Diputación de Valladolid Asesoramiento Local INSTRUCCIONES A SEGUIR PARA CONTABILIZAR LOS PAGOS A PROVEEDORES. RD-L 4/2012 Y 7/2012



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Transcripción:

INSTRUCCIONES A SEGUIR PARA CONTABILIZAR LOS PAGOS A PROVEEDORES. RD-L 4/2012 Y 7/2012 La Nota Informativa nº1/2012 de la IGAE explica el desarrollo contable derivado del mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las Entidades Locales previsto en los Reales Decretos leyes 4/2012 y 7/2012, expone los asientos de las operaciones derivadas en aplicación de la normativa legal citada. Para poder realizar todas las operaciones es necesario modificar algunas variables del programa de sicalwin que pasamos a referir. Alta tercero. Las entidades que han concertado préstamo a largo plazo tienen que dar de alta como tercero al Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores (FFPP) con CIF: Q2802052G. Para dar de alta al tercero iremos por Terceros\Mantenimiento de Terceros. Alta clasificaciones También daremos de alta por Administración del Sistema\Tablas Básicas\Clasificaciones a la aplicación presupuestaria 911XX con las cuentas asociadas 1710 Deudas a largo plazo y 5210 Deudas a corto plazo. 1

Alta en el Presupuesto. Por Procesos de Apertura\Carga de aplicaciones de Ingresos damos de alta la aplicación que antes hemos introducido en clasificaciones con una previsión inicial de 0,00 euros. 2

Alta ordinal de tesorería. Por Administración del Sistema\Tablas Básicas\Ordinales de Tesorería damos de alta al ordinal asociado al contrato de préstamo. La cuenta de PGCP asociada al ordinal será 5759 Otras cuentas restringidas de pago, el saldo inicial del ordinal será 0,00 euros. Amortización del préstamo. Los créditos para el pago de la deuda y los intereses, que según el artículo 14 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se entienden siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos, se incluirán en el área de gastos 0 Deuda pública y en el concepto 911 Amortizaciones de préstamos a largo plazo de entes de sector público, estarán asociadas a las cuentas 1710 Deudas a largo plazo y 5210 Deudas a corto plazo. Contabilización. Los ayuntamientos que hayan elaborado plan de ajuste deberán contabilizar el ingreso y el pago a los proveedores según lo establecido en la nota informativa nº 1/2012 elaborada por la IGAE. Los ayuntamientos que NO hayan elaborado plan de ajuste deberán tanto en las operaciones que figuran como justificantes de gastos registrados como en las que figuran como obligaciones reconocidas introducir como endosatario al FFPP, para ello iremos por registro de entrada de justificantes o bien por Modificación de operaciones, respectivamente. Si desarrollamos el módulo del pasivo habrá que dar de alta el préstamo con la cantidad, plazos y aplicaciones presupuestarias antes citadas. El ingreso del FFPP se asociará al préstamo dado de alta e igualmente las futuras amortizaciones, gastos e intereses. 3

Retenciones en la PIE Cuando se active la garantía prevista en el artículo 11 del Real Decreto ley 4/2012 y se produzca la retención en la participación de ingresos del Estado se contabilizarán los correspondientes pagos presupuestarios en formalización con descuento a la aplicación presupuestaria de ingresos 42000. (No dice nada la nota informativa de la IGAE sobre la posibilidad de contabilizar el pago por el Fondo a los proveedores) Obligaciones accesorias. En aplicación del artículo 9.2 del Real Decreto ley 4/2012 el abono de las obligaciones pendientes de pago conlleva la extinción de la deuda contraída por la entidad local con el contratista por el principal, los intereses etc. Por ello las obligaciones accesorias ya reconocidas en ejercicios cerrados que resulten extinguidas con el pago de la deuda al contratista se darán de baja desde Presupuesto de Gastos/Presupuestos cerrados/rectificación y Prescripción de saldos (código operación 415) Se nos ha informado por el Ministerio de Hacienda que próximamente se habilitará algún mecanismo para que aquellos ayuntamientos que no hayan elaborado planes de ajustes y no quieran que se les realice retenciones en la PIE puedan ingresar las cantidades pagadas a los proveedores por el FFPP. 4

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