UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DIVISIÓN DE CIENCIAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS SUBDIRECCIÓN ACADÉMICA PROPUESTA DE REGLAMENTO DE VIAJES DE ESTUDIO Y PRÁCTICAS DE CAMPO CHAPINGO MÉXICO, ABRIL DE 2012. 1
I.- INTRODUCCIÓN En casi todo el mundo, México no es la excepción, el proceso de globalización ha modificado el entorno social, económico, político y tecnológico, lo que exige continuamente revisar y actualizar los procesos productivos, las relaciones comerciales, la logística de transportación, los costos de producción y la administración en general. Los acelerados cambios observados en los últimos años han limitado la formación profesional de los estudiantes de las Ciencias Económico-administrativas, observando que en el mercado laboral y en el ámbito de los negocios, se está demandando la formación de profesionistas con nuevos perfiles del egresado. Los cambios en el contexto, entre otros aspectos, han limitado los contenidos del plan de estudios y los métodos de enseñanza-aprendizaje, en cuanto que no incluye los cambios tecnológicos de la comunicación y la informática que facilitan los procesos de toma de decisiones y de dirección. De esta misma forma, los grandes centros de actividad económica internacionales como China, la India, entre otros, han estado cambiando la estructura y dinámica empresarial, el desarrollo tecnológico sigue expandiendo su conectividad, lo que hace que cada vez más gente esté interactuando en diferentes partes del mundo; la población mundial está envejeciendo; la demanda de recursos naturales es cada vez mayor y con ello el daño del medioambiente; La escasez de agua ya es una limitante clave del crecimiento en muchos países; también la inclinación hacia nuevos biocombustibles marcarán la pauta en el nuevo desarrollo empresarial. Todo esto está promoviendo el surgimiento de nuevos modelos de producción, acceso, distribución y propiedad del conocimiento. Finalmente la globalización y de desarrollo tecnológico también están promoviendo la globalización en la educación. Los nuevos líderes empresariales tienen un gran reto en el nuevo mundo globalizado, el manejo de la diversidad laboral, la maximización de los recursos cada vez más escasos, la creación de nuevos productos, el aprovechamiento de la tecnología de la información y la integración a las sociedades del conocimiento. Todo esto hace que los administradores enfrenten un gran reto llevando a cabo una planeación estratégica empresarial con un sentido de responsabilidad social, que contribuye al crecimiento y bienestar de la sociedad. De esta forma, la globalización de la economía, los profundos cambios políticos, las nuevas condiciones ecológicas y de sustentabilidad de los recursos, han modificado y hacen necesario llevar a cabo la revisión y actualización de los Programas Académicos de la DICEA. Pero no sólo eso; en el marco del proceso de reestructuración de los Planes y Programas de estudio, llevado a cabo en la DICEA, también se ha considerado una revisión y actualización de los viajes de estudio y prácticas de campo. Se necesita cambiar la formación de los nuevos profesionistas en ciencias económicoadministrativas orientados, no sólo a acumular conocimiento en forma sistemática, sino una formación con conocimientos potencialmente dinámicos y prácticos, con disposición y capacidad para generar los cambios que necesita el país, implementando con ello nuevas posibilidades de crecimiento y desarrollo. 2
Es decir, que los egresados de la DICEA, adquieran una formación profesional, altamente capacitada y humana con una visión prospectiva del desarrollo agro-empresarial del país. Con esto se estará formando profesionistas que enfrentarán los grandes retos de la modernidad y la globalización y estableciendo la plataforma administrativa y de negocios que necesita México. En la División de Ciencias Económico-Administrativas, el estudio de la Administración, las Finanzas, la Economía, el Comercio Internacional, la Economía Agrícola, el Turismo Alternativo y los Sistemas y Tecnologías aplicados a los Negocios; se han de orientar a una alta especialización, creando