19 de abril de 2012 Estudio de Arquitectura c/ Lagasca, 62 (2ºIzq) Madrid, Madrid 28001. PROYECTO BÁSICO y de EJECUCIÓN de OBRAS de CONSERVACIÓN de FACHADA. SITUACIÓN: C/ Fernández de los Ríos, 32. Madrid, Madrid 28015 PROPIEDAD: Comunidad de Propietarios A/A: Distrito de Chamberí Sección de Disciplina Urbanística Nº Expediente: 107/2011/02419 Orden de Ejecución de Obras de ITE desfavorable. Tras haber recibido requerimiento para aporte de documentación al nº de expediente referido en el encabezamiento, me dispongo a contestar a los puntos recibidos: 1) Existe discrepancia en la documentación aportada en lo referente a la actuación en fachada principal, ya que no se aclaran los materiales a emplear en la reparación de la fachada. Los trabajos mencionados se llevarán a cabo siguiendo al punto las recomendaciones mencionadas de la CPPHAN, que para este apartado son: 1.1 CRITERIOS GENERALES DE LA CPPHAN Criterios cuya aplicación en edificios incluidos en el ámbito del APE 00-01 "Centro Histórico", APEs de cascos históricos periféricos, APEs de colonias históricas o catalogados fuera de estos ámbitos, supone la innecesariedad de someterlos a informe de la Comisión para la Protección de Patrimonio Histórico, Artístico y Natural (CPPHAN). 1.2 ACTUACIONES EN FACHADA No se considerará alteración de la fachada de un inmueble siempre que la intervención sobre los diferentes elementos que la integran se ajusten a los siguientes criterios: 1.2.1 MATERIALES DE FACHADA. Cuando se lleve a cabo la reparación del revestimiento del muro de fachada, esta se efectuará utilizando materiales iguales a los originales existentes en la misma de acuerdo con los siguientes criterios: - Si se trata de un revoco se utilizarán revocos artesanales en texturas y colores dominantes en la zona en que se ubica el inmueble. Si el revoco no se sustituyese en su totalidad, llevándose a cabo únicamente labores de parcheo, se admite la pintura al silicato o al pliolite para igualar el color.
- Si se trata de un enfoscado, mediante enfoscado y posterior pintura al silicato, o al pliolite para igualar el color. - Si se trata de un chapado, mediante la reposición de chapados de piedra. - Si se trata de una fábrica de ladrillo cara vista la reposición de piezas de ladrillo macizo se efectuará con ladrillo de tejar, similar en color y textura a los existentes en la fachada, respetando asimismo el espesor de llagas y tendeles para conseguir un aspecto homogéneo. El rejuntado se hará con mortero bastardo, después de descarnar las zonas que sean necesarias. - En todo caso, se deberán mantener y/o recuperar los elementos decorativos existentes en la fachada tales como las molduras, las escayolas, etc. ( ) 4.2.2.1 COLORES En el repintado de fachadas el color a emplear será el original, o en su caso el correspondiente a la época de construcción del edificio o el dominante de la zona, debido a que las fachadas de los inmuebles sitos en el APE 00.01 deben buscar continuidad y armonía en los aspectos cromáticos y de textura con los esquemas compositivos. El color del material de acabado de la fachada no podrá afectar negativamente ni a la estética ni al entorno en donde se ubique el inmueble. En concreto, para la reparación de los daños encontrados en la fachada principal, catalogada, en concreto se especifica que se emplee: Revoco tradicional de cal grasa envejecida en balsa (añeja al menos 3 años), pigmentada con óxidos minerales y dosificada con áridos de Macael, aplicado por artesano revocador, según sistema Julio Barbero Moreno, S.L., en una superposición de capas. 1ª Mano muy fina y apretada para dar anclaje al mortero base, dejando el grano encustrado, dosificación 1:3 y árido de 0,80 mm. 2ª Mano gruesa de 6 a 8 mm de espesor, fratasada con talocha de madera para dar planimetría al soporte. Ésta se aplica cuando la anterior está humeda pero no mancha al tacto (dosificación 1:3 y árido de 0,80 mm.) 3ª Mano de repretar, de 3 a 5 mm de espesor fratasada con talocha de madera. Sirve de capa blanda o cojinete (dosificación 1:2:1 cal-polvo-árido) 4ª Mano de enlucido de cal y polvo pero sólo en un 20% para afinar el soporte de porors, rallazos, etc. 5ª Lavado del revoco con brocha de pelo blando para sellar el soporte sacando la lechada de cal a superficie con agua limpia en el momento en que las capas anteriores estén en su punto de secado para no estropearlas (deshaciéndolas con agua). 6ª Cepillado con cepillo blando para no rallar el soporte realizándolo en todas las direcciones con el fin de borrar las verdugadas que pudieran quedar del lavado anterior así como para dar un aspecto satinado muy pétreo. Incluso curado convenientemente con agua. O técnica similar que garantice las disposiciones establecidas en la normativa mencionada.
2) Deberá de presentar dirección facultativa de descuelgue vertical y declaración, haciendo constar la longitud, ancho y altura de la zona a ocupar, así como la duración de la misma. Se adjunta dirección facultativa de montaje de andamios y descuelgue vertical, que define las condiciones que deberán de tener los trabajos auxiliares mencionados. Se declara, asimismo, que la ocupación de la acera será la necesaria para permitir un paso libre bajo el andamio de 1,20m como se muestra en el esquema a continuación, algo posible ya que la acera tiene una anchura de 2,37m. La altura del andamio será de 3,00m, quedando su línea superior situada entre las plantas baja y primera, a la altura aproximada del forjado que las separa. Se respetarán en todo momento las disposiciones mencionadas en la documento de montaje de andamio anexo, así como la ley 8/1993 y el RD 2177/2004. Ocupación del andamio en planta.
Fachada principal Ancho de acera suficiente > 1,20m
Ancho de acera suficiente > 1,20m 3) En el apartado 1.6.3 de la memoria se especifica que se colocarán testigos de escayola y se consultará al arquitecto para valorar las acciones necesarias a emprender. Se han colocado los testigos mencionados y se está llevando a cabo el pertinente seguimiento de los mismos. En el caso de que su rotura indique una posible lesión activa, se tomarán las medidas pertinentes y necesarias, redactando en su caso el proyecto de obras exigido, que será tramitado como una licencia independiente. Y así lo firmo para que conste a todos los efectos, en Madrid a 19 de abril de 2012 Ignacio Escribano Fernández-Castaño. Arquitecto COAM nº15.743. NIF: 51423825-B