III. Otras Resoluciones

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1 32908 III. Otras Resoluciones Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda 5572 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 14 de diciembre de 2015, del Director, por la que se conceden subvenciones con cargo al programa de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo convocado por Resolución de 26 de octubre de 2015, de la Presidenta. Examinadas las diferentes solicitudes presentadas por las Entidades interesadas en la concesión de una subvención convocada a través de la Resolución de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo (a partir de ahora SCE) de 26 de octubre de 2015 (BOC nº 211, de 29 de octubre de 2015), en adelante la convocatoria, relativa a la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. ANTECEDENTES DE HECHO Primero.- Mediante la Resolución citada se procede a aprobar la convocatoria de subvenciones a Entidades e Instituciones sin ánimo de lucro para realizar, en colaboración con el SCE, acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo, que cumplan los requisitos y características contemplados en la misma. Las acciones irán dirigidas, preferentemente, al colectivo beneficiario del programa ACTIVA, regulado en el Real Decreto-Ley 16/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el Programa de Activación para el Empleo. Segundo.- El plazo de presentación de solicitudes se extendió hasta el 9 de noviembre de 2015, según lo consignado en el resuelvo séptimo.4 de la convocatoria, habiéndose presentado el volumen de solicitudes, con especificación de los ámbitos territoriales solicitados, que se recogen en el Anexo I de la presente resolución. Tercero.- Esta convocatoria se financia con cargo al crédito consignado en la Aplicación Presupuestaria H ; proyecto Programas Integrados de Empleo, por un importe estimado de dos millones seiscientos mil ( ,00) euros. Cuarto.- Con fecha 14 de diciembre de 2015, se reunió el órgano colegiado al que se refiere el apartado 1 del artículo 22 y el apartado 4 del artículo 24, ambos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, emitiendo informe en el que se concreta la evaluación efectuada de las solicitudes de subvención presentadas. Quinto.- Una vez baremados y ordenados los proyectos, se detecta que hay varios ámbitos de actuación para los que no ha habido solicitudes o estas han sido en número inferior al ofertado. Esto supone un total de 20 puestos de orientadores sin cubrir (con el correspondiente personal de apoyo) según el Anexo II de la convocatoria, por lo que se procede a redistribuir las contrataciones sobrantes entre aquellos ámbitos que tienen mayor nº de potenciales beneficiarios.

2 32909 A los citados antecedentes de hecho, les son de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero.- El órgano competente para adoptar la presente Resolución es la Dirección del SCE, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.2.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del SCE (BOC nº 80, de ), según redacción dada por el artículo único apartado uno de la Ley 3/2011, de 18 de febrero (BOC nº 44, de ). Segundo.- La presente resolución se dicta al amparo de la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 20 de enero de 1998 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo (BOE nº 23, de 3 de febrero de 1998), la del 4 de febrero de 2000 que modifica determinados artículos de la Orden de 20 de enero (BOE nº 36, de 11 de febrero de 2000), cuya gestión fue transferida a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias por Real Decreto 150/1999, de 29 de enero (BOE de 17 de febrero), modificado por Real Decreto 939/1999, de 4 de junio (BOE de 25 de junio), gestión atribuida al SCE por Ley 12/2003, de 4 de abril (BOC de 28 de abril de 2003). La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviembre de 2003), la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, adapta estas subvenciones al régimen establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 78, de 1 de abril de 2005) y al Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Subvenciones (BOE nº 176, de 25 de julio de 2006). Asimismo, se aplica a esta convocatoria la Resolución de 22 de abril de 2015, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se actualizan para el año 2015 las cuantías máximas constitutivas del importe de las subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo, a entidades colaboradoras sin ánimo de lucro (BOE nº 107, de 5 de mayo). Tercero.- La presente convocatoria se resuelve con cargo al crédito consignado en la siguiente aplicación del Estado de gastos del Presupuesto del SCE para el año 2015: Aplicación Presupuestaria H ; proyecto Programas Integrados de Empleo, por un importe estimado de dos millones seiscientos mil ( ,00) euros, si bien la retención del crédito correspondiente quedará condicionada al ingreso de los fondos establecidos en la Orden ESS 1978/2015, de 17 de septiembre (BOE nº 234, de 30 de septiembre), por lo que esta convocatoria se tramita anticipadamente en aplicación del artículo 72 de la Ley 11/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para Cuarto.- El resuelvo primero.2 de la convocatoria, establece que el sistema de concesión de las presentes subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, lo que determina que todas las Entidades solicitantes participan en igualdad de condiciones, resolviéndose la concesión a favor de aquellas que, una vez acreditados los requisitos exigidos en la Convocatoria, presenten una solicitud que, aplicados los criterios de baremación contenidos en la misma, merezca una mayor valoración.