de esta forma áreas de orientación. Con este enfoque, la formación profesional de estas disciplinas, está siendo más competida. Los Planes de Estudio tienen nuevos elementos teóricos y metodológicos necesarios para entender las técnicas suficientes para aplicarlas en los diferentes campos de los negocios. Y más aún, con las prácticas de campo y los viajes de estudio, se propicia una mayor competitividad profesional. El proceso de mejora continua en la calidad de la Educación Superior en México, ha incluido la necesidad de establecer estándares de medición de desempeño para los docentes y para los estudiantes, a fin de generar un ambiente de sana convivencia, de amplia comunicación y de garantizar un aprendizaje significativo en los educandos. Bajo esta perspectiva, la mejora continua ha hecho referencia a múltiples dimensiones como son: La eficiencia en los procesos, la eficacia en los resultados de corto y largo plazo (impacto), la relevancia de las tareas emprendidas y, en algunas ocasiones, los aspectos de equidad y transparencia. Junto a tales dimensiones, se debe mencionar una más, la congruencia y relevancia entre procesos, resultados y demandas de los actores en el proceso enseñanza-aprendizaje. En este sentido y, atendiendo a las necesidades de la comunidad académica de la DICEA, se presenta la necesidad de contar con lineamientos mínimos y reglamentarios para atender las solicitudes de prácticas de campo y viajes de estudio. II.- PROPÓSITO El presente Reglamento de Viajes de Estudio y Prácticas de Campo tiene el propósito de: regular, vigilar, evaluar y sancionar las actividades de planeación, ejecución y entrega de resultados de los viajes de estudio y prácticas de campo y de sus participantes (alumnos y profesores), que se realizan en la DICEA. 3
III.- ANTECEDENTES. La Universidad Autónoma Chapingo (UACh), a través de la Ley que la crea y su Estatuto Universitario, permiten delimitar hasta cierto punto su Modelo Educativo, la generación de sus respectivos reglamentos y lineamientos para que ésta funcione adecuadamente. Por otra parte, los procesos de Acreditación, a través de los organismos certificadores, han generado recomendaciones para la creación y diseño de normatividad, que permita un adecuado desempeño docente y hacía el logro de los objetivos del proceso de enseñanza-aprendizaje. El modelo educativo por competencias, hace hincapié en el cumplimiento cabal de los contenidos y estándares de calidad en el proceso de enseñanza-aprendizaje. El rediseño y actualización de los Planes y Programas de Estudio, deberá contemplar el mejoramiento de las relaciones humanas y los ambientes de trabajo, para favorecer el proceso de enseñanza-aprendizaje. Así mismo, deberá mejorar la Comunicación entre los involucrados en dicho proceso. La creación de reglamentos y lineamientos, desarrollará de convivencia, trabajo en equipo y generación de sinergias hacia el logro de los objetivos del proceso enseñanza-aprendizaje. Los lineamientos consensuados e imparciales; facilitan los ambientes propicios para desarrollar la creatividad, la innovación y la investigación en conjunto con los estudiantes, propicia el desarrollo adecuado de competencias en los educandos, garantiza la conformación de perfiles profesionales y laborales en los egresados. Todo lo anterior, forma parte del antecedente para la creación del presente reglamento y pone de manifiesto su necesidad y vigencia en el marco del proceso de reestructuración de planes y programas de estudio en la DICEA. 4
CAPÍTULO I.- DE LA DEFINICIÓN Y NATURALEZA. ARTÍCULO 1.- En la División de Ciencias Económico-Administrativas, los viajes de estudio y las prácticas de campo son un instrumento académico necesario e indispensable para complementar y enriquecer los conocimientos teóricos adquiridos en las aulas. ARTÍCULO 2.