COOPERATIVA MULTIACTIVA DEL MAGISTERIO PARA EL DESARROLLO DEL NORTE DE SANTANDER COOMADENORT. RESOLUCIÓN N. 03 del veintitres (23) de junio de 2017.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "COOPERATIVA MULTIACTIVA DEL MAGISTERIO PARA EL DESARROLLO DEL NORTE DE SANTANDER COOMADENORT. RESOLUCIÓN N. 03 del veintitres (23) de junio de 2017."

Transcripción

1 COOPERATIVA MULTIACTIVA DEL MAGISTERIO PARA EL DESARROLLO DEL NORTE DE SANTANDER COOMADENORT RESOLUCIÓN N. 03 del veintitres (23) de junio de Por la cual el Consejo de Administración expide el Reglamento de los Procesos Electorales de COOMADENORT. EL CONSEJO DE ADMINISTRACION de la Cooperativa Multiactiva del Magisterio para el Desarrollo de Norte de Santander COOMADENORT-, en uso de sus facultades legales y en especial las señaladas por el (Artículo 50 Parágrafo 1 y Articulo 70) de los Estatutos, y CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 70 señala como una de las funciones del Consejo de Administración, el expedir los reglamentos internos de la entidad y todas aquellas normas convenientes y necesarias para la dirección y organización de la Cooperativa y el cabal logro de sus objetivos. Que, cada cuatro (4) años, conforme a los estatutos se deben elegir los Delegados que conforman la Asamblea Delegataria de COOMADENORT y así mismo se deben elegir los miembros del Consejo de Administración, el Revisor fiscal, Junta de Vigilancia y los miembros de los demás Comités. Que, se hace necesario garantizar el ejercicio democrático a los Asociados, estableciendo los mecanismos, lugares y fechas relevantes para el cumplimiento del proceso electoral. Que, la Cooperativa debe contar con un instrumento que le permita garantizar el ejercicio de la democracia, dentro de los parámetros establecidos por la Constitución y la Ley RESUELVE: CAPÍTULO I. GENERALIDADES: Artículo 1.- Los Procesos Electorales de la Cooperativa se realizarán cada cuatro (4) años y estarán estrictamente sujetos a las normas establecidas en los Estatutos y el presente Reglamento. Artículo 2.- El presente Reglamento de Elecciones tiene por objeto establecer las normas y procedimientos para que los Asociados y Asociadas ejerzan su derecho a elegir y ser elegidos; normar la organización, dirección, control, desarrollo y supervisión de los procesos electorales de la Cooperativa y precisar las funciones y atribuciones del Comité Electoral, de conformidad con la Ley y los Estatutos Artículo 3.- Entiéndase como Proceso Electoral, el evento que garantiza la participación de los Asociados y Asociadas, con la finalidad de lograr una eficiente gestión cooperativa a través de la 1 Av. 0 # int. 107 y 205 Edif. Cantabria TEL fax

2 periódica renovación de los Delegados y Directivos de la Cooperativa. La base legal en materia de elecciones a la que se encuentra adecuado el presente Reglamento, son el Texto Único Ordenado de la Ley 79 de 1988, la Ley 454 de 1998, sus decretos reglamentarios, Circular Básica Jurídica y los Estatutos de la Cooperativa en lo que no contravengan los dispositivos legales. Artículo 4.- El Proceso de Elección de renovación de Delegados y Directivos, se inicia con la Convocatoria a Elecciones y termina con la proclamación de los candidatos elegidos. Artículo 5.- El Proceso de Elección de renovación de los miembros del Consejo de Administración, de la Junta de Vigilancia y del Comité de Crédito para los miembros del Consejo de Administración, se efectuará en Asamblea General Extraordinaria de Delegados. Artículo 6.- La Elección para Delegados se efectuará de acuerdo al presente Reglamento, mediante sufragio universal, directo y secreto bajo la dirección del Comité Electoral. Artículo 7.- La sede del Comité Electoral es el domicilio principal de la Cooperativa. CAPÍTULO I I DEL COMITÉ ELECTORAL Artículo 8.- El Comité Electoral es un organismo con autonomía e independencia en el desempeño de sus funciones y tiene a su cargo todo el Proceso Electoral hasta la proclamación de los Delegados y/ o Directivos elegidos tanto en las Elecciones de Delegados, como en la renovación de Dignatarios del Consejo de Administración, de la Junta de Vigilancia, Revisor(a) Fiscal y del Comité de Crédito a Directivos, dejando constancia oficial de todo lo actuado en el Libro de Actas del Comité Electoral que formará parte del Archivo de la Cooperativa y de su Informe ante la misma Asamblea General de Delegados. Artículo 9.- El Comité Electoral estará integrado por el Consejo de Administración y la Junta de Vigilancia. Artículo 10.- Son obligaciones y atribuciones del Comité Electoral: a. Organizar, dirigir, divulgar y supervisar las acciones pertinentes al Proceso Electoral. b. Solicitar la remisión de Padrón de Asociad@s, al Gerente de la Cooperativa, quien bajo su responsabilidad entregará el mismo, debidamente actualizado. c. Publicación del listado de Asociad@s hábiles e inhábiles. d. Elaborar el material electoral necesario para el Proceso de Elecciones. e. Declarar cada cuatro años, vacantes para Delegados y/o Directivos, y el término de mandatos. f. Dirigir el Proceso Eleccionario de los Órganos de Gobierno de la Cooperativa. g. Evaluar ó calificar a los postulantes para Delegados y/o Directivos y verificar si éstos cumplen con los requisitos exigidos en los Estatutos y la Ley. h. Admitir o rechazar, previa confrontación de las tachas, las reclamaciones que se formulen contra la inscripción de los postulantes para Delegados y/o Directivos. i. Resolver las reclamaciones y/o tachas que se presenten contra los candidatos a Delegados y/o Directivos, así como resolver las impugnaciones a los resultados del Proceso Electoral. j. Designar a los Miembros de las Mesas de votación y extender sus respectivas Credenciales. k. Elegir como recintos de votación, lugares apropiados y constituir tantas Mesas de Votación como se considere necesarias, para el desarrollo del Proceso Electoral. 2 Av. 0 # int. 107 y 205 Edif. Cantabria TEL fax

3 l. Numerar las Mesas de Sufragio y darles su ubicación respectiva dentro del recinto elegido. m. Formular y diseñar tarjetones de votación y otros formatos requeridos para el sufragio, cómputo y acreditación. n. Efectuar el Cómputo General de las Elecciones. o. Elaborar y suscribir el Acta General del Proceso Eleccionario. p. Proclamar y otorgar credenciales, según el caso, a los Delegados y miembros del Consejo y Comités elegidos. Artículo 11.- El Comité Electoral elegirá de entre sus miembros, a su Presidente, Vicepresidente, Secretario y vocal, dicho procedimiento se sujetará a lo establecido en su Reglamento Interno. Artículo 13. Las Sesiones Ordinarias, Extraordinarias y de trabajo se realizarán cuantas veces sea necesario en dicho proceso, para dar cumplimiento a su misión. CAPÍTULO III DEL PADRÓN ELECTORAL Artículo 14.- Para la conformación del Padrón Electoral se tomará en cuenta el número de Asociados y Asociadas que a la fecha de la convocatoria se encuentren vinculados a la Cooperativa. Artículo 15.- El Padrón Electoral es la relación de Asociados y Asociadas regularmente ingresados, a 23 de junio de y ejercerán su derecho al voto quienes se encuentren al día en el cumplimiento de todas sus obligaciones; económicas y asociativas, a 30 de junio de 2017, de acuerdo con los Estatutos y Reglamentos. Entiéndase por obligación económica y asociativas la generada por los créditos obtenidos y otras obligaciones con la cooperativa, como el pago de los aportes señalados en los Estatutos y verificada por la Junta de Vigilancia. El Padrón Electoral deberá contener la siguiente información: Nombres y apellidos, identificación, la condición de menor de edad, Asociados con más de tres años de antigüedad, si ha sido delegado y la situación de cumplimiento de sus obligaciones económicas (cuotas de préstamo, aportes y otros). PARAGRAFO 1- El Gerente deberá entregar a la Junta de Vigilancia las modificaciones que pudieran haberse presentado en la composición del Padrón Electoral, producto de aplicaciones estatutarias, la cual a su vez entregará al Comité Electoral el día 04 de julio de CAPÍTULO IV DEL CRONOGRAMA DE ELECCIONES Artículo 16.- El Cronograma Electoral contendrá las siguientes actividades y plazos: a. Deberá ser aprobado por el Consejo de Administración. El cronograma será difundido a los Asociados y Asociadas por medio escrito o hablado, publicado en la página Web de la Cooperativa, el Programa Radial Horizonte Cooperativo y mediante avisos en los locales de la Cooperativa. b. La inscripción de planchas se iniciará a partir de la fecha que señale la resolución de convocatoria a elecciones promulgada por el Consejo de Administración. 3 Av. 0 # int. 107 y 205 Edif. Cantabria TEL fax

