El INS: Situación actual y su preparación ante la eventual apertura del mercado de seguros costarricense Lic. Luis Javier Guier
Una nueva Legislación de Seguros
Una nueva Legislación n de Seguros Independientemente de la apertura del mercado de seguros es necesario actualizar la legislación de seguros. La necesidad de un ente de supervisión técnica, no es reciente ni surge como consecuencia del Tratado de Libre Comercio. El Instituto Nacional de Seguros ha venido impulsando el tema desde hace varios años. Por lo tanto, vemos con beneplácito la posibilidad de contar con un órgano de supervisión técnicamente especializado.
Una nueva Legislación n de Seguros La creación de la Superintendencia de Seguros es necesaria para que exista un órgano técnico e independiente que vele por el funcionamiento de la actividad de seguros, reaseguros, intermediarios, servicios auxiliares y ejerza labores técnicas de contraloría y fiscalización de la solvencia, las reservas técnicas e inversiones, capitales mínimos, productos, precios y cualquier otro aspecto necesario para darle confianza y seguridad a los consumidores.
La Ley de Seguros En este momento, el INS participa en la elaboración de un proyecto de Ley de Seguros que reúna las condiciones que actualmente requiere el mercado. Quiero compartir con ustedes algunos de los principales aspectos contemplados en dicho proyecto.
Autorización n administrativa y requisitos de funcionamiento El ejercicio de la autoridad aseguradora y reaseguradora deberá estar precedida de una autorización administrativa por parte del ente supervisor. La ley debe establecer con claridad los requisitos que tienen que ser cumplidos por los solicitantes en cuanto a solvencia, factibilidad económica, ramos y líneas de seguros a operar. Deben establecerse requisitos de solvencia moral, profesional y económica de los accionistas, administradores y miembros de las Juntas Directivas.
Autorización n administrativa y requisitos de funcionamiento Las empresas tendrán como objeto social exclusivo el ejercicio de la actividad aseguradora y reaseguradora para protección del consumidor. Las empresas aseguradoras tendrán que constituirse con arreglo a la legislación costarricense para poder operar en el territorio nacional.
Requisitos de capital y solvencia El capital mínimo exigido por la ley debería ser suscrito y pagado en su totalidad, regulándose las acciones que debería emprender el Órgano Supervisor en caso de incumplimiento tanto de capital mínimo como de los requerimientos de solvencia. La Ley debe establecer claramente los requisitos de reservas y provisiones técnicas suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de seguros y reaseguros.
Requisitos de capital y solvencia Debe regularse la inversión obligatoria de las reservas y provisiones técnicas, estableciendo la adecuada diversificación y administración de los riesgos de mercado, concentración, los criterios y límites máximos de inversión en cada tipo de activo y demás aspectos relevantes. La inversión obligatoria deberá mantenerse libre de gravámenes o cualquier otra medida precautoria que impida o dificulte su libre cesión o transferencia.
Tarifas y modelos de pólizasp Las tarifas podrían establecerse libremente pero deben ser suficientes para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que adquiere la aseguradora. El supervisor deberá vigilar que no haya tarifas insuficientes, abusivas, arbitrarias o discriminatorias. El supervisor deberá dictar algunas normativas generales sobre las condiciones mínimas requeridas en los modelos de pólizas.
Sobre el contrato de Seguro La ley debe regular adecuadamente el contrato de seguros para que el consumidor pueda contar con normas claras y precisas sobre sus derechos y obligaciones.
Supervisión n de Seguros Por el tamaño del negocio y su complejidad técnica sería preferible que la supervisión de la actividad aseguradora fuera ejercida por un órgano especializado en esta materia. Es muy importante que la creación del órgano supervisor se produzca con anterioridad a la apertura del mercado asegurador. El ente supervisor deberá tener las facultades suficientes para poder actuar con efectividad cuando sea requerido.
Intermediación Considerando que los intermediarios son parte esencial del mercado asegurador, es muy importante que la ley regule dicha actividad tomando en cuenta el modelo que ha venido funcionando en el país y el que se requiera a futuro en un nuevo mercado.