3 32910 Quinto.- Las solicitudes y los proyectos, que han sido valorados según el resuelvo noveno, de la convocatoria y que se encuentran relacionados en el Anexo II, cumplen los requisitos exigidos en la norma referida en el fundamento de derecho segundo así como en la Resolución de la convocatoria. Sexto.- Ha sido de aplicación el punto tres del resuelvo quinto de la convocatoria ya citada, al no haberse cubierto todos los ámbitos de actuación previstos en la misma, Séptimo.- En los trámites seguidos para la iniciación, instrucción y resolución del procedimiento han sido observadas la normativa de aplicación así como las disposiciones de la Resolución de 23 de febrero de 2011, de la Presidenta. En base a lo expuesto, y en aplicación de la normativa legal vigente, R E S U E L V O: Primero.- Conceder subvención a las entidades relacionadas en el Anexo III, ya que han obtenido una puntuación suficiente, de acuerdo con el orden de prelación resultante para el conjunto de solicitudes, en cada ámbito RESUELVO territorial baremado, según resuelvo noveno de la convocatoria. En dicho Anexo los ámbitos marcados con asteriscos (*) se corresponde con Primero.- Conceder subvención a las entidades relacionadas en el Anexo III, ya que han obtenido una puntuación la redistribución suficiente, de de los acuerdo puestos con vacantes el orden de de orientadores prelación resultante entre los para ámbitos el conjunto con mayor de solicitudes, nº de en cada beneficiarios ámbito territorial potenciales. baremado, según Resuelvo Noveno de la Convocatoria. En dicho Anexo los ámbitos marcados con asteriscos (*) se corresponde con la redistribución de los puestos vacantes de orientadores En dicho entre anexo los se indica el destino de la subvención en los diferentes conceptos (costes salariales del personal técnico, personal de apoyo y gastos generales, materiales, técnicos, indica el destino de la subvención en los diferentes conceptos (costes salariales del personal dietas técnico, y desplazamientos; personal apoyo se contempla, y gastos generales, asimismo, materiales, costes de técnicos, auditoría dietas que están y desplazamientos; incluidos se contempla, dentro del asimismo, apartado costes gastos de generales), auditoría por que un están importe incluidos global dentro dos del apartado millones gastos ciento generales), setenta por un y nueve importe mil global trescientos de DOS cincuenta MILLONES y tres euros CIENTO con SETENTA ochenta y Y seis NUEVE céntimos MIL ( ,86 TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES EUROS CON OCHENTA Y SEIS CÉNTIMOS ( ,86 ) según desglose y con cargo euros) a según las siguientes desglose partidas y con cargo presupuestarias. a las siguientes partidas presupuestarias. Partida presupuestaria Proyecto Aplicación Presupuestaria Importe concedido H , H Programas Integrados de Empleo , H ,27 Segundo.- Contemplar en el Anexo IV, (Lista de reserva) las entidades que no han resultado beneficiarias Segundo.- de subvención Contemplar por obtener el Anexo una puntuación IV (Lista de inferior reserva) en las valoración entidades del que Proyecto-Memoria. no han resultado beneficiarias caso de de renuncia subvención y/o incumplimiento por obtener una de puntuación alguna de las inferior entidades la que valoración haya resultado del No obstante, beneficiaria de la subvención, se procederá a concedérsela a la siguiente por orden de prelación. Proyecto-Memoria. No obstante, en caso de renuncia y/o incumplimiento de alguna de las Tercero.- entidades Denegar que haya las solicitudes resultado beneficiaria de subvención de la reflejadas subvención, el se Anexo procederá V de a concedérsela presente, por a la los motivos siguiente que se por consignan orden de en prelación. dicho Anexo. Cuarto.-. Tercero.- Este programa Denegar se las iniciará solicitudes a partir de de subvención aprobación reflejadas y siempre en el antes Anexo del V 31 de de la diciembre presente, de 2015, por pudiendo los motivos ejecutarse que se hasta consignan 31 de marzo en dicho del anexo. año siguiente a su concesión, según art. 9 de la O.M. de 20 de enero de Los contratos de las personas que se incorporen al proyecto, en el 2015, se deberán de registrar en el aplicativo Cuarto.- contrat@ Este con programa fecha tope se el iniciará a partir de su aprobación y siempre antes del 31 de diciembre de 2015, pudiendo ejecutarse hasta 31 de marzo del año siguiente a su concesión, Quinto- según El artº. inicio 9 del la proyecto Orden Ministerial implica la aceptación de 20 de enero de la de subvención en los términos previstos en la presente Resolución y se deberá acreditar de acuerdo al modelo que se obtendrá en la página Web del SCE, en el plazo de DIEZ DÍAS siguientes al comienzo del mismo. Una vez que se compruebe que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, se les abonará el 100% de las cantidades previstas según Anexo III. A este respecto, se ha obtenido la previa y preceptiva autorización por parte de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, mediante su Resolución de fecha 23 de octubre de 2015, de

4 32911 Los contratos de las personas que se incorporen al proyecto, en el 2015, se deberán de registrar en el aplicativo con fecha tope el Quinto.- El inicio del proyecto implica la aceptación de la subvención en los términos previstos en la presente Resolución y se deberá acreditar de acuerdo al modelo que se obtendrá en la página web del SCE, sce/principal/servicios, en el plazo de diez días siguientes al comienzo del mismo. Una vez que se compruebe que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, se les abonará el 100% de las cantidades previstas según Anexo III. A este respecto, se ha obtenido la previa y preceptiva autorización por parte de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, mediante su Resolución de fecha 23 de octubre de 2015, de conformidad con el Acuerdo de Gobierno, de fecha 26 de diciembre de 2013, relativo a las medidas y acciones extraordinarias para la reducción del gasto en la actividad administrativa y la gestión de los recursos humanos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, organismos autónomos, entidades públicas empresariales, entidades de derecho público, sociedades mercantiles públicas dependientes y fundaciones públicas (BOC nº 251, de ), prorrogado, para el año 2015, por Acuerdo de Gobierno de 23 de diciembre de 2014 (BOC nº 253, de ). Junto con la comunicación de Inicio se presentará escrito indicando la ubicación del cartel, paneles, vallas o placas y fotos de los mismos, según lo establecido en el Resuelvo Decimocuarto de la convocatoria, relativo a la información y publicidad y fotos de los mismos, y fotocopias compulsadas de los contratos realizados, debiendo constar en éstos expresamente que se han financiado con cargo a los fondos recibidos del Servicio Público de Empleo Estatal. La presentación de toda esta documentación constituye condición indispensable para proceder al abono de la subvención concedida. Sexto.- Es de aplicación el artículo 3 de la Orden ESS/1978/2015, de 17 de septiembre (BOE nº 234, de ) que se transcribe: Identificación de la fuente de financiación. 1. En los contratos y demás documentación necesaria para la realización de las actividades en que se concrete el Programa de Activación para el Empleo financiados con cargo a los fondos distribuidos en esta orden, así como en la señalización exterior existente en los lugares en los que se realicen estas actividades y, en todo caso, en las acciones de difusión que cada comunidad autónoma pueda desarrollar en relación con las mismas, deberá constar expresamente, en lugar visible, que se han financiado con cargo a los fondos recibidos del Servicio Público de Empleo Estatal, incorporando junto a los elementos identificativos de la comunidad autónoma respectiva, los elementos establecidos en el Anexo III 2. El incumplimiento de estas obligaciones supondrá el inicio del procedimiento regulado en el artículo 31.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y, en su caso, del procedimiento de reintegro regulado en los artículos 41 y siguientes de la mencionada Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

