BOLETÍN OFICIAL. Junta General del Principado de Asturias. Serie B Actividad Legislativa. 31 de julio de 2013 IX LEGISLATURA Núm.

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1 Junta General del Principado de Asturias BOLETÍN OFICIAL 31 de julio de 2013 IX LEGISLATURA Núm. 432 Serie B Actividad Legislativa 2. PROCEDIMIENTOS DE CONTROL 2.05 OTROS INFORMES SINDICATURA DE CUENTAS Informe definitivo de la Sindicatura de Cuentas sobre la fiscalización del sector público local del Principado de Asturias, ejercicio 2011 (09/0006/0013/06134) (Admitido a trámite por la Mesa de la Cámara en sesión de 30 de julio de En la misma sesión se acordó remitirlo a la Comisión de Hacienda y Sector Público, y posponer la apertura del plazo para proponer la celebración de comparecencias hasta el inicio del próximo período de sesiones, en cumplimiento del artículo del Reglamento de la Junta General. ) ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN... 3 I.1. INICIATIVA DE LA FISCALIZACIÓN... 3 I.2. MARCO NORMATIVO... 3 I.3. OBJETIVOS... 4 I.4. LIMITACIÓN AL ALCANCE... 5 I.5. ÁMBITO... 6 I.5.1 ÁMBITO SUBJETIVO...6 i.5.2 ÁMBITO TEMPORAL... 7 I.6. TRÁMITE DE ALEGACIONES... 8 II. CONCLUSIONES... 9 II.1. SOBRE LA RENDICIÓN... 9 II.1.1. CUENTAS RENDIDAS EN PLAZO...9 II.1.2. RINDEN FUERA DE PLAZO...10 II.2. SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE TRAMITACIÓN DEL PRESUPUESTO Y LA CUENTA GENERAL II.3. DEL ANÁLISIS ECONÓMICO-FINANCIERO II.3.1. ENTIDADES SUJETAS A CONTABILIDAD PÚBLICA...12 II.3.2. ENTIDADES SUJETAS A CONTABILIDAD PRIVADA...14 II.4. SOBRE EL ANÁLISIS ESPECÍFICO REALIZADO...15 II.5. SOBRE LA CONTRATACIÓN III. RECOMENDACIONES...17 III.1. RECOMENDACIONES DEL EJERCICIO III.2. SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES EFECTUADAS EN EJERCICIOS ANTERIORES IV. TRAMITACIÓN...18 IV.1. APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO...18 IV.2. LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO IV.3. CUENTA GENERAL...19 IV.3.1. FORMACIÓN DE LA CUENTA GENERAL...19 IV.3.2. INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS...20 IV.3.3. APROBACIÓN DE LA CUENTA GENERAL...20 V. RENDICIÓN DE CUENTAS...21 V.1. ANÁLISIS GLOBAL DEL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE RENDICIÓN DE CUENTAS V.2. RENDICIÓN DE LAS ENTIDADES LOCALES V.2.1. AYUNTAMIENTOS...22 V.2.2. PARROQUIAS RURALES...23 V.2.3. CONSORCIOS...23 V.2.4. MANCOMUNIDADES...23 V.3. RENDICIÓN DE LOS ENTES DEPENDIENTES...24 V.3.1. ORGANISMOS AUTÓNOMOS...24 V.3.2. FUNDACIONES...25 V.3.3. SOCIEDADES MERCANTILES...25 V.4. INCIDENCIAS EN LA RENDICIÓN V.4.1. SUBSANACIÓN DE INCIDENCIAS EN LA RENDICIÓN...27 VI. ANÁLISIS ECONÓMICO DEL SECTOR PÚBLICO...29 VI.1. ACOTACIONES VÁLIDAS PARA TODAS LAS ENTIDADES VI.2. DE LAS ENTIDADES LOCALES VI.2.1. AYUNTAMIENTOS...30 VI.2.2. PARROQUIAS RURALES...44 VI.2.3. CONSORCIOS...49 VI.2.4. MANCOMUNIDADES VI.3. DE LAS ENTIDADES DEPENDIENTES... 61

2 Serie B - Número 432 BOLETÍN OFICIAL - IX LEGISLATURA 31 de julio de 2013 VI.3.1. ORGANISMOS AUTÓNOMOS...61 VI.3.2. SOCIEDADES MERCANTILES...69 VI.3.3. FUNDACIONES...76 VII. ANÁLISIS DE LA CONTRATACIÓN VII.1. ANÁLISIS GLOBAL VIII. ANÁLISIS ESPECÍFICO VIII.1 CONTABILIZACIÓN DE LAS LIQUIDACIONES NEGATIVAS DEL SISTEMA DE FINANCIACIÓN LOCAL...83 VIII.2. ANTICIPOS REINTEGRABLES AL PERSONAL VIII.3. CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE MOROSIDAD VIII.4. ANÁLISIS DEL REMANENTE DE TESORERÍA DE LOS AYUNTAMIENTOS VIII.5. ANÁLISIS DE LOS CONTRATOS MENORES...88 ANEXOS...91 SIGLAS Y ABREVIATURAS Ayto/Aytos Ayuntamiento/Ayuntamientos AA.PP Administraciones Públicas APA Administración del Principado de Asturias Art. Artículo BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias CA Comunidad Autónoma c/c Cuenta corriente DRN Derechos reconocidos netos EL/EE.LL. Entidad local/entidades locales ICALB Instrucción del modelo Básico de Contabilidad Local, aprobado por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda 4040/2004 de 23 de noviembre ICALN Instrucción del modelo Normal de Contabilidad Local, aprobado por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda 4041/2004 de 23 de noviembre ICALS Instrucción del modelo Simplificado de Contabilidad Local, aprobado por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda 4042/2004, de 23 de noviembre IGAE Intervención General de la Administración del Estado LRBRL Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local LCSP Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público LGP Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria LGS Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones LSC Ley del Principado de Asturias, 3/2003, de 24 de abril, de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias OA Organismo Autónomo OO.AA. Organismos Autónomos ORN Obligaciones reconocidos netas RD 500/1990 Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos RDPLCSP Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público RGLCAP Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas Rtdo. Pptario Resultado presupuestario SC Sindicatura de Cuentas SDC Saldo de dudoso cobro SPLPA Sector Público Local del Principado de Asturias Subv. Subvención TCu Tribunal de Cuentas TRLCAP Real Decreto Legislativo 2/2000 de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas TRLGEP Real Decreto legislativo 2/2007, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria TRLRHL Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales TRRL Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local PMP Periodo medio de pago 2

