Ministerio de Hacienda Dirección General del Presupuesto. Política Presupuestaria 2004

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Transcripción:

Ministerio de Hacienda Dirección General del Presupuesto Política Presupuestaria 2004 San Salvador, El Salvador, Centroamérica Abril de 2003

I N D I C E INTRODUCCIÓN...2 I. FUNDAMENTO LEGAL DE LA POLÍTICA PRESUPUESTARIA...2 II. OBJETIVOS Y PRIORIDADES NACIONALES...2 A. Objetivos Nacionales...2 B. Prioridades Nacionales...3 1. Desarrollo Social...3 2. Administración de Justicia y Seguridad Ciudadana...3 3. Apoyo al Desarrollo Económico...3 4. Conducción Administrativa...4 5. Deuda Pública y Obligaciones Generales del Estado...4 III. POLÍTICA FISCAL...4 IV. DISPONIBILIDAD GLOBAL DE RECURSOS...4 V. NORMAS GENERALES DE FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA...4 A. Normas de Formulación Presupuestaria para el Gobierno Central e Instituciones Descentralizadas No Empresariales...5 B. Normas de Formulación Presupuestaria para las Empresas Públicas No Financieras...5 C. Fundamentos Legales y Técnicos...6 D. Responsables...6 E. Calendario de Actividades...7 F. Consideraciones Finales...7 1

Política Presupuestaria 2004 INTRODUCCIÓN El presente documento de Política Presupuestaria contiene los lineamientos y criterios de carácter general y específicos para orientar y facilitar el desarrollo del proceso de formulación del Presupuesto para el ejercicio fiscal del 2004. La política presupuestaria 2004 está orientada, por una parte, a contribuir al mantenimiento de la estabilidad macroeconómica y, por otra, a lograr una asignación eficiente de los recursos públicos provenientes de la recaudación de los impuestos y tasas por servicios públicos y de desembolsos de préstamos y donaciones aprobados por la Asamblea Legislativa. La asignación de los recursos se hará en función de las prioridades nacionales en materia social, económica y de seguridad pública. La política presupuestaria 2004, se formula a partir de los resultados de estabilidad económica alcanzados durante el 2002 y las perspectivas 2003 en términos de tasas de crecimiento económico y de inflación. I. FUNDAMENTO LEGAL DE LA POLÍTICA PRESUPUESTARIA La formulación de la Política Presupuestaria se realiza con base a los artículos 28, 29 y 30 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, y al artículo 40 de su Reglamento y su ámbito de aplicación es el Sector Público, de conformidad con el artículo 2 de la Ley antes citada. II. OBJETIVOS Y PRIORIDADES NACIONALES Los objetivos y prioridades nacionales para el ejercicio fiscal 2004 se establecen en consistencia con el Programa de Gobierno 1999-2004, base sobre la cual se definen las áreas estratégicas de acción, que permitirán a través de la ejecución de programas y proyectos, garantizar aquellos bienes y servicios públicos que contribuirán al desarrollo humano integral, impulsar el desarrollo de todos los sectores nacionales y conservar la estabilidad económica nacional. A. Objetivos Nacionales 1. Dar prioridad al gasto en programas de alto contenido social, con el fin de generar mejores condiciones de desarrollo y mayor participación de los diferentes sectores sociales del país. 2. Ejecutar los niveles de inversión pública, acorde a las necesidades nacionales y de acuerdo a la disponibilidad de recursos. 3. Contribuir a la estabilidad y el crecimiento económico, a través de la reducción del déficit fiscal, mediante el incremento de las recaudaciones de ingresos y una estricta disciplina y austeridad en el manejo del gasto público. 2