4 c. La verificación de los requisitos para la inscripción de las planchas y la resolución de tachas e impugnaciones, la realizará el Comité Electoral durante el plazo señalado para la inscripción de las mismas, hasta el momento del sorteo para ubicar el número de orden en el tarjetón. La relación de Asociados inscritos en las planchas como candidatos a Delegados será publicada en la Página Web y en los locales de la Cooperativa una vez realizado el sorteo. d. La asignación del número de candidatura para las Elecciones de Delegados, será por sorteo en acto público, inmediatamente finalizado el período de inscripciones. e. El Acto Electoral deberá realizarse dentro de los 45 días hábiles después de haberse realizado la convocatoria para elección de Delegados, sin que este término pueda ser inferior a 15 días hábiles. f. La proclamación de Delegados electos se realizará el mismo día de las Elecciones g. La entrega de credenciales de los Delegados se hará dentro de los nueve (09) días hábiles posteriores a la realización del Acto Electoral. CAPÍTULO V DEL SUFRAGIO Artículo 17.- Las Mesas de Votación se constituyen para cada Proceso Electoral, y las mismas cesan en sus funciones una vez que se levanten las actas de votación y de escrutinio y se entreguen al Comité Electoral. Artículo 18.- Las Mesas de Votación estarán conformadas por los miembros que designe el Comité Electoral, teniendo en cuenta que cada plancha inscrita designará un jurado para cada mesa de votación. Este cargo es irrenunciable. Los miembros de Mesa de Votación serán Socios hábiles según el Padrón Electoral al que se refiere el artículo 14 y 15 del presente Reglamento. Artículo 19.- El Comité Electoral nombrará al Presidente, Secretario y Vocal de cada Mesa, en función al sorteo que realizará entre los componentes de cada Mesa. Artículo 20.- No podrán ser miembro de Mesa de Votación: a. Los candidatos a Delegados. c. Los Consejeros en función. e. Los Menores de Edad. f. Los Trabajadores de la Cooperativa. Artículo 21.- Los Miembros de Mesa de votación, tendrán entre otras, los siguientes deberes y atribuciones: a. Levantar por duplicado el Acta de instalación y escrutinio de la Mesa; b. Entregar al votante las tarjetas de votación; c. Efectuar los escrutinios una vez concluida la votación; d. Verificar que las Actas de instalación y escrutinios lleven las firmas del Presidente y del Secretario. e. Prohibir que se haga propaganda en el Recinto Electoral. f. Resolver las quejas, incidencias u otros problemas que se susciten durante el Proceso Electoral en coordinación con el Comité Electoral. g. Determinar las medidas necesarias para garantizar la eficacia e imparcialidad del Proceso Electoral y cuidar su normal y completo desarrollo. h. Remitir mediante formato establecido, cualquier requerimiento de un asociado inhábil al 4 Av. 0 # int. 107 y 205 Edif. Cantabria TEL fax

5 Comité Electoral. C O O PER AT IV A M U LT IAC T IV A D EL M AG IST ER IO Artículo 22.- Según el Capítulo VI de la Circular Básica Jurídica: de los requisitos para la elección de los Delegados en cumplimiento de lo señalado en el artículo 7 de la ley 454 de 1998, las entidades de la economía solidaria deberán consagrar en sus estatutos rigurosos requisitos para el acceso a los órganos de administración y vigilancia, estableciendo criterios que tengan en cuenta la capacidad y aptitudes personales, el conocimiento, integridad ética, antecedentes disciplinarios, penales, crediticios y la destreza de quienes ejercen la representatividad, según lo establecido en el art 50 de los estatutos, Parágrafo 2: son requisitos para integrar la lista de candidatos a delegado los siguientes: a. Ser persona natural, tener mayoría de edad y gozar de capacidad legal. b. Ser Socio hábil de la Cooperativa, es decir estar al día en sus obligaciones económicas y asociativas. c. Presentar Declaración Jurada de no estar incurso en impedimento para ser Delegado según las Normas Legales y Estatutarias. d. Conocimiento en el campo empresarial, no tener suspendidos sus derechos, no haber sido sancionados en el último año, acreditar educación cooperativa por una entidad certificada, mínimo de 80 horas y tener una antigüedad como asociado mínimo de tres (3) años consecutivos al momento de la inscripción y modificación de planchas, o haber sido elegido y ejercido como Delegado sin que se encuentre incurso en ningún impedimento. Artículo 23.- Impedimentos. Son impedimentos para ser candidato a Delegado: a. Haber sido suspendidos en sus derechos ciudadanos por comisión de delitos y hayan sido sancionados y/o penados judicialmente. b. Haber sido Dirigente removido por la Asamblea General. c. Tener proceso pendiente y/o haber tenido litigio con la Cooperativa en lo civil y lo penal. d. Los Asociados, Delegados, Directivos o ex directivos que hayan sido sancionados o separados por la Cooperativa. e. Ser Directivo de otras Cooperativas del mismo grado. f. Las causales establecidas en los Estatutos de la Cooperativa. CAPÍTULO VI DE LOS REQUISITOS PARA LA ELECCIÓN DE DIRECTIVOS Artículo 24.- Para ser candidato a miembro de Consejo de Administración se requiere: Articulo 64 Estatutos de la Cooperativa. a. Ser persona honorable y correcta. b. Conocimiento en el campo empresarial y financiero. c. No tener suspendidos sus derechos y no haber sido sancionado en el último año. d. Acreditar educación cooperativa, mínimo ochenta (80) horas. e. Ser fundador o tener una antigüedad no inferior a cinco (5) años consecutivos, como asociado de la Cooperativa. f. Haber sido delegado mínimo por un período de cuatro (4) años seguidos. g. No haber incurrido en ninguna falta de acuerdo a los presentes estatutos. Artículo 25.- Impedimentos. Son impedimentos para ser Directivo: 5 Av. 0 # int. 107 y 205 Edif. Cantabria TEL fax

6 a. Haber sido sancionado por la Asamblea General. b. Las inhabilidades e incompatibilidades señaladas en el artículo 60 de la Ley 454 de 1998, c. Ser Directivo de otras Cooperativas del mismo grado. CAPÍTULO VII DE LA CAMPAÑA ELECTORAL. Artículo 26.- Todos Asociados y Asociados que se hayan inscrito como cabeza de lista, podrán realizar Campaña Electoral, en el programa Horizonte Cooperativo, mediante grabación o al aire, tendrán un espacio máximo de tres minutos en cada programa. Artículo 27.- Ningún candidato podrá utilizar los bienes o al personal dependiente de la Cooperativa en su Campaña Electoral, caso contrario quedará automáticamente anulada dicha candidatura, por acuerdo del Comité Electoral. Artículo 28.- Una vez publicada la lista de postulantes o candidatos a Delegados, se podrán presentar tachas y solo la podrán ejercer los Socios hábiles, así: a. Los postulantes inscritos podrán ser tachados con expresión del hecho que motiva la tacha y la norma legal, estatutaria o reglamentaria aplicable. b. El Comité Electoral resolverá las tachas producidas, debiendo declararlas fundadas o infundadas, y sus decisiones son inapelables. c. El Comité Electoral resolverá la tacha en una sola audiencia, con citación al tachante y al postulante tachado. La inasistencia de cualquiera de las partes no será causal para aplazar la audiencia. Artículo 29.- El Acto Electoral y el Escrutinio se realizarán en un solo día, convocado por el Consejo de Administración y coordinando con el Comité Electoral. Artículo 30.- El Proceso de Sufragio se desarrollará de la siguiente manera: a. Instalación de Mesas. b. Acto de Sufragio. c. Escrutinio y cómputo. Artículo 31.- Los miembros de Mesa de Sufragio (titulares y suplentes), deberán presentarse al local asignado treinta (30) minutos antes de la hora señalada para el inicio de las votaciones. Artículo Si a la hora señalada por el Comité Electoral para el inicio del acto de sufragio no se hubiese instalado la Mesa por ausencia de los miembros titulares, los Miembros presentes asumen la Presidencia y nombran los cargos que falten entre los Asociados y Asociadas que, correspondiendo a la Mesa, están presentes. No podrán hacerse cargo de sus puestos los miembros titulares o suplentes que se presenten después de instalada su correspondiente Mesa. Artículo 33.- El Comité Electoral entregará al Presidente de cada Mesa de Sufragio lo siguiente: Relación de Asociados y Asociadas hábiles, extraído del Padrón Electoral y el listado de Asociados y Asociadas inhábiles, Cartilla de Instrucciones, Urnas, Tarjetones, Relación de Candidatos, Acta de Instalación, Votación, Escrutinio, formatos y Bolígrafos. Artículo 34.- El Tarjetón Electoral llevará el título de las Elecciones de Delegados con el año correspondiente, la foto y nombre del cabeza de lista, el número y la casilla de voto en Blanco. 6 Av. 0 # int. 107 y 205 Edif. Cantabria TEL fax