3 31 de julio de 2013 BOLETÍN OFICIAL - IX LEGISLATURA Serie B - Número 432 I. INTRODUCCIÓN I.1. Iniciativa de la fiscalización De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley del Principado de Asturias 3/2003, de 24 de marzo, de la Sindicatura de Cuentas, en el ejercicio de su función fiscalizadora, y sin perjuicio de las competencias que corresponden al TCu, incumbe a la SC el examen, comprobación y fiscalización de las cuentas de los sujetos integrantes del sector público autonómico. El artículo 2 de la citada Ley incluye en el sector público autonómico a las EE.LL. situadas en el territorio del Principado de Asturias y sus organismos, entes, entidades, fundaciones y empresas públicas con participación mayoritaria o dominio efectivo, directo o indirecto, del Principado, independientemente de que se rijan por el derecho público o privado. En virtud de tal función fiscalizadora con fecha 29 de diciembre de 2011 se aprobó por el Consejo de la Sindicatura de Cuentas el Programa Anual de Fiscalizaciones para el ejercicio 2012, en el que se incluyen, entre otros, el informe sobre el Sector Local correspondiente al ejercicio En el marco de colaboración con el Tribunal de Cuentas y, buscando una solución integradora de los diferentes ordenamientos jurídicos aplicables, se unifica la fecha límite de rendición a los efectos de los Informes sobre el sector local, que queda establecida en el 15 de octubre, armonizando nuestra normativa específica con lo señalado en la legislación local. Este criterio será de aplicación en las siguientes fiscalizaciones referidas al sector local. I.2. Marco normativo La normativa aplicable a la actividad económica, financiera, presupuestaria y contable del sector local del Principado de Asturias durante el ejercicio 2011 está constituida, fundamentalmente, por las siguientes disposiciones: - Ley del Principado de Asturias, 3/2003, de 24 de marzo, de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias (LSCPA). - Ley 7/1985, de 26 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. - Ley del PA 11/1986, de 20 de noviembre, por la que se reconoce la personalidad jurídica de las Parroquias Rurales. - Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. - Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos (RD 500/1990) - Orden EHA/3565/2008 de 3 de diciembre por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales. - Orden EHA/4040/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Básico de Contabilidad Local (ICAL Básica). 3

4 Serie B - Número 432 BOLETÍN OFICIAL - IX LEGISLATURA 31 de julio de Orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Normal de Contabilidad Local (ICAL Normal). - Orden EHA/4042/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Simplificado de Contabilidad Local (ICAL Simplificado). - Resolución de 28 de julio de 2006, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se recomienda un formato normalizado de la Cuenta General de las entidades locales en soporte informático, que facilite su rendición. - Acuerdo del Consejo de la Sindicatura de Cuentas, de fecha 16 de julio de 2010, por el que se aprueban los formatos normalizados de la rendición de las Cuentas Generales de las Entidades Locales en soporte informático y el procedimiento telemático para la rendición de cuentas y deja sin efecto los acuerdos de 8 de marzo de 2007, y de 10 de julio de Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria. - Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre de 2001, de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales - Normativa aplicable sobre remisión al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones anuales de los contratos celebrados por las Entidades del Sector Público Local. - Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local. - Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público. - Ley del Principado de Asturias 4/2009, de 29 de diciembre, de Medidas Administrativas y Tributarias de Acompañamiento a los Presupuestos Generales para I.3. Objetivos Los objetivos del informe sobre el Sector Local del Principado de Asturias del ejercicio 2011 son los siguientes: a) Objetivo general - Dar una visión global del SPLPA 31 de diciembre de b) Objetivos de rendición - Verificar que las cuentas de las EE.LL. están correctamente formadas y tramitadas y se rinden en los plazos legalmente establecidos. - Analizar la evolución e incidencias producidas en materia de rendición. c) Objetivos del análisis económico-financiero 4

5 31 de julio de 2013 BOLETÍN OFICIAL - IX LEGISLATURA Serie B - Número Análisis económico-financiero y presupuestario a nivel agregado de las cuentas rendidas en los ejercicios 2010 y Análisis de los importes de las subvenciones recibidas por las sociedades mercantiles incluidas en el SPLPA. d) Objetivos sobre la contratación - Ofrecer una visión global de la contratación del SPL verificando el cumplimiento de la obligación de remitir una relación anual de contratos celebrados y de remitir los extractos de los expedientes, en su caso. e) Objetivos específicos - Comprobar la contabilización de liquidaciones negativas a compensar por parte de aquellos ayuntamientos en que se hayan producido, referidas al sistema de financiación local en el ejercicio 2008 y Analizar la adecuación a la legalidad de la concesión y la amortización de los anticipos reintegrables al personal. - Análisis a nivel de los ayuntamientos, de los derechos pendientes de cobro de ejercicios cerrados y su relación con las provisiones para insolvencias, con el objeto de evaluar la calidad del remanente de tesorería. - Verificar que los contratos menores se han celebrado de acuerdo con la normativa. I.4. Limitación al alcance El bajo nivel de rendición del SPLPA, el segundo más bajo de España en el ejercicio 2010, condiciona la elaboración y conclusiones de este informe. 5

