GUIA PARACTICA PARA EL REGIMEN SIMPLIFICADO MAKOL JOHANA CALDERON ESCOBAR



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Transcripción:

GUIA PARACTICA PARA EL REGIMEN SIMPLIFICADO MAKOL JOHANA CALDERON ESCOBAR UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANDA FACULTAD DE ESTUDIOS A DISTANCIA CONTADURÍA PÚBLICA Bogotá D.C, 2015 2

GUIA PARACTICA PARA EL REGIMEN SIMPLIFICADO Presentado Por: MAKOL JOHANA CALDERON ESCOBAR Presentado A: IVAN ROBERTO SANTOYO PINZON UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANDA FACULTAD DE ESTUDIOS A DISTANCIA CONTADURÍA PÚBLICA Bogotá D.C, 2015 3

AGRADECIMIENTOS Agradezco primero y sobre todo a Dios porque sin la voluntad de Él nada en la vida es posible. Agradezco muy especialmente a mi Esposo y Amigo quien estuvo siempre hay apoyándome durante este proceso, a toda mi familia que han sido un motor fundamental en mi vida; a mi hija por la paciencia, a mí compañera Janice Cardona que me impulsaba todos los días, y a la Universidad y a sus Docentes por la oportunidad para ser profesionales.. 4

TABLA DE CONTENIDO 1. INTRODUCCION...4 2. RESUMEN. 5 3. ABSTRACT... 5 4. MARCO TEORICO... 6 Requisitos del Régimen Simplificado.. 6 Obligaciones el Régimen Simplificado.. 11 Prohibiciones del Régimen Simplificado.. 19 Tenga en Cuenta.. 21 5. ESTADO DE ARTES... 22 6. CONCLUSIONES. 23 7. RECOMENDACIONES... 24 8. BIBLIOGRAFIA. 25 9. WEBGRAFIA. 26 3

1. INTRODUCCION El régimen simplificado es conocido por algunos como una legislación especial que se reglamenta en el estatuto tributario que se aplica a unas personas con características especiales denominados pequeños comerciantes, de esta manera se determina el pago de impuestos que estas deben hacer al estado, es claro decir que el régimen simplificado es un término que hace referencia únicamente al impuesto a las ventas y no al impuesto de renta como es confundido por muchos, entre las personas que encontramos en este régimen están los minoristas o detallistas, es decir personas que venden en pequeñas cantidades o de forma individual bienes y servicios, que están grabados o que deben pagar impuestos sobre las ventas. Pero en este sentido surge la inquietud del conocimiento que tienen aquellos pequeños comerciantes que poseen desde un almacén, taller, restaurante hasta la pequeña tienda de barrio y que cumple o debiera cumplir con cada uno de los requisitos establecidos por el régimen simplificado para contribuir de alguna manera con sus impuestos al estado. 4

2. RESUMEN A continuación haremos explicaremos de manera detallada y explicadas quienes de los muchos Comerciantes en Colombia pertenecen al Régimen Simplificado, todas las obligaciones que ellos deben cumplir, los requisitos que los hacen pertenecer a este Régimen, las prohibiciones que ellos tiene, como llevar el Libro Fiscal de Registro de operaciones que deben llagar día tras día en su negocio. La siguiente guía trata de ser amigable con usted que es un comerciante pequeño, hablaremos en terminología fácil para que se pueda entender. Palabras claves: Régimen Simplificado, Pequeño comerciante. 3. ABSTRACT Then we will explain in detail and explained the many merchants who in Colombia belong to the simplified scheme, all the obligations that they must fulfill the requirements that make them belong to this regime, the prohibitions they hav, like wearing the Fiscal Book Registration of operations that must be wound every day in your business. The following guide tries to be friendly with you being a small businessma, talk in easy terminology that can be understood 5

4. MARCO TEORICO Es Usted un comerciante del régimen simplificado, pero no sabe qué requisitos debe cumplir; lo invitamos a leer esta guía para que tenga un conocimiento más amplio sobre sus obligaciones como pequeño comerciantes. REQUISITOS DEL REGIMEN SIMPLIFICADO Iniciaremos explicando Quienes son del Régimen Simplificado, pertenecen al Régimen simplificado, las personas naturales comerciantes y los artesanos, que sean minoristas o detallistas; agricultores y ganaderos, que realicen operaciones gravadas, así como quienes presten servicios gravados. Articulo 499 (E.T) Estatuto Tributario Tomada de: http://www.ruizripoll.com/pequenos-comerciantes Operaciones y servicios gravados: son los bienes y servicios que por en una determinada norma impositiva resultan objeto de un gravamen (o sea sobre los que se cobrará el impuesto), para nuestro caso, las operaciones y servicios gravados son a los que se les cobra el IVA (Impuesto al Valor Agregado). 6