- Los viajes de estudio y prácticas de campo deberán proporcionar a los participantes una visión objetiva de los problemas socioeconómicos, agrícolas, pecuarios y forestales, así como un aprendizaje significativo de los procesos y operaciones que realizan las organizaciones para subsistir en los mercados nacional e internacional. ARTÍCULO 3. Se entiende por viaje de estudio la realización de un conjunto de actividades en uno o varios sitios fuera de las instalaciones de la Universidad por un grupo académico, las cuales se llevan a cabo por la planeación, organización y supervisión de un docente responsable de la Practica Pre profesional correspondiente al plan de estudio de cada una de las carreras que se imparten en la División de Ciencias Económico- Administrativas y que tienen una duración de 16 días. En donde se cuenta con viáticos para los estudiantes y profesores por 15.5 días considerando la tarifa vigente en el año. Cabe señalar que cada programa de prácticas preprofesionales deberá estar estructurada en función de la última actualización del reglamento para la aprobación de los planes y programas de estudio de la UACh, así como anexar su respetivo itinerario de acuerdo al formato vigente para salidas cortas y viajes de estudio. ARTÌCULO 4.- Una práctica de campo consiste en la asistencia de alumnos y personal académico a empresas, organizaciones e instituciones educativas, del sector público, privado y social, nacionales o extranjeras, con el objetivo de conocer las actividades que realizan y que son de interés para la formación profesional, dichas prácticas deberán estar consideradas en el programa de las materias básicas y optativas las cuales deberán estar justificadas en alguna unidad o módulo de éstas. Dichas prácticas de campo tendrán una duración no mayor a 4 días, las cuales no cuentan con viáticos para los alumnos y maestros para efectuarlas. Podrán solicitar apoyo de alimentación ante la DPL, al menos 5 días hábiles para efectuar dicho trámite ante la Subdirección de Administración Escolar y Servicios Asistenciales de la UACh para su autorización. ARTÍCULO 5.- Los viajes de estudio forman parte curricular y obligatoria de la estructura del plan de estudios de las carreras de la DICEA y se conceptualizan como prácticas pre-profesionales de máximo 15.5 días, en el mapa curricular de cada una de ellas. ARTICULO 6.- Las prácticas de campo también forman parte curricular de los planes de estudio de cada carrera y se programan a través de las asignaturas que requieren salidas cortas (de 1 a 4 días) y de la asistencia a congresos, eventos académicos y visitas a empresas. ARTÍCULO 7.- Los viajes de estudio se realizan como parte de la fase de campo de los cursos curriculares y se llevarán a cabo en regiones representativas del país o bien del extranjero en las cuales sea factible el cumplimiento de los objetivos de los mismos. Comprenden los siguientes viajes en cada programa de licenciatura: 5
LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN No. de práctica Pre-profesional. Semestre lectivo Periodo de realización Asignaturas involucradas I 4 01 II 4 02 III 5 01 IV 5 02 V 6 01 VI 6 02 Destinos programados. LICENCIATURA EN COMERCIO INTERNACIONAL No. de práctica Semestre Periodo de Asignaturas involucradas Destinos programados. Pre-profesional. lectivo realización I 4 01 II 4 02 III 5 01 IV 5 02 V 6 01 VI 6 02 No. de práctica Pre-profesional. Semestre lectivo I 4 01 II 4 02 III 5 01 IV 5 02 V 6 01 VI 6 02 LICENCIATURA EN ECONOMÍA Periodo de Asignaturas involucradas realización Destinos programados. INGENIERIA EN ECONOMÍA AGRÍCOLA No. de práctica Pre-profesional. Semestre lectivo Periodo de realización Asignaturas involucradas I 4 01 II 4 02 III 5 01 IV 5 02 V 6 01 VI 6 02 Destinos programados. LICENCIATURA EN NEGOCIOS DE TURISMO ALTERNATIVO No. de práctica Semestre Periodo de Asignaturas involucradas Destinos programados. Pre-profesional. lectivo realización I 4 01 II 4 02 III 5 01 IV 5 02 V 6 01 VI 6 02 6