7 Artículo 35.- El Procedimiento para el acto de votación será el siguiente; a. El Asociado y Asociada se presentará ante los Miembros de la Mesa de Sufragio, se identificará ante ellos con su Documento de Identidad: original o contraseña. b. Los Miembros de la Mesa de Votación harán la entrega del Tarjetón Electoral al Asociado o Asociada, una vez se halla verificado que se encuentran habilitados en el Padrón Electoral. c. El Asociado o Asociada ingresará solo al cubículo con el Tarjetón Electoral y procederá a marcar la foto del candidato de su preferencia en el recuadro señalado en el tarjetón. En el caso que fuese discapacitado o mayor de 65 años, puede ingresar acompañado de una persona que él determine. d. Realizada la anterior operación, el elector depositará el tarjetón en la urna electoral. e. Depositado el tarjetón, el elector firmara en el Padrón Electoral, como constancia de haber sufragado. Artículo 36.- Si el nombre del Sufragante no aparece en el Listado de Asociados o Asociadas hábiles de Mesa de Sufragio, no se aceptará su voto. Se dejará constancia de este hecho en el acta de observaciones y se le entregará un formato de asistencia al asociado. Artículo 37.- El Acto de Sufragio se dará por concluido a la hora indicada en la convocatoria, aunque permanecieran Asociados o Asociadas dentro del recinto de votación sin haber ejercido su de derecho a voto. Artículo 38.- Una vez cerrado el acto de votación, se procederá, a la apertura de las urnas y a efectuar el acto de escrutinio de los votos de la siguiente forma: a. Una vez extraídos los tarjetones de la urna se contarán y examinarán los tarjetones depositados, para comprobar si su número es igual al número de votantes de acuerdo al Padrón Electoral. Si sobraran votos, estos serán eliminados tomándolos al azar. b. Se procede al escrutinio y a señalar el número de votos por Planchas. c. Se consideran nulos o viciados, todos los votos que tengan cualquier anotación fuera del recuadro del tarjetón, que no haya sido marcado o los no entregados por la mesa de votación. d. Se considera voto en blanco el marcado en el recuadro voto en blanco. e. Se determinará el número de votos válidos que comprende los votos por plancha y los votos en blanco. Artículo 39.- Se levantará el Acta del Sufragio en el mismo local en que se efectuó la votación, en el que se anotará: a. El total de Electores de la Mesa. b. La cantidad de Votos en Blanco. c. Total de votos válidos. c. Votos nulos. d. Número de votos por cada Plancha. e. Las observaciones de los testigos y jurados de votación. f. Total de votos y tarjetones destruidos. CAPÍTULO VIII DE LOS PERSONEROS O TESTIGOS ELECTORALES Artículo 40.- Cada Plancha tiene derecho a designar un Testigo Electoral ante el Comité Electoral. Para ser Testigo Electoral se necesita una carta del candidato autorizándolo, dirigida a la 7 Av. 0 # int. 107 y 205 Edif. Cantabria TEL fax

8 Presidencia del Comité Electoral, por lo menos con un día hábil de anticipación a la realización de la votación. El Testigo debe ser Socio hábil de la Cooperativa. Artículo 41.- En el momento de la votación queda prohibida toda discusión entre los Testigos de los candidatos, así como entre estos y los miembros de la Mesa; los Testigos no podrán interrogar a los votantes o mantener conversación con ellos durante la votación. Los miembros de la Mesa por decisión mayoritaria harán retirar a los Testigos que no cumplan lo dispuesto en el presente Artículo. CAPÍTULO IX DEL COMPUTO GENERAL Y LA PROCLAMACIÓN DE DELEGADOS ELECTOS Artículo 42.- El Comité Electoral, una vez recibidas todas las Actas de escrutinio, procederá al cómputo general y levantará el Acta de totalización de votos, y en ese mismo acto el Presidente de Comité Electoral proclamará a los Delegados por Plancha que hayan sido electos de conformidad con los Estatutos y el presente Reglamento. Artículo 43.- El Acta de cómputo deberá contener: a. El número de mesa de votación con los resultados. b. El total de votos válidos c. El número de votos válidos por Plancha. d. Relación de los Asociados y Asociadas elegidos como Delegados por cada Plancha; e. Las observaciones que se crean necesarias; y f. Firmas de los miembros del Comité Electoral. Artículo 44.- De acuerdo al cómputo General de votos válidos, las planchas según el número de votos a su favor y por el sistema de cuociente y residuos, sacarán sus respectivos Delegados. En caso de producirse empate en los residuos resultará elegido el delegado de la Plancha que tenga la primera posición en dicho caso. Artículo 45.- Culminado el Cómputo General, el Presidente del Comité Electoral procederá a proclamar a los candidatos como Delegados. Artículo 46.- El Comité Electoral levantará por duplicado el Acta del Cómputo General de las Mesas de votación y entregará las credenciales correspondientes a los Delegados. Artículo 47.- El Comité Electoral publicará la relación de los Delegados Electos. CAPÍTULO X DE LA NULIDAD DE LAS ELECCIONES. Artículo 48.- Comité Electoral podrá declarar la nulidad de las elecciones en una o más Mesas de Votación en los siguientes casos: a. Cuando la Mesa de Votación se haya instalado en lugar distinto al señalado o en condiciones diferentes a las establecidas en este Reglamento. 8 Av. 0 # int. 107 y 205 Edif. Cantabria TEL fax

9 b Cuando haya mediado fraude, intimidación soborno y/o violencia para obtener votación a favor de determinado candidato, debidamente comprobado. c. Cuando se compruebe que la Mesa de Sufragio admitió votos de Asociados y Asociadas que no figuraban en el Padrón. CAPÍTULO XI EL ACTO ELECTORAL PARA CONSEJO DE ADMINISTRACION, JUNTA DE VIGILANCIA, COMITÉ DE CRÉDITO, Y REVISOR FISCAL. Artículo 49.- La renovación de Directivos para los Consejos de Administración, Junta de Vigilancia, Comité de Crédito, y Revisor Fiscal, se realizará en Asamblea General extraordinaria de Delegados de conformidad con el Estatuto vigente y el presente Reglamento. Artículo 50.- El Comité Electoral, previo al tratamiento del Punto de la Asamblea, entregará a los Delegados asistentes a la Asamblea Extraordinaria de Delegados: a. La relación de los Delegados aptos a ocupar cargos Directivos. b. Formato de Declaración Jurada a que se refiere el artículo 22 literal c. Artículo 51.- La proposición de candidatos a Consejeros y demás dignatarios y su elección se realizarán en un mismo acto, considerándose para el efecto un sistema de listas para cada órgano de gobierno. Artículo 52.- La inscripción de candidatos para la elección de cargos vacantes en los Consejos y Comités se presentarán al Comité Electoral, en el punto que dicho Órgano Directivo da inicio al proceso, en la parte pertinente de la Asamblea General de Delegados. Artículo 53.- Cualquier incidente, reclamación o impugnación que se produzca en el Proceso de Elección (inscripción, votación, cómputo, escrutinio) será resuelto por el Comité Electoral y sus resoluciones son inapelables, siempre que no contravengan la Ley y/o los Estatutos. La instancia a desarrollar es la presentación escrita o verbal del Delegado y/o Dirigente reclamante, quien tendrá una participación oral para fundamentar su reclamo o su impugnación. El Comité Electoral resolverá dicha situación que será inapelable, siempre que esté sujeto a ley, el Estatuto y este Reglamento, debiendo consignarse dicha situación en el Libro de Actas de la Asamblea General de Delegados. Artículo 54.- Resultan elegidos, los candidatos que alcancen mayor número de votos en un sistema de planchas, con cuociente y mayor residuo. En caso de producirse empate, la Asamblea consignará la primera posición en dicho caso a la plancha sorteada, con número menor. Artículo 55.- El Comité Electoral procederá a la inmediata proclamación y entrega de credenciales a los Directivos y demás dignatarios electos. Artículo 56.- En el caso en que una persona, electa para algún cargo, dentro de la normativa de este Reglamento decida renunciar, lo hará ante el Órgano para el cual fue elegido, para que, si es necesario, llame a tomar posesión al Asociado o Asociada que le sigue en la lista en la cual fue elegido el delegado dimitente. 9 Av. 0 # int. 107 y 205 Edif. Cantabria TEL fax

