JORNADA CLUB DE RECURSOS HUMANOS :CUOTA DE RESERVA DISCAPACITADOS-2018(RDLegis. 1/2013)

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1 JORNADA CLUB DE RECURSOS HUMANOS :CUOTA DE RESERVA DISCAPACITADOS-2018(RDLegis. 1/2013) Mª Pilar Fuentes Llopico, Jefa de la IPTSS Castellón 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

2 MATERIA MULTISECTORIAL ACTUACIONES ITSS EN MATERIA DE TRABAJORES DISCAPACITADOS: Seg.y Salud: trabajadores especialmente sensibles art 25 LPRL SEGURIDAD SOCIAL: contratos bonificados RELACIONES LABORALES: NO DISCRIMINACIÓN, ACOSO EMPLEO: ORDINARIO/ PROTEGIDO 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico 2018

3 CAMPAÑA EN CASTELLÓN 2018 TOTAL ACTUACIONES PROGRAMADAS: 40 PREVISTAS + COMPROBACIÓN REQUERIMIENTOS OPERATIVA DE LA CAMPAÑA:selección-requerimiento-comprobación DENUNCIAS O INCUMPLIMIENTOS? A nivel estatal:124 infracciones en acta (2017) 322/02/2018 Pilar Fuentes Llopico 2018

4 CUESTIONES PREVIAS NORMATIVA INTERNACIONAL/NACIONAL/CCAA RD-L1/2013 TR:ORÍGEN OBJETIVO ÁMBITO SUBJETIVO DERECHO AL TRABAJO/NO DISCRIMINACIÓN TIPOS DE EMPLEO 422/02/2018 Pilar Fuentes Llopico 2018

5 QUIÉN:TITULARES DE LOS DERECHOS Son personas con discapacidad aquellas que PRESENTAN DEFICIENCIAS FÍSICAS, MENTALES, INTELECTUALES O SENSORIALES, previsiblemente permanentes que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás. INCLUYE:: Además a quienes se les haya RECONOCIDO UN GRADO DE DISCAPACIDAD igual o superior al 33 por ciento. LOS PENSIONISTAS de la Seguridad Social (IPTOTAL/ABSOLUTA/GRAN INVALIDEZ) y a los pensionistas de clases pasivas (JUBILACIÓN O RETIRO POR IP PARA EL SERVICIO) 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

6 CAPÍTULO VI:DERECHO AL TRABAJO Las personas con discapacidad tienen derecho al trabajo, en condiciones que garanticen la aplicación de los principios de igualdad de trato y no discriminación Se entiende por igualdad de trato la AUSENCIA DE TODA DISCRIMINACIÓN DIRECTA O INDIRECTA por motivo o por razón de discapacidad, en el empleo, en la formación y la promoción profesionales y en las condiciones de trabajo. 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

7 TIPOS DE EMPLEO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 1. Será FINALIDAD DE LA POLÍTICA DE EMPLEO: AUMENTAR LAS TASAS DE ACTIVIDAD Y DE OCUPACIÓN e inserción laboral de las personas con discapacidad, así como MEJORAR LA CALIDAD DEL EMPLEO Y DIGNIFICAR SUS CONDICIONES de trabajo, combatiendo activamente su discriminación. 2. Tipos de empleo: a) EMPLEO ORDINARIO, en las empresas y en las administraciones públicas, incluido los servicios de empleo con apoyo.(cuota DE RESERVA) b) EMPLEO PROTEGIDO, en centros especiales de empleo y en enclaves laborales. c) EMPLEO AUTÓNOMO. 3. El acceso al empleo público se regirá por lo dispuesto en la normativa reguladora de la materia. 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

8 CONTENIDO DE LAS OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LA CUOTA DE RESERVA Y CRITERIOS DE APLICACIÓN (Criterio técnico de la DGITSS 98/16) 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

9 OBLIGACIÓN PRINCIPAL CUOTA DE RESERVA /MEDIDAS ALTERNATIVAS(ART 42.1 TRLG) COMUNICACIÓN ANUAL(ART 5 RD 1451/1983 ) 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