B. Prioridades Nacionales 1. Desarrollo Social a. Mejorar la calidad de los servicios educativos, mediante la introducción de tecnologías educativas y la transferencia de recursos financieros para atender las necesidades en los diferentes niveles educativos. b. Mejorar la calidad y equidad de la educación mediante el fortalecimiento de la participación de la comunidad educativa y del resto de actores locales. c. Facilitar el acceso a la educación introduciendo nuevas modalidades de atención. d. Prevenir enfermedades con la promoción de la salud ambiental y saneamiento básico, mediante programas integrales con la participación organizada de la comunidad. e. Mejorar el acceso y la calidad de los servicios de salud para alcanzar la eficiencia en la prestación de los mismos. f. Facilitar el acceso a la vivienda a la población, prioritariamente a los sectores de más bajos ingresos g. Facilitar el financiamiento al desarrollo local, para la realización de proyectos y obras de beneficio general para la comunidad. h. Apoyar el sistema previsional, asegurando el financiamiento del pago de pensiones de los trabajadores jubilados. i. Fomentar el acceso al deporte en todo el país, dándole mayor importancia a la participación de la niñez y juventud. j. Apoyar a los gobiernos municipales en el desarrollo de los proyectos de atención de servicios básicos. k. Continuar apoyando programas orientados a niños, juventud, mujeres y sectores de la tercera edad. l. Mantener apoyo a las ONG s que ejecutan programas de inversión. 2. Administración de Justicia y Seguridad Ciudadana a. Facilitar el financiamiento para el cumplimiento de las políticas, en materia de seguridad pública, jurídica y ciudadana. b. Mejorar el control y vigilancia de los centros penitenciarios. c. Mantener la tranquilidad, el orden y la seguridad pública en el ámbito nacional. 3. Apoyo al Desarrollo Económico a. Incrementar los flujos de comercio tanto en el mercado interno como externo, promoviendo los Tratados de Libre Comercio (TLC s) e impulsando el desarrollo de la competencia y competitividad de actividades productivas para continuar creando empleos. b. Generar oportunidades a la población rural, promoviendo el desarrollo de las actividades productivas agropecuarias, forestales y pesqueras, que mejoren su rentabilidad, competitividad y sostenibilidad. c. Ampliar, rehabilitar y conservar la red vial existente. d. Proteger el medio ambiente y manejar de manera sostenible los recursos naturales. 3

4. Conducción Administrativa a. Continuar mejorando los niveles de eficiencia en el uso de los recursos, mediante una prudente y disciplinada gestión administrativa y financiera. b. Mejorar los niveles de ingresos públicos a través del fortalecimiento de los mecanismos de recaudación y fiscalización. c. Reducir costos y mejorar la transparencia de los procesos de compras de la administración pública mediante el uso de medios electrónicos públicos. d. Financiar el desarrollo del proceso de elecciones presidenciales en el 2004. 5. Deuda Pública y Obligaciones Generales del Estado a. Atender oportunamente el servicio de la deuda pública, tanto a nivel interno como externo. b. Cumplir con todas aquellas obligaciones del Estado, derivadas de leyes y convenios establecidos, así como de compromisos con Organismos Internacionales. III. POLÍTICA FISCAL La política fiscal para el ejercicio 2004, está orientada al mantenimiento de la estabilidad macroeconómica a través de la prudencia y disciplina fiscal, permitiendo con ello que la economía nacional reduzca el efecto de los impactos negativos de los shock internos y externos y por otra parte, a mantener la credibilidad de los mercados internacionales y el acceso al financiamiento en condiciones favorables. Lo anterior permitirá continuar apoyando el desarrollo de programas en materia social, económica y de seguridad ciudadana. En congruencia con lo anterior, los objetivos de la política fiscal del año 2004 son los siguientes: Mantener el déficit fiscal del SPNF en un nivel por debajo del 2% del PIB. Obtener una recaudación tributaria superior al 12% del PIB. Ejecutar inversión pública por un monto equivalente al 3.0% del PIB. Mantener el saldo de la deuda pública por debajo del 40% del PIB. IV. DISPONIBILIDAD GLOBAL DE RECURSOS La disponibilidad global estimada de recursos considera los que son captados internamente en concepto de ingresos corrientes, de capital y por contribuciones especiales (FOVIAL), los cuales se complementan con los provenientes de recursos externos como desembolsos de préstamos y donaciones aprobados por la Asamblea Legislativa. El monto del Proyecto de Presupuesto General para el ejercicio fiscal 2004 no será mayor al del ejercicio fiscal 2003, con excepción de los recursos destinados a inversión social y pago de pensiones que en conjunto se estima crecerán hasta un 10 % con relación a dicho año. No obstante, el Ministerio de Hacienda podrá revisar los montos asignados en base a la ejecución del presupuesto vigente y a la estimación definitiva de los recursos disponibles. V. NORMAS GENERALES DE FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA En armonía a lo anterior y de acuerdo al literal e del Art. No. 41 del Reglamento de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, a continuación se presenta la normativa que orientará y regirá el Proceso de Formulación del Proyecto de Presupuesto Institucional 2004, la cual deberá aplicarse de manera obligatoria por parte de todas las instituciones del SPNF. 4

