1. La captura del trámite por el Usuario se realizará mediante los siguientes módulos:

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Transcripción:

Anexo 1. Secciones y módulos correspondientes al Sistema Institucional del Registro de Verificación de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente Módulos: i. REGISTRO E INGRESO AL SISTEMA ii. CAPTURA DEL TRÁMITE (USUARIO) iii. REGISTRO DE VERIFICACIÓN (PERSONAL OFICIAL) iv. CONSULTAS Y REPORTES i. REGISTRO E INGRESO AL SISTEMA. El usuario deberá pre registrarse en el sistema forzosamente, ingresando su RFC como usuario, o en su caso número de Pasaporte para los extranjeros y el módulo deberá notificarle de alta mediante el correo electrónico que anotó en el módulo de pre registro. El sistema les enviará al solicitante una notificación vía correo electrónico de que ya fueron dados de alta en el sistema y que para su ingreso al Sistema deberán de anotar la contraseña generada por el sistema. El sistema debe tener medidas de seguridad, para evitar que los solicitantes puedan ver información que ellos no capturaron o que capturaron otros usuarios. Ingreso al sistema.-el ingreso al sistema se realizará con el usuario generado por el mismo y contraseña generada por el sistema. En el caso de usuarios de origen extranjeros deberán ingresar con el número de pasaporte y contraseña especificados en el pre registro. ii. CAPTURA DEL TRÁMITE (USUARIO) 1. La captura del trámite por el Usuario se realizará mediante los siguientes módulos: I. Módulo: Selección de Modalidad - Catálogo de Movimiento - Catálogo de Mercancías - Catálogo de Finalidad - Catálogo de Tipo de Autorización, Permiso o Certificado o Aviso emitido por SEMARNAT Una vez seleccionado el tipo de movimiento, el tipo de mercancías, la finalidad y el tipo de autorización, el sistema deberá mostrar únicamente la información que coincida con los criterios antes seleccionados, es decir, direccionará al usuario/solicitante a la modalidad del trámite correcta. Existen reglas de negocio para que al momento de seleccionar un tipo de mercancía el sistema solo despliegue los tipos de movimientos a los que se puede acceder.

Con base en lo anterior, la lista completa de los casos de uso posibles se puede ver en el Anexo Casos de Uso Lista Casos de Uso: Estos son datos: 1. No. de Autorización, Permiso o Certificado o Aviso emitido por SEMARNAT. 2. El campo tiene una máscara de entrada por Autorización, Permiso o Certificado emitido por SEMARNAT (para el presente caso de uso importación de vida silvestre CITES, se requiere un Certificado o Permiso CITES de importación). El sistema sólo aceptará documentación vigente. 3. Fecha de presentación del Registro de Verificación ante la Inspectoría de PROFEPA 4. Inspectoría de la PROFEPA 5. Delegación de la PROFEPA en el Estado de Los catálogos de las inspectorías y las Delegaciones de la PROFEPA son los indicados en el Manual de procedimientos para la importación y exportación de vida silvestre, productos y subproductos forestales, materiales y residuos peligrosos, sujetos a regulación por la Secretaria de Medio ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). II. Módulo: Información del Importador, Exportador, Agente Aduanal y Destinatario El sistema deberá interconectarse a la base de datos de autorizaciones, permisos, y certificados emitidos de SEMARNAT, a efecto de obtener los datos correspondientes del importador, exportador y destinatario evitando que el usuario capture nuevamente. III. Módulo Descripción de la Mercancía En este módulo estarán indicadas las mercancías con las que el solicitante desea realizar el movimiento transfronterizo con el objeto de cumplir con las regulaciones o restricciones no arancelarias establecidas por la SEMARNAT ante la PROFEPA. Los catálogos de las fracciones y la descripción de las mismas son las indicadas en el Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en su artículos 1, 2, 3 y 4 para las modalidades PROFEPA-03-004-A, PROFEPA-03-004-B y PROFEPA-03-004-C. En las autorizaciones el sistema debe de ser capaz de ir descargando la mercancía conforme a cada movimiento se realice durante la vigencia de la autorización y reflejarlo en el campo Saldo. Cuando las mercancías sean árboles de navidad (Fracción arancelaria 0604.20.03) se habilitarán los siguientes campos: No. de Autorización de Origen Plantación Condado El sistema habilitará una función para adjuntar la Autorización de Origen