10 QUIÉN Empresas públicas y privadas EMPLEAR A UN NÚMERO IGUAL O SUPERIOR A 50 TRABAJADORES(DA 1 RD 364/2005) Período de referencia y dies a quo para el cálculo: 12 meses inmediatamente anteriores Período de referencia no plantilla en un momento dado Obligación constante, variable y viva: empresa debe ir verificando su cumplimiento conforme evoluciona la plantilla. Cumplimiento exigible desde que se da el supuesto de hecho regulado ( consultas DGT 2001/2002/2004) ITSS:DEBE COMPROBAR EL CUMPLIMIENTO AL MENOS EN LOS DOCE MESES ANTERIORES MODELOS COMUNICACIONES EMPRESAS A LOS SPE: suele referirse al año natural(tb LAS MEDIDAS ALTERNATIVAS DE CARÁCTER EXCEPCIONAL, SON DE AÑO NATUTAL(con independencia de cuándo se soliciten) 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

11 CUESTIONES PRÁCTICAS: la empresa en su conjunto. EMPRESAS CON DIVERSOS CENTROS DE TRABAJO? A QUÉ TRABAJADORES SE INCLUYEN? Sólo trabajadores con relación laboral por cuenta ajena Excluye a los socios trabajadores en cooperativas de trabajo asociado, becarios, Trade s o cualquier otra relación jurídica diferenciada ( Consultas DGT 22 de septiembre 2011 y 2014) Trabajadores cedidos por ETT? 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

12 Reglas de cómputo PLANTILLA PROMEDIO 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

13 Está una empresa obligada?: TENGO 50 O MÁS TRABAJADORES? NO SE REFIERE A 50 TRABAJADORES FIJOS SINO A 50 O MÁS TRABAJADORES 1º VER CONTRATOS INDEFINIDOS: El período de referencia :12 meses inmediatamente anteriores durante los cuales se obtendrá el PROMEDIO DE TRABAJADORES EMPLEADOS, incluidos los contratados a tpo parcial, en la totalidad de centros de la empresa. El promedio va referido a los CONTRATOS INDEFINIDOS AUNQUE EN EL MOMENTO DEL CÓMPUTO YA NO FORMEN PARTE DE LA PLANTILLA DE LA EMPRESA. CON INDEPENDENCIA DE: HAYA DÍAS QUE NO SE TRABAJE/O NO A JORNADA COMPLETA/A TPO PARCIAL CADA TRABAJADOR INDEF. CONTARÁ COMO UNO EN EL MES QUE HAYA ESTADO DE ALTA 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

14 SUMA TOTAL CONTRATOS INDEFINIFIDOS DE CADA MES Y DIVIDIRLOS POR 12 O SUMA TOTAL DE LOS INDEFINIDOS CADA DÍA Y DIVIDIRLOS POR 365. Los trabajadores vinculados por contratos de duración determinada SUPERIOR A UN AÑO se computarán como trabajadores fijos de plantilla. También con independencia de su jornada/ a tpo parcial.. 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

15 c) Los contratados por término de HASTA UN AÑO se computarán según el número de días trabajados en el período de referencia. CADA 200 DÍAS TRABAJADOS O FRACCIÓN SE COMPUTARÁN COMO UN TRABAJADOR MÁS. 1 trabajador por cada 200 días trabajados Se totalizarán el número de todos (TODOS LOS CENTROS DE tr)y dividirán por 200 para determinar el resultado. Computan :DÍAS DE ALTA O DE VIGENCIA DE CONTRATO, Y NO SÓLO DE OCUPACIÓN EFECTIVA(incluye días de descansos, vacaciones ) 1 trabajador por cada 200 o fracción: por lo que si da decimal de debe redondear al entero por exceso Si resulta un número superior al de los trabajadores contratados se aplicaría este último como máximo. 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

16 / CUANTIFICACIÓN 1 Trabajador fijo (cualquier modalidad contractual, incluidos a tiempo parcial) Trabajadores con contrato de duración determinada > 1 año Trabajadores con contrato de duración determinada < 1 año 1 -En alta todo el año - No alta todo el año: se dividen los días en alta entre Trabajadores a 31/12 en alta todo el año con contrato de duración determinada 1 (cada 200 días trabajados o fracción) INCLUIDOS FESTIVOS, VACACIONES, DESCANSOS 16

17 Ejemplo: Una empresa ha contratado con contratos temporales iguales o inferiores al año a en 12 meses un total de 62 trabajadores que suman días. El resultado de dividir esta cifra por 200 arroja trabajadores. Dado que tiene fracción inferior a 200 días de 162 días (decimal de 0.81), se redondea por exceso computándose 57 trabajadores. Esta cifra es la que computa al ser inferior a los realmente ocupados, 62) En el supuesto de que estos días se correspondieran con 55 trabajadores ocupados, esta cifra actuaría como tope computando sólo 55, al ser inferior a 57. (Resultado de dividir por 200 y redondeo por exceso) (Consultas DGT de 19 de julio de 2004; 21 de febrero de 2006; C DGITSS ). 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

