Normas para los Ministros Extraordinarios de la Sagrada Comunión



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Transcripción:

I. INTRODUCCIÓN La distribución durante la Misa es un ministerio litúrgico importante en las parroquias de nuestra diócesis. Además de ofrecer el sacramento del Cuerpo y la Sangre de Cristo al pueblo de Dios, los Ministros Extraordinarios de la Sagrada Comunión son testigos de la fe, en la presencia real de Cristo, a través de sus acciones y conforme a la dignidad y reverencia con que tratan el Cuerpo de Cristo. La Oficina de la Liturgia les provee estas normas para ofrecerles algunas observaciones y principios generales sobre este ministerio tan importante de la Iglesia. Para que este ministerio funcione adecuadamente, es necesario que se tomen en cuenta las necesidades particulares de cada comunidad de fe. Estas normas definen el contenido de las leyes litúrgicas sobre este asunto, las exigencias de una buena liturgia Eucarística, y las expectativas de la Iglesia universal y local. Los Ministros Ordinarios son los Obispos, Presbíteros y Diáconos. Cuando ellos estén presentes en la liturgia, y estén investidos de acuerdo a su orden, ellos deberán cumplir con este ministerio. A la misma vez, En cada celebración de la Eucaristía deberá haber un número suficiente de ministros para que pueda ser distribuida de manera ordenada y reverente (Norma 27). La misma necesidad surge frecuentemente para asegurarse de que los enfermos o los confinados a sus hogares puedan recibir este Sacramento. En esto casos, la ley de la Iglesia permite que se nombren Ministros Extraordinarios para asistir, pero no para reemplazar, a los ministros ordinarios (Normas 26-28; RS 151-160). Por lo tanto, agradeciéndoles su ministerio, adoptamos las siguientes normas en relación a los Ministros Extraordinarios (MESC) para ser utilizadas en la Diócesis de Orlando de forma tal que resalte la dignidad de esta oficina y guie el ministerio de aquellos que han sido llamados a ayudar a llevar la Presencia Eucarística de Cristo a sus hermanas y hermanos. Estas normas reemplazan todas las normas diocesanas anteriores sobre el ministerio de los MESC. 1

II. REQUISITOS, FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN Las personas seleccionadas para ser Ministros Extraordinarios de la Sagrada Comunión han de ser miembros activos en la comunidad, completamente iniciados. Deben ser de suficiente edad (no menores de 15 anos de edad) y poseer la madurez y el temperamento necesarios para poder ejercer este ministerio. No deben tener ningún impedimento para recibir la Sagrada Comunión y estar participando en la vida sacramental de la Iglesia. Los candidatos deben estar físicamente capacitados para ejercer este ministerio. La preparación para este ministerio ha de incluir: 1. Instrucción formal a través de la Oficina de la Liturgia, asistiendo a un taller diocesano para MESC. El taller para MESC incluye sesiones sobre el ministerio litúrgico, la Misa, teología de la Eucaristía, el Misterio Pascual, y un repaso de las normas de la Diócesis. 2. Instrucción ofrecida por la parroquia acerca de las costumbres locales y las responsabilidades: practica, conocimiento y entendimiento de los procesos y responsabilidades en la parroquia; esta es también una oportunidad para compartir con otras personas en el ministerio. III. PROCEDIMIENTO A. Cuando el Párroco ha determinado que un candidato llena los requisitos básicos enumerados anteriormente, el Párroco o su representante deberá someter la Petición para Ministro Extraordinario a la Oficina de la Liturgia. La Petición y otros documentos pertinentes se pueden obtener en la sección de Liturgia y Música de la página de la diócesis en el internet. Cuando la petición sea recibida al candidato se le permitirá registrarse para participar en el adiestramiento diocesano requerido. Después de completada la preparación para este ministerio y de que todas las formas sean recibidas y procesadas por la Oficina de la Liturgia, el Obispo de la Diócesis de Orlando le otorga una certificación por un periodo aproximado de cinco años, que ha de expirar el 31 de diciembre del quinto año. 2

