PROCEDIMIENTO: 221 PROGRAMA GENERAL DE CAPACITACION OBJETIVO: Estructurar bianualmente, el programa de capacitación que responda a la detección de necesidades de los servidores públicos de cada dependencia, a fin de acrecentar sus conocimientos, habilidades y aptitudes y, en su caso, modificar sus actitudes, vinculándolo además al Proceso Escalafonario, coadyuvando con ello a la profesionalización del servidor público. NORMAS: 20301/221-01 México deberá llevar a cabo, bianualmente, o cuando las necesidades manifiestas así lo señalen, un programa de detección de necesidades de capacitación y adiestramiento. 20301/221-02 México será el responsable de analizar los resultados de la detección de necesidades de capacitación y adiestramiento y clasificar las áreas en las cuales se requiere capacitación de los servidores públicos. 20301/221-03 México, elaborará el Programa General Anual de Capacitación y lo dará a conocer a las dependencias. Adicionalmente, irá integrando al mismo los eventos producto de necesidades emergentes. 20301/221-04 México determinará y definirá los objetivos y establecerá las políticas para delimitar el marco de referencia bajo el cual se desarrollará la capacitación. 20301/221-05 México determinará los recursos humanos, materiales y financieros que se requieran para desarrollar el programa de capacitación. 20301/221-06 México aprobará los contenidos temáticos de los cursos a impartir, de la currícula de cada uno de ellos, así como de los instrumentos de evaluación que serán aplicados a los servidores públicos que participarán en los cursos de capacitación con el objeto de medir su aprovechamiento. FECHA DE EMISION: FECHA DE ACTUALIZACION: PAGINA: III/221-01
20301/221-07 Para iniciar un curso de capacitación se deberá contar con un mínimo de 10 servidores públicos participantes y un máximo de 30, lo mismo aplicará para el caso de diplomados, especialidades, seminarios y talleres; en el caso de las conferencias se puede exceder este máximo. No se requerirá de un número determinado de participantes en aquellos cursos que sean solicitados específicamente por alguna dependencia. 20301/221-08 Sólo los servidores públicos que no hayan acreditado el curso de capacitación, podrán participar en otro de igual contenido temático, considerándose ésta como una segunda oportunidad. Excepto aquéllas que la dependencia justifique plenamente y previo análisis y aprobación de el Instituto de Profesionalización de los Servidores Públicos del. 20301/221-09 Los cursos de adiestramiento y capacitación podrán ser programados dentro del horario normal de trabajo; aquéllos no asociados al puesto que se desempeña, deberán ser programados fuera del horario normal de trabajo. 20301/221-10 En todos los casos, se aplicará, una evaluación de aprovechamiento a los participantes en los cursos; la calificación aprobatoria mínima será de 8 puntos en la escala de 0 a 10. 20301/221-11 México será el responsable de designar los instructores necesarios para la impartición de los cursos dentro del Programa Anual de Capacitación, en el caso de la capacitación específica se tomará en cuenta en la medida de lo posible, la opinión de la dependencia solicitante. 20301/221-12 Los cursos de capacitación y adiestramiento que se requieran fuera del programa establecido para cada una de las dependencias del sector central, deberán ser solicitados con 10 días hábiles de anticipación al Instituto de Profesionalización del Estado de México para su registro y aprobación del evento a realizarse. Es responsabilidad de la coordinación administrativa o equivalente de la dependencia, verificar que exista suficiencia presupuestal y llevar a cabo los trámites de ejecución correspondientes, observando la normatividad aplicable en la materia. 20301/221-13 Corresponderá a el Instituto de Profesionalización Poder Ejecutivo del Gobierno dar seguimiento, así como evaluar los resultados del Programa General Anual de Capacitación. FECHA DE EMISION: FECHA DE ACTUALIZACION: PAGINA: III/221-02