A. Normas de Formulación Presupuestaria para el Gobierno Central e Instituciones Descentralizadas No Empresariales Para la formulación del Proyecto de Presupuesto Institucional 2004, el Gobierno Central e Instituciones Descentralizadas No Empresariales deberán aplicar las normas generales que a continuación se definen. 1. El monto del presupuesto institucional deberá ser igual o menor al Presupuesto Votado 2003. 2. El gasto corriente deberá programarse observando criterios de austeridad y optimización, debiendo atenderse de forma prioritaria todos aquellos necesidades básicas e ineludibles, que resultan de carácter indispensable para la gestión institucional. Esto determina que todas las instituciones deben estimar su presupuesto de personal con plazas y niveles salariales igual a los vigentes, por lo que queda suspendido cualquier incremento salarial; en los bienes y servicios proyectar las adquisiciones indispensables tomando en cuenta las existencias institucionales y en los otros rubros de gastos establecer los montos bajo un estricto análisis que permita su efectiva orientación al cumplimiento de políticas públicas. 3. Todas las instituciones deberán programar en sus gastos de capital, únicamente proyectos de inversión contenidos en el Programa de Inversión del Sector Público No Financiero y en el Programa de Desembolsos establecidos por la Dirección General de Inversión y Crédito Público. Los préstamos y donaciones externas que financien proyectos de inversión, tendrán que estar aprobados y ratificados por la Asamblea Legislativa, y disponer de las contrapartidas respectivas con cargo al Fondo General. Queda suspendida la programación de recursos financieros para la adquisición de bienes muebles, así como la de bienes inmuebles para oficinas. 4. El servicio de la deuda pública deberá presupuestarse de conformidad a la programación de recursos que establezca la Dirección General de Inversión y Crédito Público. En el caso de las Instituciones Descentralizadas No Empresariales deben programar el servicio de la deuda pública conforme lo establecen los convenios de préstamos garantizados por el Estado. 5. En el caso de todos aquellas estimaciones de gastos reguladas por diferentes aspectos, como leyes, normas, convenios, acuerdos, reglamentos o contratos colectivos, éstas deben fijarse de conformidad a lo estipulado por la base legal establecida, programando los recursos estrictamente necesarios e ineludibles. 6. Las estimaciones de los ingresos y egresos fiscales deberán expresarse en dólares y en cantidades enteras terminadas en cero o en cinco, a excepción de los salarios individuales del personal; en todo caso, para sus estimaciones globales deberán de aplicar la regla antes establecida. B. Normas de Formulación Presupuestaria para las Empresas Públicas No Financieras Dado el carácter especial de estas instituciones, las cuales se dedican a la producción de servicios para la venta en el mercado y por lo tanto obtienen resultados de operación, a continuación se establecen las normas generales que deberán aplicar para la elaboración del Proyecto de Presupuesto Institucional 2004. 1. Las Empresas Públicas para reflejar los diferentes aspectos de su gestión, deberán elaborar los siguientes presupuestos: de Resultados Operativos, de Inversiones, Financiero Administrativo y el de Caja; asimismo, deberán elaborar los Estados Financieros Básicos proyectados para el ejercicio 2004, los cuales es obligatorio acompañarlos a los respectivos proyectos de presupuesto. 5