6 Serie B - Número 432 BOLETÍN OFICIAL - IX LEGISLATURA 31 de julio de 2013 A continuación se relacionan las entidades que no han rendido sus cuentas del ejercicio 2011 a 6 de mayo de 2013, fecha de finalización de los trabajos preliminares: Tipo de Ente Ayuntamientos OO.AA. Consorcios Mancomunidades Fundaciones Sociedades Mercantiles Amieva Boal Cangas del Narcea Cangas de Onís Corvera de Asturias Gozón Illano Laviana Lena Llanes Denominación Parres Pesoz Ponga Ribadedeva Salas San Martín del Rey Aurelio San Martín de Oscos Santa Eulalia de Oscos Somiedo Total 19 Patronato Municipal del Museo de Anclas (Ayuntamiento de Castrillón) Patronato Municipal de Deportes de Laviana Agencia de Desarrollo Local Municipal de Formación, Empleo y Empresas del Ayuntamiento de Llanes Patronato Municipal Deportivo de San Martín del Rey Aurelio Patronato Deportivo Municipal de Cangas de Onís Total 5 Asturiano de Servicios Tecnológicos (CAST) Camín Real de la Mesa Costa Norte De la Feria de Muestras y Expositores de San Martín del Rey Aurelio Para el Desarrollo de la Montaña Central de Asturias Institución Ferial Comarca de Avilés Feria de Muestras de Grado Turístico Cangas del Narcea Para la Gestión del Ecomuseo del Valle de Samuño Total 9 Cabo Peñas Cinco Villas Valles del Oso Concejos de la Zona Suroccidental de Asturias Comarca del Sueve Del Nora Concejos de Grado, Yernes y Tameza Concejos de Llanes y Ribadedeva Concejos de Parres y Piloña Concejos de Cangas de Onís, Amieva, Onis y Ponga Servicios del Valle del Nalón Occidental Total 12 Agencia Local de la Energía de Gijón Residencia Valle del Caudal Total 2 Promociones Turísticas Ribadedeva SA. PROTURISA Total 1 I.5. Ámbito I.5.1. Ámbito subjetivo Constituye el ámbito subjetivo de la presente fiscalización todas las EE.LL. pertenecientes al SPLPA y sus entidades dependientes. En el ejercicio 2011 el censo de dichas entidades asciende a 149, de las que dependen 56 entes, siendo la variación respecto al ejercicio anterior la que se muestra en el siguiente cuadro: 6

7 31 de julio de 2013 BOLETÍN OFICIAL - IX LEGISLATURA Serie B - Número 432 Tipo de ente 2010 Altas Bajas 2011 Ayuntamientos Parroquias rurales Mancomunidades Consorcios Total entidades Locales OO.AA Sociedades Mercantiles Fundaciones Total entes dependientes Total General El detalle de las altas habidas en el ejercicio es el siguiente: - Consorcio para la Gestión del Ecomuseo del Valle de Samuño, constituido el 23 de marzo de Mancomunidad del Nora: Constituida el 5 de mayo de Causa baja: - Mancomunidad de los Montes de Peñamayor, ya que, consecuencia de su disolución, ha causado baja en el Registro de Cuentadantes de la SC el 31 de diciembre de Se adjuntan en los siguientes anexos la relación del censo de entidades locales: - Anexo I.1: Censo de ayuntamientos - Anexo I.2: Censo de OO.AA. - Anexo I.3: Censo de parroquias rurales - Anexo I.4: Censo de mancomunidades - Anexo I.5: Censo de consorcios - Anexo I.6: Censo de Sociedades Mercantiles - Anexo I.7: Censo de fundaciones I.5.2. Ámbito temporal La fiscalización se entiende referida al ejercicio 2011, si bien en el apartado de rendición se realizará un seguimiento de las cuentas correspondientes a ejercicios anteriores remitidas dentro del ámbito temporal. Las fechas que se tienen en cuenta en la realización de los diversos análisis realizados se resumen en el siguiente cuadro: Ámbito temporal Fecha Plazo legal de rendición de empresas y fundaciones públicas 30/06/2012 Plazo legal de rendición de las EE.LL. 06/11/2012 Fecha límite de admisión de cuentas para el análisis de la rendición 06/02/2013 Fecha límite de admisión de cuentas para análisis económico financiero y específico 06/02/2013 Fecha límite de admisión de certificaciones y expedientes de contratación 31/08/2012 7

8 Serie B - Número 432 BOLETÍN OFICIAL - IX LEGISLATURA 31 de julio de 2013 A) Fecha de rendición legal Según lo establecido en el artículo 8 de la LSC, las cuentas de las Corporaciones locales se rendirán dentro de los treinta días siguientes a aquel en el que, de acuerdo con la normativa reguladora de las haciendas locales, deban ser aprobadas. Para las cuentas correspondientes al ejercicio 2011 el plazo de rendición termina el 6 de noviembre de Por su parte, las entidades dependientes excepto OO.AA. de estas corporaciones locales, pondrán a disposición de esta SC sus cuentas dentro del mes siguiente a la fecha de aprobación de las mismas y, en todo caso, con carácter previo a la fecha en que finalice el plazo legalmente establecido para su aprobación. B) Plazo máximo de recepción de las cuentas para su análisis Para la realización de los análisis únicamente se han considerado las cuentas que han entrado en esta SC hasta el 6 de febrero de C) Fecha de emisión del informe Además de lo mencionado anteriormente, se expone una relación de las entidades que han rendido a la fecha de terminación de los trabajos preliminares de este informe (6 de mayo de 2013). D) Fecha límite de admisión de certificaciones y expedientes de contratación Para el análisis del cumplimiento de las obligaciones relativas al apartado de contratación se han tomado aquellas relaciones y extractos de expedientes remitidos hasta el 31 de agosto de I.6. Trámite de alegaciones. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 13 de la LSC y 23.4 de los Estatutos de Organización y Funcionamiento de la SC, se puso en conocimiento de los responsables de los entes delimitados en el ámbito subjetivo el Informe Provisional sobre el SPLPA del ejercicio El objetivo es posibilitar que se formulen cuantas alegaciones se estimen oportunas y se aporten los documentos que se entiendan pertinentes en relación con la fiscalización realizada. Las dos alegaciones formuladas han sido analizadas y valoradas detenidamente, sin embargo, el texto inicial no se ha visto alterado por ninguna de ellas porque no se comparten las explicaciones o juicios de valor en ellas vertidos. No obstante se ha corregido un error material detectado en el anexo XX y se ha tenido en cuenta una aportación de documentación efectuada. 8

