCIA GENERAL. Mínimo 04 años en entidades públicas o privadas. a. Supervisar la ejecución técnica, administrativa y financiera de la obra.

EXPERIENCIA GENERAL. Mínimo 04 años en entidades públicas o privadas. a. Supervisar la ejecución técnica, administrativa y financiera de la obra. PERFIL PARA INGENIERO/A SUPERVISOR/A DE PROYECTO MÍNIMA ESPECÍFICA Ingeniería Sanitaria o Civil o Agrícola, Proyectos de Inversión Pública, y/o Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento y/o Costos

Más detalles

LA SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA TENDRÁ LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES:

LA SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA TENDRÁ LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES: LA SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA TENDRÁ LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES: I. Ejercer las funciones que corresponden a la Comisión como órgano superior, técnico, normativo y consultivo de la Federación en materia

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº AG. Enlace Web: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS - PDF.

DECRETO SUPREMO Nº AG. Enlace Web: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS - PDF. Dictan medidas para la conservación y preservación de aguas subterráneas a nivel nacional DECRETO SUPREMO Nº 025-2007-AG Enlace Web: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS - PDF. (*) De conformidad con el Artículo 3 de

Más detalles

Sistemas de Transmisión, Elementos Centrales

Sistemas de Transmisión, Elementos Centrales Taller Anteproyecto Nueva ley Eléctrica Mercado de la Transmisión JUAN ZOLEZZI CID Universidad de Santiago de Chile Pontificia Universidad Católica de Chile Departamento de ingeniería eléctrica Grupo de

Más detalles

República de Colombia. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Decreto Número 3 O3 ~ de 2007

República de Colombia. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Decreto Número 3 O3 ~ de 2007 República de Colombia Ministerio de Hacienda y Crédito Público Decreto Número 3 O3 ~ de 2007 9 Rb~ 2007 Por el cual se reglamentan los servicios financieros prestados por las sociedades comisionistas de

Más detalles

La información genera conocimiento y el conocimiento el saber SISTEMA NACIONAL DE INFORMACION DE RECURSOS HIDRICOS

La información genera conocimiento y el conocimiento el saber SISTEMA NACIONAL DE INFORMACION DE RECURSOS HIDRICOS La información genera conocimiento y el conocimiento el saber SISTEMA NACIONAL DE INFORMACION DE RECURSOS HIDRICOS AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA 12 MARZO 2008 DL Nº 997 en Primera disposición complementaria

Más detalles

ACUERDO PARA LA CREACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO ESPECIALIZADO DE INFORMACIÓN DEL SECTOR ENERGÉTICO ACUERDO

ACUERDO PARA LA CREACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO ESPECIALIZADO DE INFORMACIÓN DEL SECTOR ENERGÉTICO ACUERDO ACUERDO PARA LA CREACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO ESPECIALIZADO DE INFORMACIÓN DEL SECTOR ENERGÉTICO ACUERDO Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8 fracción III, 31, 32 y 77, fracción VI de la Ley

Más detalles