Para pertenecer a este Régimen, se deben cumplir los siguientes requisitos: Haber obtenido en el año anterior ingresos brutos totales provenientes de la actividad económica inferiores a 4.000 UVT. Tomada de: http://ecofacil-invertirmejoronline.blogspot.com.co/ Ingresos brutos: son los ingresos sin restarle los costos, los gastos, ni siquiera devoluciones o descuentos.. Ejemplo: Un comerciante tuvo ventas anuales por la suma de $110.000.000, y los gastos en que incurrió fueron Materiales, Transporte, Servicios Públicos, Personal, etc. Sumaron $ 83.000.000; entonces lo que le cuenta al comerciante del Régimen Simplificado son los $110.000.000 y no los $27.000.000 que le quedaron como utilidad. UVT: Unidad de Valor Tributario, es una unidad de medida de valor, que tiene como objetivo representar los valores tributarios que se encontraban anteriormente expresados en pesos. Como toda unidad de valor, el Uvt representa un equivalente en pesos, esto con el fin de lograr estandarizar y homogenizar los diferentes valores tributarios. Este Valor cambia cada año para el 2014 fue de: $ 27.485 y para el 2015 es de: $28.279. 7

Según lo anterior los comerciantes deben tener ingresos brutos en el año 2014 inferiores a (4000 x $28.279) = $113.116.000 para estar en el Régimen Simplificado. Tener máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejerza su actividad. Tomado de: http://www.puzzlesdeingenio.com/blog/tag/ No desarrollar en el establecimiento actividades bajo la modalidad de franquicia, concesión, regalía, autorización u otro sistema que implique la explotación de intangibles. Tomado de: https://apuntesdeescritorio.wordpress.com 8

Franquicia: El contrato de franquicia es un contrato en virtud del cual una de las partes denominada el franquiciante concede a otra llamada el franquiciado, a cambio del pago de una remuneración (regalías), el uso de su propia fórmula de distribución comercial que comprende en general la cesión de una denominación o marca, la transferencia de un know How (saber cómo o saber hacer), la prestación de asistencia y en ocasiones el suministro de ciertos bienes o equipos. En otras palabras se trata para el franquiciante de la explotación económica de su marca, de sus métodos comerciales y de organización corporativos, como conjunto de conocimientos obtenidos a través de su experiencia en la producción y distribución de ciertos bienes y/o servicios. Ejemplo: Pedro Pérez, hizo un contrato con la empresa McDonald s, para abrir su negocio y comercializar los productos de dicha empresa quien le proveerá las recetas, los utensilios necesarios para el funcionamiento a cambio de un porcentaje por la explotación de la marca. Intangible: es algo que no se puede tocar, y que en lenguaje contable produce beneficios, como las marcas, la imagen, patentes, derechos de comercialización, etc. El establecimiento de comercio que trabaje bajo esta modalidad de explotación de intangibles, es decir que use el nombre de otra empresa no pude pertenecer al Régimen Simplificado. No ser usuarios aduaneros http://www.ontimecolombia.com/servicios/ 9

Usuario aduanero: Es aquella persona natural o jurídica que interviene directa o indirectamente en las operaciones de importación y/o exportación de bienes y/o servicios y/o de tránsito aduanero. No haber celebrado en el año inmediatamente anterior ni en el año en curso contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados, por valor individual y superior a 3.300 UVT. Tomada de: http://marcoshurtadoc.blogspot.com.co/ Si el Comerciante ha hecho un contrato por valor de $ 93.320.700 (3.300 uvt x $28.279) en el año 2014, o en lo corrido del año, cambiaria a Régimen Común, y si piensa hacerlo inscríbase en el otro régimen de una vez. 10

Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior o durante el respectivo año no supere las 4.500 UVT. $ 127.255.500 (4.500uvt x $ 28.279) http://www.fotolog.com/xini_rani/45215430/ OBLIGACIONES DEL REGIMEN SIMPLIFICADO Inscribirse en el RUT Tomada de: http://es.slidere.net/geosam/copia-rut 11

RUT: Es el Registro Único Tributario, administrado por la DIAN (Dirección de Impuestos a Aduanas Nacionales) y constituye mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a las personas. Sirve para que la DIAN, pueda controlar la información que se a veraz, actualizada, clasificada y confiable de los sujetos. OJO La DIAN, podrá imponer Sanción de la clausura o cierre del establecimiento 0O de comercio, oficina, consultorio, en general en los siguientes casos: 1. NO inscripción oportuna en el RUT cuando la DIAN verifique que esto ocurrió. 2. NO exhibición en un lugar visible al público de la certificación de la inscripción en el RUT por parte de los responsables del Régimen Simplificado. Llevar un libro fiscal de registro de operaciones diarias, el cual debe identificar al contribuyente, estar debidamente foliado y registrar diariamente las operaciones realizadas, es decir, ingresos y costos. Tomada: https://mariaiuribe79.wordpress.com/2012/08/22/ 12