10 CAPÍTULO XII DEL REGISTRO DE LAS ELECCIONES EN ACTAS Artículo 57.- De conformidad con lo dispuesto a Ley y los Estatutos, el Comité Electoral llevará en su Libro de actas de Sesiones debidamente legalizado: a. En un Acta constará la relación total de Delegados para el periodo. b. En un Acta el Proceso de la Elección de los Directivos, efectuada en la Asamblea General de Delegados. El mismo contenido del acto se registrará en la parte correspondiente del Acta de la Asamblea General. CAPITULO XIII DE LAS SANCIONES Artículo 58.- Ninguna persona podrá impedir, obstruir, dificultar, coactar y/o perturbar las acciones del Proceso Electoral y fundamentalmente el ejercicio del derecho personal de sufragio. Artículo 59.- El Asociado o Asociada Delegado y/o Dirigente que incurriera en las infracciones a que se refiere el artículo 58 de este Reglamento, será separado del Acto Electoral, mediante Acuerdo del Comité Electoral, comunicando al Consejo de Administración y a la Junta de Vigilancia. Artículo 60.- Cualquier duda que surgiera de la aplicación del presente Reglamento será resuelta por el Comité Electoral. Artículo 61.- El presente Reglamento ha sido aprobado por El Consejo de Administración y entra en vigencia a partir de la fecha. En San José de Cúcuta, a los veintitrés días (23) de junio de En Constancia firman: María Emma Gélvez de Duarte Presidente del Consejo de Administración. María Teresa Duran Peña Secretaria del Consejo de Administración. 10 Av. 0 # int. 107 y 205 Edif. Cantabria TEL fax

11 RESOLUCIÓN Nº 02 DE (junio 23) Por la cual el Consejo de Administración expide la convocatoria a Elecciones de COOMADENORT. El Consejo de Administración de la Cooperativa Multiactiva del Magisterio Para el Desarrollo del Norte de Santander en uso de sus facultades legales, estatutarias y CONSIDERANDO: Que el Artículo 50 Parágrafo 1 de los Estatutos vigentes, faculta al Consejo de Administración a convocar elecciones de Delegados cuando estos hayan cumplido su período estatutario. Que el 27 de febrero de 2016 en la Asamblea de Delegados según Acta # 32, aprobó por unanimidad, aplazar las elecciones para el año Que se hace necesario garantizar el ejercicio democrático a los asociados estableciendo los mecanismos, lugares y fechas relevantes para el cumplimiento del proceso electoral. Que el Comité Electoral debe contar con un instrumento que le permita el ejercicio de sus funciones dentro de los parámetros establecidos por el Consejo de Administración. RESUELVE; Artículo 1, Convocar a los Asociados y Asociadas de COOMADENORT a elecciones para los Delegados que contempla el Artículo 50 Parágrafos del 1 al 3 de los Estatutos. Para el periodo Artículo 2, El acto electoral se llevará a cabo el día sábado veintinueve (29) de julio de 2.017, en el horario de 8: 00 am. a 5:00 de la tarde. Artículo 3. Para este efecto el Comité Electoral instalará dos mesas de votación en la oficina 205 del Edificio Cantabria Av. 0 Nº 11 69, con tres jurados cada una, asignando un listado de votantes en orden ascendente por el número de cédula y entregando la demás documentación señalada el Reglamento Electoral. Parágrafo: El área de la calle, hasta la reja de acceso al Edificio Cantabria, podrá ser usada por los pregoneros. A las áreas comunes del Edificio sólo podrán ingresar el Asociad@ que va a votar. En ningún caso se permitirá el ingreso de propaganda visual o sonora. Artículo 4. Para el proceso electoral se tendrá en cuenta el siguiente Calendario: a. Inscripción de Planchas: Días: martes 04 al viernes 07 de julio de de 8:00 am. a 12:00 m y de 2:00 pm. a 5:00 pm. b. Sorteo de los números de la plancha: Día 10 de julio a las 5:00 p. m. c. Modificación de Planchas (excepto primer renglón): Hasta el día 14 de julio a 5:00 pm. d. Elecciones: Día sábado 29 de julio de 8:00 am. a 5:00 pm. 11 Av. 0 # int. 107 y 205 Edif. Cantabria TEL fax

12 e. Escrutinio y proclamación de los Delegados: Día sábado 29 de julio a partir de las 5:30 pm. Parágrafo 1. La inscripción de las Planchas se hará en formato que entregará la Cooperativa y llevará el nombre, apellido, cédula y espacio para firma. Parágrafo 2. El formato deberá ser diligenciado completamente incluida la firma, la cual podrá sustituirse por autorización firmada por el aspirante y remitida vía correo físico o electrónico al momento de inscribir la lista. Parágrafo 3º. Las Planchas inscritas a la fecha de la modificación, deberán tener como mínimo 12 candidatos hábiles. Artículo 5. Requisitos para la inscripción de planchas; a. Una foto de 3x4 a blanco y negro del Asociado o Asociada cabeza de lista. b. Certificación original de cursos equivalentes a ochenta horas de educación cooperativa, en caso de que no haya sido delegado, c. Certificación de la Junta de Vigilancia en que conste que tiene tres o más años continuos de pertenecer a la Cooperativa, en el evento en que no haya sido Delegado. d. Certificación de la Junta de Vigilancia de que es Asociado o Asociada hábil, mayor de catorce años. Artículo 6. El Comité Electoral durante el proceso socializará el reglamento electoral y la presente Resolución por los medios disponibles por la Cooperativa. Artículo 7, Los jurados de votación percibirán la remuneración que establezca el Consejo de Administración. Artículo 8. Dentro de los diez días hábiles siguientes a la elección de los nuevos Delegados el Consejo de Administración convocará a Asamblea General Extraordinaria de Delegados para elegir: Nuevo Consejo De Administración, la Junta de Vigilancia, Revisor Fiscal, el Comité Electoral y El Comité de Crédito para los Directivos. Artículo 9, Cada Plancha podrá acreditar un testigo por cada mesa de votación, que hará llegar un día antes para que le sean expedidas las credenciales respectivas. Artículo 10. El Comité Electoral deberá entregar ante la Secretaría General de la Cooperativa la totalidad de las actas diligenciadas y demás documentos que se requieran para su legalización. Artículo 10 El presente Convocatoria ha sido aprobado por El Consejo de Administración y entra en vigencia a partir de la fecha Dado en San José de Cúcuta, a los veintitrés días del mes de junio de María Emma Gélvez de Duarte Presidente del Consejo de Administración. María Teresa Duran Peña Secretaria del Consejo de Administración 12 Av. 0 # int. 107 y 205 Edif. Cantabria TEL fax

13 13 Av. 0 # int. 107 y 205 Edif. Cantabria TEL fax

REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES DE DIRECTIVOS DE FENACREP TITULO I GENERALIDADES

REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES DE DIRECTIVOS DE FENACREP TITULO I GENERALIDADES REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES DE DIRECTIVOS DE FENACREP TITULO I GENERALIDADES Artículo 1º Objeto del Reglamento de Elecciones El presente reglamento norma el proceso electoral que se desarrolla anualmente

Más detalles

PROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA "Institución Educativa " CAPITULO I GENERALIDAD

PROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA Institución Educativa  CAPITULO I GENERALIDAD PROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA 2015-2016. "Institución Educativa " CAPITULO I GENERALIDAD Artículo 1 o.- El presente Reglamento de elecciones tiene por finalidad

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DEL SERVICIO DE GESTIÓN

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DEL SERVICIO DE GESTIÓN REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DEL SERVICIO DE GESTIÓN AMBIENTAL DE TRUJILLO 2015 ÍNDICE TÍTULO I GENERALIDADES I.