18 Consideración de los contratos a tiempo parcial y los fijos discontinuos? CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL Expresamente se computan. Según sean fijos o temporales computarán según su regla, con independencia de la jornada CONTRATOS FIJOS DISCONTINUOS: Si no existen reglas especiales: se deben incluir como trabajadores indefinidos ordinarios, con independencia del periodo de ocupación real. p.e:hostelería/naranja/come DORES COLEGIOS 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

19 PLANTILLAS Y ETT:? Y QUÉ PASA CON LAS ETT? Una ETT es una empresa ordinaria: por lo que no excluida del art 42.1 LG. Para determinar su plantilla: TODOS SUS TRABAJADORES LOS DE ESTRUCTURA O CONTRATADOS PARA SER PUESTOS A DISPOSICIÓN DE LAS EU 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

20 COMUNICACIÓN ANUAL DE PUESTOS OCUPADOS(ART 5 RD1451/1983) COMUNICACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO OCUPADOS POR TRABAJADORES MINUSVÁLIDOS Y DE AQUELLOS QUE POR SUS CARACTERÍSTICAS QUEDEN RESERVADOS A LOS MISMOS. QUIÉN:EMPRESAS QUE OCUPEN UN NÚMERO DE TRABAJADORES FIJOS QUE EXCEDA DE 50: interpretación teleológica: cómputo no sólo de fijos sino reglas anteriores Cuándo SE COMUNICA: Dentro del PRIMER TRIMESTRE DEL AÑO CON CONOCIMIENTO DE LOS REPRESENTANTES DEL PERSONAL DÓNDE:A LAS OFICINAS DEL INEM(SPEE) de la provincia en que tengan su sede social/y en las que tengan centros de trabajo. Éstas darán traslado a los equipos multiprofesionales 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

21 CÁLCULO DE LA CUOTA 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

22 CÁLCULO DEL 2% SOBRE LA PLANTILLA CUANTIFICADA SEGÚN LAS REGLAS APLICABLES. REDONDEO POR DEFECTO. QUÉ PASA CON LOS DECIMALES? La norma no concreta Interpretación finalista: redondeo al entero por defecto eliminando los decimales. Ejemplo: (Si el resultado de aplicar el 2% sobre el número de plantilla es de 3,32 o de 3,81, en ambos casos la obligación se concretaría en 3 trabajadores) 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

23 A QUIÉN:CONSIDERACIÓN DE TRABAJADOR CON DISCAPACIDAD(ART 4.2 LG) 1. Reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.(rd 1414/2006, de 1 de diciembre y al RD 1971/2003 reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía) 2. LOS PENSIONISTAS: de la Seguridad Social De clases pasivas 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

24 CUESTIONES PRÁCTICAS Pueden ser por CONDICIONES INHERENTES A LA PERSONA O SOBREVENIDAS: empresa puede cumplir contratando ex novo/o cuando uno de sus trabajadores adquiera dicha condición y siga prestando servicios en ella Si es pensionista: Con independencia de si temporalmente no percibe la pensión, p.e cobrando desempleo Probl :protección de datos: trabajadores discapacitados prestando servicios en la empresa y esta lo desconoce/o no lo puede acreditar: No puede obligarse al tr a acreditarlo o solicitarlo la empresa o al ITSS:art 4.2e)ET/LO 15/1999LPD 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

25 CUESTIÓN: QUÉ TIPO DE CONTRATACIÓN? La norma no prevé modalidad específica. No necesariamente contratos específicos para discapacitados: con bonificaciones, Dependerá del puesto de trabajo a cubrir: A tiempo completo/parcial Temporal/indefinido 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

26 CÓMPUTO DEL 2% EN EMPRESAS USUARIAS En la EU Los trabajadores discapacitados cedidos por una ETT a EU computan en la EU: 1. NO para el cálculo de la plantilla y determinar si obligación o no. 2. Sí para acreditar el cumplimiento de la obligación del 2% por la EU En la ETT: 1. Sí para el cálculo de la plantilla de la ETT 2. Y sí para acreditar su cumplimiento del 2% 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

