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24169 III. Otras Resoluciones Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad 3899 Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.- Resolución de 3 de septiembre de 2014, por la que se establece el calendario escolar y se dictan instrucciones específicas de inicio y finalización de actividades de educación y formación permanente de personas adultas en la Comunidad Autónoma de Canarias, para el curso académico 2014-2015. Vista la necesidad de facilitar la planificación de las actividades formativas de los centros, de garantizar la coordinación de las enseñanzas, así como de armonizar el calendario de inicio y finalización de actividades de educación y formación permanente de personas adultas, en el curso académico 2014-2015, con el calendario general del resto de las enseñanzas, y teniendo en cuenta los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Primero.- Anualmente la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad fija el calendario escolar y dicta instrucciones para el comienzo y finalización de actividades de los centros educativos de la Comunidad Autónoma de Canarias. Segundo.- Las características y la diversidad de enseñanzas de educación y formación permanente de personas adultas requieren instrucciones específicas para la organización y desarrollo del comienzo y finalización de estas enseñanzas en la Comunidad Autónoma de Canarias. Tercero.- El calendario anual de inicio y finalización de actividades de educación y formación permanente de personas adultas está condicionado, entre otros factores, por los calendarios de celebración de las pruebas de obtención de títulos o de acceso a diversas enseñanzas, así como por la colaboración con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, con las Universidades y con otras instituciones o entidades en el desarrollo de algunas de estas enseñanzas. Cuarto.- Además, y aunque la organización y planificación de las actividades escolares corresponde a los centros docentes en el ejercicio de su autonomía, para la temporalización de estas actividades se precisa fijar unas normas básicas que garanticen la necesaria coherencia organizativa de los centros docentes. A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero.- La Disposición Adicional Quinta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 106, de 4 de mayo), en su redacción actual, que establece que las Administraciones educativas fijarán anualmente el calendario escolar, como parte del proceso de organización de la actividad en los centros docentes.

24170 Segundo.- La Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de 10 de julio de 2006, por la que se establece el calendario y se dictan instrucciones de inicio y finalización de actividades del curso 2006-2007, para educación y formación permanente de personas adultas, enseñanzas de idiomas y tutorías de jóvenes en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 159, de 16 de agosto), que en su disposición final primera faculta a las Direcciones Generales competentes para el desarrollo, interpretación y ejecución de lo dispuesto en las normas que se aprueban en dicha orden. Tercero.- La Resolución de la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa, de 6 de junio de 2014, por la que se establece el calendario escolar y se dictan instrucciones para la organización y desarrollo de las actividades de comienzo y finalización del curso 2014-2015, para los centros de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 116, de 18 de junio). Cuarto.- El Decreto 74/2013, de 18 de julio, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2014, y se abre plazo para fijar las fiestas locales (BOC nº 144, de 29 de julio). Quinto.- El Decreto 42/2014, de 15 de mayo, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2015, y se abre plazo para fijar las fiestas locales (BOC nº 99, de 23 de mayo). Por todo ello, y en el ejercicio de las competencias atribuidas a la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos en el artículo 12, apartado b), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, aprobado en el Decreto 113/2006, de 26 de julio (BOC nº 148, de 1 de agosto), R E S U E L V O: Primero.- Establecer el calendario y dictar instrucciones para el inicio y finalización de actividades de las enseñanzas de educación y formación permanente de personas adultas para el curso académico 2014-2015, en los centros públicos de Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con lo establecido en el anexo de la presente resolución. Los centros privados se regirán por la presente resolución, en todo aquello que les afecte, en el marco de los límites fijados por la legislación vigente. Segundo.- Facultar a los equipos directivos de los centros para que arbitren el procedimiento más adecuado para que la presente resolución sea conocida y difundida entre los distintos sectores de la comunidad educativa, haciéndoles llegar copia de la misma cuando así se solicite por la persona interesada, y exponiendo permanentemente una en el tablón de anuncios y en la web del centro, en su caso. Tercero.- Encomendar a la Inspección de Educación la supervisión y asesoramiento en aquellos aspectos que le soliciten los equipos directivos de los centros. Santa Cruz de Tenerife, a 3 de septiembre de 2014.- El Director General de Formación Profesional y Educación de Adultos, José Moya Otero.