IV. Módulo Información Especifica i. Factura(s) o Legal procedencia Se debe de habilitar en el sistema una funcionalidad para agregar más de una factura, así mismo como regla de negocio el sistema no dejará poner fecha emisión de factura igual a la emisión del RV o posteriores. El sistema habilitará una función para adjuntar la factura al sistema. 1. Numero o Folio 2. Fecha de emisión ii. Pedimento Aduanal Se debe de habilitar en el sistema para que se pueda capturar más de un pedimento, asimismo, como regla de negocio el sistema no dejará anotar fecha de pedimento igual a la emisión del RV o posteriores. El sistema habilitará una función para adjuntar el pedimento al sistema. 1. Numero de pedimento 2. Fecha de emisión iii. Tratamiento Fitosanitarios El sistema habilitará una función para adjuntar los documentos ya sea de Tratamientos de Origen/Tratamiento de México. Catálogo 1. Tratamiento de Origen 2. Tratamiento en México 1. Número o Folio 2. Fecha 3. Tipo (Catálogo) i. Térmico ii. Químico iv. Pago de Derechos El sistema no permitirá poner fechas de pago posteriores a la emisión del RV. Así mismo, le indicará al usuario el Monto del registro de verificación, Clave de la Dependencia y Cadena de la Dependencia de acuerdo modalidad utilizada como se indica en la siguiente tabla: Clave N Cadena de la Modalidad de la o. Dependencia Dependencia Monto 1 PROFEPA-03-004- 084001032 E0RN004010800 $639.27 A 2 2 PROFEPA-03-004- 084001032 E0RN004010800 $171.40 B 3 3 PROFEPA-03-004- C 084001032 E0RN004010800 4 $177.71 *Montos vigentes a Enero 2017 El sistema habilitará una función para adjuntar el comprobante de pago de derechos (pago tradicional). En su momento el sistema deberá permitir realizar y registrar el pago en línea utilizando el componente de software que proporcione la Secretaría de la Función Pública a través de la Unidad de Gobierno Digital.

Con las dos opciones (tradicional y pago en línea) Para el pago en línea se hará una validación a través de un servicio con E5 (Formato de Pago) LINK al portal de Bancos y Anexo comprobante pago Electrónico (Otro, Describir forma pago en línea) El sistema deberá tener la facilidad de poder cambiar los costos de los Registros de Verificación cuando se incremente el costo de acuerdo a Ley Federal de Derechos, tomando en cuenta que esta se actualiza cada año. 1. Llave de pago 2. Fecha de pago 3. Banco v. Transporte Medio de transporte o Tipo (Catálogo) Placa No de Identificación No. Económico Para el caso de ferrocarriles se realizará una Prevalidación del Registro de Verificación. vi. Otros El sistema habilitará una función para adjuntar otros documentos al sistema. Campos 1. Mencionar documento 2. Número o Folio 3. Fecha de emisión 2. Generación del Folio de RV El sistema no podrá dar un folio de RV de una solicitud si la información no está completa. La codificación del Folio de RV es la Siguiente: 1. Reglas de negocio generales del Registro del trámite. El sistema deberá realizar guardados parciales al momento de pasar al siguiente módulo de captura, permitiendo regresar a un módulo anterior a fin de editar campos habilitados para ese efecto. Al término de la captura, se generará el folio de RV, notificando que la solicitud ha sido capturada correctamente. Los formatos de RV que emita el sistema deberán ser los indicados en el Manual de procedimientos para la importación y exportación de vida silvestre, productos y subproductos forestales, y materiales y residuos peligrosos, sujetos a regulación por parte de la Secretaría de Medio ambiente y Recursos Naturales.