2. La formulación del presupuesto deberá comprender los ingresos derivados de la prestación efectiva de servicios conforme a tasas y tarifas debidamente legalizadas. 3. Los gastos operativos deberán proyectarse con criterio de productividad, que preserve márgenes de rendimiento económico y asegure las operaciones eficientes de las empresas; se deberá controlar el impacto de los gastos administrativos y financieros para permitir una rentabilidad promedio satisfactoria. 4. Formular la Inversión en función de los resultados de operación, el comportamiento de la demanda futura del mercado y de la capacidad de endeudamiento de la empresa. Asimismo, dicha inversión deberá estar establecida en el Programa de Inversión del Sector Público No Financiero. 5. El servicio de la deuda (interna y externa) con garantía del Estado deberá ser obligatoriamente presupuestado para pagarse con recursos generados por la gestión de la empresa y en armonía a la programación establecida por la Dirección General de Inversión y Crédito Público. 6. Los Proyectos de Presupuesto y de Salarios deberán elaborarse en el Sistema Informático diseñado para tales efectos; en caso que no se ajustara dicho sistema a las operaciones de la institución, ésta deberá remitir dichos proyectos utilizando los formatos establecidos por la Dirección General del Presupuesto. 7. Las Empresas Públicas No Financieras deberán aplicar en forma adicional a las normas anteriores, la regulación que se establece en el Romanos V, Literal A, numeral 6. C. Fundamentos Legales y Técnicos Para desarrollar las operaciones del proceso de formulación del Proyecto de Presupuesto del ejercicio 2004, las instituciones públicas deberán aplicar de manera estricta, los instrumentos legales y técnicos que a continuación se definen. 1. Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado y su Reglamento con las reformas. 2. Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. 3. Manual de Clasificación para las Transacciones Financieras del Sector Público. 4. Manual de Procedimientos del Ciclo Presupuestario de las UFI. 5. Manual Técnico del Sistema de Administración Financiero Integrado. 6. Guía para la Preparación del Proyecto de Presupuesto y el Manejo de los Formatos de Formulación Presupuestaria. 7. Bases para la Preparación del Plan Anual de Trabajo. 8. Circular No. SAFI-DGP 01/99 Proceso Administrativo Financiero para la Elaboración del Presupuesto de Recursos Humanos. 9. Plan Estratégico del Gobierno de El Salvador - Programa La Nueva Alianza. 10. Programa de Inversión del Sector Público No Financiero. 11. Sistema Computarizado para la Formulación Presupuestaria del Gobierno Central e Instituciones Descentralizadas y Empresas Públicas. 12. Acuerdos, manuales y demás normas técnicas y disposiciones legales expedidas sobre la materia. D. Responsables El Ministerio de Hacienda a través de la Dirección General del Presupuesto, será el responsable de coordinar y proporcionar la asesoría permanente para elaborar los Proyectos de Presupuesto de las Instituciones del Gobierno Central, Instituciones Descentralizadas y Empresas Públicas. 6

Las Unidades Financieras Institucionales (UFIS) deben conformar con las unidades operativas el Comité Técnico Presupuestario quienes deberán darle estricto cumplimiento a las presentes normas, o en caso de no observar dichas normas, la Dirección General del Presupuesto esta facultada para efectuar los ajustes necesarios a efecto de compatibilizar los recursos con las metas macroeconómicas del país. E. Calendario de Actividades El calendario de actividades contiene los plazos máximos en los cuales se desarrollará el Proceso de Formulación del Proyecto de Presupuesto del ejercicio fiscal 2004 y se establece de la manera siguiente: Actividad 1 Divulgación de Normas de Formulación 2004 2 Asesoría permanente del Proceso de Formulación del Presupuesto 2004 y Sistema Computarizado 3 Elaboración Presupuesto Institucional 4 Presentación Presupuesto Institucional 5 Análisis y consolidación del Proyecto de Presupuesto 6 Discusión y aprobación del Proyecto de Presupuesto 7 Presentación del Proyecto de Presupuesto a la Asamblea Legislativa Responsable Ministerio de Hacienda DGP DGP Instituciones SPNF Instituciones SPNF DGP Secretaria Técnica Presidencia de la República y Consejo de Ministros Consejo de Ministros Meses/Semanas Mayo Junio Julio Agosto Sept. 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 F. Consideraciones Finales A todas aquellas instituciones públicas que no cumplan con los plazos establecidos para la presentación del Proyecto de Presupuesto Institucional, el cual será a más tardar el día 18 de julio del presente año, se les aplicará lo estipulado en el Art. 33 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, el cual en el inciso tercero establece que el incumplimiento en la presentación del Proyecto de Presupuesto Institucional en los plazos establecidos por el Ministerio de Hacienda, faculta a dicho Ministerio para que realice los ajustes pertinentes al presupuesto vigente y considerarlo como proyecto de la institución infractora. San Salvador, Abril de 2003. 7