24171 A N E X O CALENDARIO E INSTRUCCIONES DE INICIO Y FINALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEL CURSO ACADÉMICO 2014-2015, PARA EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PERMANENTE DE PERSO- NAS ADULTAS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. SUMARIO: 1. Ámbito de aplicación. 2. Inicio de actividades académicas. 3. Finalización de actividades académicas. 4. Vacaciones y días festivos. 5. Días no lectivos de libre disposición. 6. Oferta formativa con organización cuatrimestral. 7. Planificación de actividades de fin de curso. 8. Pruebas extraordinarias de septiembre. 9. Modificaciones excepcionales del calendario. 1. Ámbito de aplicación. La presente resolución se aplicará a las enseñanzas de educación y formación permanente de personas adultas que se indican a continuación, impartidas en Centros de Educación de Personas Adultas (CEPA), Centros de Educación a Distancia (CEAD) e Institutos de Educación Secundaria (IES): 1.1. Formación Básica de Personas Adultas (FBPA): a) Formación Básica Inicial (FBI). b) Formación Básica Postinicial (FBPI). 1.2. Formación Profesional a Distancia (FPD). 1.3. Bachillerato de Personas Adultas (BPA): a) Bachillerato semipresencial (BSP). b) Bachillerato a distancia con tutorización (BDT). c) Bachillerato a distancia por Internet (BDI). 1.4. Inglés a distancia (ID) (That s English!). 1.5. Preparación para pruebas (PP): a) De obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (PPGESO). b) De acceso a Formación Profesional de los grados medio y superior (PPAC2 y PPAC3). c) De acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años (PPAU). 1.6. Formación Orientada al Empleo:

24172 - Adaptada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (FOE-CP). - Específica del centro (FOE). 2. Inicio de actividades académicas. 2.1. El curso escolar se iniciará el 1 de septiembre de 2014 y finalizará el 31 de agosto de 2015. Las actividades académicas se iniciarán el 1 de septiembre de 2014 y finalizarán el 30 de junio de 2015. 2.2. El inicio de las actividades lectivas se ajustará a las siguientes fechas: 2.2.1. El día 11 de septiembre de 2014 iniciarán sus actividades las siguientes enseñanzas: - Formación Básica de Personas Adultas. - Formación Profesional a Distancia. - Bachillerato de Personas Adultas. 2.2.2. El 18 de septiembre de 2014 comenzarán los cursos de preparación para pruebas que se indican a continuación: A) Obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. B) Acceso a Formación Profesional de los grados medio y superior. 2.2.3. A partir del 22 de septiembre de 2014 comenzarán las actividades lectivas de la Formación Orientada al Empleo, tanto la adaptada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (FOE-CP), como, en su caso, la específica del centro (FOE). 2.2.4. Tienen las fechas de inicio determinadas por otras entidades las enseñanzas indicadas a continuación: a) Inglés a distancia (That s English!) iniciará sus actividades lectivas el 13 de octubre de 2014, de acuerdo con el calendario previsto por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. b) Curso de preparación para la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años: se regirá por los calendarios previstos por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y por la Universidad de La Laguna para esta oferta formativa. 2.2.5. Cuando por causas de fuerza mayor hubiera que posponer el comienzo de las clases, el nuevo calendario deberá ser autorizado por la Dirección Territorial de Educación correspondiente. 3. Finalización de actividades académicas. La finalización de las actividades lectivas de los centros se ajustará a las siguientes fechas: 3.1. Formación Básica de Personas Adultas: 18 de junio de 2015.

24173 Del 8 al 12 de junio de 2015 se realizarán las pruebas de recuperación de los bloques de contenido no superados de la FBPA, según lo establecido en la programación general anual del centro. Los centros ajustarán su programación de actividades para que el alumnado del tramo IV (Titulación), de la Formación Básica Postinicial, tenga en su poder, el 19 de junio de 2015, las certificaciones necesarias para confirmar las condiciones académicas previstas para el acceso a Formación Profesional o Bachillerato. 3.2. Formación Profesional a Distancia: se ajustará a lo establecido con carácter general para estas enseñanzas por la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa. 3.3. Bachillerato de Personas Adultas: se ajustará a lo establecido con carácter general para estas enseñanzas por la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa. 3.4. Las enseñanzas de Inglés a Distancia se atendrán a lo previsto por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para el Programa That s English! La información se publicará en la siguiente dirección web: http://www.thatsenglish.com/es/canarias. 3.5. Preparación de pruebas. 3.5.1. Curso de preparación para pruebas de obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria: 14 de mayo de 2015, salvo autorización expresa de prolongación por parte de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos. 3.5.2. Curso de preparación de pruebas de acceso a Formación Profesional de los grados medio y superior: 8 de mayo de 2015, salvo autorización expresa de prolongación por parte de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos. 3.5.3. Curso de preparación para la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años: Universidad de La Laguna el 26 de febrero de 2015 y Universidad de Las Palmas de Gran Canaria el 23 de marzo de 2015, salvo autorización expresa de prolongación por parte de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos. 3.6. Otras ofertas formativas. 3.6.1. Formación Orientada al Empleo adaptada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales: se planificará de forma que no termine después del 19 de junio de 2015. 3.6.2. Formación Orientada al Empleo específica del centro: se planificará de forma que no termine después del 19 de junio de 2015. 4. Vacaciones y días festivos. 4.1. Para el curso escolar 2014-2015 tendrán la consideración de periodos no lectivos los siguientes:

