EL PARTIDO JUDICIAL DE VALDEMORO: JUZGADOS DE1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN 527 1
I.- LA PLANTA JUDICIAL El partido judicial de Valdemoro cuenta con tres Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción, el último de los cuales entró en funcionamiento en el año 21. El partido judicial tiene un ámbito territorial formado por ocho municipios (Chinchón, Ciempozuelos, San Martín de la Vega, Titulcia, Torrejón de la Calzada, Valdelaguna y Valdemoro). Los Juzgados están servidos por Jueces. II.- PLANTILLA ORGÁNICA A 31.12.3 JUECES: A la fecha indicada todos los Jueces eran titulares SECRETARIOS JUDICIALES: Todas las plazas estaban ocupadas por Secretarios titulares. PERSONAL COLABORADOR: o Definición de la plantilla: Cuerpo de Gestión Procesal: 3 Cuerpo de Tramitación Procesal: 4 Cuerpo de Auxilio Procesal: 2 III.- ESTUDIOS SOBRE POBLACIÓN 1.- DISTRIBUCIÓN POBLACIÓN TOTAL: 8.929 habitantes de derecho, según los últimos datos oficiales ofrecidos por el INE, cerrados a 1 de enero de 23. Debe tenerse en cuenta que el incremento de población a partir de esa fecha ha sido muy elevado y que el número de habitantes de hecho es también muy importante. DISTRIBUCIÓN: o El 46,33 de la población reside en Valdemoro; las siguientes localidades en número de habitantes son Ciempozuelos 5282
(19,84%) y San Martín de la Vega (16,61%). Las tres localidades tienen importantes expectativas de crecimiento. 2.- EVOLUCIÓN DE LA POBLACIÓN 1993-23 La población censada en el partido judicial ha crecido espectacularmente en el último decenio, con un incremento del 74,5%. Los mayores incrementos se han producido en Torrejón de la Calzada (+168,79%), Valdemoro (+12,72%) y San Martín de la Vega (+83,33). En el periodo analizado el número de Juzgados ha pasado de dos a tres. 9. 8. 7. 6. 5. 4. 3. 2. 1. 46.497 8.929 Nº habitantes censados 1993 23 3.- VARIACIÓN POBLACIONAL Y RITMO DE CRECIMIENTO (1998-22) En los municipios más significativos del partido judicial, Valdemoro y Ciempozuelos, la variación poblacional se situó en el 47,6% y en el 16,6%, respectivamente, mientras que en la Comunidad de Madrid fue del 8,6%. Variación Población Valor Porcentual Ritmo de crecimiento anual Valdemoro 11.17 47,6% 1,2% 529 3
Ciempozuelos 2.141 16,6% 3,9% C.A.A. 435.816 8,6% 2,1% IV.- RATIO HABITANTES/JUEZ En 1993 la ratio habitantes/juez indicaba un resultado de un juez por cada 23.248 habitantes. En 23 la ratio ha empeorado hasta situarse en un juez por cada 26.976 habitantes V.- ESTUDIO DE LA LITIGIOSIDAD EN EL ÚLTIMO QUINQUENIO 1.- ASUNTOS REGISTRADOS EN LOS JUZGADOS El volumen de asuntos ingresados en los Juzgados Mixtos ha crecido ininterrumpidamente en el último quinquenio. En 23, el porcentaje de asuntos civiles fue superior en un 85,35% al volumen de 1999. Los asuntos penales sufrieron un incremento espectacular en el mismo periodo, hasta llegar a multiplicarse por tres. 53 4
ASUNTOS CIVILES REGISTRADOS 2. 1.5 1. 949 1.153 1.132 1.435 1.759 5 ASUNTOS PENALES REGISTRADOS 2. 15.462 17.488 15. 1. 5.716 7.332 9.418 5. Una parte importante del incremento de la litigiosidad civil tras la entrada en vigor de la LEC 1/2 se ha encauzado a través del Proceso Monitorio. El número de asuntos de esta naturaleza presentado en los Juzgados de Valdemoro en 23 superó en un 144,3% el nivel del año 21. 531 5
EVOLUCIÓN DEL REGISTRO DE PROCESOS MONITORIOS 6 579 4 2 237 357 21 22 23 Desde la entrada en vigor de la LEC 1/2 los Procesos Monitorios han supuesto, por tanto, un porcentaje cada vez más importante de la litigiosidad civil. IMPORTANCIA PORCENTUAL DE LOS PROCESOS MONITORIOS EN LA LITIGIOSIDAD CIVIL 35 3 25 2 15 1 32,92 24,88 2,94 21 22 23 El número de asuntos contenciosos puros, sin incluir los Procesos Monitorios, minora la tendencia alcista apreciada en las cifras globales antes apuntadas, ya que desde esta perspectiva el nivel de la litigiosidad de 23 sería superior en un 14,2% al registrado en el año 1999. 532 6
