EXTRACTO DEL CONVENIO MARCO DE COLABORACION entre Escuela Internacional de Gerencia y el Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Granada EXPONEN:



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Transcripción:

EXTRACTO DEL CONVENIO MARCO DE COLABORACION entre Escuela Internacional de Gerencia y el Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Granada EXPONEN: 1º.- Que el Colegio Oficial de Veterinarios de Granada (en adelante El Colegio) es consciente de la importancia, dentro del Colegio, sus colegiados y los profesionales que lo constituyen, del capital humano como uno de sus activos fundamentales y reconoce el valor de la formación para hacer posible el desarrollo personal y profesional de las personas y la mejora de la eficacia de su trabajo. 2º.- Que Escuela Internacional de Gerencia (en adelante la Escuela), es una escuela de negocios para la formación de empresarios y directivos, con más de 20 años de experiencia en formación de profesionales para la empresa y, gracias a la asociación que mantiene con ESIC, ofrece un posicionamiento notorio entre las principales Escuelas de Dirección españolas y una reconocida dimensión internacional. Como consecuencia de lo expuesto, ambas partes deciden, de común acuerdo, la firma de un Convenio marco, con las siguientes ESTIPULACIONES I. Mediante el presente Convenio se pretende formalizar la colaboración entre las dos entidades para la asistencia, de los colegiados, sus familiares en primer grado y los empleados (en adelante beneficiarios), a los programas de formación que se detallan a continuación; y el acceso por parte de los citados a los servicios generales que se prestan desde la Escuela. La Escuela proporcionará a dichos colectivos un trato favorable en lo referente a precios y a servicios en general, en las distintas sedes, según se recoge en el acuerdo II del presente Convenio. Los programas y servicios incluidos son: Programas de Postgrado ESIC: MBA y Executive MBA Másteres especializados. Programas Superiores.

Programas EIG BMa: Dirección Internacional de Empresas + Bachelor in International Business por University of Derby, Inglaterra (no bonificable el último curso en Inglaterra) PSGE: Programa Superior de Gestión de Empresas II. Los beneficios del CONVENIO MARCO DE COLABORACION para El Colegio se extienden a los beneficiarios para los expresados programas, en base al siguiente modelo de bonificaciones: 1. Un 10%, sobre el precio recogido en las tarifas de precios en vigor para todos los programas, una vez deducido el precio de la matrícula que en ningún caso lleva descuento. 2. Adicionalmente, para el curso 2013/2014 se bonificará con un 10% más (sobre el precio del programa deducida la matrícula), por la contratación y pago anticipado de matrícula en programas de Postgrado ESIC (MBA, Executive MBA, Masters Especializados Y Programas Superiores). La fecha límite para matricularse en estos programas y con estas condiciones será la del 26 de Julio del 2013 para los programas que se inicien en el último trimestre de 2013. 3. EL COLEGIO contará con la Escuela como posible proveedor en sus necesidades formativas tanto en los programas antes descritos como en formación IN-COMPANY. 4. Estos descuentos mencionados (que no incluyen descuento alguno sobre el importe de la Matrícula) no son acumulables a ningún otro descuento comercial que exista con la Escuela, aplicándose, en todo caso, el mas beneficioso para el interesado. III. La Escuela se compromete a que los beneficiarios tengan preferencia en la reserva de plazas, en cualquiera de los programas expuestos anteriormente, siempre y cuando el candidato haya cumplimentado los trámites documentales y superado el proceso de admisión dos meses antes de la fecha de inicio del programa. IV. EL COLEGIO se incorpora al conjunto de empresas e instituciones colaboradoras de la Escuela, con todos los derechos que deriven de esta condición. 2

