GUÍA SOBRE TRANSPORTE



Documentos relacionados
CODIGO DE PRACTICAS DE HIGIENE PARA EL TRANSPORTE DE ALIMENTOS A GRANEL Y ALIMENTOS SEMIENVASADOS CAC/RCP

NTE INEN XX

Anexo II LIMPIEZA, DESINFECCIÓN, DESINSECTACIÓN Y DESRATIZACIÓN (D.D.D.)

GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS CONTENEDORES REEFER PUERTO DE VALENCIA

AECOC RECOMENDACIONES AECOC PARA LA LOGÍSTICA (RAL)

BUENAS PRÁCTICAS PARA EL TRANSPORTE DE PIENSOS

LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN

Guía de Responsabilidad Civil Buenas Prácticas de Manufactura en la Industria Alimenticia

REQUISITOS DEL TRANSPORTE

INSTRUCTIVO DE APILACIÓN DE MATERIALES

EQUIPO APPCC: PERSONAL IMPLICADO EN LA ELABORACIÓN/IMPLANTACIÓN DEL PLAN

Los textos legales reproducidos, son una versión no oficial. REGLAMENTO GENERAL DE TRANSPORTE DE GANADO BOVINO Y DE CARNES

Responsabilidades de los intervinientes en el transporte de mercancías peligrosas

Capítulo 5.5 Disposiciones especiales

ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO ILOLEX: Las normas internacionales del trabajo

ANEXO II LISTA DE CONTROL REQUISITOS GENERALES REGLAMENTO (CE) Nº 852/2004 UE

1.- Desarrollo documental de un programa APPCC

Capítulo 7. Limpieza y desinfección. Limpieza y desinfección de instalaciones y equipos. Procedimientos de limpieza:

REQUISITOS SANITARIOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS EN DONDE SE ELABORAN O VENDEN ALIMENTOS

CURSO DE INSPECTOR GUBERNAMENTAL DE AERONAVEGABILIAD

Capítulo 6. Reclamaciones, Devoluciones, Sospechas de medicamentos falsificados y medicamentos retirados Capítulo 9. Transporte.

La necesidad de prevenir focos de Enfermedades Transmisibles por Alimentos en salvaguarda de la Salud Pública y

La formación de los operadores de carretillas elevadoras

CSV. CONSERVACIÓN. CAR. Carreteras 2. TRABAJOS DE CONSERVACIÓN RUTINARIA Sellado de Grietas Aisladas en Carpetas Asfálticas

CAPÍTULO V DISCUSIÓN. a lo largo de la investigación con la finalidad de demostrar cuáles son las causas de los

CONTROL DE CAMBIOS. FICHA CONTROL DE CAMBIOS Versión Fecha Descripción de la Modificación

PLANES de APOYO INDUSTRIA ALIMENTARIA. Higiene en la

PLATAFORMAS ELEVADORES CONSEJOS EN LA MANIPULACIÓN

Inspección sanitaria de instalaciones con mayor y menor probabilidad de proliferación y dispersión de Legionella.

Instalaciones domiciliarias de agua de consumo Recomendaciones para el mantenimiento de las condiciones higiénico sanitarias

Ponemos a su consideración nuestro programa CIP: CONTROL INTEGRADO DE PLAGAS (CIP)

RECOMENDACIONES DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE CISTERNAS Y TANQUES DE RESERVA PARA AGUA POTABLE

PDF Created with deskpdf PDF Writer - Trial ::

EXAMEN MANIPULADOR DE ALIMENTOS INICIAL A DISTANCIA

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA GESTIÓN AMBIENTAL PROCEDIMIENTO PARA MANEJO DE MATERIALES PELIGROSOS OBJETIVO

Director de Servicios

DIRECCIÓN DE CONTROL DEL SECTOR INDUSTRIA, PRODUCCIÓN Y COMERCIO

Normas de Calidad para Después de la Escuela de NJ. La Seguridad y Salud Ambiental