9 31 de julio de 2013 BOLETÍN OFICIAL - IX LEGISLATURA Serie B - Número 432 II. CONCLUSIONES El Principado de Asturias tiene el segundo nivel más bajo de rendición en el ejercicio 2010 de toda España. Las entidades incumplidoras se detallan en la limitación al alcance de este informe ascendiendo a un total de 48 entidades (19 ayuntamientos, 5 OO.AA., 9 consorcios, 12 mancomunidades, 2 fundaciones y 1 sociedad mercantil). Estas entidades ni informan ni justifican la aplicación de los recursos públicos puestos a su disposición, por lo tanto incumplen con la obligación básica y primordial de rendir cuentas y contravienen el principio esencial de transparencia que debe regir la gestión de fondos públicos. II.1. Sobre la rendición II.1.1. Cuentas rendidas en plazo Los anexos II.1 a II.7 recogen la relación detallada de las fechas de rendición. También recogen la relación de los entes que no rindieron cuentas. Hasta la fecha fijada legalmente, han rendido sus cuentas el 37% de los ayuntamientos, el 97% de las parroquias rurales y el 21% de los consorcios. En los municipios, el nivel de rendición en plazo ha aumentado un 6% respecto a Sin embargo, ha disminuido el nivel de la misma en consorcios, sociedades mercantiles y fundaciones. En cuanto a las entidades dependientes, han rendido en plazo el 40% de los OO.AA., el 71% de las Sociedades Mercantiles y el 40% de las fundaciones públicas. Se resume en el cuadro siguiente el grado de rendición de 2010 y 2011: Tipo de ente Nº Entidades Locales Rinden en plazo Rinden fuera de plazo Ayuntamientos Parroquias rurales Mancomunidades Consorcios Total entidades Locales OO.AA Sociedades Mercantiles Fundaciones Total entes dependientes Total General

10 Serie B - Número 432 BOLETÍN OFICIAL - IX LEGISLATURA 31 de julio de 2013 II.1.2. Rinden fuera de plazo II Rendición a 6 de febrero de 2013 La situación de la rendición, a dicha fecha, de las cuentas relativas al ejercicio 2011, de los distintos entes que componen el SPLPA se resume a continuación: Tipo de ente 2011 Total rinden No rinden Nº % Nº % Ayuntamientos % 30 38% Parroquias rurales % - 0% Mancomunidades % 15 88% Consorcios % 12 80% Total entidades Locales % 57 38% OO.AA % 10 40% Sociedades Mercantiles % 1 5% Fundaciones % 2 20% Total entes dependientes % 13 23% Total General % 70 34% II Cuentas rendidas entre el 6 de febrero y el 6 de mayo de 2013 Estas cuentas, de acuerdo con el apartado I.5.2.C) anterior, no se incluyen en el análisis económicofinanciero de la información. Sólo se muestran a título informativo. Tipo de Ente Denominación Fecha de envío Ayuntamiento Consorcio Mancomunidad OO.AA. Ayto. de Carreño OO.AA. Ayto. de Langreo Belmonte de Miranda 12/02/2013 Taramundi 19/02/2013 Degaña 20/02/2013 Vegadeo 21/02/2013 Villayón 26/02/2013 Villanueva de Oscos 08/03/2013 Riosa 15/03/2013 Santo Adriano 26/03/2013 Carreño 09/04/2013 Ribera de Arriba 11/04/2013 Langreo 22/04/2013 Recinto de Ferias y Exposiciones de Asturias 07/02/2013 Bajo Nalón 11/02/2013 Abastecimiento de Agua y Saneamiento en el Principado de Asturias 20/03/2013 Comarca de Vaqueira 26/02/2013 Concejos del Oriente de Asturias 15/03/2013 Oscos-Eo 26/03/2013 Centro Cultural Teatro Prendes Patronato Museo Escultor Antón 09/04/2013 Patronato Deportivo Municipal de Carreño Centro Ocupacional de Minusválidos Psíquicos PANDO (Ayto Langreo) 22/04/2013 Patronato Municipal de Deportes del Ayto de Langreo Total 22 10

11 31 de julio de 2013 BOLETÍN OFICIAL - IX LEGISLATURA Serie B - Número 432 II Cuentas no rendidas El número de entidades que a fecha 6 de febrero de 2013 no han rendido sus cuentas de los ejercicios 2009, 2010 y 2011 se recoge en el siguiente cuadro: Tipo de ente Ayuntamientos Parroquias rurales Mancomunidades Consorcios Total entidades Locales OO.AA Sociedades Mercantiles Fundaciones Total entes dependientes Total General Hay entidades que de manera reiterada incumplen la obligación legal de rendir cuentas en todos los ejercicios que hasta la fecha han sido analizados por la SC (2005 a 2011). Son los que se muestran a continuación: Amieva Patronato Museo de Anclas Ayuntamientos OO.AA. Agencia de desarrollo local municipal de formación y empleo y empresas de Llanes Mancomunidades M. Cabo Peñas M. Cinco Villas M. de los Ayuntamientos de Parres y Piloña M. de los Servicios del Valle Nalón M. Occidental M. Comarca del Sueve Con respecto a la Mancomunidad Montes de Peñamayor, debe citarse que, a pesar de no encontrarse dentro del ámbito subjetivo durante el presente ejercicio como consecuencia de su disolución, no había presentado las cuentas en ninguno de los ejercicios anteriores ( ). Asimismo, debe señalarse que la Mancomunidad Comarca del Sueve no ha presentado las cuentas desde su constitución (ejercicio 2007). II Rendición formal En general se aprecia una mejora en la rendición formal, destacándose en este aspecto la cumplimentación de la información referente a gastos con financiación afectada. La mayoría de las incidencias se producen en la cumplimentación de las notas explicativas de la memoria, que aparecen en blanco cuando también están sin cubrir los cuadros correspondientes. Otro aspecto a destacar son las deficiencias encontradas en la información sobre el inmovilizado debido, en la gran mayoría de los casos, a la ausencia de un inventario debidamente formado. 11

