OPINIÓN DEL COLEGIO DE BIÓLOGOS DE MADRID RELATIVA AL PROYECTO DE RECLASIFICACIÓN DEL AHN DE TORRELODONES



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Transcripción:

OPINIÓN DEL COLEGIO DE BIÓLOGOS DE MADRID RELATIVA AL PROYECTO DE RECLASIFICACIÓN DEL AHN DE TORRELODONES EL ÁREA HOMOGENEA NORTE DE TORRELODONES En España el desarrollo urbanístico desmesurado y descontrolado se ha convertido en los últimos años en el principal agente destructor de nuestra biodiversidad, nuestro entorno natural y nuestro paisaje. En este sentido conviene recordar que somos uno de los países que, aún habiendo firmado el Protocolo de Kioto, ha aumentado más sus emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), gases que constituyen la causa directa y unánimemente reconocida del principal efecto del cambio climático. Nuestro país es hoy, además, escenario de los peores síntomas de ese desarrollo que no contempla los criterios de sostenibilidad, sacrificando el entorno y los recursos naturales, entre lo que podemos citar como ejemplo el urbanismo salvaje y el despilfarro de los recursos hídricos. Ante esta situación nos preocupa el hecho de que la actuación frente a ella no sea una prioridad indiscutible de muchas administraciones, sobre todo en el ámbito local. Y, en definitiva, nos preocupa que el medio ambiente no sea tenido en cuenta en la medida que demanda, reclama y exige la situación a la que nos enfrentamos en los inicios de este siglo XXI. Uno de los espacios más singulares y de excepcional valor ambiental, ubicado en el término municipal de Torrelodones es el conocido con los topónimos de Prado de La Solana, Las Minas, Las Caballerizas y El Enebral, denominado por el Plan General con el nombre de Área Homogénea Norte (AHN en adelante). Abarca una superficie cercana a las 130 ha al sur del municipio y queda delimitado al oeste por la A 6 y al norte por la Carretera de El Pardo. Estos terrenos pertenecen al Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares, declarado para conservar los valores ambientales del corredor que une el Monte de El Pardo con las cumbres de la Cuerda Larga (Sierra del Guadarrama). La zona del AHN fue incluida dentro de los límites del Parque no 1 de 11

por casualidad, sino precisamente por el valor ambiental de sus terrenos y porque forman parte del citado corredor. Asimismo, el AHN esta incluida dentro la Red Natura 2000 (Directiva 92/43/CEE), un conjunto de espacios de todos los países de la UE en los que se han localizado hábitats naturales de interés a escala europea. Concretamente, el AHN está integrada dentro del Lugar de Importancia Comunitaria Cuenca del Río Manzanares (ES 3110004). El objetivo de los estados miembros con su preservación, es garantizar la conservación de la biodiversidad europea. Los límites de este LIC fueron propuestos por la Comunidad de Madrid a la Unión Europea tras realizar un análisis profundo de los hábitats de la región y establecer aquéllos que debían ser protegidos, de acuerdo a la Directiva Hábitats. Por otro lado, con fecha 9 de noviembre de 1992 y por decisión de la Nueva Directiva del Consejo Internacional del Programa sobre el Hombre y la Biosfera, el Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares forma parte integrante de la red internacional de Reservas de la Biosfera, entregándose el diploma acreditativo el 15 de febrero de 1993. Breve descripción ambiental del AHN El Prado de la Solana, Las Caballerizas y El Enebral constituyen un corredor verde entre los Parques Regionales de la Cuenca Alta del Manzanares y el del Río Guadarrama y su entorno. De acuerdo con la cartografía oficial de la Comunidad de Madrid y el Mapa Forestal de España, la zona alberga un ecosistema maduro de encinar carpetano (asociación vegetal Junipero oxycedri-quercetum rotundifoliaea). En las visitas realizadas a la zona se ha comprobado que, efectivamente, el AHN alberga una magnífica representación del bosque mediterráneo propio de esta zona geográfica, en el que se integra toda la serie de vegetación correspondiente al encinar carpetano con enebros, desde la vegetación potencial óptima, con zonas de una densidad 2 de 11

