PROGRAMA DE PRÁCTICAS EXTRACURRICULARES DE GRADO EN TRABAJO SOCIAL



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Transcripción:

PROGRAMA DE PRÁCTICAS EXTRACURRICULARES DE GRADO EN TRABAJO SOCIAL FACULTAD DE TRABAJO SOCIAL.UCLM [En este documento encontrarás la información básica para realizar prácticas fuera de los programas curriculares del grado. Estas prácticas están reguladas por la UCLM y permitidas para los estudiantes de tercero y cuarto del grado, a realizar en verano, con consignación de créditos o no] Cuenca, junio de

SUMARIO PRESENTACIÓN...2 1.DEFINICIÓN 2 2.OBJETIVOS..2 3.REQUISITOS...2 4.DERECHOS..3 5. OBLIGACIONES 4 6. LOS CENTROS DE PRÁCTICAS....5 7. LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: 7.1. Procedimiento...6 7.2. Calendario...6 8. RECONOCIMIENTO.. 7 9. LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA Y LA FACULTAD DE TRABAJO SOCIAL...7 1

PRESENTACIÓN: La Facultad de Trabajo Social, dentro del Programa de prácticas, en consonancia con la normativa sobre prácticas de la UCLM y del Real Decreto 1707/2011 de 18 de noviembre, se plantea desarrollar la línea de Prácticas extracurriculares para estudiantes de grado en trabajo social, con los siguientes contenidos: 1. DEFINICIÓN: Prácticas extracurriculares: Son las que los estudiantes realizan para completar su formación sin ser necesarias para la obtención del título. Se hacen con carácter voluntario durante su periodo de formación y, aún teniendo los mismos fines, no están incluidas en el plan de estudios. No obstante serán contempladas en el Suplemento Europeo al Título, 2. OBJETIVOS Profundizar en la formación práctica que ofrece la Facultad de Trabajo Social a los estudiantes de Grado en Trabajo Social en los cursos de tercero y cuarto. Reforzar y ampliar las relaciones y colaboraciones entre la Facultad de Trabajo Social con organizaciones, instituciones que cooperen en la formación práctica de los estudiantes. Favorecer la realización de prácticas extracurriculares con carácter optativo (créditos de libre optatividad), favoreciendo con ello la posterior inserción laboral de los estudiantes. 3. REQUISITOS Para poder realizar este tipo de prácticas, se establecen las siguientes condiciones: 1. Ser estudiante con matrícula válida en cualquier titulación de la Universidad de Castilla-La Mancha. 3. Estar matriculado en la enseñanza universitaria a la que se vincula las competencias básicas, genéricas y/o específicas a adquirir por el estudiante en la realización de la práctica. 4. En el caso de estudiantes que finalizan sus estudios en el curso en el que realizan las 2

prácticas, la solicitud del título supone la pérdida de la condición de estudiante y a partir de esa solicitud no podrán realizar prácticas externas extracurriculares amparadas bajo esta normativa 5. Para poder realizar prácticas extracurriculares, será necesario tener superados al menos el cincuenta por ciento de los créditos de la titulación de grado. 6. Los estudiantes que deseen realizar prácticas externas extracurriculares en empresas o instituciones, deben estar inscritos en la Base de Datos dispuesta a tal efecto y disponible en la página web de la Universidad. 7. Los estudiantes que tengan relación contractual con una empresa o institución no podrán realizar simultáneamente prácticas en esa misma empresa o institución. Sólo se podrán realizar prácticas extracurriculares con estas condiciones en casos excepcionales, debidamente justificados, previo informe favorable del coordinador de prácticas del Centro docente al que pertenezca el estudiante. 8. El estudiante no podrá realizar prácticas en una empresa o institución cuya titularidad, cargos directivos o tutor de empresa o institución, guarden parentesco de consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado. Sólo se podrán realizar prácticas extracurriculares con estas condiciones en casos excepcionales, debidamente justificados, previo informe favorable del coordinador de prácticas. 9. Los estudiantes de otras universidades participantes en programas de intercambio (Erasmus, Leonardo, Séneca, etc.) tienen la posibilidad de realizar prácticas igual que cualquier otro alumno, siempre y cuando cumplan la normativa general y del centro en el que se encuentran matriculados. El reconocimiento académico de su estancia en prácticas quedará supeditado a la normativa existente en sus universidades de origen. 10. Los estudiantes de la UCLM podrán realizar prácticas en otras localidades, dentro del territorio nacional o en el extranjero, a través de programas de movilidad, nacionales o internacionales, o convenios bilaterales con otras instituciones que permitan esta posibilidad. Las prácticas dentro de programas de movilidad se regirán por lo que establezca su propia normativa. 4. DERECHOS Los estudiantes que participen en los programas de prácticas externas tendrán los siguientes derechos: a) Ser tutelados durante el período de ejecución de su práctica formativa por un profesor de la Universidad y por un profesional de la empresa, entidad o institución colaboradora. 3