5 32912 En la página web del Servicio Canario de Empleo, empleo, se pondrá a disposición el modelo del cartel anunciado a utilizar. Séptimo.- En relación a la finalización y justificación del proyecto: 1. La entidad beneficiaria, dentro del mes siguiente al último pago correspondiente al proyecto, efectuado en el plazo reglamentario, presentará en el Servicio Canario de Empleo, Informe de fin de obra o servicio, acompañado de la Memoria Descriptiva y Gráfica de la actuación realizada, reintegrando, en su caso, los fondos no utilizados, todo ello conforme los modelos aprobados que aparecen en la web del Servicio Canario de Empleo antes mencionada. Sin perjuicio de lo anterior, las entidades deberán acreditar los gastos y pagos efectuados mediante la presentación de fotocopias compulsadas y estampilladas, de nóminas y documentos de cotización a la Seguridad Social y retenciones de impuestos, así como justificación de las transferencias bancarias correspondientes. Esta documentación deberá venir acompañada del correspondiente informe de auditor, factura y justificante bancario del pago de la misma. Durante el mes siguiente a la finalización del proyecto, la entidad colaboradora presentará liquidación final de los gastos realizados según modelos de documentación e instrucciones que se les facilitará por el SCE y que contendrá, al menos, lo siguiente: a) Acciones realizadas con especificación de los demandantes de empleo atendidos en cada una de ellas. b) Los gastos realizados desagregados por conceptos. 2. La justificación queda sometida al control financiero permanente, así como de las actuaciones de comprobación previstas en la normativa aplicable, y al control financiero que será ejercido por la Intervención General del Estado y de la Comunidad Autónoma de Canarias, con independencia de la que pueda efectuar, en su caso, el Tribunal de Cuentas del Estado, la Audiencia de Cuentas de Canarias. Octavo.- 1. En cumplimiento de la normativa de referencia y demás de aplicación, la entidad beneficiaria estará obligada a aportar, como medio de justificación del gasto y pago efectivamente realizado, además de la documentación indicada en el apartado anterior, los registros contables cuya llevanza venga impuesta por la normativa aplicable y que proporcionen información detallada sobre los gastos específicos efectuados con motivo de los proyectos o acciones correspondientes a las intervenciones comunitarias. 2. Dicha información se ajustará al modelo de Cuenta Justificativa de acuerdo con lo previsto en el artículo 72 del Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que se incluye en la web mencionada anteriormente, que deberá presentar firmada en cada una de sus páginas, por el responsable de las funciones de fiscalización, control o administración. Este anexo se remitirá tanto en papel como en medios informáticos.

6 De acuerdo a lo establecido en el artículo 74 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones y en la Sección Tercera del Capítulo IV del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, el informe del auditor deberá tener el alcance previsto en la Resolución de 2 de noviembre de 2012, de la Directora, por la que se aprueba la convocatoria para la creación de un Censo de Auditores para la justificación de subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y verificaciones previstas en la normativa comunitaria o aquel que resulte, en su caso, de la propia convocatoria o bases reguladoras de la subvención y con sujeción a las normas de actuación y supervisión que establezca el Servicio Canario de Empleo. El auditor emitirá un informe en el que se detallarán las comprobaciones realizadas y se comentarán todos aquellos hechos o excepciones que pudieran suponer un incumplimiento por parte del beneficiario de la normativa aplicable o de las condiciones impuestas para la percepción de la subvención, debiendo proporcionar la información con suficiente detalle y precisión para que el órgano gestor pueda concluir al respecto. El Informe de Revisión y Verificación realizado por el auditor deberá contener, al menos, los datos y estructura previstos en la citada Resolución de 2 de noviembre de La documentación original correspondiente quedará localizada en la entidad, en el servicio o unidad responsable de su custodia, a disposición de las personas y organismos que están facultados para inspeccionar este tipo de documentos con arreglo a la normativa de aplicación. 5. La aprobación del proyecto no exime a la entidad de la obligación de hacer frente a los gastos no subvencionables necesarios para la ejecución de los mismos. Noveno.- La entidad beneficiaria adquiere las siguientes obligaciones: 1. Comunicar cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención de otras subvenciones para idéntico fin. 2. Facilitar, en el plazo máximo de 10 días, los datos que este Organismo requiera sobre el desarrollo y resultado de las acciones. 3. No percibir cantidad alguna de los participantes en las acciones. 4. Aplicar lo dispuesto en la Ley 15/1999, de protección de datos de carácter personal (según resuelvo décimo de la presente Resolución). 5. Disponer de los libros contables, registros diferenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la entidad beneficiaria, de modo que permitan identificar de forma diferenciada las partidas o gastos concretos en que se han materializado las subvenciones concedidas así como los demás ingresos propios o afectos a la actividad subvencionada, incluyendo las ayudas y subvenciones concedidas con el mismo objeto y que, por diferencia, permitan obtener un estado de rendición de cuentas de las cantidades o fondos percibidos en concepto de subvención, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