arbórea alta, hasta las distintas etapas de sucesión (retamar, jaral, bolinar, etc.). En dicho ecosistema se intercala vegetación de soto o de ribera a lo largo de los arroyos de carácter temporal y, asimismo, son también de gran interés los pastizales con juncedas presentes en varios enclaves. La especie arbórea dominante es la encina (Quercus ilex L. ssp. ballota) con más de 20.000 individuos, muchos de ellos de gran porte y edad. En segundo lugar, predomina el enebro de la miera (Juniperus oxycedrus L). Emboscándose en la zona, sorprende encontrar grandes quejigos (Quercus faginea Lam. ssp. broteroi) y alcornoques (Quercus suber L.), probablemente vegetación relicta y magníficas rarezas botánicas en esta zona silícea de la Comunidad de Madrid. Algunos ejemplares serían dignos de ser catalogados como árboles singulares, por su porte y belleza. Varios arroyos estacionales que surcan la zona, han desarrollado bosques de ribera, constituyendo refugio para la fauna. La vegetación y la orla espinosa está compuesta sobre todo por zarzas (Rubus spp.), rosales silvestres (Rosa spp.), madreselvas (Lonicera spp.), sauces (Salix cinerea), fresnos (Fraxinus angustifolia), chopos (Populus nigra), arces de Montpellier (Acer monspessulanum), majuelos (Crataegus monogyna), etc. Otra vegetación arbustiva presente, dentro de las series de vegetación propias del encinar, son la mediterránea combinación de jaral (Cistus ladanifer), retamar (Retama sphaerocarpa), aulagar (Genista scorpius), tomillar (Thymus vulgaris, T. mastichina), cantuesar (Lavandula stoechas ssp. pedunculata), con la compañía de helicrisos, santolinas y olivillos. La presencia de varios pastizales hermosos y diversos da frescor y sustento al ecosistema. Toda esta diversidad vegetal supone una riqueza florística de más de 300 especies de plantes vasculares y un alto índice de biodiversidad. Asimismo, la heterogeneidad de la vegetación enriquece la zona con hábitats diversos que posibilitan la existencia de un buen número de aves (más de medio centenar de especies se encuentran en la zona de forma habitual), así como un notable elenco de especies de mamíferos, reptiles y anfibios. Entre todas estas 3 de 11

especies, cabe destacar el águila imperial (Aquila adalberti) y el topillo de Cabrera (Microtus cabrerae), ambas incluidas en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, la primera con la categoría de en peligro de extinción y la segunda como vulnerable. Además de la importancia de muchos de los elementos biológicos singulares presentes en la zona (numerosas especies recogidas en los catálogos regional y nacional de flora y fauna amenazada, además de las ya citadas), no hay que olvidar que el principal valor de este espacio natural reside en el conjunto, como un ecosistema o unidad ambiental. En la Estrategia Española para la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica se subraya la visón ecosistémica, es decir, la necesidad de considerar los ecosistemas en su conjunto, para garantizar las interacciones entre todos sus elementos y garantizar así el mantenimiento de los ciclos biogeoquímicos y de la compleja arquitectura natural necesaria para la vida y mantenimiento del planeta. Además de todo lo anterior, otro de los aspectos que confieren mayor valor ambiental a este paraje es su privilegiada ubicación entre varios espacios naturales protegidos (Monte de El Pardo, Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares y Parque Regional del Río Guadarrama), por lo que constituye el único corredor biológico entre ellos. En definitiva, por sus valores naturales, paisajísticos, sociales, educativos, recreativos y estéticos; por sus funciones ecológicas y como corredor verde; por simple respeto a tanto ser vivo, por su biodiversidad y vulnerabilidad; esta zona única, debiera ser definitivamente protegida. Por estos motivos el Ayuntamiento de Torrelodones aprobó por unanimidad en 2003 la clasificación del AHN como Suelo No Urbanizable Especialmente Protegido. Proyecto de reclasificación del AHN por la corporación actual 4 de 11

