INFORMACIÓN & SERVICIOS
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- Carlos Ayala Nieto
- hace 7 años
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1 GUÍA DEL PACIENTE
2 INFORMACIÓN & SERVICIOS CONSULTAS EXTERNAS Tel / (de lunes a viernes)
3 INFO. VISITAS El horario de visitas por la mañana es desde las hasta las horas. Por la tarde, el horario de visitas comprende desde las hasta las horas. Debes saber también que, a diferencia de otros centros médicos quirúrgicos, no es necesario la utilización de tarjetas de visita estableciendo el máximo de visitantes por hospitalizado en 2 personas (los menores de 12 años tienen restringidas las visitas). 3 Además, el Centro Médico Concheiro cuenta con una Sala de Espera en la planta 2ªy con máquinas expendedoras de Vending (planta baja) dotando al visitante de todos los servicios para garantizar su máxima comodidad.
4 TELÉFONO & TELEVISIÓN COMIDAS En Admisión le indicarán cómo funciona la televisión y el teléfono proporcionándole una clave para acceder a su uso. Todos nuestros menús están estudiados por el servicio de dietética y nutrición para que su dieta sea la más adecuada en todo momento. Además, ofrecemos gran variedad en nuestros menús pudiendo elegir dentro de las opciones que presentan el día anterior. EL HORARIO DE COMIDAS ES EL SIGUIENTE: Desayuno: 08.30h. Comida: 13.00h. Merienda: 17.00h. WI-FI Cena: 20.00h. Disponemos de conexión inalámbrica a internet en todo el edificio. Comunique con Admisión para poder acceder a su uso.
5 OBJETOS PERSONALES FUMADORES Es conveniente siempre que el paciente traiga un neceser con todo aquello que utilice para su aseo personal. Se recomienda no llevar objetos de valor para evitar posibles pérdidas. Está prohibido fumar en todo el todo el Centro Médico Quirúrgico (Decreto 75/2001 de 22 de marzo). 5 MEDICACIÓN ALTA MÉDICA Si está siguiendo algún tratamiento médico o tiene alguna alergia es conveniente que lo haga saber a su médico para que éste tome las medidas oportunas. En el momento del alta su médico le facilitará un informe de su proceso hospitalario. Le indicará, también, el tratamiento y las recomendaciones que debe seguir en su domicilio, así como la próxima consulta externa.
6 DERECHOS & DEBERES Toda persona que acude a un centro médico quirúrgico en demanda de atención médica, ha de conocer los derechos y deberes que le amparan y obliga en el momento de solicitar dicha atención.
7 DERECHOS 1 Al respeto a su personalidad dignidad humana e intimidad, sin que pueda ser discriminado por razones de raza, de tipo social, de sexo, moral, económicos, ideológico, político o sindical. 2 A la información sobre los servicios sanitarios a que se puede acceder y sobre los requisitos necesarios para su uso. 3 A la confidencialidad de toda la información relacionada con su proceso y con su estancia en instituciones sanitarias públicas y privadas que colaboren con el sistema público. 7 4 A ser advertido de si los procedimientos de pronóstico, diagnóstico y terapéuticos que se apliquen pueden ser utilizados en función de un proyecto docente o de investigación, que en ningún caso, podrá portar el peligro adicional para su salud. En todo caso, será imprescindible la previa actual autorización y por escrito del paciente y la aceptación por parte del médico y de la dirección del correo con diente de centro sanitario. 5 A que se le dé en términos comprensibles, a él ya sus familiares o allegados información completa y continuada, verbal y escrita, sobre su proceso incluyendo diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento. 6 A la libre elección entre las opciones que le presente el responsable médico de su caso, siendo preciso el previo consentimiento escrito del usuario para la realización de cualquier intervención, excepto en los siguientes casos: - Cuando la urgencia no permita demoras. - Cuando él no seguir el tratamiento suponga un riesgo en riesgo para la salud pública. - Cuando no se esté capacitado para tomar decisiones, en cuyo caso, el derecho corresponderá a sus familiares o personas allegadas.
8 DERECHOS 7 A que se le asigne un médico, cuyo nombre se le dará a conocer, que será su interlocutor principal con el equipo asistencial, en caso de ausencia otro facultativo del equipo asumirá,la responsabilidad. 8 A que quede constancia por escrito de todo su proceso. Esta información y las pruebas realizadas constituyen la historia clínica. Al finalizar la estancia del usuario en una institución hospitalaria, el paciente, familiar o persona allegada, recibirá su informe de alta. 9 A negarse al tratamiento, excepto en los casos señalados en el apartado 6, debiendo, para ello, solicitar el alta voluntaria, en los términos que señala el apartado 4 del artículo siguiente. 10 A participar a través de las instituciones sanitarias comunitarias, en las actividades sanitarias, en los términos establecidos en esta Ley y en las disposiciones que la desarrollen. 11 A utilizar las vías de reclamación y de propuesta de sugerencias en los plazos previstos en uno u otro caso deberá recibir respuesta por escrito en los plazos que reglamentariamente se establezca. 12 A elegir el médico y los demás sanitarios titulados de acuerdo con las condiciones contempladas en esta Ley. 13 A obtener los medicamentos y productos sanitarios que se consideren necesarios para promover, conservar o restablecer su salud, en los términos que reglamentariamente se establezcan por la Administración del Estado. 14 Respecto al particular régimen económico de cada servicio sanitario los derechos complemento contemplados en los apartados 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9 y 11 de este artículo serán ejercidos también con respecto a los servicios privados.
9 DEBERES Serán obligaciones de los ciudadanos con las instituciones y organismos del sistema sanitario 1 Cumplir las prescripciones generales de naturaleza sanitaria comunes a toda la población, así como las específicas determinadas por los servicios sanitarios. 2 Cuidar las instalaciones y colaborar en el mantenimiento de la habitabilidad de las instituciones sanitarias. 9 3 Responsabilizarse del uso adecuado de las prestaciones ofrecidas por el sistema sanitario, fundamentalmente en lo que se refiere a la utilización de servicios, procedimientos de baja laboral o incapacidad permanente y prestaciones terapéuticas y sociales. 4 Firmar un documento de alta voluntaria en los en los casos en los casos de no aceptación del tratamiento de negarse a ello, la dirección del correspondiente centro sanitario, a propuesta del facultativo encargado del caso, podrá dar de alta. 5 El deber de utilizar las vías de reclamaciones o sugerencias.
10 Avenida de Madrid, Vigo Tel.: / Fax: [email protected]
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