CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS IMPOCONTA realiza la Constitución Gratuita de Empresas en un máximo de 48 horas, y le asesora para que elija el tipo de empresa más apropiado. Comprobará que resulta más fácil de lo que imaginó Tanto para la Constitución Gratuita y Express como para la Constitución Presencial, realizamos los siguientes servicios: Estudio de circunstancias y características de la empresa, actividad y mercado objetivo. Planteamiento de diferentes alternativas: S.L., S.A., autónomo, Comunidad de Bienes, Civil, Laboral, Profesional, etc... Ventajas, inconvenientes y recomendaciones. Elaboración de documentación legal, Acuerdo de Voluntades, Estatutos, Escrituras, Contratos, etc. Tramitación completa de la constitución, incluidos alta en hacienda y alta en seguridad social de empresa, autónomos y trabajadores. Alta en registros obligatorios. Legalización de los libros de Acta, Registro de Socios, etc. 1.- CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS CONSTITUCIÓN GRATUITA DE SOCIEDADES EN 48 HORAS (constitución telemática). Podemos constituir su S.L. GRATIS y en solo 48 horas, a cambio de aceptar nuestro presupuesto de asesoría y anticiparnos las dos primeras cuotas con descuento del 5%. Incluye: Estatutos, Alta en Hacienda y Seguridad Social tanto de la empresa como de los administradores y trabajadores, liquidación del Impuesto sobre Transmisiones, Inscripción en el Registro Mercantil, Publicación en el Boletín Oficial, Inscripción de ficheros en la Agencia de Protección de Datos, registro de la marca (tasas aparte) e inicio de la Licencia de Apertura (si se encuentra en Madrid). Además los gastos de Notario y Registro Mercantil serían a precios muy reducidos: -Para S.L. con hasta 3.100 euros de capital: 100 euros al Notario, 40 al Registro Mercantil y 13,5 por la obtención del nombre - Para S.L. con hasta 30.000 euros de capital: 180 euros al Notario, 100 al Registro Mercantil y 13,5 por la obtención del nombre El primer paso es la reserva de la Denominación Social (nombre de su empresa), trámite que podemos hacer nosotros o usted directamente Aquí.
CONSTITUCIÓN GRATUITA DE SOCIEDADES (constitución presencial). Las que por su tipología o características no puedan constituirse telemáticamente, podemos constituirlas gratuitamente por el procedimiento presencial, solo que en un plazo de 15 días, si bien en menos de 48 horas dispondrá del NIF y podrá facturar y recibir facturas, suscribir contratos, etc. En estos casos los honorarios del Notario y del Registro Mercantil dependerán del Capital Social, del número de socios, etc. CONSTITUCIÓN GRATUITA DE COMUNIDADES DE BIENES Y SOCIEDADES CIVILES EN 4 HORAS Incluye escritura de constitución, obtención del NIF, Comunidad de Madrid y Altas en Hacienda y Seguridad Social, tanto de la empresa como de los administradores y trabajadores. ALTA GRATUITA DE AUTÓNOMOS EN 1 HORA (constitución telemática).. Incluye Alta en Hacienda y Seguridad Social, tanto del autónomo como de los trabajadores, Inscripción de ficheros en la Agencia de Protección de Datos, registro de la marca (tasas aparte) e inicio de la Licencia de Apertura (si se encuentra en Madrid). Puede solicitarnos información sobre la constitución de su empresa rellenando el formulario que aparece en la página siguiente y enviándonoslo por fax o email o pulsando Aquí. Puede salirle gratis y en 48 horas.