Requisitos Para Unidades Ambulantes de Alimentos y Carros de Mano

CONTENEDORES CONTENEDORES

GSA-I-GA-001 INSTRUCTIVO PARA EL MANEJO Y ALMACENAMIENTO DE ACEITE DIELECTRICO Y GAS SF6 1.0 OBJETO 3.0 DEFINICIONES

GUÍA PARA SISTEMAS DE RASTREABILIDAD

República de Panamá AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS EL ADMINISTRADOR GENERAL. en uso de sus facultades legales, CONSIDERANDO:

Para las embarcaciones mayores dedicadas a la captura del camarón se consideran los siguientes procedimientos estándares pre-operacionales:

Todas las empresas y establecimientos alimentarios deben estar registrados según

COMPENSACIÓN DE ENERGÍA REACTIVA CAPÍTULO XX

RECOMENDACIONES PARA EL TRANSPORTE DE SUSTANCIAS BIOLÓGICAS AL LABORATORIO DE REFERENCIA DE SALUD PÚBLICA DE ANDALUCÍA PARA VIRUS

[ SELLO ALIMENTO SEGURO ]

Bloqueo/Etiquetado 1

Aplicación del Real Decreto 140/2003 sobre aguas de consumo humano en la Empresa Alimentaria

CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

LABORATORIOS. Mayeline Gómez Agudelo

O K. Unidad 5 Autocontrol y APPCC 1 CÓMO SE CONTROLA LA SEGURIDAD ALIMENTARIA?

33. Recomendación No. 147 sobre el Cáncer Profesional

REGISTRO DE OPERADORES TRANSFORMADORES-COMERCIALIZADORES DE PRODUCCIÓN INTEGRADA

página 66 Diagrama de flujo. Elaboración de quesos frescos y quesos curados

40. Recomendación No. 156 sobre el Medio Ambiente de Trabajo (Contaminación del Aire, Ruido y Vibraciones)

Procedimiento PPRL- 603

INSTRUCCIONES A EMPRESAS EXTERNAS. MANTENIMIENTO ASCENSORES

CAPITULO V 5. CAMARAS FRIGORIFICAS. Definición

GUIA DE PRACTICAS CORRECTAS DE HIGIENE PARA EL SECTOR APICOLA (Libro de gestión)

1. OBJETIVO 2. ALCANCE

PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN PARA LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES

PARTE IV: CONDICIONES TÉCNICAS

BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA EN LA INDUSTRIA DE ALIMENTOS

1. DEFINICIONES Y PRINCIPIOS BÁSICOS

MANUAL AEROTERMOS TECNATHERM SERIES AC Y ACE - 1 -


CURSO DE CONSEJERO DE SEGURIDAD ADR

Extintores portátiles Inspección, Mantención y Recarga - Requisitos Generales

0. ÍNDICE OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN LIMITACIONES DE EMPLEO...2

FUNDACIÓN HOSPITAL INFANTIL UNIVERSITARIO DE SAN JOSÉ

CONSEJOS ÚTILES PARA PREPARAR LOS ALIMENTOS PARA LAS FIESTAS DE FIN DE AÑO

Sector Frigorífico. Camarero de Cajas. Norma de Competencia

0. ÍNDICE GENERALIDADES...2

TANQUERIA SUJETA A PRESION (TSP)

Índice. condicionalid. 1. Mantenimiento de almacenes Eliminación de residuos... 5

8. GESTIÓN DE RESIDUOS BIOSANITARIOS

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

SINTESIS Real Decreto 742/2013, DE CRITERIOS TÉCNICO-SANITARIOS DE LAS PISCINAS.

INSTRUCCIÓN OPERATIVA

Importancia del diseño higiénico y motivos de empresas deslistadas.

Informe SAN MARTIN CONTRATISTAS GENERALES SEDE SAN JUAN Análisis Situacional de Protección Contra Incendios Mediante Extintores Portátiles.