A pesar de todo lo anterior, el equipo de gobierno actual (con la opinión contraria de toda la oposición) pretende recalificar la zona para construir 1500 viviendas, locales comerciales y un campo de golf. Ello ha provocado una contundente respuesta contra esas políticas anacrónicas de deforestación, insostenibilidad y pérdida de calidad de vida. Ello resulta sorprendente si se tiene en cuenta que El Plan Rector de Uso y Gestión del PRCAM donde se enclava el AHN establece en su artículo 6.2.4 que: las zonas que encierren alto valor ecológico, tanto desde el punto de vista intrínseco como por su repercusión en el resto de las zonas del Parque deberán mantener su clasificación como suelo no urbanizable, si así lo están en el planeamiento general vigente. Y también señala que deberían considerarse, por su peculiar valor, los encinares de los términos municipales situados en la zona P. Cabe señalar también algunos de los principios de la Estrategia Española para la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica * donde se establece que: Se debe evitar la fragmentación de las poblaciones silvestres y facilitar el intercambio genético entre ellas a través de una red de corredores ecológicos y la consecución de una mayor conectividad entre los espacios naturales a través de su consideración en la planificación y gestión del territorio. Se señala también en dicha Estrategia que: Es grave la proliferación de construcción de viviendas e infraestructuras variadas en torno a los espacios naturales protegidos, a los que se utiliza como reclamo de inversión. Las alteraciones de los hábitats en estos casos son especialmente graves, ya que se elimina con gran facilidad el necesario efecto * Documento elaborado por el Estado Español, siendo Ministra de Medio Ambiente Dña. Isabel Tocino, con la finalidad de dar respuesta a tanto a los compromisos adquiridos por el estado Español con la ratificación del Convenio de Río como a los que se derivan de la firma de otros convenios, de los acuerdos internacionales y de las normas de la Unión Europea. 5 de 11

de amortiguación de impactos que deben ejercer las zonas periféricas de estos espacios para garantizar su supervivencia. La planificación espacial debe promover el uso sostenible del suelo y garantizar una distribución geográfica de las actividades económica más equilibrada y debe contribuir a evitar presiones excesivas sobre ciertas partes del territorio y tener en cuenta las necesidades ecológicas en el conjunto del territorio. Hay que considerar el valor total de los componentes de la diversidad biológica, destacando, además de los que hoy se le reconocen derivados del uso productivo o de recreo, aquellos que no son tácitamente reconocidos por carecer de un valor de mercado y que sin embargo ofrecen un servicio básico a la sociedad (valores de opción, de existencia, ecológico, patrimonial y cultural). En definitiva, entre las acciones prioritarias y medidas a adoptar recogidas en este documento se señala en su punto 4.2.3.2. Planificar el uso del territorio garantizando la conservación de la diversidad biológica. El proyecto del Ayuntamiento de Torrelodones sobre el AHN contravendría todos estos principios. Las causas que se arguyen en la memoria técnica para llevarlo a cabo son la degradación que sufre la zona y el riesgo de incendios. Ambas razones son insostenibles. Sólo se aprecia degradación en las zonas próximas a la vía de servicio de la A 6 y en las proximidades del cementerio, mientras que el resto del área se mantiene en un buen estado de conservación. Por otro lado, la sustitución de la vegetación autóctona de monte mediterráneo por un campo de golf y urbanizaciones para evitar el riesgo de incendios, no merece comentarios. Por el contrario, consideramos que el proyecto del ayuntamiento supondría los siguientes efectos sobre la zona: - Trasformación de los usos del suelo. - Transformación de la cubierta vegetal. - Sobreexplotación de recursos (en este caso agua). - Desaparición de especies a escala local. 6 de 11