Más detalles

Contenido de este documento

Contenido de este documento FONDO DE EMPLEADOS DEL COLEGIO ANGLO COLOMBIANO FONANGLO REGLAMENTO ELECCIÓN DE MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA, COMITÉ DE CONTROL SOCIAL Y REVISORÍA FISCAL CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA 2018 Y OTRAS

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES FEDINOR LTDA. NIT REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS

FONDO DE EMPLEADOS DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES FEDINOR LTDA. NIT REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS FONDO DE EMPLEADOS DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES FEDINOR LTDA. NIT. 800.198.921-0 REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS La Junta Directiva del Fondo de Empleados Dirección de Impuestos y Aduanas

Más detalles

COOPERATIVA MULTIACTIVA ACTIVACOOP REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE DELEGADOS A ASAMBLEA GENERAL - PERIODO

COOPERATIVA MULTIACTIVA ACTIVACOOP REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE DELEGADOS A ASAMBLEA GENERAL - PERIODO COOPERATIVA MULTIACTIVA ACTIVACOOP REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE DELEGADOS A ASAMBLEA GENERAL - PERIODO 2017-2019 EL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE LA COOPERATIVA MULTIACTIVA ACTIVACOOP CONSIDERANDO 1.

Más detalles

CAPITULO I GENERALIDADES

CAPITULO I GENERALIDADES REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL SUB-COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTÍMULO DEL HOSPITAL NACIONAL DOCENTE MADRE NIÑO SAN BARTOLOMÉ CAPITULO

Más detalles

Universidad de Nariño

Universidad de Nariño Modificada por Resolución No. 222 del 2013. (Artículo 9º) Universidad de Nariño RESOLUCION NUMERO-2095- DEL 2013 ( Julio 23 ) Por la cual se convoca a la elección del representante de los egresados ante

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS DE BBVA COLOMBIA FOE ACUERDO No. 001 de 2013 (Enero 17) REGLAMENTO DE ELECCIONES

FONDO DE EMPLEADOS DE BBVA COLOMBIA FOE ACUERDO No. 001 de 2013 (Enero 17) REGLAMENTO DE ELECCIONES FONDO DE EMPLEADOS DE BBVA COLOMBIA FOE ACUERDO No. 001 de 2013 (Enero 17) REGLAMENTO DE ELECCIONES Por medio del cual se reglamenta la elección de Delegados a Asamblea General y miembros de Órganos de

Más detalles

REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES DE LA ORGANIZACIÓN SINDICAL PERIODO CAPITULO I GENERALIDADES

REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES DE LA ORGANIZACIÓN SINDICAL PERIODO CAPITULO I GENERALIDADES REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES DE LA ORGANIZACIÓN SINDICAL PERIODO 2016-2019 CAPITULO I GENERALIDADES Artículo 1: El presente Reglamento norma el proceso de elecciones para renovar la Junta Directiva 2016-2019

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO 1 2 3 4 Disposiciones Generales CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL Artículo 1.- El Comité Electoral de la Universidad ESAN es la máxima autoridad electoral, es

Más detalles

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CAJA UNION UNION COOPERATIVA

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CAJA UNION UNION COOPERATIVA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CAJA UNION UNION COOPERATIVA REGLAMENTO PARA ELECCION DE DELEGADOS A ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS DE DELEGADOS ACUERDO No 033 Diciembre 15 de 2012 Por el cual se reglamenta

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LOS EGRESADOS AL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE PAMPLONA CAPITULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LOS EGRESADOS AL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE PAMPLONA CAPITULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LOS EGRESADOS AL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE PAMPLONA CAPITULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN ARTICULO 1. El presente Reglamento Electoral se aplicará

Más detalles

REGLAMENTO PARA ELECCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE FACULTADES, PROGRAMAS Y DEPARTAMENTOS DE ECONOMÍA AFADECO ACUERDO Nº 1

REGLAMENTO PARA ELECCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE FACULTADES, PROGRAMAS Y DEPARTAMENTOS DE ECONOMÍA AFADECO ACUERDO Nº 1 REGLAMENTO PARA ELECCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE FACULTADES, PROGRAMAS Y DEPARTAMENTOS DE ECONOMÍA AFADECO ACUERDO Nº 1 Por medio de la cual se adopta el Reglamento para la Elección

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL Disposiciones Generales Artículo 1.- El Comité Electoral de la Universidad ESAN es la máxima autoridad electoral, es autónomo

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES PARA LOS COMITÉS FUNCIONALES

REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES PARA LOS COMITÉS FUNCIONALES REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES PARA LOS COMITÉS FUNCIONALES ÍNDICE CAPÍTULO I DE LAS ELECCIONES...3 Modificaciones al Reglamento General de los Comités Funcionales del Colegio de Contadores Públicos

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SENATI JUNIO

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SENATI JUNIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SENATI JUNIO - 2012 COMITÉ ELECTORAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO REGLAMENTO DE

Más detalles

ELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA

ELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA ELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA De conformidad con lo establecido en el artículo 42 de los Estatutos de la Sociedad Española de Enfermería Neurológica y con el artículo 29 sobre la composición

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS BBVA - FOE ACUERDO No. 002 de 2013 (Julio 18) REGLAMENTO DE ELECCIONES

FONDO DE EMPLEADOS BBVA - FOE ACUERDO No. 002 de 2013 (Julio 18) REGLAMENTO DE ELECCIONES FONDO DE EMPLEADOS BBVA - FOE ACUERDO No. 002 de 2013 (Julio 18) REGLAMENTO DE ELECCIONES Por medio del cual se reglamenta la elección de Delegados a Asamblea General y miembros de La Junta Directiva del

Más detalles

La Junta Directiva del Fondo de Empleados Fondexo, en uso de sus atribuciones legales y las conferidas en los Estatutos y, CONSIDERANDO

La Junta Directiva del Fondo de Empleados Fondexo, en uso de sus atribuciones legales y las conferidas en los Estatutos y, CONSIDERANDO FONDO DE EMPLEADOS DE SODEXO FONDEXO ACUERDO No. 001 REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS PARA LAS ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS Y/O EXTRAORDINARIAS DEL FONDO DE EMPLEADOS DE SODEXO FONDEXO La Junta Directiva

Más detalles

ARTICULO 2º.- La designación como miembro del Comité Electoral es irrenunciable y su asistencia es obligatoria durante el proceso eleccionario.

ARTICULO 2º.- La designación como miembro del Comité Electoral es irrenunciable y su asistencia es obligatoria durante el proceso eleccionario. REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE ADMINISTRACION DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTIMULO DE LA DIRECCION REGIONAL DE SALUD TACNA (CAFAE) PERIODO 2009 2011

Más detalles

GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA COMITÉ ELECTORAL 2015 ELECCIONES REPRESENTANTES DE TRABAJADORES COMITE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA COMITÉ ELECTORAL 2015 ELECCIONES REPRESENTANTES DE TRABAJADORES COMITE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO BASES DEL PROCESO DE ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE LA SEDE DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA TITULO I GENERALIDADES ART. 01º Las bases

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL INDICE Artículo 1. Articulo 2. Articulo 3. Articulo 4. Artículo 5. Artículo 6. Artículo 7. Artículo 8. Artículo 9. Artículo 10. Artículo 11. Artículo

Más detalles

PARTIDO POLÍTICO TODOS POR EL PERÚ

PARTIDO POLÍTICO TODOS POR EL PERÚ REGLAMENTO ELECTORAL PARA ELECCIÓN DE DELEGADOS REGIONALES Y DELEGADOS DE LIMA METROPOLITANA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto El presente reglamento establece las normas y procedimientos

Más detalles

NORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ. (Octubre de Enero de 2018)

NORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ. (Octubre de Enero de 2018) NORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (Octubre de 2017- Enero de 2018) De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.3 de los Estatutos de la Universidad de Alcalá

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS. RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 3078 de 2016

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS. RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 3078 de 2016 Por la cual se convoca a los Trabajadores y Profesores de la Universidad de los Llanos, con el propósito que elijan sus representantes ante el COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL de la Universidad de los Llanos,

Más detalles

PANDO ENTIDAD FINANCIERA DE VIVIENDA REGLAMENTO ELECTORAL

PANDO ENTIDAD FINANCIERA DE VIVIENDA REGLAMENTO ELECTORAL PANDO ENTIDAD FINANCIERA DE VIVIENDA REGLAMENTO ELECTORAL Aprobado por Asamblea Ordinaria de Socios en fecha 02 de abril de 2016 Art 1.- El presente Reglamento Electoral norma los procedimientos para la

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS RESOLUCIÓN RECTORAL No. 3072 de 2016 Por la cual se convoca a los profesores de las Facultades de Ciencias de la Salud, Ciencias Económicas y Ciencias Agropecuarias y Recursos Naturales, para que elijan

Más detalles

Reglamento de Elecciones del Sindicato SINAUT-SUNAT. Proceso Electoral para elección de la Junta Directiva Período

Reglamento de Elecciones del Sindicato SINAUT-SUNAT. Proceso Electoral para elección de la Junta Directiva Período Reglamento de Elecciones del Sindicato SINAUT-SUNAT Proceso Electoral para elección de la Junta Directiva Período 2011-2013 Artículo 1.- El Comité Electoral es el órgano responsable de la organización,

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0918 de 2017 Abril 24 de 2017

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0918 de 2017 Abril 24 de 2017 Por la cual se convoca a los profesores de las Facultades de Ciencias de la Salud, Ciencias Económicas, Ciencias Humanas y de la Educación y Ciencias Agropecuarias y Recursos Naturales de la Universidad

Más detalles

Y C O N S I D E R A N D O: 1. Que es función de la Junta Directiva aprobar su propio reglamento y los demás que crea necesarios y convenientes.