GARANTÍAS MÍNIMAS DE CALIDAD EN LA PRODUCCIÓN DE PLASMA RICO EN PLAQUETAS (PRP)

Objetivos. Responsable. Destinatarios. Contenidos

PROCEDIMIENTO ASEO Y LIMPIEZA

Aplicación del RD 2177/2004 a los distintos tipos de andamios

GENERALIDADES VALORES LÍMITE DEL AGUA DE LA CALEFACCIÓN... 4

SECRETARIA DE COMERCIO FOMENTO INDUSTRIAL NORMA MEXICANA NMX-F MUESTREO Y TRANSPORTE DE MUESTRAS DE ALIMENTOS PARA SU ANALISIS MICROBIOLOGICO

PROCEDIMIENTO DE MEDIO AMBIENTE

GUIA DE ACTUACIÓN INSPECTORA EN LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES

2.2.7 GESTIÓN DE RESIDUOS.

DIRECTIVA 2009/127/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL

Los contenedores o container (inglés)

Buenas Prácticas de Manufactura en la Preparación y Servicio de. Ing. Ma. Antonieta de Franco - Dirección de Innovación y Calidad-

BUENAS PRÁCTICAS DE MANIPULACIÓN EN LA PESCA ARTESANAL

itc-icg 10 Instalaciones de gases licuados del petróleo de uso doméstico en caravanas y autocaravanas

ADMINISTRACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE GESTION PROCEDIMIENTO FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE ACOPIO PARA RESIDUOS POTENCIALMENTE RECICLABLES

Transcripción:

REQUISITOS Y RECOMENDACIONES PARA EL TRANSPORTE DE ALIMENTOS AGROPECUARIOS PRIMARIOS Y PIENSOS 1. CAMPO DE APLICACIÓN. Esta Guía es de aplicación a todos los medios de transporte de alimentos agropecuarios primarios y piensos, que se comercialicen, distribuyan o se consuman en el territorio nacional. 2. DEFINICIONES. a) Carga Seca: Son todos los alimentos agropecuarios primarios y piensos que son transportados en plataformas o cajones que por sus características no necesitan un ambiente controlado por ejemplo: (refrigeración, congelación). b) Medio de transporte: comprende vehículos de transporte de alimentos agropecuarios primarios y piensos, terrestres, aéreos o marítimos, así como los receptáculos que entran en contacto con éstos alimentos y piensos (tales como contenedores, cajones, bidones, cisternas, cajas móviles). c) A granel: indica alimentos agropecuarios primarios y piensos sin envasar que entran en contacto directo con la superficie del medio de transporte. d) Envase Primario (Envase): Es todo recipiente que tiene contacto directo con los alimentos agropecuarios primarios y piensos, con la misión específica de protegerlo de su deterioro, contaminación o adulteración y de facilitar su manipulación. e) Temperatura exigida de transporte: es el rango de temperatura fijada de acuerdo a las características y propiedades de los alimentos agropecuarios primarios y piensos. f) Contaminación cruzada: Es la transferencia de agentes contaminantes de un alimento agropecuarios primario y pienso contaminado a otro que no lo está. 3. CONDICIONES COMUNES A LAS DIVERSAS CLASES DE VEHÍCULOS. 3.1. El medio de transporte destinado a contener los alimentos agropecuarios primarios y piensos, debe estar libre de cualquier tipo de instalación o accesorio que no tenga relación con la carga o sistema de enfriamiento y/o calefacción y, en el caso de camiones, sin comunicación con la cabina del conductor. 3.2. Las plataformas y las partes interiores de la caja deben estar fabricadas a base de materiales resistentes a la corrosión, impermeables, de no pudrición y fáciles de limpiar, lavar y desinfectar. 3.3. Los alimentos agropecuarios primarios y piensos deben transportarse de manera que se evite la contaminación cruzada. 3.4. El diseño y la construcción del medio de transporte de alimentos agropecuarios primarios y piensos debe facilitar la inspección, limpieza y desinfección. 3.5. Los materiales de todo tipo, susceptibles de entrar en contacto con los alimentos agropecuarios primarios y piensos transportados, no deben alterar las propiedades inherentes de las cargas o comunicarles propiedades nocivas o anormales durante su vida útil. 3.6. El conjunto de los dispositivos de cierre, de ventilación y circulación de aire, de los medios de transporte no deben permitir que se depositen en éste cualquier tipo de suciedad o contaminación. 1