24174 - Navidad: del 22 de diciembre de 2014 al 7 de enero de 2015, ambos inclusive. - Semana Santa: del 30 de marzo al 5 de abril de 2015, ambos inclusive. 4.2. Sin perjuicio de los días calificados de descanso semanal en la legislación laboral y de los dos días de fiestas locales para cada municipio, tendrán la consideración de días festivos los establecidos en el Decreto 74/2013, de 18 de julio, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2014, y se abre plazo para fijar las fiestas locales, y los establecidos en el Decreto 42/2014, de 15 de mayo, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2015, y se abre plazo para fijar las fiestas locales. 4.2.1. De acuerdo con los mencionados Decretos 74/2013, de 18 de julio, y 42/2014, de 15 de mayo, en el curso académico 2014-2015 están considerados como días festivos de carácter nacional y autonómico los siguientes: - 1 de noviembre de 2014: Todos los Santos. - 6 de diciembre de 2014: Día de la Constitución Española. - 8 de diciembre de 2014, Día de la Inmaculada Concepción. - 1 de mayo de 2015: Fiesta del Trabajo. - 30 de mayo de 2015: Día de Canarias. 4.2.2. Asimismo, por aplicación de dichos Decretos 74/2013, de 18 de julio, y 42/2014, de 15 de mayo, son días no lectivos las siguientes fiestas insulares en el curso 2014-2015: - Gran Canaria: 8 de septiembre de 2014, Nuestra Señora del Pino. - Lanzarote: 15 de septiembre de 2014, Virgen de los Dolores, Nuestra Señora de los Volcanes. - Fuerteventura: 19 de septiembre de 2014, Nuestra Señora de la Peña. - El Hierro: 24 de septiembre de 2014, Nuestra Señora de los Reyes. - La Gomera: 6 de octubre de 2014, Nuestra Señora de Guadalupe. - Tenerife: 2 de febrero de 2015, Virgen de la Candelaria. 4.3. Tiene también la consideración de festivo, a efectos académicos, el 9 de diciembre de 2014, celebración del Día del Enseñante y del Estudiante. 5. Días no lectivos de libre disposición. 5.1. Además de los días señalados como festivos en el apartado 4 anterior, el Consejo Escolar del centro, oído el Consejo Escolar Municipal donde estuviera constituido, podrá establecer hasta un máximo de cuatro días no lectivos. 5.2. Las direcciones de los centros tendrán que comunicar antes del 31 de octubre de 2014, mediante la aplicación informática establecida por la Dirección Territorial de Educación correspondiente, las fechas concretas de los cuatro días no lectivos de libre disposición, con los requisitos señalados en el subapartado siguiente. Si alguno de esos días de libre disposición es anterior al 31 de octubre, la solicitud debe hacerse con al menos una semana de antelación a la fecha escogida.

24175 5.3. La determinación de los cuatro días a los que se refiere el apartado anterior y su localización en el calendario se explicitarán en la Programación General Anual, adjuntándose a la misma un extracto del acta de la sesión del Consejo Escolar en que fue aprobada la propuesta. Dicho acuerdo se dará a conocer a toda la comunidad educativa y se expondrá en un lugar visible del centro durante todo el curso. 6. Oferta formativa con organización cuatrimestral. La oferta de estudios formales deberá planificarse de manera que, en cada cuatrimestre, se impartan dieciséis semanas de docencia, como mínimo. 7. Planificación de actividades de fin de curso. Antes del 23 de mayo de 2015 la Dirección del centro remitirá a la Inspección de Educación la planificación prevista para la finalización del curso, con especificación de las fechas de evaluación y resto de actividades no lectivas. 8. Pruebas extraordinarias de septiembre. Para las enseñanzas de Bachillerato los centros se ajustarán a lo que establezca la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa al respecto. 9. Modificaciones excepcionales del calendario. Los centros no podrán modificar este calendario, salvo circunstancias excepcionales debidamente justificadas, que serán valoradas por la Dirección Territorial de Educación correspondiente para su autorización, si procede.