12 Serie B - Número 432 BOLETÍN OFICIAL - IX LEGISLATURA 31 de julio de 2013 II.2. Sobre el cumplimiento de las obligaciones de tramitación del presupuesto y la cuenta general Un ayuntamiento (Las Regueras) de los 48 analizados tenía aprobado el presupuesto correspondiente al ejercicio 2011 antes del 31 de diciembre de Como consecuencia, en prácticamente todos los ayuntamientos, se produjo la prórroga presupuestaria. En algunos casos hasta la aprobación del presupuesto y en otros durante todo el ejercicio, bien por no haber existido aprobación del presupuesto del 2011, bien por haberse aprobado éste una vez finalizado el mismo. Ninguna de las parroquias rurales ha aprobado el presupuesto antes del 31 de diciembre de Ni consorcios ni mancomunidades aprueban definitivamente su presupuesto en plazo. Respecto a la liquidación del presupuesto, mejora el porcentaje de ayuntamientos que remiten la liquidación en plazo a la Administración del Estado y a la de la Comunidad Autónoma. Las parroquias y consorcios cumplen satisfactoriamente esta obligación al igual que una de las mancomunidades analizadas. En lo referente a la aprobación de la cuenta general, la conclusión es similar a la anterior aunque, en este caso, la mejoría apreciada en los ayuntamientos es inferior a la observada en la aprobación de la liquidación. En los municipios, el porcentaje de aprobación de la Cuenta General en plazo se incrementó con respecto al de 2010, pasando de un 49 a un 73 por ciento. Dos tercios de los consorcios considerados, ninguna mancomunidad y ninguna de parroquias aprobaron la Cuenta General de 2011 en plazo. las Como conclusión general, más allá del cumplimiento estricto o no de los plazos de tramitación establecidos legalmente, que obviamente deben ser respetados, es reseñable el hecho de que 35 ayuntamientos, 7 OO.AA., 2 consorcios y 38 parroquias habían aprobado su cuenta general en plazo y, por lo tanto, estaban en disposición de rendir de acuerdo con la legalidad. De los 35 ayuntamientos, si consideráramos la fecha fijada por el TRLRHL, 15 de octubre, habrían rendido en plazo 15. II.3. Del análisis económico-financiero II.3.1. Entidades sujetas a contabilidad pública II Ayuntamientos El grado de ejecución y el de realización del presupuesto de gastos agregado son similares a los del ejercicio anterior (alrededor del 80%). La norma general en los ayuntamientos es aplicar los créditos del presupuesto mayoritariamente a gastos corrientes excepto en los municipios de Caso, Cabranes, Quirós y Teverga en los que los gastos de inversión superan el 50%. Los ayuntamientos se financian prácticamente en su totalidad con recursos propios siendo un 58% de éstos, en el agregado, de origen fundamentalmente tributario. Respecto al ejercicio anterior han disminuido tanto los ingresos presupuestarios como la recaudación neta. 12

13 31 de julio de 2013 BOLETÍN OFICIAL - IX LEGISLATURA Serie B - Número 432 El resultado presupuestario agregado es negativo en miles de euros, lo que significa que los ingresos presupuestarios del ejercicio no han sido suficientes para financiar el gasto presupuestario. Sin embargo, el resultado presupuestario ajustado es positivo. Esto indica que los recursos empleados han obtenido una fuente de financiación diferente a los recursos presupuestarios del ejercicio: desviaciones negativas de financiación o remanente de tesorería. El remanente de tesorería es positivo y menor que en el ejercicio anterior en el agregado de los municipios. En consecuencia, podrá utilizarse mediante modificaciones de crédito para la financiación de nuevos o mayores gastos de ejercicios posteriores. II Parroquias Rurales En el presupuesto de gastos el grado de ejecución (40%) mejora respecto a 2010, no mostrando el grado de cumplimiento (cercano al 100%) variaciones significativas respecto al ejercicio anterior. A diferencia de los ayuntamientos, el mayor gasto se destina a inversiones reales. En el presupuesto de ingresos se observa una disminución cuantitativa respecto al ejercicio anterior, aunque la recaudación neta ha aumentado. Casi la mitad de los ingresos provienen de las transferencias de capital y de los ingresos patrimoniales. El resultado presupuestario agregado es negativo y muestra una caída significativa respecto a Por el contrario, el remanente de tesorería es positivo, aunque menor obviamente que en 2010, lo que proporciona una fuente de financiación para ejercicios posteriores. II Consorcios Los consorcios, a nivel agregado, muestran un ratio de solvencia muy elevado lo que les aporta gran capacidad de maniobra a largo plazo al que hay que añadir una liquidez suficiente para hacer frente a las obligaciones a corto plazo. Los ingresos principales son los provenientes de la gestión ordinaria y financian básicamente los gastos de funcionamiento de los servicios y las prestaciones sociales. Presupuestariamente hablando, el capítulo más importante es el de las inversiones reales. Por otra parte, aumenta respecto al ejercicio anterior tanto el resultado presupuestario como el remanente de tesorería. II Mancomunidades Las conclusiones en este apartado, al igual que en el anterior, están muy condicionadas por el número de entidades consideradas. En el presupuesto de gastos, los de personal suponen el 64% del total y en el de los ingresos son las transferencias corrientes las que engloban el 92% del mismo. El activo del balance, al igual que en el resto de las EE.LL., está principalmente integrado por inmovilizado, básicamente material. Se han reducido respecto al ejercicio anterior tanto los gastos como los ingresos. II Organismos autónomos Dos capítulos del presupuesto de gastos de los OO.AA. abarcan el 86% de los mismos, gastos corrientes (46%) y gastos de personal (40%); el 80% de los ingresos se han originado por transferencias corrientes. 13

14 Serie B - Número 432 BOLETÍN OFICIAL - IX LEGISLATURA 31 de julio de 2013 La pauta general es una disminución tanto del superávit presupuestario como del remanente de tesorería respecto a 2010, con un aumento de los derechos pendientes de cobro mayoritariamente en operaciones no presupuestarias. El activo de estas entidades está constituido principalmente por inmovilizado, siendo el material el más significativo. Respecto a su financiación los fondos propios superan el 80%. En el 2011 se obtiene un resultado económico patrimonial negativo que empeora el resultado del ejercicio anterior. II.3.2. Entidades sujetas a contabilidad privada II Sociedades mercantiles El 76% de los recursos económicos empleados por las sociedades se destinan a la prestación de los servicios obligatorios. La inversión realizada para esta prestación supone el 68% de la realizada por el total de las sociedades consideradas. Estas inversiones son financiadas en un 33% por subvenciones de capital manteniéndose un endeudamiento moderado. Si elimináramos el efecto de las subvenciones, son varias las empresas que verían su estabilidad financiera comprometida y necesitarían ampliar capital o aumentar su endeudamiento a largo plazo. Dentro de los servicios de prestación obligatoria por parte de los ayuntamientos, los que representan mayor volumen de recursos son los de limpieza, mantenimiento y residuos sólidos y los de abastecimiento de agua y saneamiento. Dentro de las actividades no obligatorias, la que emplea mayor importe de activos es la inmobiliaria urbanística que asciende a un 73% del total de otras actividades. En ésta última, el endeudamiento a largo plazo supone el 80% de la inversión. Para el resto de actividades comprendidas en este grupo, la financiación de los activos fijos empleados se realiza en gran medida recurriendo a subvenciones de capital y fondos propios que representan el 83% de los activos no corrientes. El sector de actividad que mejores resultados presenta es el de limpieza, mantenimiento y residuos sólidos. El resto de actividades, en su conjunto, presentan unos resultados negativos por importe de miles de euros. No obstante, las pérdidas se redujeron en un 65% respecto del ejercicio anterior. El agregado de sociedades muestra una ratio de liquidez de 4,07 (2,97 en 2010), de consistencia de 1,51 (1,56 en 2010), de endeudamiento de 0,49 (0,52 en 2010) y de estabilidad de 0,66 (en el ejercicio 2010 fue de 0,72). II Fundaciones En las fundaciones el activo corriente alcanza el 57%. Por el contrario, el pasivo corriente supone el 44% del total, siendo el patrimonio neto la fuente principal de financiación con un 34% de subvenciones, donaciones y legados y un 22% de fondos propios. El resultado neto agregado de la totalidad de fundaciones públicas alcanza la cifra positiva (ahorro) de 418 miles de euros que, respecto al resultado alcanzado en el 2010 para el agregado formado por las mismas fundaciones, supone un aumento del 58%. 14