ARTÍCULO 8.- Los viajes de estudio y las prácticas de campo deberán estar aprobados en el plan de estudios vigente de cada programa académico, su realización y cualquier modificación, estarán sujetos a la aprobación del área académica correspondiente, de la coordinación de carrera y de la Dirección de Programas de Licenciatura así como del propio Consejo Divisional y/o la Comisión Académica del H. Consejo Divisional. ARTÍCULO 9.- Los viajes de estudio y las prácticas de campo deberán estar regidas y debidamente sustentadas por un programa analítico aprobado por las áreas académicas, por el H. Consejo Divisional y por las instancias académicas universitarias. CAPITULO II.- DE LA PLANEACIÒN Y ORGANIZACIÒN DE LOS VIAJES DE ESTUDIO Y PRÁCTICAS DE CAMPO ARTÍCULO 10.- Los viajes de estudio y prácticas de campo deberán ser programados por cada uno de los profesores responsables de las asignaturas que imparten en los grupos académicos. ARTÍCULO 11. Cada profesor deberá hacer llegar las fechas de las salidas que programará al coordinador de carrera en las primeras dos semanas iniciado el semestre con la finalidad de que concentre las salidas de los grupos académicos de su carrera. ARTÍCULO 12. El coordinador de cada carrera hará llegar la programación de las salidas cortas y viajes de estudio a la Dirección de Programas de Licenciatura para que estas sean concentradas y sean cuantificadas en su totalidad. Para lo cual cada coordinador tendrá una semana para reportar la programación de los docentes a la DPL. ARTÍCULO 13. El director de Programas de Licenciatura deberá citar a la Comisión Académica del H. Consejo Divisional para que conjuntamente sea revisada la programación y posteriormente autorizada por el H. Consejo Divisional considerando la asignación presupuestal que se tiene para efectuar las salidas cortas y viajes de estudio. ARTÍCULO 14.- El Director de Programas de Licenciatura deber registrar en el SAVE la programación de salidas cortas y viajes autorizada por el H. Consejo Divisional para que se lleven a cabo los trámites de solicitud de vehículos y las nóminas por parte de la Subdirección Administrativa de la DICEA. La programación de salidas cortas que no cumplan con los artículos 10 y 11, no se tomará en cuenta para la autorización y aprobación por parte del H. Consejo Divisional. 7
ARTÍCULO 15.- Los viajes de estudios se efectuaran una semana antes de que finalice el semestre en el cual se está desarrollando el curso. ARTÍCULO 16.- Las salidas cortas se deberán programar a partir de los meses de marzo a mayo en el segundo semestre de cada ciclo escolar y de septiembre a noviembre para el primer semestre. CAPITULO IV.- OPERACIÒN DE LOS VIAJES DE ESTUDIO Y PRÁCTICAS DE CAMPO ARTÍCULO 17.- La responsabilidad inicial del trámite para las prácticas de campo y viaje de estudio recae en el docente, por lo cual el profesor deberá acudir con el Director de Programas de Licenciatura en los primeros cinco días del mes anterior a efectuarse la salida para iniciar con la gestión ante las instancias correspondientes. ARTÍCULO 18.- El docente entregará el itinerario respectivo así como la lista firmada de los estudiantes del grupo que tendrá la salida para que en la Oficina de la Dirección de Programas de Licenciatura se imprima la Solicitud de Vehículo de la práctica de campo y en el caso de un viaje de estudio la Nómina de Viáticos de los estudiantes, viáticos y compensación del profesor para que este a su vez pueda firmar los documentos y sean entregados ante las instancias pertinentes. ARTÍCULO 19.- Las solicitud de los viáticos se le deberán entregar al profesor para que recabe las firmas de los estudiantes del grupo en un plazo no mayor a tres días. ARTÍCULO 20.- El profesor deberá entregar las nóminas de viáticos y las solicitudes de vehículo al encargado (Inventario) de las gestiones de Viajes de Estudio y prácticas de campo así como una copia del itinerario respectivo de la salida. En un plazo no mayor a dos días. ARTÍCULO 21.- El encargado de las gestiones de Viajes de Estudio y prácticas de campo (Inventario) deberá validar las nóminas por el monto que corresponda y deberá acudir a la Subdirección Administrativa para la revisión y Visto Bueno en un plazo no mayor a 2 días. ARTÍCULO 22.- En el caso de las solicitudes de vehículos para las prácticas de campo y viajes de estudio el encargado de las gestiones de Viajes de Estudio y prácticas de campo (Inventario) llevará a cabo los trámites necesarios ante la Subdirección de Administración Escolar de la UACh y el Departamento de Vehículos Oficiales de la Universidad para la autorización y aprobación de dichas salidas, esto en coordinación con la Subdirección Administrativa de la DICEA. ARTÍCULO 23.- En el caso de que algún profesor requiera cambiar la fecha de salida de la práctica de campo o viaje de estudio, deberá enviar un solicitud por escrito a la subdirección Administrativa de la DICEA el porqué del cambio, para que la Subdirección a su vez notifique a las instancias correspondientes si es posible reprogramar dicha salida en función de la disponibilidad del Vehículo 8
