Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos



Documentos relacionados
Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos

Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos

NORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO (Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2012)

TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013*

Capítulo I. Reconocimiento de créditos.

NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER A LA UNIVERSITAT JAUME I

Reglamento de la Escuela Universitaria TAI para las convalidaciones, reconocimiento y transferencia de créditos

NORMATIVA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD PARA LAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE GRADO

REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS. RD 1393/2007

De conformidad con el Real Decreto 1393/2007, por el que se establece la ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales

SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS 1. Objeto y ámbito. Este sistema tiene por objeto establecer los procedimientos de

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LAS TITULACIONES DE GRADO UNIVERSIDAD LOYOLA ANDALUCÍA

REGLAMENTO SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS DE GRADO Y MÁSTER

Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos

CURSO DE ADAPTACIÓN PARA LOS DIPLOMADOS EN PODOLOGÍA QUE QUIERAN ACCEDER AL GRADO EN PODOLOGÍA Curso Académico

NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LOS TÍTULOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE

Proceso de Admisión Máster Universitario en Valoraciones, Tasaciones y Peritaje Judicial de Universidad Europea

La puesta en marcha de las nuevas titulaciones en Ciencias de la Vida: Retos y soluciones. Encuentro interuniversitario. León, Septiembre 2011.

ANEXO NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO. jueves 12 de noviembre de 2015

Fecha/Hora: 24/06/ :05:56. Firmante: Q B - SECRETARIO GENERAL - UNIVERSIDAD DE MURCIA. Código seguro de verificación: QVJDMUFBQUxJUQ==

AÑO VIII 10 de noviembre de 2011 BOUC nº 14 I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE

NORMATIVA ACADÉMICA Y DE PROCEDIMIENTO 38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ÁVILA

Artículo 2. Formas de obtención Los alumnos podrán obtener los créditos de libre configuración por: 1. Asignaturas 2. Reconocimiento de créditos

REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS CULTURALES, DEPORTIVAS, DE

Normativa académica de Grado

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA TITULACIONES ADAPTADAS AL ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN SUPERIOR (EEES)

Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior. Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos en Grados y Másteres

Artículo 23. Efectos del Reconocimiento de Créditos. Expediente académico.

REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA

Acceso y Admisión a Grado Secretaría General - Secretaría Técnica

NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER A LA UNIVERSITAT JAUME I

10. PRÁCTICAS EXTERNAS

I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE.

1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

ANEXO IV BAREMO PARA LA CONVOCATORIA ESPECÍFICA DE AMPLIACIÓN DE LAS LISTAS DE EMPLEO

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE GRADO EN TRABAJO SOCIAL

REAL DECRETO 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

CRITERIOS MÍNIMOS E INSTRUCCIONES PARA EL TRABAJO INTERDISCIPLINAR DE MÓDULO

UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA

NORMATIVA PARA EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS

Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado.

Respuestas a preguntas frecuentes sobre el reconocimiento de créditos en titulaciones de máster oficial (FAQ).

Para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Máster se requiere cumplir alguna de las siguientes condiciones:

NORMATIVA SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN

5.1 Estructura de las enseñanzas

Procedimiento para la solicitud de MODIFICACIONES en los Títulos Universitarios Oficiales de Grado y Máster

Normativa específica de movilidad de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales. (Acuerdo de la Junta de Facultad de 12 de mayo de 2011)

CURSO DE ADAPTACIÓN PARA LOS DIPLOMADOS EN PODOLOGÍA QUE QUIERAN ACCEDER AL GRADO EN PODOLOGÍA Curso Académico

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE. Edición 30 de octubre de 2013

TÍTULO V LIBRE ELECCIÓN CURRICULAR

BAREMO DE MÉRITOS EN EL PROCEDIMIENTO DE INGRESO PUNTOS DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA

NORMATIVA SOBRE ADAPTACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS EN LA UNIVERSIDAD DE JAÉN. (Aprobada por el Consejo de Gobierno el 22 de septiembre de 2006)

NORMATIVA DE TRABAJO FIN DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA

Normativa para el Reconocimiento y Transferencia de Créditos en Títulos Oficiales de Grado y Máster de la Universidad Politécnica de Valencia

Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9

Alumnos de Nuevo Ingreso Master en Gestión y Administración Pública

9.4. NORMAS ESPECÍFICAS DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN FUNCIÓN DE LOS ESTUDIOS PREVIOS SUPERADOS

EVALUACIÓN SOBRE LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE PLAN DE ESTUDIOS

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA SOLICITUD DE CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD O ACREDITACIONES PARCIALES ACUMULABLES

Máster Oficial en Ingeniería Informática. Perfil de Ingreso Recomendado

CONVALIDACIÓN DE MODULOS PROFESIONALES DE TITULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL

El nombramiento del CAM tendrá una duración de dos años, y sus funciones

PROCEDIMIENTO DE ADPATACION, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN EL CSEULS

REGLAMENTO DE CRÉDITOS POR PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN Y SOLIDARIDAD ( Programa de Voluntariado de la UC)

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

ÍNDICE. Exposición de motivos

3.- Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos. Reglas específicas para cada apartado.