15 31 de julio de 2013 BOLETÍN OFICIAL - IX LEGISLATURA Serie B - Número 432 Los ingresos corresponden mayoritariamente a subvenciones y transferencias públicas recibidas, aunque en el ejercicio 2011 se produjo una disminución del 6% en el importe de las subvenciones totales traspasadas al resultado agregado. II.4. Sobre el análisis específico realizado De las 48 ayuntamientos analizados, 9, no tienen contabilizada la deuda adquirida con el Estado como consecuencia de la liquidación definitiva del sistema de financiación correspondiente al ejercicio 2009 por un importe total de miles de euros. Además, 5 de ellos tampoco tiene contabilizado el importe de la deuda con la Administración del Estado derivada de la liquidación definitiva del sistema de financiación correspondiente al ejercicio 2008 por un importe de miles de euros. Analizado el cumplimiento del principio de legalidad en lo referente a la concesión de anticipos a los funcionarios de las EE.LL. regulada en el Real Decreto-ley de 16 de diciembre de 1929, se ha constatado tanto el incumplimiento de los plazos estipulados en la norma como de los importes máximos que pueden ser anticipados. Por otra parte, en tres ayuntamientos una misma persona tiene concedidos dos anticipos simultáneamente, lo que contraviene la legislación que prohíbe la concesión de un segundo anticipo mientras el primero no haya sido reintegrado. Es preciso recordar que las EE.LL no son entidades financieras, ni deben serlo, ni entre sus objetivos está prestar a interés cero. En lo referente a la Ley de 3/2004 de Lucha Contra la Morosidad en las Operaciones Comerciales, 7 ayuntamientos y 8 OO.AA. cumplen y muestran un período de pago no superior a 50 días. Otros 4 ayuntamientos declaran haber excedido el plazo de 50 días y reconocen haber pagado intereses de demora. Declaran no pagar intereses de demora o no informan al respecto 19 ayuntamientos, 5 OO.AA, 1 consorcio y 1 mancomunidad. Un consorcio no incurre en mora respecto de los pagos pendientes y las parroquias rurales declaran su insuficiencia de medios personales y materiales para cumplir con la obligación de información sobre morosidad. El resto de EE.LL, o bien no contestan al requerimiento de información de la SC, o bien declaran que no elaboran el informe sobre morosidad por motivos diversos. Respecto a los contratos menores, se han detectado incidencias en un 25% de los mismos. Las entidades han informado de pagos por importe total de miles de euros. En 25 entidades se han encontrado 76 casos (múltiples pagos) en los que se han detectado irregularidades. Dentro de ellos 14 son facturas que individualmente superan los límites establecidos en la normativa vigente para los contratos menores y que deberían haber sido tramitados por el procedimiento de adjudicación que en cada caso correspondiera. En los 62 casos restantes (múltiples facturas) se aprecian indicios de fraccionamiento. Los contratos menores más celebrados son los referidos a suministros y a servicios. Se ha constatado que los ámbitos en que se produce con más frecuencia contratación menor y en los que se sobrepasan los límites legales o se fraccionan los objetos contractuales son los siguientes: suministros de energía eléctrica y de hidrocarburos, suministros (materiales eléctricos, de ferretería y de obras públicas), reparaciones en diversos centros, pólizas de seguros, limpieza de edificios, instalaciones temporales con motivo de eventos concretos, impartición de cursos de formación a personal ajeno a la administración y asesoramientos jurídicos. II.5. Sobre la contratación De las 205 entidades que forman parte del SPLPA, 95 no cumplieron con la obligación de remitir a la SC una relación certificada comprensiva de los contratos adjudicados en el ejercicio precedente, que no 15

16 Serie B - Número 432 BOLETÍN OFICIAL - IX LEGISLATURA 31 de julio de 2013 tengan la consideración de contratos menores, al igual que la obligación de enviar un extracto del expediente de contratación cuando su importe excediera de determinadas cuantías. La información remitida por las entidades, 35 dentro de plazo y 75 fuera de él, ha presentado incidencias en 5 casos, respecto al formato informático establecido para la remisión lo que ha dificultado su tratamiento. Tanto en número como en importe, los contratos más celebrados corresponden a suministros, servicios y obras, por este orden. El procedimiento de adjudicación más utilizado en la información analizada es el abierto, siendo los ayuntamientos las entidades con mayor número de contratos, seguidos de los consorcios y las sociedades mercantiles locales. 16