en la nueva fecha. Dicha petición la deberá hacer el profesor al menos un 8 días antes de la fecha programada. ARTÍCULO 24.- En el caso de las solicitudes de alimentación para las prácticas de campo, el jefe de grupo acudirá al menos 5 días hábiles a la DPL para hacer el trámite ante las instancias correspondientes para que les pueda otorgar alimentos. CAPITULO V.- OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS Y PROFESORES EN LOS VIAJES DE ESTUDIO Y PRÁCTICAS DE CAMPO ARTÍCULO 25. Los alumnos al inicio, durante y al final de las prácticas de campo y viajes de estudio tendrán las siguientes obligaciones: a. Cumplir puntualmente en las clases y en todas las actividades que se lleven a cabo en la realización de la práctica de campo o viaje de estudio. b. Participar de manera colaborativa en actividades programadas por parte del profesor. c. Ser disciplinados en todo momento en la realización de la práctica de campo o viaje de estudio. d. No realizar actos que alteren el orden público en las comunidades o lugares a visitar. e. Participar en la elaboración del informe final f. Los estudiantes deberán llevar consigo su credencial vigente de la UACh que los acredite como estudiantes de esta. g. Abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas, de consumir drogas así como de fumar dentro del vehículo de transporte. h. En caso de causar algún daño material, el estudiante será el único responsable de estos y que deberá cubrir. ARTÍCULO 26.- El estudiante que no asiste al viaje de estudio por causas plenamente justificadas (enfermedad, accidentes, etc.) tendrá que realizar un practica en la zona o región aledaña a Chapingo cuya temática será asignada por el docente responsable de la Practica pre profesional, quien evaluará dicho trabajo. Asimismo deberá colaborar e la elaboración del informe final del viaje de estudio efectuado por el grupo académico. Los estudiantes que no asistan al viaje de estudio no tienen derecho a viáticos ARTÍCULO 27. Los profesores al inicio, durante y al final de las prácticas de campo y viajes de estudio tendrán las siguientes obligaciones: a. Elaborar y actualizar el programa académico de la práctica profesional correspondiente para el viaje de estudios, así como en las prácticas de campo 9
b. Cumplir puntualmente en las clases y en todas las actividades que se lleven a cabo en la realización de la práctica de campo o viaje de estudio. c. Hacer los contactos y gestiones necesarias a los lugares a visitar. d. Llevar consigo su credencial vigente que los acredite como profesor de la UACh. e. Abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas, de consumir drogas así como de fumar dentro del vehículo de transporte. f. Llevar una bitácora de viaje con lugar, fecha y hora de salida así como lugar, fecha y hora de llegada, actividades realizadas, que incluya firma de asistencia diaria de alumnos y profesores. g. El profesor deberá viajar con los estudiantes en el mismo transporte que los alumnos; salvo casos excepcionales que la DPL pueda autorizar. h. Cuidar de la seguridad y del buen comportamiento del grupo en general durante el horario que duren las actividades académicas. i. Informar con tiempo a los estudiantes de las fechas en que se llevaran a cabo las salidas cortas o el viaje de estudio. j. Elaborar un documento que contenga recomendaciones y sugerencias para mejorar los diferentes aspectos que conlleve la realización de las prácticas de campo y viajes de Estudios. k. Sancionar y comunicar los casos de indisciplina que se presenten en el grupo ante la DPL, en su caso deberá presentar un informe escrito donde se describa a detalle la situación. l. Dar una buena imagen del trabajo efectuado