Informe Investigación Especia' Dirección General de Aguas, Región del Maule Fecha : 26 de abril de 2011 N Informe : 12/2011
A.I. N 322/11 REF. N 71403/11 REMITE INFORME FINAL QUE INDICA. TALCA, 26 12211*004142 Se remite copia del Informe Final de investigación especial N 12, de 2011, en la Dirección General de Aguas, para su conocimiento y fines pertinentes. Sobre el particular, corresponde que esa entidad adopte las medidas respectivas, con el objeto de superar las observaciones planteadas en los términos previstos en el citado informe, cuya efectividad será verificada por esta Contraloría en futuras fiscalizaciones. Asimismo, corresponde señalar que el contenido de la presente investigación especial por aplicación de la ley N 20.285 se publicará en el sitio web institucional. Saluda atentamente a Ud., JOAQUIN CORDOVA MALDONADC ABOGADO Contralor Regional Contraloría Gene; ii de la Republice. REGION Da. MAULE ( REGIÓN AL SEÑOR DIRECTOR REGIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS DEL MAULE TALCA. Avda. Diagonal Isidoro del Solar N 21 - Talca - Fono: 071-413200
CONTRAL ORÍA REGIONAL DEL MAULE A.I. N 323/11 REF. N 71403/11 REMITE INFORME FINAL QUE INDICA. TALCA, 1*0 O 414 3 Se remite copia del Informe Final de investigación especial N 12, de 2011. en la Dirección General de Aguas. para su conocimiento y fines pertinentes. Asimismo, corresponde señalar que el resultado de la presente investigación fue puesta en conocimiento de ese servicio y que por aplicación de la ley N 20.285 se publicará en el sitio web institucional. Saluda atentamente a Ud., JOAQUIN COFtDOVA MALDONADO ABOGADO Contralor Regional Contraloría General de la RepublIca REGION DEL MAULE AL SEÑOR SALVADOR ALEGRÍA VARGAS 12 NORTE N 1433 TALCA. Avda. Diagonal Isidoro del Solar N 21 - Talca - Fono: 071-413200
REF. N 71403/2011 INFORME EN INVESTIGACIÓN ESPECIAL RELATIVO A DENUNCIA SOBRE USO INDEBIDO DE TARJETAS DE PREPAGO DE PEAJES. TALCA, 2 6 ABR 2011 Se ha dirigido a esta Contraloría Regional, don Salvador Alegría Vargas, funcionario de la Dirección General de Aguas. VI Región, denunciando algunas situaciones que dieron origen a una investigación especial, cuyos resultados constan en el presente documento. Antecedentes El trabajo efectuado tuvo por finalidad investigar la denuncia del recurrente, quien expone que en la Dirección de Aguas, región del Maule, existirían irregularidades relativas al uso indebido de tarjetas de prepago de peajes, exponiendo que aquellas tarjetas fueron utilizadas en la plaza de peaje de Camarico, los días 14 y 15 de agosto y 3 y 5 de septiembre del año 2010, en viajes realizados en fines de semana y sin que exista un cometido de servicio de respaldo. Metodología El trabajo se efectuó en conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos 131 y 132 de la ley N 10.336, sobre Organización y Atribuciones de este Organismo Contralor, e incluyó la toma de declaraciones a diversas personas, así como también la solicitud de datos, informes, documentos y otros antecedentes que se estimó necesarios. AL SEÑOR JOAQUÍN CÓRDOVA MALDONADO CONTRALOR REGIONAL DEL MAULE PRESENTE. GSS otegic4, 4,lo O V UNIDAD 1,1= 1- CONTROL f zo EXTERNO ">) t ALCP"'
Análisis De conformidad con las indagaciones efectuadas, antecedentes recopilados y considerando la normativa pertinente, se determinaron los hechos que se exponen a continuación: En primer término, que la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP, informó sobre los pagos efectuados durante el año 2010 por concepto de tarjetas de peaje, pero éstos conceptos corresponden a recargas y no a adquisiciones, toda vez que éstas últimas fueron efectuadas en años anteriores. En relación con los estados históricos de uso, el Servicio solicitó dichos antecedentes, respecto de los cuales la empresa