EVOLUCIÓN DEL REGISTRO DE PROCESOS CONTENCIOSOS SIN COMPUTAR LOS PROCESOS MONITORIOS 1.1 9 7 87 1.6 783 925 992 5 Otro dato a tener en cuenta en el análisis del incremento de la entrada de asuntos en el quinquenio 1999-23 es el cambio en el sistema de registro de determinados asuntos. En efecto, hasta el año 23 las Medidas Cautelares y los incidentes no eran, en general, objeto de registro diferenciado y autónomo, ya que se tramitaban como piezas separadas de otros procedimientos principales. A partir de 23 ese volumen de trabajo, que ya existía como tal, comienza a ser registrado de forma autónoma, elevando lógicamente las cifras globales de asuntos registrados. En ese año, la suma de las Medidas Cautelares y de los Incidentes supone un 1,14% de la litigiosidad total. Si analizamos la evolución de los asuntos estrictamente contenciosos desde la perspectiva de la homogeneización de los sistemas de registro, habría que concluir que el número de asuntos ingresados en 23 fue superior en un 11,72% al del año 1999. El gráfico explicativo de esta evolución sería el siguiente: 533 7
EVOLUCIÓN DEL REGISTRO DE PROCESOS CONTENCIOSOS SIN COMPUTAR PROCESOS MONITORIOS, INCIDENTES Y MEDIDAS CAUTELARES 1.1 9 7 5 1.6 87 925 972 783 En definitiva, ese incremento de la litigiosidad que los números globales cifran en un 85,35% al final del quinquenio debe ser analizado teniendo en cuenta los factores explicados, ya que no tiene como única causa el aumento en el número de demandas presentadas, sino que también deben contemplarse como tales las modificaciones procesales y los cambios operados en los sistemas de registro. MEDIA DE INGRESO POR JUZGADO Y COMPARACIÓN CON EL MÓDULO DE ENTRADA El módulo de trabajo anual de los Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción se sitúa en 38 asuntos civiles contenciosos y en 25 asuntos penales. Salvo en el año 21, el módulo civil se ha superado año a año, situando la carga de trabajo a finales de 23 en un 37,8% por encima de lo deseable. En la Sección Penal, el incremento continuo de trabajo desde el año 2 supone un exceso sobre el estándar de trabajo que va creciendo también año tras año, hasta situarse en el +133,16%. 534 8
Módulo de Entrada Civil 6 5 4 3 2 1 53 523 435 427 38 34 Exigible Módulo de Entrada Penal 6 5 4 3 2 1 5829 5154 3666 2858 3139 25 Exigible 2.- ASUNTOS RESUELTOS EN LOS JUZGADOS El volumen de asuntos resueltos en los Juzgados Mixtos de Valdemoro ha crecido también en un último quinquenio, excepción hecha del año 22 en el área civil. El número de asuntos civiles resueltos en 23 fue superior en un 76,72% al de 1999. El nivel de resolución de asuntos penales ha sido paralelo al incremento del ingreso, llegando a multiplicarse por tres en los últimos cinco años. 535 9
ASUNTOS CIVILES RESUELTOS 1.465 1.24 1.18 887 829 2 4 6 8 1. 1.2 1.4 1.6 ASUNTOS CIVILES RESUELTOS POR JUZGADO (MEDIA) 5 45 4 35 415 444 339 413 488 3 25 2 15 1 5 ASUNTOS PENALES RESUELTOS 16592 14971 8526 686 5423 2 4 6 8 1 12 14 16 18 536 1
ASUNTOS PENALES RESUELTOS POR JUZGADO (MEDIA) 6 5 499 5531 4 3 2712 343 2842 2 1 COMPARACIÓN CON EL MÓDULO DE RESOLUCIÓN (21-23) Los Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción de Valdemoro han superado año a año el módulo de trabajo, fijado para este tipo de órganos en 125 horas. El porcentaje de superación promediado ha sido variable, como se expone en el siguiente gráfico: 537 11