en los lugares que se visitan. m. Entregar al Director de Programas de Licenciatura el reporte final del trabajo realizado de manera impresa y electrónica en un plazo no mayor a un mes después de haber efectuado el viaje. n. Llevar a cabo las evaluaciones pertinentes de los alumnos en el desarrollo de la práctica de campo o viaje de estudio. o. Notificar al Director de Programas de Licenciatura cuando por causa de fuerza mayor: suspenda el viaje, requiera dejar el viaje, requiera alcanzar al grupo., en su caso deberá presentar un informe escrito donde se describa a detalle la situación. p. En caso de que el profesor del curso no pueda efectuar el Viaje de Estudios el Director de PL podrá buscar un sustituto de entre el personal académico de la DICEA, para que efectué dicha salida. 10
CAPITULO VI.- SANCIONES PARA LOS ALUMNOS Y PROFESORES EN LOS VIAJES DE ESTUDIO Y PRÁCTICAS DE CAMPO. ARTÍCULO 28.- En el caso de los estudiantes las sanciones estarán en función de los actos cometidos y reportados por el docente en su escrito tomando en cuenta el Reglamento de Orden y disciplina de la UACh para tales efectos. ARTICULO 29.- El profesor podrá regresar al estudiante a la UACh y retirarlo del viaje de estudios, considerando una calificación de cero en esa actividad, mandándolo a examen extraordinario automáticamente. ARTICULO 30.- En el caso de los docentes si comenten alguna falta o acto indebido, se hará acreedor a las siguientes sanciones: a. Llamado de atención por parte de la DPL con copia al expediente. b. No se les asignará nuevamente grupo académico para llevar a cabo Practicas Preprofesionales. CAPITULO VII- EVALUACIONES E INFORMES DE LOS VIAJES DE ESTUDIO Y PRÁCTICAS DE CAMPO ARTÍCULO 31.- Para la evaluación de las prácticas preprofesionales se deberá considerar 3 fases: 1. Fase teórica (30 %) 2. Fase de campo (40%) 3. Informe final (30%) En cada una de las fases se deberá buscar una evaluación tanto del trabajo de equipo de alumnos como de cada uno en particular, considerando los siguientes factores. Fase teórica 1. Asistencia a clases. 2. Revisión y exposición de temas por equipos. 3. Entrega de informes. 5. Elaboración del marco de referencia regional. 6. Participación en clases. 8. Exámenes. 9. Asistencia a conferencias. Fase de campo. 1. Participación en el trabajo de campo. 2. Participación en sesiones de evaluación. 3. Elaboración de reportes parciales 11
Informe final. 1. Entrega de la memoria del viaje. 2. Examen. 3. Foro ARTÍCULO 32.- El reporte de la memoria deberá contener. a. Introducción y objetivos. b. Revisión bibliográfica del área visitada y resumen de conferencias. c. Metodología. d. Resultados y discusión (actividades realizadas). e. Conclusiones. f. Bibliografía. g. Anexos ARTÍCULO 34.- Las3 fases son obligatorias, en caso de que el alumno no participe en alguna de éstas, no se podrá promediar su la calificación quedando sujeto al reglamento académico de la UACH. ARTÍCULO 35. En los siguientes 10 días hábiles a partir de la terminación de la práctica: a. El docente responsable y los estudiantes deberán elaborar y entregar al Director de Programas de Licenciatura su respectivo informe evaluando el logro de los objetivos de la práctica, las condiciones de desarrollo y las observaciones pertinentes, anexando la bitácora. b. Se deberá programar a los 15 días iniciado el semestre siguiente un foro de los resultados de aprendizaje obtenidos en los viajes de estudio, los cuales serán evaluados por los responsables de las prácticas preprofesionales de cada generación, así como considerar la exposición y experiencias de los estudiantes en dicho viaje. c. El DPL aplicará un cuestionario a los alumnos para evaluar el desarrollo de la práctica a la siguiente clase inmediata de su regreso. d. El informe y los cuestionarios serán concentrados en la DPL y serán considerados como antecedente para futuras autorizaciones. TRANSITORIOS PRIMERO. El presente reglamento entrará en vigor a partir del día de su aprobación y publicación por el H. Consejo Divisional de la DICEA SEGUNDO. Todo caso no previsto en el presente reglamento deberá ser resuelto por el H. Consejo Divisional. 12