b) Recibir un certificado por parte de la empresa, entidad o institución en donde ha realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento. c) Ser incluido en la Póliza de Responsabilidad Civil que suscribe la Universidad de Castilla-La Mancha y que cubre los riesgos de daños a terceros como consecuencia de la actividad del alumno dentro de la empresa o institución. En dicha póliza figuran como asegurados los estudiantes de la UCLM matriculados en titulaciones de la Universidad de Castilla-La Mancha que realicen prácticas en empresas, entidades o instituciones bajo la figura de los Programas de Cooperación Educativa, desde la fecha de inicio y hasta la fecha fin de las mismas. d) Recibir una copia del anexo de sus prácticas al inicio de la misma. e) A la propiedad intelectual en los términos establecidos por la normativa en vigor. f) Poder interrumpir la práctica por un motivo justificado, comunicándolo por escrito con el documento previsto para tal fin. g) Recibir información de la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales por parte de la empresa, entidad o institución, así como por la Universidad. h) Asistir a los exámenes pruebas de evaluación y otras actividades obligatorias de sus estudios, comunicándolo previamente y con la antelación suficiente a la empresa o institución. 5. OBLIGACIONES Los estudiantes tendrán las siguientes obligaciones: a) Iniciar la práctica en la fecha y en las condiciones acordadas. b) Durante su estancia en prácticas estar sujeto al régimen y horario que se haya determinado. El estudiante quedará sometido a las normas de funcionamiento de la entidad, bajo la supervisión del tutor que, dentro de la empresa o institución y en colaboración con el profesor en la Universidad, que velará por su formación. c) Informar a la Universidad de cuantas incidencias puedan producirse y que afecten al normal desarrollo de la actividad de la práctica. 4

d) Realizar con diligencia y aprovechamiento la actividad establecida en la práctica, de acuerdo con el Proyecto Formativo elaborado y las condiciones convenidas. e) Guardar con absoluto rigor el secreto profesional y no utilizar en ningún caso las informaciones recogidas en la empresa, institución o entidad con el objeto de dar publicidad o comunicación a terceros, así como a no explotar aquellos trabajos realizados en la práctica, reflejados en el convenio que se suscriba, sin la autorización expresa en ambos casos de la empresa o institución. f) El estudiante deberá contar con la previa autorización del tutor en la empresa o institución que supervise su formación, cuando deba utilizar documentación o información de cualquier tipo, propiedad de la empresa o institución, no pudiendo en ningún caso utilizar documentos originales, o copias de los mismos, sin la aprobación expresa de su tutor en la empresa o institución. g) Al finalizar el periodo de prácticas, cumplimentar y presentar a través de la aplicación web de prácticas externas de la UCLM, la encuesta fin de prácticas en el plazo de una semana. h) Presentar una memoria final tras la realización del periodo de prácticas en el plazo que se establezca oportunamente. 6. LOS CENTROS DE PRÁCTICAS Las prácticas extracurriculares se podrán realizar: En entidades propuestas por el estudiante, siempre y cuando cuenten con la aceptación escrita de la Facultad de Trabajo Social. En este primer supuesto, es el propio estudiante quien busca una institución, entidad o empresa donde desarrollar las prácticas. En entidad/es que así lo soliciten expresamente a la Facultad de Trabajo Social o a la Universidad de Castilla-La Mancha. En el caso de recibir una solicitud de una institución, la Facultad realizará una convocatoria pública para conocimiento de los alumnos interesados. En todo caso, el papel de la Facultad de Trabajo Social consiste en mediar y formalizar la relación entre las instituciones que demandan este tipo de prácticas y los alumnos interesados en realizarlas. La entidad podrá firmar un convenio de colaboración con la Universidad de Castilla-La Mancha o bien, y como requisito imprescindible una carta de aceptación que remitirá a la Facultad de Trabajo Social veinte días antes al inicio de las prácticas del estudiante. 5