Y C O N S I D E R A N D O: 1. Que es función de la Junta Directiva aprobar su propio reglamento y los demás que crea necesarios y convenientes. REGLAMENTACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN Y ELECCIÓN DE DELEGADOS PARA LAS ASAMBLEAS DE FONDO DE EMPLEADOS DE GASES INDUSTRIALES DE COLOMBIA FONCRYOGAS La Junta Directiva del Fondo De Empleados De Gases Industriales

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES

REGLAMENTO DE ELECCIONES REGLAMENTO DE ELECCIONES Con el objeto de regular el proceso eleccionario para proveer los cargos directivos de APSICH, asegurando y fortaleciendo el principio de participación democrática de los afiliados,

Más detalles

CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO

CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO SANTIAGO DE CHILE, DICIEMBRE DE 2012 CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE LA UNCP

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE LA UNCP UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE LA UNCP Huancayo - Perú 2018 REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES

Más detalles

COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE UCAYALI REGLAMENTO ELECTORAL ELECCIONES DE CONSEJO DIRECTIVO PERIODO

COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE UCAYALI REGLAMENTO ELECTORAL ELECCIONES DE CONSEJO DIRECTIVO PERIODO REGLAMENTO ELECTORAL ELECCIONES DE CONSEJO DIRECTIVO PERIODO 2015-2016 Pucallpa, 25 de Julio 2014 REGLAMENTO ELECTORAL ELECCIONES DE CONSEJO DIRECTIVO PERIODO 2015-2016 BASE LEGAL Constituye Base Legal

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA SOCIEDAD DE INGENIEROS DE BOLIVIA CAPITULO I DEFINICIONES

REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA SOCIEDAD DE INGENIEROS DE BOLIVIA CAPITULO I DEFINICIONES REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA CAPITULO I DEFINICIONES ARTICULO 1º El Presente Reglamento tiene por finalidad regular y establecer el procedimiento de elecciones del Directorio

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS Por la cual se convoca a los estudiantes adscritos a los siguientes PROGRAMAS DE POSGRADO, Especialización en Agricultura Tropical Sostenible, Especialización en Producción Tropical Sostenible, Especialización

Más detalles

RESOLUCIÓN No.001 FEBRERO LA RECTORA DEL COLEGIO DE LA UNIVERSIDAD LIBRE CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No.001 FEBRERO LA RECTORA DEL COLEGIO DE LA UNIVERSIDAD LIBRE CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No.001 FEBRERO 05-2015 Por la cual se convoca a los miembros de la Comunidad Educativa a participar en la elección de los representantes a los órganos del Gobierno Escolar, Personero de los

Más detalles

ARTÍCULO 32 REFERENTE AL PROCEDIMIENTO DE LAS ELECCIONES DEL ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN DE MINAS, METALURGISTAS Y GEÓLOGOS Y DE MÉXICO, A.C.

ARTÍCULO 32 REFERENTE AL PROCEDIMIENTO DE LAS ELECCIONES DEL ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN DE MINAS, METALURGISTAS Y GEÓLOGOS Y DE MÉXICO, A.C. MODIFICACIÓN DE LOS INCISOS a), d), j), k), l), m), n), y r) DEL ARTÍCULO 32 REFERENTE AL PROCEDIMIENTO DE LAS ELECCIONES DEL ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN DE MINAS, METALURGISTAS Y GEÓLOGOS Y DE MÉXICO, A.C.

Más detalles

RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 2209

RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 2209 Por la cual se convoca a los Trabajadores y Profesores de la Universidad de los Llanos, con el propósito que elijan sus representantes ante el COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL de la Universidad de los Llanos.

Más detalles

PRIODO CAPITULO I GENERALIDADES

PRIODO CAPITULO I GENERALIDADES REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES PARA EL SUB COMITÉ DE ADMINISTRACION DE FONDOS DE ASISTENCIA Y ESTIMULO (SUBCAFAE) DEL HOSPITAL MARIA AUXILIADORA PRIODO 2016-2017 CAPITULO

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS ESTUDIANTILES Y DE LOS GRADUADOS

REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS ESTUDIANTILES Y DE LOS GRADUADOS REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS ESTUDIANTILES Y DE LOS GRADUADOS REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS ESTUDIANTILES Y DE LOS GRADUADOS CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 : Artículo 2 : Artículo

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA PUCP

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA PUCP REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA PUCP Artículo 1..- El presente Reglamento regula las siguientes elecciones: a) Representantes estudiantiles ante

Más detalles

GENERALIDADES TITULO I DE LA CONVOCATORIA Y DEL COMITÉ ELECTORAL CAPITULO I DE LA CONVOCATORIA

GENERALIDADES TITULO I DE LA CONVOCATORIA Y DEL COMITÉ ELECTORAL CAPITULO I DE LA CONVOCATORIA COMITÉ ELECTORAL DEL SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES CASTILLA-PIURA REGLAMENTO DE ELECCIONES PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE

Más detalles

CEPIA REGLAMENTO ELECTORAL CAPITULO I: DE LAS ELECCIONES DEL DIRECTORIO

CEPIA REGLAMENTO ELECTORAL CAPITULO I: DE LAS ELECCIONES DEL DIRECTORIO 1 CEPIA REGLAMENTO ELECTORAL CAPITULO I: DE LAS ELECCIONES DEL DIRECTORIO Artículo 1.- FECHA DE LAS ELECCIONES: La elección de los vocales principales y suplentes del directorio se realizará la tercera

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES: PROCESO ELECTORAL 2018 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL (VENP)

REGLAMENTO DE ELECCIONES: PROCESO ELECTORAL 2018 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL (VENP) Aprobado en Sesión Extraordinaria del Consejo Directivo del Instituto de Ingenieros de Minas del Perú (IIMP) el 09 de enero de 2018. REGLAMENTO DE ELECCIONES: PROCESO ELECTORAL 2018 VOTO ELECTRONICO NO

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES PARA EL PROCESO ELECTORAL DEL AÑO 2016 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL VENP- DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE ELECCIONES PARA EL PROCESO ELECTORAL DEL AÑO 2016 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL VENP- DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE ELECCIONES PARA EL PROCESO ELECTORAL DEL AÑO 2016 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL VENP- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento establece las normas y procedimientos para

Más detalles

CONSEJO NACIONAL DE POLITICAS PUBLICAS DE LA PERSONA JOVEN

CONSEJO NACIONAL DE POLITICAS PUBLICAS DE LA PERSONA JOVEN CONSEJO NACIONAL DE POLITICAS PUBLICAS DE LA PERSONA JOVEN PROCEDIMIENTO PARA PRE ASAMBLEAS DE ELECCION DE REPRESENTANTES DE SECTORES PARA LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA RED NACIONAL CONSULTIVA DE LA PERSONA

Más detalles

CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE DECANO FACULTAD DE INGENIERÍA

CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE DECANO FACULTAD DE INGENIERÍA CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE DECANO FACULTAD DE INGENIERÍA En Santiago, a 27 de Octubre de 2015.- LA H. JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL HA ACORDADO LO SIGUIENTE EN SU SESIÓN N 538 DE FECHA 27

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 2207 DE 2016 Por la cual se convoca a los PROFESORES de planta y ocasionales de la Universidad de los Llanos, a elegir a su representante ante el CONSEJO ACADÉMICO EL RECTOR DE LA

Más detalles

VOTACIONES ABRIL 29 DEL

VOTACIONES ABRIL 29 DEL CARTILLA ILUSTRATIVA PROCESO DE ELECCIÓN DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE EL CONSEJO SUPERIOR, CONSEJO ACADÉMICO. COMITÉ CENTRAL DE ADMISIONES, COMITÉ DE BIENESTAR universitario CONSEJOS DE FACULTADES,