SUPERACION DEL MÓDULO DE TRABAJO (Términos porcentuales) 6 53,7 5 4 34,14 3 2 12,56 1 21 22 23 3.- ASUNTOS PENDIENTES EN LOS JUZGADOS El volumen de asuntos civiles pendientes ha sufrido en los últimos cinco años una importante tendencia al alza. El número de asuntos pendientes al final del periodo superaba en un 75,87% las cifras de partida. Los asuntos penales pendientes se han visto sometidos a un proceso similar, excepción hecha del año 21, en el que se logró una ligera reducción respecto a las cifras del año anterior. Al final del quinquenio la pendencia ha experimentado una elevación del 124,49%. 538 12
ASUNTOS CIVILES PENDIENTES: DATOS GLOBALES 2. 1.5 1.127 1.393 1.515 1.737 1.982 1. 5 ASUNTOS CIVILES PENDIENTES POR JUZGADO (MEDIA) 66 579 55 697 564 1 2 3 4 5 6 7 539 13
ASUNTOS PENALES PENDIENTES: DATOS GLOBALES 4. 3. 2.886 2.285 2.845 3.65 2. 1.65 1. ASUNTOS PENALES PENDIENTES POR JUZGADO (MEDIA) 121 948 762 1443 83 2 4 6 8 1 12 14 16 4.- OTRAS VARIABLES DE LITIGIOSIDAD A.- EVOLUCION DEL TIEMPO MEDIO DE RESPUESTA EN MESES El tiempo de respuesta en meses se obtiene a través de dos variables: el número de asuntos resueltos en un año y el número de asuntos pendientes al final de esa anualidad. Este dato refleja el número de meses que, como 54 14
promedio, tarda en resolverse un asunto si las circunstancias de la anualidad que se toma como referencia de los asuntos resueltos no varían sustancialmente. En los Juzgados mixtos de Valdemoro el tiempo medio de respuesta ha sufrido las variaciones que se exponen en el siguiente gráfico, en el que respecto de los Juicios Ordinarios, Verbales y Desahucios sólo se ofrecen datos a partir de 21 debido a la modificación procesal que entró en vigor en ese año. El tiempo mensual de respuesta apreciado en 23 para los asuntos civiles prácticamente dobla el resultante de la media nacional (7,81) 7 6 5 4 3 2 1 14,9 17,2 16,3 15,4 14,8 63,3 19,6 3,2 24,2 8,1 9,4 1,6 9,2 13,8 4,6 8,1 7,3 7,8 9,7 Civil General Ordinarios Verbales Desahucios Juicios de Faltas B.- TASA DE RESOLUCIÓN La tasa de resolución indica la relación entre los asuntos resueltos en un determinado periodo y los asuntos registrados en el mismo. Cuando alcanza valores superiores a 1, indica que se está resolviendo más de lo que se ingresa, es decir, que se está reduciendo la pendencia. En los asuntos civiles, la tasa ha sufrido variaciones, pero situándose siempre en valores inferiores a la unidad. En los asuntos penales, aunque ha estado más cercana a la unidad, tampoco llega a superarla en ninguna de las anualidades estudiadas. La media nacional de los Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción para el año 23 supuso una tasa de resolución de,92 en asuntos civiles y de 1,1 en asuntos penales. 541 15
Penal Civil,94,96,9,83,94,83,86,89,76,87 23 22 21 2 1999 C.- TASA DE PENDENCIA Este concepto indica la relación entre los asuntos pendientes al final de un periodo y los resueltos durante ese periodo, de modo que es más favorable cuanto menor sea su valor. Los datos ofrecidos por los Juzgados de Valdemoro duplican la media nacional (,72) en asuntos civiles y la igualan en los asuntos penales (,21). 2 EVOLUCIÓN DE LA TASA DE PENDENCIA 1,5 1 1,35 1,57 1,48 1,4 1,35,5,29,47,26,19,21 TP Civil TP Penal 542 16