V. En particular, algunos derechos emanados de la condición de Entidad Asociada son los siguientes: Aparición en la publicidad institucional que realice la Escuela, en los actos que organicen conjuntamente. Posibilidad de convocar Becas de estudios o investigación que lleven asociado en nombre de cualquiera de los dos, o de empresas asociadas. Participación preferencial en Prácticas de Empresas y Bolsa de trabajo. EL COLEGIO y sus colegiados podrán disponer gratuitamente del Servicio de Salidas Profesionales de la Escuela; podrán recibir alumnos en prácticas y disponer de aulas y despachos de la Escuela para realizar entrevistas y presentaciones. Acceso a los recursos disponibles de la Escuela, tales como los fondos bibliográficos o instalaciones. Recibir apoyo logístico y administrativo en la organización de eventos. Posibilidad de solicitar a la Escuela la elaboración y desarrollo de un Plan de Formación Específico, adecuado a las necesidades concretas de los colegiados o del propio EL COLEGIO. Posibilidad de recibir de la Escuela el asesoramiento empresarial que requiera, de acuerdo con las necesidades concretas de las empresas o colegiados del propio EL COLEGIO. Recibir información periódica de todas las actividades que realiza la Escuela. Posibilidad de patrocinar, colaborar, organizar y asistir a las distintas actividades que se programen en el marco del Foro Empresarial de la Escuela. Colaborar con su personal cualificado en las actividades formativas desarrolladas por la Escuela. Participar y recibir información de las actividades desarrolladas por la Asociación de Antiguos Alumnos de la Escuela. VI. EL COLEGIO se compromete, por su parte, a lo siguiente: Difundir las actividades realizadas por la Escuela entre sus empleados y las empresas asociadas o colegiados y animarlos a que participen en ellas. Considerar la Escuela como un referente fundamental para cubrir las necesidades de formación y desarrollo de los RRHH de EL COLEGIO. Utilizar, siempre que sea beneficioso para ambas partes, los servicios de estudio y consultoría ofrecidos por la Escuela. 3

Organizar conjuntamente actividades que sean de interés para los profesionales de EL COLEGIO. Animar a los profesionales y asociados a que hagan uso del Servicio de Salidas Profesionales de la Escuela. VII. EL COLEGIO y la Escuela podrán abordar el desarrollo de acciones concertadas de investigación, mediante la realización de proyectos concretos. El desarrollo de estas acciones se realizará mediante convenios específicos, en los que se detallarán los objetivos, programa de actuación, fuentes de financiación y contribución de ambas entidades. VIII. EL COLEGIO y la Escuela podrán participar conjuntamente en programas de cooperación empresarial o institucional, requiriéndose a tal efecto la firma de los correspondientes convenios, en los que se determinarán las condiciones concretas. IX. EL COLEGIO y la Escuela podrán abordar la realización de cualquier otra acción que redunde en la formación y el desarrollo socioeconómico de Andalucía y sean consideradas de interés por ambas instituciones. La realización de estas acciones será programada por una comisión mixta de seguimiento y desarrolladas mediante convenio, donde se establecerán los objetivos, programas de actuación, fuentes de financiación y contribución de ambas instituciones. X. El presente Convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma, y se entenderá renovado y vigente para el siguiente año académico, si no existe petición expresa por escrito de su cancelación por alguna de las partes con 30 días naturales de antelación al 31 de Diciembre de cada año. De producirse la cancelación, la Escuela se compromete a respetar las condiciones de aquellos alumnos matriculados con anterioridad a la cancelación, que no hayan finalizado sus programas. XI. Mensualmente, La Escuela informará a EL COLEGIO para que éste a su vez informe a sus empleados y asociados, de las actividades formativas, eventos y actividades que puedan ser de su interés y que se planifican para los siguientes tres meses, pudiendo sustituirse este sistema de información mediante la inclusión en la página web del COLEGIO del logo de la ESCUELA como enlace con su página web. XII. Ambas partes se comprometen a reunirse al menos una vez al año, para analizar la evolución del Convenio y el consumo realizado y acumulado hasta la fecha. 4

XIII. Las partes conocen y se someten a las obligaciones que impone la legislación española de Protección de Datos de Carácter Personal, comprometiéndose a dar uso debido a los datos de tal naturaleza que obtengan como consecuencia del desarrollo del presente convenio. Para ello ambas partes consienten que los datos personales consecuentes con la aplicación y desarrollo del presente Convenio puedan incorporarse a ficheros de titularidad de cada una de las partes, con la única finalidad de proceder a la gestión adecuada de los mismos. XIV. La información del Convenio de Colaboración será tratada confidencialmente por ambas partes y no será revelada por el receptor ni por el emisor sin el consentimiento previo de la otra parte, limitándose expresamente el acceso a dicha información a los empleados y miembros de EL COLEGIO. XV. EL COLEGIO se compromete a informar a sus empleados y miembros de la existencia del Convenio, en lo referente a los términos del mismo, y a utilizar todas las herramientas pertinentes para dicha comunicación, brindando la Escuela su colaboración en dicho proceso de información/comunicación. Así lo acuerdan las partes y, previo consentimiento de ambas, lo firman sus representantes en el lugar y fecha indicados. Por La Escuela Por EL COLEGIO Fdo.: Antonio Sánchez Iglesias Fdo.: Francisco de Asís Muñoz Collado 5