Normativa de reconocimiento y transferencia de créditos de la Universidad Politécnica de Madrid

1. Estar matriculado de un curso completo o de una parte equivalente a la duración del periodo de intercambio.

NORMAS Y CRITERIOS GENERALES DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LOS MASTER

CONVALIDACIONES DE FORMACION PROFESIONAL (ORIENTACIONES)

Adaptaciones / Convalidaciones

NORMATIVA REGULADORA DE LA OBTENCIÓN DE CRÉDITOS DE LIBRE ELECCIÓN DE LA UMH Ultima modificación Consejo Gobierno 03/05/2006

DOCTORADO EN INGENIERÍA ELÉCTRICA, ELECTRÓNICA Y CONTROL INDUSTRIAL Curso 2013/2014

JOAQUÍN LOMBA MAURANDI, SECRETARIO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD PONTIFICIA DE SALAMANCA PARA LOS TÍTULOS DE GRADO Y MÁSTER

Curso de acceso de los Diplomados en Trabajo Social al título de Graduado en Trabajo Social de la Universidad de Zaragoza

En dicha normativa se establecen dos tipos de Prácticas Externas (PE):

CONVALIDACIÓN/ADAPTACIÓN DE ESTUDIOS

RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CREDITOS XXVI JORNADAS DE GERENCIA UNIVERSITARIA

NORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS

Los ámbitos de aplicación de estas becas corresponden a las áreas académicas de la ESCUELA AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO.

Bases del programa de Becas-Colaboración de la Universidad Europea del Atlántico Curso Académico 2015/2016

Dentro de la formación polivalente, se consideran incluidas tanto la Formación Profesional de Base como la Formación Profesional Específica.

NORMATIVA REGULADORA DE LA OFERTA DE ASIGNATURAS Y ACTIVIDADES TRANSVERSALES EN LAS TITULACIONES DE GRADO

A N E X O V I I I ANEXO VIII. BAREMO PARA LOS SISTEMAS DE ACCESOS ENTRE LOS CUERPOS DE FUNCIONARIOS DOCENTES (B-A y A-A)

PLANTILLA DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS DE GRADO Y MÁSTER UNIVERSITARIO

TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO

BASES DEL PROGRAMA DE BECAS DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DEL ATLÁNTICO CURSO ACADÉMICO 2016/2017

NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA

2. La Junta de Centro establecerá y aprobará este reglamento.

TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO DE COMPETENCIAS TRANSVERSALES Y PROFESIONALES DE LOS TÍTULOS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

CONVOCATORIA DE PLAZAS VACANTES ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA DE LORIGUILLA.CURSO

La Universidad en Internet

Transcripción:

Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos Mayo 2015

SISTEMA DE TRANSFERENCIA Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos para el acceso y admisión de estudiantes que deseen cursar el Primero.- Reconocimiento de créditos Primero.1) Se entiende por reconocimiento de créditos la aceptación de los créditos que, habiendo sido obtenidos por el alumno en unas enseñanzas oficiales, en Mondragón Unibertsitatea o en otra Universidad, se computen en las enseñanzas del, a los efectos de la obtención de un título oficial. Esta Escuela Politécnica Superior podrá reconocer créditos por enseñanzas cursadas en otras Universidades o en otros títulos en función de la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las materias cursadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios, o bien si son de carácter transversal, siempre que la carga lectiva en créditos ECTS sea similar, a excepción de los créditos correspondientes al trabajo fin de grado. En cualquier caso la unidad mínima de reconocimiento será la asignatura. Los créditos reconocidos según lo recogido en los apartados primero.1) serán calificados con calificaciones numéricas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 del R.D. 1125/2003, de 5 de septiembre. Primero. 2) Asimismo, podrán ser objeto de reconocimiento los créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales no universitarias, a los que se refiere el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Los criterios para el reconocimiento de créditos son los establecidos por Real Decreto 1618/2011, de 14 de noviembre, sobre reconocimiento de estudios en el ámbito de la Educación Superior: a) El reconocimiento de estudios se realizará teniendo en cuenta la adecuación de las competencias, conocimientos y resultados de aprendizaje entre las materias conducentes a la obtención del título de y los módulos o materias del correspondiente título de Técnico Superior. b) Cuando entre los títulos de Técnico Superior alegados y el exista una relación directa se garantiza el reconocimiento de 30 ECTS mínimamente. 2