3.7. Los vehículos que transportan alimentos agropecuarios primarios y piensos que requieran refrigeración o congelación deben estar equipados con dispositivos externos apropiados para el control de la temperatura interior, el cual debe encontrarse en un lugar fácilmente visible. 3.8. En los vehículos cisterna que pueden tener uno o varios compartimentos, cada uno de estos tendrá, por lo menos, una boca de hombre y una boca de vaciado; cuando haya varios compartimentos deben estar separados unos de otros por tabiques verticales. 3.9. El diseño apropiado de los medios de transporte de alimentos agropecuarios primarios y piensos deberá contribuir a prevenir la entrada de insectos, parásitos, etc., así como la contaminación proveniente del medio ambiente, y cuando sea necesario brindar aislamiento contra la pérdida o aumento de calor, una capacidad de enfriamiento o calefacción adecuada, y facilitar el cierre o la hermeticidad. 3.10. Se deberá disponer de instalaciones apropiadas y cómodas para limpiar y, cuando proceda, desinfectar el medio de transporte de alimentos agropecuarios primarios y piensos. 4. CLASES DE VEHÍCULOS ESPECIALES PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS PERECEDERAS. 4.1. Vehículo isotermo: vehículo en que el compartimento de carga está construida con paredes aislantes, incluyendo puertas, piso y techo, y que permite limitar los intercambios de calor entre el interior y el exterior de la caja. 4.2. Vehículo refrigerante: vehículo provisto de aislamiento y que dispone de una fuente de frio distinto de un equipo mecánico o de absorción, y que permite bajar la temperatura en el interior del compartimento de carga vacío, y mantenerla independientemente de la temperatura externa, utilizando agentes frigoríficos y dispositivos apropiados. Este vehículo debe tener uno o varios compartimentos, recipientes o depósitos reservados al agente frigorífico. Estos equipos deben poder ser cargados o recargados desde el exterior. 4.3. Vehículo frigorífico: vehículo isotermo provisto de un dispositivo de producción de frio individual o colectivo para varios vehículos de transporte, que permite, para una temperatura exterior media de 30 C, bajar la temperatura en el interior del compartimento de carga vacío y mantenerla después de manera permanente. 5. CONDICIONES DE HIGIENE Y LIMPIEZA DE LOS VEHICULOS 5.1. El compartimento de carga de los vehículos de transporte destinados a contener los alimentos agropecuarios primarios y piensos, deben estar libres de cualquier tipo de instalación o accesorio, que no tenga relación con la carga o sistema de enfriamiento y, en el caso de camiones, sin comunicación con la cabina del conductor. 5.2. Las paredes y techos interiores deben ser fáciles de limpiar, lavar y desinfectar no presentando grietas ni ángulos que dificulten estas actividades, a excepción de todo aquello que sea necesario para el equipo y dispositivos de fijación de la carga. Estos dispositivos deben ser asimismo fáciles de limpiar, lavar y desinfectar. 5.3. De acuerdo al tipo de alimento agropecuario primario y pienso y a la duración del transporte, los vehículos deben estar acondicionados y provistos de medios suficientes para proteger a las mercancías de los efectos del calor, de la humedad, la sequedad y de cualquier otro efecto indeseable que pueda ser ocasionado por la exposición al ambiente. 5.4. Los compartimentos de carga de los vehículos dedicados al transporte de alimentos agropecuarios primarios y piensos, deben estar limpios, desinfectados (carga refrigerada o 2