7 Someterse a las actuaciones de control financiero llevadas a cabo por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias. 7. En relación con la gestión de los beneficiarios, las entidades están obligadas a: - Introducir los datos de los beneficiarios finales de las actuaciones en el aplicativo SISPECAN, cumplimentando todos los campos de carácter obligatorio, y tener actualizada la introducción de dicha información para cada acción realizada con los mismos, y cada servicio recibido. Se dará un plazo de 7 días naturales a partir del día que cada usuario es atendido para introducir sus datos en el aplicativo y/o añadirle una acción/ servicio en SIS- PECAN; el incumplimiento de dicho plazo para introducir los datos conllevará la exclusión del correspondiente destinatario final de la acción en la contabilización de los mismos, con la repercusión económica que puede acarrear a la entidad en cuanto a la justificación final. - Las Entidades Colaboradoras vienen obligadas a actualizar los historiales de las personas atendidas, incorporando los resultados de los servicios prestados en el Aplicativo SIS- PECAN, utilizando a tal fin, al personal cuya contratación se subvenciona. - El SCE dará las instrucciones oportunas para la correcta actualización de los historiales de las personas atendidas. Décimo.- Protección de datos de carácter personal. La Ley 15/1999, de protección de datos de carácter personal, LOPD en adelante, regula las condiciones en las que deben tratar los datos de carácter personal. Este acceso a la información debe regirse por el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). El Servicio Canario de Empleo permitirá el acceso al personal designado al Sistema de Información del Servicio Público de Empleo de Canarias SISPECAN. Para ello se facilitarán a la entidad beneficiaria cuantos usuarios sean necesarios. Las autorizaciones asignadas en dicho sistema de información son personales e intransferibles y los titulares de las mismas están obligados al secreto profesional de acuerdo con el artículo 10 de la LOPD. Asimismo, la entidad está obligada a recoger y grabar en dicho aplicativo los indicadores comunes que recogen situación familiar y situaciones especiales, que cada beneficiario debe declarar en el informe específico que se obtendrá del aplicativo. Esos datos recabados pasarán a formar parte del fichero denominado Ciudadanos/as previsto en la Orden de 21 de mayo de 2014, por la que se crean y suprimen ficheros de datos de carácter personal existentes en el Servicio Canario de Empleo. Este acceso de las entidades beneficiarias al fichero, es sólo y exclusivamente para el ejercicio de las funciones descritas en este resuelvo; en ningún caso se entenderá como cesión de datos a las mismas. La Entidad tratará los datos, conforme a las instrucciones del Servicio Canario de Empleo, únicamente para el ejercicio de las funciones descritas en este apartado y no los apli

8 32915 cará o utilizará con fin distinto, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Decimoprimero.- El incumplimiento de cualesquiera de las condiciones y obligaciones establecidas en el Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales del 20 de enero de 1998, o en sus correspondientes normas de desarrollo y modificación, en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Subvenciones así como en la convocatoria y en la presente resolución y en el resto de la normativa de pertinente aplicación, facultará al SCE para iniciar procedimiento de reintegro de las cantidades indebidamente percibidas, con los intereses legales de demora correspondientes, de acuerdo con lo previsto en los artículos 13 y 14 de la Orden de 20 de enero de 1998, citada, en relación directa con el procedimiento de reintegro regulado en la Ley 38/2003, todo ello, sin perjuicio de lo establecido en el Título IV de la propia Ley 38/2003 y en el Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto, sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (BOE nº 189, del 2000), en relación con el apartado 4 de la Disposición transitoria segunda de la citada Ley 38/2003. Decimosegundo.- De conformidad con lo estipulado en el artículo 90 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, se pone en conocimiento de los beneficiarios de las subvenciones que, en el supuesto de devoluciones voluntarias de las cantidades percibidas, éstas deberán realizarse mediante ingreso en cualquiera de las siguientes cuentas corrientes abiertas a nombre del Servicio Canario de Empleo: - CAJAMAR: IBAN ES CAIXABANK: IBAN ES Asimismo, se advierte de que la devolución voluntaria llevará aparejado el respectivo cálculo de los intereses legales de demora que correspondan, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley General de Subvenciones, en cuantía que se comunicará en debida forma al interesado. Notificar esta Resolución a los interesados en el expediente, con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, cabe interponer Recurso de Alzada ante la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente. Vista la normativa aplicable, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 9.2.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, de creación del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 80, de ), según redacción dada por el artículo único, apartado uno, de la Ley 3/2011, de 18 de febrero (BOC nº 44, de ), conforme se propone, resuelvo. Santa Cruz de Tenerife, a 14 de diciembre de El Director, Alejandro Martín López.