- Pérdidas de efectivos poblacionales. - Pérdida de diversidad genética. - Fragmentación de las poblaciones. - Fragmentación, modificación y destrucción de hábitats y ecosistemas. - Pérdida de diversidad paisajística. En el estudio de incidencia ambiental presentado por el Ayuntamiento se observa una deficiente consideración general de los valores ambientales y de la diversidad biológica de la zona antes señalados. Pero, por el contrario, el valor ambiental de la zona es indiscutible, como ya se ha señalado y viene refrendado por diversos informes de catedráticos e investigadores del CSIC de reconocido prestigio en los campos de la Biología, Ecología y de la Planificación Territorial. Dado que el valor intrínseco que presenta un bosque en sí mismo se obvia en el modelo de planificación propuesto por el Ayuntamiento, nos vemos obligados a recordarlos aquí, recurriendo para ello a diversos documentos que debieran ser bien conocidos por los responsables de la gestión del medio ambiente: A nivel mundial, los bosques contienen la mayor proporción de diversidad biológica en términos de especies, material genético y procesos ecológicos y tienen un valor intrínseco para la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica. Además, los bosques desempeñan un papel crucial para aminorar el cambio climático y minimizar sus efectos sobre la conservación de otros ecosistemas. (Estrategia Española para la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica, página 144) La ordenación, la conservación y el desarrollo sostenible de todos los tipos de bosques son fundamentales para el desarrollo económico y social, la 7 de 11

protección del medio ambiente y de los sistemas sustentadores de la vida en el planeta. Los bosques son parte del desarrollo sostenible. (Asamblea de Naciones Unidas en su sesión especial de junio de 1997) En la Comunidad de Madrid, los montes y sus ecosistemas forestales, especialmente los boscosos, proporcionan directamente a la sociedad, con independencia de quién sea su propietario y sin que éste se lucre por ello, una serie de beneficios indirectos, como son: la protección de los suelos, de los cultivos, de los fondos de los valles, de las poblaciones y las obras civiles, de los efectos de aguas torrenciales; mejora y conservación de la calidad de las aguas; control de la erosión; defensa de los embalses contra aterramientos; efectos beneficiosos sobre el clima, paliando el efecto invernadero y modificando los climas zonales y microclimas, moderando las situaciones extremas; su contribución a mejorar la calidad del paisaje, la absorción del CO 2 y formación de oxígeno, entre otros. Por ello, para la Comunidad de Madrid, dado el carácter protector que tienen sus ecosistemas forestales, esta función es muy importante, considerando la alta densidad de su población para la que los montes, especialmente los arbolados, constituyen un verdadero pulmón. Por todo lo anterior, en la Comunidad de Madrid la permanencia, mejora y conservación de sus montes y, en especial, sus masas forestales arboladas, cualquiera que sea su propiedad, proporcionan verdaderos beneficios indirectos para la sociedad. Consecuente con todo lo anterior, la Comunidad de Madrid, por Decreto 50/1999, de 8 de abril, aprobó el Plan Forestal, con un período de vigencia desde el año 2000 hasta el 2019, ambos inclusive, con los objetivos de conservar, mejorar, defender y restaurar las áreas forestales de la Comunidad de Madrid y conservar e incrementar en ellas la biodiversidad. (ORDEN 4259/2005, de 30 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid). 8 de 11