Marco jurídico institucional del INS La ley de reorganización del Instituto Nacional de Seguros data del año 1936 y es preciso reformarla para efectos de facilitar la reorganización que le permita al INS competir eficientemente.
Marco Jurídico institucional del INS La administración del negocio de seguros se ha visto restringido por la sujeción a entes externos que justifican su razón de ser en la aplicación de restricciones al gasto y que no corresponden con los requerimientos de una supervisión técnica del negocio asegurador. Por su naturaleza comercial, el INS lejos de producir costos produce utilidades para el Estado Costarricense por lo que requiere de ajustes y reformas similares a las que se hicieron en su oportunidad a los bancos del Estado para facilitar una mayor flexibilidad operativa que permita su crecimiento y desarrollo.
Propuestas del TLC en materia de Seguros
El TLC y los Seguros Tres son los aspectos en materia de seguros que contiene el TLC : La posibilidad de comercio transfronterizo de seguros a partir de la aprobación del Tratado. El establecimiento de una autoridad reguladora del mercado de seguros a más tardar el 1 de enero de 2007. La apertura gradual del mercado a partir del 1 de enero de 2008 para los seguros voluntarios y a partir de 2011 para los seguros solidarios.
Comercio Transfronterizo El Tratado señala la posibilidad de que las empresas que operan en Costa Rica puedan contratar en el exterior seguros para cubrir riesgos específicos tales como: Lanzamiento espacial de carga, transporte marítimo y aviación comercial que cubran las mercancías transportadas y el vehículo que las transporta. Mercancías en tránsito internacional Reaseguros y retrocesión Líneas de seguros no ofrecidas en Costa Rica. Los demás seguros que un habitante pueda contratar en el exterior carecerán de tutela en la jurisdicción costarricense. Es decir correrán por su cuenta y riesgo.
Regulación n del Mercado El texto del TLC negociado establece que: A más tardar el 1 de enero del 2007 Costa Rica establecerá una autoridad reguladora de seguros que será independiente de los proveedores de servicios de seguros y no responderá ante ellos. Las decisiones y los procedimientos utilizados por la autoridad reguladora serán imparciales con respecto a todos los participantes en el mercado.
Apertura del Mercado A más tardar, el 1 de enero de 2008 se permitirá el establecimiento de empresas aseguradoras en los ramos de seguros voluntarios (Personales y Generales). A más tardar, el 1 de enero de 2011 se permitirá la operación de aseguradoras privadas en el ramo de los seguros solidarios (Riesgos del Trabajo y SOA).
Incidencia del TLC sobre el mercado de Seguros
Incidencia del TLC sobre el Mercado Apertura gradual del mercado efectiva a partir de la aprobación del Tratado. Sustitución del monopolio de seguros por un mercado de competencia al permitir el ingreso de otras compañías aseguradoras, a partir de 2008. Establecimiento de un ente regulador del mercado, previo a la apertura, a partir de 2007. A diferencia de otros países en los que se ha planteado la privatización de empresas públicas, se mantiene el INS como empresa estatal que compite en el mercado.
Regulación n del Mercado La regulación de los siguientes aspectos es indispensable para proteger de los intereses de los consumidores y garantizarle reglas claras a todos los competidores: 1. Autorización administrativa y requisitos de funcionamiento. 2. Exigencias de capital, solvencia e inversión 3. Tarifas y modelos de pólizas Regulación sobre el contrato de seguros
Regulación n del Mercado 5. Supervisión de seguros 6. Intermediación Reformas en el marco jurídico institucional del INS que le permitan operar eficientemente en un mercado de competencia.