9 32916 ANEXO I RELACIÓN DE ENTIDADES SOLICITANTES OFICINA EMPLEO / Nº EXPEDIENTE ENTIDAD CIF MUNICIPIO DE ACTUACIÓN ISLA 2015/01 ASOCIACIÓN REGIONAL UERCA - UNIÓN DE EMIGRANTES RETORNADOS CANARIOS G BARRANCO GRANDE 2015/02 AYUNTAMIENTO DE LOS SILOS P H MUNICIPIO DE LOS SILOS ( ICOD DE LOS VINOS) VALVERDE EL HIERRO PRIMERO DE MAYO VECINDARIO 2015/03 EMPLEO Y LA COHESIÓN SOCIAL G INGENIO LOS LLANOS DE ARIDANE LA PALMA TEGUESTE PUERTO DE LA CRUZ LA OROTAVA SANTA CRUZ DE LA PALMA 2015/04 FEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE LA PALMA G LA PALMA LOS LLANOS DE ARIDANE 2015/05 ASOCIACIÓN DOMITILA HERNÁNDEZ G BARRANCO GRANDE 2015/06 UPTA - UNIÓN DE PROFESIONALES Y MUNICIPIO DE ADEJE ( G TRABAJADORES AUTÓNOMOS LOS CRISTIANOS) 2015/07 ASOCIACIÓN CANARIA ATACAYTE PARA LA LUCHA POR EL BIENESTAR SOCIAL G LA OROTAVA 2015/08 AYUNTAMIENTO DE ADEJE P D MUNICIPIO DE ADEJE ( LOS CRISTIANOS) MUNICIPIO DE ADEJE ( GUÍA DE ISORA) 2015/09 ASOCIACIÓN OJOS SOLIDARIOS G PUERTO DE LA LUZ VALVERDE PUERTO DEL ROSARIO EL HIERRO FUERTEVENTURA TELDE ARUCAS 2015/10 G PRIMERO DE MAYO SAN SEBASTIAN DE LA GOMERA LOS LLANOS DE ARIDANE SANTA CRUZ DE LA PALMA ARRECIFE LA GOMERA LA PALMA LANZAROTE LA OROTAVA MUNICIPIO DE BUENAVISTA 2015/11 AYUNTAMIENTO DE BUENAVISTA DEL NORTE P E DEL NORTE ( ICOD DE LOS VINOS) FIFEDE - FUNDACIÓN CANARIA INSULAR PARA LA 2015/12 FORMACIÓN, EL EMPLEO Y EL DESARROLLO G ISLAS EMPRESARIAL 2015/13 AYUNTAMIENTO DE TELDE P D TELDE En la dirección puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 08A-x6Po3kb-iAqs2kjMymqAfXOSz3clD

10 32917 Nº EXPEDIENTE OFICINA EMPLEO / ENTIDAD CIF ISLA MUNICIPIO DE ACTUACIÓN ASHOTEL - ASOCIACIÓN HOTELERA EXTRAHOTELERA 2015/14 G LOS CRISTIANOS DE, LA PALMA, LA GOMERA Y EL HIERRO VALVERDE PUERTO DEL ROSARIO EL HIERRO FUERTEVENTURA PUERTO DE LA LUZ CIUDAD ALTA 2015/15 G PRIMERO DE MAYO SAN SEBASTIÁN DE LA GOMERA SANTA CRUZ DE LA PALMA ARRECIFE LA LAGUNA LA GOMERA LA PALMA LANZAROTE LA LAGUNA 2015/16 FUNDACIÓN CANARIA ICSE G TOME CANO ISLAS BARRANCO GRANDE 2015/17 ASOCIACIÓN COMPSI G GÁLDAR 2015/18 COAG V GÁLDAR (Municipios: Sta. María de Guía y San Nicolás de Tolentino) DE TOME CANO TOMÉ CANO ARENALES FUERTEVENTURA 2015/19 FEDERACIÓN PROVINCIAL DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA TECNOLOGÍAS DE LAS PALMAS (FEMEPA) G PUERTO DE LA LUZ CIUDAD ALTA PRIMERO DE MAYO ARRECIFE LANZAROTE 2015/20 AYUNTAMIENTO DE CANDELARIA P C MUNICIPIO DE CANDELARIA ( GÜÍMAR) 2015/21 ASOCIACIÓN CANARIA PARA LA POTENCIACIÓN DEL DESARROLLO LOCAL, GENERACIÓN 21 G TACORONTE 2015/22 ASOCIACIÓN DE FORMACIÓN ESTUDIA EN CASA G GÁLDAR ARUCAS 2015/23 CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN DE FUERTEVENTURA Q H GRAN TARAJAL PUERTO DEL ROSARIO FUERTEVENTURA MUNICIPIO DE LA OLIVA 2015/24 ASOCIACIÓN CULTURAL RAÍZ DEL PUEBLO G ( PUERTO DEL FUERTEVENTURA ROSARIO) 2015/25 CRUZ ROJA ESPAÑOLA LAS PALMAS Q G SAN FERNANDO MASPALOMAS En la dirección puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 08A-x6Po3kb-iAqs2kjMymqAfXOSz3clD El presente documento ha sido descargado el 14/12/ :12:34

11 32918 ANEXO II BAREMO ENTIDADES POR ÁMBITO TERRITORIAL ISLA ÁMBITO TERRITORIAL SOLICITADO Nº EXPTE ENTIDADES CIF BAREMO LANZAROTE ARUCAS ARENALES PTO. DE LA LUZ CIUDAD ALTA PRIMERO DE MAYO GÁLDAR (Municipios: Sta. María de Guía y San Nicolás de Tolentino) TELDE VECINDARIO INGENIO ARRECIFE G ,729 G ,295 G ,295 G ,295 G ,229 G ,041 COAG V ,417 AYUNTAMIENTO DE TELDE P D 53,449 G ,729 G ,541 G ,041 G ,698 G ,229 G ,295 En la dirección puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0s2uFQjKYqAzBeWmkeeb148tiHmrvyTX9

