30. Beca Indígena Apoyo económico para que estudiantes indígenas accedan y permanezcan en el sistema educacional. Se trata de un aporte económico para facilitar la permanencia de estudiantes en el sistema educacional. La beca se paga en 2 cuotas anuales para estudiantes de educación básica y media ; y en 9 cuotas anuales para estudiantes de educación superior, en cualquiera de las ofi cinas del BancoEstado. La beca es renovable si persisten los requisitos exigidos. Para niños, niñas y jóvenes indígenas que están cursando enseñanza básica, media y educación superior, con buen rendimiento académico y situación socioeconómica vulnerable. La fecha de postulación y renovación de la beca se informa a través del sitio web: www.junaeb.cl Los alumnos de básica y media, en el Departamento de Desarrollo Social de la municipalidad donde viven, solicitando hablar con el o la asistente social a cargo del programa. Los alumnos de educación superior, en la Dirección de Asuntos Estudiantiles de su establecimiento de educación superior, a través del o de la asistente social a cargo del programa. Para mayor información llamar a la línea gratuita 800 835 840 o consultar la página web: www.junaeb.cl Ser hijo o hija de padre o madre indígena, incluso adoptivos. Ser descendiente de alguna de las etnias indígenas, con al menos un apellido indígena, hasta la 3ª generación (abuelo, padre, hijo), debidamente acreditado por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI). Mantener las formas de vida, costumbres y religión indígenas de un modo habitual o ser cónyuge de indígena. Tener una situación económica y familiar deficitaria. Tener un promedio mínimo de 5,0 en enseñanza básica y media, y de 4,5 en educación superior. Fotocopia de cédula de identidad del alumno/a. Certifi cado extendido por CONADI que acredite calidad indígena(sólo para aquellos estudiantes que no posean apellido indígena). Fotocopia de libreta de ahorro del BancoEstado (una vez asignado el beneficio). Certificado de notas del periodo escolar correspondiente. Comprobante de matrícula. Documentación que acredite los ingresos económicos del grupo familiar. Otra documentación exigida por la asistente social para verificar antecedentes (certificado médico, credencial de discapacidad, etc.). Para renovar la beca se solicita certifi - cado de matrícula y certificado de notas. El trámite es sin costo para el beneficiario. Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB), Ministerio de Educación (MINEDUC).
32. Beca Presidente de la República para Educación Media Apoyo económico para que estudiantes de escasos recursos con excelente rendimiento académico. Es un aporte económico durante 10 meses al año y se renueva anualmente. El monto es de libre disposición, es decir, el alumno decide cómo ocuparlo. Se deposita en la cuenta de ahorro del estudiante en el Banco Estado, el último día hábil del mes, de marzo a diciembre de cada año. Los postulantes son evaluados por una asistente social que les asigna puntaje de acuerdo a su situación socio-económica y académica. La beca es entregada a los postulantes con más altos puntajes socioeconómicos, de acuerdo a la cantidad de cupos disponibles cada año. La no renovación de la beca dentro del plazo estipulado, es causal inmediata de suspensión del benefi cio. Para alumnos de escasos recursos y excelente rendimiento académico que quieran cursar educación media. La postulación y renovación de la beca se realiza en el Departamento Social de la municipalidad donde residen los interesados, entre los meses de noviembre y diciembre de cada año. Para renovar el benefi cio el alumno debe haber obtenido un promedio de 6,0 o más en sus notas y mantener la situación económica que dio origen a su beca. Para mayor información llamar a la línea gratuita 800.835.840 o consultar la página web: www.junaeb.cl Tener un promedio de notas anual igual o superior a 6,0. Acreditar con documentos situación socioeconómica defi citaria. Fotocopia de la cédula de identidad. Fotocopia de la libreta de ahorro BancoEstado, una vez asignado el benefi cio. Certifi cado de notas del período escolar correspondiente. Documentación que acredite los ingresos económicos del grupo familiar. Documentación anexa solicitada por el o la asistente social. Certifi cado de práctica emitido por el establecimiento de educación media, para quienes postulen a 5º año de enseñanza media técnico-profesional. El trámite es gratuito para los postulantes. Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB), Ministerio de Educación (MINEDUC).