B. Se considera apropiado el que se celebre el Orden para Comisionar a Ministros Extraordinarios cuando un nuevo grupo de MESC ha sido comisionado para servir en la parroquia. El rito se encuentra en el Libro de Bendiciones, capitulo 63. La Oficina de la Liturgia les provee una versión de esta bendición, al igual que un certificado, que se pueden descargar en nuestra página del internet. No es necesario repetir esta comisión para aquellos a los cuales se les ha renovado su mandato. C. Es responsabilidad de la parroquia asegurarse de que solo aquellos con un mandato vigente sirvan en este ministerio. Por lo tanto, es de gran importancia que cada parroquia mantenga constancia escrita de la certificación de cada uno de los Ministros Extraordinarios, de su formación continua y de la solicitud para la renovación de su mandato. D. Durante el periodo de cinco años, el Ministro Extraordinario de la Sagrada Comunión debe recibir entrenamiento continuo en este ministerio. Los Ministros pueden participar en programas ofrecidos por la parroquia o a nivel diocesano. El contenido, la naturaleza y el modo de esa formación pueden estar determinados por el Párroco; pero, se debe considerar siempre la naturaleza de este ministerio y temas relacionados a la Eucaristía y la Liturgia. E. Los mandatos pueden ser renovados si el Párroco hace una solicitud formal por escrito al Obispo para la re-comisión de los ministros. Esto solo se puede hacer luego de una consulta individual con el Ministro Extraordinario de la Sagrada Comunión. La aceptación de la solicitud presume que el Párroco ha determinado que el MESC ha recibido la educación continuada apropiada y que así lo asegura. IV. ANTES DE LA LITURGIA A. Al llegar para la liturgia, los Ministros Extraordinarios de la Sagrada Comunión deben seguir el procedimiento de comprobación de asistencia que sea normativo para su respectiva parroquia. Deben asegurarse que sus manos estén limpias. Deben abstenerse de usar colonias, perfume o loción de afeitarse de olor fuerte, porque algunas personas son sensitivas a estos aromas. B. Se recomienda que los Ministros Extraordinarios se sienten con su familia; los ministros vienen de la asamblea y regresan a ella después de servir. Por la misma razón, no hay necesidad de que utilicen un atuendo litúrgico o símbolos especiales. Los Ministros Extraordinarios de la Sagrada Comunión no deben ser parte de la procesión de entrada o de salida. 3

V. DURANTE LA LITURGIA A. Los Ministros Extraordinarios se acercan al altar según el Sacerdote recibe la Comunión (Norma 38). B. Las costumbres locales determinan dónde se sitúan y esperan los Ministros Extraordinarios. C. Cuando el Sacerdote ha terminado de comulgar, le ofrece la Comunión al Diacono. Luego el Sacerdote, ayudado por el Diácono, distribuye la Comunión a los Ministros Extraordinarios y les entrega los vasos sagrados para la distribución. Los diáconos y ministros laicos no reciben la Sagrada Comunión de la misma manera que un sacerdote concelebrante. Además, la práctica de los Ministros Extraordinarios de esperar para recibir la Sagrada Comunión hasta después de la distribución no está en conformidad con las normas litúrgicas (Norma 39). D. El Sacerdote y otros ministros van a sus estaciones asignadas para la distribución de la Comunión. A todos los que se presenten se les debe dar la Comunión. Si el MESC tuviera alguna duda en cuanto a la persona que recibe la comunión, el o ella debe hablar con el párroco después de la Misa. E. Por favor recordemos que el propósito para el cual se reserva la Eucaristía es para la Comunión de los enfermos y la devoción privada, nunca por conveniencia durante la Liturgia. Siendo que durante la Presentación de las Ofrendas se debe ofrecer la cantidad de pan y vino necesarios para cada asamblea Eucarística, no hay necesidad de ir al tabernáculo antes de la distribución de la comunión. Las Instrucciones Generales del Misal Romano (IGMR) indican, Es muy de desear que los fieles, como está obligado a hacerlo también el mismo sacerdote, reciban el Cuerpo del Señor de las hostias consagradas en esa misma Misa, y en los casos previstos (cfr. n. 283), participen del cáliz, para que aún por los signos aparezca mejor que la Comunión es una participación en el sacrificio que entonces mismo se está celebrando (IGMR 85). En apoyo de esta posición esta el hecho de que las IGMR no hacen mención de traer el copón (ciborium), con las hostias consagradas en una Misa anterior, al altar durante la Celebración Eucarística. 4

