INSTRUCCIONES DE INICIO DE CURSO CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA 2014/2015



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Transcripción:

INSTRUCCIONES DE INICIO DE CURSO CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA 2014/2015

NORMATIVA GENERAL DE APLICACIÓN Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la Calidad Educativa. Instrucciones de las Viceconsejerías de Educación, Juventud y Deporte, y de Organización Educativa, de 14 de julio de 2014, sobre comienzo del curso escolar 2014/2015, a los centros públicos docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid. Circular de 5 de septiembre e Información adicional de 12 de septiembre de 2014, de la Dirección General de Infantil y Primaria, sobre organización del horario escolar en los Centros de Educación Infantil y Primaria para el curso 2014/2015.

CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN LOMCE Disposición Final 5ª LOMCE: 2014/2015: Cursos 1º, 3º y 5º 2015/2016: Cursos 2º, 4º y 6º Circular DGIP: Posibilidad de implantación horario LOMCE en toda la etapa, mediante solicitud a la DAT, manteniendo currículo LOE en los cursos 2º, 4º y 6º.

ENSEÑANZAS 2º CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL No hay modificación. Normativa en vigor: Decreto 17/2008, de 6 de marzo, por el que se desarrollan para la Comunidad de Madrid las enseñanzas de Educación Infantil.

ENSEÑANZAS DE EDUCACIÓN PRIMARIA Cursos 2º, 4º y 6º: Currículo: Decreto 22/2007, de 10 de mayo, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de Educación Primaria. Horario: Orden 3319-01/2007, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la implantación y la organización de la Educación Primaria derivada de la LOE. Cursos 1º, 3º y 5º: Currículo y Horario: Decreto 89/2014, de 24 de julio, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de Educación Primaria.(Anexo IV a)

HORARIO GENERAL DE EDUCACIÓN PRIMARIA CURSO 2014-2015 1º, 3º, 5º- Implantación LOMCE- Decreto 89/2014, de 24 de julio-anexo IV-a 2º, 4º, 6º - LOE-Orden 3319-01/2007, de 18 de junio ANEXO I / 2º, 4º, 6º - LOMCE- Decreto 89/2014, de 24 de julio-anexo IV-a

PRINCIPALES NOVEDADES DE LA LOMCE EN LAS ENSEÑANZAS DE PRIMARIA Desaparece la estructura de ciclos, siendo el curso la unidad temporal de programación y evaluación. El área de Conocimiento del medio se divide en dos áreas: Ciencias de la Naturaleza y Ciencias Sociales. El área de Educación para la Ciudadanía en 5º curso desaparece. Los alumnos pueden cursar Religión o Valores sociales y cívicos, pasando esta última a sustituir a Alternativa a Religión en los cursos impares, y teniendo carácter evaluable.

ENSEÑANZAS DE EDUCACIÓN PRIMARIA EN CENTROS BILINGÜES Cursos 2º, 4º y 6º: Horario: Orden 5958/2010, de 7 de diciembre, por la que se regulan los colegios públicos bilingües de la Comunidad de Madrid, Anexo II. Currículo: Decreto 22/2007, de 10 de mayo, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de Educación Primaria. Cursos 1º, 3º y 5º: Currículo y Horario: Decreto 89/2014, de 24 de julio, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de Educación Primaria.(Anexo 4 b)

HORARIO COLEGIOS BILINGÜES DE EDUCACIÓN PRIMARIA CURSO 2014-2015 1º, 3º, 5º- Implantación LOMCE- Decreto 89/2014, de 24 de julio-anexo IV-b 2º, 4º, 6º - LOE-Orden 5958/2010, de 7 de diciembre-colegios públicos bilingües- ANEXO II / 2º, 4º, 6º -LOMCE- Decreto 89/2014, de 24 de julio- ANEXO IV-b

ENSEÑANZAS DE PRIMARIA EN CENTROS CONCERTADOS BILINGÜES Cursos 2º, 4º y 6º: Horario: Orden 9932/2012, de 30 de agosto, por la que se regulan los centros privados concertados bilingües en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid. Currículo: Decreto 22/2007, de 10 de mayo, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de Educación Primaria. Cursos 1º, 3º y 5º: Horario y currículo:. Decreto 89/2014, de 24 de julio, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de Educación Primaria.(Anexo 4 b)

CENTROS CON PROYECTOS PROPIOS Cursos 2º, 4º y 6º: Horario: Continua en vigor el horario que les fue autorizado por la correspondiente Orden de la Consejería de Educación. Currículo: Decreto 22/2007, de 10 de mayo, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de Educación Primaria. Cursos 1º, 3º y 5º: Horario y currículo:. Decreto 89/2014, de 24 de julio, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de Educación Primaria.(Anexo 4 b) En toda la etapa pueden impartir en lengua extranjera las áreas que tuvieran autorizadas en su proyecto propio.

