Inversiones Españolas en el Exterior. Resultados de Andalucía



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Transcripción:

1. Introducción Inversiones Españolas en el Exterior. Resultados de Andalucía La creciente integración mundial y la maduración de la economía regional han hecho que la inversión directa de Andalucía en el exterior comience a tomar importancia. La inversión directa emitida, ayuda a expandir y potenciar a las empresas, produce entrada de rentas de inversión, fomenta las exportaciones. La actividad Estadísticas de Inversión Española en el Exterior. Resultados de Andalucía recoge los resultados de la explotación de los datos del Registro de Inversiones Exteriores del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (véase el Real Decreto 664/1999 de 23 de abril sobre inversiones exteriores, Orden de 28 de mayo de 2001 y Resoluciones posteriores) que la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio ofrece en su página web (www.comercio.es) 2. Conceptos, fuentes y nomenclaturas. Inversión directa De acuerdo con las directrices y prácticas recomendadas a nivel internacional por el 6º Manual de Balanza de Pagos, define la inversión directa como una categoría de la inversión transfronteriza relacionada con el hecho de que un inversionista residente en una economía ejerce el control o un grado significativo de influencia sobre la gestión de una empresa que es residente en otra economía. Se consideran operaciones de inversión exterior directa, aquellas en las que el inversor pretender conseguir un control o influencia en la dirección y administración de una empresa que opera fuera del territorio en el que reside. En la práctica se estima que se consigue ese control cuando la participación del inversor en el capital de la empresa alcanza o supera el 10% En la Balanza de Pagos de España las operaciones de inversión exterior directa se clasifican según la naturaleza del instrumento en que se materializa la inversión en: Acciones y otras formas de participación, Beneficios reinvertidos, Financiación entre empresas del grupo y Inversión en inmuebles. Los datos, que recoge el Registro de Inversiones Exteriores (RIE) son los declarados por los inversores de acuerdo con lo establecido en la legislación sobre inversiones exteriores: RD 664/1999, OM de 28 de mayo de 2001 y Resolución Ministerial de 21 de febrero de 2002, donde se fija para su presentación, el plazo máximo de un mes contado a partir de la fecha de la formalización de la inversión. Por lo tanto, registra todas las formas de participación en el capital de las empresas (Acciones y otras formas de participación), pero no incluye: la Financiación entre empresas, los Beneficios reinvertidos, (excepto cuando se capitalizan los prestamos y/o los beneficios) y la Inversión en inmuebles.

Las inversiones recogidas se asignan al período correspondiente de acuerdo con la fecha de realización de las mismas. No obstante, como consecuencia de indeseables retrasos en su presentación, en las actualizaciones trimestrales, se modifican datos correspondientes a períodos anteriores como resultado de operaciones declaradas en el último período pero cuya realización corresponde a un período anterior. Inversión Bruta En el caso de la Inversión Española en el Exterior recoge las operaciones de residentes que supongan: Participación en sociedades no cotizadas domiciliadas en el exterior. Participación en sociedades cotizadas domiciliadas en el exterior (superior al 10% del capital) Constitución o ampliación de dotación de sucursales. Otras formas de inversión en entidades o contratos registrados en el exterior (fundaciones, cooperativas, agrupaciones de interés económico) en las que el capital invertido sea superior a 1.502.530,26. Inversión Neta Es el resultado de restar a la inversión bruta las desinversiones, por causa de transmisiones entre residentes y no residentes, liquidaciones parciales (reducciones de capital) o totales (disoluciones o quiebras). Entidades de Tenencia de Valores Extranjeros. Operaciones tipo ETVE. Las Entidades de Tenencia de Valores Extranjeros son sociedades establecidas en España cuyo principal objeto es la tenencia de participaciones de sociedades situadas en el exterior. Las ETVEs son sociedades instrumentales cuya existencia obedece a estrategias de optimización fiscal dentro un mismo grupo empresarial y en muchos casos sus inversiones carecen de efectos económicos directos. Las operaciones de inversión llevadas a cabo por este tipo de sociedades generalmente consisten en la transmisión dentro de un mismo grupo empresarial de participaciones en sociedades radicadas fuera de España. Formalmente la transferencia a una sociedad domiciliada en España de la titularidad de una empresa radicada en el exterior genera simultáneamente dos anotaciones en el Registro: una inversión extranjera en España al producirse un aumento de capital no residente equivalente al valor de los activos financieros aportados, y una inversión española en el exterior por la misma cuantía, al adquirir una empresa domiciliada en España la titularidad de unos activos situados en el exterior. En un principio se optó por separar las operaciones de inversión de las ETVEs del resto de las inversiones, sin embargo, al irse modificando la normativa fiscal la separación entre ETVEs y el resto de empresas ha ido perdiendo significado. Por una parte, las ETVEs pueden ampliar su objeto social hacia actividades más allá de la mera tenencia de valores y, por otra parte,