Libro Fiscal de Registro de operaciones diarias: Estatuto tributario Articulo 616 comercialicen bienes o presten servicios gravados perteneciendo al régimen simplificado, deberán llevar el libro fiscal de registro de operaciones diarias por cada establecimiento, en el cual se identifique el contribuyente, esté debidamente foliado y además: a. anotar diariamente en forma global o discriminada las operaciones realizadas. b. Anotar diariamente los egresos por costos y gastos c. Al finalizar cada mes deberán, con base en las facturas que les hayan sido expedidas, totalizar: el valor pagado en la adquisición de bienes y servicios, los ingresos obtenidos en desarrollo de su actividad. Este libro fiscal deberá reposar en el establecimiento de comercio y la no presentación del mismo al momento que lo requiera la administración, o la constatación del atraso, dará lugar a la aplicación de las sanciones y procedimientos contemplados en el artículo 652. 13

El libro fiscal se debe mano y se hace de la siguiente manera: Encabezado Libro Fiscal Este aumenta según el año: Ej.: En el año 2013 se abrió el negocio, entonces es el número 1, para 2014 2 y 2015 3 Este es el Número de Cédula del propietario más un Digito de verificación que asigna la DIAN en el RUT. Estos Códigos de la Actividad Económica están en el RUT. Ejemplo: 14

Formato Para cada mes del año Libro Fiscal de operaciones diarias Régimen Simplificado 2. FOLIO Nº DIA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 31 9. Control DIAN 1. AÑO: MES: 3. Factura nº 4. Valor 5. Ingresos menores 8.TOTAL 6. total Ingresos 7. Egresos Nombre del Funcionario DIAN Firma del Funcionario Visitado 1. Año en curso 2. Folio es numerar cada una de las hojas del libro Fiscal 3. Si tiene factura ingresa el número de la factura con la que hizo una venta. 4. El Valor de la venta con factura. 5. Los ingresos diarios que no se facturan 6. Sumar los ingresos con factura más los ingresos menores 7. En esta casilla se incluyen todos los gastos en los que se incurren en el mes, como compras de mercancías, pago de servicios públicos y gastos en general. Al finalizar cada día se hace el debido registro, de los diferentes valores, si durante el día no hubo venta o algún gasto se debe poner cero, pues ninguna casilla debe ir vacía. 15

8. Al finalizar el mes se totaliza todos los ingresos y los egresos. 9. Se deja un espacio para que cuando hallan visitas de la DIAN y tengan alguna observación. Ejemplo: Y así sucesivamente se hacen los de todos los meses del año 16

Exhibir en un lugar visible al público el RUT como responsable del régimen simplificado. Tomado de: http://www.puzzlesdeingenio.com/blog/tag/ Fije una copia del RUT en un lugar perceptible para el público, en su oficina, Local, Consultorio o en el lugar donde ejerza su actividad comercial. Expedir copia del mismo en la primera venta o en la prestación de servicios que realice con los adquirientes pertenecientes al régimen común, que así lo requieran. Tomada de: http://es.slidere.net/geosam/copia-rut 17

Mantener copias de su RUT, ya que hay empresas que lo requieren para poder hacer compras a los pertenecientes al Régimen Simplificado. Informar a la Dirección de Impuestos el cese de actividades Tomada de: http://www.amalababa.es/2013/09/23/ Comunicado suscrito por el contribuyente o dueño del establecimiento, en donde informe su nueva actividad económica, la inexistencia de inventario final pendiente de venta y al momento no de la solicitud no vende productos o presta servicios gravados con el impuesto sobre las ventas. 18

Suministrar la información cuando la DIAN o el Estado lo requieran Tomada de: http://notascontador.com/2013/11/01/ PROHIBICIONES DEL REGIMEN SIMPLIFICADO Cobrar IVA en las transacciones efectuadas. Tomada de: http://www.mexicanbusinessweb.mx/ 19

Adicionar al precio de los bienes que vendan o de los servicios que presten, suma alguna por concepto de impuesto sobre las ventas; si lo hicieren deberá cumplir íntegramente con las obligaciones de quienes pertenecen al régimen común. No deben facturar, pero si lo hacen, la factura debe cumplir con los requisitos establecidos, excepto la autorización de la numeración, por parte de la DIAN. Tomada de: http://www.pinopublicidad.com/blog/requisitos-para-una-factura-de-venta/ 20