27 CÓMPUTO DEL 2% EN GRUPOS DE EMPRESAS Cuando exista un grupo de empresa TRANSPARENTE ( ART 42.1 Código de Comercio): las obligaciones se deben determinar en cada una de las empresas consideradas de forma diferenciada. Cada empresa debe cumplir su obligación(su cuota) Si es un grupo de empresas laboral de carácter patológico:si se hace para eludir obligación que correspondería siendo la misma empresa(p.e para eludir el pago SS), requiere sentencia/ o constatación indicios por ITSS 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

28 DECLARACIÓN DE EXCEPCIONALIDAD Y MEDIDAS ALTERNATIVAS RD 364/2005, DE 8 DE ABRIL 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

29 CUÁNDO PROCEDEN? 1. Se exige un procedimiento administrativo obligatorio con carácter previo 2. Cómo: 1. A través de acuerdos recogidos en la Negociación Colectiva 1. O por opción voluntaria del empresario debidamente comunicada a la Autoridad Laboral 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

30 Concepto de excepcionalidad 1.2 supuestos: 1.RAZONES DE NO EXISTIR DEMANDANTES DE EMPLEO /O NO INTERESADOS 2.O RAZONES PRODUCTIVAS/ORGANIZATIVAS /TÉCNICAS / O ECONÓMICAS 2.SOLICITAR AL SPE 3.PLAZO DE RESOLUCIÓN: 2 MESES, SILENCIO POSITIVO 4.VALIDEZ: 3 AÑOS desde la Res. 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

31 CUESTIONES CUANDO CONCURREN PROBADAS RAZONES DE CARÁCTER ORGANIZATIVO, TÉCNICO O ECONÓMICO? que motiven una especial dificultad para incorporar trabajadores con discapacidad en la plantilla de la empresa CÓMO LO PRUEBO? Certificaciones/informes entidades independientes Posible informe de la ITSS PUEDE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA INCLUIR MÁS SUPUESTOS? NO, lo que puede es concretar los ya referidos por ley 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

32 ÓRGANO COMPETENTE Servicio Público de Empleo Estatal //o SPE Autonómico Dependerá del territorio en que esté ubicada la empresa: Si en una única C.A: SPE de la CA O el SPEE si no tiene transferidas la Políticas Activas de Empleo Si en varias CCAA: SPEE O si en una CA el 85% plantilla :SPE C:A 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

33 MODALIDAD RESOLUCION MIXTA de: CONCURRENCIA DE CAUSA DE EXCEPCIONALIDAD Y AUTORIZACIÓN DE APLICACIÓN DE MEDIDAS ALTERNATIVAS. CONTENIDO 1. Bien con medidas alternativas (MMAA) en su totalidad 2. O bien de forma parcial:combinando contratación con MMAA 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

34 CÓMO CÓMO REALIZA LA OPCIÓN LA EMPRESA por ALGUNA DE LAS MEDIDAS ALTERNATIVAS? con carácter previo a su aplicación, de forma CONJUNTA CON LA SOLICITUD de declaración de excepcionalidad, justificando, además de la concurrencia de alguna de las causas señaladas, los DATOS REFERIDOS A LA MEDIDA aplicable en función de su tipología, y su CUANTIFICACIÓN EN EUROS según los trabajadores a los que no puede contratar de forma directa 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

35 QUÉ MEDIDAS ALTERNATIVAS LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO MERCANTIL O CIVIL CON UN CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO, O CON UN TRABAJADOR AUTÓNOMO CON DISCAPACIDAD, para el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo o cualquier otro tipo de bienes necesarios para el normal desarrollo de la actividad de la empresa que opta por esta medida. LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO MERCANTIL O CIVIL CON UN CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO, O CON UN TRABAJADOR AUTÓNOMO CON DISCAPACIDAD, para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa. REALIZACIÓN DE DONACIONES Y DE ACCIONES DE PATROCINIO, siempre de carácter monetario, para el desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad, cuando la entidad beneficiaria de dichas acciones de colaboración sea una fundación o una asociación de utilidad pública cuyo OBJETO SOCIAL sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo en favor de las personas con discapacidad que permita la creación de puestos de trabajo para aquéllas y. finalmente, su integración en el mercado de trabajo La constitución de un ENCLAVE LABORAL, previa suscripción del correspondiente contrato con un centro especial de empleo ( Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