Sin embargo, si los ministros del Cuerpo de Cristo realizan que no tienen suficientes hostias para el número de comulgantes, el ministro debe estar listo para ir al tabernáculo y traer el copón (ciborium) a los Ministros de la Comunión que no tienen suficientes hostias. F. La Comunión bajo las dos especies es la norma en la Diócesis de Orlando. Cuando la Comunión se da bajo las dos especies, el cáliz debe ser siempre ofrecido por un ministro; no se ha de dejar en el altar para que el comulgante comulgue por sí mismo. Comulgar del cáliz es opcional. Cuando un Diácono esta presente el ofrece el cáliz (IGMR 182). G. Al distribuir la Comunión, el ministro sostiene una hostia -o un pedazo del pan eucarístico- un poco elevada sobre el ciborio (copón o patena), mira al comulgante y dice en voz clara, El Cuerpo de Cristo. El comulgante responde, Amén. El ministro entonces da la Comunión, respetando la opción del comulgante de recibirla en la palma de la mano o en la lengua. H. Al ofrecer el vino, el ministro sostiene el cáliz elevándolo un poco y dice en una voz clara, mirando al comulgante, "La Sangre de Cristo". El comulgante responde, Amén. El ministro entonces le ofrece el cáliz al comulgante, quien lo toma en sus manos, bebe de él y lo devuelve al ministro. Entonces el ministro limpia el borde del cáliz con el purificador, le da un cuarto de vuelta, y lo ofrece al próximo comulgante. I. La invitación, "El Cuerpo de Cristo" o "La Sangre de Cristo" no se debe reducir ni expandir. La tradición de la Iglesia entiende que la presencia de Cristo incluye Su presencia en la asamblea, en la Palabra, en la celebración; la invitación al comulgante debe incluirlas todas. J. La Comunión por intinción (la practica de sumergir la hostia en el cáliz) esta prohibida. Bajo ninguna circunstancia puede un comulgante sumergir la hostia en el cáliz. Esto seria darse la comunión a sí mismo, lo cual no esta permitido. De la única manera que se puede distribuir la Sagrada Comunión por intinción es como sigue: El comulgante, sosteniendo la patena bajo su barbilla, se acerca al Sacerdote que sostiene el vaso con las hostias y que tiene a su lado a un ministro que sostiene el cáliz. El Sacerdote toma la hostia, la sumerge en el cáliz y, mostrándosela, dice: El Cuerpo y la Sangre de Cristo. El comulgante responde, Amén y recibe del Sacerdote el Sacramento en la lengua. Luego el comulgante regresa a su lugar (Norma 49). 5