12 32919 ANEXO II BAREMO ENTIDADES POR ÁMBITO TERRITORIAL ISLA FUERTEVENTURA LANZAROTE ÁMBITO TERRITORIAL SOLICITADO ARUCAS ARENALES PTO. DEL ROSARIO PTO. DE LA LUZ TOMÉ CANO CIUDAD ALTA ISLAS PRIMERO DE MAYO BARRANCO GRANDE GÁLDAR (Municipios: Sta. María de Guía y San Nicolás de LA Tolentino) LAGUNA TELDE TACORONTE VECINDARIO TEGUESTE PTO. DE INGENIO LA CRUZ LA ARRECIFE OROTAVA Nº EXPTE ENTIDADES CIF BAREMO G G ,729 54,698 FED. UNIÓN PROV. GENERAL DE LA TRABAJADORES PEQUEÑA Y MEDIANA G G ,198 54,229 FED. FUNDACIÓN PROV. DE LABORAL PEQUEÑA DE LA Y MEDIANA G ,795 EMPRESA DEL METAL Y NUEVAS ASOCIACIÓN CULTURAL RAÍZ DEL G ,625 FUNDACIÓN PUEBLO LABORAL DE LA G ,295 FUNDACIÓN CANARIA ICSE G ,000 COAG V ,417 G ,295 FED. FUNDACIÓN PROV. DE CANARIA LA PEQUEÑA ICSE Y MEDIANA G ,000 TECNOLOGÍAS FIFEDE - FUNDACIÓN DE LAS CANARIA PALMAS INSULAR (FEMEPA) PARA LA FORMACIÓN, EL EMPLEO Y EL G ,687 FUNDACIÓN DESARROLLO LABORAL EMPRESARIAL DE LA G ,295 FUNDACIÓN CANARIA ICSE G ,000 G ,229 ASOCIACIÓN PARA DOMITILA PROMOCIÓN HERNÁNDEZDEL G ,229 G ,041 ASOCIACIÓN REGIONAL UERCA - UNIÓN DE EMIGRANTES RETORNADOS G ,875 CANARIOS COAG FUNDACIÓN LABORAL DE LA V ,417 G ,295 FUNDACIÓN CANARIA ICSE AYUNTAMIENTO DE TELDE G P D 48,000 53,449 ASOCIACIÓN CANARIA PARA LA UNIÓN POTENCIACIÓN GENERAL DEL TRABAJADORES DESARROLLO LOCAL, G ,000 G ,729 GENERACIÓN 21 ASOCIACIÓN ASOCIACIÓN PARA PARA LA LA PROMOCIÓN PROMOCIÓN DEL DEL EMPLEO EMPLEO Y LA LA COHESIÓN COHESIÓN SOCIAL SOCIAL G G ,541 50,041 ASOCIACIÓN PARA LA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO Y LA LA COHESIÓN SOCIAL G ,041 53,041 FED. UNIÓN PROV. GENERAL DE LA TRABAJADORES PEQUEÑA Y MEDIANA G G ,698 56,229 UNIÓN ASOCIACIÓN GENERAL PARA TRABAJADORES LA PROMOCIÓN DEL G G ,229 50,041 ASOCIACIÓN CANARIA ATACAYTE PARA LA LUCHA POR EL BIENESTAR SOCIAL G G ,295 43,797 ICOD (Los Silos) AYUNTAMIENTO DE LOS SILOS P H 27,572 ICOD (Buenavista del Norte) GÜÍMAR (Candelaria) AYUNTAMIENTO DE BUENAVISTA DEL NORTE P E 47,770 AYUNTAMIENTO DE CANDELARIA P C 50,020 En la dirección puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0s2uFQjKYqAzBeWmkeeb148tiHmrvyTX9

13 32920 ANEXO II BAREMO ENTIDADES POR ÁMBITO TERRITORIAL ISLA ÁMBITO TERRITORIAL SOLICITADO Nº EXPTE ENTIDADES CIF BAREMO LA PALMA LA GOMERA EL HIERRO LANZAROTE GUÍA DE ISORA (Adeje) ARUCAS LOS CRISTIANOS ARENALES (Adeje) PTO. S/C DE LA PALMA LUZ CIUDAD ALTA LOS LLANOS DE ARIDANE SAN SEBASTIÁN PRIMERO DE LA DE GOMERA MAYO GÁLDAR (Municipios: VALVERDE Sta. María de Guía y San Nicolás de Tolentino) TELDE VECINDARIO INGENIO ARRECIFE UNIÓN AYUNTAMIENTO GENERAL DE TRABAJADORES ADEJE G P D 44,000 51,729 FED. AYUNTAMIENTO PROV. DE LA DE PEQUEÑA ADEJE Y MEDIANA P D 38,000 FED. UNIÓN PROV. GENERAL DE LA TRABAJADORES PEQUEÑA Y MEDIANA G ,229 EMPRESA DEL METAL Y NUEVAS TECNOLOGÍAS FUNDACIÓN LABORAL DE LAS DE PALMAS LA (FEMEPA) G ,795 FUNDACIÓN LABORAL DE LA G ,295 FEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE LA G ,791 PALMA EMPRESA UNIÓN GENERAL DEL METAL TRABAJADORES Y NUEVAS TECNOLOGÍAS G ,229 DE LAS PALMAS (FEMEPA) FUNDACIÓN ASOCIACIÓN LABORAL PARA PROMOCIÓN DE LA DEL G ,295 G ,041 FED. PROV. DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA FEDERACIÓN DEL DE METAL EMPRESARIOS Y NUEVAS DE LA TECNOLOGÍAS G ,791 PALMA DE LAS PALMAS (FEMEPA) FUNDACIÓN UNIÓN GENERAL LABORAL TRABAJADORES DE LA G G ,729 51,295 UNIÓN FUNDACIÓN GENERAL LABORAL TRABAJADORES DE LA G G ,295 51,229 ASOCIACIÓN UNIÓN GENERAL PARA TRABAJADORES LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO G ,729 Y LA COHESIÓN SOCIAL G ,041 G ,795 COAG EMPLEO Y LA COHESIÓN SOCIAL G V ,541 36,417 AYUNTAMIENTO DE TELDE P D 53,449 G ,729 G ,541 G ,041 G ,698 G ,229 G ,295 En la dirección puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0s2uFQjKYqAzBeWmkeeb148tiHmrvyTX9