SOLICITUD DE INFORMACIÓN PARA CONSTITUIR UNA EMPRESA Rellenar el siguiente formulario y enviar por fax o email. Enviar al Fax 91 386 70 77 o al e-mail info@impoconta.es También puede llamarnos al teléfono 91 386 1046
.- TIPOS DE EMPRESA En España existen diferentes formas jurídicas para la creación de empresas. A continuación se muestra el cuadro comparativo de todas ellas: PERSONALIDAD PERSONAS FÍSICAS PERSONALIDAD PERSONAS JURÍDICAS FORMA EmpresarIo individual Comunidad de bienes civil es Mercantiles es mercantiles especiales FORMA Nº DE SOCIOS 1 colectiva de responsabilidad limitada Limitada Nueva Empresa anónima comanditaria por acciones comanditaria simple laboral cooperativa Agrupación de interés económico de inversión mobiliaria CAPITAL RESPONSABILIDAD FISCALIDAD DIRECTA mínimo legal mínimo legal mínimo legal Nº DE SOCIOS 1 Máximo 5 1 3 3 CAPITAL mínimo legal 3.000 3.01 Máximo 10.0 60.000 60.000 mínimo legal 60.000 (SAL) 3.000 (SLL) fijado en los Estatutos mínimo legal fijado en los Estatutos IRPF (rendimientos por actividades económicas) IRPF (rendimientos por actividades económicas) IRPF (rendimientos por actividades económicas) FISCALIDAD RESPONSABILIDAD DIRECTA Socios colectivos: Socios comanditarios: Limitada Socios colectivos: Socios comanditarios: Limitada Limitada (Régimen especial)
3.- CARACTERÍSTICAS DE LA SLNE Y DE LA SL Limitada Nueva Empresa (SLNE) El Capital mínimo deberá ser desembolsado mediante aportaciones dinerarias. Y es de 301. El Capital máximo es de 10.0. El número de socios máximo es de cinco en el momento de la constitución. Los socios deben ser personas físicas. El Objeto Social es genérico (permite mayor flexibilidad en el desarrollo de actividades empresariales distintas sin tener que modificar estatutos). No poner Servicios Profesionales únicamente, debido a la nueva Ley. Se podrán utilizar unos Estatutos Sociales Orientativos. La utilización de estos estatutos sociales posibilita que los trámites en notaría y la calificación y/o inscripción en el R.M., se realicen en cada caso en el plazo de 48 horas. La Denominación Social está formada por los apellidos y nombre de unos de los socios seguida de un código alfanumérico de 10 dígitos y un letra más SLNE, aunque una vez constituida la empresa se puede cambiar la denominación y si se hace en los tres meses siguientes a la firma con el notario, no existen gastos arancelarios ni notariales ni regístrales. Existen unas ventajas fiscales que consisten en algunos aplazamientos como el ITP. IRPF e es. Además existe la posibilidad de abrir una cuenta ahorroempresa. En la SLNE el administrador obligatoriamente es uno de los socios. Los órganos sociales son muy sencillos: Una junta general y un Órgano de Administración unipersonal o pluripersonal, sin constituir Consejo de Administración. de Responsabilidad limitada (SRL) No es obligatorio que el Capital mínimo sea desembolsado en aportaciones dinerarias, puede ser en aportaciones no dinerarias., y es de 3006 No hay máximo. No hay número máximo de socios. Los socios pueden ser personas físicas y jurídicas. El objeto social no es genérico, debe estar definido según las actividades que vayan a desarrollar. (Pedir Objeto Social redactado. Mejor en CD o soporte digital).(de momento no se pueden tramitar es Profesionales). No hay Estatutos Orientativos y el plazo de inscripción en el R.M es aproximadamente de 15 días. El nombre se registra antes de la tramitación, en el RMC.(Lo tiene que hacer uno de los socios). Deben traernos la Certificación negativa del RMC. n esos aplazamientos. Puede haber Consejo de Administración, en cuyo caso los estatutos, o en su defecto la Junta General, fijarán el número mínimo y máximo de sus componentes, sin que en ningún caso puedan ser inferior a tres ni superior a doce. (La firma la tendrían los Consejeros delegados, que deberían estar dados de alta en la Seguridad Social, en el Régimen que le correspondiera). Los administradores pueden ser no socios (siempre que los estatutos lo contemplen). Las altas en Seguridad Social se harán de forma presencial si la fecha de inicio de actividad es posterior al mes de la cita notarial. Hay que pedir más documentación: Certificación del RMC, objeto social redactado, y si algún socio es empresa: Denominación Social, Domicilio Social, Fecha de inscripción en el RMP, Fecha de otorgamiento de escritura, CIF y datos del Representante.
4.- CARACTERÍSTICAS DE LA EMPRESA INDIVIDUAL: AUTÓNOMOS Control total de la empresa por parte del propietario que dirige su gestión. La personalidad jurídica de la empresa es la misma que la de su titular (empresario), quien responde personalmente de todas las obligaciones que contraiga la empresa. diferenciación entre el patrimonio mercantil y su patrimonio civil. No precisa proceso previo de constitución. Los trámites se inician al comienzo de la actividad empresarial. La aportación de capital a la empresa, tanto en su calidad como en su cantidad, no tiene más límite que la voluntad del empresario. Es una forma empresarial idónea para el funcionamiento de empresas de muy reducido tamaño. Es la forma que menos gestiones y trámites ha de hacer para la realización de su actividad, puesto que no tiene que realizar ningún trámite de adquisición de la personalidad jurídica. Puede resultar más económico, dado que no crea persona jurídica distinta del propio empresario. La responsabilidad del empresario es ilimitada. Responde con su patrimonio personal de las deudas generadas en su actividad. El titular de la empresa ha de hacer frente en solitario a los gastos y a las inversiones, así como a la gestión y administración. Si su volumen de beneficio es importante, puede estar sometido a tipos impositivos elevados ya que la persona física tributa por tipos crecientes cuanto mayor es su volumen de renta, mientras que las de reducida dimensión (menos de 10 millones de de cifra de negocios) tributan al tipo del 5% sobre los primeros 10.0,41 de beneficios.