congelada) y en condiciones sanitarias para la conservación, higiene y limpieza, antes de proceder a su carga. 5.5. El agua empleada para la limpieza de las cisternas y de los compartimentos de carga de los vehículos debe ser potable o sanitariamente apta para su uso en la limpieza. 5.6. Los detergentes y desinfectantes deben estar autorizados por la autoridad competente y se aplicarán en la dosis y condiciones adecuadas: asimismo, cuando en la limpieza de los compartimentos de carga de los vehículos se utilicen plaguicidas, éstos deben reunir las condiciones que al respecto establezca la autoridad competente de plaguicidas. 5.7. La desinfección de los compartimentos de carga de los vehículos, cisternas o contenedores, se efectuara por personal calificado y debe seguir con los procedimientos establecidos, observando las prescripciones de uso recomendadas para cada desinfectante, especialmente cuando se apliquen sobre superficies que pueden entrar en contacto con los alimentos agropecuarios primarios o piensos. Los vehículos deben desinfectarse cuando no se encuentren con carga a transportar. 5.8. No deberán utilizarse vehículos de transporte de animales, plantas, tierra, abonos o fertilizantes, minerales, productos químicos, aceites, combustibles, maquinaria o equipos de similar estructura, vehículos de transporte, material de construcción, tóxicos, pesticidas, insecticidas y cualquier otra sustancia análoga que pueda ocasionar contaminación, para el transporte de alimentos agropecuarios primarios y piensos. De hacerlo, previamente deberán estar limpios y desinfectados con productos autorizados por la autoridad competente antes de iniciar la carga. 5.9. Los vehículos de transporte de pasajeros, podrán transportar alimentos agropecuarios primarios y piensos, solo en los compartimentos de carga destinados para tal fin y bajo condiciones que garanticen su no contaminación. 6. MERCANCÍAS TRANSPORTADAS. 6.1. En el transporte de alimentos agropecuarios primarios congelados, y asimismo cuando ello resulte preciso para refrigerados, la temperatura, en el momento de la carga, debe ser la correspondiente a las especificaciones para la mercancía. 6.2. Podrán transportarse simultáneamente diferentes alimentos agropecuarios primarios con la condición de que las temperaturas de transporte de cada uno, sean compatibles entre sí y que ninguna de estas mercancías pueda ser causa de alteración o modificación de las otras, especialmente por olores, polvo, contaminaciones y partículas orgánicas o minerales. 6.3. Los alimentos agropecuarios primarios que por sus características, no vayan debidamente protegidos con un envase o embalaje, no deben colocarse directamente sobre el suelo del vehículo, ni sobre cualquier tipo de protección del mismo, susceptible de ser pisada. 6.4. El transportista deberá proveerse de la documentación correspondiente a los alimentos agropecuarios primarios y piensos transportados. 7. OPERACIONES DE CARGA Y DESCARGA. 7.1. Las operaciones de carga y descarga de los vehículos deben efectuarse tan rápidamente como sea posible, utilizándose para ello cuantos medios se consideren necesarios para mantener la temperatura, de tal forma que no se produzca una elevación de la misma en los alimentos agropecuarios y piensos, que pueda afectar su calidad e inocuidad. 7.2. En el transcurso de las operaciones de carga y descarga las mercancías que no estén 3