K. Si durante la distribución se le cae una hostia consagrada el ministro puede llevar al altar la hostia que se cayó y colocarla sobre el corporal, para manejo después de la Comunión o el ministro puede sujetar dicha hostia en la misma mano que la patena. La hostia que se cayó nunca se debe volver a colocar en el copón o la patena, no se le debe dar a nadie, ni tampoco ser consumida por el Ministro en ese momento. Cuando termina la distribución y el ministro regresa al altar, la hostia puede entonces consumirse o bien llevarse a la sacristía donde se puede disolver en un recipiente de agua y luego vaciarse en un lavabo especial (sacrarium). Cuando la apariencia de pan (hostia) desaparece, también cesa la presencia real. L. Si se derrama la Preciosísima Sangre, el ministro debe cubrir con un purificador la Preciosísima Sangre derramada, habiendo pedido primero al comulgante que se dirija a otro ministro del cáliz. Después de la Misa el área se ha de limpiar con un purificador limpio y húmedo. Si el área es grande, se deben utilizar toallas limpias y húmedas. VI. DESPUÉS DE LA COMUNIÓN A. Después de la Comunión, las hostias consagradas que no se consumieron deben ser llevadas al tabernáculo. Deben ser colectadas en el altar por el Diacono, el Sacerdote o un MESC, para ser llevadas al tabernáculo. En ocasiones donde se celebre la Misa en un lugar donde no hay tabernáculo, se deben tomar los cuidados necesarios para asegurarse de que no quede una gran cantidad de pan consagrado. Lo que reste debe ser consumido. Los Ministros Extraordinarios pueden asistir consumiendo el pan consagrado que quede cuando no hay un tabernáculo para reservarlo. B. Después de la distribución de la Comunión, todos los Ministros Extraordinarios deben llevar los vasos sagrados a una mesa o lugar designado. Lo que quede de la Preciosísima Sangre debe ser consumido de inmediato. Cuando hay Ministros Extraordinarios de la Sagrada Comunión, estos pueden consumir lo que reste de la Preciosísima Sangre (Norma 52). C. Los Ministros Extraordinarios deben regresar a su lugar en la asamblea para el rito final de la Misa. El celebrante debe sentarse, dirigiendo a la asamblea en un periodo de reflexión en silencio. 6

D. La purificación de los Vasos Sagrados es responsabilidad del sacerdote, diácono o acolito instituido (usualmente un seminarista o candidato al diaconado). En cuanto sea posible, la purificación se debe hacer en la credencia (IGMR 279). Está permitido, sin embargo, dejar en la credencia, sobre el corporal, debidamente cubiertos los vasos para ser purificados inmediatamente después de la Misa (IGMR 183). Todos los recipientes deben ser lavados después de la purificación. VII. COMENTARIOS ADICIONALES A. Bendiciones- En años recientes se ha convertido en costumbre que personas que no reciben la Sagrada Comunión se unan a la procesión de la comunión para recibir una bendición del ministro. Para aquellas comunidades que han elegido seguir esa practica, se recomienda que recuerden lo siguiente: a. Los ministros laicos no pueden dar la bendición usando un gesto o formula utilizado por el clero. Por ejemplo, no deben hacer la señal de la cruz sobre una persona utilizando la formula Trinitaria. Seria apropiado el decir simplemente Reciba al Señor Jesús en su corazón con o sin tocar levemente la cabeza o el hombro. b. Asimismo, nadie (clero o laico) debe dar la bendición con la hostia en la mano, simulando la Bendición Eucarística B. Ministro de los Enfermos- Ordinariamente, los Ministros de los Enfermos son comisionados por la parroquia y capacitados específicamente por la diócesis. Por favor refiérase a las normas diocesanas para los Ministros de los Enfermos para más información específica. VIII. CONCLUSIÓN Las normas y directivas establecidas por la Iglesia para la celebración de cualquier rito litúrgico siempre tienen como su meta inmediata la correcta y cuidadosa celebración de esos ritos. Sin embargo, tales normas también tienen como propósito fomentar las celebraciones que glorifican a Dios y profundizan la fe, la esperanza y la caridad de los participantes en el culto litúrgico (Norma 56). Documentos de Referencia Normas para la Distribución y Recepción Bajo Dos Especies en las Diócesis de los Estados Unidos de América (2002), Conferencia de Obispos Católicos de los Estados Unidos, Washington, D.C. Instrucciones Generales del Misal Romano (2011), Conferencia de Obispos Católicos de los Estados Unidos, Washington, D.C. 7