TENGA EN CUENTA El hecho de que pertenezca al Régimen Simplificado NO lo exime si aplica para la presentación de la Declaración de Renta ya que son términos muy diferentes que tienden a confundirse, el régimen simplificado es del impuesto a las ventas y NO del impuesto de Renta, para el cual existen otros requisitos y topes que llegados a cumplir se debe efectuar esta obligación y seguir perteneciendo al Régimen Simplificado. Dentro del mes siguiente al inicio de la actividad comercial, industrial o de servicio, te debes inscribir en el Impuesto de Industria y Comercio, en el Lugar en donde ejerzas la actividad económica, indicando el nombre y la cédula de quien ejerce la actividad, la dirección de cobro y la dirección del establecimiento, la fecha de inicio de actividades, el monto de ingresos (generados en su actividad o los que espera generar), el código de actividad y tarifa, y si tiene o no aviso. Este impuesto de industria y comercio (ICA), se debe cancelar mensual o anualmente, según lo disponga cada jurisdicción. Cuando inicie su actividad comercial, también debe registrarse en el Registro mercantil de la Cámara y Comercio de su respectiva localidad, y debe renovarlo anualmente. Este también debe exhibirlo en un lugar visible. CUANDO EL RESPONSABLE INCUMPLA CUALQUIERA DE LOS REQUISITOS PREVISTOS PARA EL RÉGIMEN SIMPLIFICADO, DEBERÁ INICIAR ACTIVIDADES COMO RESPONSABLE DEL RÉGIMEN COMÚN Y SE DEBE ACTUALIZAR EL RUT. 21

5. ESTADO DEL ARTE Requisitos para pertenecer al Régimen Simplificado en el 2014, actualícese.com. http://actualicese.com/modelos-y-formatos/requisitos-para-pertenecer-al-regimensimplificado-en-el-2014/. Guía Tributaria 2015, http://www.pwc.com/co/es/assets/document/guia-2015digitalaf.pdf 22

6. CONCLUSIONES De la investigación anterior concluyo entonces que: Gracias a la labor investigativa de este trabajo, se despejan muchas dudas sobre el tema que en él se menciona y muchos otros que se repasan con la lectura de materiales. Ojalá esta guía sea de gran ayuda para los pequeños comerciantes que pertenecen al Régimen simplificado que no saben que deben hacer para cumplir los requisitos legales exigidos por la DIAN. Gracias a el desarrollo de este trabajo, se espera que los comerciantes tomen conciencia y lleven sus libros de operaciones diarias como debe de ser, con valores reales de lo su negocio produce, y si llegasen a pasar los topes lo reporten y cambien de Régimen y se eviten sanciones. Es muy importante la actualización constante en temas tributario, realizando consultas permanentes de las reformas aprobadas por el Congreso, ya que esto es un factor de cambios en muchos ámbitos. El estudio de esta profesión no ha sido nada fácil y es aquí donde terminando nos damos cuenta que hay fortalezas y debilidades en nuestro aprendizaje y que es obligación de nosotros como profesionales fortalecer aquellas debilidades y salir al mundo laboral a dar lo mejor de nosotros. 23

24

7. RECOMENDACIONES El Régimen Simplificado puede parecer un tema fácil para las personas que están inmersas en el mundo de la contabilidad y de la tributaria, pero para una persona común y corriente, puede llegar a ser un tema complejo, y en internet se encuentra mucha información pero toda con términos muy profesionales que pueden confundir a las personas y en el fondo no saber lo que deben de hacer. Es obligación del estado por intermedio de la DIAN, poner el mayor de sus esfuerzos para el control del correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias que se deberían de las normas legales que lo regulan. Anualmente alguna entidad debería encargase de que los pertenecientes al Régimen Simplificado, tengan de alguna forma información para aplicar en el nuevo año y así ellos sepan que deben hacer, y como cambian los valores de los requisitos. 25

8.BIBLIOGRAFÍA Chavarro, C.J.E (2013). Estatuto Tributario Nacional: comentarios, concordancias, doctrina, jurisprudencia (20a. ed.) Colombia Nueva Legislación Ltda.. http://www.ebrary.com Fierro M.A.M (2011). Contabilidad General (49.ed.) Colombia: ECOE Ediciones. Retriered Form http://www.ebrary.com. Parra, O. H. F. (2010). Análisis comparativo del impuesto de industria y comercio en Colombia: Nueva Legislación Ltda. http://www.ebrary.com 26

9. WEBGRAFIA http://actualicese.com/normatividad/2013/11/13/concepto-072379-de-13-11-2013/ https://debitoor.es/glosario/definicion-know-how http://puc.com.co/p/libro-fiscal-operaciones-diarias http://www.csisasoluciones.com/noticias-sistemas-pos/libro-fiscal-en-el-regimensimplificado.html http://www.dian.gov.co/contenidos/servicios/rut_preguntasfrecuentes.html 27