empresas no ETVE llevan a cabo operaciones de transmisión de tenencia de participaciones empresariales al poder acogerse a las ventajas fiscales inherentes a este tipo de operaciones. Por este motivo se han diferenciado las inversiones atendiendo no solamente al tipo de empresa sino también a la naturaleza de la operación. Se separan así las operaciones tipo ETVE, del resto de las operaciones de inversión, clasificándose como tales: Operaciones de transmisión no dinerarias (por ej.: acciones) dentro del mismo grupo empresarial de participaciones del grupo en empresas extranjeras, sean o no llevadas a cabo por empresas fiscalmente acogidas al régimen de ETVEs. Todo tipo de operaciones llevadas a cabo por empresas fiscalmente registradas como ETVEs, cuando la actividad de la empresa sea únicamente la tenencia de valores extranjeros. Las operaciones de ETVEs controladas por residentes en España no se incluyen bajo este epígrafe. Conviene separar las operaciones tipo ETVE porque pueden tener un valor efectivo muy elevado y un resultado económico muy limitado. Una operación de esta naturaleza puede valorarse en miles de millones de euros y al mismo tiempo no generar inversión en activos fijos ni puestos de trabajo alguno en el país que figura como receptor. Otras operaciones Registradas Se incluyen en este apartado una serie de operaciones que implican cambio de titularidad de la inversión pero que no suponen variación en la posición inversora frente al exterior. En el caso de la Inversión Española en el Exterior son operaciones como: Transmisiones entre residentes, de activos o participaciones en empresas no residentes. Reestructuración de activos en el exterior dentro de un mismo grupo empresarial dominado por una empresa residente. Sector El Sector de Inversión corresponde al sector de actividad de la empresa receptora de la inversión. En el caso de la Inversión Española en el Exterior se especifica también el Sector de origen que corresponde al sector de actividad de la empresa inversora española. Los Sectores se clasifican según la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).

Las inversiones en/o desde cabeceras de grupo o holdings empresariales se han asignado, en la medida de lo posible, al sector de destino final. País En la Inversión Española en el Exterior se hace referencia a: País inmediato: País de primer destino de la inversión. Comunidad Autónoma La Inversión Española en el Exterior se atribuye a la Comunidad Autónoma donde radica la sede social de la empresa inversora. 3. Metodología La explotación de los datos declarados al Registro de Inversiones Exteriores se refiere tanto a inversión bruta como a inversión neta, dado que también deben declararse a este Registro las desinversiones debidas a transmisiones entre residentes y no residentes, liquidaciones parciales y totales. No obstante, el desglose de la información por comunidades autónomas no se publica para la inversión neta. Por tanto, la información que aquí se presenta corresponde a las inversiones brutas. A partir del año 2003 dichos flujos se describen únicamente mediante la inversión bruta efectiva (a partir de ahora inversión bruta), al considerarse la inversión bruta registrada un dato sin sentido económico. Ello es debido a que la inversión bruta registrada puede incorporar múltiples contabilizaciones de una misma inversión, ya que la obligación de declarar se extiende no sólo a las nuevas inversiones sino también a las sucesivas transmisiones de estas. La inversión bruta española en el exterior, cuyo concepto corresponde a nueva inversión o inversión que incrementa los activos españoles en el exterior, se obtiene de la inversión bruta registrada, de la que se deducen: Las adquisiciones por residentes en España de acciones y participaciones de sociedades en el extranjero a otros residentes en España, ya que no constituyen un incremento de activos españoles en el exterior. La contabilización múltiple de la misma inversión como consecuencia de las reestructuraciones de grupos empresariales españoles en el exterior. La inversión bruta se desglosa en dos variables: la inversión bruta descontadas las operaciones tipo ETVE y la inversión bruta de operaciones tipo ETVE controladas por no residentes. Las Entidades de Tenencia de Valores Extranjeros (ETVE) son sociedades establecidas en España cuyo único objeto es la tenencia de acciones de sociedades extranjeras. Están reguladas por el artículo 30 de la Ley 6/2000 de 13 de diciembre por la que se aprueban medidas fiscales

urgentes de estímulo al ahorro familiar y a la pequeña y mediana empresa, que modificó la Ley 43/95 de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades. La Ley 6/2000 también ha sufrido modificaciones posteriores. Cuando la inversión se presenta desglosada por país de destino, nos referimos al país de primer destino de la inversión. Los datos aquí ofrecidos tienen carácter provisional y pueden, por tanto, sufrir modificaciones como resultado del permanente proceso de depuración así como de la incorporación de información adicional.