c) En el resto de casos en el que no existe relación directa el nº máximo de créditos reconocibles se establecerá para cada título. d) A efectos de lo dispuesto en el artículo 4.2 del RD 1618/2010, se entenderá que existe una relación directa entre las titulaciones pertenecientes a diferentes enseñanzas que aparecen relacionadas en el anexo 2 del citado RD. e) Las relaciones directas de los títulos universitarios de grado con los títulos de enseñanzas artísticas, de técnico superior y de técnico deportivo superior se concretarán mediante un acuerdo entre las universidades que los impartan y la Administración educativa correspondiente. Asimismo se han establecido los siguientes límites al reconocimiento de créditos: f) El procedimiento de reconocimiento de créditos en ningún caso podrá comportar la obtención directa del a través del reconocimiento de la totalidad de sus enseñanzas. g) En ningún caso podrán ser objeto de reconocimiento o convalidación los créditos correspondientes al trabajo de fin de grado. h) El nº de ECTS reconocidos en el no podrá ser superior a 144 ECTS. i) En cualquier caso la unidad mínima de reconocimiento será la asignatura. Así pues el número mínimo y máximo de créditos reconocibles será el siguiente: Tabla 1 Créditos reconocidos en enseñanzas universitarias Entre títulos no afines Entre títulos afines Nº máximo de ECTS reconocidos Nº máximo de ECTS reconocidos 36 144 A estos efectos, hasta la fecha, se han identificado los siguientes reconocimientos entre CFGS y GRADO. En cualquier caso la unidad mínima de reconocimiento será la asignatura. 3

GRADO EN INGENIERÍA BIOMÉDICA (plan 2013) RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS ENTRE CFGS Y GRADOS NO AFINES A. Reconocimiento de créditos entre el Audiología Protésica y el SANIDAD Audiología Protésica (LOE) Total 4,5 B. Reconocimiento de créditos entre el Documentación Sanitaria y el SANIDAD Técnico Superior en Documentación Sanitaria (LOGSE) Sistemas de información en la sanidad 6 Total 10,5 C. Reconocimiento de créditos entre el Automa zación y robó ca industrial y el ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA Automa zación y robó ca industrial (LOE) Tecnologías de control y robó ca 4,5 Total 9 D. Reconocimiento de créditos entre el Técnico Superior de Sistemas de Telecomunicaciones e Informá cos y el ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA Técnico Superior de Sistemas de Telecomunicaciones e Informá cos (LOGSE) Redes de comunicaciones 3 Total 7,5 E. Reconocimiento de créditos entre el Diseño en Fabricación Mecánica y el FABRICACIÓN MECÁNICA Diseño en Fabricación Mecánica (LOE) Expresión gráfica I 6 Expresión gráfica II 4,5 Tecnologías de fabricación 4,5 Total 19,5 F. Reconocimiento de créditos entre el Administración de Sistemas Informá cos y el INFORMÁTICA Y COMUNICA CIONES Administración de Sistemas Informá cos (LOGSE) Redes de comunicaciones 3 Total 7,5 G. Reconocimiento de créditos entre el Química Industrial y el QUÍMICA Química Industrial (LOE) Química 6 Total 10,5