17 31 de julio de 2013 BOLETÍN OFICIAL - IX LEGISLATURA Serie B - Número 432 III. RECOMENDACIONES III.1. Recomendaciones del ejercicio 2011 Tras la realización de este informe, y con ánimo de contribuir a mejorar el funcionamiento de la administración pública, se recomienda por esta SC que: 1. Debido a la actual situación del nivel de rendición de cuentas en el PA, en aras de lograr una mejora de la gestión pública y un aumento de la transparencia, creemos necesario el establecimiento de medidas sancionadoras que incentiven la rendición, incrementándose éstas en los casos de reiteración. 2. Respecto a la contratación menor, aun no siendo preceptivo, sería aconsejable que además de las mínimas formalidades exigidas por el artículo 95 de la LCSP para este tipo de contratos, éstos se acompañasen de una memoria justificativa de la necesidad, que permita identificar la causa del contrato, la finalidad y las circunstancias que lo motivan. Esto permitiría distinguir un contrato de otro, aún cuando existiese entre ambos identidad de sujeto y objeto. 3. La correcta cuantificación de los saldos de dudoso cobro evitaría el retraso del periodo medio de pago y los consiguientes perjuicios de todo orden irrogados fundamentalmente a las pequeñas empresas y a las propias EE.LL, que deberán pagar los intereses de demora de oficio, aspecto éste que se incumple de manera generalizada. III.2. Seguimiento de recomendaciones efectuadas en ejercicios anteriores Esta SC se reitera en las recomendaciones realizadas en ejercicios anteriores en los siguientes términos: 1. Se recuerda el deber del Pleno de la Corporación de extremar la diligencia para que la Cuenta General de la entidad local sea aprobada antes del 1 de octubre. 2. Se ha recomendado por la SC mejorar la rendición de la cuenta. En este ejercicio se muestra un progreso de la rendición formal pero aún 17 ayuntamientos, 3 consorcios, 3 mancomunidades y una parroquia rural no han contestado al requerimiento de subsanación de incidencias efectuado al efecto. 3. Se mantiene igualmente la recomendación de formular estimaciones realistas en el presupuesto de ingresos que permitan realmente planificar los gastos a realizar en base a los primeros. 17

18 Serie B - Número 432 BOLETÍN OFICIAL - IX LEGISLATURA 31 de julio de 2013 IV. TRAMITACIÓN Se ha verificado, para las EE.LL. que rindieron su cuenta general hasta el 6 de febrero de 2013, el cumplimiento en plazo de las formalidades más importantes relacionadas con la tramitación del presupuesto, su liquidación y la Cuenta General. IV.1. Aprobación del presupuesto Según el TRLRHL, la aprobación definitiva del presupuesto general por el Pleno de la Corporación habrá de realizarse antes del día 31 de diciembre del año anterior al del ejercicio en que deba aplicarse. El presupuesto entrará en vigor en el ejercicio correspondiente, una vez publicado. Si al iniciarse el ejercicio económico no hubiese entrado en vigor el presupuesto, se considerará automáticamente prorrogado el del anterior, con sus créditos iniciales, sin perjuicio de las modificaciones que se realicen y hasta la entrada en vigor del nuevo presupuesto. La prórroga no afectará a los créditos para servicios o programas que deban concluir en el ejercicio anterior o que estén financiados con crédito u otros ingresos específicos o afectados. Se ha realizado una verificación del cumplimiento de dicha obligación sobre la información facilitada por las entidades en la rendición de la cuenta. Esta información ha sido corregida con la información publicada en el BOPA ya que numerosas entidades han indicado la fecha de aprobación inicial del presupuesto en lugar de la fecha definitiva. En 14 casos una aprobación inicial tardía, aunque dentro del ejercicio 2010, ha dado lugar al incumplimiento de la obligación de aprobar definitivamente el presupuesto antes del día 31 de diciembre. Las fechas de aprobación definitiva del presupuesto del 2011 se resumen en el siguiente cuadro: Ayuntamiento Fecha aprobación definitiva Aprobación en plazo 1 Aprobación en el primer trimestre 11 Aprobación en el segundo trimestre 6 Aprobación en el tercer trimestre 2 Aprobación en el cuarto trimestre 10 Aprobación en 2012 (prórroga todo el ejercicio) 3 Prórroga todo el ejercicio por no haber aprobado en ningún momento 12 Sin datos 3 Total 48 De este cuadro debe destacarse que tres ayuntamientos, Caravia, San Tirso de Abres y Tapia de Casariego, aprueban definitivamente su presupuesto en el ejercicio 2012 por lo que no deberían haber tenido efecto jurídico alguno. Se produce la prórroga presupuestaria durante todo el ejercicio en otros 12 ayuntamientos. En el caso de las 39 parroquias rurales del Principado de Asturias en ninguna se aprueba definitivamente el presupuesto con anterioridad al 31 de diciembre de Únicamente la Parroquia de Barcia y Leiján consigna la fecha de aprobación definitiva del presupuesto. Todas las demás, en la información relativa a la aprobación definitiva, indican la fecha de aprobación provisional. En cuanto a los consorcios sólo COGERSA aprobó inicialmente sus presupuestos con anterioridad a la entrada en vigor de los mismos aunque su aprobación definitiva se produjo en enero de

19 31 de julio de 2013 BOLETÍN OFICIAL - IX LEGISLATURA Serie B - Número 432 Ninguna de las dos mancomunidades que rindieron sus cuentas en plazo aprobó el presupuesto antes del 31 de diciembre. La Mancomunidad Comarca de la Sidra lo hace inicialmente en el mes de marzo de 2011, siendo la fecha de aprobación definitiva en abril de La Mancomunidad Comarca de Avilés prorroga el presupuesto de IV.2. Liquidación del presupuesto De acuerdo con el artículo del TRLRHL deberá realizarse la liquidación antes del 1 de marzo del ejercicio siguiente, debiendo ser aprobada por el presidente de la corporación, previo informe de la intervención. El apartado 5 del artículo 193 del mismo texto legal, determina que antes del 31 de marzo del ejercicio siguiente al que corresponda, las EE.LL. deben remitir copia de la liquidación de sus presupuestos a la Administración del Estado y a la de la CA. Un 19% de los ayuntamientos no han remitido copia de la liquidación de su presupuesto en plazo. En los ejercicios 2010 y 2009 los porcentajes habían sido del 46% y 45% respectivamente. En cuanto a las parroquias, un total de 36, han aprobado su liquidación antes del 1 de marzo. Las restantes la aprobaron en el segundo trimestre del ejercicio Los tres consorcios han aprobado la liquidación de su presupuesto en plazo. La Mancomunidad de la Comarca Avilés aprobó la liquidación en plazo mientras que la de la Sidra no lo hizo hasta el 3 de octubre de IV.3. Cuenta General De acuerdo con la regla nº de la ICALN, la aprobación de la Cuenta General es un acto esencial para la fiscalización de ésta por los órganos de control externo, que no requiere la conformidad con las actuaciones reflejadas en ella, ni genera responsabilidad por razón de las mismas. IV.3.1. Formación de la Cuenta General El TRLRHL, en su artículo 212, apartados 1 y 2 establece que los estados y cuentas de la entidad local serán rendidos por su presidente antes del 15 de mayo del ejercicio siguiente al que correspondan. Las de los OO.AA. y Sociedades Mercantiles cuyo capital pertenezca íntegramente a aquélla, rendida y propuesta inicialmente por los órganos competentes de éstos, serán remitidas a la entidad local en el mismo plazo. De los ayuntamientos comprendidos en el ámbito subjetivo del presente análisis, únicamente 21 (44%), formaron antes del 15 de mayo de 2012 su Cuenta General, con una mejoría sobre el ejercicio anterior (34% en 2010). Los tres consorcios cumplieron dicha obligación en plazo. La Mancomunidad Comarca Avilés formó su cuenta antes del 15 de mayo y la Comarca de la Sidra lo hizo el 5 de octubre. 19

