CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE TEMPORADA DE VIVIENDA. En, a de de 20 REUNIDOS



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Transcripción:

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE TEMPORADA DE VIVIENDA En, a de de 20 REUNIDOS De una parte, el propietario que actúa como parte arrendadora: D/Dª, mayor de edad, con DNI y con domicilio en, pudiendo ser contactado por teléfono al y/o por correo electrónico a la dirección email. De otra parte, el inquilino que actúa como parte arrendataria: D/Dª, mayor de edad, con DNI y con domicilio en, pudiendo ser contactado por teléfono al y/o por correo electrónico a la dirección email. INTERVIENEN Ambas partes, en su propio nombre y derecho, reconociéndose la plena capacidad legal para el otorgamiento del presente contrato de arrendamiento, y en su virtud EXPONEN PRIMERO.-Que D/Dª, es propietario(a) de la vivienda situada en, y cuya descripción exacta (composición, equipamientos, muebles,

servicios, etc.) puede ser consultada en la página web www.mediavacaciones.com con la referencia nº. (Ver copia en anexo). SEGUNDO.- Que ambas partes han acordado el arrendamiento por temporada de la vivienda citada anteriormente, por lo que establecen el presente contrato, que se regirá por lo dispuesto en las siguientes, CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO El propietario cede en arrendamiento de temporada con la duración que se indicará al inquilino en la cláusula segunda del presente contrato. El inquilino acepta la vivienda de alquiler de vacaciones descrita en el punto primero de la parte expositiva del presente contrato. El presente arrendamiento constituye un Arrendamiento de Temporada por motivo vacacional, previsto en el artículo 3º.2 de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos. SEGUNDA.- DURACIÓN El periodo de alquiler de la vivienda arrendada comienza el de de 20 a las horas y finaliza el de de 20 a las horas, realizándose la entrega de llaves de la vivienda, por ambas partes, en las fechas indicadas anteriormente. TERCERA.- PRECIO Y FORMA DE PAGO El precio de alquiler acordado por ambas partes para el periodo estipulado en la cláusula segunda del presente contrato es de, que se pagará de la forma siguiente: - una señal de: pagada por/en - el montante restante de: pagado por/en

CUARTA.- FIANZA El día de la recepción de llaves y tras realizar una inspección de la vivienda arrendada junto con el propietario, el inquilino debe abonarle como depósito-fianza por el alquiler. La fianza será reembolsada el último día del alquiler, tras comprobar ambas partes que la vivienda no ha sufrido ningún daño o desperfecto durante el periodo de arrendamiento. QUINTA.- OBLIGACIONES DEL INQUILINO El inquilino declara haber realizado la inspección de la vivienda arrendada comprobando que se encuentra en perfecto estado y comprometiéndose a: - mantener la vivienda en perfecto estado durante el periodo de alquiler estipulado por ambas partes, - hacer un uso conveniente y razonable de los medios de confort puestos a su disposición (calefacción, aire acondicionado,...) y de los electrodomésticos y muebles de la vivienda, - avisar al propietario, en el más corto plazo posible, en caso de avería, desperfecto o accidente que pudiera producirse en la vivienda durante su estancia, - no causar molestias a los vecinos, - y respetar el reglamento interno del inmueble, si la vivienda forma parte de una comunidad, residencia o urbanización. El inquilino no podrá realizar copia alguna de las llaves de la vivienda arrendada. SEXTA.- OBLIGACIONES DEL PROPIETARIO El propietario se compromete a: - realizar, él mismo o a través de un intermediario, la inspección de la vivienda arrendada junto con el inquilino para verificar el estado de la misma el primer y el último día del alquiler, - entregar el alojamiento en perfecto estado de uso, habitabilidad, limpieza y seguridad, - dejar en perfecto estado de funcionamiento la red eléctrica y el abastecimiento de gas y agua, e indicar expresamente al inquilino si su uso está incluido o no en el precio del alquiler, indicado en la cláusula tercera del presente contrato,

- reparar, en el menor plazo posible, cualquier posible avería o mal funcionamiento del equipamiento doméstico esencial al confort del inquilino, - asegurar que el inquilino pueda disfrutar de un ambiente de confort durante su estancia, evitando perturbar su tranquilidad durante el periodo de alquiler de la vivienda arrendada. SÉPTIMA.- NÚMERO DE OCUPANTES La vivienda citada en el punto primero de la parte expositiva del presente contrato, es alquilada por el propietario a número máximo de personas. El inquilino se compromete a no sobrepasar este número de personas sin autorización expresa del propietario. OCTAVA.- ANIMALES DE COMPAÑÍA La presencia de animales de compañía en la vivienda arrendada debe ser expresamente autorizada por el propietario. NOVENA.- CESIÓN Y SUBARRIENDO El subarriendo, total o parcial, así como la cesión de la vivienda arrendada por parte del inquilino está estrictamente prohibido. El incumplimiento de esta cláusula será causa de rescisión del presente contrato. DÉCIMA.- ANULACIÓN El inquilino que anule unilateralmente el contrato de alquiler, no podrá solicitar el reembolso de las cantidades ya pagadas al propietario. Si el propietario cancela unilateralmente el contrato de alquiler por otra causa distinta al no respeto de las cláusulas del presente contrato por parte del inquilino, deberá: - reembolsar al inquilino la señal pagada o la totalidad del montante del alquiler de la vivienda ya pagado, en el menor plazo de tiempo posible, si se trata de un caso de fuerza mayor que hace que el alquiler de la vivienda no sea posible, - abonar el doble del montante recibido, si la anulación es debida a cualquier otra causa.

UNDÉCIMA.- RESCISIÓN En caso de no cumplimiento de las cláusulas del presente contrato, por ambas partes, este contrato será rescindido con pleno derecho, sin derecho a indemnización alguna por ambas partes. DUODÉCIMA.- LEGISLACIÓN APLICABLE Las partes integrantes se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales y juzgados del lugar donde está situada la vivienda arrendada. Son aplicables las leyes de España y en concreto la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos. Leído el presente documento por ambas partes y en prueba de su conformidad, lo firman por duplicado en el lugar y fecha reseñados en el encabezamiento. FIRMA: FIRMA: EL PROPIETARIO (parte arrendadora) EL INQUILINO (parte arrendataria)