Franquicia 70º x: Cambio por embarazo. Ministerio de Educación e Innovación Subsecretaría Carrera Docente y Formación Técnica Profesional Dirección General Personal Docente y No Docente 1
Franquicia 70 x: Cambio por embarazo. Normas que la regulan: Estatuto del Docente, Título I, Capítulo XXII, Artículo 70º x). Artículo 70º x) A la docente que requiera otras tareas por embarazo, por causa justificada por la Dirección Medicina del Trabajo, se la ubicará de acuerdo a sus necesidades. En su artículo 70º, inciso x), el Estatuto del Docente (Ordenanza N 40593 y sus modificatorias) establece que la docente que requiera otras tareas por embarazo, por causa justificada por la Dirección Medicina del Trabajo, se la ubicará de acuerdo a sus necesidades. En su reglamentación, el punto 4 afirma que La franquicia prevista en el inciso x) deberá ser aprobada por el Ministerio de Educación con intervención previa de la Dirección General Administración Medicina del Trabajo (DGAMT). Será la Dirección General de Administración de Medicina del Trabajo la que exima a la docente del contacto con alumnos y la que determinará qué tipo serán otorgadas a la docente durante la duración de la franquicia. Esta franquicia puede ser solicitada en distintos períodos del embarazo, de acuerdo al tipo de cargo docente que se posea, independientemente de la situación de revista (titular, interina o suplente). El Protocolo de Funciones de la Junta Médica definido por la Dirección General de Administración Medicina del Trabajo dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, establece que otorgará un cambio a partir de la semana doce (12) de gestación, siempre y cuando no exista patología que requiera de licencia médica. Las docentes que se encuentran comprendidas en dicho cambio son aquellas que se desempeñen como: maestras de nivel inicial, auxiliares docentes de nivel inicial, maestras y profesoras de educación física, maestras de educación especial que desempeñan funciones con discapacitados mentales o motores, docentes de danza, docentes de expresión corporal. Para el caso de las docentes de grado el cambio se otorgará a partir de las 26 semanas de gestación. NOTA: La franquicia 70 x se concede POR PERSONA Y NO POR CARGO. En caso de poseer más de un cargo y que alguno de ellos no esté encuadrado en estas categorías, de concederse la franquicia 70 x será para la totalidad de los cargos activos. 2
Cómo solicitar una Franquicia 70 x? La docente debe solicitar en alguno de los establecimientos donde presta servicios (preferiblemente allí donde posee cargos titulares o mayor carga horaria) la confección del Formulario de Tareas Pasivas 2014_V3. Los datos del formulario deben ser completados por el personal de conducción del establecimiento. Debe presentarse sin turno ante la Dirección general de Administración de Medicina del Trabajo (ex Hospital Rawson), sita en Amancio Alcorta 1502, CABA, de lunes a viernes, en el horario de 7.30 a 15. La escuela NO DEBE CONFECCIONAR MEMO MÉDICO PARA ESTOS CASOS. GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos Dirección General Administración Medicina del Trabajo A COMPLETAR POR LA REPARTICION CAMBIO DE TAREAS TAREAS PASIVAS ( 1 ) FECHA DIA MES AÑO FICHA CENSAL N APELLIDO: NOMBRE: MINISTERIO: REPARTICION: ANTIGÜEDAD: FUNCION: REGIMEN HORARIO (DIA Y HORARIO): SITUACION DE REVISTA: ( 2 ) GUARDIA PLANTA Notas ( 1 ) Solo Ministerio de Educación FIRMA RESPONSABLE ( 2 ) Solo Ministerio de Salud REPARTICION / ESTABLECIMIENTO USO EXCLUSIVO DIRECCION GENERAL ADMINISTRACION MEDICINA DEL TRABAJO INGRESO RENOVACION INFORME: En virtud de la realización del exámen médico que le fuera practicado por la Junta