14 32921 Nº EXPTE ANEXO III RELACIÓN DE ENTIDADES BENEFICIARIAS COSTES SALARIALES PERSONAL TÉCNICO COSTES SALARIALES PERSONAL APOYO COSTES GENERALES, MATERIALES, TÉCNICOS DIESTAS Y DESPAZAMIENTOS TOTAL SUBVENCIÓN OFICINA EMPLEO/ MUNICIPIO DE ACTUACIÓN Nº TRABAJADORES ENTIDAD CIF ISLA PERFIL TRABAJADOR COSTE AUDITORIA (1) AYUNTAMIENTO DE LOS SILOS ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO Y LA COHESIÓN SOCIAL ASOCIACIÓN DOMITILA HERNÁNDEZ P H , , , ,10 MUNICIPIO DE LOS SILOS (OE 1 TITULADO GRADO SUPERIOR 2 ICOD DE LOS VINOS) 1 OFICIAL 1ª ADMINISTRATIVO (33,33%) 535,00 3 ORIENTADORES. (GRUPO 1) OE INGENIO 4 1 PERSONAL APOYO (100%). (GRUPO 3) , , , ,10 GRANCANARIA 2.929,95 OE VECINDARIO 12 9 ORIENTADORES. (GRUPO 1) 3 PERSONAL APOYO (100%). (GRUPO 3) 2 ORIENTADORES. GRUPO 1 G OE TEGUESTE 3 1 PERSONAL APOYO 66,67%. GRUPO 3 3 ORIENTADORES. GRUPO , , , ,33 *OE OROTAVA 4 1 PERSONAL APOYO (100%). GRUPO ,14 OE PUERTO DE LA CRUZ 4 3 ORIENTADORES. GRUPO 1 1 PERSONAL APOYO (100%). GRUPO 3 G , , , ,55 *OE OROTAVA 4 3 TITULADO GRADO SUPERIOR 1 OFICIAL 1ª ADMINISTRATIVO (100%) 1.033,18 AYUNTAMIENTO DE ADEJE P D , , , , ,68 UNIÓN GENERAL TRABAJADORES AYUNTAMIENTO DE BUENAVISTA DEL NORTE G MUNICIPIO DE ADEJE (OE DE LOS CRISTIANOS Y OE DE GUIA DE ISORA) 2 TITULADO GRADO SUPERIOR 1 ADMINISTRATIVO. OFICIAL 1º. (66,67%) OE LOS LLANOS DE ARIDANE 4 3 TECNICO SUPERIOR 1 ADMINISTRATIVO (100%) , , , ,77 LA PALMA 1.722,27 OE SANTA CRUZ DE LA PALMA 3 2 TECNICO SUPERIOR 1 ADMINISTRATIVO (66,66%) 9.799, , , ,77 LA GOMERA OE LA GOMERA 2 1 TECNICO SUPERIOR 1 ADMINISTRATIVO (33,33%) 535, , , , ,77 EL HIERRO OE VALVERDE 2 1 TECNICO SUPERIOR 1 ADMINISTRATIVO (33,33%) 535, , , , ,93 OE OROTAVA 12 9 TECNICO SUPERIOR 3 ADMINISTRATIVO (100%) 2.742,92 7 TECNICO SUPERIOR OE ARUCAS 9 2 ADMINISTRATIVO (100%) , , , , ,94 *OE TELDE 4 3 TECNICO SUPERIOR 1 ADMINISTRATIVO (100%) MUNICIPIO BUENAVISTA DEL NORTE ( ICOD DE LOS VINOS) 1 TITULADO GRADO SUPERIOR 1 ADMINISTRATIVO OFICIAL 1ª P E , , , , ,00 16 LICENCIADOS Y PROF. MERCANTIL AYUNTAMIENTO DE TELDE P D , , , ,28 OE TELDE 24 2 GRADUADOS SOCIALES Y PER. MERCANT 4.163,14 6 OFC1 TEC OFC NIVEL 5 (93,75%) *OE CIUDAD ALTA 4 3TITULADO GRADO SUPERIOR 1 AUXILIAR ADMINISTRATIVO (100%) G , , , ,74 *OE PRIMERO DE MAYO 3 *OE PUERTO DE LA LUZ 4 2 TITULADO GRADO SUPERIOR 1 AUXILIAR ADMINISTRATIVO (66,67%) 3 TITULADO GRADO SUPERIOR 1 AUXILIAR ADMINISTRATIVO (100%) 2.375,32 9 TITULADO GRADO SUPERIOR , , , ,65 OE LA LAGUNA ,78 3 AUXILIAR ADMINISTRATIVO (100%) En la dirección puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0X43E7xtLN15d3ByBkbdrVZgWj8IXJppe