D.- TASA DE CONGESTIÓN Este dato se obtiene a partir de tres variables: los asuntos pendientes al inicio de un periodo, los registrados y los terminados durante ese mismo periodo. Refleja una situación más favorable cuanto menor es el valor resultante. Los valores medios para 23 en el conjunto del territorio nacional fueron de 1,74 en asuntos civiles y de 1,21 en asuntos penales. Penal Civil 1,22 1,18 1,44 1,46 1,29 2,38 2,37 2,48 2,57 2,35 23 22 21 2 1999 VI.- INFRAESTRUCTURAS Los Juzgados de Valdemoro están divididos en dos sedes, la primera de las cuales alberga a los Juzgados números 1 y 2 y la segunda al Juzgado número 3. Grado de satisfacción: ninguna de las dos sedes cumple de forma adecuada los requisitos de funcionalidad y espacio necesarios en los edificios públicos. Tanto los despachos como las zonas de tránsito público son pequeños. La dispersión de sedes judiciales constituye ya de por sí un factor de confusión e incomodidad para los ciudadanos y los profesionales que acuden a ellas. La escasez de espacio afecta a despachos, zonas comunes, zonas de paso y áreas de archivo, actualmente colapsadas en los Juzgados números 1 y 2 e inexistentes en el Juzgado número 3. 543 17
VII.- MAPA DE SERVICIOS JUDICIALES Y MEDIOS MATERIALES Situación actual Servicios Comunes: no está constituido ningún Servicio Común. Por acuerdo de la Junta de Jueces el Auxiliador Judicial adscrito al Decanato lleva a cabo los actos de comunicación a realizar en Valdemoro, excepto las diligencias a practicar en el Centro Penitenciario Madrid III. Oficina de Atención a la Víctima: no existe Servicio de Orientación Jurídica: no existe. El servicio establecido por el Ayuntamiento sólo se dirige a víctimas de violencia doméstica. Colegio de Procuradores: carece de sede y de empleados en el partido judicial. Servicio de traslado de escritos y documentos: no ha sido aún constituido. Fiscalía: Carece de Destacamento propio; los Fiscales que actúan en estos Juzgados pertenecen a la adscripción permanente de Getafe. Forensía: instalaciones insuficientes. Oficina de Averiguación Patrimonial: A.P. Madrid. Oficina de Peritación: T.S.J. de Madrid. Equipos Psicosociales: Carece de Equipo propio. Puntos de Encuentro Familiar: No existen. Salas de Vistas: Se cumple la ratio de una Sala para cada dos Juzgados en la sede compartida. El Juzgado número 3 dispone de Sala de uso exclusivo. Sistema de grabación audiovisual: VHS. Programa informático: Libra. El grado de satisfacción calificado por los usuarios del partido es bajo, por el excesivo tiempo de respuesta y por la dificultad para obtener listados de pendencia actualizados y fiables. 544 18
Necesidades Unificación de sedes en un emplazamiento único. Implantación de una Oficina de atención a las Víctimas Creación de Servicios Comunes para la realización de actos de comunicación y ejecución, para actos de comunicación a realizar en el Centro Penitenciario y para la emisión de informes psico-sociales en materia de jurisdicción civil familiar y violencia doméstica penal Creación de un Punto de Encuentro Familiar Efectiva creación de un registro informático interconectado Mejora sustancial del programa informático actual con impartición de cursos de formación periódicos Sustitución del actual sistema de grabación por otro más acorde con los avances tecnológicos Actuaciones en relación con el Psiquiátrico de Ciempozuelos: ampliación de la plantilla de forenses y adscripción de equipos psicosociales. VIII.- ALTERNATIVAS SOBRE PLANTA JUDICIAL Con la actual planta de Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción, el módulo de entrada se superó en 23 en unos índices preocupantes (+37,8% en asuntos civiles y +133,17% en asuntos penales). Para que la carga de trabajo estuviera ajustada a este estándar de trabajo sería precisa la creación de al menos dos nuevos Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción. En la hipótesis de funcionamiento de los cinco Juzgados, el módulo de entrada civil no se alcanzaría inicialmente, con un déficit aproximado del 17%, pero esta situación se compensaría con el exceso de trabajo penal (que se cifraría en el +4%) PROPUESTA: Creación de dos Juzgados de Primera Instancia e Instrucción. 545 19