Más detalles

PARTIDO POLITICO NACIONAL PERU LIBERTARIO I.- DEL COMITÉ ELECTORAL NACIONAL

PARTIDO POLITICO NACIONAL PERU LIBERTARIO I.- DEL COMITÉ ELECTORAL NACIONAL REGLAMENTO DE ELECCIONES INTERNAS PARA ELEGIR A PRECANDIDATOS DE ELECCIÓN POPULAR (DE AUTORIDADES REGIONALES Y MUNICIPALES) QUE SE REALIZARÁ EL DOMINGO 07 DE OCTUBRE DEL 2018 PARTIDO POLITICO NACIONAL

Más detalles

INSTRUCTIVO DE ELECCIONES PARA RENOVAR EL DIRECTORIO DE LAS ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL 2016

INSTRUCTIVO DE ELECCIONES PARA RENOVAR EL DIRECTORIO DE LAS ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL 2016 INSTRUCTIVO DE ELECCIONES PARA RENOVAR EL DIRECTORIO DE LAS ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL 2016 DE LA CONVOCATORIA Art. 1.- De acuerdo a la Resolución adoptada por el Consejo

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE DELEGADOS

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE DELEGADOS REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE DELEGADOS Brindamos servicios y beneficios a quienes confían en nuestra experiencia REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE DELEGADOS Página 1 de 7 COOPERATIVA RIACHÓN LTDA. REGLAMENTO

Más detalles

Año de la Consolidación Económica y Social del Perú

Año de la Consolidación Económica y Social del Perú REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS LOCALES ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN INTERGUBERNAMENTAL I. OBJETIVO Establecer las disposiciones adicionales necesarias para la realización

Más detalles

CONSIDERANDO ACUERDA CAPITULO I DE LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES.

CONSIDERANDO ACUERDA CAPITULO I DE LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES. REGLAMENTO DE ELECCIÓN DE VOCALES REPRESENTANTES DE LA CIUDADANÍA ANTE EL DIRECTORIO DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE GUARANDA. CONSIDERANDO 1. Que el Art. 225 de la Constitución

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS (1º de octubre) Por la cual se convoca a los EGRESADOS de los postgrados de: Gestión Ambiental Sostenible; Salud Ocupacional; Administración en Salud y Salud Familiar, para elegir a sus representantes

Más detalles

Febrero 14 de 2015 EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA COOPERATIVA MULTIACTIVA NACIONAL DE BIENESTAR FAMILIAR CONSIDERANDO: ACUERDA:

Febrero 14 de 2015 EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA COOPERATIVA MULTIACTIVA NACIONAL DE BIENESTAR FAMILIAR CONSIDERANDO: ACUERDA: ACUERDO Nº 291 Febrero 14 de 2015 Por el cual se reglamenta la elección de Delegados a la Vigésima octava Asamblea General Ordinaria de Delegados de la Cooperativa Multiactiva Nacional de Bienestar Familiar

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS Por la cual se convoca a los ESTUDIANTES adscritos a las Facultades de Ciencias Agropecuarias y Recursos Naturales, Ciencias de la Salud, a elegir a su representante ante el CONSEJO DE FACULTAD EL RECTOR

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO Y DE LOS CAPÍTULOS ESTATALES DEL COLEGIO MEXICANO DE NUTRIÓLOGOS, A.C.

REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO Y DE LOS CAPÍTULOS ESTATALES DEL COLEGIO MEXICANO DE NUTRIÓLOGOS, A.C. REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO Y DE LOS CAPÍTULOS ESTATALES DEL COLEGIO MEXICANO DE NUTRIÓLOGOS, A.C. Capítulo Primero DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Las elecciones del Vicepresidente

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA SOCIEDAD PERUANA DE HEMOTERAPIA Y BANCO DE SANGRE

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA SOCIEDAD PERUANA DE HEMOTERAPIA Y BANCO DE SANGRE REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA SOCIEDAD PERUANA DE HEMOTERAPIA Y BANCO DE SANGRE TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1º.- El presente Reglamento establece

Más detalles

ACTA DE REUNIÓN DE LA JUNTA ELECTORAL DEL CLUB NÁUTICO PLAYA SAN MAROS Y ELABORACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA.

ACTA DE REUNIÓN DE LA JUNTA ELECTORAL DEL CLUB NÁUTICO PLAYA SAN MAROS Y ELABORACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA. ACTA DE REUNIÓN DE LA JUNTA ELECTORAL DEL CLUB NÁUTICO PLAYA SAN MAROS Y ELABORACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA. En la secretaría del Club Náutico Playa san Marcos, siendo las 14:00 p.m. del día 01 de julio de

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO Artículo 1: El sufragio es un derecho y un deber, que tienen todos los alumnos

Más detalles

Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral.

Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral. REGIMEN Y PROCEDIMIENTO ELECTORAL Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral. La Junta Directiva acordará la promoción del proceso electoral en los siguientes supuestos:

Más detalles

RESOLUCIÓN No. 016 (21 de enero de 2015)

RESOLUCIÓN No. 016 (21 de enero de 2015) RESOLUCIÓN No. 016 (21 de enero de 2015) Por medio de la cual se REGLAMENTA EL PROCEDIMIENTO PARA LA ELECCION DE DELEGADOS a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE DELEGADOS a celebrarse el próximo 25 de febrero

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS GRUPO ACCIONPLUS REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS

FONDO DE EMPLEADOS GRUPO ACCIONPLUS REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS FONDO DE EMPLEADOS GRUPO ACCIONPLUS REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS Por medio del cual se reglamenta el procedimiento para la Elección de Delegados a la Asamblea General Ordinaria de Delegados, a celebrarse

Más detalles

td 721 Slop. Universidad Pedagógica y

td 721 Slop. Universidad Pedagógica y td 721 Slop. Universidad Pedagógica y, Tecnológica de Colombia Billranani5Z M U L T I C A M P U S RESOLUCIÓN 3910 00 2015 MEN / 6 AÑOS RESOLUCIÓN No. 6 85 5 VIGILADA MINEDUCACIÓN www.uptc.edu co ( 0 1

Más detalles

ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA SPO BIENIO COMUNICADO Nº5 TITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES

ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA SPO BIENIO COMUNICADO Nº5 TITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA SPO BIENIO 2017 2019 COMUNICADO Nº5 REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SOCIEDAD PERUANA DE OFTALMOLOGIA BIENIO 2017 2019

Más detalles

Universidad de Nariño

Universidad de Nariño Universidad de Nariño RESOLUCION RECTORAL No. 3659 (24 de octubre de 2014) Por la cual se convoca y reglamenta la elección de Representante Profesoral ante el Consejo Académico Universitario. EL RECTOR

Más detalles

La Junta Directiva de la CÁMARA DE COMERCIO E INDUSTRIAS DE CORTÉS CCIC, de

La Junta Directiva de la CÁMARA DE COMERCIO E INDUSTRIAS DE CORTÉS CCIC, de 1 32 La Junta Directiva de la CÁMARA DE COMERCIO E INDUSTRIAS DE CORTÉS CCIC, de conformidad al Artículo 24 del Reglamento de la Ley de Cámaras de Comercio e Industrias de Honduras, DECRETA: El siguiente

Más detalles

Elecciones a la Comisión Ejecutiva Reglamento General Orgánico: Régimen Electoral

Elecciones a la Comisión Ejecutiva Reglamento General Orgánico: Régimen Electoral Elecciones a la Comisión Ejecutiva Reglamento General Orgánico: Régimen Electoral Reglamento aprobado por la Comisión Ejecutiva el 15 de octubre de 2015 en la ciudad de San Salvador (El Salvador) DISPOSICIONES

Más detalles

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO GENERAL PARA EL PROCESO DE ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA (Periodo 2016-2018) CAPITULO

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA PUCP

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA PUCP REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA PUCP Artículo 1..- El presente Reglamento regula las siguientes elecciones: a) Representantes estudiantiles ante

Más detalles

Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia

Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia Convocatoria de elecciones para cubrir la presidencia y secretaría de la Junta de Garantías del Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia Murcia, 22 de noviembre de 2016 La Junta de Gobierno

Más detalles

Comité Electoral COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ

Comité Electoral COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CORPAC S.A. 2007 TRABAJO 1 ART. 01 ART. 02 ART. 03 ART. 04