20301/221-14 En el caso de que un servidor público requerido para participar en un curso, conozca ampliamente la materia, podrá solicitar por escrito al Instituto de Profesionalización Poder Ejecutivo del Gobierno se le aplique la evaluación correspondiente para obtener su acreditación. En caso de no acreditar, deberán participar en el curso a la siguiente ocasión que se le requiera. AUTORIZA Lic. Marcela Velasco González Subsecretaria de Administración FECHA DE EMISION: FECHA DE ACTUALIZACION: PAGINA: III/221-03
PROCEDIMIENTO: 221 PROGRAMA GENERAL DE CAPACITACION DESCRIPCION No. RESPONSABLE ACTIVIDAD 1 Instituto de Profesionalización Lleva a cabo detección de necesidades de capacitación de las dependencias del Poder Ejecutivo Estatal, bianualmente o cuando se considere necesario; analiza, determina el número de cursos, elabora listado de servidores públicos a capacitar y realiza calendarización anual. Asimismo integra Programa Anual de Capacitación de la Subsecretaría de Administración, elabora relación de instructores seleccionados que se proponen para su contratación y archiva documento de detección de necesidades de capacitación. 2 Subsecretaría de Administración 3 Instituto de Profesionalización Recibe propuesta del Programa Anual de Capacitación y relación de instructores, autoriza y regresa al Instituto de Profesionalización de los Servidores Públicos del del Estado de México. Recibe Programa Anual de Capacitación y envía a las coordinaciones administrativas o equivalente. Entrega al prestador de servicios los siguientes formatos que deberán ser totalmente requisitados en cada evento de capacitación cuando así lo ameriten: 20901/EC-01/04 Control de Asistencia de Participantes en Eventos de Capacitación 20901/EC-02/04 Evaluación del Evento 20901/EC-03/04 Reporte de Evento de Capacitación 20901/EC-04/04 Recibo de Material Didáctico 20901/EC-05/04 Constancia de Iniciación de Evento de Capacitación 20901/EC-06/04 Constancia de Terminación de Evento de Capacitación IP-SAC-FO-0416 Evaluación Teórica 4 Coordinaciones Administrativas o equivalentes Reciben Calendario de Cursos de Capacitación y listado de servidores públicos por capacitar y difunden la información entre sus servidores públicos para que asistan. 5 Instituto de Profesionalización Con base en el calendario de Cursos de Capacitación da inicio a los cursos, supervisa y clausura las actividades de adiestramiento, capacitación y desarrollo que realicen. FECHA DE EMISION: FECHA DE ACTUALIZACION: PAGINA: III/221-04
No. RESPONSABLE ACTIVIDAD 6 Facilitador Recibe del prestador de servicios los formatos señalados en la operación No.3. En el inicio del evento de capacitación solicita a los participantes requisiten la lista de asistencia, siguiendo las indicaciones que se encuentran al reverso del formato; entrega el material didáctico y solicita a los participantes llenen el recibo correspondiente del mismo; en la última sesión del evento aplica la evaluación correspondiente a cada uno de los participantes. Requisita todos los demás formatos que se requieran en el evento y agrega la clave de examen aplicada. Entrega la información generada para su revisión. 7 Instituto de Profesionalización Recibe documentación generada en el evento, verifica que esté correctamente requisitado cada uno de los formatos; se captura la información, se genera el concentrado de evaluaciones y la carátula del expediente. Con base en las evaluaciones aplicadas se emiten los reconocimientos a los servidores públicos acreedores (promedio mínimo de 8.0 puntos en una escala de 0 a 10). Se emite el reporte de aprovechamiento para dependencia y se envía junto con al relación de reconocimientos a cada una de las coordinaciones administrativas o equivalentes quienes acusan de recibo en la relación que se anexa. 8 Coordinación Administrativa o equivalente Recibe reporte de aprovechamiento de los servidores públicos que han recibido capacitación y los diplomas de reconocimientos; emiten opinión (comentarios) relacionados con la capacitación brindada. Asimismo, entregan a los servidores públicos los diplomas o reconocimientos. 9 Instituto de Profesionalización Recibe opinión de la capacitación impartida, analiza e implementa acciones de mejora con base éstas. FECHA DE EMISION: FECHA DE ACTUALIZACION: PAGINA: III/221-05