contenidas en un embalaje resistente que los proteja completamente, no deben nunca depositarse en el suelo. 7.3. En el interior de los vehículos de transporte debe estibarse la carga de forma que se asegure convenientemente, para cada caso, una buena circulación de aire. 7.4. El pre enfriamiento de los contenedores, vagones y compartimentos de carga de vehículos, destinados al transporte de alimentos agropecuarios primarios y piensos, debe realizarse antes de iniciar la carga, hasta una temperatura igual o ligeramente superior a la temperatura de rocío del aire de la zona de carga, con el fin de que no se produzcan condensaciones. 8. RESPONSABILIDADES. 8.1. Durante el transporte debe mantenerse la temperatura exigida para la conservación del producto, lo que es responsabilidad exclusiva del transportista. 8.2. El transportista pondrá en marcha el equipo frigorífico del vehículo, y cerrará las puertas cuando no se estén efectuando las operaciones de carga y descarga del mismo. 8.3. El termostato del equipo frigorífico del vehículo deberá ser graduado a la temperatura correspondiente de transporte, para ello, el transportista, debe estar capacitado para ello. 8.4. No deberá transportar alimentos agropecuarios primarios y piensos alterados o contaminados, junto con otros aptos para consumo humano. 8.5. Los alimentos agropecuarios primarios y piensos procedentes de devoluciones o que hayan superado su fecha de caducidad o consumo preferente, podrán ser transportados junto con otros aptos para el consumo, siempre que no alteren o contaminen a estos últimos. El transportista deberá contar con la documentación que acredite lo indicado. 8.6. En ningún caso el transportista podrá transportar mercancías diferentes a alimentos agropecuarios primarios y piensos en el compartimento de carga y que puedan afectar la inocuidad de éstos. De hacerlo, deberá contar con la documentación de la autoridad competente que especifique que podrá hacerlo. 8.7. Es importante que el personal encargado del transporte esté adecuadamente informado de la naturaleza de los alimentos y piensos manipulados/transportados, así como de las posibles medidas precautorias adicionales que puedan requerirse (por ejemplo: medios de protección, guantes, etc.). El personal debe estar capacitado en cuanto a los procedimientos de inspección de los medios de transporte de alimentos destinados a asegurar la inocuidad de los alimentos y piensos. 8.8. La responsabilidad de la entrega de los alimentos agropecuarios primarios y piensos en las condiciones de conservación y temperatura, es del proveedor. 9. INCOMPATIBILIDADES CON OTROS USOS DE LOS VEHICULOS Y POSIBLE APROVECHAMIENTO DE LOS RETORNOS. 9.1. En los vehículos de transporte de alimentos agropecuarios primarios y piensos, podrán realizarse cargas de otro tipo de mercancías, distintas de éstas mercancías, aprovechando los retornos o los trayectos en vacío para recoger su carga especifica, siempre que se trate de mercancías incapaces de alterar los alimentos agropecuarios primarios y piensos. 9.2. Asimismo, durante las paradas en los centros urbanos, cuando la instalación de producción de frío no sea autónoma y funcione por medio del motor del vehículo, podrá dejarse fuera de servicio dicho equipo de producción de frío, por el menor tiempo posible, y siempre que se mantengan las temperaturas de conservación requeridas por las mercancías 4

transportadas. 10. TRANSPORTE ESPECIALIZADO 10.1. Cuando proceda, y sobre todo en lo que se refiere al transporte a granel, tanto los contenedores como los vehículos, deben designarse y marcarse para uso exclusivo de alimentos agropecuarios primarios y piensos y utilizarse solamente con ese fin. 10.2. Los alimentos agropecuarios primarios y piensos a granel, deben transportarse en receptáculos y/o contenedores o cisternas destinadas únicamente al transporte de éstos, a menos que la aplicación de principios tales como los del HACCP (Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control) demuestren que el transporte especializado no es necesario para lograr el mismo nivel de inocuidad. 11. DOCUMENTOS Y REGISTROS 11.1. Los expedidores o destinatarios pueden formular controles idóneos para asegurar la inocuidad de los alimentos durante el transporte. 11.2. Tales controles deben estar documentados. La documentación constituye un instrumento importante para validar la evaluación de riesgos y verificar la observancia de los principios. 11.3. Esta documentación deberá incluir el número del medio de transporte, el registro de cargas anteriores, volumen, número de bultos, temperatura (de corresponder), y certificados de limpieza. 11.4. Tal documentación debe ponerse a disposición de la autoridad competente. Cabe señalar que algunos medios de transporte se han concebido solamente para un único uso. 11.5. El transportista debe mantener un registro completo de los cargamentos anteriores durante un período de seis meses. 5