La descripción detallada de las enseñanzas oficiales no universitarias referidas en las propuestas A., B., C., D., E., F. y G. anteriores que serán objeto de reconocimiento en el Grado en Ingeniería se han recogido en el anexo I al final de este documento. Los créditos reconocidos según lo recogido en los apartados primero.1) y primero.2) serán calificados con calificaciones numéricas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 del R.D. 1125/2003, de 5 de septiembre. Primero. 3) La experiencia laboral y profesional acreditada podrá ser también reconocida en forma de créditos que computarán a efectos de la obtención del título de, siempre que se cumplan los siguientes requisitos: a) El alumno deberá acreditar documentalmente la experiencia laboral, presentando: El extracto de la vida laboral actualizado. Certificación del director o responsable superior que dé fe de la experiencia profesional y/o laboral del solicitante, en la que se harán constar mínimamente: la duración de la experiencia profesional, el ámbito laboral en el que se ha aplicado el solicitante y las características del desempeño laboral. Declaración realizada por el propio solicitante en la que exponga: la actividad profesional desarrollada, las competencias profesionales adquiridas mediante dicha actividad, los conocimientos adquiridos, y la(s) asignatura(s) para las que solicita el reconocimiento. b) La unidad mínima de reconocimiento será la asignatura y las competencias a ellas asociadas, no pudiendo reconocerse unidades de ECTS que no constituyan una asignatura. Y los créditos correspondientes al trabajo fin de grado no podrán ser objeto de reconocimiento. c) Los criterios utilizados para el reconocimiento de créditos por la experiencia profesional acreditada serán: -Estar en posesión de un título universitario oficial (español o extranjero) -El tiempo de experiencia profesional -El modo de dedicación a la actividad profesional desarrollada, plena (equivalente al 100% de la actividad profesional o parcial (equivalente al 50% de la actividad profesional. d) La solicitud escrita se completará con una entrevista con el interesado en la que el(los) profesor(es) de la(s) asignatura(s) contrastarán la adquisición, por parte del alumno, de los conocimientos y competencias para los que solicita el reconocimiento. De la combinación de dichos tres criterios recogidos en el punto c) surge la siguiente tabla, que recoge el tiempo de experiencia profesional requerido para los casos en que los estudiantes y las estudiantes se hallan en posesión de un título universitario oficial: 5

Tiempo requerido para el reconocimiento de créditos: Tabla 2 Reconocimiento de créditos por la experiencia profesional UNIDADES DE RECONOCIMIENTO Podrán reconocerse hasta un máximo de 4,5 ECTS correspondientes a asignaturas del plan de estudios (y las competencias asociadas) Dedicación plena (equivalente al Dedicación parcial (equivalente al 100% de la actividad profesional 50% de la actividad profesional 12 meses 24 meses Podrán reconocerse créditos correspondientes a las prácticas en empresa, siempre que se acredite la adquisición de competencias del Grado, aunque dichas competencias no hayan podido ser asignadas a asignaturas concretas o la experiencia profesional no se haya considerado suficiente para reconocer todos los ECTS de la asignatura de que se trate en cada caso. Tabla 3 Unidades de reconocimiento UNIDADES DE RECONOCIMIENTO Dedicación plena (equivalente al 100% de la actividad profesional Dedicación parcial (equivalente al 50% de la actividad profesional Unidad mínima: 4,5 ECTS 12 meses 24 meses Unidad máxima: 30 ECTS 78 meses 156 meses Los créditos reconocidos por los casos contemplados en los apartados primero. 3) y primero. 4), no computarán a efectos de baremación del expediente. Primero. 4). Podrán reconocerse al menos 6 ECTS 1 del Plan de estudios por la participación en actividades por la participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación. El anexo IV recoge el Reglamento para el reconocimiento de créditos en los estudios de Grado por la participación en actos y actividades extraescolares promovidas por la Universidad. Primero. 5) - Se establecen los siguientes límites al reconocimiento de créditos: El Trabajo Fin de Grado no podrá reconocerse bajo ningún concepto. El número máximo de créditos que sean objeto de reconocimiento a partir de la experiencia profesional y laboral no podrá ser superior a 36 ECTS. 1 El equipo de diseño de título acordó que el nº máximo de créditos que pueda reconocerse por estas actividades sea 6. 6

Segundo.- Transferencia de créditos Se entiende por transferencia de créditos, la inclusión en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, de la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en Mondragón Unibertsitatea o en otra Universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial. Tercero.- Expediente Académico En el expediente académico del alumno se recogerán todos los créditos obtenidos por el estudiante en enseñanzas oficiales, de Mondragón Unibertsitatea o de otra Universidad, para la obtención del título, sean transferidos, reconocidos o superados, indicando lo que corresponda en cada caso. Cuando se trate de créditos reconocidos, se hará constar la siguiente información referida a las enseñanzas de procedencia: la(s) universidad(es), las enseñanzas oficiales y la rama a la que estas se adscriben; las materias y/o asignaturas obtenidas y el nº de créditos, y la calificación obtenida. Esta última información se omitirá en el caso de los créditos reconocidos por la experiencia laboral o profesional. Cuarto.- Suplemento Europeo al título El Suplemento Europeo al Título expedido a los alumnos reflejará todos los créditos obtenidos por el estudiante en enseñanzas oficiales, de Mondragón Unibertsitatea o de otra Universidad, para la obtención del título correspondiente, sean transferidos, reconocidos o superados, con las mismas especificaciones que se han determinado para el Expediente Académico. 7