Así mismo, debe de concretarse con al menos veinte días de antelación a la fecha de inicio de las prácticas: Proyecto Educativo del estudiante, objetivos, tareas a desarrollar, etc. Fechas de inicio y finalización de las prácticas, así como el horario de las mismas. Nombramiento de un tutor responsable de supervisar el adecuado desarrollo de las prácticas del alumno. 7. LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Las solicitudes han de presentarse en la secretaría de Facultad de Trabajo Social de Cuenca, según los modelos y conforme a los plazos establecidos. 7.1 Procedimiento a. Presentación de solicitud / propuesta de realización de prácticas extracurriculares a la Coordinadora de Prácticas, bien por parte de los alumnos en los plazos establecidos o por parte de las entidades. b. Establecimiento de las condiciones de las prácticas y del proceso de aprendizaje, y elaborado por el tutor@, estudiante y coordinadora de Practicas. c. Comunicación a los estudiantes interesados y aprobación por las partes, de modo definitivo, de un acuerdo escrito de aprendizaje. d. Realización de las prácticas. e. Entrega de informes y evaluación de las mismas por parte del estudiante y el profesional de la entidad en el plazo establecido. 7.2 Calendario Las prácticas se podrán desarrollar tanto en el periodo estival como en el periodo lectivo, siempre y cuando el horario de prácticas no sea incompatible con el horario de clases del estudiante y no le impida su asistencia a la misma. Se debe respetar el plazo de solicitud antes de la fecha de inicio de las mismas. Si se realizan en verano el mes de julio y agosto son considerados lectivos a este efecto. 6

8. RECONOCIMIENTO Las prácticas extracurriculares podrán reconocerse como créditos de libre optatividad (tal y como establece el Plan de Estudios) si así lo solicita el estudiante, si las prácticas han contado con el visto bueno de la Facultad de Trabajo Social y si se supera la evaluación de las mismas. Será requisito imprescindible para el reconocimiento de las prácticas extracurriculares la presentación, tanto por parte del estudiante como por parte de la Institución/Entidad, de un Informe-Memoria, que resuma el trabajo desarrollado y una valoración de las mismas, respectivamente. Tal informe se ha de entregar dentro de los plazos marcados, que nunca será superior a un mes desde la finalización de las mismas. Se podrá reconocer, como máximo, dos créditos de libre optatividad, por el desarrollo de prácticas extracurriculares, teniendo en cuenta la siguiente equivalencia: 45 horas de prácticas 1 crédito Las horas serán realizadas en la entidad, empleándolas en el desarrollo de las actividades programadas, contando aparte el tiempo de elaboración de informes o memoria de prácticas. 11. LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA Y LA FACULTAD DE TRABAJO SOCIAL. El responsable del acuerdo desarrollo de estas Prácticas desde el Centro será la coordinadora de Prácticas de la Facultad de Trabajo Social. Ésta establecerá cauces de coordinación entre el Área de Trabajo Social y Servicios Sociales y el Vicerrectorado de Transferencia y Relaciones con Empresas de la Universidad de Castilla-La Mancha, a efectos de firma de convenios, cobertura del seguro para los estudiantes, etc. 7