Médica de la D.G.A.M.T y del estudio de los antecedentes obrantes en su historia médico-laboral, se lleva a su que se ha detectado una disminución o pérdida en sus aptitudes psicofísicas para el desempeño de su cargo, desde el / / hasta el / / y nuevo exámen, pudiendo realizar las siguientes tareas: TIPO DE TAREAS: Control de signos vitales Drenajes débitos Curaciones Aplicación de vacunas Atención de niños sanos Cons. externo:orl, Oftalmologia, etc, Aplicación de medicación Colaborar en la alimentación del paciente Sin contacto con pacientes Sin contactos con alumnos Ordenanza o correo interno Otros (indicar en observaciones) OBSERVACIONES: Esta situación será comunincada al Ministerio y/o Delegación correspondiente a los efectos que la misma pueda disponer de la información necesaria para aplicar el procedimiento de Cambio de Función, según reglamentación vigente FIRMA GERENCIA ADMINISTRATIVA FIRMA GERENCIA MEDICA - TAREAS PASIVAS NUEVO FEB 2014_ v3-3
Documentación necesaria y Forma de Evaluación Además del Formulario, para cumplimentar el cambio de funciones las docentes deben aportar certificado médico original con fecha de última menstruación, edad gestacional, fecha probable de parto y fotocopia de 1º y última ecografía. En caso de que DGAMT conceda el cambio por embarazo, estipulará cuáles son las funciones que la docente puede cumplir en el mismo formulario. Es imprescindible que la docente obtenga y conserve prueba del otorgamiento de la franquicia una vez obtenida en DGAMT, en donde figure la fecha de inicio. Con ese comprobante, debe presentarse en su establecimiento informando el otorgamiento de la franquicia. Plazo El plazo se extenderá mientras dure el embarazo y hasta el inicio de licencia por primer período de maternidad (45 días previos a la fecha probable de parto). En tal fecha, la franquicia caducará automáticamente, sin necesidad de completar ningún trámite. Esto quiere decir que la franquicia desde su inicio quedará abierta hasta la fecha de parto. El cambio podrá interrumpirse en los casos que requiera una Licencia por Enfermedad. Reubicación de las tareas Una vez acordada esta franquicia y, en caso de que la docente requiera la reubicación del lugar de cumplimiento de dichas tareas, deberá solicitarlo por nota ante el establecimiento donde revista. En dicha nota deberá indicar tres posibles destinos de desempeño, habiendo consensuado previamente el cambio de destino con la máxima autoridad de los mismos. La petición efectuada, junto con el comprobante que emitiera la DGAMT respecto al otorgamiento del cambio, será cursada por el establecimiento educativo a través de las distintas instancias jerárquicas dependientes de la Dirección General de Educación Estatal, Dirección General de Educación Superior u otra instancia jerárquica superior en caso de corresponder, a efectos de la emisión de la norma correspondiente. Finalmente, intervendrá la Gerencia Operativa de Recursos Humanos Docentes (DGPDYND), a fin de registrar la nueva ubicación del docente. 4
Circuito tramitación Franquicia 70 x) TRATA DEL TRÁMITE: MEGC0201A TAREAS PASIVAS TRAMITACIÓN CAMBIO DE TAREAS POR EMBARAZO - 70 X DGPDYND DGAMT ESTABLECIMIENTO DOCENTE Solicita fomulario cambio Extiende formulario cambio Caratula Expediente Concurre a DGAMT Evalúa solicitud cambio Analiza y tramita norma Toma Remite para 5
Circuito tramitación Reubicación Tareas Franquicia 70 x) TRATA DEL TRÁMITE: MEGC0203A REUBICACIÓN DOCENTE FRANQUICIA 70 X - REUBICACIÓN TAREAS DGPDYND DGEGE ESTABLECIMIENTO Solicitud reubicación Caratula Expediente Nota con posibles destinos Vincula nota y formulario Cambio Tareas Considera y emite norma Toma Toma y registra 6