8. Pensión Básica Solidaria de Vejez o de Invaliez (ex PASIS) Un beneficio mensual en dinero a las personas pertenecientes al sector más pobre de la población que no tienen derecho a una pensión. Si recibía la Pensión Asistencial (PASIS) de vejez o invalidez, a partir de julio de 2008 recibirá la Pensión Básica Solidaria de $60.000 mensuales, que aumentará a $75.000 en julio de 2009, y será recibida mediante el mismo sistema de pago actual. Para ello no tiene que hacer ningún trámite adicional. La Pensión Básica Solidaria de Vejez es un benefi cio mensual en dinero que entrega el Estado a las personas que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional y que cumplan los requisitos. La Pensión Básica Solidaria de Invalidez, es un beneficio mensual en dinero a personas califi cadas de inválidas que no tienen derecho a pensión en algún sistema previsional y cumplan con los requisitos. Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBS de Vejez) Tener 65 años o más. Residir en el país hace 20 años, desde los 20 años de edad, y al menos 4 de los últimos 5 años anteriores a la solicitud del benefi cio. Tener un puntaje igual o inferior a 11.734 puntos en la Ficha de Protección Social (FPS). Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBS de Invalidez) Tener entre 18 y menos de 65 años de edad Haber sido declarado inválido por la Comisión Médica de Invalidez. No tener derecho a una pensión en algún régimen previsional. Acreditar un mínimo de residencia en Chile de 5 años, en los últimos 6 años anteriores a la solicitud del benefi cio Tener un puntaje igual o inferior a 11.734 puntos en la Ficha de Protección Social (FPS). Instituto de Normalización Previsional (INP), Ministerio del Trabajo. Para mayor información consulte en la Página Web: www.reformaprevisional.cl o llamando gratis al 800 64 60 90 Las personas menores de 18 años con discapacidad mental, que recibían PASIS, mantienen el monto de ese subsidio. Este beneficio se llama Subsidio para personas con discapacidad mental.
13. Subsidio Único Familiar, SUF Monto en didero mensual para mujeres de escasos recursos sin previsión. Es un aporte equivalente a la asignación familiar, que se entrega, por cada carga familiar, a mujeres de escasos recursos que no tienen previsión. La mujer benefi ciada además tiene derecho, en forma gratuita, a atención y prestaciones médicas preventivas, curativas y odontológicas, en el consultorio de salud que le corresponde. El benefi cio termina el 31 de diciembre del año en que la carga familiar (hijo, hija, nieto, nieta) que originó el subsidio, cumple 18 años de edad. La mujer debe demostrar que sus cargas familiares (hijos propios, adoptivos, huérfanos, etc.), hasta los 8 años de edad, participan en los programas de atención infantil del Ministerio de Salud. Para mujeres de escasos recursos que tienen niños que viven a sus expensas. La solicitud se presenta en la municipalidad donde vive la interesada. Una vez estudiados sus antecedentes y comprobado que reúne los requisitos del subsidio, el alcalde emite una resolución que envía al INP para que éste efectúe el pago. El pago se hace a través de un banco o en las plazas de pago del Instituto de Normalización Previsional (INP). El derecho al subsidio familiar termina cuando ya no se cumplen los requisitos exigidos; cuando la interesada deja de cobrar el benefi cio durante 6 meses continuados o no entrega los antecedentes que le solicita el municipio o el INP. Ser una persona de escasos recursos. No estar afi liada a ningún sistema previsional. Tener cargas familiares. Cédula de identidad. Libreta de familia. Documentos que le solicite la municipalidad respectiva. No, el trámite es gratuito. Instituto de Normalización Previsional (INP), Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
12. Subsidio al Consumo de Agua Potable y Alcantarillado Ayuda a pagar el agua potable y alcantarillado a familias de extrema pobreza. Consiste en el fi nanciamiento por parte del Estado, de una parte o porcentaje del pago mensual de un consumo máximo de metros cúbicos de agua potable y alcantarillado a usuarios residenciales de escasos recursos. El pago de los subsidios es efectuado por la municipalidad directamente a los prestadores (empresas sanitarias) o a los administradores (sistemas de agua potable rural). El subsidio dura tres años, pero se puede renovar por un período igual mientras se reúnan los requisitos de procedencia establecidos en la Ley Nº 18.778. El benefi cio se pierde: Cuando la familia deja de cumplir con algunos de los requisitos establecidos para su otorgamiento o mantenimiento. Por no pago de la parte no subsidiada durante 3 meses continuados. Por cambio de domicilio fuera de la comuna. Por no informar a la municipalidad el cambio de domicilio dentro de la comuna. Por renuncia voluntaria del benefi cio. Por cumplimiento del plazo legal. Por negarse a entregar la información que la municipalidad le solicite para la revisión del beneficio. Para usuarios residenciales de escasos recursos. En la municipalidad donde reside el interesado o interesada o en la empresa sanitaria o sistema de agua potable rural. Debe ser residente permanente de una vivienda ubicada en el área urbana o rural (propietario, arrendatario o usufructuario). La vivienda debe contar con conexión al servicio de agua potable. Debe estar al día en los pagos. Debe presentar formulario de postulación debidamente completado, con letra legible, que contenga los antecedentes del solicitante y de la familia principal. Este formulario puede ser requerido en las municipalidades o empresas de agua potable. Última cuenta de agua pagada. De existir cuentas impagas, presentar un documento que demuestre la existencia de un convenio de pago o de repactación de la deuda entre el interesado y la empresa sanitaria o sistema de agua potable correspondiente. Presentar el formulario de postulación, a nombre del jefe o jefa de familia. Ficha de Protección Social al día. El trámite es sin costo para el benefi ciario. Ministerio de Planifi cación (MIDEPLAN) La administración, concesión, extinción y pago de los subsidios es responsabilidad de las municipalidades del país.