Cabe señalar además que la Ley de Montes del Estado Español (Ley 43/2003, de 21 de noviembre de 2003) en su artículo 5 (Concepto de monte) señala que: A los efectos de esta Ley, se entiende por monte todo terreno en el que vegetan especies forestales arbóreas, arbustivas, de matorral o herbáceas que cumplan o puedan cumplir funciones ambientales, protectoras, culturales, paisajísticas o recreativas. Los montes, independientemente de su titularidad, desempeñan una función social relevante, tanto como fuente de recursos naturales como por ser proveedores de múltiples servicios ambientales, entre ellos, la protección del suelo y del ciclo hidrológico; de fijación del carbono atmosférico; de depósito de la diversidad biológica y como elementos fundamentales del paisaje. El reconocimiento de estos recursos y externalidades, de los que toda la sociedad se beneficia, obliga a las Administraciones públicas a velar en todos los casos por su conservación, protección, restauración, mejora y ordenado aprovechamiento. Las propuestas del ayuntamiento pretenden, como medida de protección, conservar ejemplares de arbolado especialmente singulares o pequeños rodales aislados, algo que elimina por completo el valor ambiental del AHN. Pero, el valor ambiental del AHN no reside sólo en los ejemplares de encinas, quejigos, enebros o alcornoques que crecen en la zona individualmente considerados, sino en el conjunto del encinar con todas sus formaciones vegetales asociadas, en la fauna que albergan y en el paisaje que definen. Por tanto, los méritos de conservación del espacio están vinculados a la preservación de una zona amplia de dominante natural que debe ser considerada como una unidad ambiental no fragmentable. Su fragmentación para proteger sólo determinados elementos o parcelas (como pretende el Equipo de Gobierno de Torrelodones) no es admisible desde el punto de vista de la conservación del medio ambiente. En definitiva, debe ser tenida en 9 de 11

cuenta la función ecológica de la cubierta vegetal para combatir la erosión y mantener el ciclo hidrológico que sustenta los ecosistemas y hábitats importantes para la biodiversidad. El valor ambiental del AHN se complementa, además, por su posición estratégica entre el Monte de El Pardo, el Parque Regional del Curso Medio del Río Guadarrama y el Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares, lo que la convierte en un auténtico corredor ecológico entre estos espacios protegidos y, a su vez, en zona de amortiguamiento. CONCLUSIÓN Recientemente, con motivo de la inauguración de la VII Conferencia de Naciones Unidas contra la desertificación, la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, Beatriz Elorriaga, ha destacado el valor de las superficies arboladas ya que combaten la erosión, la sequía y el empobrecimiento del medio natural y actúan como sumideros de CO 2 (según sus palabras textuales). Precisamente, para combatir este problema, la Comunidad de Madrid ha puesto en marcha el Plan Azul (dentro de su estrategia de calidad del aire y cambio climático 2006-2012). Según dijo la Consejera, este plan incluye una serie de repoblaciones (plantación de más de 15 millones de árboles), que permitan que una de cada tres hectáreas de la región sea arbolada, lo que supondrá una reducción de 500.000 toneladas anuales de CO 2. Siendo loables estos planes de repoblación, consideramos que la prioridad de la política ambiental de nuestra Comunidad debe ser la preservación de las masas arbóreas ya existentes. Por todo lo anterior instamos al Ayuntamiento de Torrelodones y a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, como garante de la protección del medio ambiente de todos los madrileños, a que tomen todas las medidas necesarias para que se cumpla la 10 de 11

legislación citada, incluídas la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid, que en su preámbulo dice que el Plan General armoniza dos derechos constitucionales como son la ordenación urbanística y la protección del medio ambiente, la Ley 2/2002, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, que en su Título II regula el procedimiento de análisis ambiental de los planes y con el que se pretende incorporar el compromiso ambiental en fases previas a la de ejecución del Plan y finalmente la Ley 9/2006, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, que en su exposición de motivos informa que el proceso de evaluación ambiental estratégica de los planes que elaboren las distintas administraciones públicas, no ha de ser una mera justificación de los planes, sino un instrumento de integración del medio ambiente en las políticas sectoriales para garantizar un desarrollo sostenible más duradero, justo y saludable que permita afrontar los retos de la sostenibilidad.. En Madrid, a 20 de febrero de 2008 Decano Colegio Oficial de Biólogos de la Comunidad de Madrid 11 de 11