concesionaria no había respondido hasta la fecha de la visita, reiterando dicha petición mediante oficio N 899, de 2011. De acuerdo a la revisión de los antecedentes para los meses de agosto y septiembre de 2010, se determinó que para las fechas indicadas por el recurrente no existieron comisiones de servicios y/o resoluciones de autorización sobre la materia. No obstante lo anterior, en virtud de los documentos recopilados y declaraciones tomadas, se determinó que efectivamente la tarjeta de prepago de peaje N 540 de propiedad del Servicio fue utilizada por don Claudio Videla Díaz, actual Jefe Administrativo de la Dirección General de Aguas, Región del Maule, quien reconoció haberla empleado personalmente los días 3 y 5 de septiembre de 2010, viajando en su vehículo particular a Santiago por motivos familiares. Por otra parte, respecto al 14 y 15 de agosto de 2010, no recuerda su utilización, sin embargo, por estar la tarjeta bajo su custodia, asume la responsabilidad ante su uso. De acuerdo a los antecedentes, el señor Videla Díaz, procedió a recargar la aludida tarjeta mediante factura N 4715 de 24 de noviembre de 2010 por $7.600, emitida por la empresa concesionaria a su nombre. Cabe señalar que por el hecho descrito, el señor Videla fue objeto de una anotación de demérito en su hoja de vida, según consta en el respectivo registro de fecha 14 de febrero de 2011, que señala lo siguiente "Por falta e inadecuado control del Sistema de Pago de Peaje en Ruta 5 Sur, Plaza Camarico. Lo anterior, por orden de la Subdirectora". Al respecto, cabe señalar que los hechos expuestos en párrafos anteriores no se condicen con lo establecido en el artículo 62 N 3 de la ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y en los artículos 61 letra g) y 84 letra f) ambos de la ley N 18.834, sobre Estatuto Administrativo y que, en razón de su cargo, transgrede además la obligación especial consignada en el artículo 64 letra b) también de la mencionada ley. Los acontecimientos anteriormente expuestos evidencian debilidades del sistema de control interno, respecto de la administración y custodia de tarjetas de prepago de peajes, toda vez que no existen procedimientos e instrucciones para el proceso de administración y control de las mismas; no se lleva un registro donde se anoten la fechas de adquisición y recargas de estas tarjetas; falta de asignación formal a los conductores no existe un control sobre su utilización..01eg104, j UNIDAD 511 1- CONTROL. o EXTERNO P` I
Finalmente, cabe señalar que la asignación de tarjetas a los conductores no fue constante durante el año 2010, toda vez que cuando se han efectuado recargas de éstas, se ha cambiado el destinatario y, de esta manera, se dificulta realizar un seguimiento sobre el uso de una tarjeta determinada. Conclusiones Atendidas las consideraciones expuestas en el desarrollo del presente trabajo, es posible concluir que: 1.- Sin perjuicio que a la fecha los recursos utilizados, fueron devueltos, corresponde que el Servicio efectúe un procedimiento disciplinario con el objeto de determinar las eventuales responsabilidades administrativas ante los hechos expuestos en el presente informe, informando a esta Contraloría Regional de su resultado. 2.- El Servicio deberá efectuar un análisis de los estados históricos de las tarjetas de prepago usadas durante el año 2010, para verificar que no existan otras situaciones similares a la expuesta en el presente informe. 3.- Se deberán fortalecer los mecanismos de control interno tendientes a velar por una adecuada administración y resguardo de las tarjetas de prepago de peajes, dictando los procedimientos correspondientes. SALUDA ATENTAMENTE A UD., ED IAZ A AYA Jefe idad e Control xterno Cont.loría egional del Maule
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