Más detalles

CAPITULO I GENERALIDADES

CAPITULO I GENERALIDADES REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE LA COMISIÓN PERMANENTE DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS DE LA SEDE DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA CAPITULO I GENERALIDADES

Más detalles

Cuadro de Actualizaciones 8

Cuadro de Actualizaciones 8 TABLA DE CONTENIDO Tema Página CAPITULO I Convocatoria 2 CAPITULO II Requisitos para inscripción a delegados 4 CAPITULO III Votaciones 4 CAPITULO IV Escrutinios y Publicación 6 CAPITULO V Apelaciones 7

Más detalles

BASES SEGUNDA: TERCERA:

BASES SEGUNDA: TERCERA: CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DEL PERSONAL ACADÉMICO Y DE LOS ALUMNOS ANTE EL CONSEJO DIVISIONAL DE CIENCIAS Y ARTES PARA EL DISEÑO DE LA UNIDAD XOCHIMILCO, DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA

Más detalles

FEDERACIÓN MÉDICA PERUANA REGLAMENTO DE ELECCIONES GENERALES

FEDERACIÓN MÉDICA PERUANA REGLAMENTO DE ELECCIONES GENERALES FEDERACIÓN MÉDICA PERUANA REGLAMENTO DE ELECCIONES GENERALES 2006-2008 Art. 1º La Junta Directiva Nacional Ampliada, ha convocado a Elecciones para renovar la Junta Directiva Nacional y la Juntas Directivas

Más detalles

Resolución de Presidencia del Consejo Directivo NO OEFAIPCD

Resolución de Presidencia del Consejo Directivo NO OEFAIPCD Resolución de Presidencia del Consejo Directivo NO039-2014-OEFAIPCD Lima, 0 7 ABR. 2016, CONSIDERANDO: Que, la Ley N" 27815 - Ley del Código de Ética de la Función Pública establece los Principios, Deberes

Más detalles

La Asamblea General Ordinaria de Asociados del Fondo de Empleados de la Fábrica de Café Liofilizado, en uso de sus atribuciones legales

La Asamblea General Ordinaria de Asociados del Fondo de Empleados de la Fábrica de Café Liofilizado, en uso de sus atribuciones legales Página: 1 de 1 La Asamblea General Ordinaria de Asociados del Fondo de Empleados de la Fábrica de Café Liofilizado, en uso de sus atribuciones legales C O N S I D E R A N D O: 1. Que es función de la Asamblea

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE DELEGADOS COOPERATIVA DE SERVICIOS MÚLTIPLES MOGOTES SERVIMCOOP ACUERDO NÚMERO 02 DE 2017

REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE DELEGADOS COOPERATIVA DE SERVICIOS MÚLTIPLES MOGOTES SERVIMCOOP ACUERDO NÚMERO 02 DE 2017 REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE DELEGADOS COOPERATIVA DE SERVICIOS MÚLTIPLES MOGOTES SERVIMCOOP ACUERDO NÚMERO 02 DE 2017 REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE DELEGADOS Por medio del cual se reglamenta la elección

Más detalles

ACUERDO 036 DE 2015 EL CONSEJO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS

ACUERDO 036 DE 2015 EL CONSEJO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS ACUERDO 036 DE 2015 "Por el cual se convoca y se determina el calendario para el Proceso de Elección de Representantes Estudiantiles ante los Comités Asesores de los Programas Curriculares de Pregrado

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0917 de 2017 Abril 24 de 2017

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0917 de 2017 Abril 24 de 2017 Por la cual se convoca a los estudiantes a Elección del representante de los estudiantes ante el consejo de facultad de ciencias agropecuarias y recursos naturales, y, elección de representantes de estudiantes

Más detalles

Reglamento para elección de los Órganos de Administración, Control y Comité de Apelaciones.

Reglamento para elección de los Órganos de Administración, Control y Comité de Apelaciones. Página: 1 de 5 El Consejo de Administración de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Coomonómeros, en uso de las atribuciones que le confiere el Artículo 30 de la Ley 79 de 1988 y lo señalado en el estatuto,

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES FEDINOR LTDA. NIT JUNTA DIRECTIVA

FONDO DE EMPLEADOS DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES FEDINOR LTDA. NIT JUNTA DIRECTIVA FONDO DE EMPLEADOS DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES FEDINOR LTDA. NIT. 800.198.921-0 JUNTA DIRECTIVA RESOLUCION No. 001 DEL 28 DE NOVIEMBRE AÑO 2015 MEDIANTE LA CUAL SE DICTA EL REGLAMENTO PARA

Más detalles

REGLAMENTO PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA EL PERIODO

REGLAMENTO PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA EL PERIODO REGLAMENTO PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA EL PERIODO 2013-2014 En Arequipa, a los 13 días del mes de febrero del 2013, el Comité

Más detalles

REGLAMENTO DE ASAMBLEA

REGLAMENTO DE ASAMBLEA REGLAMENTO DE ASAMBLEA La Asamblea General Ordinaria de Asociados del FONDO DE EMPLEADOS DE REDES Y PROYECTOS DE ENERGIA FONREDES, en uso de sus atribuciones legales y las conferidas por el artículos 47

Más detalles

DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA.

DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA. MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA. (Corregido) REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS

Más detalles

ASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I. De la convocatoria

ASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I. De la convocatoria Página1 INSTRUCCIONES ELECTORALES ASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I De la convocatoria Artículo 1. Las Asambleas Locales y de Distrito podrán ser ordinarias o extraordinarias. La Asamblea

Más detalles

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE LAMBAYEQUE COMITÉ ELECTORAL

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE LAMBAYEQUE COMITÉ ELECTORAL 1 COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE LAMBAYEQUE COMITÉ ELECTORAL REGLAMENTO INTERNO DE ELECCIONES PARA ELEGIR EL CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE LAMBAYEQUE PERIODO 2019-2020 CAPITULO

Más detalles

RESOLUCIÓN DE ELECCIONES SINDICALES NÚMERO 01 Septiembre 06 de 2017

RESOLUCIÓN DE ELECCIONES SINDICALES NÚMERO 01 Septiembre 06 de 2017 RESOLUCIÓN DE ELECCIONES SINDICALES NÚMERO 01 Septiembre 06 de 2017 Por medio de la cual se convoca a Elecciones de los Órganos de Dirección y Control de la ASEP para el periodo 2018 2019 y se reglamenta

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES A LA JUNTA DE DELEGADOS DE LA SOCIEDAD FUNERARIA NACIONAL SFN LA JUNTA DE DELEGADOS DE LA SOCIEDAD FUNERARIA NACIONAL

REGLAMENTO DE ELECCIONES A LA JUNTA DE DELEGADOS DE LA SOCIEDAD FUNERARIA NACIONAL SFN LA JUNTA DE DELEGADOS DE LA SOCIEDAD FUNERARIA NACIONAL REGLAMENTO DE ELECCIONES A LA JUNTA DE DELEGADOS DE LA SOCIEDAD FUNERARIA NACIONAL SFN LA JUNTA DE DELEGADOS DE LA SOCIEDAD FUNERARIA NACIONAL CONSIDERANDO: Que en el capítulo II del Estatuto vigente en

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS DE COMCEL FONCEL ASAMBLEA ORDINARIA DE DELEGADOS MARZO 24 DE 2017 REGLAMENTO INTERNO

FONDO DE EMPLEADOS DE COMCEL FONCEL ASAMBLEA ORDINARIA DE DELEGADOS MARZO 24 DE 2017 REGLAMENTO INTERNO FONDO DE EMPLEADOS DE COMCEL FONCEL ASAMBLEA ORDINARIA DE DELEGADOS MARZO 24 DE 2017 REGLAMENTO INTERNO La Junta Directiva somete a aprobación de la Asamblea el presente reglamento ARTÍCULO 1 : INSTALACIÓN

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES FEDINOR LTDA. NIT JUNTA DIRECTIVA

FONDO DE EMPLEADOS DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES FEDINOR LTDA. NIT JUNTA DIRECTIVA FONDO DE EMPLEADOS DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES FEDINOR LTDA. NIT. 800.198.921-0 JUNTA DIRECTIVA RESOLUCION No. 001 DEL 16 DE DICIEMBRE AÑO 2017 MEDIANTE LA CUAL SE DICTA EL REGLAMENTO PARA

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO FINANTEL Ltda.

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO FINANTEL Ltda. REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO FINANTEL Ltda. GENERALIDADES Articulo 1.- La Cooperativa de Ahorro y Crédito FINANTEL Ltda., en adelante FINANTEL, es una asociación con personería

Más detalles