15 32922 Nº EXPTE COSTES SALARIALES COSTES TOTAL OFICINA EMPLEO/ MUNICIPIO Nº COSTES GENERALES, MATERIALES, ENTIDAD CIF SALARIALES ISLA PERFIL TRABAJADOR PERSONAL PERSONAL APOYO SUBVENCIÓN DE ACTUACIÓN TRABAJADORES TÉCNICOS DIESTAS Y TÉCNICO DESPAZAMIENTOS COSTE AUDITORIA (1) FUNDACIÓN CANARIA ICSE G , , , ,88 OE BARRANCO GRANDE 16 OE ISLAS 10 OE TOME CANO 6 *OE LA LAGUNA 4 MUNICIPIOS: STA. Mª DE GUÍA Y SAN NICOLÁS DE TOLENTINO ( GÁLDAR) 12 ORIENTADORES PROFESIONAL 4 AUXILIAR ADMINISTRATIVO (100%) 7 ORIENTADORES PROFESIONAL 2 AUXILIAR ADMINISTRATIVO (100%) 1 AUXILIAR ADMINISTRATIVO (33,33%) 4 ORIENTADORES PROFESIONAL 1 AUXILIAR ADMINISTRATIVO (100%) 1 AUXILIAR ADMINISTRATIVO (33,33%) 3 ORIENTADORES PROFESIONAL 1 AUXILIAR ADMINISTRATIVO (100%) 1 LICENCIADOS Y PROF. MERCANTIL 1 GRADUADOS SOCIALES Y PER. MERCANT 1 AUXILIAR ADMINISTRATIVO (66,67%) COAG V , , , , ,32 FEDERACIÓN PROVINCIAL DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DEL METAL Y NUEVAS TECNOLOGÍAS DE LAS PALMAS (FEMEPA) AYUNTAMIENTO DE CANDELARIA ASOCIACIÓN CANARIA PARA LA POTENCIACIÓN DEL DESARROLLO LOCAL, GENERACIÓN , , , ,51 FUERTEVENTURA OE PUERTO DEL ROSARIO 4 3 LICENCIADO/A PROF. MERCANTIL 1.077,94 1 OFICIAL 1º.TEC OFICINA NIVEL 5 (100%) 7 LICENCIADO/A PROF. MERCANTIL OE ARENALES 10 2 OFICIAL 1º.TEC OFICINA NIVEL 5 (100%) 1 OFICIAL 1º.TEC OFICINA NIVEL 5 (33,33%) OE CIUDAD ALTA LICENCIADO/A PROF. MERCANTIL 4 OFICIAL 1º.TEC OFICINA NIVEL 5 (100%) G , , , ,05 8 LICENCIADO/A PROF. MERCANTIL 7.015,39 OE PRIMERO DE MAYO 11 2 OFICIAL 1º.TEC OFICINA NIVEL 5 (100%) 1 OFICIAL 1º.TEC OFICINA NIVEL 5 (66,67%) 11 LICENCIADO/A PROF. MERCANTIL OE PUERTO DE LA LUZ 15 3 OFICIAL 1º.TEC OFICINA NIVEL 5 (100%) 1 OFICIAL 1º.TEC OFICINA NIVEL 5 (66,67%) , , , ,51 LANZAROTE OE ARRECIFE 4 3 LICENCIADO/A PROF. MERCANTIL 1.077,94 1 OFICIAL 1º.TEC OFICINA NIVEL 5 (100%) P C , , , ,05 MUNICIPIO: CANDELARIA (OE 1 TITULADO SUPERIOR A1 2 GÜÍMAR) 1 AUXILIAR ADMINISTRATIVO C2 (33,33%) 535,00 4 TITULADO GRADO SUPERIOR G , , , ,31 OE TACORONTE ,26 1 ADMINISTRATIVO OFICIAL 1º (100%) 3.920,62 (1)COSTE AUDITORIA: Importe incluido en los gastos generales

16 32923 ANEXO IV LISTA DE RESERVAS ISLA ÁMBITO TERRITORIAL SOLICITADO Nº EXPTE. ENTIDADES CIF BAREMO LANZAROTE PRIMERO DE MAYO ARRECIFE G ,229 G ,041 G ,229 G ,295 FUERTEVENTURA PTO. DEL ROSARIO ASOCIACIÓN CULTURAL RAÍZ DEL PUEBLO G ,229 G ,795 G ,625 LA PALMA LA GOMERA EL HIERRO TOMÉ CANO ISLAS BARRANCO GRANDE LA OROTAVA S/C DE LA PALMA LOS LLANOS DE ARIDANE SAN DSEBASTIAN DE LA GOMERA VALVERDE COAG V ,417 FIFEDE - FUNDACIÓN CANARIA INSULAR PARA LA FORMACIÓN, EL EMPLEO Y EL DESARROLLO EMPRESARIAL ASOCIACIÓN REGIONAL UERCA - UNIÓN DE EMIGRANTES RETORNADOS CANARIOS ASOCIACIÓN CANARIA ATACAYTE PARA LA LUCHA POR EL BIENESTAR SOCIAL FEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE LA PALMA FEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE LA PALMA G ,687 G ,875 G ,797 G ,795 G ,791 G ,041 G ,791 G ,295 G ,795 G ,541 En la dirección puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0yxGDDYa1Y7ClzExlzjtLlZeb3Y1OzMen

17 32924 ANEXO V ENTIDADES SOLICITANTES QUE NO HAN RESULTADO BENEFICIARIAS POR NO CUMPLIR CON ALGUNO DE LOS REQUISITOS FORMALES Y/O DOCUMENTALES ESTABLECIDOS MOTIVO DENEGACIÓN 2015/06 UPTA - UNIÓN DE PROFESIONALES Y TRABAJADORES AUTÓNOMOS 2015/09 ASOCIACIÓN OJOS SOLIDARIOS 2015/14 ASHOTEL ASOCIACIÓN HOTELERA Y EXTRAHOTELERA DE, LA PALMA, LA GOMERA Y EL HIERRO 2015/17 ASOCIACIÓN COMPSI RENUNCIA POR ESCRITO. DESISTIDO POR INCUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 71 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN. SUBSANACIÓN NO PRESENTADA CORRECTAMENTE. DESISTIDO POR INCUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 71 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN. SUBSANACIÓN NO PRESENTADA. DESISTIDO POR INCUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 71 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN. SUBSANACIÓN PRESENTADA FUERA DE PLAZO. 2015/23 CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE FUERTEVENTURA INCUMPLIMIENTO DEL RESUELVO SÉPTIMO DE LA RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA: LA ENTIDAD NO CUMPLE CON LAS OBLIGACIONES DEL REGISTRO DE SOLICITANTES DE SUBVENCIONES DEL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO REGULADO MEDIANTE ORDEN DE 21 DE JULIO DE 2008, POR LA QUE SE CREA EL REGISTRO DE SOLICITANTES DE SUBVENCIONES AL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO (BOC Nº 153 DE 31 DE JULIO DE 2008). 2015/25 CRUZ ROJA ESPAÑOLA. LAS PALMAS DESISTIDO POR INCUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 71 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN. SUBSANACIÓN NO PRESENTADA CORRECTAMENTE. En la dirección puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0peJPXAdgeT-eRqM2X5doa6n2zlNGF6kE

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