El INS actualmente
El INS es el líder l de la Región Centroamericana. CENTROAMERICA: COMPAÑIAS ASEGURADORAS RANKING POR PRIMAS AL 31 DE DICIEMBRE 2003 (en miles de dólares de Estados Unidos) PAIS ASEGURADORA PRIMAS Costa Rica Instituto Nacional de Seguros $317.960,00 El Salvador Seguros e Inversiones (SISA) $77.214,00 Guatemala Seguros G & T $55.314,00 El Salvador Aseguradora Suiza Salvadoreña $53.694,00 El Salvador Compañía General de Seguros $39.302,00 Guatemala Aseguradora General $36.087,00 Guatemala Seguros El Roble $34.493,00 El Salvador La Centroamericana $31.757,00 Honduras Interamericana $31.087,00 El Salvador Aseguradora Agrícola Comercial $30.399,00
El Mercado centroamericano de Seguros EL SALVADOR * $350.00 COSTA RICA $317.96 GUATEMALA $271.00 HONDURAS $190.00 NICARAGUA $50.00 TOTAL CENTROAMERICA $1,178.96 MEXICO $10,920.00 COLOMBIA $1,998.00 * Nota: El aumento en primas obedeció a un aumento en los precios durante el 2003
La prima per cápita de Seguros Prima per capita(us$) 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 CO STA RICA 61,41 69,34 78,78 86,76 79,16 86,07 79,49 EL SALVADO R 20,99 22,93 28,36 30,58 37,46 40,69 54,69 HO NDURAS 11,81 14,5 17,95 19,41 17,93 27,00 28,79 GUATEMALA 14,29 15,97 15,35 17,53 18,96 19,00 19,50
La prima per cápita de Seguros 90 80 70 60 50 COSTA RICA US$ GUATEMALA 40 EL SALVADOR HONDURAS 30 20 10 0 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003
El INS es el asegurador centroamericano que tiene la mejor y más completa distribución de cartera: Seguros Solidarios Seguros Personales Seguros Generales Otros aseguradores de la región a lo sumo ofrecen productos en los ramos de los seguros personales y generales. El desarrollo de los seguros solidarios es muy incipiente en los demás países de la región.
Productos: Distribución de la cartera SEG. SOLIDARIOS 29% AUTOS VOL. 30% SEG. PERSONALES 13% SEG. GENERALES 28%
La penetración del seguro en Costa Rica medido como la proporción de las primas directas respecto al Producto Interno Bruto (PIB) es una de las más altas de Centroamérica. La contribución del INS al Producto Interno Bruto de Costa Rica fue el 2% durante 2003. La cobertura del mercado potencial del INS en las principales líneas de aseguramiento es de las más altas de Centroamérica.
Penetración n del Mercado por línea l de Seguro 100,00% PORCENTAJE PENET. MERC. MERCADO TOTAL 80,00% 60,00% 40,00% 20,00% 0,00% AUTOMOVILES VOLUNTARIO RIESGOS DEL TRABAJO INCENDIO, TEMBLOR Y TERREMOTO COLECTIVOS DE VIDA VIDA GLOBAL
Cómo visualiza el INS el tema
Retos y Oportunidades La apertura del mercado de seguros plantea retos y oportunidades para la Institución
Retos que plantea la apertura del Mercado Llevar a cabo un proceso de transformación de la estructura, procesos, sistemas y estrategias en un plazo relativamente corto. Cambiar la visión y la cultura institucional por una visión cliente-céntrica y una cultura de servicio al cliente. Lograr un aumento sostenido de la cobertura de mercado y de nuestro posicionamiento antes de la apertura del mercado. Lograr la fidelidad de nuestros clientes, de manera que sigamos siendo su primera elección en materia de seguros en un mercado de competencia.
Oportunidades de la apertura Proceso de desregulación que le permitiría al INS operar más eficientemente. Aumento de la eficiencia operacional, actualmente limitada por la excesiva regulación estatal. Posibilidades de expansión hacia otros mercados como México, el resto de Centroamérica y Panamá. Posibilidades de concretar alianzas estratégicas con aseguradores líderes a nivel mundial que nos darían acceso a mejores tecnologías y conocimientos más especializados.
Oportunidades de la apertura Enfoque en las líneas más rentables de aseguramiento. Impulsar un mayor desarrollo de la función social de los seguros garantizando el acceso de todos los habitantes a los seguros.
Muchas gracias.