20 Serie B - Número 432 BOLETÍN OFICIAL - IX LEGISLATURA 31 de julio de 2013 IV.3.2. Informe de la Comisión Especial de Cuentas La cuenta general formada por la intervención será sometida antes del 1 de junio a informe de la Comisión Especial de Cuentas de la EL. En el apartado 3 del artículo 212 antes mencionado se recoge la obligación de exponer al público la Cuenta General y el informe de la Comisión Especial de Cuentas por un plazo de 15 días. Durante éstos y 8 más los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones. La cuenta general, acompañada de los informes de la Comisión Especial y de las reclamaciones y reparos formulados, se someterá al pleno de la corporación para ser aprobada antes del 1 de octubre. Han sometido la Cuenta General a información pública en plazo 43 ayuntamientos, los tres consorcios analizados y la Mancomunidad Comarca Avilés. IV.3.3. Aprobación de la Cuenta General En cuanto a la aprobación de la cuenta general, de los ayuntamientos comprendidos en el ámbito subjetivo del presente informe, 35 de ellos han aprobado la Cuenta General antes del 1 de octubre, otros 5 la aprobaron durante el mes de octubre, 7 entre los meses de noviembre y diciembre y el último a finales de enero de El porcentaje de aprobación de la Cuenta General en plazo se incrementó con respecto al de 2010, pasando de un 49% a un 73%. De los tres consorcios considerados, dos aprobaron sus cuentas antes del 1 de octubre de 2012 y el otro en el mes de octubre. Ninguna de las dos mancomunidades aprobó su Cuenta General de 2011 en plazo. Las aprobaron en los meses de octubre y noviembre. Todas las parroquias consideradas a efectos del presente análisis aprobaron su cuenta general en plazo. 20

21 31 de julio de 2013 BOLETÍN OFICIAL - IX LEGISLATURA Serie B - Número 432 V. RENDICIÓN DE CUENTAS V.1. Análisis global del cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas De las 149 EE.LL. existentes en el Principado de Asturias, 70 rindieron la Cuenta General del ejercicio 2011 dentro del plazo legalmente establecido. Si a estas se añaden las que rindieron hasta la fecha de cierre del presente informe, se concluye que 57 EE.LL.(un 38% del total) no rindieron su Cuenta General. La rendición en plazo, globalmente considerada, ha aumentado un 13% respecto al ejercicio anterior. La tónica constante en el tiempo la protagonizan las mancomunidades. Éstas ostentan los peores índices de rendición del SPLPA siendo en este ejercicio del 12%. Es más, durante los últimos tres años, se ha ido incrementando el número de mancomunidades que incumplen la obligación de rendir sus cuentas. Con diferencia sobre las demás EE.LL., son las parroquias rurales donde se registra el mejor índice de rendición, que en el 2011 alcanza el 100%. De los 56 entes dependientes, un 52% rindió sus cuentas dentro del plazo legalmente establecido, lo que supone un empeoramiento respecto al ejercicio 2010 que fue del 59%. Si se incluyen las rendidas fuera del plazo legal, el porcentaje se eleva al 75%. La siguiente tabla y el gráfico correspondiente recogen la evolución de la rendición en plazo legal de los ejercicios 2009 a 2011: Tipo de ente Nº % Nº % Nº % Ayuntamientos 21 27% 24 31% 29 37% Parroquias rurales - 0% 22 56% 38 97% Mancomunidades 2 12% - 0% - 0% Consorcios 2 15% 4 29% 3 20% Total entidades Locales 25 17% 50 34% 70 47% OO.AA 6 24% 10 40% 10 40% Sociedades Mercantiles 14 70% 16 76% 15 71% Fundaciones 8 80% 7 70% 4 40% Total entes dependientes 28 51% 33 59% 29 52% Total General 53 26% 83 41% 99 48% 21

22 Serie B - Número 432 BOLETÍN OFICIAL - IX LEGISLATURA 31 de julio de 2013 V.2. Rendición de las entidades locales V.2.1. Ayuntamientos En el ejercicio 2011, el plazo legal de rendición para las EE.LL. finalizó el 6 de noviembre de 2012, en aplicación del artículo 8.3 de la LSC. Por estratos de población, la rendición de las Cuentas Generales del ejercicio 2011 ha sido la siguiente: Nª Ayuntamientos En plazo Hasta 1 año No rinden Más de habitantes % 1 25% - - Entre y habitantes % 6 22% 12 44% Menos de habitantes % 12 26% 18 38% Total % 19 24% 30 38% En este ejercicio continúa el aumento paulatino de la rendición dentro de plazo. Dentro del plazo máximo para la recepción de las cuentas para su análisis (6 de febrero de 2013), habían rendido la Cuenta General 48 ayuntamientos, lo que representa un 62% sobre el total. Se adjunta en el anexo II.1 el detalle de la rendición de los distintos ayuntamientos. En el cuadro siguiente se recoge la evolución de la rendición de los ayuntamientos hasta dicha fecha: Nº % Nº % Nº % Rendición en plazo legal 21 27% 24 31% 29 37% Hasta 1 año después 28 36% 31 40% 19 24% Hasta 2 años después 15 19% 6 8% - 0% Hasta 3 años después 3 4% - 0% - 0% No rendidas 11 14% 17 22% 30 38% Total % % % Merece un comentario el aumento del número de ayuntamientos que no rinden sus cuentas hasta tres años después, que en 2011 alcanza casi el 38,5% del total. 22

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