Los campos obligatorios del registro de verificación deberán estar debidamente identificados y al momento de querer generar una solicitud de RV, el sistema deberá enviar un mensaje de qué campo falta por capturar y lo ponga de otro color, para su pronta identificación y no permita avanzar al siguiente módulo. Los trámites solicitados y no presentados para su validación en un plazo máximo de 15 días hábiles serán cancelados por el sistema. Evitar que el solicitante utilice más de una vez un documento oficial que está diseñado para ser presentado una sola vez (pago de derechos, autorizaciones, pedimentos aduanales, etc.) La documentación que presente el solicitante se debe anexar a la solicitud escaneada con ciertas características. El programa debe tener mensajes de ayuda cuando se está capturando la información por el solicitante iii. REGISTRO DE VERIFICACIÓN (PERSONAL OFICIAL) En esta sección el Personal Oficial de la PROFEPA, deberá verificar la información que ingresó el Usuario al Sistema con el objeto de emitir un Registro de Verificación, cotejando la documentación que se le está presentando físicamente contra la documentación que el particular adjuntó al Sistema, trátese de Pedimentos Aduanales, Pagos de Derechos, facturas, Certificados de Origen, Certificados de Tratamiento, entre otros. Al elegir cualquiera de las tres opciones siguientes, el Sistema desplegará una nueva sección en la que se podrán ver los datos de cada uno de esos temas para verificar la información correspondiente: 1. Revisión de la NOM-144 Revisó la Marca establecida en la NOM-144? Cumple con la NOM-144 Si la respuesta es NO Cantidad Indique la Irregularidad Medida Seleccionada por el Importador País de Procedencia 2. Dictamen Técnico En esta Subsección, cuando el Personal Oficial elija Dictamen Técnico se deberá desplegar un módulo en donde vía electrónica a través de la interconexión, se llenarán los siguientes datos: Dictamen Técnico No. del Dictamen Técnico Fecha Fecha de Colecta Hospedante Tipo de Producto No. de Remisión Aduana (Punto de Revisión) Origen/Procedencia Colector Fecha de Recepción de la muestra

Orden y Familia Genero y Especie Determinó Recibió Antecedente Consideraciones Medidas Fitosanitarias Fecha de aplicación de las medidas Comprobante de Tratamiento 3. Árboles de Navidad Plaga Detectada Plantación Condado No. de Acta No. de Dictamen Técnico Medida Fitosanitaria (Liberar/Retornar) Resolución (Aprobado/Rechazado) Consideraciones 4. Fecha de Revisión 5. Aprobado (SI/NO) 6. Acta Circunstanciada (No.) 7. Irregularidades (Catálogo de Irregularidades) 8. Nombre del Personal Oficial (Se marcará en automático al ingresar al Sistema con su Usuario y Contraseña) 9. Observaciones (Cuadro de Texto para anotar lo que considere necesario). iv. CONSULTAS Y REPORTES El sistema deberá incluir un Módulo de consultas y reportes, que concentrará toda la información ingresada por los usuarios y el personal oficial, por lo que al contener datos personales e información que puede ser catalogada como confidencial, es necesario incluir las medidas necesarias de seguridad que garanticen la protección de los mismos y restrinjan su uso. Por lo anterior, deberán establecer diferentes perfiles de acceso a los datos e información, lo cual dependerá del personal que realizará las consultas. El sistema desarrollará consultas de manera dinámica para que solo se realice por el reporteador, permitiéndole al usuario realizarlas de acuerdo a sus criterios y necesidades de búsqueda de información, teniendo como resultado, gráficas o base de datos. La lista de consultas o reportes específicos requeridos se desarrollaran en la fase de análisis del proyecto.

Centro de documentación dirigido a Inspectores. Dentro de la sección de consultas, se habilitará la funcionalidad para indicar al personal oficial información relevante como Normas, Leyes, Reglamentos, Acuerdo, Guías, Manuales, oficios circulares e información técnica, etc., para desarrollar o mejorar sus labores. Este módulo será administrado y modificado por el administrador del sistema o en su caso, personal oficial de Oficinas Centrales. Que el sistema tenga habilitado la funcionalidad para subir en versión.pdf las Autorizaciones, Permisos o Certificados que emite la SEMARNAT, con el fin de que el inspector, en caso de tener una duda sobre una autorización, compruebe su autenticidad y pueda realizar un cotejo.