36 CUANTIFICACIÓN DE LAS MEDIDAS, PERIODO DE VIGENCIA Y APLICACIÓN DE LAS MISMAS. CONTRATOS MERCANTILES O CIVILES./ ENCLAVES LABORALES El importe anual Al menos,) anual por cada trabajador con discapacidad dejado de contratar por debajo de la cuota del dos por ciento. Ejemplo: Con el IPREM tres veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM vigente en la actualidad (IPREM SIN PAGAS EXTRAS 2018). = 6.454,03 euros 3 x IPREM x Trabajador dejado de contratar 6.454,03 euros x 3 = ,09 euros por cada trabajador dejado de contratar. 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

37 CUANTIFICACIÓN DONACIÓN O ACCIÓN DE PATROCINIO. El importe anual al menos, de un importe de 1,5 veces el IPREM anual por cada trabajador con discapacidad dejado de contratar por debajo de la cuota del dos por ciento" Ejemplo: 1,5 x IPREM x trabajador dejado de contratar = 6.454,03 euros x 1,5 = 9.681,04 euros por cada trabajador dejado de contratar. 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

38 CUESTIONES PRÁCTICAS La CUANTIFICACIÓN DEFINITIVA se realiza por los servicios públicos de empleo, con independencia de los cálculos que la empresa haya podido realizar en su solicitud. Debe computarse exclusivamente el lprem anual, sin poder añadir cantidad alguna que integre pagas extraordinarias Se multiplican los trabajadores dejados de contratar, previo redondeo al entero más próximo por defecto, por las cantidades señaladas 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

39 QUÉ VIGENCIA TEMPORAL? PERIODO DE VIGENCIA La declaración de excepcionalidad a que se hace referencia en este artículo tendrá una validez de tres años desde la resolución sobre ella. TRAS ELLA NUEVA SOLICITUD CABE REVISIÓN POR CAMBIO DE CIRCUNSTANCIAS DE LA EMPRESA APLICACIÓN ANUAL. La empresa deberá aplicar anualmente la cantidad correspondiente a las medidas alternativas autorizadas, SEGUIMIENTO ANUAL POR LA ITSS 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

40 APLICACIÓN, JUSTIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS. Los SERVICIOS PÚBLICOS DE EMPLEO son los responsables del seguimiento del cumplimiento de la adopción de las medidas y de las obligaciones. Por ello las acciones planificadas por la ITSS deberían apoyarse en la información facilitada y previamente gestionada por los titulares de la competencia El PLAZO PARA FORMALIZAR E INICIAR LA APLICACIÓN de las medidas será de tres meses desde la notificación de la resolución, SALVO LA DONACIÓN O PATROCINIO, para la que no hay plazo. 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

41 OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS Deben justificar ante el correspondiente Servicio Público de Empleo, según unos modelos concretos, : las contrataciones mercantiles o civiles realizadas en sustitución de la obligación principal; la donación o acción de patrocinio efectuada; o la suscripción del contrato para la constitución de un enclave laboral, Presentarán ante el servicio público de empleo correspondiente una MEMORIA sobre la tipología de las acciones que se han realizado y los recursos financieros aplicados a dichas acciones 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

42 ACTUACIÓN DE LA ITSS 42 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico 2018

43 OBJETIVOS DE LAS ACTUACIONES DE LA ITSS 1. Requerir a las empresas obligadas, según la legislación, para que CONTRATEN TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD o, subsidiariamente, soliciten la declaración de excepcionalidad. VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO CUOTA DE RESERVA DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD y, en caso contrario: 2. Exigir a las empresas con declaración de excepcionalidad que procedan a LA APLICACIÓN DE MEDIDAS ALTERNATIVAS. 3. Fomentar que las empresas COMUNIQUEN en forma y plazo a los servicios públicos de empleo, tanto los puestos de trabajo cubiertos, como las medidas alternativas aplicadas. 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico

44 POSIBLES INFRACCIONES INFRACCIÓN GRAVE EMPLEO :art. 15 LISOS INFRACCIÓN MUY GRAVE EMPLEO:art. 16 LISOS INFRACCIÓN MUY GRAVE LABORAL :POR DISCRIMINACIÓN 44 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico 2018

45 Sanción ECONÓMICA POSIBLES SANCIONES: Sanción ACCESORIA PROHIBICIÓN DE CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN 45 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico 2018

46 Muchas gracias por vuestra atención 46 22/02/2018 Pilar Fuentes Llopico 2018

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