HORARIO DEL EQUIPO DIRECTIVO Orden de 29 de junio de 1994, por la que se establecen las instrucciones de organización y funcionamiento de las Escuelas de Educación Infantil y Colegios de Educación Primaria. (Apdo. 72) Instrucciones de las Viceconsejerías de Educación, Juventud y Deporte, y de Organización Educativa, de 14 de julio de 2014, sobre comienzo de curso escolar 2014/2015, a los centros públicos docentes de la Comunidad de Madrid. (Apdo.6.1)

HORARIO COORDINADORES Composición CCP: (Apdo. 4.2.1 Instrucciones comienzo de curso 2014/2015) Director Jefe de Estudios Coordinador de Educación Infantil Coordinador cursos 1º a 3º de Educación Primaria Coordinador cursos 4º a 6º de Educación Primaria Orientador Coordinador TIC Coordinadores docentes: Reducción horaria de 1 hora lectiva semanal por cada 3 grupos o fracción. Coordinador TIC: Reducción horaria según nº de unidades, complemento de productividad excepcional (Apdo. 9.2 Instr. Comienzo de curso 2014/2015)

SUSTITUCIÓN PARCIAL DE HORARIO LECTIVO PARA MAYORES DE 55 AÑOS (Apdo. 3.4 Instrucciones comienzo de curso) Entre 55 y 58 años: Hasta 2 horas lectivas semanales de reducción. Con 58 o 59 años, o entre 60 y 64, que no hubieran podido acogerse a jubilación anticipada: Hasta 3 horas lectivas semanales de reducción. Gestiona el Director del centro, que debe incluir en la PGA un Plan de Actividades, indicando las actividades sustitutorias que se realizarán durante las horas de reducción.

APROBACIÓN Y AUTORIZACIÓN DE HORARIOS Aprobación de horarios: Director del Centro. Autorización definitiva: Director de Área Territorial, previo informe del SIE. Fecha tope de remisión de horarios: Antes del 10 de octubre de 2014, en formato SICE y con las modificaciones indicadas, en su caso, por el Inspector correspondiente.

PARTES DE FALTAS Deben remitirse al SIE antes del día 5 de cada mes los partes de faltas del mes anterior. Normativa importante: Resolución de 14 de junio de 2010, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se delegan competencias en los titulares de las Direcciones de Área Territoriales y de los centros docentes públicos no universitarios. Instrucciones de 19 de mayo de 2010, de la Dirección General de Recursos Humanos, modificadas por Resolución de 15 de julio de 2011 y Resolución de 31 de agosto de 2011, sobre ausencias inferiores a 4 días.

ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS Y CURSOS Normativa de aplicación: Real Decreto 82/1996, por el que se establece el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Centros de Educación Primaria (Art. 45). Orden 3319-01/2007, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la implantación y la organización de la Educación Primaria derivada de la LOE. (Art. 11) Decreto 89/2014, de 24 de julio, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de Educación Primaria. (Art. 14)

EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES DE LOS ALUMNOS Cursos 2º, 4º y 6º: Orden 1028/2008, de 29 de febrero, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la evaluación de la Educación Primaria y los documentos de aplicación, modificada por Orden 3225/2008, de 27 de junio. Cursos 1º, 3º y 5º: Decreto 89/2014, de 24 de julio, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de Educación Primaria (Arts. 9, 10, 11 y 12).

ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD Medidas de apoyo ordinario: Orden 3319-01/2007, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la implantación y la organización de la Educación Primaria derivada de la LOE (Art. 12) Instrucciones de las Viceconsejerías de Educación, Juventud y Deporte, y de Organización Educativa, de 14 de julio de 2014, sobre comienzo de curso escolar 2014/2015, a los centros públicos docentes de la Comunidad de Madrid (Art. 6.4) Medidas de apoyo específico: Circular de 27 de julio de 2012, de las Direcciones Generales de Infantil y Primaria, y de Educación Secundaria y Régimen Especial, para la organización de la atención a acnees y de los alumnos con necesidades de compensación educativa. Orden 445/2009, de 6 de febrero, por la que se regula la incorporación tardía y la reincorporación de alumnos a la enseñanza básica del sistema educativo español.